Resumen de Penal

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1 Clases de derecho penal El Derecho Penal por excelencia es el “Derecho Penal Criminal” que hemos definido anteriormente, y que guarda intima relación con el Derecho Procesal Penal (Adjetivo), y el Derecho Penitenciario (Ejecutivo), sin embargo en la doctrina se ha discutido la autonomía de una serie de Derechos penales tales como: el Derecho Penal Administrativo, el Derecho Penal Disciplinario, el Derecho Penal Financiero y el derecho penal Fiscal, etc., que hasta la fecha no han logrado su independencia del Derecho Penal material. 1. Derecho Penal Administrativo Esta compuesto por un conjunto de normas o disposiciones (administrativas), que bajo la amenaza de una sanción tratan de garantizar el cumplimiento de un deber de los particulares frente a la administración publica. Dentro de esta disciplina algunos autores incluyen también el Derecho Controversial o Derecho de policía. Aunque ambos derechos (Penal Administrativo y Penal Común), coinciden en castigar una conducta la diferencia es que el Derecho Penal material protege valores como la vida, la libertad, la seguridad, etc., mientras que el Derecho Penal Administrativo protege intereses puramente administrativos. 2. Derecho Penal Disciplinario Esta compuesto por un conjunto de disposiciones que bajo amenaza de una sanción regulan el comportamiento de los empleados de la administración publica en el desenvolvimiento de sus funciones. Tiene su fundamento en la organización jerárquica de la propia administración publica, no tiene por finalidad ni la prevención, ni la represión de la delincuencia, si no la vigilancia de la disciplina que debe guardarse en la función administrativa. El Derecho Penal Administrativo se distingue del Derecho Penal Disciplinario, en que este último tiene como destinatarios únicamente a los empleados de la administración pública,

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resumen practico de la historia y evolución del Derecho Penal.

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Clases de derecho penalEl Derecho Penal por excelencia es el Derecho Penal Criminal que hemos definido anteriormente, y que guarda intima relacin con el Derecho Procesal Penal (Adjetivo), y el Derecho Penitenciario (Ejecutivo), sin embargo en la doctrina se ha discutido la autonoma de una serie de Derechos penales tales como: el Derecho Penal Administrativo, el Derecho Penal Disciplinario, el Derecho Penal Financiero y el derecho penal Fiscal, etc., que hasta la fecha no han logrado su independencia del Derecho Penal material.

1. Derecho Penal AdministrativoEsta compuesto por un conjunto de normas o disposiciones (administrativas), que bajo la amenaza de una sancin tratan de garantizar el cumplimiento de un deber de los particulares frente a la administracin publica. Dentro de esta disciplina algunos autores incluyen tambin el Derecho Controversial o Derecho de polica.

Aunque ambos derechos (Penal Administrativo y Penal Comn), coinciden en castigar una conducta la diferencia es que el Derecho Penal material protege valores como la vida, la libertad, la seguridad, etc., mientras que el Derecho Penal Administrativo protege intereses puramente administrativos.2. Derecho Penal Disciplinario

Esta compuesto por un conjunto de disposiciones que bajo amenaza de una sancin regulan el comportamiento de los empleados de la administracin publica en el desenvolvimiento de sus funciones.

Tiene su fundamento en la organizacin jerrquica de la propia administracin publica, no tiene por finalidad ni la prevencin, ni la represin de la delincuencia, si no la vigilancia de la disciplina que debe guardarse en la funcin administrativa.

El Derecho Penal Administrativo se distingue del Derecho Penal Disciplinario, en que este ltimo tiene como destinatarios nicamente a los empleados de la administracin pblica, mientras que el primero se refiere a los habitantes en general.

3. Derecho Penal FiscalEsta compuesto por un conjunto de disposiciones que bajo amenaza de una pena (sancin), protege intereses puramente fiscales, hacendarios o tributarios. El Derecho Penal financiero y el Derecho Penal Fiscal, protegen los intereses hacendarios.Es evidente que tal disciplina debe quedar incluido dentro del Derecho Penal Comn, pues el solo hecho de que sus preceptos sancionan la infraccin de normas especiales, no es razn suficiente, para concederles la autonoma que reclaman ya que debe recordarse que el Derecho Penal, por su carates sancionatorio se preocupa de asociar penas a aquellas conductas que lesionan inters jurdicos protegidos por el ordenamiento jurdico extra-penal.

Relacin del Derecho Penal con otras disciplinas jurdicas.

1. Con el Derecho Constitucional

El Derecho Penal como cualquier institucin que en un Estado de Derecho, debe tener su fundamento en la Constitucin Poltica, que seala las bases y establece las garantas a las que debe sujetarse el Derecho Penal. La abrogacin, la derogacin y la creacin de leyes penales, responde a la organizacin y a la filosofa de un Estado, plasmado en su ley fundamental, tal es la Constitucin de la Republica.2. Con el Derecho Civil

Ambos tienen a regular las relaciones de los hombres en la vida social y a proteger sus intereses, estableciendo sanciones para asegurar su respeto. Las establecidas por el Derecho Civil son de carcter repara torio, aspiran a anular los actos antijurdicos y a reparar los daos causados por estos actos. La sancin penal es retributiva atendiendo a la magnitud del dao causado y a la peligrosidad social del sujeto activo.

3. Con el Derecho internacional

En la poca contempornea la facilidad de comunicacin entre los diferentes pases y las crecientes relaciones internacionales, son propicias para la comisin de delitos con caractersticas de tipo internacional, como la trata de personas, la falsificacin de moneda, el territorio, etc. Con lo cual hace indispensable una accin diversos Estados para la prevencin y el castigo de estos delitos, surgiendo as una legislacin penal, creada por acuerdos y tratados internaciones, dando paso a lo que se a de llamar Derecho Penal Internacional, que tiene relacin con el Derecho Penal Interno de cada pas, en temas y problemas que les son propicios como el conflicto de leyes en el espacio, la extradicin, la reincidencia internacional, el reconocimiento de sentencias dictadas en el extranjero, etc.4. Con la legislacin comparada

Se refiere al estudio, anlisis y comparacin de las legislaciones de diversos pases que ese ha convertido en un medio importante para la reforma de la legislacin penal de otros pases adoptando aquellas leyes e instituciones que mayor xito han alcanzado en la lucha contra la criminalidad.

Enciclopedia de las ciencias penales1. DefinicinSe le atribuye a Isaac Roviera Carrero el nominativo de Enciclopedia de las ciencias penales (ao 1965) y a Alfredo Molinario el de Enciclopedia de las ciencias criminolgicas.

Se le llama Enciclopedia por cuanto que identifica a Un conjunto de ciencias que se consagran al estudio del delito, del delincuente, de las penas y las medidas de seguridad, desde distintos puntos de vista, en forma multidisciplinaria a la que Enrico Ferri llamara Sociologa Criminal y que mas tarde el argentino Joase Ingenieros resumiera con el nombre de Criminologa desligando de su conjunto al Derecho Penal, como al Derecho Penitenciario; Rafael Cuevas del Cid se inclina por la denominacin de Enciclopedia de las ciencias Penales.2. Su clasificacin.

El contenido de la mencionada enciclopedia, ha sido tambin motivo de mucha discusin, sin embargo las clasificaciones que mas acogidas han sido en nuestro medio son las del profesor italiano Filippo Grispigni y el Profesor espaol Luis Jimnez de Asa, las cuales planteamos as:ENCICLOPEDIA DE LAS CIENCAS PENALES DE FILIPPO GRISPIGNI

A) Ciencias que se ocupan del estudio de las normas jurdicas:

1. Dogmtica Jurdico-Penal

2. Historia del Derecho Penal

3. Sociologa Jurdico Penal

4. Filosofa del Derecho Penal

5. Poltica Criminal (denominada Criminologa)B) Ciencias que estudian los delitos y los delincuentes:

1. Antropologa Criminal

2. Sociologa Criminal

C) Ciencias Auxiliares

1. Medicina Legal (Forense)

2. Psiquiatra Forense

3. Psiquiatra Judicial

4. Tcnica de las Investigaciones o poltica CientficaENCICLOPEDIA DE LAS CIENCIAS PENALES DE LUIS JIMENEZ DE ASAA) Filosofa del Derecho e Historia, que comprende:

1. Filosofa del Derecho Penal

2. Historia del Derecho Penal

3. Legislacin Penal Comparada

B) Ciencias Causales-Explicativas (que llama Criminologa), y comprende:

1. Antropologa Criminal2. Biologa Criminal

3. Psicologa Criminal (que incluye el Psicoanlisis Criminal)

4. Sociologa Criminal

5. PenologaC) Ciencias Jurdico-Represivas que comprenden:

1. Derecho Penal (Dogmtica Jurdica)

2. Derecho Procesal Penal

3. Derecho Penitenciario

4. Poltica Criminal

D) Ciencias de la pesquisa

1. Criminalstica

2. Polica Cientfica o Judicial

E) Ciencias Auxiliares, que comprende:

1. Estadstica Criminal

2. Medicina Forense o Legal3. Psiquiatra ForenseENCICLOPEDIA DE LAS CIENCIAS PENALES DE LUIS RODRGEZ MANZANERAA) Ciencias Criminolgicas que comprenden:

1. Antropologa Criminolgica2. Psicologa Criminolgica3. Biologa Criminolgica4. Sociologa Criminolgica5. Criminalstica6. Victimo logia7. PenologaB) Ciencias Histricas y Filosficas, que comprenden.

1. Historia de las Ciencias Penales

2. Ciencias Penales Comparadas

3. Filosofa de las Ciencias Penales

C) Ciencias Jurdico-Penales, que comprenden:

1. Derecho penal (Dogmtica Penal)

2. Derecho Procesal Penal

3. Derecho Ejecutivo Penal

4. Derecho de Polica

D) Ciencias Mdicas, que comprenden:

1. Medicina forense2. Psiquiatra ForenseE) Ciencias Bsicas, Esenciales o Fundamentales1. Metodologa2. Poltica CriminolgicaLas ciencias criminolgicas, son ciencias del mundo del natural SER mientras que las ciencias Jurdico-Penales, son ciencias del mundo del normativo DEBER SER, de tal manera que la Criminologa, se dedica al estudio tanto del criminal, como de su victima, as como del crimen y la criminalidad, mientras que el Derecho Penal, se dedica al estudio de las normas que nos dicen como debe ser el hombre, que es lo que debe hacer y que es lo que debe omitir.Su contenido

El contenido y que hacer de las disciplinas que conforman la Enciclopedia de las Ciencias Penales o Criminolgicas, es el Siguiente:

1. Filosofa del Derecho Penal

Es una rama de la Filosofa del Derecho que se ocupa del estudio de las cuestiones penales desde el punto de vista filosfico, indicando en que medida el fenmeno de la pena y el delito tiene carcter universal, buscando su legitimizacin sobre la base de la naturaleza y de los fines del Estado y del valor moral y legal de la personalidad del individuo.

2. Historia del Derecho Penal

es una rama de la Historia del Derecho, que se ocupa del estudio de la evolucin en el tiempo de las ideas e instituciones penales y sus resultados prcticos ayudado a evitar abstracciones alejadas de la realidad social concreta de la cual segn Grispigni El Derecho nace y toma vida.

3. La legislacin penal comparada

Es una rama de la legislacin comparada en general, consiste en un mtodo encaminado a mejorar la propia legislacin (con idead e instituciones importadas de otras legislaciones y busca la uniformidad del ordenamiento jurdico entre los distintos pases del mundo.4. Antropologa Criminal

Filippo Grispigni considera que es la ciencia que estudia los caracteres fisico-psiquicos del hombre delincuente, y, sobre la base de estos, apunta a explicar los hechos criminosos particulares y aade que, as como la antropologa general es el estudio del hombre en su unidad de espritu y cuerpo, as tambin la Antropologa Criminal estudia ambos aspectos de la personalidad del delincuente en sus relaciones reciprocas.5. La Psicologa Criminal

El penalista argentino Carlos Fontan Balestra, considera que la Antropologa Criminal comprende la Psicologa y la Psiquiatra Criminales.

La psicologa criminal se ocupa del estudio del delito como un acto en el estado normal del hombre dentro de las regularidades de su vida psquica, dejando el estudio de lo anormal y de los anormales al campo de la Psiquiatra.

Filippo Grispigni considera que para cometer un delito es necesario que el delincuente este en condiciones psiquitricas defectuosas (el individuo normal psquicamente no delinque). Por defecto psquico no solo se entiende la locura sino cualquier imperfeccin por leve que sea, como la deficiencia de sentimiento moral.6. Sociologa Criminal

Fue creada por el socilogo Enrico Ferri, durante la poca de la Escuela Positivista del Derecho Penal, y se ocupa del estudio del delito, la pena y la criminalidad como un fenmeno puramente social, la sociologa criminal es una ciencia eminentemente causal-explicativa.

7. La PenologaSe a discutido largamente la independencia de esta disciplina del Derecho Penal Para Cuello Caln, la penologa se ocupa del estudio de las penas y las medidas de seguridad, as como de las instituciones posca recelaras. Por cuanto su objeto de estudio es el mismo, todo rgimen de la aplicacin de las penas y medidas de seguridad, empero, la diferencia radica en que el Derecho Penitenciario es una ciencia jurdica y la Penologa es causalidad explicativa o naturista.

8. El Derecho Penitenciario

Es una ciencia jurdica compuesta por un conjunto de normas que tienden a regular la aplicacin de las penas y medidas de seguridad y velar por la vida del reo dentro y muchas veces fuera de la prisin.

9. El Derecho Penal

Es una ciencia eminentemente jurdica, que regula el deber ser de las personas en la sociedad, y cuando se reduce al campo de la Dogmtica Jurdica Penal, no es mas que la reconstruccin del Derecho Vigente con base cientfica, desprovisto de su aspecto filosfico, histrico, critico, etc.

10. La poltica criminal

Basada en la Antropologa Criminal, en la Sociologa Criminal y en la Ciencia Penitenciaria, la Poltica Criminal se encamina hacia su fin, que la lucha y prevencin consciente contra el delito; ella debe ser la maestra y la gua del legislador en la lucha contra el delito. La poltica es pues, la doctrina que estudia la actividad que debe ser desarrollada por el Estado a los fines de prevencin y represin del delito (Grispigni).

11. La CriminalsticaEs una disciplina esencialmente practica, cuya finalidad, es obtener una mayor eficiencia en el descubrimiento del delincuente y en la investigacin del delito, es una ciencia que con su mtodo de estudio nos garantiza la resolucin de muchos casos en los que se aplique independientemente de la naturaleza del hecho, ya que estudiando la escena o lugar de los hechos, buscando y relacionando las evidencias encontradas en el lugar, en la victima, en el victimario, podr asegurarse la participacin de este, su culpabilidad o su inocencia.

Es funcin de la criminalstica investigar y determinar, quien o quienes, como, cuando, donde, por que, a quien o a quienes permite llegar a la reconstruccin objetiva de los hechos y demostrar la verdad objetiva. La criminalstica resulta ser un necesario auxiliar en la administracin de la justicia, para el verdadero esclarecimiento de los hechos.

Ciencias auxiliares del Derecho Penal

Son todas aquellas disciplinas que de una u otra forma ayudan a resolver los problemas que el Derecho Penal plantea. Las ciencias auxiliares son:

1. Estadstica Criminal

Que es un mtodo para las investigaciones sociolgico-criminales, y sirve para revelar la influencia de los factores externos, fsicos y sociales, sobre el aumento o disminucin de la delincuencia.

Datos y cifras que sirven para obtener de ellos conclusiones generales, que sirvan de base para una poltica criminal, bien encaminada.2. La medicina legal o forense

Es la disciplina que nos permite utilizar los conocimientos de la Ciencia Mdica en la solucin de algunos problemas del Derecho Penal. La medicina Forense comprende, entre otras cosas, el estudio de:

a) La Tanatologa Forense, que estudia las causas que produjeron la muerte de una persona.

b) La Traumatologa Forense, que estudia las diferentes clases de lesiones que existen.

c) La toxicologa Forense, que se ocupa del estudio de las lesiones o muertes producidas por envenenamientos.

d) La Sexologa Forense, que estudia los aspectos mdicos relacionados con los delitos de tipo sexual, adems del aborto y del infanticidio.

3. La Psiquiatra ForenseComo auxiliar del Derecho Penal, al igual que la Psicologa Forense, tienen por objeto establecer el estado de salud mental del procesado o reo, hay casos en que la situacin mental del sujeto activo no cae dentro del campo de una neurosis, pero tampoco puede decirse que sea un ser normal (personalidades psicopticas), en cuyo caso, el juez penal se ve en un grave problema pues no puede internar al sujeto en un centro penal, ni ingresarlo a un hospital neuropsiquiatrico, y por otra parte tampoco puede dejarlo en liberta por la peligrosidad que representa.