SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA ÍNDICE ENFERMEDAD PROFESIONAL U OCUPACIONAL INSPECCIONES DE SEGURIDAD INVESTIGACIONES ÍNDICES Y ESTADÍSTICAS DE SEGURIDAD ESTADÍSTICAS DE SEGURIDAD PROGRAMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE Y DE CAPACITACIÓN 02 16 23 27 33 35 1

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ENFERMEDAD PROFESIONAL U OCUPACIONAL, INSPECCIONES DE SEGURIDAD, INVESTIGACIONES, ÍNDICES Y ESTADÍSTICAS DE SEGURIDAD

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

ÍNDICE

ENFERMEDAD PROFESIONAL U OCUPACIONAL

INSPECCIONES DE SEGURIDAD

INVESTIGACIONES

ÍNDICES Y ESTADÍSTICAS DE SEGURIDAD

ESTADÍSTICAS DE SEGURIDAD

PROGRAMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE Y DE CAPACITACIÓN

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1. ENFERMEDAD PROFESIONAL U OCUPACIONAL

1.1. DEFINICIONES DE TERMINOS1.1.1.Enfermedad Ocupacional: Es el daño orgánico o funcional ocasionado al trabajador

como resultado de la exposición a factores de riesgos físicos, químicos, biológicos y/o ergonómicos, inherentes a la actividad laboral.

1.1.2.Enfermedad Profesional: Es todo estado patológico permanente o temporal que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o del medio en el que se ha visto obligado a trabajar. Es reconocida por el Ministerio de Salud.

1.1.3.Enfermedad prevalente: Es aquél mal que está presente en un tiempo determinado. Incluye casos que se iniciaron antes y aquellos casos nuevos en el mencionado período.

1.1.4.Médico de Salud Ocupacional: Se refiere a un médico titulado, colegiado y habilitado, preferentemente con especialidad en Medicina Ocupacional o del Trabajo que cuente con experiencia mínima de cinco (05) años en la gestión de un programa de Salud Ocupacional en minería.

1.1.5.Salud: Es la ausencia de afecciones o enfermedades, incluyendo los elementos físicos y/o mentales; directamente relacionados con el desempeño competitivo del trabajador.

1.2. DEFINICION:Es todo estado patológico permanente o temporal que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o del medio en el que se ha visto obligado a trabajar. Es reconocida por el Ministerio de Salud.

DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD SALUD OCUPACIONALArt.93.- Todo aquello referido a enfermedades profesionales, tales como casos de silicosis, neumoconiosis, exposición a plomo, mercurio, manganeso, cadmio, arsénico y otros similares, estarán sometidos a las disposiciones correspondientes emitidas por la Organización Internacional del Trabajo OIT, el sector Salud y el sector Trabajo, correspondiendo la fiscalización en esta materia a los sectores mencionados.Art. 94 El médico de salud ocupacional directamente o a través de su personal paramédico, efectuará una constante labor de educación sanitaria mediante ciclos de reuniones que, en lenguaje claro y gráfico, haga conocer a los trabajadores y sus dependientes registrados, los peligros de enfermedades comunes y ocupacionales, especialmente de las que predominen en la localidad y la manera de prevenirlas, así como de las consecuencias para la salud y su seguridad en el trabajo del consumo de bebidas alcohólicas, tabaco y otras drogas.

Tabla de Enfermedades Profesionales en el Perú

Neumoconiosis causada por polvos minerales esclerógenos y silico-tuberculosis

Enfermedades causadas por el berilio (giucinio) o sus compuestos tóxicos.

Enfermedades causadas por le fósforo o sus compuestos tóxicos.

Enfermedades causadas por el manganeso o sus compuestos tóxicos.

Enfermedades causadas por el cromo o sus compuestos tóxicos.

Enfermedades causadas por el arsénico o sus compuestos tóxicos.

Enfermedades causadas por el mercurio o sus compuestos tóxicos.

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Enfermedades causadas por el plomo o sus compuestos tóxicos.

Enfermedades causadas por el sulfuro de carbono.

Enfermedades causadas por el derivado halógeno tóxico de los hidrocarburos - grasa.

Enfermedades causadas por el benceno o sus homólogos tóxicos.

Enfermedades causadas por los derivados nitratos y amónicos tóxicos

Enfermedades causadas por las radiaciones ionizantes.

Epiteliomas privativos de la piel causados por el alquitrán-brea, betún, aceites

Infección carbuncosa.

REFERENCIA: D. S. No. 002-72-TR 24-Feb-1972 REGLAMENTO DEL D. L. 18846.

Leismaniasis Mucocutánea Sudamericana (uta, espundia)

Bronconeupatías, causadas por el polvo de metales duros.

Enfermedades broncopulmonares causadas por el polvo de algodón, de lino,etc.

Asma profesional causada por agentes sensibilizantes o irritantes

Alveolitis alérgicas extrínsecas y sus secuelas por la inhalación de polvos orgánicos.

Enfermedades causadas por el cadmio o sus compuestos tóxicos.

Enfermedades causadas por el flúor o sus compuestos tóxicos.

Enfermedades causadas por la nitroglicerina u otros esteres del ácido nítrico.

Enfermedades causadas por los alcoholes, los glicoles o las cetonas.

Enfermedades causadas por sustancias asfixiantes, óxido de carbono, cianuro etc.

Hipoacusia causada por el ruido.

Enfermedades causadas por las vibraciones

Enfermedades causadas por el trabajo en aire comprimido.

Neoplasia pulmonar o mesotelioma causadas por el amianto (asbesto )

Enfermedades de la piel causadas por agentes físicos, químicos o biológicos

REFERENCIA. D.S. 032-89-TR (2-Setiembre-1989) “Reglamento del D. L. No. 18846”.

1.3. FUENTES DE INCIDENTES - ACCIDENTES

Límite Máximo Permisible (LMP): Es la concentración de una sustancia por debajo del ambiente atmosférico de un lugar de trabajo. En base al RSSO, se refiere al siguiente:

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1. AGENTES QUIMICOS

POLVOSVAPORESGASESHUMOSNEBLINAETC.

2. AGENTES FISICOS

TEMPERATURA

PRESION

HUMEDAD

ETC.

1. AGENTES BIOLOGICOS

MOHOS

HONGOS

BACTERIAS

ETC.

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De igual modo, el Reglamento de Seguridad y salud en el Trabajo (D. S. No. 009-2005-TR), menciona a los agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales en su Art. No. 45, los que serán tratados más adelante.

1.3.1.AGENTES QUÍMICOS

Son elementos de naturaleza que ingresan al organismo por inhalación, deglución o absorción. Producen algún grado de neumoconiosis, asfixia, intoxicación o envenenamiento, disminución sensorial, afecciones al sistema nervioso, dermatitis, etc.

El Reglamento de Seguridad Salud Ocupacional especifica sobre estos agentes:

Art. 95°: El titular de la actividad minera está obligado a brindar capacitación a todo el personal en general del centro de trabajo, en el control de agentes químicos.Art. 102°: Todo Sistema de Gestión de la Seguridad e Higiene Minera deberá monitorear los agentes químicos presentes en la operación minera tales como polvos, vapores, gases, humos metálicos, neblinas, entre otros, que puedan presentarse en las labores e instalaciones.En el Anexo No. 4 de este Reglamento, brinda Concentraciones Máximas Permisibles para Gases y Vapores, así como para Humos, Polvos y Nieblas Tóxicas.

Art. 95°: Los límites máximos permisibles (LMP) de los agentes químicos medidos en el punto de emisión, será el siguiente:

CONTAMINANTES LMP

Polvo inhalable 10 mg/m3 (1)

Polvo respirable 3 mg/m3 (1)

Oxígeno (O2) mínimo 19.5 %

Dióxido de Carbono (CO2) máximo 9000 mg/m3 ó 5000 ppm

Monóxido de Carbono (CO) máximo 29 mg/m3 ó 25 ppm

Metano (CH4) máximo 5000 ppm

Hidrógeno sulfurado (H2S) máximo 14 mg/m3 ó 10 ppm

Gases Nitrosos (NOx) máximo 0.7 mg/m3 ó 5 ppm

Anhídrido sulfuroso (SO2) máximo 5 ppm

Aldehídos máximos 5 ppm

Hidrógeno máximo 5000 ppm

Ozono Máximo 01. ppm(1) Este valor es para la materia inhalable total que no contenga amianto y con menos del 1 % de

sílice cristalina.

En las minas subterráneas donde operan equipos con motores petroleros, deberán adoptarse las siguientes medidas de seguridad:

a) Deberán estar provistos de equipos diseñados para controlar las concentraciones de emisión de gases estén por debajo del Límite Máximo Permisible (LMP).

b) Monitorear y registrar en el escape de las máquinas:

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1. Diariamente las concentraciones de monóxido de carbono.2. Mensualmente, óxidos nitrosos y aldehídos.

c) Las operaciones de las máquinas diesel se suspenderán, prohibiendo su ingreso a labores de mina subterránea:

2 Cuando las concentraciones de Monóxido de Carbono (CO), Monóxido de Nitrógeno (NOx) o aldehídos en el ambiente de trabajo estén por encima del Límite Máximo Permisible (LMP) establecidos en el Art. 95° del presente Reglamento.

2 Cuando la emisión de gases por el escape de dicha máquina exceda de mil (1000) ppm de monóxido de carbono y de vapores nitrosos, medidos en las labores subterráneas.d) Cuando la producción de gases, ofrezcan peligro a otras labores de la mina, deberán:

1. Contar con equipos de ventilación forzada capaz de diluir los gases a concentraciones por debajo del Límite Máximo Permisible (LMP).

2. Si las labores están gaseadas o abandonadas, serán clausuradas por medio de puertas o tapones herméticos que impidan el escape de gases.

1.3.1 POLVOS

Constituidos por partículas sólidas generadas por trituración, explosión, decrepitación (desintegración por calor), transporte del mineral roto, etc.

1.3.1.1 Clasificación por sus Efectos sobre la salud

1. Polvos que reducen Fibrosis Pulmonar, como Sílice, Asbesto, etc.2. Polvos que producen pequeña o ninguna fibrosis pulmonar, como Carbón, Hierro, etc.3. Polvos tóxicos que causan Efectos Sistémicos como el Plomo, Manganeso, etc.4. Polvos irritantes como la Cal, reactivos químicos, etc.5. Polvos carcinógenos como los provenientes de minerales radiactivos.

1.3.1.2 Grados de Peligrosidad de los polvos: Están dados por los siguientes:

1.3.2 GASES

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P O L V O S

Orgánico natural (madera, algodón, polen, bacterias, etc.), Orgánico artificial o sintético (plásticos, etc.)Inorgánico metálico (Plomo, Hierro, Mercurio, Manganeso, etc.)Inorgánico No metálico (carbón natural y artificial, Sílice cristalino, amorfo y silicato)

TAMAÑ O DE PAR TICUL AS

partículas > 10 micras = Inh alableparticula < 10 micras = R espirable Partículas < de 5 micras que se encuentran suspendidos en el aire, ingresan a los alvéolos pulmonares, predominando en un 70% menores de 1 micra y el restante 30% se encuentra constituido por partículas menores de 0.5 micras.

AMBIENTE DE TR ABAJO

Los límites máximos permisibles (LMP) de los agentes químicos medidos en el punto de emisiónLos límites máximos permisibles (LMP) de los agentes químicos medidos en el punto de emisión

T' EXPOSICION

La silicosis, asbestosis y antracosilicosis incapacitan después de varios años de exposición a dichos polvos. Los polvos de metales tóxicos como Pb, Mn, etc

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Son fluidos intangibles que al no llegar o excederse a los límites permisibles puede causar daños a la salud. Por convención, se determina sus propiedades físicas a 15° y a 1 atmósfera de presión (760 mm Hg). Su concentración se mide en “partes por millón” (ppm) o en porcentaje.

Se caracterizan por tener sus moléculas separadas, carecer de forma propia y encontrarse mezclados con el aire atmosférico o en su reemplazo.

El Reglamento de Seguridad e Salud Ocupacional especifica:

Art. 102°: e) Cuando existan indicios de estar cerca de una cámara subterránea de gas o posibilidades de desprendimiento súbito de gas, se efectuarán taladros paralelos al eje de la labor y oblicuos, con por lo menos diez (10) metros de avance.

1.3.2.1 Origen de los gases de Mina:

1.3.2.2 Clasificación de los gases

Por sus efectos en el organismo y por sus efectos físicos – químicos, se clasifican en:

1.3.2.3 Descripción de los gases de mina:

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EXPLOSIVOS

Compuestos CHON además de Al, Ca, Na a fin de mejorar sus efectos de rotura.

MOTORES DIESEL

Que producen gases por la combustión incompleta del petróleo

Rx QUIMICAS

Como es el caso de algunos minerales con el aire ambiente

IRR

ITAN

TES Gases nitrosos

(NO + NO2)Anhidrido sulfuroso (SO2)Hidrógeno sulfurado (H2S) AS

FIXI

ANTE

S Monóxido de carbono (CO)el gas grisú (CH4)

ANAS

TESI

CO

S Anhidrido carbónico (CO2).oxígeno (O2)

EXPL

OSI

VOS CH4 (5 -15%) cc

CO (12.5-74%)Vol.H2S (4-85%)Vol.

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Aire Atmosférico:

Componentes Principales % en volumen

Nitrógeno (N2) 7809.00%

Oxigeno (O2) 2095.00%

Argón (Ar) 93.00%

Dióxido de carbono (CO2) 32.00%

Componentes Menores *

Neón (En) 0.0018

Helio (He) 0.00052

Metano (CH4) 0.00015

Criptón (Kr) 0.0001

Hidrógeno (H2) 0.00005

Oxido nitroso (N2) 0.00002

Monóxido de carbono (CO) 0.00001

Xenón (Xe) 0.00000800

Ozono (O3) 0.00000200

Amoníaco (NH3) 0.00000060

Dióxido de nitrógeno (NO2) 0.00000010

Dióxido de azufre (SO2) 0.00000002

Sulfuro de hidrógeno (H2S) 0.00000002

FUENTE: Minería y Medio Ambiente. MEM, IDEM y GTZ. Feb-1993.

Efectos fisiológicos por deficiencia de oxígeno

21 a 18 % normal

18 a 12 % aumenta el ritmo y profundidad de la respiración, leves mareos12 a 10 % Lo anterior y dolor de cabeza, vómitos, cianosis (color azulado de la piel).10 a 5 % Lo anterior y excitación intensa, síncope (pérdida del conocimiento), coma

(adormecimiento, sopor). 5 a 3 % Muerte rápida.

Descripción de los gases de mina:

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Aire atmosférico (O2) 19.5 % p.e.=1.2 kg/m3 (0.075 lb/pie3

Monóxido de Carbono (CO)

25 p. p. m. Asfixiante porque elimina el oxígeno (p.e.=0.97)

Gases Nitrosos ( NO + NO2)

5 p. p. m Gas irritante para los pulmones, vías respiratorias y ojos; organoléptico, de color amarillo - marrón a altas concentraciones (p.e. 1.89)

Dióxido de carbono o Anhídrido carbónico (CO2)

0.5%(5,000p.p.m) ó 9000 mg/m3 de

aire.

Incoloro, inodoro, insípido, narcótico asfixiante a altas concentraciones (p.e. =1.53)

Sulfuro de hidrógeno o Hidrógeno Sulfurado (H2S)

10 p.p.m Incoloro venenoso, soluble en el agua, irritante de la mucosa (p.e.=1.19)

Anhidrido sulfuroso (SO2)

5 p.p.m. Incoloro, de olor sulfuroso, soluble en el agua, sofocante (p.e.=2.26)

Gas grisú, metano o gas de los pantanos (CH4)

0.5%(5000p.p.m.) Gas incoloro e inodoro; no es venenoso; es combustible en concentraciones superiores a 50 000 p.p.m. y explosivo en concentraciones superiores a 160 000 p. p. m.

1.3.2.4 HUMOS

Son partículas dispersas de carbón u hollín (carbono finamente pulverizado, aceites, sustancias piroleñosas y gases) menores de una micra, producidos por la combustión incompleta de materiales orgánicos tales como la madera, carbón y productos del petróleo y aceites; son tanto más abundantes cuanto más incompleta es la combustión.

1.3.2.5 VAPORES

Son las formas gaseosas de sustancias que generalmente se encuentran en estado líquido o sólido a presión y temperatura ambiente. Se pueden encontrar cuando se emplean solventes orgánicos, diluyentes de pinturas, etc.

Mientras más alta sea la presión del vapor mayor es la cantidad de vapores liberados por el líquido.

EVAPORACION es el proceso por el cual el líquido cambia al estado particulado sin necesidad de ser calentados.

VAPORIZACION cuando es por efecto de un calentamiento.

En ambos casos, una parte de las moléculas adquiere una energía suficiente para vencer la tensión superficial del líquido y disiparse en la atmósfera.

1.3.2.6 NIEBLA, NEBLINA

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Formadas por partículas líquidas cuyos tamaños varían entre 25 a 0.1 micras, suspendidas en el aire.Pueden ser engendrados por el paso de corrientes de aire húmedo en terrenos fríos y por la mezcla de 2 masas de aire muy húmedo, por condensación de un gas o por la dispersión de un líquido. Son nubes espesas y bajas; visibles a cierta distancia.

1.3.3 AGENTES FÍSICOS

Son formas de energía que se hallan presentes en el ambiente y que al no ser controlados pueden producir accidentes y/o daños a la salud. Se encuentran conformados por los ruidos, temperaturas, humedad, calor, iluminación y radiaciones.

1.3.3.1 RUIDOS

Decibelio, es una escala logarítmica creada para expresar cómodamente los valores de las presiones acústicas, ya que los valores absolutos de la presión y la intensidad acústica solo pueden expresarse mediante números largos y difíciles de manejar. La unidad de medición empleada en esta escala se llama BELIO, en recuerdo de Alexander Graham Bell.

DEFINICIÓN

Son sonidos inarmónicos resultantes de la mezcla de vibraciones transmitidas por el aire, agua, roca, etc. que el oído humano puede detectar cuando la frecuencia (número de ciclos o variaciones de presión o crestas y valles u ondas emitidas por una fuente sonora durante un segundo.

La unidad con que se mide esta frecuencia es el HERTZIO - Hz - que vale 1 ciclo/seg), de la misma es de 20 a 20 000 ciclo/seg (nota más baja de un órgano y canto de grillo, respectivamente). Notas de frecuencia más bajas no se pueden oír. Los chillidos de los murciélagos quedan fuera de la audible.

LA VELOCIDAD DEL SONIDO ES:

En el aire a 0°, 331,4 m/seg; aumentando 0.6 m/seg °T En el agua a 8°, 1 435 m/seg En el acero, cuarzo, vidrio, 4 500 m/seg En roca compacta, 5 000 a 6 000 m/seg

CLASES DE RUIDOS

De acuerdo al Reglamento de Seguridad Salud Ocupacional, se proporcionará protección auditiva cuando el nivel de ruido o el tiempo de exposición sean superiores a los siguientes valores:

TABLA N° 1

NIVEL DE RUIDO EN ESCALA A* TIEMPO DE EXPOSICION

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1.CONTUNUOQue produce un nivel constante durante un periodo de tiempoVer tabla 1

2.INTERMITENTEProducido generalmente por máquinas de ruido muy potente y de corta duración (ventiladores, perforadoras, etc.). Ver tabla 2

3.MEZCLADOCompuesto de varios niveles de ruidos simultáneos.

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82 DB 16 hora/día

85 DB 8 hora/día

88 DB 4 hora/día

91 DB 1.5 hora/día

94 DB 1 hora/día

97 DB 0.5 hora/día

100 DB 0.25 hora/día

* Escala A se refiere al tipo de filtro de frecuencias (A). Estos filtros limitan al oído atenuando las frecuencias bajas, con lo cual se obtienen valores del nivel de ruido que son realistas desde el punto de vista fisiológico.

Su medición requiere de un Decibelímetro especial que capte los puntos máximos de ruido de cada impacto (o ciclo) y un detector de tiempo en milisegundos de cada impacto.

TABLA N°2

NIVEL MAXIMO DE PRESION SONORA (dB)

IMPACTOS POR DIA IMPACTOS POR DIA

140 100

130 1,000

120 10,000

110 100,000 REFERENCIA: Dirección de Seguridad e Higiene Ocupacional OSHA.

a. Efectos de los RuidosProducen efectos psicológicos (malestar, nerviosismo, pérdida de concentración, etc.); interferencia en la comunicación verbal y efectos fisiológicos (pérdida de la capacidad auditiva, dolor de oídos, náuseas, disminución de la capacidad de control muscular, etc.).

b. Protección para lo OídosExisten tapones de plástico y acolchados con fibra de vidrio que absorben el sonido, los mismos que se pueden utilizar hasta niveles máximos de 110 dB (A). También existen las orejeras, que se pueden utilizar hasta niveles de ruido de 125 dB (A).

c. Control de ruidosComo quiera que en todo caso de ruidos existen un foco emisor, una vía de propagación y un foco receptor (oído humano), existen diferentes medios de control como:

Reduciendo el ruido en su origen (aislándolo con materiales absorbentes como lana de vidrio, silenciadores)

Aumentando la distancia entre foco emisor y receptor Limitando tiempo de exposición Empleando protectores para los oídos.1.3.3.2 TEMPERATURA

Es el estado térmico de los cuerpos, o sea su mayor o menor grado de frío o calor. Es una magnitud

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que permite expresar el grado de calentamiento de los cuerpos. El cuerpo produce calor a través de sus procesos metabólicos, el mismo que debe ser disipado para que el organismo funcione bien, haciéndolo a través de la transpiración.

La temperatura bucal es de 37° C. Si se excede en 2.7° C existe peligro para la salud; de igual modo, si es inferior a 35° C.

1.3.3.3 HUMEDAD

Impregnado de un líquido. El aire contiene proporciones variables de agua, comprendidas entre el valor teórico de cero y la humedad máxima o de saturación, que depende de la temperatura.

La humedad del aire puede expresarse de dos modos diferentes: como HUMEDAD RELATIVA, que es su contenido en porcentaje; como HUMEDAD ABSOLUTA, que es el peso en gramos del agua contenida por un metro cúbico de aire.

1.3.3.4 CALOR

Es una forma de energía perceptible por las sensaciones que engendran en nosotros las acciones de los cuerpos calientes y fríos. Todas las formas de energía pueden convertirse en calor:

1.3.3.5 ILUMINACIÓN:

Cantidad y calidad de luz (radiación emitida por incandescencia o por luminiscencia que ilumina las cosas y las hace visibles).

Radiación: Emisión de ondas electromagnéticas, de partículas atómicas o de rayos. Incandescencia: Calidad y estado del cuerpo que por hallarse muy caliente, emite luz propia. Luminiscencia: Emisión de luz por una sustancia que no se halla en estado de

incandescencia. Fosforescencia: Propiedad de los cuerpos que, después de haber estado en la luz o de

haber sido excitados por otras radiaciones, resplandecen en la oscuridad durante un tiempo más o menos prolongado.

a) Cantidad de Iluminación

Se mide en candelas por metro cuadrado (cd/m2) o lumen por hora. Con un fotómetro se mide esta iluminación. Cabe destacar que la candela es la unidad de intensidad de iluminación y también se le conoce como Lux o Bujía.

5 cd/m2 Mínima iluminación (estudio fotográfico, cámara oscura) 50 cd/m2 Iluminación de depósitos inactivos, sótanos

50 a 250 lux Iluminación apropiada en sala de máquinas.

Niveles de Iluminación

El Reglamento de Seguridad e Higiene Minera en sus Arts. 308° a 315° considera lo referente a este agente físico y en su Anexo No. 10 adjunto proporciona los niveles de iluminación para Areas de Trabajo, Oficinas, Hospitales, Hoteles y comedores y en Túneles en unidades Lux.

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1.3.3.6 RADIACIÓN

Emisión de ondas electromagnéticas de partículas anatómicas o de rayos de cualquier índole. La radiación puede ser considerada como un tipo de energía cuyas formas familiares incluyen la luz (una forma de energía que podemos ver) y el calor (una forma de energía que podemos sentir).

Las ondas de radio y televisión son formas de radiación que no podemos ver ni sentir respectivamente.

a. Radiación Ionizante: Los efectos del sobre-exposición a menudo son muy difíciles de atribuir a la sobredosis de radiación ionizante. Lo constituyen:

b. Radiación No Ionizante: Son consideradas la frecuencia de radio (incluyendo el radar y las microondas), las luces visibles, infrarroja y ultravioletas y los rayos Láser.

1.3.4 AGENTES BIOLÓGICOS

Constituidos por gérmenes de naturaleza patógena (que favorecen o engendran enfermedades) como bacterias, hongos, virus, etc., residuos urbanos, aguas servidas, polvos vegetales.

1.3.4.1 ERGONOMIA

1.3.4.1.1 CARACTERÍSTICAS

Estudia la interacción del hombre con la máquina y el medio ambiente para que se adapten a las

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Son peligrosos cuando ingresan en el organismo dañando los tejidos óseos o se concentran en el riñón, hígado, pulmones o bazo.

PARTICULAS ALFA

Penetran en el cuerpo humano entre 0.2 y 1.3 centímetros. Pueden provocar quemaduras en la piel

PARTICULAS BETA

Pueden penetrar varios centímetros en el acero, concretoRAYOS X

DEFINICION RSSOEs el studio sistemático o evaluación de la productividad y eficiencia del hombre con relación al lugar y ambiente de trabajoConsidera las capacidades físicas y mentales de los trabajadores, así como la interacción con la maquinaria y equipo, herramientas y ambiente de trabajo

OITEs la aplicación de las ciencias biológicas del hombre junto con las ciencias de ingeniería para lograr la adaptación mutua óptima del hombre, logrando beneficios en eficiencia y bienestar del hombre.

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características físicas y mentales de éste. Su uso permite el diseño de tareas que no sólo aumentan la habilidad y productividad de un trabajador, sino que también protegen a la persona del exceso de esfuerzos y de tensión.

Surgió después de la Segunda Guerra Mundial, en que un grupo de físicos y biólogos del Reino Unido la utilizaron para encarar los problemas creados por la tecnología de la guerra aviones, tanques radares, etc. más sofisticados).

Lo usa la NASA, Fuerzas Armadas de EE.UU., industrias europeas y japonesas.

El enfoque ergonómico va más allá de la productividad, salud y seguridad. Incluye las exigencias fisiológicas y sicológicas que la tarea impone sobre el trabajador.

Otros:

CAPACIDAD PARA EL TRABAJO FÍSICO

Toda labor trae como consecuencia una fatiga (cansancio, agitación) que tiene una función protectora al evitar una tensión mayor y permitir que tenga lugar la recuperación obligando a disminuir el ritmo de trabajo y aún paralizarlo. Los factores que producen fatiga son la monotonía, iluminación, clima, ruido, intensidad del trabajo, factores sicológicos responsabilidades, preocupaciones, conflictos, enfermedad, hábitos alimenticios, entre otros.

Esta fatiga tiene una función protectora ya que evita el stress (tensión), que es un estado de defensa, ya que activa los mecanismos adaptables del organismo a las circunstancias. Ejemplo: un ruido fuerte y sorpresivo, un resbalón o caída, el trabajar en un ambiente peligroso, etc. hace que el organismo descargue adrenalina (poderoso constrictor - obliga a hacer algo - de los vasos sanguíneos contenida en las glándulas suprarrenales - riñones), aumentando el ritmo respiratorio y cardíaco, transpiración o induciendo al desmayo.

1.3.4.1.2 RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO

DEFINICIÓN

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BIOMECANI

CA

Estudio de la estructura y función del cuerpo humano en relación con la dinámica de los sistemas hombre - máquina - ambiente de trabajo

ANTROPOMETRIA

Dimensiones corporales, ámbito de movimiento de los miembros del cuerpo, así como la fuerza muscular

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

La OIT ha definido a los riesgos o “factores de riesgo” psicosociales como “las interacciones entre el contenido, la organización y la gestión del trabajo y las condiciones ambientales, por un lado, y la funciones y necesidades de los trabajadores, por otro”.

También se define como las condiciones relacionadas al contenido del trabajo, as la organización laboral, a la realización de la tarea, a la percepción y experiencias del trabajador que pueden afectar el desarrollo del trabajo y a la salud de trabajador.

Los factores de riesgo psicosocial estarían, por lo tanto, más ligados al objetivo de los trabajadores de alcanzar un bienestar personal y social y una calidad den el trabajo, que a la clásica perspectiva de la seguridad y salud en el trabajo.

CATEGORÍAS DE RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO

El Comité Mixto OIT-OMS (Ginebra 1984), estableció las siguientes categorías:

Medio ambiente de trabajo Factores intrínsecos del empleo Organización del tiempo de trabajo Modalidades de gestión y del funcionamiento de la empresa Cambios tecnológicos Otros factores

FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL

La Organización y las condiciones del trabajo

La sobrecarga del trabajo (carga permanente física y mental por encima de nuestras capacidades, trabajo repetitivo o en cadena, trabajo a destajo, tiempo de trabajo, etc.)

La autoridad estricta (estilo de mando autoritario).

Los bajos salarios. La posibilidad de comunicación entre

trabajadores La posibilidad de ascenso Los problemas en las relaciones

laborales

El tamaño de la empresa Condiciones físicas del trabajo

(peligros/Riesgos Definición de competencias Estabilidad laboral Actividad de la Empresa Ubicación de la Empresa Imagen social Estructura jerárquica Desarrollo profesional Estilos de mando Ayudas sociales Canales de comunicación

El tipo de Trabajo (naturaleza de las tareas)

La monotonía Sobrecarga de trabajo

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

La automatización El uso de aptitudes y habilidades en

forma inadecuada Repetitividad Ritmo de trabajo

Fácil/difícil Prestigio social de la tarea Diseño del lugar de trabajo Capacitación

Los factores de trabajo

Sexo Tiempo de trabajo Medio ambiente del trabajo Edad Personalidad Extroversión/introversión Antecedentes psicológicos Vida familiar Contexto socioeconómico (educación,

salud, desempleo, tiempo libre, distribución de ingresos, etc.).

Espacio público Iniciativa Responsabilidad Comportamiento Consumo alcohol, drogas Capacidad de aprendizaje Capacidad/incapacidad en toma de

decisiones Facilidad/dificultad para mantener la

atención

CONSECUENCIAS EN LA SALUD DE LOS TRABAJADORES

PSICOLOGICAS Actitudes negativas Irritación Preocupación Tensión

ESTRÉS LABORAL Estudios de Agencia Europea conforma

que afectan a cerca del 22 % de los trabajadores

REACCIONES DE COMPORTAMIENTO Disminución del rendimiento Alteraciones de la vida social y familiar Mayor agresividad

PROBLEMAS DE SALUD Tensión Dolores musculares Síntomas cardiovasculares Tendencia a la depresión

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

2 INSPECCIONES DE SEGURIDAD

2.1 CONCEPTOS

Son procesos de observación metódica para observar situaciones críticas en la práctica, condiciones, equipos, materiales, estructuras y otros; realizado por un empleado de la empresa entrenado en la identificación de peligros, evaluación y control de riesgos.

También es un proceso de observación directa que reúne datos del trabajo, procesos, condiciones, medidas de protección y cumplimiento de disposiciones legales.

2.2 CARACTERÍSTICAS

Tener conocimiento cabal del proceso que se verifica, instrumentos de medición idóneos, check list u hojas de análisis, criterio y sentido común, documentación escrita de referencia (análisis de riesgos, revisión de procesos, informes de inspecciones e investigaciones anteriores) y medidas para corregirlas.

Inspeccionar es uno de los mejores instrumentos disponibles para descubrir los peligros y evaluar sus riesgos antes que ocurran accidentes y otras perdidas.

Somete a cada área de la empresa a exámenes críticos y sistemáticos para evadir pérdidas.

Inicia de las preguntas: quien, que, donde, cuando, como, entre otras.

Lo realiza personal del departamento de seguridad e higiene minera, comités de seguridad y supervisores de área.

2.3 REGLAMENTACIONES

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN MINERÍA.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Zona de alto riesgo:Áreas o ambientes de trabajo donde hay condiciones de peligro inminente, puede ser por diseños inadecuados o condiciones físicas, químicas, eléctricas, mecánicas o ambientales inapropiadas.Mapa de riesgos:Plano de condiciones de trabajo, utiliza diversas técnicas para reconocer los problemas y acciones para la protección de la salud laboral a nivel de empresa o servicio.Art 130: el supervisor tiene la obligación de inspeccionar frecuentemente durante el turno de trabajo, haciendo conocerlas medidas de seguridad a sus trabajadores.Art 131: es obligación de alta gerencia planear a todas las labores, dando prioridad a zonas criticas de trabajo, según su mapa de riesgo.

Art 17: el empleador debe implementar registros y documentación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, siendo:e) registro de inspección y evaluación de seguridad y salud.Art 29: la vigilancia y control comprende procedimientos internos y externos a la empresa y permiten evaluar regularmente los resultados logrados en salud y seguridad.Art 92: las inspecciones de la autoridad competente o fiscalizadores autorizados, están facultados para revisar las instalaciones totales de los puestos de un centro de trabajo, para lo cual el empleador brindara las facilidades necesarias.Art 93: las medidas correctivas serán anotadas en un libro especial otorgado por el empleador, dichas medidas deberán ser

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

implementadas o subsanadas en plazos establecidos.Art 94: facilidades del inspector o fiscalizador:

a) Ingresar libremente en cualquier momento a un centro de trabajo sujeto a inspección.

b) Realizar toma de muestras y mediciones, examinar libros, registros y solicitar información relacionada.

2.4 PRINCIPIOS ORDENADORES QUE RIGEN EL SISTEMA DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO

Según la ley general de inspecciones del trabajo, ley Nº 28806, el funcionamiento, actuación del sistema de inspección del trabajo, se rigen por los siguientes principios ordenadores:

1. Legalidad, con sometimiento pleno a la constitución política del estado, leyes, reglamentos y demás normas vigentes.

2. Primacía de la realidad, privilegiando los hechos reflejados en los documentos formales.3. Imparcialidad y objetividad, sin interés directo o indirecto, personal o de terceros que pueda

perjudicar a las partes involucradas en la actividad inspectora.4. Equidad, debiendo dar igual trato a las partes, sin conceder ningún privilegio aplicando

normas establecidas con equidad.5. Autonomía técnica y funcional, en el ejercicio de sus competencias, garantizándose su

independencia frente a cualquier influencia exterior.6. Jerarquía, con sujeción a las instrucciones y criterios técnicos interpretativos establecidos por

la autoridad de inspección del trabajo para el desarrollo de la función inspectora, cumplimiento de funciones encomendadas por directivos y responsables de la inspección.

7. Eficacia, actuando con sujeción a los principios de concepción única e integral del sistema de inspección, especialización, trabajo en equipo y programado.

8. Unidad de función y de actuación, desarrollo total de las acciones que tiene, no obstante las especializaciones funcionales.

9. Confidencialidad, del origen de quejas o denuncia que de a conocer una infracción a las normas legales, sin manifestar al empleador o representante que la vista de inspección se realiza por denuncia.

10. Lealtad, a la constitución, leyes, reglamento, resoluciones y objetivos de políticas de estado.11. Probidad, respetar las normas que regulan la función inspectora y ajustarse estrictamente a

los hechos de la actividad de inspección.12. Sigilo profesional, sin divulgar aun después de haber dejado el servicio, la información,

procedimientos, libros, documentación, datos u otros antecedentes conocidos con ocasión dela inspección, también secretos comerciales, de fabricación o métodos de producción que se pueda conocer haciendo la inspección.

13. Honestidad, honrando la función inspectora sin incurrir en actos de beneficio propio o de terceros.

14. Celeridad, inspecciones lo mas dinámicas posibles, sin tramites u otros que dificulten su desarrollo.

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

2.5 OBJETO:

Descubrir y evaluar los peligros, riesgos y causas existentes y potenciales, que puedan producir incidentes, accidentes, enfermedades ocupacionales, incendios, para controlarlos luego.

Vender la idea de seguridad al personal, alentándoles a tener sus áreas libres de riesgos.

Mantener comunicación continua y directa con los trabajadores con el fin de tener su participación sincera y sugerencias para buscar soluciones.

Demostrar el compromiso de la gerencia y de la supervisión de la seguridad del personal.

Medir el cumplimiento de los estándares técnicos y legales.

Identificar la efectividad de las medidas correctivas efectuadas y sus efectos.

Dar a la gerencia información de autoevaluación.

2.6 ELEMENTOS A CONSIDERARPrestar atención a los tres elementos siguientes:

a) Estáticos: Referidos a las condiciones físicas del lugar (terrenos, espacios abiertos, iluminación, orden, limpieza, sostenimiento, aire, agua, desagüe, electricidad, etc.)

b) Dinámicos: Todo lo que puede ser operado por los trabajadores (perforadoras, volquetes, trenes, tornos, molinos, sierras, fajas, compuertas, cable carril, tolvas, etc.)

c) Humanos: Actos inseguros que comete el personal.

2.7 CUALIDADES QUE DEBE REUNIR EL INSPECTOR:

Conocimiento de la experiencia de la empresa en accidentes y sus correcciones.

Familiaridad con los peligros, normas procedimientos que se aplican al área.

Capacidad de evaluar situaciones que ameriten recomendación atinada en acción correctiva.

Ponderación, prudencia para manejar las situaciones y al personal.

2.8 CLASES DE INSPECCIONES

Según el reglamento de seguridad y salud ocupacional:

Art 132: las inspecciones inopinadas o por sorteo serán realizadas por el comité de seguridad y salud ocupacional en cualquier momento.

Hay varios criterios de clasificación:

De acuerdo a su naturaleza (calidad de las cosas).

De acuerdo a su frecuencia (repetición).

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

2.9 DE ACUERDO A LA NATURALEZA2.9.1 De mantenimiento

Es decir del correcto funcionamiento de los equipos motorizados, herramientas e instalaciones. Requiere coordinación y participación de los departamentos respectivos, formatos ad hoc con el fin de sistematizarlos.

Se incluyen: Sistemas y equipo de arrastre, carguío, transporte, etc. Vías Instalaciones mecánicas y eléctricas Maquinas y herramientas (partes criticas) Sistemas contraincendios Equipos de seguridad y de salvataje Polvorines

2.9.2 De operación

Los riesgos en los métodos de trabajo, actos inseguros y causas contribuyentes. Todos con cierto grado de participación y responsabilidad (desde quien ejecuta, al personal directivo).

2.9.3 Especiales

Se encuentran muchas veces fuera del programa. Efectuándose aun con la participación del personal especializado como establecimiento de nuevos métodos de explotación, mecanización, riesgos de derrumbes, inundaciones, controles de izaje, etc.

2.10 DE ACUERDO A LA FRECUENCIA (REPETICIÓN)2.10.1 Periódicas:

El reglamento de seguridad y salud ocupacional en su art 133 dice que en las inspecciones generales de las zonas de trabajo, equipos y maquinarias de las operaciones mineras de tomaran en cuenta lo siguiente:Diario:

Zonas de alto riesgo Instalaciones de izaje y tracción.

Semanal: Sistemas de bombeo y drenaje Bodegas y talleres Polvorines

Mensual: Instalaciones eléctricas Cables de izaje y cable carril Sistemas de alarma Sistemas contra incendios Evaluaciones de orden y limpieza de todas las áreas de trabajo

Trimestral Recorridos de las seguridad y salud efectuados por la alta gerencia de la

unidad minera.

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

El resultado de todas las inspecciones y los plazos y correcciones, serán anotados en el libro de seguridad y salud ocupacional y su cumplimiento verificado por la autoridad minera.

2.10.2 Intermitentes o a intervalos irregulares

Efectuados sin horario fijo, sin previo aviso y cuando sea necesario como vehículos de transporte masivo, generadores de energía de emergencia, condiciones ambientales, etc.

Se consideran las inopinadas o por sorteo, que la realizara el comité de seguridad e higiene minera en cualquier momento, de acuerdo a normativa vigente.

2.10.3 Continuas

Realizadas a diario con equipos de protección, medición de caudales de aire atmosférico que ingresa, se distribuye y evacua, contaminantes ambientales, etc.

2.11 PASOS DE UNA INSPECCIÓN

2.11.1 Antes de la inspección:

Planeamiento y programación usando planos, reporte de inspecciones, incidentes y accidentes.

Toda inspección debe contar con una clasificación de peligros. Es decir prioridad. Hay varias formas como la siguiente:

Peligro clase A (alto o mayor): condición o acto capaz de causar incapacidad permanente, perdida de la vida, perdidas extensas de estructura, equipos o materiales; requieren acciones correctivas inmediatas dentro de 48 horas.

Ejemplo: chimenea sin parrilla ni señalización, falta de resguardo de la cuchilla de una cortadora, perforara al lado de un tiro cortado, etc.

Peligro clase B (serio): condición o acto con posibilidad de causar lesión o enfermedad temporal, daño a propiedad (menos seria que la clase A), requiere acciones dentro de 72 horas.

Ejemplo: piso resbaloso, peldaños rotos, equipo en mal estado, etc.

Peligro clase C (bajo o menor): una condición o acto potencial de lesiones o enfermedades leves (no incapacitantes) o daño leve a la propiedad requiere acciones de 72 horas a más.

Ejemplo: perforar sin usar protección de oídos, subir escaleras sin guantes, etc.

Usando este sistema el supervisor comienza el planeamiento para remediar las condiciones en la perspectiva correcta, ayudara a motivar a los demás a tomar acción rápida para corregir peligros serios.

Concentrara su atención sobre el control de los sectores críticos que requieren dedicación de tiempo grande, esfuerzos y recursos.

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

2.12 DURANTE LA INSPECCIÓN

Anotando las cosas con precisión y clasificándolas según el grado de riesgo potencial considerando las 5 preguntas siguientes:

¿Cuál es la probable gravedad de la perdida si ocurre un accidente? (menor, mayor, seria, catastrófica).

¿Cuál es la probabilidad de que ocurra un accidente debido a este problema o peligro? (insignificante, moderada, baja, alta)

¿Cuál es el costo de protección recomendado? (menor, medio, bajo, alto)

¿Cuál es el grado de control que alcanzara con este desembolso? (pequeño, moderado, bajo, sustancial)

¿Cuál es la extensión de la aplicación para el control recomendado? (simple, general, bajo, amplia)

Cubriendo sistemáticamente las áreas determinadas.

Reforzando los comportamientos positivos en donde sea oportuno.

Registrando los peligros o divergencias de los estándares o sea tomar nota.

Haciendo participar a los trabajadores en el lugar de trabajo.

Revisando las observaciones anotadas durante la inspección.

2.13 DESPUÉS DE LA INSPECCIÓN

Comunicar los resultados en un informe, un documento que pone al descubierto las causas potenciales o riesgos de accidentes y enfermedades de trabajo que se han encontrado en la inspección y brindan posibles acciones para evitar sucesos inesperados.

Sirve para que la gerencia se mantenga informada y lo utilice cuando sea necesario, por ello es conveniente que se envíen copias a diferentes departamentos interesados, recomendando sea puesto en conocimiento de los trabajadores.

Deben ser claros, concisos y objetivos los documentos presentados.

Las soluciones deben ser practicables y apoyadas en hechos y normas, no en suposiciones, para conseguir la predisposición y aceptación de lo sugerido.

Deben ser efectuados por escrito, copia de la cual numerada se archivara en el libro de seguridad, adjuntando un informe.

Control del cumplimiento de las acciones correctivas sugeridas en el informe, efectuados por los responsables asignados para el efecto. Esto se consigue con el seguimiento re inspección y retroalimentación.

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

2.14 COMO EFECTUAR UNA INSPECCIÓN

Puntos clave útiles:

Buscar las cosas que no saltan a la vista

Son aquellas que están fuera del itinerario corriente las que causan problemas, durante la inspección se pueden encontrar muchos de los problemas obvios a la vista. Se empleara una buena cantidad de tiempo buscando las cosas que normalmente no se ven durante las operaciones diarias.

Cubrir el sector sistemáticamente

Permitir un cierto tiempo a fin de cubrir cada cosa en forma metódica y minuciosa. Vale la pena caminar por el lugar para dar una mirada acuciosa y decidir el mejor camino para inspeccionar de la mejor manera.

Describir y ubicar cada cosa claramente

Se pierde mucho tiempo respondiendo preguntas y volviendo a visitar los lugares de la inspección cuando su ubicación no es clara ni precisa. Las dudas deben preguntarse a alguien en forma oportuna, sin depender de la memoria.

Poner especial atención alas situaciones peligrosas

Tomar acción inmediata, con medidas provisionales que pueden ser usadas y que reducirán el peligro hasta su corrección. Ejemplo apuntalar bien el techo para reparar los cuadros de madera de una galería.

Informar las cosas que permanecen innecesarias

Reubicar materiales y equipos en desuso donde alguien pueda utilizarlos, puede ahorrar dinero a la empresa con esta acción.

Usar sistemas para clasificar el peligro

Unos de los beneficios de la clasificación de peligros es el establecimiento de prioridades, en cualquier caso de condición insegura o subestandar el riesgo mas grave debe tener prioridad en el proceso de corrección sobre los que tienen un grado de peligro menor.

Buscar las causas básicas de las cosas

Conocer y analizar todos los actos y condiciones inseguras o subestandares que se observe considerándolas síntomas del problema básico y real; esto es la llave para el remedio permanente.

Finalmente, el art 134 del reglamento de seguridad y salud ocupacional en minería, especifica que las observaciones y recomendaciones que dicte el gerente del programa de seguridad y salud ocupacional o ingeniero de seguridad en el curso de sus vistas de inspección a las diversas áreas de trabajo serán hechas por escrito a la persona encargada de su cumplimiento con copia al gerente o responsable del área a la que dicho trabajador pertenece, para el levantamiento correspondiente.

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

3. INVESTIGACIONES

Aunque la empresa disponga y utilice un buen sistema de gestión de la prevención de los riesgos laborales en el centro de trabajo, los incidentes y accidentes siguen ocurriendo. Por este motivo se debe investigar y analizar lo ocurrido, con el objeto de adoptar las medidas correctoras que eviten su repetición o la aparición de consecuencias más graves.

Proceso de recopilación, evaluación de datos y materiales que determinen las causas de los accidentes e incidentes. Eta información será utilizada para poder tomar las acciones correspondientes de corrección y prevención.

3.1 OBJETIVOS:

Descubrir las causas reales que han producido el accidente, para corregirlas. Descripción detallada del acontecimiento Identificación de las causas reales Cumplir las normas legales Desarrollo de controles apropiados Formulación de un plan apropiado de prevención

3.2 CARACTERÍSTICAS:

Todo incidente, accidente y enfermedad ocupacional debe ser investigado. Mientras mas completos los datos se recopilen, mas fácil serán las acciones correctivas. Encontrar los hechos y no las fallas. Es conveniente que las personas que investigan se mantengan al margen de cualquier aspecto

punitivo o sanción. Los supervisores deben investigar incidentes y accidentes por las razones siguientes: Cumplir reglamentos legales Responsabilidad el trabajo del día, por que un incidente afecta el resultado. Conoces al trabajador y su función, nada debe estar en contra del trabajo. Sabe como y donde obtener información necesaria e inmediata de cualquier incidente que se

pueda dar en el trabajo. Tiene la condición de iniciar y concluir cualquier acción que sea necesaria. Logra beneficios de la investigación, preocupación por su gente, responsabilidad, etc

3.3 REGLAMENTACIONES:

Reglamento de seguridad y salud ocupacional en minería

Art 151: Los accidentes de trabajo deberán ser reportados por los titulares mineros mediante formularios electrónicos que se encuentran en la página web del Ministerio de Energía y Minas: http://extranet.minem.gob.pe; información que será derivada a la autoridad minera competente según corresponda.

Art 153: Todos los incidentes y accidentes deben ser investigados por el respectivo supervisor del área de trabajo, con la finalidad de encontrar sus verdaderas causas para corregirlas o eliminarlas. El supervisor efectuará el reporte necesario en concordancia con las políticas y procedimientos de la empresa minera. Las investigaciones realizadas estarán puestas a disposición de la autoridad minera y su respectiva fiscalizadora, cuando lo requiera.

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

Art 154: La autoridad minera competente podrá designar a uno o más fiscalizadores o a su(s) funcionario(s) para medir la gestión de seguridad, en base a los altos índices de frecuencia y severidad y otros procedimientos como reclamos o denuncias, que originen el pronunciamiento de la autoridad.

Art 155: Inmediatamente después de recibido el aviso de la ocurrencia de un accidente mortal, la autoridad minera competente dispondrá la inspección e investigación de aquél a cargo de un fiscalizador o funcionario, quien presentará el informe correspondiente a los diez (10) días útiles siguientes a la fecha en que fue realizada la inspección.

Art 156: En el caso de accidentes mortales la autoridad minera competente, en base a la evaluación del informe de investigación, definirá las acciones pertinentes, a fin de evitar la recurrencia de dichos accidentes mortales, y establecerá las sanciones a que hubiera lugar. Asimismo, efectuará el seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones indicadas en el inciso d) del artículo precedente y del informe de evaluación respectivo.

Cuando la empresa minera haya tenido en el mes inmediato anterior uno o más accidentes mortales o situaciones en las que se hubieran producido catástrofes por condiciones o actos subestándar, está obligada a asistir a dichos talleres. , En caso la empresa minera sea persona natural asistirá el titular gerente y en caso sea una persona jurídica, asistirá el Presidente del Directorio, si lo tuviere, y/o el Gerente General.

La empresa cuyo personal mencionado no asista a los seminarios y talleres referidos en el primer párrafo, será sancionada por la autoridad competente.

La empresa que acumule dos (02) accidentes mortales en los últimos doce (12) meses será objeto de una fiscalización especial, en los términos y plazos que considere la autoridad minera competente.

Llevada a cabo la fiscalización especial, el fiscalizador o funcionario presentará a la autoridad minera competente un informe en el que se determinará las debilidades del sistema de gestión de seguridad, incluyendo el análisis del historial de los accidentes leves, incapacitantes y mortales, registrados por el titular minero de acuerdo con el presente reglamento, indicando las medidas correctivas que deberá implementarse antes de la siguiente fiscalización programada. La autoridad minera competente resolverá, en el plazo de siete (07) días calendario de recibido el informe, sobre la procedencia o no de las medidas recomendadas por el fiscalizador o funcionario, notificando al titular minero para que cumpla dichas medidas, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones previstas en las normas sobre la materia.

Sin perjuicio de las actuales medidas de prevención y sanción en la normatividad vigente, de persistir los accidentes mortales en la misma unidad minera, la autoridad minera competente podrá disponer la suspensión preventiva total o parcial de operaciones por el período necesario para una revisión de emergencia de la gestión de seguridad en dicha unidad. Para tal efecto, podrá disponer la participación de instituciones o especialistas designados por dicha autoridad, cuyos costos serán asumidos por el titular minero, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

Reglamento de seguridad y salud en el trabajo

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

Art 22: Son funciones de los representantes o delegados de seguridad y salud en el trabajo: e) Participar en la investigación de accidentes y sugerir medidas correctivas.

Art 31: La investigación de los accidentes, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo y sus efectos en la seguridad y salud, debe permitir identificar los factores en la organización, las causas inmediatas (actos y condiciones subestándares), las causas básicas (factores personales y factores del trabajo) y cualquier deficiencia del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud, para la planificación de la acción correctiva pertinente.

Art 68: Los trabajadores tienen derecho a ser informados:

a) A título grupal, de las razones para los exámenes de salud ocupacional e investigaciones en relación con los riesgos para la seguridad y salud en los puestos de trabajo.

Art 72: En materia de prevención de riesgos laborales, los trabajadores tienen las siguientes obligaciones:

d) Cooperar y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales cuando la autoridad competente lo requiera o cuando a su parecer los datos que conocen ayuden al esclarecimiento de las causas que los originaron.

Art 87: Los empleadores deberán realizar las investigaciones de los accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos, los cuales deben ser comunicados a la Autoridad Competente, indicando las medidas de prevención adoptadas.

Art 88: Se investigarán los accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes, de acuerdo con la gravedad del daño ocasionado o riesgo potencial, con el fin de:

a) Comprobar la eficacia de las medidas de seguridad y salud vigentes al momento de hecho.b) Determinar la necesidad de modificar dichas medidas; yc) Comprobar la eficacia, tanto en el plano nacional como empresarial de las disposiciones en

materia de registro y notificación de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes.

Art 89: En caso sea necesario, en forma complementaria a lo indicado en el artículo 87, la Autoridad Competente y los otros organismos autorizados realizarán la investigación de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes.

Art90: Durante la investigación del accidente de trabajo, las enfermedades ocupacionales e incidentes, ya sea por parte de la Autoridad Competente o por otros organismos autorizados, estarán presentes tanto los representantes del empleador como de los trabajadores.

Art 91: La Autoridad Competente realizará y publicará informes de las investigaciones de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes que entrañen situaciones de grave riesgo efectivo o potencial para los trabajadores y/o la población.

Pasos a seguir durante una investigación:

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

EN UN EVENTO EN UN ACCIDENTE MORTAL Comunicar al departamento de seguridad de

inmediato. Evaluar el riesgo Prestación de primeros auxilios Enviar a la victima al centro medico Conservar las pruebas del accidente Realizar el reporte preliminar Reconstruir el evento, opinar sobre posibles

causas, recomendar, etc.

No mover el cuerpo del lugar, salvo casos excepcionales.

Notificar de inmediato al departamento de seguridad

Cercar el área para evitar nuevos incidentes El departamento legal notificara a todas las

autoridades relacionadas. El gerente de SSO emitirá un informe de lo

ocurrido al gerente general en formato del MEM.

3.4 PROCEDIMIENTO:1. Reaccionar a la emergencia en forma oportuna y positiva2. Averiguar las circunstancias

Entrevista a los testigos Entrevista en forma individual Entrevista en el lugar apropiado Hacer que la persona se sienta cómoda Logra una versión personal del entrevistado Bríndele retroalimentación al testigo Tome nota oportuna de la información clave Finalice en forma positiva

3. Determinar las causa intervinientes4. Desarrollar y recomendar las medidas correctivas5. Controlar las medidas correctivas recomendadas

3.5 INFORME DE INVESTIGACIÓN

Deben ser claros y concisos, acompañados de crokis, planos, fotografías, etc.

Debe tener:

Identificación del accidentado, circunstancias, descripción de causas, daños personales y materiales, medidas correctivas.

3.6 INFORME DE INVESTIGACIÓN TRADICIONAL Identificación de victima y daños producidos Lugar del accidente Fecha y hora Daños personales y materiales Descripción y circunstancias Análisis de causas Evaluación de riesgos Acciones correctivas sugeridas.

4. ÍNDICES Y ESTADÍSTICAS DE SEGURIDAD

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

4.1 ÍNDICES DE SEGURIDAD

Es el registro de experiencias en accidentes de trabajo, también la eficiencia de un programa de seguridad, en base a índices cualitativos (frecuencia) y cualitativos (severidad)

Sirven para medir la magnitud del problema de los accidentes y comparar los resultados mes a mes o año a año entre los diferentes departamentos de la empresa minera.

4.2 ÍNDICE DE FRECUENCIA DE ACCIDENTES (IFA)

Relaciona accidentes incapacitantes y mortales ocurridos durante un periodo generalmente mensual, por cada 1000000 de horas-hombre de exposición a los riesgos de accidentes o trabajadas.

IFA=Numero deaccidentes∗1000000H .H .T .

Donde:

Numero de accidentes: Total de accidentes con incapacidad ACI (total temporal, parcial permanente, total permanente) y accidentes mortales, ocurridos durante un tiempo considerable, tanto del personal de la empresa o de empresas contratistas mineras

1000000: horas- hombre de exposición o trabajos, constante que uniformiza criterios entre las industrias, para que se pueda comparar los resultados sin temor a individualidades.

H.H.T.: horas hombre trabajadas, total de horas efectivas trabajadas o expuestas al riesgo de accidente durante un periodo considerado, sin considerar al personal que gozan de vacaciones, permiso, faltas, feriados y domingos no trabajados.

Estos datos generalmente son proporcionados por la oficina de personal y la administración de cada empresa.

4.3 ÍNDICE DE DE FRECUENCIA DE ACCIDENTES ACUMULADA (IFA acumul)

Índice cuantitativo acumulado generalmente desde el mes de enero a la fecha de cálculo considerado, hasta diciembre.

IFAacumul=( ACIacumul+ AMacumul )∗1000000

H . H .T .acumul

Donde:

ACIacumul y AMacumul: viene a ser la sumatoria de estos accidentes ocurridos desde el mes de enero y hasta el mes materia de cálculo

H.H.T. acumul: sumatoria de horas expuestas o trabajadas desde el mes de enero y hasta el mes materia del cálculo.

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

4.4 ÍNDICE DE SEVERIDAD O DE GRAVEDAD DE ACCIDENTES (ISA)

Relación de total de días perdidos y cargados por los ACI y AM ocurridos en el periodo considerado, con una cifra constante (1000000) y las horas de exposición a los riesgos de accidentes en dicho periodo por los trabajadores.

ISA=total dedia perdidos ycargados∗1000000

H . H .T .

Donde:

Total de días perdidos: días de incapacidad resultante de lesiones de incapacidad total temporal. Determinados por el departamento medico de la unidad. Se considera los días calendario en que el trabajador no trabaja por el accidente y hasta el día en que se le da de alta.

Total de días cargados: cargos que representan las pérdidas de miembros y las pérdidas de función, en base a la tabla de días cargo

Este parámetro muchas veces resulta difícil de hallarlo para un periodo determinado, considerando que los días perdidos son de razones obvias y la mayor parte de veces se considera en los cálculos futuros no obstante pertenecer a accidentes ocurridos en periodos anteriores.

El reglamento de seguridad y salud ocupacional específica que se halla con la siguiente formula:

ISA= No dias perdidos ocargados∗1000000horashombre trabajadas

4.5 ÍNDICE DE SEVERIDAD DE ACCIDENTES ACUMULADA (ISA acumul)

Es el índice cualitativo acumulado desde el mes de enero a la fecha de cálculo considerado, diciembre es el último mes.

ISAacum=( DPacumul+ DCacumul)∗1000000

H . H .T .acumul

Donde:

DPacumul + DCacumul: es la sumatoria de los días de incapacidad y días cargados por accidentes desde el mes de enero a la fecha considerada del cálculo.

4.6 ÍNDICE DE ACCIDENTABILIDAD (IA)

Medición que combina el IFA y el ISA del mes o periodo considerado, como un medio de clasificar a las empresas.

IA=(IFA∗ISA)/1000

4.7 ÍNDICE DE ACCIDENTABILIDAD ACUMULADA (IA acumul)

IAacumul=(IFAacumul∗ISAacumul)/ (1000∗n)

Donde: n = numero de mes considerado

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Page 29: SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

Ejercicio:

En mina Valery-Andrea, se tuvieron las estadísticas de seguridad siguientes:

Estadísticas de seguridad del mes de enero 2010

FECHA

ACI TOTAL TEMPORAL

ACI PARCIAL PERMANENTE

AF DP EN EL PERIODO (*)

DIAS REALES TRABAJADOS POR

ACCIDENTADOS (**)

DC EN EL PERIODO

(***)

3 1 - - 5 22 -

7 1 - - 12 20 -

10 - 1 - 11 12 300

12 1 - - 7 21 -

19 - - 1 1 12 6000

23 - - 1 1 19 6000

25 1 - - 5 21 -

26 1 - - 6 23 -

28 1 - - 4 21 -

TOTAL 6 1 2 52 171 12300

(*) DP en el periodo (se incluye los días domingos)

ENERO 2010

D L M M J V S

1 2 3 4 5

6 7 8 9 10 11 12

13 14 15 16 17 18 19

20 21 22 23 24 25 26

27 28 29 30 31

(**) DIAZ TRABAJADOS POR LOS ACCIDENTADOS

Sumatoria de los días trabajados realmente en el mes (antes del accidente y después de habérsele dado de alta. Si fuera mayor el número de días de descanso, solo consideran los días efectivos del mes).

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

(***) DC EN EL EPRIODO CONSIDERADO

Amputación tercer falange dedo índice = 300

Muerte (AF) = 6000

Muerte (AF) = 6000

Total =12300

HORAS HOMBRE TRABAJADAS (HHT)

De acuerdo a los datos de oficina de contabilidad transformada en horas, en enero los 360 trabajadores sumaron:

Accidentados: 181 dias * 8 horas =1448 HHT

Trabajadores no accidentados:

Normal: 351trab*26dias*8horas = 73008 HHT

Sobretiempo: 15trab*20dias*3horas = 900 HHT

Feriados: 25trab*1dia*8horas = 200 HHT

Domingos: 10trab*4doming*8horas = 320 HHT

TOTAL = 75876 HHT

NOTA: no se considera los 9 trabajadores accidentados, para el caso.

Siguiendo los mismos pasos se tiene para los 4 primeros meses del año.

ESTADISTICAS DE ACCIDENTES DE ENERO A ABRIL 2010

  ENERO FEBRERO MARZO ABRIL

numero trabajadores 360 354 354 350

ACI total temporal 6 5 4 5

ACI parcial permanente 1 1 0 0

AF 2 0 0 1

DP 171 60 12 92

DC 12300 300 0 6000

HHT 75876 76850 75102 79852

Hallar los índices de frecuencia y severidad del mes de enero y los acumulados a abril.

Solución:

Índice de frecuencia de accidentes de cada mes:

IFAene=(6+1+2 )∗1000000

75876=118.61

30

Page 31: SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

IFA feb=6∗100000076850

=78.07

IFA mar=4∗100000075102

=53.26

IFA abr=6∗100000079852

=75.14

Índice de frecuencia de accidentes de cada mes:

IFA acum ene=(6+1+2 )∗1000000

75876=118.61

IFA acum feb=(9+6)∗1000000(75876+76850)

=98.22

IFA acum mar=(9+6+4)∗1000000

(75876+76850+75102)=83.39

IFA acum abr=(9+6+4+6)∗1000000

(75876+76850+75102+79852)=81.25

Índice de severidad de accidente de cada mes:

ISA ene=(171+12300 )∗1000000

75876=164360.27

ISA feb=(60+300)∗1000000

76850=4684.45

ISA mar=(12)∗1000000

75102=159.78

ISA abr=(6000+92)∗1000000

79852=76291.14

Índice de severidad de accidentes acumulados de cada mes:

ISA acumene=(171+12300 )∗1000000

75876=164360.27

ISA acum feb=(12471+360)∗1000000

(75876+76850)=84013.20

ISA acummar=(12471+360+12)∗1000000

(75876+76850+75102)=56371.47

31

Page 32: SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

ISA acumabr=(12471+360 9+12+6092)∗1000000

(75876+76850+75102+79852)=61541.21

Índice de accidentabilidad de cada mes:

IA ene=(118.61∗164360.27 )

1000=19494.77

IA feb=(78.07∗4684.45 )

1000=365.72

IA mar=(53.26∗159.78 )

1000=8.51

IA abr=(75.14∗76291.14 )

1000=5732.52

Índice de accidentabilidad acumulado de cada mes:

IA acumene=(118.61∗164360.27 )

1000=19494.77

IA acum feb=¿¿

IAacum mar=¿¿

IA acum abr=¿¿

CUADRO DE RESUMEN:

ESTADISTICAS DE ACCIDENTES DE ENERO A ABRIL 2010

 ENERO

FEBRERO

MARZO ABRIL

NUM DE TRABAJADORES 360 354 354 350

ACI TOTAL TEMPORAL 6 5 4 5

ACI PARCIAL PERMANENTE 1 1 0 0

AF 2 0 0 1

DP 171 60 12 92

DC 12300 300 0 6000

HHT 75876 76850 75102 79852

IF 118,61 78,07 53,26 75,14

IF ACUM 118,61 98,22 83,39 81,25

IS 164360,27 4684,45 159,78 76291,14

IS ACUM 164360,27 84013,2 56371,47 61541,21

IA 19494,77 365,72 8,51 5732,52

IA ACUM 19494,77 16623,86 14096,99 19951,43

32

Page 33: SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

4.8 VENTAJAS DE LOS INDICES

Se usan internacionalmente por que son fáciles de determinar.

Toda empresa minera tiene la información necesaria para estos cálculos.

4.9 DESVENTAJAS DE LOS ÍNDICES:

Son limitativos. Excluyen casos que a diario se producen

No consideran los ASI, salvo excepciones.

Resulta difícil llevarlo al día o actualizado, cuando hay accidentes que demoran en definirse.

Las empresas transnacionales que laboran en el Perú, utilizan formulas de ANSI y de OSHA (en este ultimo con pautas expresas y con fines propios).

4.10 PREMIOS INSTITUIDOS EN EL PERÚ:

El concurso nacional de seguridad instituido por el ISEM, es anual, participan empresas registradas en la DGM del MEM en categorías como subterráneas, superficial, refinería y fundición. Requisitos: menor índice de accidentabilidad, IFA menor a 200 y mas de un millón de HHT durante el año anterior.

A partir de setiembre de 1999 se entrega el trofeo “John T. Ryan” canadiense. Requisitos: IFA<5; ISA<100 y mas de 500 mil HHT durante el año anterior.

5. ESTADÍSTICAS DE SEGURIDAD

5.1 DEFINICIÓN:

Es un sistema de control de incidentes y accidentes, utiliza la información y tendencias asociadas para reducir estos eventos.

Las estadísticas son una buena fuente de información cuando se trata de aumentar la seguridad y perfeccionar los procedimientos.

5.2 ESTADÍSTICAS CONSIDERADAS EN MINERÍA

1. Numero de accidentes (ASI, ACI, AF)2. Frecuencia3. Severidad4. Índices de accidentalidad5. Según el tipo6. Según la lesión anatómica7. Según el origen8. Según la previsión9. Por la edad10. Por estado civil11. Por grado de instrucción12. Por años de experiencia (tiempo de servicios)

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

13. Pos la hora de ocurrencia14. Por e día de ocurrencia15. Por el mes16. Por parte del cuerpo lesionado (incapacidad total temporal ITT)17. Por incapacidad 18. Por ocupación 19. Por remuneración

También se puede incluir:

1. Por la guardia de ocurrencia2. Por sección es (áreas, secciones, departamentos)3. Por causas4. Por fuentes5. Accidentes de transito6. Por tipo de vehículo7. Por responsabilidad8. Por costos de reparación9. Por enfermedades ocupacionales

5.3 REGLAMENTACIONES:

Reglamento de seguridad y salud ocupacional en mineríaFigura en los artículos 157, 158, 159, 160 y 161; que resumidamente se concluye.El titular minero presentara a la DGM los cuadros estadísticos de incidentes, cuadro estadístico de seguridad, reporte de enfermedades ocupacionales según el formato que se encuentra en los anexos; dentro del primer día calendario al vencimiento de cada mes.El titular también esta obligado a conformar la DGM la clasificación estadística de accidentes incapacitantes según:

Tipo, lesión anatómica, origen, previsión de acuerdo a la clasificación contenida en el anexo 8. Información de datos: edad, estado civil, grado de instrucción, año de experiencia, horas del

día, días de la semana, meses del año, parte del cuerpo lesionado, ocupación, lugar de accidente, entre otros según el anexo 5y 9.

El titular deberá asegurar que en sus establecimientos de salud se elabora las estadísticas de enfermedades que incluye ausentismo de enfermedades accidentales y no accidentales en relación a horas hombres trabajados y monitoreo de incidencia de las 5 enfermedades que prevalecen en relación a las horas hombre trabajadas.Los establecimientos de salud deberán tener un registro de los reportes de evacuaciones, transferencias, accidentes comunes, hospitalizaciones y procedimientos médicos.Los médicos realizaran el registro de las enfermedades profesionales utilizando la norma técnica de salud NTS 068-MINSA/DGSP-V1 y demás normas aplicables.Reglamento de seguridad y salud en el trabajoSegún el art 85 el ministerio de trabajo publicara mensualmente las estadísticas parciales de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes. Anualmente se publicaran estadísticas completas en la página web.Las estadísticas de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes facilitaran informe sobre la naturaleza de las fuentes empleadas, alcance de e3stadisticas, definiciones y métodos usados para registrarlos.

6. PROGRAMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE Y DE CAPACITACIÓN

34

Page 35: SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

6.1. PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

6.1.1.DEFINICIÓN:

Es un docume3nto que contiene u8n conjunto de actividades que se desarrollaran a lo largo de un año sobre la base y diagnostico del cumplimiento del sistema de gestión de seguridad y salud establecido en el presente reglamento, con el fin de eliminar o controlar los rie3sgos para prevenir los posibles incidentes y/o enfermedades ocupacionales.

6.1.2.CONSTITUCIÓN DE PROGRAMAS

En la minería se encuentra constituido en base a ley y reglamentaciones siguientes:

Testo único ordenado de la ley general de minería D.S. No 014-92Art 211: los empleadores tienen la obligación de establecer programas de bienestar seguridad e higiene de acuerdo a sus actividades.Art 212: cada año los empleadores deben presentar al DGM el programa anual de seguridad e higiene parta el siguiente año. También un informe de actividades efectuadas durante el año anterior, acompañado de estadísticas que establezca el reglamento.Reglamento de seguridad ocupacional en minería D.S. No 055-2010-EMArt 58: comprende al titular minero, a las empresas contratistas mineras y a los contratistas de actividades conexas.Todo programa anual de seguridad y salud ocupacional debe ser parte del sistema de gestión empresarial de seguridad y salud ocupacional que debe estar bajo el liderazgo de la gerencia general o su equivalente, contendrá lo siguiente:

Metas cuantificables donde se aprecien el progreso o deterioro como: reducir permanentemente los índices de frecuencia, severidad y la incidencia de enfermedades ocupacionales. Este programa será evaluado mensualmente y registrado sus resultados para estar a disposición de la autoridad minera.

Planeamiento, organización, dirección, ejecución y control de actividades que identifican las acciones, omisiones y condiciones de trabajo que pudieran afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

El programa anual de seguridad y salud ocupacional de cada unidad económica, administrativa o concesión minera que tiene conce3sion de beneficio, de transporte minero y labor general; deberá ser elaborado tomando en cuenta el diagnostico situacional del programa anterior. Una copia del acta de aprobación será emitida a la autoridad minera antes del 31 de diciembre de cada año, a disposición de la autoridad minera y de su fiscalizador.

El numero de monitoreo que se realizara, según el análisis de riesgo en el ambiente de trabajo de cada labor, considerando los agentes físicos, químicos, biológicos ergonómicos y otros.

El titular financiara el cronograma de ejecución y presupuesto que comprenderá a todos los trabajadores.

Art 59: el titular minero deberá establecer su propio programa anual de seguridad y salud ocupacional por cada unidad económica administrativa.Reglamento de seguridad y salud en el trabajo D.S. N o 009-2005-TRArt 72: los trabajadores deben cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de seguridad y salud en el trabajo que se apliquen en el lugar de trabajo.

6.1.3.DIRECCIÓN DE LOS PROGRAMAS:

35

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

El RSSO especifica:

Art 64: el gerente del programa de seguridad y salud ocupacional debe ser un profesional con conocimientos, líder y experiencia en la dirección y gestión de operaciones mineras.Art 65: el gerente del programa de seguridad y salud ocupacional de actividades subterráneas o superficiales será un ingeniero de mina o geólogo, colegiado, habilitado y con experiencia no menor de cinco años en explotación y tres años en áreas de seguridad y salud ocupacional con capacitación de 240 horas y para pequeña minería y minería artesanal una experiencia no menor de 2 años en explotación y 2 años en el área de seguridad con capacitación mínima de 120 horas.Art 66: el gerente del programa de seguridad y salud ocupacional e fundiciones y refinerías, será un ingeniero de minas, geólogo, químico o metalurgista, colegiado habilitado y con experiencia no menor de 5 años en fundición o refinería o planta d beneficio con capacitación de 240 horas mínimas.Art 67: el gerente del programa de seguridad y salud ocupacional reportara al funcionario administrativo de más alto nivel del titular minero.Art 68: funciones del gerente de seguridad y salud ocupacional.

a) Ser responsable de la seguridad en los procesos productivos, verificando la implementación y el uso de estándares de diseño, de tareas de PETS y prácticas.

b) Organizar, dirigir, controlar y dirigir el desarrollo del programa anual de seguridad y salud ocupacional.

c) Paralizar cualquier labor que se encue3ntre en inminente peligro o en condiciones subestandar, hasta que se eliminen dichas amenazas.

d) Participar en el plan de minado y en las diferentes etapas de operaciones mineras para asegurarse de los métodos que se aplican en seguridad y salud ocupacional.

e) Participar en la determinación de las técnicas de las instalaciones a ser construidas y de la maquinaria y aparatos a ser adquiridos.

f) Hacer cumplir lo establecido en el art 58 referido a la gestión y establecimiento.g) Obtener información técnica actualizada acerca del control de riesgos, acceso a

consultas a la autoridad minera para el logro de una buena gestión.h) Administrar toda información relacionada a la seguridad, incluyendo las estadísticas

de incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales, para corregirlas.i) Informar a toda empresa mensualmente sobre los alcances obtenidos.j) Asesorar a los supervisores sobre los programas de capacitación para la seguridad y

salud ocupacional y en prácticas operativas.k) Coordinar con el área de salud ocupacional sobre los nuevos trabajadores a fin de que

se puedan desenvolver con seguridad al puesto asignado.l) Revisar los registros de enfermedades ocupacionales y exámenes de retiro o salida de

vacaciones y reingresos de trabajadores, conforme a lo señalado por la R.M. No 480-2008-SA.

m) Efectuar y participar en las inspecciones y auditorias de las labores mineras o instalaciones para asegurar el cumplimiento del presente reglamento, así como el programa anual. Asesorara la investigación de incidentes con alto potencial de daño

6.1.4.OBJETIVOS

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

Cumplir las normas vigentes, tratando de superarlas. Prevenir la ocurrencia de accidentes o enfermedades Proteger la salud del t5rabajador y su familia Controlar daños a equipos, materiales, instalaciones Capacitar al personal Propiciar la promoción integral del trabajador y su familia.

6.1.5.REQUERIMIENTOS

Local Materiales Equipos para el control de agentes contaminantes Equipos para el salvamento minero Equipos contra incendios Equipos para la capacitación Equipos de oficina Otros (Manual de funciones, programas de trabajos, etc.)

6.1.6.PAUTAS PARA ELABORAR PROGRAMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE EN MINERÍA

Teniendo en cuenta que no son iguales los pasos a seguir para formar un programa en las empresas.

1. Realizar un reconocimiento de riesgos estáticos, dinámicos y humanos en las labores, edificaciones y zonas aledañas considerando la existencia de agentes contaminantes de diferente origen en las labores

2. Evaluar los programas de seguridad desarrollados (ejecución, participación de trabajadores, resultados, recomendaciones y cumplimientos) infraestructura, equipos, etc.

3. Consultar con gerencia y asesoría de seguridad a fin de conocer la política empresarial y proponer recomendaciones de conclusiones.

4. Preparar el programa en base a los pasos anteriores5. Capacitar al personal que apoyara en el ejecución del programa6. Ejecutar y controlar el desarrollo del programa anual7. Evaluar8. Tomar acciones correctivas.

6.1.7.CONTENIDO DE UN PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD E HIGIENE MINERA.

Un programa anual de seguridad e higiene minera, debe considerar aspectos de administración del programa, control de riesgos, educación, promoción de la seguridad trabajos de oficina, medicina integral, higiene industrial, bienestar y recreación; guardan el siguiente esquema:

1. GENERALIDADES:

Ubicación de la unidad minera, accesibilidad, actividades básicas, producción, población laboral, organización del departamento de seguridad, facilidades y otros.

2. POLÍTICA:

Visión, misión, objetivos, gestión integral, liderazgo y otros.

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

3. VALORES:

Valoración de trabajo, comunicación, trabajo en equipo, creatividad y capacidad para adaptarse al cambio0, honestidad, responsabilidad, compromiso, solidaridad, trasparencia, respeto y otros

4. OBJETIVOS METAS:

Generales y específicos.

5. RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD E HIGIENE MINERA:

Responsabilidad por la solidaridad, rol del departamento de seguridad, áreas de protección, recursos, líneas de acción, mecanismos de control y otros.

6. PROGRAMA:

Desarrollo de programa de seguridad:

a. Gestión de la seguridad e higiene minera:

Liderazgo y compromiso, política de seguridad e higiene minera, programa anual de seguridad e higiene minera, comité de seguridad e higiene minera, capacitación, equipo de protección, personal, identificación de peligros y riesgos, salud ocupacional, señalización de áreas de trabajo y código de colores, permiso de trabajo, comunicación, inspecciones, auditorias y controles, preparación y respuestas para emergencias, primeros auxilios, asistencia medica y educación sanitaria, investigación de incidentes y accidentes, estadística bienestar y seguridad.

b. Estándares de operaciones mineras

Control del terreno, accesos y vías de escape, ventilación, drenaje, explosivos, perforación y voladura, transporte, carga, acarreo y descarga, operaciones en concesiones de beneficio, prevención y control de incendios, control sustancias peligrosas, planos y mapas.

c. Estándares de servicio y actividades conexas

Manejo de materiales, electricidad, sistema de candados y tarjeta de seguridad, iluminación, agua, aire comprimido y calderos, sistema de izaje, escaleras y andamios, maquinaria, equipo y herramienta, edificios e instalaciones, transporte de personal.

d. Protección ambiental

Política ambiental, requerimientos legales, objetivos, metas y programa, organización, entrenamiento, control y registro, operaciones, evaluación impacto ambiental, manejo calidad de aire, agua, terreno, materiales peligrosos, manejo de desechos.

e. Responsabilidad social

Fundamentación, objetivo general, programa bienestar, laboral, proyectos.

f. Desarrollo documentario.

Reportes diarios de seguridad, reportes de estadísticas, reportes de índices de seguridad, de controles efectuados, de capacitación y otros.

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

7. PRESUPUESTO:

Avisos de seguridad, auditoria, capacitación, equipos de capacitación, contraincendios, rescate, ventilación, equipos de protección personal, fiscalizaciones, honorarios, materiales de oficina, movilidad, otros.

8. ANEXOS.

6.1.8.EVALUACIÓN DE UN PROGRAMA DE SEGURIDAD

Mediante los resultados de los índices de seguridad (frecuencia, severidad y accidentabilidad), además de las estadísticas de seguridad.

Es necesario analizar exhaustivamente el programa anual de seguridad para descubrir donde esta el problema y así poder tomar las medidas necesarias para superarlas.

El procedimiento de esta evaluación consiste en preguntar a cada uno de los ítems de las actividades a fin de determinar si se cumplen o no lo estipulado.

Es necesario que estas evaluaciones las hagan personas que estén identificadas con la causa de la empresa o si es posible la intervención de gerencia será mejor por el apoyo que se otorgara para el caso.

6.2. PROGRAMA ANUAL DE CAPACITACIÓN:

6.2.1.CONCEPTO:

Capacitar: instruir conocimientos teóricos y prácticos del trabajo a los participantes.

Capacitación: transmitir conocimientos teóricos y prácticos para el desarrollo de aptitudes, conocimiento, habilidades y destrezas acerca del proceso de trabajo, prevención de riesgos, seguridad y salud ocupacional.

Programa de capacitación anual: anuncio previo de entrenamiento e instrucción de los trabajadores, preparar, desarrollar facultades, enseñar, perfeccionar en forma programada.

Inducción: capacitación inicial dirigida a otorgar conocimientos e instrucciones al trabajador para que ejecute su labor de la forma correcta, se divide en:

Inducción general: en términos generales lo que busca la empresa para su desempeño.

Inducción de trabajo específica: orientar al trabajador respecto de un trabajo específico.

6.2.2.CARACTERÍSTICAS:

Todo tipo de capacitación resulta ser beneficioso para la empresa y el trabajador, por lo que debe contar con el apoyo de gerencia e involucrar a todos los niveles de organización, por ser un proceso continuo y de cambios tecnológicos.

Pera este proceso de enseñanza se tiene que utilizar los recursos metodológicos adecuados y más simples de entendimiento, para el mejor entendimiento del trabajador.

39

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

Esta tarea es difícil, por la gran cantidad de departamentos existentes en la empresa, las actividades, el número de trabajadores, nivel educativo, necesidad de enseñar a todos.

La capacitación del personal se basa en la necesidad de cada departamento y se desarrolla basándose en un cronograma, con la participación activa de todos lo involucrados en la labor de cada departamento.

Las capacitaciones deben ser teórico practicas, con un lenguaje comprensible con ayudas visuales y auditivas, con certificaciones adecuadas.

La metodología denominada 30-30-20-20 asegura la inducción, instrucción del personal nuevo sin ninguna experiencia, consiste en:

30% de aprendizaje con desarrollo teórico-practico por parte del instructor. 30% de aprendizaje con repetición de la enseñanza practica por parte del alumno con asesor. 20% de aprendizaje de un folleto o manual entregado al final de la clase al alumno. 20% de aprendizaje, con seguimiento y ajuste de la enseñanza en el campo.

6.2.3.CONTINUACIÓN DE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN:

En base a las siguientes leyes:

Texto único ordenado de la ley de la ley general de minería D.S. No 014-92-EM Art 215: los empleadores están obligados a desarrollar programas de capacitación del personal en todos los niveles en la forma que lo determine el reglamento.Art 216: estas disposiciones obligan también a terceros, que estén ejecutando trabajos de exploración o de concesión minera por cuenta del titular minero. No son aplicables a terceros, contratistas de empresas mineras, que presten servicios conexos de índole no minero.Reglamento de seguridad y salud ocupacional en minería D.S. No 055-2010-EMArt 26: inciso b) Formulación del programa de capacitación.ART 69: los titulares cumpliendo el art 215 de la ley deben desarrollar capacitaciones permanente teórica y practica para todos los trabajadores, de acuerdo al cronograma anual que se realizara dentro de las horas de trabajo.1. Estos programas se implementarán en la oportunidad que corresponda, teniendo en

cuenta lo siguiente:1.1. Cuando ingresa un trabajador nuevo a la empresa, recibirá la siguiente capacitación:

1.1.1.Inducción y orientación básica no menor de ocho (08) horas diarias durante dos (02) días, de acuerdo al ANEXO Nº 14. En el caso de las visitas, se deberá realizar una inducción general no menor a una (01) hora.

1.1.2.La capacitación en el área de trabajo consistirá en el aprendizaje teórico - práctico. Esta capacitación en ningún caso podrá ser menor de ocho (08) horas diarias durante cuatro (04) días, en tareas mineras, según el ANEXO Nº 14-A. Luego de concluir estas etapas, se emitirá una constancia en la que se consigne que el trabajador ha sido evaluado y es apto para ocupar el puesto que se le asigne.

1.1.3.Efectuada la capacitación antes mencionada, los trabajadores deberán obtener una certificación de calificación de competencia, la misma que será otorgada dentro de los seis (06) meses de experiencia acumulada en el puesto de trabajo asignado.

1.2. Cuando los trabajadores sean transferidos internamente deberán recibir instrucción

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

adecuada antes de ejecutar el trabajo o tarea siguiendo lo estipulado en el numeral 1.a.2.

1.3. Cuando un trabajador con certificado de calificación cambie de una empresa a otra, o de una unidad de producción a otra de la misma empresa recibirá, en la nueva empresa o en la nueva unidad de producción a la que es transferido, una capacitación de inducción de ocho (08) horas de acuerdo al ANEXO Nº 14-A.

1.4. Cuando se introduzca nuevos métodos de operación, equipos, máquinas y materiales en la aplicación de los PETS y estándares de trabajo.

1.5. Cuando tengan que realizar tareas que requieran permiso de trabajo, tales como: trabajos en caliente, espacios confinados, trabajos en altura, trabajos en pique y chimenea.

1.6. Cuando se manipule sustancias y materiales peligrosos tales como: ácidos, cianuro, mercurio, explosivos, entre otros.

2. Todos los trabajadores, incluidos los supervisores y la alta gerencia, que no sea personal nuevo deberán recibir una capacitación trimestral no menor a quince (15) horas, de acuerdo a lo establecido en la Matriz Básica de Capacitación en Seguridad y Salud Ocupacional Minera según el ANEXO Nº 14-B. Las reuniones de seguridades denominadas “de 5 minutos”, previas al inicio de las labores, no se tomarán en cuenta para efectos del cómputo de las horas de capacitación considerada en el presente inciso.

3. La capacitación deberá incluir, entre otros aspectos, lo siguiente:3.1. El uso de la información de la hoja de datos de seguridad de materiales (HDSM -

MSDS).3.2. El uso correcto del sistema de izaje.3.3. El significado y uso del código de señales y colores en sus respectivas áreas de

trabajo.3.4. El control de agentes químicos, físicos, biológicos, a efectos de prevenir los riesgos

de salud ocupacional ergonómicos.3.5. La instalación, operación y mantenimiento de equipos mecánicos fijos y móviles de

acuerdo a las especificaciones técnicas de los fabricantes, con especial atención a su programa de mantenimiento, descarga de gases contaminantes, calidad de repuestos y lubricación.

3.6. El manejo defensivo para los conductores de transporte de personal y carga en general.

3.7. El control y manipuleo de materiales y sustancias peligrosas.3.8. A los integrantes de las cuadrillas de emergencia quienes deben contar con manual

de procedimientos para emergencias y, en ningún caso, participará personal con calificación menor a 80, en la escala del 1 a 100.

3.9. El uso de los antídotos y la ubicación de las sustancias químicas.3.10. Al Equipo de Emergencia, en grupos no menores de doce (12) trabajadores, para

asegurar su aprendizaje y trabajo de manera homogénea. Luego se hará prácticas en vacío, de acuerdo al aprendizaje teórico y práctico obtenido.

3.11. Simulacros de salvamento efectuados por el Equipo de Emergencia, por lo menos cada seis (06) meses.

3.12. Instrucción de los trabajadores para brindar atención en primeros auxilios. Esta inducción debe actualizarse por lo menos una vez al año, dejando constancia en un registro de la asistencia, calificación y certificación interna de las materias que fueron objeto de la capacitación.

3.13. La utilización del mercurio, cianuro y otros en el proceso de recuperación de oro, poniendo énfasis en el uso del Equipo de Protección Personal (EPP) adecuado y el

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

control de derrames o fugas.3.14. El uso de las tablas geomecánicas preparadas y actualizadas por el especialista en

geomecánica.3.15. La ejecución de los trabajos de soporte para los techos, paredes y/o pisos

establecidos en el plan de minado.3.16. La determinación de la concentración residual de los gases que emana el ANFO o

sus mezclas.3.17. Prevención y control de incendios, con su respectivo simulacro.3.18. Manejo de los residuos sólidos considerando las etapas y procesos del plan

establecido para dicho fin.4. Para la capacitación se deberá contar con infraestructura habilitada: aulas con mobiliario,

equipos de proyección adecuados, películas, videos, diapositivas, transparencias, folletos, afiches, revistas, entre otros, y registrar el tema, instructor, fecha, tiempo de duración, lugar, nombres y firmas de los asistentes a la misma con la evaluación correspondiente de acuerdo a su competencia.

5. No asignar un trabajo o tarea a ningún trabajador que no haya recibido capacitación previa.

6. La capacitación incluirá, además, a los siguientes trabajadores:6.1. A los integrantes de las cuadrillas de emergencia quienes deben contar con manual

de procedimientos para emergencias y, en ningún caso, participará personal con calificación menor a 80, en la escala del 1 a 100.

6.2. Al equipo de emergencia, en grupos no menores de doce (12) trabajadores, para asegurar su aprendizaje y trabajo de manera homogénea. Luego se hará prácticas en vacío, de acuerdo al aprendizaje teórico y práctico obtenido.

Art 70: De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Ley, los titulares mineros están obligados a admitir en su centro de trabajo a los alumnos universitarios y/o de los centros de educación superior no universitaria en las especialidades de minas, metalurgia, geología, industrial, química y otras, para que realicen sus prácticas profesionales o pre-profesionales.Art 71: Los titulares mineros podrán proporcionar facilidades y apoyo a los alumnos egresados de las especialidades de minería, geología, metalurgia y otras para la elaboración de la tesis de grado.Art 72: Todo trabajador debe contar con el respectivo Certificado de Calificación de Competencia del Trabajador del Sector Minero – CECCOTRASMIN (certificado de calificación de competencia del trabajador del sector minero).Art 73: El Certificado de Calificación de Competencia del Trabajador del Sector Minero - CECCOTRASMIN será otorgado por el titular minero e instituciones reconocidas y autorizadas por la Dirección General de Minería de acuerdo a los requisitos establecidos mediante resolución ministerial.El Certificado de Calificación de Competencia del Trabajador del Sector Minero - CECCOTRASMIN tendrá una vigencia de cinco (05) años.Los documentos y registros de la certificación indicada serán archivados y presentados a la autoridad minera competente cuando lo solicite.Reglamento de seguridad y salud en el trabajoArt 40: El empleador debe aplicar las siguientes medidas de prevención de los riesgos laborales:

a) Gestionar los riesgos, sin excepción, eliminándolos en su origen y aplicando sistemas de control a aquellos que no se puedan eliminar.

b) El diseño de los puestos de trabajo, ambientes de trabajo, la selección de equipos y

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

métodos de trabajo, la atenuación del trabajo monótono y repetitivo, deben estar orientados a garantizar la salud y seguridad del trabajador.

c) Eliminar las situaciones y agentes peligrosos en el centro de trabajo o con ocasión del mismo, y si no fuera posible, sustituirlas por otras que entrañen menor peligro.

d) Integrar los planes y programas de prevención de riesgos laborales a los nuevos conocimientos de las ciencias, tecnologías, medio ambiente, organización del trabajo, evaluación de desempeño en base a condiciones de trabajo.

e) Mantener políticas de protección colectiva e individual.f) Capacitar y entrenar anticipada y debidamente a los trabajadores.

Art 42: El empleador debe transmitir a los trabajadores, de manera adecuada y efectiva,la información y los conocimientos necesarios en relación con los riesgos en el centro de trabajo y en el puesto o función específica; así como las medidas de protección y prevención aplicables a tales riesgos.Art 43: El empleador debe impartir a los trabajadores, oportuna y apropiadamente,capacitación y entrenamiento en seguridad y salud, en el centro y puesto de trabajo o funciónespecífica tal como se señala a continuación:

a) Al momento de su contratación, cualquiera sea su modalidad o duración de ésta.b) Durante el desempeño de su labor.c) Cuando se produzcan cambios en la función y/o puesto de trabajo y/o en la

tecnología.La capacitación y entrenamiento se imparten dentro o fuera de la jornada de trabajo, según acuerdo entre el empleador y los trabajadores.Art 44: El empleador debe controlar y registrar que sólo los trabajadores, adecuada y suficientemente capacitados y protegidos, accedan a los ambientes o zonas de riesgo grave y específico.Art 72: En materia de prevención de riesgos laborales, los trabajadores tienen lassiguientes obligaciones:

a) Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de seguridad y salud en el trabajo que se apliquen en el lugar de trabajo y con las instrucciones que les impartan sus superiores jerárquicos directos.

b) Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, así como los equipos de protección personal y colectiva.

c) No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos para los cuales no hayan sido autorizados y, en caso de ser necesario, capacitados.

d) Cooperar y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales cuando la autoridad competente lo requiera o cuando a su parecer los datos que conocen ayuden al esclarecimiento de las causas que los originaron.

e) Velar por el cuidado integral de su salud física y mental, así como por el de los demás trabajadores que dependan de ellos durante el desarrollo de sus labores.

f) Someterse a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa así como a los procesos de rehabilitación integral.

g) Participar en los organismos paritarios, en los programas de capacitación y otras actividades destinadas a prevenir los riesgos laborales que organice su empleador o la Autoridad Competente.

h) Comunicar al empleador todo evento o situación que ponga o pueda poner en riesgo su seguridad y salud y/o las instalaciones físicas; debiendo adoptar inmediatamente, de ser posible, las medidas correctivas del caso.

i) Reportar a los representantes o delegados de seguridad, de forma inmediata, la

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

ocurrencia de cualquier incidente o accidente de trabajo.j) Concurrencia obligatoria a la capacitación y entrenamiento sobre Seguridad y Salud

en el Trabajo.

6.2.4.PAUTAS PARA ELABORAR UN PROGRAMA ANUAL DE CAPACITACIÓN:

En términos generales, se deben seguir los siguientes pasos:1. Identificar los requerimientos de capacitación en cada área, departamento o sección;

caracterizándolo en problema, causa, cambio requerido y acción.2. Decidir la acción mas especificada para capacitar en cada área (priorización de actividades)3. Elaborar el programa.4. Organizar para capacitar.5. Ejecutar y evaluar.

6.2.5.DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN

Desarrollados en todos los niveles, como son:

a) Supervisores:La seguridad y el control de la producción son funciones supervisoras estrechamente ligadas, con las siguientes responsabilidades de los supervisores:

a. Establecer métodos de trabajo; bien comprendidos y seguidos para ganar una operación ordenada y segura.

b. Instruir en el trabajo; trascendiendo en la seguridad que eliminara la falta de conocimiento y habilidad en los trabajadores.

c. Asignar los trabajos a su personal; exigiendo que el trabajador este calificado para realizar el trabajo con conocimiento.

d. Supervisar el trabajo de su personal; por que es necesario aun así haya un régimen de seguridad, pues es fácil que una persona deje de lado su seguridad y se produzcan lesiones, para eso el supervisor tienen que estar atento para evitar estos percances.

e. Mantener el equipo y el lugar de trabajo; ayudan al supervisor a prevenir los accidentes incidentes y a mejorar la eficiencia.

b) Trabajadores:

La capacitación del personal empieza cuando el trabajador se encuentra apto en el examen medico pro-ocupacional, hasta encontrarse capacitado para su labor, incidiendo en las reglas de seguridad e higiene.

Cada trabajador debe conocer la política d seguridad de su compañía, cono son: La gerencia esta verdaderamente interesada en evitar accidentes. Los accidentes pueden ocurrir, pero es posible evitarlos. El trabajador debe informar a su supervisor las condiciones inseguras que descubra.

Ningún trabajador iniciara labores cuando le parezca inseguro. Además todos los trabajadores están obligados a cumplir con todas las reglas de seguridad que se les explica.

Todo accidente o incidente deberá ser reportado de inmediato a su supervisor.

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

6.2.6.CONTENIDO DE LOS PROGRAMAS

Debe contener por lo menos:

a. Charlas:

Con una duración entre 5 a 40 min, dictadas por el personal idóneo en la zona de trabajo o en el centro de entrenamiento, personal ingresante o que se encuentre laborando, solos o en grupo de una o varias secciones, en una o varias sesiones.

Temas a considerar:

Actitudes inseguras Implementos de protección personal Riesgos de accidentes; causas y

efectos Trabajo seguro Alcoholismo Cuidado de la vista Cromas y sus consecuencias Botiquines de primeros auxilios Desate de rocas Orden y limpieza Riesgos de la corriente eléctrica Procedimiento adecuado para mover

materiales a pulso Riesgos de remoción

Análisis de accidentes Traslado de accidentados Inspecciones de seguridad Investigación de accidentes Almacenamiento y transporte de

explosivos Utilización de explosivos Simulacros de evacuación Materiales inflamables Primeros auxilios Contra incendios Levantamiento de ventilación Contaminación ambiental Reglamento interno de seguridad Reglamento interno de trabajo.

b. Capacitación técnica interna:

Duración promedio de 240 min, dictados por etapas en el centro de entrenamiento por el personal idóneo, generalmente supervisores de cada departamento.

Temas a considerar:

Seguridad e higiene minera Afilado de barrenos Manejo defensivo Defensa civil Salvamento minero Contra incendios Dibujo topográfico Mantenimiento preventivo de

maquinas Sostenimiento de labores mineras Perforación Voladura Destrucción de explosivos

malogrados Operación de winches

Agua de mina, bombas Relleno de labores mineras Torno Fresa Soldadura eléctrica y autógena Supervisor y prevención de

accidentes Reglas básicas de supervisión Chancado Molienda Flotación Secado Perforación diamantina Matemática de taller Ingles básico

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SEGURIDAD E HIGIENE MINERA

Operación de pala mecánica Instalación y mantenimiento de línea

decauville Instalación y mantenimiento de

tuberías Seguridad contra robos Servicio de vigilancia Sistema de transporte por cable carril

Fajas transportadoras Operación de vehículos motorizados

livianos Operación de cargador frontal t

tractor Computación Medio ambiente Otros.

c. Capacitación técnica externa

En base al programa y a requerimientos de la empresa, parte del personal serán capacitados por instituciones especializadas (senati, tesup, sencico, esan, etc); eventos técnicos – científicos (congresos, conferencias, seminarios, etc); así como también en empresas mineras.

6.2.7 INFORME ANUAL

Los titulares deberán presentar información sobre los planes y programas que lleven a cabo, incluyendo resultados, costos y otros a la DGM.

Dos meses antes de que se concluya la ejecución del programa de entrenamiento, se elaborara el programa para el año siguiente, en base a resultados preliminares obtenidos y los nuevos requerimientos de capacitación.

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