Sexualidad frente pdf

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Art. 20: lossersídos d~salud reprodtcti;a, educati•1c6 ·¡de i nbnna<ión scbre programas de pi anificación tamil ia r garantizar in i las personas la libre decisión sobr~ les iO!todos que para regular su fecundidad desee. Incluir los valores en la educación de la sexualidad y no verla sólo desde la biología para favorecer la inclusión de género y de diversidad, íísíca y psíquica con otras personas. Adem,sen el Art. 18 de éste reglamento se indica que: la educa<ión e.inlorma(ión sobre planificación lamiliar debe,Jn dar a conocer los teneñdos que genera decidir de manera libre y responsable el numero y espad amiento de 1 os h ijes ·11a edad par a conc~t·irlos. M niismodeberan induir la orieotación sobre los riesqos a la sal~ d que causan i nf<rti lid ad y las estrat~g ias de prevención y control. 8 consejo pondra especial atención en prop~~ionar dicha información a IO! veres y adolescent<s. Asf tambloén,el art. 17 alude a: Los progran~as c'e planifica ció~ familiar incorporarln el enloquede género( ... ) e inwuiran sobre los medios pennitidos por las leyes para regularla fE<undidad. la importancia de reconocer el proceso psicológico y biológico que todos pasamos en la adolescencia, no estigmatizar a los adolescentes. El regklm<!nb) de la ley general de poblad~n en el art. 16 refiee: La inlormación y les sen4cios de salud, educac'ón y demas similares, que estén relacionados con programás de planificación familiar, serJn gratuitos mando sean prestados per dependen:ias y organismos del sector pOblico. la educación infonnal es la que impera en nuestra sociedad, por lo cual hay mucho qué hacer. El Art. 4 Establece la lg~aldad entreef;an y la mujer aote la le~; su derecho a decidir libre, resp~nsableyde mrn.ra inlormada sobre el numero y espadaniiento de sus hijo; y sobretodo que toda persona tiene derecho a la prote:ción de la salud. Es impostergable la educación de la sexualidad desde la etapa preescolar. legislación Nacional En México ensten instrumentos que protegen el acceso de las y los adolescentes a la infonnación, a la orientación comejeríd. ~ ~ervicios de >•lud. MARCO LEGISLATIVO Es imprescindibleno olvidar nuestras vivencias para poder educar asertivamente. El Art. 3 de la CDmtitución Politica tercer párralo es:abloce que: Queda prohibida tilda discriminación motiv1da por origen é:nico o nadonal, el género, la edad, las capaddad•s d~Hentes, la condicion social, la condición de salud, la religión, las opiniones, las preferen cias, el estado :ivil o cualquierotri que atente la dignidad hum;na y tenga per objeto anu IH o menoscabar 1 os derechos y libertad es de laspersonas.

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Art. 20: lossersídos d~salud reprodtcti•;a, educati•1c6 ·¡de i nbnna<ión scbre programas de pi anificación tamil ia r garantizar in i las personas la libre decisión sobr~ les iO!todos que para regular su fecundidad desee.

Incluir los valores en la educación de la sexualidad y no verla sólo desde la biología para favorecer la inclusión de género y de diversidad, íísíca y psíquica con otras personas.

Adem,sen el Art. 18 de éste reglamento se indica que: la educa<ión e.inlorma(ión sobre planificación lamiliar debe,Jn dar a conocer los teneñdos que genera decidir de manera libre y responsable el numero y espad amiento de 1 os h ijes ·11a edad par a conc~t·irlos. M niismodeberan induir la orieotación sobre los riesqos a la sal~ d que causan i nf<rti lid ad y las estrat~g ias de prevención y control. 8 consejo pondra especial atención en prop~~ionar dicha información a IO! jóveres y adolescent<s.

Asf tambloén,el art. 17 alude a: Los progran~as c'e planifica ció~ familiar incorporarln el enloquede género( ... ) e inwuiran sobre los medios pennitidos por las leyes para regularla fE<undidad.

la importancia de reconocer el proceso psicológico y biológico que todos pasamos en la adolescencia, no estigmatizar a los adolescentes.

El regklm<!nb) de la ley general de poblad~n en el art. 16 refiee: La inlormación y les sen4cios de salud, educac'ón y demas similares, que estén relacionados con programás de planificación familiar, serJn gratuitos mando sean prestados per dependen:ias y organismos del sector pOblico.

la educación infonnal es la que impera en nuestra sociedad, por lo cual hay mucho qué hacer.

El Art. 4 Establece la lg~aldad entreef•;arón y la mujer aote la le~; su derecho a decidir libre, resp~nsableyde mrn.ra inlormada sobre el numero y espadaniiento de sus hijo; y sobretodo que toda persona tiene derecho a la prote:ción de la salud.

Es impostergable la educación de la sexualidad desde la etapa preescolar.

legislación Nacional

En México ensten instrumentos que protegen el acceso de las y los adolescentes a la infonnación, a la orientación comejeríd. ~ ~ervicios de >•lud.

MARCO LEGISLATIVO

Es imprescindible no olvidar nuestras vivencias para poder educar asertivamente.

El Art. 3 de la CDmtitución Politica tercer párralo es:abloce que: Queda prohibida tilda discriminación motiv1da por origen é:nico o nadonal, el género, la edad, las capaddad•s d~Hentes, la condicion social, la condición de salud, la religión, las opiniones, las preferen­ cias, el estado :ivil o cualquierotri que atente la dignidad hum;na y tenga per objeto anu IH o menoscabar 1 os derechos y libertad es de laspersonas.