TEMA: El régimen agrario de los predios rurales y eriazos ...
Transcript of TEMA: El régimen agrario de los predios rurales y eriazos ...
TEMA:
El régimen agrario de los predios rurales y eriazos
del Estado
Ponente:Marco Obando Fernández
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Artículo 88.- El Estado apoyapreferentemente el desarrollo agrario.
Contenido:
I. Aspectos generales
II. Principales procedimientos
III. Clasificación de la Tierras según su Capacidad de Uso Mayor (CUM)
IV. Proyectos Especiales
I. Aspectos generales
▪ Diseñar, establecer, ejecutar y supervisar las políticasnacionales y sectoriales en materia agraria.
▪ Vigilar su obligatorio cumplimiento por los tres niveles degobierno.
▪ Ejercer la Rectoría.
EL MINAGRI Y EL SECTOR
Entidades de los 3 niveles de gobierno vinculadas a lamateria agraria.
Artículo 3 de la LOF del MINAGRI, aprobada mediante el D.L. N° 997.
▪ Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la PolíticaNacional Agraria, aplicable a todos los niveles de gobierno.
▪ Realizar el seguimiento respecto del desempeño y logros de la gestión agrariaalcanzados a nivel nacional, regional y local, y adoptar las medidascorrespondientes.
▪ Coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales la implementación de laspolíticas nacionales y sectoriales y evaluar su cumplimiento.
RECTORÍA DEL MINAGRI
Artículos 5, 6 y 13 de la LOF del MINAGRI.
▪ Prestar apoyo técnico a los Gobiernos Regionales y Locales para el adecuadocumplimiento de las funciones transferidas en el marco de la descentralización.
▪ Aprobar las disposiciones normativas de su competencia.
▪ Dictar normas y lineamientos técnicos en materia de saneamiento físico legal yformalización de la propiedad agraria, comprendiendo las tierras de lascomunidades campesinas y comunidades nativas.
▪ Capacitar a los gobiernos regionales.
RECTORÍA DEL MINAGRI
Artículos 5, 6 y 13 de la LOF del MINAGRI.
▪ Tierras de uso agrícola.
Predios RURALES o RÚSTICOS
▪ Tierras de pastoreo.
▪ Tierras ERIAZAS con aptitud agraria.
RECTORÍA DEL MINAGRI: PREDIOS BAJO EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA
Numeral 4.1 del artículo 4 de la LOF del MINAGRI.
MINAGRI –DGRAAR
Desde la década de 1960 hasta 1992.
COMPETENCIAS OPERATIVAS: DECURSO DE ENTIDADES ADMINISTRATIVAS
GORES
PETT
Desde 1992 al 2007.
COFOPRI
Desde el 2007 al 2010 (progresivamente)
Gráfico adaptado de la ponencia del Dr. Hugo Castillo Ramos en la PUCP en el 2017.
GORES
A partir del 2010 (progresivamente)
COMPETENCIAS OPERATIVAS: EL ROL DE LOS GORES
Es una función específica de los Gores:
Promover, gestionar y administrar el proceso desaneamiento físico-legal de la propiedadagraria.
Literal n) del artículo 51 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.
FUNCIONES DEL ESTADO PARA LA GESTIÓN DE SUS PREDIOS
ÁMBITO DE
OPERATIVIDADBASE LEGAL
ENTIDAD
COMPETENTE
MARCO
LEGAL Y
RECTORÍA
1
Administrar y adjudicar los
terrenos urbanos y eriazos de
propiedad del Estado.
Predios urbanos y predios
eriazos no enmarcados en
ningún procedimiento agrario.
Artículo 62 de la Ley N°
27867, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales.
7 Gores con
competencias
transferidas: Tumbes,
Lambayeque, Arequipa,
Tacna, San Martín,
Amazonas y Callao. En
el resto de regiones, la
SBN.
Sistema Nacional de
Bienes Estatales -
SBN
2
Promover, gestionar y
administrar el proceso de
saneamiento físico-legal de la
propiedad agraria
Predios rurales y predios
eriazos enmarcados en algún
procedimiento agrario.
Literal n) del artículo 51
de la Ley N° 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos
Regionales.
Todos los Gores. Régimen agrario -
MINAGRI
FUNCIÓN
PANORAMA ACTUAL:PREDIOS INSCRITOS A NOMBRE DE LA DGRAAR
R.M. N° 181-2016-MINAGRI:
El MINAGRI asumió la titularidad respecto de los terrenosinscritos a nivel nacional en los Registros Públicos,indistintamente a nombre de la Dirección General deReforma Agraria y Asentamiento Rural, Dirección Generalde Agricultura, Zonas Agrarias, Direcciones RegionalesAgrarias, Sub Direcciones Regionales Agrarias, UnidadesAgrarias Departamentales, y de las dependencias quehicieron sus veces, al tratarse de órganos que pertenecierona la estructura orgánica de este Ministerio.
LA POLÍTICA NACIONAL AGRARIA
OBJETIVO GENERAL: Lograr el incremento sostenido de los ingresos ymedios de vida de los productores agrarios, priorizando la agriculturafamiliar, sobre la base de mayores capacidades y activos másproductivos, y con un uso sostenible de los recursos agrarios en elmarco de procesos de creciente inclusión social y económica de lapoblación rural, contribuyendo a la seguridad alimentaria y nutricional.
Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI
LA POLÍTICA NACIONAL AGRARIA
Eje de Política 3: Seguridad Jurídica sobre la tierra
OBJETIVO: incrementar la seguridad jurídica de las tierras del sector agrario, previéndosepara tal efecto los siguientes lineamientos estratégicos:
• Promover y generar mejores condiciones para la implementación del saneamiento físico-legal, formalización y titulación de la propiedad agraria, priorizando las tierras de lascomunidades campesinas y nativas.
• Generar las condiciones para el avance en la titulación masiva de predios ruralesindividuales, principalmente de la pequeña y mediana agricultura.
• Contribuir a la expansión y modernización del Catastro Rural a nivel nacional, enconcordancia con el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral y Predial.
Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI.
II. Principales procedimientos
▪Formalización y titulación de
Predios Rústicos de Propiedad del Estado
▪ De oficio.
▪ De manera progresiva.
▪ Formalización a título gratuito.
PRINCIPIOS
Artículo 3 del D.L. N° 1089 y los artículos 8 y 11 de su Reglamento, aprobado mediante el D.S. N° 032-2008-VIVIENDA.
PREDIOS RÚSTICOS.- Son aquellos de uso agrario, ubicados en zona rural ydestinados a la actividad agropecuaria.
Numeral 12 del artículo 4 del Reglamento del D.L. N° 1089, aprobado mediante el D.S. N° 032-2008-VIVIENDA.
ASPECTOS SUSTANTIVOS
Formalización y titulación gratuita de poseedores de predios rústicos depropiedad del Estado, destinados íntegramente a la actividad agropecuaria,siempre que dicha posesión se hubiera iniciado ANTES DEL 25 DE NOVIEMBRE DE2010.
Artículo 11 y numeral 1 del artículo 12 del Reglamento del D.L. N° 1089, aprobado mediante el D.S. N° 032-2008-VIVIENDA.
ASPECTOS SUSTANTIVOS
1. Determinación de la Unidad Territorial a formalizar.
2. Diagnóstico físico – legal.
3. Saneamiento. Entre otras, primeras de dominio y facultad de asumir la titularidad
de los predios inscritos a favor de cualquier entidad pública (1° DCT del D.L. N° 1089
y el artículo 7 de su Reglamento).
Artículo 13 del Reglamento del D.L. N° 1089, aprobado mediante el D.S. N° 032-2008-VIVIENDA.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
4. Promoción y difusión.
5. Levantamiento Catastral:
Empadronamiento, linderación de lospredios y verificación de la explotacióneconómica.
6. Elaboración de Planos.
Artículo 13 del Reglamento del D.L. N° 1089, aprobado mediante el D.S. N° 032-2008-VIVIENDA.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
7. Calificación.
8. Publicación de padrón de poseedores aptos.
9. Titulación e inscripción del Título en el RdP.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
Artículo 13 del Reglamento del D.L. N° 1089, aprobado mediante el D.S. N° 032-2008-VIVIENDA.
▪Formalización y titulación de
Tierras Eriazas Habilitadas e incorporadas a
la actividad agropecuaria
▪ De parte.
▪ Formalización a título oneroso: valor arancelario.
PRINCIPIOS
Artículos 26 y 35 al 38 del Reglamento del D.L. N° 1089, aprobado mediante el D.S. N° 032-2008-VIVIENDA, y la R.M. N° 478-2013-MINAGRI (ítem3).
Formalización y titulación de poseedores de TIERRAS ERIAZAS HABILITADAS ydestinadas íntegramente a alguna actividad agropecuaria con anterioridad al 31DE DICIEMBRE DE 2004. Adjudicación directa, previo pago del valor arancelariodel predio.
Artículo 5 del D.L. N° 1089, y el numeral 13 del artículo 4 y los artículos 24 y 35 al 38 de su Reglamento, aprobado mediante el D.S. N° 032-2008-VIVIENDA.
ASPECTOS SUSTANTIVOS
1. Presentación de solicitud.
2. Verificación de documentos.
3. Diagnóstico físico – legal.
*Saneamiento. Entre otras, primeras de dominio y facultad de asumir la titularidadde los predios inscritos a favor de cualquier entidad pública (1° DCT del D.L. N° 1089y el artículo 7 de su Reglamento).
Artículo 25 del Reglamento del D.L. N° 1089, aprobado mediante el D.S. N° 032-2008-VIVIENDA.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
4. Inspección de campo.
5. Emisión de Informe Técnico e Informe Legal.
6. Publicación.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
Artículo 25 del Reglamento del D.L. N° 1089, aprobado mediante el D.S. N° 032-2008-VIVIENDA.
7. Notificación de Oferta de Venta Directa.
8. Otorgamiento de Título de Propiedad.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
Artículo 25 del Reglamento del D.L. N° 1089, aprobado mediante el D.S. N° 032-2008-VIVIENDA.
▪Otorgamiento de tierras eriazas en parcelas
de pequeña agricultura
▪ De parte.
▪ Compraventa: valor arancelario.
PRINCIPIOS
2° DC de la Ley N° 26505 y los artículos 4 y 11 al 13 de su Reglamento, aprobado mediante el D.S. N° 026-2003-AG.
▪ Otorgamiento en venta directa, a valor arancelario, de TIERRAS ERIAZAS DEDOMINIO DEL ESTADO, EN PARCELAS DE PEQUEÑA AGRICULTURA, DE 3 A 15ha, para el desarrollo de actividades de cultivos o crianzas.
▪ Obligación de ejecutar el proyecto agropecuario en el plazo previsto, bajosanción de reversión del predio.
ASPECTOS SUSTANTIVOS
2° DC de la Ley N° 26505 y los artículos 1, 2, 14, 16 y 18 de su Reglamento, aprobado mediante el D.S. N° 026-2003-AG.
1. Presentación de solicitud.
2. Verificación de documentos y plazo de subsanación.
3. Constatación de libre disponibilidad con base de datos.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
Reglamento de la 2° DC de la Ley N° 26505, aprobado mediante el D.S. N° 026-2003-AG.
4. Inspección ocular a predio.
5. Inexistencia de Restos Arqueológicos.
6. Opinión de Administrador Técnico de Distrito de Riego.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
Reglamento de la 2° DC de la Ley N° 26505, aprobado mediante el D.S. N° 026-2003-AG.
7. Evaluación de Estudio de factibilidad.
8. Expedición de Resolución. Primera de dominio o, si el predio está inscrito anombre de la DGRAAR, se solicita transferencia al MINAGRI (RM N° 243-2016-MINAGRI y RM N° 396-2017-MINAGRI).
9. Plazo para cancelación de valor de terreno y suscripción de contrato.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
Reglamento de la 2° DC de la Ley N° 26505, aprobado mediante el D.S. N° 026-2003-AG.
10. Plazo de ejecución de obras y cláusula resolutoria.
11. Levantamiento de carga registral.
12. Causal de caducidad de derecho de propiedad.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
Reglamento de la 2° DC de la Ley N° 26505, aprobado mediante el D.S. N° 026-2003-AG.
▪Adjudicación de tierras eriazas para la
ampliación de la frontera agrícola
▪ Son TIERRAS ERIAZAS CON APTITUD AGRÍCOLA las no explotadas POR FALTA OEXCESO DE AGUA.
▪ No se consideran tales a las tierras que se encuentren dentro de la zona deexpansión urbana.
ASPECTOS SUSTANTIVOS
Artículo 3 de D.L. N° 994.
El Estado promoverá la inversión privada para la ejecución de proyectos deirrigación en TIERRAS ERIAZAS DE MÁS DE 20 HECTÁREAS mediante latransferencia de la propiedad de las tierras a cambio del pago de unaCONTRAPRESTACIÓN que el inversionista podrá realizar a través de una o más delas siguientes modalidades:
a) Pago en dinero del precio de la tierra.
b) La transferencia al Estado de tierras eriazas habilitadas mediante elproyecto de irrigación.
c) La transferencia al Estado de la infraestructura hidráulica construida.
d) Cualquier otra modalidad que estructure el inversionista y que seaaprobada por el Organismo Promotor de la Inversión Privada.
ASPECTOS SUSTANTIVOS
Artículo 5 de D.L. N° 994 y el literal h) del artículo 2 del Reglamento, aprobado mediante el D.S. N° 020-2008-AG.
▪ Proyectos de alcance nacional: evaluación a cargo del MINAGRI.
▪ Proyectos de alcance regional: evaluación a cargo de los Gores.
▪ Proyectos de alcance local: evaluación a cargo de las Municipalidades.
ASPECTOS PROCEDIMENTALES
Artículo 7 de D.L. N° 994.
1. Presentación de iniciativas privadas.
2. Declaración de interés de las iniciativas privadas.
3. Se convoca a Concurso.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
Reglamento del D.L. N° 994, aprobado mediante el D.S. N° 020-2008-AG.
4. Adjudicación de la Buena Pro.
5. Suscripción del contrato.
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
Reglamento del D.L. N° 994, aprobado mediante el D.S. N° 020-2008-AG.
III. Clasificación de las Tierras según su Capacidad de Uso Mayor (CUM)
Promover y difundir el uso racional continuado del recurso suelo con elobjeto de conseguir de este recurso el óptimo beneficio social yeconómico dentro de la concepción y principios del desarrollosostenible.
FINALIDAD
▪ Tierras Aptas para Cultivo en Limpio.
▪ Tierras Aptas para Cultivos Permanentes.
▪ Tierras Aptas para Pastos.
▪ Tierras Aptas para Producción Forestal.
▪ Tierras de Protección.
GRUPOS
IV. Proyectos Especiales
N° Nombre del Proyecto Especial Acrónimo
1Proyecto Especial Binacional Puyango
Tumbes
PEBT
2 Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca PEBLT
3Proyecto Especial de Desarrollo Integral de la
Cuenca del Río Putumayo
PEDICP
4 Proyecto Especial Jequetepeque Zaña PEJEZA
5 Proyecto Especial Sierra Centro Sur PESCS
6 Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua PEJSB
7 Proyecto Especial Alto Huallaga PEAH
8 Proyecto Especial Pichis Palcazú PEPP
9Proyecto Especial Datem del Marañón Alto
Amazonas, Loreto, Condorcanqui
PEDAMAALC
10 Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de
los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro
PROVRAEM
PROYECTOS ESPECIALES DEL MINAGRI
Artículo 18.- Aprovechamiento de los bienes estatales yde la asunción de titularidad
(…) Asimismo, la SBN asume la titularidad de dominiorespecto de los bienes que las entidades del Sistema,hayan puesto a su disposición, por no resultarles deutilidad para la finalidad asignada en el marco de laaplicación de una política de uso racional de los bienes ygestión inmobiliaria eficiente.
PUESTA A DISPOSICIÓN
Artículo 18 de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.
Muchas gracias por su atención