Unidad 2. Derechos de La Mujer y Enfoque de Genero

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Unidad II Derechos de la mujer y enfoque de género La discriminación contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, que dificulta la participación de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y cultural de su país, que constituye un obstáculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia y que entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su país y a la humanidad (Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer). Las mujeres tienen reconocidos los mismos derechos de los hombres, pero adicionalmente, el Estado debe legislar para reconocer mayores derechos y oportunidades para combatir situaciones discriminatorias y de violencia contra la mujer como parte de un proceso histórico y cultural en que se ha visto afectada en cuando a su condición de dignidad, incluyendo situaciones de invisibilización total o parcial de derechos, exclusión social y económica y otras modalidades de violencia y discriminación que deben eliminarse a partir de políticas públicas, planes o programas que incidan en un cambio de cultura de país más inclusivo y equitativo. Como pauta inicial, se debe incorporar el enfoque de acción afirmativa o discriminación positiva, el cual busca sustentar el reconocimiento de derechos de las mujeres de manera preferencial a los hombres de forma temporal hasta lograr estadios más equitativos e igualitarios en todo tipo de espacios laborales, políticos, económicos, sociales y culturales. ENFOQUE DE GENERO: El sector masculino en general, pero especialmente el que trabaja en el Estado, percibe a la mujer con indiferencia, desprecio e inferioridad, todo lo cual genera una cultura de invisibilidad y violencia contra las mujeres que se proyecta en todos los ámbitos de la sociedad. La falta de una política pública para promover los derechos de las mujeres y combatir la discriminación y la violencia contra las mujeres, es la principal obligación internacional que debe asumir el Estado en el marco de la implementación de la Convención de las Naciones Unidas para Erradicar la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Combatir la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Para).

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  • Unidad II

    Derechos de la mujer y enfoque de gnero

    La discriminacin contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, que dificulta la participacin de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida poltica, social, econmica y cultural de su pas, que constituye un obstculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia y que entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su pas y a la humanidad (Convencin sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer).

    Las mujeres tienen reconocidos los mismos derechos de los hombres, pero adicionalmente, el Estado debe legislar para reconocer mayores derechos y oportunidades para combatir situaciones discriminatorias y de violencia contra la mujer como parte de un proceso histrico y cultural en que se ha visto afectada en cuando a su condicin de dignidad, incluyendo situaciones de invisibilizacin total o parcial de derechos, exclusin social y econmica y otras modalidades de violencia y discriminacin que deben eliminarse a partir de polticas pblicas, planes o programas que incidan en un cambio de cultura de pas ms inclusivo y equitativo. Como pauta inicial, se debe incorporar el enfoque de accin afirmativa o discriminacin positiva, el cual busca sustentar el reconocimiento de derechos de las mujeres de manera preferencial a los hombres de forma temporal hasta lograr estadios ms equitativos e igualitarios en todo tipo de espacios laborales, polticos, econmicos, sociales y culturales. ENFOQUE DE GENERO: El sector masculino en general, pero especialmente el que trabaja en el Estado, percibe a la mujer con indiferencia, desprecio e inferioridad, todo lo cual genera una cultura de invisibilidad y violencia contra las mujeres que se proyecta en todos los mbitos de la sociedad. La falta de una poltica pblica para promover los derechos de las mujeres y combatir la discriminacin y la violencia contra las mujeres, es la principal obligacin internacional que debe asumir el Estado en el marco de la implementacin de la Convencin de las Naciones Unidas para Erradicar la Discriminacin contra la Mujer (CEDAW) y la Convencin Interamericana para Combatir la Violencia contra la Mujer (Convencin de Belem do Para).

  • Esas obligaciones internacionales, si no son cumplidas ni instrumentadas adecuadamente, generan responsabilidad internacional, la cual se puede producir por los siguientes hechos: 9 Inexistencia de un marco normativo especial que adecue las normas

    de la CEDAW y Belem do en el derecho interno. 9 Ausencia de polticas pblicas, planes o programas que

    complementen el cuadro normativo de adecuacin interna. 9 Falta o insuficientes programas para incidir en un cambio educativo

    y cultural respecto de la discriminacin y violencia contra la mujer. 9 Falta de investigacin u obstaculizacin de la justicia en la

    investigacin de casos de discriminacin y violencia contra la mujer. 9 Inaplicacin del enfoque de poltica afirmativa y de cuotas de

    representacin para reivindicar derechos, participacin y oportunidades para las mujeres.

    9 Falta de tipificacin penal o de esfuerzos y recursos para combatir delitos especficos contra las mujeres como explotacin sexual comercial, acoso sexual, violencia intrafamiliar, feminicidios y trata de nias y mujeres.

    9 Inexistencia de una poltica educativa que incorpore en los textos escolares y colegiales contenidos para promover los derechos de las mujeres y el combate de la discriminacin y la violencia de gnero.

    9 Falta de programas de capacitacin y sensibilizacin para introducir polticas transversales e integrales sobre derechos de las mujeres y enfoque de gnero en todas las esferas de la administracin pblica.

    9 Inexistencia o manejo impreciso y poco transparente de estadsticas de casos y situaciones de violaciones de derechos de las mujeres.

    9 Falta de dotacin de recursos materiales y humanos para instrumentar medidas cautelares a favor de mujeres previamente amenazadas y agredidas por sus parejas.

    9 Falta de programas de intervencin inmediata y de contencin mdica y psicolgica a mujeres vctimas de violaciones a derechos de las mujeres, discriminacin y violencia de gnero.

    9 Falta de programas de intervencin inmediata y de contencin mdica y psicolgica a victimarios de violaciones a derechos de las mujeres, discriminacin y violencia de gnero para que se sometan a planes de prevencin de la violencia.

    9 Falta de programas integrales y de refugios o albergues adecuados para atender a mujeres vctimas de delitos y de violencia y de trata de personas.

    9 Inexistencia o insuficientes recursos para instrumentar programas de proteccin de mujeres vctimas y testigos de casos de violaciones de

  • derechos de las mujeres, violencia y cualquier modalidad de explotacin.

    En el caso de las mujeres, su situacin de desventaja, discriminacin y violencia ha sido por motivos culturales y patrones histricos, incluso por la desidia del Estado para modificar esos patrones a todas luces injustificables- lo que las ha relegado a papeles dentro de la sociedad que le limitan sus opciones de desarrollo como personas, dificultndoseles el acceso a la educacin, al trabajo y a ocupar cargos y puestos pblicos; incluso al acceso a la justicia. Pero quizs la afectacin ms grave que afrontan las mujeres es la violencia domstica o intrafamiliar, donde son las principales vctimas de agresiones fsicas y psicolgicas por parte de sus compaeros en el hogar que las conducen hasta la muerte y, en el mejor de los casos, a problemas de autoestima que las mantiene en situacin de constante vulnerabilidad por la dificultad de romper el crculo de violencia en que viven. La discriminacin contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, que dificulta la participacin de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida poltica, social, econmica y cultural de su pas, que constituye un obstculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia y que entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su pas y a la humanidad (Convencin sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer). En el mbito del acceso a la justicia, la principal dificultad es que el tema de los derechos de la mujer con enfoque de gnero no est claramente visibilizado y no hay un tratamiento de atencin especial ni enfoque de accin afirmativa. A lo interno de las instituciones del Estado, la mujer no solo debe tener los mismos derechos que el hombre en relacin con sus oportunidades, sino tambin:

    Igual remuneracin Condiciones de ascenso paritarias Las mismas oportunidades para su promocin y ascensos Acceso a la formacin y actualizacin profesional No ser despedida por motivo de embarazo o en goce de licencia por maternidad Licencia de maternidad conforme a la legislacin laboral del pas

  • Proteccin especial durante y despus del embarazo Proteccin judicial en casos de acoso sexual

    En el caso de las mujeres, su situacin de desventaja ha sido por motivos culturales y patrones histricos, incluso por la desidia del Estado para modificar esos patrones a todas luces injustificables- que las ha relegado a papeles dentro de la sociedad que le limitan sus opciones de desarrollo como personas, dificultndoseles el acceso a la educacin, al trabajo y a ocupar cargos y puestos pblicos; incluso al acceso a la justicia. Pero quizs la afectacin ms grave que afrontan las mujeres es la violencia domstica o intrafamiliar, donde son las principales vctimas de agresiones fsicas y psicolgicas por parte de sus compaeros en el hogar que las conducen hasta la muerte y, en el mejor de los casos, a problemas de autoestima que las mantiene en situacin de constante vulnerabilidad por la dificultad de romper el crculo de violencia en que viven. En el mbito del acceso a la justicia, la principal dificultad es que el tema de los derechos de la mujer con enfoque de gnero no est claramente visibilizado y no hay un tratamiento de atencin especial ni enfoque de accin afirmativa.

    Se deben afirmar patrones transversales con enfoque de gnero para aplicar e interpretar el Derecho que favorezcan la igualdad y la equidad de la mujer.

    A lo interno de las instituciones del Estado, la mujer no solo debe tener los mismos derechos que el hombre en relacin con sus oportunidades, sino tambin:

    Igual remuneracin Condiciones de ascenso paritarias Las mismas oportunidades para su promocin y ascensos Acceso a la formacin y actualizacin profesional No ser despedida por motivo de embarazo o en goce de licencia por maternidad Licencia de maternidad conforme a la legislacin laboral del pas Proteccin especial durante y despus del embarazo Proteccin judicial en casos de acoso sexual

  • Prctica: En una reunin de una mesa nacional sobre seguridad y justicia, en la que usted es contraparte por su institucin, se le ha asignado la tarea de elaborar un proyecto piloto para mejorar el enfoque de gnero dentro del Despacho en que usted trabaja. Prepare un borrador de un plan para mejoramiento de los derechos de la mujer y enfoque de gnero en su oficina.

    Proyecto de mejoramiento de los derechos de la mujer y enfoque de gnero en la oficina de: (la Polica o el Despacho Judicial, segn sea su

    caso): Medidas a tomar: Sensibilizacin sobre derechos de la mujer y tema de gnero: Capacitacin: Polticas de ascenso: Combate de acoso laboral: Otras medidas: