Vigilancia sanitaria
Transcript of Vigilancia sanitaria
VIGILANCIA SANITARIA
DEFINICIONES
REGULACION SANITARIA
Área que protege la salud al detectar y controlar los factores de riesgo en el proceso de productos, insumos, bienes y servicios.
Ejerce vigilancia sanitaria, mediante actos de autoridad y acciones de fomento sanitario.
ANOMALÍAS SANITARIAS
ASEGURAMIENTO
CONTROL SANITARIOBUENAS PRÁCTICAS DE HIGIENE
MEDIDAS DE SEGURIDAD
MUESTREO
ORDEN DE VISITA DE VERIFICACIÓN
NOTIFICACIÓN SUSPENSIÓN
¿VERIFICACIÓN SANITARIA?Es la visita que realiza la autoridad para vigilar las condiciones sanitarias en los establecimientos donde se puede o no tomar muestras de los productos.
TIPOS DE VISITAS
En días y horas hábiles.
Ante alguna contingencia sanitaria, en
cualquier día y hora.
ORDINARIAS EXTRAORDINARIAS
TIPOS DE VISITAS
Programas Básicos. Visita de
Verificación. Muestreo de
producto y etiqueta.
Contingencia Sanitaria.
Medida de Seguridad.
Queja.
ALEATORIA DIRIGIDA
MUESTREO DE PRODUCTO
Deben de tomarse muestras por Triplicado.
1.- Para el Laboratorio Estatal de Salud.2.- Para la empresa (esta muestra de envía a analizar al laboratorio que la empresa elija) esto debe ser en un plazo menor a 24 horas de tomada la muestra.3.- La de Tercería, la cual se guarda en congelación y queda en poder del interesado.
Nota: Todas las muestras serán identificadas con etiquetas oficiales.
EL VERIFICADOR REQUIERE
OFICIO DE COMISIÓN U ORDEN DE VISITA.
IDENTIFICACIÓN CON CREDENCIAL VIGENTE.
USTED DEBE OBSERVAR
Autoridad que ordena la visita. Datos de la orden de visita. Datos de quien realiza la visita. Objeto y alcance de la visita. Fecha de oficio de comisión y orden de
visita. Firma del funcionario que ordena la
visita.
¿SE PUEDE NEGAR EL CUMPLIMIENTO DE LA
VISITA DE VERIFICACIÓN?
Únicamente cuando no se cumplan los requisitos anteriores.
Cuando el verificador vaya acompañado y el acompañante no vaya indicado en la orden de visita.
Hacer del conocimiento al interesado del derecho que tiene para nombrarlos.
Asentar nombres y domicilios.
En caso de no querer nombrarlos se asentará en el acta que lo hará la autoridad sanitaria.
Estarán presentes durante toda la visita.
Firmarán al cierre del acta.
TESTIGOS
ACTA DE VERIFICACIÓN
Es el cuestionario para evaluar las condiciones sanitarias y de manejo en el establecimiento.
De acuerdo a las calificaciones 2, 1 y 0, donde:
2 (cumple completamente)1 (cumple parcialmente)0 (no cumple)
Al concluir la verificación se dará oportunidad de manifestar lo que a derecho convenga al interesado y se recabará su firma.
La negativa a firmar se hará constar en el acta, lo que no afectará la validez ni la práctica de la misma.
SOBRE EL ACTA
Es un documento de valor legal.
Se asentarán las anomalías sanitarias observadas.
El número y tipo de muestras tomadas.
Las medidas de seguridad que se ejecuten.
SOBRE EL ACTA
MEDIDAS DE SEGURIDAD
AseguramientoDestrucciónSuspensión de Trabajos o Servicios.
Si lo asentado no coincide con los hechos, se tiene derecho a manifestar lo que a su derecho convenga, en el espacio correspondiente al final del acta.
En caso de haber desacuerdo
Se recomienda orientarse a la corrección de los puntos calificados con 1 y 0, dando prioridad a los puntos que sean más importantes para la calidad sanitaria del producto.
Después de una visita
En caso de haber incumplimientos, la autoridad sanitaria, enviara un dictamen, enunciando las anomalías, debiendo el empresario dar respuesta en un plazo no mayor a 5 días hábiles. Estableciendo un plan de acción para la corrección de los incumplimientos.
Después de una visita
SANCIONESAmonestación con apercibimiento.MultaClausura Temporal o Definitiva.Arresto hasta por 36 horas.
EN QUÉ CASO DE APLICA UNA CLAUSURA.
ARTICULO 418. Al imponer una sanción, la autoridad sanitaria fundará y motivará la resolución, tomando en cuenta:
I. Los daños que se hayan producido o puedan producirse en la salud de las personas.
II. La gravedad de la infracción.
EN QUÉ CASO DE APLICA UNA CLAUSURA.
III. Las condiciones socio-económicas del infractor
IV. La calidad de reincidente del infractor.
V. El beneficio obtenido por el infractor como resultado de la infracción.
EN QUÉ CASO DE APLICA UNA CLAUSURA.
ARTICULO 425. Procederá la clausura temporal o definitiva, parcial o total según la gravedad de la infracción y las características de la actividad o establecimiento, en los siguientes casos:
l. Cuando los establecimientos carezcan de la correspondiente licencia sanitaria;
EN QUÉ CASO DE APLICA UNA CLAUSURA.
II. Cuando el peligro para la salud de las personas se origine por la violación reiterada constituyendo rebeldía a cumplir los requerimientos y disposiciones de la autoridad sanitaria.
EN QUÉ CASO DE APLICA UNA CLAUSURA.
III. Cuando después de la reapertura de un establecimiento, por motivo de suspensión de trabajos o actividades, o clausura temporal, las actividades que en él se realicen sigan constituyendo un peligro para la salud.
EN QUÉ CASO DE APLICA UNA CLAUSURA.
IV. Cuando por la peligrosidad de las actividades que se realicen o por la naturaleza del establecimiento, local, fábrica, construcción o edificio de que se trate, sea necesario proteger la salud de la población.
EN QUÉ CASO DE APLICA UNA CLAUSURA.
VII. Cuando se compruebe que las actividades que se realicen en un establecimiento, violan las disposiciones sanitarias, constituyendo un peligro grave para la salud.
VIII. Por reincidencia en tercera ocasión.
Lic. Nut. Antonia Marilú Lugo Sandoval
Cel. 0448112169853
E-mail. [email protected]
GRACIAS POR SU ATENCION