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    1.1. ANTECEDENTES DEL DERECHO LABORAL

    El Derecho Laboral naci a consecuencia de las necesidades de regular las

    relaciones entre el trabajador y el patrn, con la finalidad de ser equitativo los

    derechos y obligaciones tanto uno para el otro y sostener el equilibrio social.

    Para hablar de los orgenes del Derecho Laboral, tenemos que

    mencionar los acontecimientos histricos de dos vertientes, que son el

    internacional y el nacional.

    En el mbito Internacional, destaca como antecedente fundamental la

    Revolucin Industrial (siglos XVIII-XIX), poca de transicin del taller a la

    fbrica; dicho en otro modo, del artesano al obrero, debido a la aparicin del

    maquinismo. Por razones obvias se incrementan los accidentes de trabajo y,

    ante la produccin de masas, se hace patente el abuso del trabajador al

    aumentar las jornadas de trabajo sin condiciones higinicas y de seguridad, lo

    que da lugar a la explotacin por parte de los patrones y que a su vez origina

    protestas de los obreros, por lo que el legislador se ve en la necesidad de

    crear normas protectoras del trabajo y, por tanto, del trabajador en el ejercicio

    de su profesin u oficio.1

    Posteriormente a la Primera Guerra Mundial, en 1919, se cre la

    Organizacin Internacional del Trabajo (OIT), en sta se reconocen los

    derechos laborales para el beneficio de la clase trabajadora al declarar que la

    justicia social es la base para la paz universal.

    Al terminar la Segunda Guerra Mundial, en 1945, se cre la

    Organizacin de las Naciones Unidas (ONU), dependencia que reconoce la

    necesidad de promover niveles de vida ms elevados, trabajo permanente y

    condiciones de progreso y desarrollo econmico y social.2

    En el mbito nacional, en Mxico, tambin se reconoci la proteccin de

    los trabajadores desde la Constitucin Poltica de los Estados Unidos

    Mexicanos de 1857, adems se estableci la libertad de profesin, la

    1 Roberto Sanromn Aranda y otro, Derecho laboral, p. 2.

    2 Idem., p. 3.

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    retribucin justa y se consideraba al trabajo como una mercanca, de acuerdo

    con los contratos de servicios que se suscriban.

    La transformacin ms importante en nuestro pas fue la entrada en

    vigor en el ao 1917 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos

    Mexicanos, mediante la cual se estableci el artculo 123, que seal lo

    siguiente:

    a) Jornada de trabajo de ocho horas.

    b) Proteccin al trabajo de mujeres y menores.

    c) Proteccin de menores y mujeres

    d) Retribucin justa al trabajo.

    e) Se faculta al Congreso de la Unin el Legislar en materia Laboral.

    Posteriormente, en 1931, se cre la Ley Federal del Trabajo, misma que

    fue reglamentaria del artculo 123 Constitucional, ley que regul las relaciones

    entre capital y trabajo y para ello se crearon autoridades como los inspectores

    del trabajo, juntas municipales de conciliacin, juntas centrales de conciliacin

    y las comisiones especiales de salarios mnimos y en 1970 esa misma norma

    legal introdujo mayores prestaciones como: mejoramiento y proteccin de los

    salarios, otorgamiento de habitacin para los trabajadores, primas de

    antigedad, reparto de utilidades, y mejores procesos para regular la

    imparticin de justicia en las Juntas de Conciliacin y Arbitraje.

    1.2 FUENTES DEL DERECHO LABORAL

    Al hablar de fuentes del Derecho laboral se refiere al origen de esta materia,

    en este caso, el artculo 17 de la Ley Federal del Trabajo, seala lo siguiente:

    A falta de disposicin expresa en la Constitucin, en esa Ley o en sus

    Reglamentos, o en los tratados a que se refiere el artculo 6o., se tomarn en

    consideracin sus disposiciones que regulen casos semejantes, los principios

    generales que deriven de dichos ordenamientos, los principios generales del