ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
MUNICIPIO AUTÓNOMO DE SAN JUAN
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y TURISMO
SOLICITUD DE PROPUESTAS
RFP #: 2015-03
BIENES O SERVICIOS
SOLICITADOS: SOLICITUD DE PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO
DE LOS TERRENOS LOCALIZADOS EN EL BARRIO LA
PUNTILLA DE SAN LÁZARO EN EL VIEJO SAN JUAN.
FECHA Y HORA DE
ENTREGA Y APERTURA
DE LA
PROPUESTA: 1 DE DICIEMBRE DE 2014, A LAS 3:00 PM
LUGAR DE ENTREGA
DE LA PROPUESTA: OFICINA DE COMPRAS EN EL PISO 15 DEL CENTRO DE
GOBIERNO (TORRE MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE
SAN JUAN)
CALLE CARLOS E. CHARDÓN
HATO REY
PROPONENTES
ELEGIBLES: TODO AQUEL PROPONENTE QUE CUMPLA CON LOS
REQUISITOS MÍNIMOS DE CALIFICACIÓN
ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO IV DEL PRESENTE
DOCUMENTO SERÁN ELEGIBLES PARA PARTICIPAR
EN ESTA SOLICITUD DE PROPUESTAS.
2
I. INTRODUCCIÓN
Por virtud de los derechos, privilegios y facultades otorgadas mediante la Ley Núm. 81 del 30 de
agosto de 1991, según enmendada, conocida como Ley de Municipios Autónomos del Estado
Libre Asociado de Puerto Rico, y según surge del Aviso de RFP publicado el 18 de agosto de
2014 por el Municipio Autónomo de San Juan (el "Municipio") en un rotativo de publicación
diaria, el Municipio publica el presente pliego de solicitud de propuestas (la "Solicitud de
Propuestas" o, por sus siglas en inglés, el "RFP") con el propósito de identificar a, y contratar
con, un Proponente para el desarrollo de un proyecto turístico-comercial en ciertas propiedades
municipales localizadas en el Barrio La Puntilla de San Lázaro, comúnmente conocidas como el
estacionamiento La Puntilla.
La publicación y celebración de este RFP por parte del Municipio no lo obliga a: (i) adjudicar la
buena pro del proceso; (ii) otorgar un contrato; y/o (iii) reembolsar cualquier gasto, de cualquier
naturaleza, incurrido por los proponentes en la preparación, entrega, presentación y participación
de sus propuestas o en el proceso de negociación, si alguno, de los términos y condiciones del
contrato. La participación de los Proponentes en el RFP supondrá el consentimiento de éstos con
las normas del proceso, según aquí dispuestas.
II. BREVE TRASFONDO Y PROPÓSITOS
El Municipio es el dueño de ciertos terrenos localizados en el Barrio La Puntilla de San Lázaro,
cuya cabida conjunta es de aproximada 23,858.68 metros cuadrados (los "Bienes Inmuebles").
Los Bienes Inmuebles son actualmente utilizados por el Municipio como un estacionamiento y
se encuentran localizados en el centro de la península de la Puntilla, en el extremo suroeste de la
Isleta de San Juan. Ver Apéndice 1 para una descripción más detallada de los Bienes Inmuebles.
El Municipio publicó un aviso el 18 de agosto de 2014 en el periódico Primera Hora para
solicitarle al público ideas sobre posibles usos para los Bienes Inmuebles. Conforme a las ideas
recibidas por el Municipio, se emprende este proceso de RFP con los siguientes propósitos: (i)
hacer uso más eficaz de un activo municipal de importante valor cultural, urbanístico, comercial
y turístico, entre otros; (ii) promover la participación de la comunidad en las formas de uso y
desarrollo de los Bienes Inmuebles; (iii) acceder al capital y a la experiencia de una entidad del
sector privado capaz de financiar y acometer exitosamente el desarrollo y operación del Proyecto
en los Bienes Inmuebles; (iv) impulsar el desarrollo del Proyecto, uno de naturaleza turístico-
comercial, en los Bienes Inmuebles que sea consistente con la política pública urbanística del
Municipio; (v) maximizar la capacidad de los Bienes Inmuebles para generar actividad
económica, ampliar la oferta cultural, de servicios y bienes para los visitantes y residentes del
Viejo San Juan y crear empleos y generar nuevas fuentes de ingreso para el Municipio.
III. DEFINICIONES
a) "Bienes Inmuebles" - Se refiere a las parcelas de terreno identificadas en el Apéndice 1,
localizadas en el Barrio La Puntilla, en la Isleta de San Juan, las cuales, en conjunto, son
comúnmente conocidas como el estacionamiento La Puntilla.
3
b) "Comité Evaluador" - Será el grupo de personas designadas por la Junta de Subastas para
asesorar a la Junta de Subastas y emitir las recomendaciones que estime apropiadas y
pertinentes para la adjudicación de la buena pro del RFP.
c) "Comité Negociador" - Será el grupo de personas designadas por la Junta de Subastas
para negociar con los Proponentes invitados por el Comité Evaluador a participar en un
proceso de negociación previo a la adjudicación final. La creación del Comité
Negociador y la decisión de abrir una fase de negociación antes de la adjudicación del
RFP serán de la total discreción del Comité Evaluador, según se establece en este RFP y
el Reglamento de Subastas.
d) "Contrato" - Se refiere al acuerdo escrito otorgado entre el Municipio y el Proponente
Contratado para el desarrollo del Proyecto en los Bienes Inmuebles.
e) "Entidad Gubernamental" - Se refiere a cualquier departamento, agencia, corporación
pública u oficina del Gobierno de Estados Unidos o del Estado Libre Asociado de Puerto
Rico. El término Entidad Gubernamental incluirá al Municipio de San Juan en su
capacidad de entidad con capacidad para emitir permisos, endosos y otras autorizaciones
del Municipio, según requeridas por las Leyes Aplicables.
f) "Leyes Aplicables" - Será cualquier ley, estatuto, ordenanza, código, reglamento, regla u
orden de una Entidad Gubernamental, vigente durante la celebración del RFP o al
momento de la otorgación del Contrato o según sea aprobada en el futuro, o cualquier
acuerdo vinculante con alguna Entidad Gubernamental.
g) "Municipio" - Se refiere al Municipio Autónomo de San Juan.
h) "Proponente" - Se refiere a cada persona, natural o jurídica, que someta una Propuesta en
respuesta de este RFP, en conformidad con los términos y condiciones de éste.
i) "Proponente Contratado" - Se refiere al Proponente que finalmente otorgue el Contrato.
j) "Proponente Seleccionado" - Se refiere al Proponente al cual se le adjudique la buena pro
del RFP.
k) "Propuesta" - Se refiere al conjunto de documentos presentados por un Proponente, en
conformidad con los términos de esta Solicitud de Propuestas. Se entenderá que el
conjunto de documentos constituye una Propuesta si incluye todos los documentos
requeridos en esta Solicitud de Propuestas.
l) "Proyecto" - Se refiere al proyecto de naturaleza comercial-turístico a ser desarrollado en
la Propiedad, conforme a los términos y condiciones del RFP, la Propuesta del
Proponente Contratado y el Contrato.
4
m) "Reglamento de Subastas" - Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuestas del
Municipio de San Juan, Capítulo 23 del Código Administrativo del Municipio de San
Juan, Ordenanza Núm. 23, Serie 2001-2002, según enmendado.
n) "Representante del Municipio" - Será la persona que representará al Municipio durante el
proceso de Solicitud de Propuestas, identificado en el Capítulo V, inciso 3.
o) "Representante del Proponente" - Será la persona designada por el Proponente para
representarlo durante este proceso de Solicitud de Propuestas, incluyendo cualquier
procedimiento de negociación o procedimiento posterior, según identificado conforme al
Capítulo V, inciso 4.
p) "RFP" - Véase, "Solicitud de Propuestas"
q) "Solicitud de Propuestas" - Se refiere a este documento, publicado por el Municipio para
establecer las especificaciones, términos y condiciones, que gobernarán el proceso de
evaluación de Propuestas para el desarrollo del Bien Inmueble.
IV. REQUISITOS MÍNIMOS DE CALIFICACIÓN
El Municipio considerará y evaluará solamente las Propuestas que se encuentren en
cumplimiento con los siguientes requisitos (en adelante, los "Requisitos Mínimos de
Calificación"):
1. El Proponente deberá estar inscrito en el Registro de Licitadores del Municipio y sus
documentos de cumplimiento deben estar actualizados en la fecha de entrega de la
Propuesta.
2. El Proponente debe garantizar que no se retirará en ningún momento del proceso y que el
cumplimiento con su Propuesta podrá ser exigible por el Municipio.
Los Proponentes deberán someter los siguientes documentos como evidencia de cumplimiento
con los Requisitos Mínimos de Calificación:
● Documentos para mostrar cumplimiento con el requisito número 1: Certificado
emitido por la Oficina de Compras del Municipio certificando que el Proponente se
encuentra inscrito en el Registro de Licitadores del Municipio y que su información
está actualizada.
● Documentos para mostrar cumplimiento con el requisito número 2. Certificado de
fianza de licitación por la cantidad total de cincuenta mil dólares ($50,000.00). La
fianza podrá ser prestada mediante cheque certificado, oficial o de gerente, emitido
por una institución financiera autorizada a hacer negocios en Puerto Rico, a nombre
del Municipio de San Juan, mediante garantía de una compañía de fianzas autorizada
a hacer negocios en Puerto Rico, o mediante efectivo, giro, Visa, MasterCard o tarjeta
de débito (ATH).
5
V. PROCEDIMIENTO DE LA SOLICITUD DE PROPUESTAS
1. Reglamento de Subastas del Municipio de San Juan
La presente Solicitud de Propuestas se celebra conforme a las disposiciones del
Reglamento de Subastas y las Leyes Aplicables. El Municipio se reserva la facultad de
descalificar y rechazar cualquier Propuesta que incumpla de alguna manera con los
requisitos dispuestos en el Reglamento de Subastas o en este RFP.
2. Cancelación.
En todo momento que así lo determine necesario y/o conveniente, y previo a la
otorgación de un Contrato, el Municipio tendrá derecho a cancelar este RFP sin que los
proponentes tengan derecho a reclamación alguna, incluyendo honorarios, costos y gastos
relacionados con la preparación de sus respectivas propuestas. El Municipio podrá, a su
entera discreción, renovar o publicar una nueva Solicitud de Propuestas cuantas veces lo
estime necesario y/o conveniente con el fin de cumplir con los propósitos municipales.
3. Representante del Municipio
El Representante del Municipio será el representante exclusivo del Municipio durante el
procedimiento de Solicitud de Propuestas. Toda comunicación entre los Proponentes y el
Municipio, luego de publicada la Solicitud de Propuestas, deberá ser dirigida al
Representante del Municipio a la siguiente dirección de correo electrónico:
Nombre: Sra. Karim Pacheco López
Correo Electrónico: kpacheco @sanjuanciudadpatria.com
Cualquier comunicación hecha no conforme a lo dispuesto en este inciso será nula.
4. Representante del Proponente
Cada Proponente designará y proveerá la información de contacto del Representante del
Proponente. Esta persona representará al Proponente ante el Municipio y será en punto
de contacto durante el RFP. El Representante del Proponente será identificado en los
documentos de la Propuesta según se solicita en este RFP y deberá estar autorizado por el
Proponente para negociar a nombre del Proponente, lo cual deberá ser evidenciado
mediante resolución corporativa que se incluirá en la Propuesta, específicamente con el
Memorial Ejecutivo.
5. Itinerario del RFP
Fecha y lugar de reunión pre-subasta: 29 de agosto de 2014 a las 2:00 PM en la
Oficina de Compras de la Torre Municipal
Calle Cardón, Piso 15
6
Fecha de inspección ocular del inmueble: 5 de septiembre de 2014 a las 2:00 PM
Fecha límite para someter preguntas: 26 de septiembre de 2014
Fecha y hora límite para
entregar Propuestas: 1 de diciembre de 2014 a las 3:00 PM
El Municipio se reserva el derecho de revisar el itinerario de tiempo en tiempo según lo
determine necesario. El Municipio notificará a los Proponentes mediante correo
electrónico sobre cualquier cambio al itinerario. El hecho de que un Proponente no haya
recibido la notificación de cambios en itinerario no será razón para que el Proponente
incumpla con el itinerario enmendado. Será responsabilidad de los Proponentes mantener
comunicación continua y eficaz con el Representante del Municipio. Los Proponentes
deberán tomar todas las medidas necesarias para mantenerse informados de los eventos
relacionados al RFP y se les advierte de la importancia de verificar periódicamente la
información provista por el Municipio.
6. Aceptación de los términos y condiciones
Mediante la presentación de Propuestas, los Proponentes aceptan quedar sujetos a los
procedimientos, términos, condiciones e instrucciones establecidas por el Municipio en
esta Solicitud de Propuestas.
7. Reunión previa a la entrega de las Propuestas e inspecciones oculares de los Bienes
Inmuebles
El Municipio celebrará una reunión previa a la fecha de entrega de las Propuestas para
recibir preguntas iniciales de los Proponentes y coordinar una inspección ocular de los
Bienes Inmuebles. La reunión será celebrada el 29 de agosto de 2014 a las 2:00 PM en la
Oficina de Compras de la Torre Municipal, Piso 15. La inspección ocular con el
Municipio será el 5 de septiembre de 2014 a las 2:00 PM.
Los Proponentes serán responsables de obtener toda información, datos y
especificaciones sobre el estado físico de los Bienes Inmuebles y que sean necesarios
para preparar la Propuesta. Cada Proponente deberá coordinar con el Representante del
Municipio el acceso a los Bienes Inmuebles para hacer inspecciones oculares adicionales
a la inspección ocular con el Municipio y tomar datos sobre las características y
condición física de éstos. Las inspecciones oculares deberán ser coordinadas y realizadas
antes de la Fecha de Entrega de las Propuestas. Además de la inspección ocular con el
Municipio, cada Proponente podrá coordinar varias inspecciones oculares adicionales
antes de la Fecha de Entrega de las Propuestas.
8. Preguntas, Requerimientos y Solicitudes
7
Los Proponentes deberán someter preguntas o solicitud de clarificación de cualquier
elemento de la Solicitud de Propuestas no más tarde del 26 de septiembre de 2014. El
Municipio se reserva el derecho de aumentar o reducir el término para presentar
preguntas, requerimientos o solicitudes dispuesto en el presente inciso.
Toda pregunta, requerimiento de información y/o documentación o solicitud de
clarificación deberá someterse por escrito, dirigido al Representante del Municipio a la
dirección de correo electrónico dispuesta en el inciso 3 de esta Parte V.
El Comité Evaluador revisará y emitirá las contestaciones a todas las preguntas,
requerimientos o solicitudes sometidas por los Proponentes dentro de un término de siete
(7) días calendarios, contados a partir del cierre de la fecha límite de entrega de
preguntas, requerimientos o solicitudes de clarificación dispuesta en esta sección 8. Solo
aquellas contestaciones emitidas por el Comité Evaluador y notificadas a todos los
Proponentes por el Representante del Municipio por escrito serán consideradas oficiales y
vinculantes. Toda contestación emitida por cualquier funcionario del Municipio que no
sea el Comité Evaluador o notificada por cualquier persona que no sea el Representante
del Municipio será considerada una comunicación extraoficial y no será vinculante para
el Municipio. El Municipio se reserva la facultad de extender el término para proveer sus
contestaciones conforme a la presente sección.
De así entenderlo necesario y/o conveniente, como parte del proceso de evaluación y
contestación de las preguntas provistas por los Proponentes, el Municipio podrá
enmendar y actualizar los términos y condiciones del RFP. Quedará a la entera discreción
del Municipio contestar cualquier pregunta, requerimiento o solicitud que haya sido
presentada por un Proponente con posterioridad a la fecha límite para presentar
preguntas, requerimientos o solicitudes de clarificación dispuesta en esta sección 8.
9. Presentación de Propuestas
a) Requisitos de presentación - Cada Proponente deberá someter una sola Propuesta.
La Propuesta será sometida en original y acompañada de cinco (5) copias, más una
copia en versión electrónica (PDF). Las Propuestas serán entregadas en la fecha que
se dispone en la Parte V, sección 5, de este RFP. Los Proponentes deberán identificar
el sobre de la Propuesta con la siguiente información:
Título y Número del RFP
Nombre del Proponente
Dirección Física
Dirección Postal
Número de Teléfono
Número de Facsímil
Nombre del Representante del Proponente, incluyendo puesto que ocupa en la
entidad e información de contacto (número de teléfono y dirección de correo
electrónico)
8
El sobre de la Propuesta incluirá: (i) un sobre conteniendo el certificado del Registro
de Licitadores, el certificado de la fianza de licitación y los estados financieros
auditados requeridos en este RFP; y (ii) un segundo sobre con la Propuesta. La
Propuesta tendrá los siguientes componentes:
i. Memorial Ejecutivo
Se deberá someter un memorial ejecutivo en papel timbrado del Proponente y
firmado por el Representante del Proponente. El memorial ejecutivo será un
narrativo del Proponente en el que se incluirán los siguientes elementos:
el nombre corporativo del Proponente;
la dirección física y postal del Proponente;
información de contacto del Representante del Proponente (dirección
física, postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono);
el número de identidad patronal (por sus siglas en inglés, EIN) del
Proponente;
la fecha de incorporación, organización u autorización para hacer negocios
en Puerto Rico;
los nombres, direcciones, título de las posiciones que ocupan (si alguna),
la naturaleza y el interés propietario, de los oficiales, accionistas e/o
inversionistas del Proponente;
si el Proponente es una empresa conjunta (joint venture), enumere cada
una de las entidades participantes y el porcentaje del interés propietario o
una descripción de la naturaleza o la extensión del interés;
un breve resumen del Plan de Desarrollo de los Bienes Inmuebles y de la
oferta económica para el Municipio; y
una declaración del Representante del Proponente a los efectos de haber
leído y estar de acuerdo con los términos, condiciones e instrucciones
establecidos por el Municipio en este pliego de RFP.
El Memorial Ejecutivo deberá ser acompañado por una resolución de la Junta
de Directores o cuerpo directivo análogo, dependiendo de la personalidad
jurídica del Proponente, autorizando al Representante del Proponente a
presentar la Propuesta a nombre del Proponente y para hacer cualquier otro
trámite que sea necesario durante el proceso de RFP, incluidas negociaciones
del Contrato.
ii. Parte Sustantiva de la Propuesta
El Proponente deberá incluir los documentos e información necesarios para
demostrar cumplimiento con los cinco (5) criterios de evaluación del RFP
establecidos en la sección 14 de esta Parte V. Los requisitos relacionados a
cada criterio se establecen en la Parte VII de este RFP. El Proponente deberá
incluir secciones separadas en la Propuesta, de tal forma que discuta y
9
presente documentos e información para demostrar su cumplimiento con cada
criterio de evaluación.
b) Hora y lugar para someter la Propuesta - Las Propuestas deberán ser entregadas
mediante entrega personal en el Lugar de Entrega, en la Fecha de Entrega en o antes
de la Hora de Entrega, todas establecidas en la Parte V, sección 5, de este RFP.
c) Propuestas sometidas en incumplimiento con el inciso anterior - Toda Propuesta
sometida mediante el uso de correo, correo electrónico, facsímile o cualquier otro
método distinto a la entrega personal, no será considerada por el Municipio. Además,
las Propuestas presentadas luego de la hora arriba establecida serán rechazadas, salvo
que la Solicitud sea declarada desierta, en cuyo caso el Municipio podrá considerar la
Propuesta tardía.
10. Enmienda o Retiro de Propuestas
Los Proponentes no podrán enmendar o retirar sus Propuestas. Sin embargo, el
Municipio podrá solicitar enmiendas a las Propuestas en cualquier momento luego de la
Fecha de Entrega.
11. Apertura de las Propuestas
Se evaluará inicialmente el cumplimiento del Proponente con la entrega de los Requisitos
Mínimos de Calificación. De entenderse que un Proponente no cumple de alguna forma
con los Requisitos Mínimos de Calificación, el Comité Evaluador lo informará a la Junta
de Subastas y le proveerá todos los datos necesarios para que ésta tome una
determinación. De entender que procede la descalificación, la Junta de Subastas
procederá a notificarle por escrito a ese Proponente su descalificación del RFP. Los
documentos de calificación y los estados financieros auditados (a ser incluidos en el
mismo sobre) no serán públicos.
Luego de verificar el cumplimiento con los Requisitos Mínimos de Calificación, el
Comité Evaluador procederá a abrir los sobres conteniendo las Propuestas. El Comité
Evaluador verificará que cada Propuesta contenga la información y los documentos
necesarios para hacer una evaluación informada, según descritos en la Parte V, sección
9(a). La Junta de Subastas podrá permitir que los Proponentes vean de forma limitada o
total las Propuestas de los otros Proponentes, según el procedimiento que aquélla
establezca. Todos los documentos sometidos por el Proponente en su Propuesta serán
propiedad del Municipio.
12. Periodo de Validez de las Propuestas
Las Propuestas deberán permanecer válidas y exigibles hasta la fecha de adjudicación de
la buena pro del RFP. La Propuesta del Proponente Seleccionado deberá permanecer
válida mientras el Municipio y el Proponente Seleccionado se encuentren en el proceso
de negociación del Contrato. El Proponente Seleccionado deberá renovar la fianza de
10
licitación como condición para comenzar el proceso de negociación del Contrato con el
Municipio. El retiro de la Propuesta o el retiro de las negociaciones por parte del
Proponente Seleccionado le darán derecho al Municipio a ejecutar la fianza de licitación
requerida en la Parte IV del RFP.
13. Evaluación de Propuestas
Las Propuestas serán evaluadas por el Comité Evaluador. El Comité Evaluador evaluará
el cumplimiento de cada Propuesta con los requisitos dispuestos en esta Solicitud de
Propuestas. El Comité Evaluador podrá solicitar que los Proponentes provean
información adicional de tal forma que se pueda evaluar cada Propuesta en sus méritos.
El Comité Evaluador asignará una puntuación a cada Propuesta a base del grado de
cumplimiento de cada una de éstas con los criterios de evaluación que se establecen en la
sección 14.
14. Criterios de Evaluación
El Comité Evaluador determinará si o en qué grado cada Propuesta cumple con los
Criterios de Evaluación:
a) Plan de Desarrollo: concepto del proyecto turístico-comercial que sea propuesto,
el plan de desarrollo y el plan para la operación del Proyecto (será importante
cumplir con los parámetros generales sobre el proyecto establecidos en la Parte
VI, sección 2 de este RFP);
b) Experiencia y capacidad operacional: calificaciones y experiencia del
Proponente;
c) Capacidad financiera: capacidad del Proponente para financiar el Plan de
Desarrollo y operarlo de forma económicamente sustentable;
d) Oferta económica: canon de arrendamiento y/o cualquier otra oferta económica
para el Municipio a cambio de los derechos que se le otorgarán al Proponente
Contratado (la oferta económica deberá ser presentada según se solicita en la
Parte VI, sección 1(f)); y
e) Otros: otros beneficios para el Municipio que surjan de la Propuesta. El
Proponente deberá identificar los beneficios adicionales y cómo éstos aportan al
interés público.
El Municipio se reserva el derecho de añadir o eliminar criterios de evaluación, según
mejor se sirva al interés público.
15. Comunicación entre el Municipio y los Proponentes
Toda comunicación entre el Municipio y los Proponentes autorizada mediante este RFP
se hará de conformidad con lo dispuesto en esta Solicitud de Propuestas. Excepto por las
comunicaciones de la Junta de Subastas que sean necesarias o convenientes, toda
comunicación notificada a nombre del Municipio por cualquier persona que no sea el
Representante del Municipio se entenderá que es de naturaleza extraoficial y la misma no
11
será vinculante para el Municipio. Asimismo, cualquier comunicación de un Proponente
hecha por una persona que no sea el Representante del Proponente o dirigida a cualquier
persona que no sea el Representante del Municipio se entenderá como no hecha.
El Municipio se reserva el derecho de, cuando así lo estime necesario para salvaguardar
la integridad del procedimiento de RFP, descalificar a cualquier Proponente que incumpla
con lo dispuesto en este RFP sobre comunicaciones entre el Municipio y los Proponentes.
16. Negociación
Durante el proceso de evaluación de las Propuestas, y sujeto a lo dispuesto en este RFP,
el Comité Evaluador podrá comunicarse directamente con los Proponentes con el
propósito de clarificar el contenido de las Propuestas y poder hacer una evaluación
exhaustiva del cumplimiento de las ofertas con los requisitos de evaluación dispuestos en
el RFP.
Cuando así lo estime necesario o conveniente, el Comité Evaluador podrá seleccionar
aquellas Propuestas que mejor cumplan con los Criterios de Evaluación y emprenderá un
proceso de negociación con los Proponentes pertinentes. En tal evento, el Comité
Evaluador le recomendará a la Junta de Subastas que se le notifique por escrito a los
Proponentes no seleccionados el hecho de no haber sido invitados al proceso de
negociación. Tal notificación constituirá una notificación de no adjudicación.
Cuando se entienda necesario o conveniente entrar en tal proceso de negociación, el
Comité Evaluador constituirá un Comité Negociador, el cual será responsable de llevar a
cabo el proceso de negociación con los Proponentes invitados.
El Comité Negociador negociará directamente con los Proponentes seleccionados por el
Comité Evaluador y preparará y remitirá un informe de recomendación al Comité
Evaluador, donde detallará el contenido de las negociaciones con cada uno de los
Proponentes y hará una recomendación de adjudicación al Comité Evaluador,
identificando los factores que apoyan su recomendación conforme a los Criterios de
Evaluación dispuestos en el RFP.
El Comité Evaluador preparará su informe de recomendación final utilizando el análisis y
las recomendaciones hechas por el Comité Negociador. Las conclusiones y
recomendaciones del Comité Negociador no serán vinculantes y el Comité Evaluador
tendrá la facultad de recomendarle a la Junta de Subastas el Proponente que mejor
cumpla con los propósitos de este RFP.
17. Adjudicación de la buena pro del RFP
Luego de que el Comité Evaluador haya rendido su informe, la Junta de Subastas podrá
proceder a adjudicar la buena pro de la Solicitud de Propuestas al Proponente que mejor
cumpla con los intereses y las necesidades del Municipio, según determinado por la
evaluación de cumplimiento con respecto a los Criterios de Evaluación. El Municipio no
12
estará obligado a adjudicar la buena pro de la presente Solicitud de Propuestas si entiende
que así protege el interés púbico.
18. Notificación de Determinaciones y Adjudicación
La Junta de Subastas notificará la adjudicación de la buena pro mediante resolución
escrita a ser enviada a todos los Proponentes por correo certificado.
19. Reconsideración y Revisión Judicial
Todo Proponente adversamente afectado por una determinación o adjudicación final
hecha por el Municipio podrá solicitar reconsideración dentro de un término de cinco (5)
días contados a partir de la fecha del depósito en el correo de copia de la notificación de
la determinación o adjudicación final. Para propósitos del presente inciso, el término
"determinación final" incluye cualquier determinación hecha por el Municipio con
relación a la descalificación de Proponentes y la adjudicación de la buena pro.
Dicha solicitud de reconsideración deberá ser presentada ante la Junta de Subastas a la
dirección indicada en la carta de notificación de la descalificación o adjudicación. El
Proponente que presente una solicitud de reconsideración deberá notificar su solicitud de
manera simultánea y por correo certificado con acuse de recibo a todos los demás
Proponentes dentro del término de cinco (5) días dispuesto para la presentación de la
solicitud de reconsideración.
La Junta de Subastas tendrá tres (3) días luego de su presentación para considerar la
solicitud de reconsideración. Si la solicitud de reconsideración fuera rechazada de plano,
el término para acudir al Tribunal de Apelaciones se considerará no interrumpido. Se
entenderá que la solicitud de reconsideración ha sido rechazada de plano cuando la Junta
de Subastas deje de tomar alguna determinación dentro del término de tres (3) días
dispuesto. Si se tomare alguna determinación, el término para acudir al Tribunal de
Apelaciones comenzará a correr en la fecha de depósito en el correo de la notificación de
la determinación de la Junta de Subastas resolviendo la solicitud de reconsideración.
La presentación de una solicitud de reconsideración no será un requisito jurisdiccional
previo para poder presentar un recurso de revisión judicial ante el Tribunal de
Apelaciones. La mera presentación de una solicitud de reconsideración no tendrá el
efecto de paralizar de forma automática la adjudicación de la Solicitud de Propuestas ni la
formalización del Contrato.
Todo Proponente adversamente afectado por una determinación o adjudicación final
hecha por el Municipio podrá presentar una solicitud de revisión judicial ante el Tribunal
de Apelaciones dentro del término jurisdiccional de diez (10) días. En los casos donde el
Proponente no presente una solicitud de reconsideración ante la Junta de Subastas, el
término para acudir al Tribunal de Apelaciones comenzará a correr en la fecha de
13
depósito en el correo de la notificación de la determinación o adjudicación final del
Municipio. En los casos donde el Proponente presente una solicitud de reconsideración, el
término para acudir al Tribunal de Apelaciones comenzará a correr en la fecha de
depósito en el correo de la notificación de la determinación de la Junta de Subastas
resolviendo la solicitud de reconsideración.
La mera presentación de una solicitud de revisión judicial ante el Tribunal de
Apelaciones no tendrá el efecto de paralizar de forma automática la adjudicación de la
buena pro de la Solicitud de Propuestas ni la formalización del Contrato.
VI. CONDICIONES GENERALES DEL RFP
1. Términos básicos del Contrato.
a) Bienes Inmuebles objeto del Contrato. Los Bienes Inmuebles con respecto al cual
los Proponentes deberán someter Propuestas se describe en el Apéndice 1. Los
Proponentes son responsables de familiarizarse con todas las condiciones actuales
de los Bienes Inmuebles, de tal forma que su Propuesta esté plenamente
informada. Cada Proponente será responsable de evaluar las circunstancias
físicas, ambientales, jurídicas y de cualquier otro tipo que sean relevantes para
someter la Propuesta. Los costos y gastos relacionados a estudios, inspecciones y
otros serán responsabilidad exclusiva de cada Proponente.
b) Derechos a ser otorgados. El Municipio considera otorgar derechos de
arrendamiento, de superficie y/o cualquier otro derecho con relación a la totalidad
o parte de los Bienes Inmuebles, que sea necesario para la implementación exitosa
de la Propuesta seleccionada, sujeto a que tales derechos sean consistentes con los
términos de este RFP y las Leyes Aplicables. El Municipio no considerará la
solicitud de venta, total o parcial, del Bien Inmueble.
c) Agrupación. Los Proponentes deberán exponer en sus Propuestas si el Plan de
Desarrollo propuesto requiere la agrupación o no de las parcelas de terrenos que
componen los Bienes Inmuebles.
d) Cánones de arrendamiento. El canon de arrendamiento a ser pagado será el
producto de la tasa porcentual ofrecida por el Proponente y el precio de tasación
de los Bienes Inmuebles, según provisto en el pliego de RFP. El Municipio no
aceptará ofertas basadas en tasaciones independientes.
e) Forma de pago de los cánones de arrendamiento. Los Proponentes incluirán en su
oferta económica los términos de pago de los cánones de arrendamiento. El
Municipio considerará ofertas tales como el pago mensual de los cánones durante
el término del contrato como un solo pago total equivalente al valor presente de
los cánones pagaderos durante el término del contrato, entre otras posibles
alternativas. Cada Proponente deberá especificar en su Propuesta su forma de
pago. El Municipio podrá otorgarle un mayor puntaje a aquellos Proponentes que
14
se comprometan a pagar por adelantado el valor presente de los cánones de
arrendamiento.
f) Oferta económica de los Proponentes. Los Proponentes deberán especificar en su
Propuesta los siguientes aspectos económicos:
● la tasa propuesta para el cálculo del canon de arrendamiento anual (canon
de arrendamiento = tasa propuesta x valor tasado (según provisto en este
RFP));
● el factor de aumento del canon de arrendamiento durante el término del
contrato y la frecuencia de aumento de éste; y
● si propone hacer un solo pago por el valor presente neto (Net Present
Value) de los cánones de arrendamiento, tal pago deberá ser por la
totalidad de los cánones a ser pagados durante el término del contrato
(aplicando el factor de aumento de las rentas durante el tiempo) y el
proponente deberá presentar el valor de la tasa de descuento anual
propuesta para el cálculo del valor presente neto.
g) Exenciones contributivas. El Municipio no otorgará exenciones contributivas.
h) Término del Contrato. El Municipio podrá otorgar el Contrato por un periodo
máximo de treinta (30) años. El Contrato podrá ser renovado al vencimiento del
término original del Contrato excepto según se limite por la Legislatura Municipal
en la Ordenanza que habilita este RFP.
i) Obligaciones generales del Proponente Contratado. Sin limitarse a otras
obligaciones establecidas en las Leyes Aplicables, en este RFP o que pudieran
requerirse como parte del Contrato, el Proponente será responsable de: (i)
financiar, diseñar, construir, administrar, operar y mantener el Proyecto durante el
término del Contrato; (ii) obtener todas las inspecciones, permisos, aprobaciones
y certificados de las Entidades Gubernamentales, según sea necesario; (iii)
cumplir con las Leyes Aplicables; y (v) evaluar, antes de someter la Propuesta, la
condición física, ambiental y jurídica del Bien Inmueble.
j) Financiamiento. El Proponente Contratado será responsable de asegurar la
financiación para desarrollar, administrar y operar el Proyecto. El Municipio no
erogará fondos propios para cubrir costo o gasto alguno relacionado al
desarrollo, administración y/u operación del Proyecto.
k) Titularidad sobre las nuevas estructuras a ser construidas como parte del Proyecto.
El Proponente Contratado tendrá el derecho de propiedad sobre todas las nuevas
estructuras que construya como parte del Proyecto durante la vigencia del
Contrato. El título de propiedad sobre las mejoras pasará gratuitamente a favor
del Municipio una vez vencido el término de treinta (30) años del Contrato, salvo
en el caso que el Contrato sea renovado.
15
2. Parámetros generales del Proyecto.
a) El Proyecto deberá, en la medida en que sea posible, mantener o aumentar la
oferta de espacios de estacionamiento actualmente disponible en el Bien
Inmueble; alrededor de novecientos (900) espacios de estacionamiento.
b) El Proyecto deberá contemplar usos combinados o mixtos, los cuales podrán
incluir, sin limitarse a éstos, áreas de estacionamiento, parque pasivo, recreativo,
verde, eco-amigable (con un enfoque en la sustentabilidad energética y ambiental,
etc.) o combinación de éstos, instalación turística habitacional (alguna modalidad
de hotel) y áreas comerciales. El Proyecto tendrá como mínimo ofertas
hotelera, comercial y recreativa.
c) Cualquier uso comercial propuesto procurará aumentar la diversidad de la oferta
comercial en el Viejo San Juan y deberá ser complementario a la actividad
comercial actual del área, tal como, por ejemplo, mercados artesanales o agrícolas
u otro tipo de comercio que aumente la atracción cultural del área.
d) El Proyecto propuesto deberá tomar en consideración, y ser respetuoso de, el
entorno histórico, arquitectónico y cultural del área y deberá complementarlo.
e) La altura de cualquier estructura a ser erigida como parte del Proyecto propuesto
no podrá exceder la altura de las murallas históricas del Viejo San Juan cercanas a
los Bienes Inmuebles.
f) El Proponente será responsable y asumirá los costos y gastos relacionados a la
demolición de cualquier estructura existente en los Bienes Inmuebles y a la
disposición de escombros, conforme a las Leyes Aplicables.
VII. ELEMENTOS A SER INCLUIDOS EN LA PROPUESTA PARA CUMPLIR CON
LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
El Municipio seleccionará el Proponente cuya oferta se ajuste mejor a esta Solicitud de
Propuestas y sea la más ventajosa para el Municipio, según ésta cumpla con los Criterios de
Evaluación.
Con el fin de corroborar cumplimiento con los Criterios de Evaluación, las Propuestas deben
incluir la siguiente información y documentación:
1. Oferta Económica.
El Proponente deberá proveer una explicación detallada de los elementos de su oferta
económica al Municipio, incluyendo las condiciones en las que se basa la oferta y los
presupuestos usados para determinar las cuantías ofrecidas. Se deberán proveer los datos
requeridos en la Parte VI, sección 1(f), de este RFP.
16
2. Plan de Desarrollo propuesto.
El Proponente deberá detallar el Proyecto propuesto, incluyendo, sin limitarse a éstos: (i) la
cabida, forma y localización de la parcela de terreno dentro de los Bienes Inmuebles (en el
caso de necesitar solamente parte de los Bienes Inmuebles) con respecto a la cual se
solicitará derecho de arrendamiento, de superficie u otro; (ii) los dibujos conceptuales que
sean necesarios para ilustrar el alcance del Proyecto, sus estructuras, accesos, elevaciones,
dimensiones, propiedades arquitectónicas y otros elementos; (iii) el plan para el diseño,
construcción, administración y operación del Proyecto, incluyendo un calendario de
desarrollo del Proyecto en formato de tabla GANTT con fechas aproximadas relacionadas a
la tramitación de permisos, comienzo de construcción, comienzo de operaciones y otras; y
(iv) cualquier información adicional que permita al Municipio evaluar adecuadamente los
méritos de la Propuesta y determinar si cumple con los Criterios de Evaluación. El Plan de
Desarrollo deberá discutir cómo el proyecto propuesto cumple con cada uno de los
parámetros generales del proyecto que se establecen en la Parte VI, sección 2, de este RFP.
3. Calificaciones y Experiencia del Proponente.
Los Proponentes deberán someter información que aborde lo siguiente:
a) Experiencia Relevante
El Proponente proveerá un narrativo detallado sobre su historial en el desarrollo de
proyectos similares en escala y complejidad al propuesto en su Propuesta durante los
últimos diez (10) años.
b) Estructura Organizacional
El Proponente someterá la estructura organizacional propuesta. Identificará la entidad
principal que otorgará el contrato con el Municipio, entidades o personas que serán
accionistas o socias en la entidad principal, entidades que proveerán servicios como
contratista, ya sean diseñadores, constructores, administradores/operadores, entidades
proveedoras de financiamiento y cualquier otro consultor o contratista que será utilizado
para el Proyecto. El Proponente deberá sustituir cualquier entidad o persona natural que
el Municipio entienda, inicialmente o durante la vigencia del Contrato, no es satisfactorio
c) Identificación de la Entidad Principal
Cada Propuesta debe identificar y proveer todos los detalles necesarios y/o convenientes
sobre la entidad principal proponente, enumerando las calificaciones y la experiencia que
la empresa tiene para emprender proyectos de este tipo. Se deberá proveer evidencia en
la Propuesta que sustente la alegación del Proponente de que posee las capacidades
institucionales y la experiencia adecuada para ofrecer los servicios que se solicitan en esta
Solicitud de Propuestas.
17
Proporcionar las calificaciones y la experiencia del personal clave que será asignado al
equipo que emprenderá las distintas actividades bajo el Contrato con el Municipio,
incluidos los directores de las distintas entidades que participarán en el Proyecto. Se
deberá someter un organigrama del Proponente, así como uno que muestre gráficamente
la relación del Proponente con otros contratistas y consultores.
d) Experiencia del Personal
El Proponente describirá las experiencias relevantes anteriores de los miembros del
equipo propuesto y discutirá cómo esas experiencias son importantes para los roles que
esas personas asumirán en cualquier fase del desarrollo del Proyecto.
4. Financiación del Proyecto.
a) Recursos Financieros
El Proponente le proveerá al Municipio una lista de los recursos financieros/económicos
ya comprometidos para el Proyecto o que espera obtener con bastante seguridad para el
Proyecto. El Proponente deberá proveer información sobre la capacidad financiera de
cada corporación, sociedad o persona que contribuirá capital para el proyecto, incluyendo
estados financieros auditados del período contable más reciente.
b) Ingresos y Gastos Estimados
El Proponente incluirá un análisis financiero pro forma del Proyecto, incluyendo las fases
las fases de construcción y operación. El análisis pro forma debe proveer la siguiente
información:
i. los costos directos de administración y operación del Proyecto con el mayor grado
de detalle posible, identificando partidas de costos y gastos típicas de la operación,
incluyendo nómina, así como los gastos capitalizables tales como reemplazo de
equipo y maquinaria;
ii. los aumentos previstos de todas las partidas durante un periodo de diez (10) años
contemplado en el análisis, incluyendo el aumento en renta;
iii. el servicio de la deuda requerida y ganancias del desarrollador;
iv. los costos estimados totales para llevar a cabo las obras de construcción, incluidos
todos los costos ("soft" y "hard costs"), tales como el diseño, cualquier demolición,
de ser necesaria, la construcción del Proyecto y cualquier gasto general; y
v. los detalles de los tipos y las condiciones relacionadas al financiamiento de la
construcción y el financiamiento permanente, incluyendo tasas de interés, plazos
de amortización, aportación de capital y fuentes de financiamiento.
FIN DEL DOCUMENTO
18
19
APÉNDICE 1. DATOS REGISTRALES SOBRE LOS BIENES INMUEBLES
SOLICITUD DE PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE UN PROYECTO
TURÍSTICO-COMERCIAL EN EL BARRIO LA PUNTILLA DEL VIEJO SAN JUAN
a) Finca Núm. 4309
i. Descripción Registral
URBANA: Predio de terreno radicado en el sector denominado "La Puntilla" del
término municipal de San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de siete
mil doscientos cuarenta y tres metros cuadrados con dos centésimas de otro
(7,243.02) equivalentes a una cuerda con ocho mil cuatrocientos veinte ocho
milésimas de otro (1.8428 cuerdas) y en lindes: por el Norte, con el Predio
Remanente Número Uno perteneciente a la Corporación de Renovación Urbana y
Vivienda de Puerto Rico; por el Sur, con el Predio perteneciente a la Corporación
de Renovación Urbana y Vivienda de Puerto Rico donde está ubicado el Proyecto
Numero DP-Ciento Doce (VBC-234) "La Puntilla" Low-Cost Housing
Development; por el Este, con el Predio perteneciente a la Corporación de
Renovación Urbana y Vivienda de Puerto Rico donde está ubicado el Proyecto
Numero DP-Ciento Doce (VBC-234) "La Puntilla" Low-Cost Housing
Development y por el Oeste, con la Calle Presidio.
Finca Número 4309, inscrita al folio 156 del tomo 66 del Registro de la Propiedad
de Puerto Rico, Sección I de San Juan.
ii. Gravámenes y Cargas
1. Hipoteca a favor de la Corporación de Renovación Urbana y Vivienda
de Puerto Rico por $222,214.20, según consta de la escritura número
109, otorgada en San Juan el 2 de abril de 1982, ante la notario Minia
González Álvarez. La hipoteca venció el 3 de abril de 1992, aunque no
existe evidencia de su cancelación en el Registro.
iii. Calificación del Terreno
El terreno tiene calificación R-4 bajo el Plan de Ordenación Territorial del
Municipio, por lo cual los Proponentes deberán considerar en su itinerario del
proyecto y discutir en la Propuesta si el desarrollo propuesto y sus usos requerirán
la solicitud de una consulta de ubicación ante la Entidad Gubernamental
pertinente.
b) Finca Núm. 4284
i. Descripción Registral
20
URBANA: Predio de terreno radicado en el sector denominado "La Puntilla" del
término municipal de San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de
dieciséis mil seiscientos quince metros cuadrados con sesenta y seis centésimas de
otro (16,615.66) equivalentes a cuatro cuerdas con dos mil doscientos setenta y
cinco milésimas de otro (4.2275 cuerdas) y en lindes: por el Norte, con la Calle
Paseo de La Princesa; por el Sur, con el Predio Remanente Número Dos a ser
retenido por la Corporación de Renovación Urbana y Vivienda de Puerto Rico y
con el Predio perteneciente a la Corporación de Renovación Urbana y Vivienda
de Puerto Rico donde está ubicado el Proyecto Numero DP-Ciento Doce (VBC-
234) "La Puntilla" Low-Cost Housing Development; por el Este, con la Calle La
Puntilla y por el Oeste, con la Calle Presidio.
Dentro de este área, y como parte del mismo, se halla ubicado un solar de ciento
once metros con nueve mil ochocientos setenta y cinco diez milésimas de otro
(111.9875 m.c.) que contiene una estación de bombas y caseta para generadores.
Finca Número 4284, inscrita al folio 211 del tomo 155 del Registro de la
Propiedad de Puerto Rico, Sección I de San Juan.
ii. Gravámenes y Cargas
1. Servidumbre de paso de cinco pies (5’-0”) de ancho por doscientos ochenta
pies (280’-0”) de largo para sistema de distribución eléctrico primario y
secundario, soterrado, dedicado a la Autoridad de las Fuentes Fluviales de
Puerto Rico.
2. Servidumbre de paso de dos metros (2.0m) de ancho por dos cientos cincuenta
pies (250’-0”) de largo dedicado a la Compañía Telefónica de Puerto Rico.
3. Servidumbre de paso de tres metros (3.0m) de ancho por doscientos cincuenta
y dos pies (252’-0”) de largo para sistema de agua dedicado a la Autoridad de
Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico.
4. Por su procedencia, la finca consta sujeta a las restricciones contenidas en el
Plan de Reurbanización Urbana del Proyecto "La Puntilla", PR R-Cincuenta y
Ocho (PR R-58).
iii. Calificación del Terreno
El terreno tiene calificación R-4 bajo el Plan de Ordenación Territorial del
Municipio, por lo cual los Proponentes deberán considerar en su itinerario del
proyecto y discutir en la Propuesta si el desarrollo propuesto y sus usos requerirán
la solicitud de una consulta de ubicación ante la Entidad Gubernamental
pertinente.
21
22
APÉNDICE 2. MAPA DE LOCALIZACIÓN DE LOS TERRENOS Y SUS
LINDEROS
SOLICITUD DE PROPUESTAS PARA EL DESARROLLO DE UN PROYECTO
TURÍSTICO-COMERCIAL EN EL BARRIO LA PUNTILLA DEL VIEJO SAN JUAN
El mapa que se incluye indica la localización y los linderos aproximados de los Bienes
Inmuebles. Este mapa se provee únicamente para propósitos representativos. Cada Proponente
debe realizar su propia mensura, estudios registrales y cualquier otra gestión relacionada a
establecer con certeza la condición física y jurídica de los Bienes Inmuebles.
Top Related