Exportcion de Miel a japon (:
RESUMEN EJECUTIVO
En el siguiente trabajo se dará a conocer la investigación realizada para
ingresar al mercado Japonés a través de nuestro producto mexicano, tan
conocido como es “La Miel”.
La miel mexicana es reconocida en los mercados internacionales como una de
las mejores, gracias a las estrictas normas de calidad y control con la que es
producida. De acuerdo al informe 2004 de la Organización de las Naciones
Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), México es el tercer
exportador y el quinto productor mundial de miel. Actualmente, México exporta
cuatro de cada diez toneladas que produce, con lo que se obtienen cerca de 60
millones de dólares al año por este concepto.
En el presente trabajo se describen los requisitos necesarios para la
exportación del producto, se determina la manera en que se llevará la logística,
así como el análisis del mercado Japonés.
DEFINICIÓN DEL PROBLEMA
Con el fin de exportar Miel Mexicana a Japón habrá que investigar todo lo
relacionado a su introducción en el mercado.
Surge la idea, debido a que en Tamaulipas contamos con una empresa
familiar; “MIELES PICAZO”, dedicada a la producción de Miel. El exportar tal
Miel a Japón, es con el fin de incrementar la participación, presencia y nivel de
penetración en el mercado aprovechando el cupo y preferencias arancelarias
establecidas en el Acuerdo de Asociación Económica México – Japón (AAE).
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1) Análisis del mercado Japonés
2) Determinar las ventajas y desventajas de la exportación de la Miel a Japón
3) Análisis del mercado de la miel, en el país.
4) Establecimiento
de distribuidores de la miel en Japón.
5) Planteamiento de la logística necesaria para la exportación de la miel a
Japón.
DISEÑO DE LA INVESTIGACION
De acuerdo a una investigación realizada, utilizando fuentes de información
como Bancomext, Secretaria de Economía y otras paginas de Internet, así
como base principal, el libro Marketing Internacional, se llego a los siguientes
detalles.
A. ANÁLISIS DEL MERCADO JAPONES
* Perfil Económico
México y Japón han mantenido una larga relación que precede desde el siglo
XVI. Sin embargo, fue hasta 1888, con la firma del Tratado de Amistad,
Comercio y Navegación, que los dos países iniciaron su vinculación oficial.
México, en aquel entonces fue el primer país fuera de Asia que reconoció a
Japón en condiciones de igualdad, a diferencia de los otros tratados desiguales
que le fueron impuestos a Japón por los poderes occidentales de la época. A
partir de entonces las relaciones diplomáticas entre los dos países se
intensificaron siendo interrumpidas en 1941 por el desencadenamiento de la
Guerra del Pacifico; una década después, estas se reanudaron con la re-
instalación de la Misión Diplomática en ese país, actividad que estuvo a cargo
de Octavio Paz.
A partir de entonces y hasta 2006, los jefes de estado de ambos países han
intercambiado 18 visitas para estrechar las relaciones impulsando éstas con la
firma de seis convenios relacionados con aspectos culturales, de intercambio
de estudiantes, de cooperación técnica y de facilitación del comercio y de la
inversión. Sin embargo, no fue hasta 2004 cuando se estableció el marco legal
para profundizar
la relación con la firma del Acuerdo de Asociación Económica México-Japón,
primer acuerdo que México firmó con un país de Asia y primero en el cual
Japón incluyó al sector agrícola.
MEXICO - JAPON
Está considerado como una gran potencia en el momento actual. Pertenece a
diversos organismos internacionales y llama la atención su capacidad
tecnológica y financiera.
Actualmente se plantea el establecimiento de un tratado especial que
potencialice las expectativas de México, tomando en cuenta el intercambio
como un instrumento que permita fortalecer el crecimiento y desarrollo
económico.
El mercado japonés representa un universo de 125 millones de consumidores,
mientras que de manera bilateral se trata de un espacio económico del orden
de unos 230 millones de personas contando a ambos países.
México logró negociar compromisos en 796 líneas arancelarias que
representan más del 99% de las exportaciones mexicanas a Japón. México
obtuvo acceso al mercado de Japón en productos con gran potencial en este
sector: A) Acceso inmediato a la entrada en vigor del Acuerdo, para los
siguientes productos: Café verde, Esparrago, Tequila, Limones, Mango, Brócoli
fresco, Tomate, Ajo, Aguacate, Cebolla, Col, Calabaza, Berenjena,
Leguminosas, Guayaba, Papaya, Mezcal, Vinos, Tabaco, Huevo, Albumina. Se
estima que México podrá diversificar sus exportaciones y que las siguientes
áreas económicas serán las más beneficiadas.
* Factores Políticos
Japón es una monarquía constitucional con un parlamento bicameral, el Kokkai
o Dieta. El poder ejecutivo lo ejerce un Gabinete, responsable ante la Dieta y
compuesto por
el primer ministro y ministros de estado, debiendo ser todos civiles. El primer
ministro debe ser un miembro de la Dieta y elegido por la misma. El primer
ministro tiene el poder de nombrar y despedir a los ministros, de los que la
mayor parte debe consistir en miembros del parlamento. La constitución
atribuye la soberanía, que anteriormente recaía en el emperador, al pueblo
japonés, quedando el emperador como símbolo del estado.
La rama legislativa se compone de una cámara de representantes (shūgi-dan)
de 480 escaños, elegida por sufragio universal cada cuatro años, y una cámara
de consejeros (sangi-dan) de 247 escaños cuyos miembros son elegidos por
seis años. El sufragio es siempre universal y secreto para los hombres y
mujeres mayores de edad (la mayoría de edad se establece en Japón a los
veinte años). Dado que el emperador tiene un papel meramente simbólico, a
veces se clasifica a Japón como una democracia parlamentaria.
Partidos políticos de Japón:
* Partido Liberal Democrático (自由民主党, Jiyū Minshutō)
* Partido Democrático de Japón (民主党, Minshutō)
* Nuevo Kōmeitō (公明党, Kōmeitō)
* Partido Comunista Japonés (日本共産党, Nihon Kyōsantō)
* Partido Socialdemócrata de Japón (社会民主党, Shakai Minshutō)
* Nuevo Partido Conservador (保守新党, Hoshu Shintō)
* Factores Culturales
La cultura japonesa ha evolucionado de manera considerable en los últimos
años, desde el país original de la cultura Jōmon a su cultura contemporánea,
que combina las influencias de Asia, Europa y Estados Unidos. Las artes
tradicionales incluyen la artesanía (ikebana, origami, ukiyo-e, muñecos, lacas,
alfarería),
actuaciones (bunraku, Kabuki, Noh, rakugo), tradiciones (ceremonia del
té, Budō, la arquitectura, los jardines, las espadas) y cocina.
La fusión entre la impresión tradicional en madera y el arte occidental condujo a
la creación del manga, un formato japonés de Historieta popular dentro y fuera
de Japón. El manga ha influido la animación para la televisión y el cine dando
origen al anime y el llamado live action movie, normalmente filmes o teleseries
encarnadas por actores y basados en series de animación populares.
Las consolas de videojuegos japonesas han prosperado desde el decenio
de 1980.
La música de Japón es ecléctica, después de haber tomado prestados
los instrumentos, las escalas y estilos de las culturas vecinas. Instrumentos,
como el koto, se introdujeron durante los siglos IX y X. El recitativo
acompañado del teatro Nō fecha del siglo XIV y la música folclórica popular,
con la guitarra shamisen, desde el XVI. La música occidental, presente desde
finales del siglo XIX, ahora forma parte integrante de la cultura japonesa.
Después de la Segunda guerra mundial, Japón ha sido influido por la música
moderna de estadounidenses y europeos, lo que ha dado lugar al J-Pop.
El karaoke es la actividad cultural más ampliamente practicada. En noviembre
de 1993, un estudio realizado por la Agencia de Asuntos Culturales encontró
que ese año, eran más los japoneses que habían cantado karaoke, que los que
habían participado en manifestaciones culturales tradicionales, tales como
arreglos florales o la ceremonia del té.
Las primeras obras de la literatura japonesa incluyen Kojiki y Nihonshoki, dos
libros de historia y
el Man'yōshū, un libro de poemas del siglo VIII, todos escritos en caracteres
chinos. En los primeros días de la era Heian, el sistema
de transcripción conocido como kana (Hiragana y Katakana) fue creado como
fonogramas. Kaguya es considerada la más antigua descripción en japonés.
Makura no Sōshi, una reseña de la vida en la corte de Heian, es un libro escrito
por Sei Shōnagon, mientras que Genji Monogatari de Murasaki Shikibu es a
menudo descrito como la primera novela del mundo. La era Meiji, durante el
cual la literatura japonesa integrada influencias occidentales, vio el declive de
las formas literarias tradicionales. Natsume Sōseki y Mori Ōgai fueron los
primeros "modernos" novelistas de Japón, seguido de Akutagawa Ryūnosuke,
Tanizaki Jun'ichirō, Yasunari Kawabata, Yukio Mishima y, más recientemente,
Haruki Murakami. Cuenta además con dos premios Nobel, los autores Yasunari
Kawabata (1968) y Kenzaburo Oe (1994).
* Factores Sociales
Los jóvenes han sufrido una intensa revolución fruto de la presión de la
escuela, familia, y el código de educación, muy estricto. Así, algunos imitan a
los jóvenes de cultura occidental y su aspecto intenta ser similar al manga y
al anime. No obstante, la influencia de la cultura occidental entre la juventud
japonesa ha venido decreciendo de forma sostenida desde mediados de
los años 1990.
Las personas ancianas son muy tradicionales y siguen normalmente el código
de conducta que se basa en el respeto a la familia y al trabajo. Estas son
algunas de las razones que han llevado a tal revolución juvenil. Sin embargo,
es importante destacar que la tal
llamada revolución sólo afecta al 5-10% de la juventud, ya que el resto respeta
y admira la cultura tradicional.
Es uno de los países industrializados donde aún se mantiene la pena de
muerte. De hecho, se ha revivido la aplicación de la pena capital en Japón;
en 2007 se ejecutaron por ahorcamiento a 9 hombres y a 15 mujeres en 2008.
* Factores Económicos
Japón es la tercera economía más grande del mundo, después de los Estados
Unidos, en torno a 4,5 billones de dólares en términos de PIB nominal y
la tercera después de los Estados Unidos y China en términos del poder
adquisitivo. Su PIB por hora trabajada es el 18º más alto del mundo
desde 2006.
Banca, seguros, bienes raíces, venta al por menor, el transporte y las
telecomunicaciones son las principales industrias. Tiene una gran capacidad
industrial y es el hogar de algunos de los mayores, mejores y más avanzados
tecnológicamente productores de vehículos de motor, equipos electrónicos,
máquinas, herramientas, acero y metales no-ferrosos, barcos, productos
químicos, textiles y alimentos procesados. La construcción ha sido durante
mucho tiempo una de las más grandes industrias, con la ayuda de contratos
públicos en el sector civil por miles de millones de dólares. Ha elevado
la libertad económica, la cooperación entre gobierno e industria, el énfasis en la
ciencia y la tecnología, y una fuerte ética de trabajo han contribuido
al crecimiento económico. Características notables de la economía de este
país, incluyen una fuerte unidad
entre productores, manufactureros y distribuidores, reunidos en grupos
conocidos como keiretsu y la relativamente
baja competencia internacional en los mercados internos. Existen varias
modalidades laborales, tales como la garantía de empleo vitalicio en las
grandes corporaciones.
Recientemente, algunos encargados de formular las políticas han alentado la
reforma y las empresas japonesas han empezado a abandonar algunas de
esas normas en un intento de aumentar la rentabilidad. La presión fiscal es
menor que en cualquier gran país occidental, siendo del 26,4% del PIB a partir
de 2007. Sólo una minoría de empleados japoneses paga cualquier impuesto
sobre la renta, el impuesto al Valor Agregado es de sólo 5%, mientras que las
tasas de impuestos a las empresas son altos.
Algunas de las compañías más grandes del país incluyen a Nintendo, Toyota
Motor, NTT DoCoMo, Canon, Honda, Takeda Pharmaceutical Company, Sony,
Nippon Steel, Tepco, Mitsubishi Estate, y Seven & I Holding. Es el hogar de
algunas de las entidades bancarias más grandes del mundo por activos
bancarios. La Bolsa de Valores de Tokio con una capitalización de mercado de
más de 549,7 billones de yenes en diciembre del 2006 se erige como la
segunda más grande del mundo.
Desde el decenio de 1960 hasta la década de 1980, en términos generales el
crecimiento económico real se ha llamado el "milagro japonés": un 10% de
media en el decenio de 1960, el 5% de media en el decenio de 1970 y un 4%
promedio en la década de 1980. Este crecimiento se desaceleró notablemente
en el decenio de 1990, en gran parte debido a las secuelas del exceso
de inversión a finales de los años 1980 y las políticas nacionales destinadas a
controlar los excesos especulativos de los mercados
inmobiliarios. Los esfuerzos del gobierno para reactivar el crecimiento
económico tuvieron poco éxito y fueron obstaculizados en 2000 y 2001 por la
desaceleración de la economía mundial. Sin embargo, la economía mostró
signos de fuerte recuperación después de 2005. El crecimiento del PIB para
ese año fue del 2,8%, con un cuarto trimestre de expansión a 5,5%, superando
las tasas de crecimiento de los Estados Unidos y la Unión Europea durante el
mismo período.
Debido a que sólo alrededor del 15% de la tierra es apta para el cultivo, un
sistema de terrazas agrícolas se utiliza para cultivar en áreas pequeñas. Esto
ha dado lugar a uno de los más altos niveles de rendimiento de cosechas por
unidad de superficie en el mundo, mientras que los subsidios agrícolas y la
protección son costosos. Importa alrededor del 50% de sus necesidades
de cereales y otros cultivos, y cubre con importaciones la mayor parte de su
oferta de carne. En la pesca comercial de peces, se sitúa en segundo lugar en
el mundo detrás de China en el tonelaje de pescado capturado. Mantiene una
de las flotas pesqueras más grande del mundo, y representa casi el 15% de las
capturas mundiales.
El transporte está muy desarrollado. A partir de 2004, hay 1.177.278 km de
carreteras pavimentadas, 173 aeropuertos, y 23.577 km de ferrocarriles. Los
puertos más importantes incluyen el Puerto de Yokohama y el Puerto de
Nagoya. La mayoría de la energía se produce a partir de petróleo, gas natural
y carbón. La energía nuclear en Japón produce un tercio de la electricidad y
pretende doblar dicha cifra en las próximas décadas.
Los principales socios
de las exportaciones son los Estados Unidos 22,8%, la Unión Europea el
14,5%, China 14,3%, Corea del Sur 7,8%, Taiwán 6,8% y Hong Kong 5,6%
(datos de2006). Las principales exportaciones japonesas son equipos de
transporte, los vehículos de motor, electrónica, maquinaria eléctrica y productos
químicos. Con muy limitados recursos naturales para sostener el desarrollo
económico, Japón depende de otras naciones para el suministro de la mayor
parte de sus materias primas. Sus principales socios para las importaciones
son China 20,5%, los Estados Unidos 12,0%, la Unión Europea el
10,3%, Arabia Saudita 6,4%, Emiratos Árabes Unidos 5,5%, 4,8% Australia,
Corea del Sur 4,7% e Indonesia 4,2% (datos de 2006). Las principales
importaciones realizadas son maquinaria y equipo, combustibles fósiles,
productos alimenticios (en particular el sector de la carne), productos químicos,
textiles y materias primas para sus industrias. En general, los más grandes
socios comerciales del Japón son China y los Estados Unidos.
* Factores Demográficos
Japón sufre en la actualidad de un descenso en su índice de natalidad (1,3
hijos por mujer), causado entre otras razones por el elevado coste de criar y
educar a un hijo. Si a lo anterior se le añade el hecho de que posee el tercer
puesto en la población más longeva del mundo (82,07 años), la combinación de
menos nacimientos con decesos más tardíos, hace temer por la viabilidad de
su sistema de pensiones y la disponibilidad en el futuro de mano de obra
suficiente. En 2005 por primera vez el número de japoneses decreció, pues se
registraron menos nacimientos que decesos.
Shoshika (少子化)
es una palabra de reciente acuñación (años 1990), cuya traducción podría ser
«disminución en el número de niños» y que en la actualidad es utilizada para
referirse esta carencia de infantes cada vez mayor en la sociedad japonesa.
En respuesta a este problema, el gobierno ha elevado la edad de jubilación,
pero se prevé para las próximas décadas la continuidad de esta declinación de
la población. Además, en 1999 reforzó las leyes contra la discriminación de las
mujeres en el trabajo. A su vez, lanzó tres proyectos: Plan Ángel, Nuevo Plan
Ángel y Una Propuesta Más, todos ellos orientados a facilitar que las mujeres
puedan trabajar y ser madres a la vez. Pero estas medidas chocan con la
fuerte tradición que rige la sociedad japonesa.
Como medida complementaria, las empresas solicitan que se bajen las
barreras inmigratorias, para permitir la entrada de mano de obra no cualificada.
Este proyecto está fuertemente cuestionado, porque terminaría con
la homogeneidad social, provocando inevitables roces sociales. Como plan a
largo plazo, las compañías invierten grandes sumas de dinero en investigación
y desarrollo de robótica. Actualmente, Japón posee 410.000 de los
720.000 robots industriales en todo el mundo.
* Factores del Mercado
Los consumidores japoneses se encuentran entre las personas más exigentes
del mundo en lo que se refiere a la calidad de las mercancías. Las deficiencias
que no constituirían ni siquiera un problema en otro país - una falla diminuta,
una costura desalineada, la pintura manchada - provocan todas ellas que los
productos constituyan artículos dañados para los consumidores
japoneses. Los japoneses crean normas de calidad y durabilidad estrictas para
los productos manufacturados y exigen que los productos individuales se
ajusten a las mismas. Los productos que pueden mantener una alta calidad a
un costo razonable, forman la base de lo que piensan los consumidores
japoneses con respecto a la mercancía en general.
La respuesta de los fabricantes locales a estas exigencias de los consumidores
ha dado como resultado mejoras en la calidad de los productos
manufacturados y establecidos, a su vez, la reputación de Japón con respecto
a productos de calidad superior.
Se creyó también alguna vez que la envoltura de alta calidad era esencial,
debido a que los consumidores japoneses valoran la apariencia externa de los
productos. Sin embargo, con la excepción de algunos artículos para regalo, se
evita generalmente en la actualidad el empaque excesivo con el objeto de
reducir el desperdicio y el costo.
De acuerdo con una de las principales compañías de ventas al menudeo de
Japón, los consumidores expresan en mucho la misma queja en lo que
respecta a la gran mayoría de los productos. El daño superficial (un araño en
un producto para el hogar, por ejemplo) es la queja más común. El personal de
los departamentos de relaciones con el cliente, en las tiendas de venta al
menudeo, observa que, dado que los consumidores se molestan incluso por
estas pequeñas fallas, debe tenerse un gran cuidado en el manejo del
producto.
La exigencia con respecto al desempeño es también inexorable. Los
consumidores buscan productos confiables y un servicio satisfactorio después
de la venta. Cuando un consumidor
considera que ha comprado un producto cuyas características no corresponden
a lo deseado, cambiará inmediatamente de marca. En caso de que surja
cualquier clase de problema con un producto manufacturado, el consumidor
japonés espera que se remedie inmediatamente.
Una queja con respecto a los productos importados es que, debido a la falta de
partes y otros motivos, las reparaciones toman demasiado tiempo. Algunos
consumidores no están tampoco satisfechos con ciertas prendas de vestir
importadas que "se deshilachan y cuyos botones se caen en el momento en
que se usa“. El origen de su frustración es que las costuras están mal
terminadas
* Infraestructura
Además de contar con su mundialmente famosa red de transportes, las
infraestructuras de Japón han continuado su desarrollo hasta alcanzar
estándares altos, óptimos para la tecnología de la información y las
comunicaciones (TIC), logística y otros propósitos, que permiten el desarrollo
de su empresa, de actividades empresariales de información avanzada y de
sistemas de logística, en base a estas infraestructuras.
* Infraestructuras de vanguardia para las tecnologías de la información y las
comunicaciones
Contando con el apoyo y admiración de todo el mundo, las redes de
información y telecomunicaciones rápidas/ultra rápidas de Japón seguirán
expandiéndose en el futuro.
La Estrategia II de e-Japón:
La Estrategia de e-Japón, elaborada en enero de 2001, estableció como
objetivo conseguir que 10 millones de hogares contaran con una conexión a
Internet ultra rápida. Además de haber alcanzado este objetivo, las tarifas
mensuales han descendido
hasta el punto de ser las más bajas del mundo. Posteriormente, el gobierno
japonés elaboró, en julio de 2003, la Estrategia II de e-Japón con la intención
de llevar a cabo una enérgica reforma de los sistemas socioeconómicos que
incorporan esta plataforma TI. Ahora, trabaja activamente en el desarrollo de
nuevas infraestructuras sociales de TI.
* Infraestructuras de gran fiabilidad para sistemas logísticos
Usar la red de infraestructura altamente desarrollada de Japón, que presume
de un nivel de precisión sin parangón en todo el mundo, hace posible el
desarrollo estratégico de las actividades empresariales.
* Geografía
Japón es un archipiélago estrato volcánico compuesto por 374.744 km² de islas
y 3.091 km² de agua y conformado por más de seis mil islas que se extienden a
lo largo de la costa asiática este del océano Pacífico y en los archipiélagos de
Ryukyu, Izu y Ogasawara.34 Según el censo de 2005 tiene 127,55 millones de
habitantes.35 El país está ubicado al nor-noreste de China y de Taiwan
(separado por el mar de China Oriental), levemente al este de Corea (separado
por el mar del Japón) y al sur de Siberia, Rusia. Las cuatro islas principales, de
norte a sur, son Hokkaidō, Honshu, Shikoku y Kyushu. La isla de Okinawa (600
km al sudoeste de Kyushu) les sigue en magnitud. Cerca del 73% del país es
montañoso, cada isla cuenta con su cadena montañosa. La montaña más alta
es el Monte Fuji (Fujisan), de 3.776 m de altura y le sigue Kitadake, con 3.193
m de altura. Debido a que existe tan poco terreno llano en Japón, muchas
colinas y laderas son aprovechadas en su totalidad para el cultivo. Como
se encuentra situada en una zona de mucha actividad volcánica resultan
frecuentes temblores de pequeña magnitud y actividad volcánica ocasional.
Terremotos destructivos ocurren varias veces cada siglo, resultando a menudo
en tsunamis.
B. GUÍA DE MERCADO PARA JAPÓN
* Ámbito Regulatorio
Los criterios de importación de productos de abeja (miel, jalea real y propóleos)
en el caso de consumo humano se apegan a las reglas del Ministerio de
Agricultura, Silvicultura y Pesca (MAFF) y en uso industrial (cosméticos) al
Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social (MHLW). En ambos casos
deben considerarse los requerimientos de la Food Sanitation Law.
* Cuando la miel es importada empacada, envasada o en estado natural (en
ocasiones, contiene larvas o abejas) deberá someterse a la inspección
sanitaria animal (cuarentena) provista en la Domestic Animal Infectious
Diseases Control Law.
* Cuando el producto es importado como farmacéutico (o promueve eficacia y
efectos medicinales) está sujeto a la Pharmaceutical Affairs Law.
En Japón las normas y regulaciones cambian de manera constante ya que se
realizan modificaciones periódicas sobre ciertos sectores y/o productos
(especialmente en la industria alimenticia). SAGARPA, SE y ProMéxico pueden
brindar asesoría al respecto.
* Impuestos y Cuotas
Preferencia arancelaria gracias al AAE (Acuerdo para el Fortalecimiento de la
Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y El Japón) siento
de $0.00
* Barreras NO Arancelarias
Al evaluar el acceso potencial al mercado japonés, se debe tomar en
consideración el impacto de
las barreras no arancelarias, como son las cuotas, prácticas aduaneras,
normas, procedimientos de certificación, compras gubernamentales, medidas
sanitarias y fitosanitarias, entre otras.
Como se comentó anteriormente, Japón ha usado restricciones cuantitativas
básicamente en el sector agrícola, pero siguen existiendo algunas cuotas
(desde 1997) también en pesca. Arenques, calamar, bacalao y algas marinas
son algunas de las importaciones marítimas cuyo volumen está sujeto a
restricciones. (OMC: 50).
El papel que juegan otras barreras no arancelarias para impedir el acceso al
mercado japonés es más difícil de evaluar. A pesar de los tiempos reducidos
para el despacho de mercancías, los procedimientos aduaneros en Japón aún
son considerados lentos para un país industrializado (en 1996 el tiempo
promedio para el despacho de carga marítima era de 4 días y para carga aérea
de 46.3 horas) (OMC, 1998: 46). En relación con las normas industriales, Japón
ha tratado de armonizar sus normas con las internacionales, y en 1995
se fijó la meta de alinear 1,000 normas en tres años. Sin embargo, persiste el
desacuerdo entre Japón y sus principales socios comerciales sobre si
realmente se han logrado mejoras substanciales (OMC, 1998: 53). En cierta
medida se han incrementado las pruebas en el extranjero, pero en un reporte
de 1996, la Oficina del Ombudsman de Comercio señaló que: “El sistema
utilizado para aceptar información de inspecciones realizadas en el exterior,
aún cuando existiera, rara vez se utiliza en la práctica, dado que sólo unas
cuantas instituciones extranjeras de inspección están autorizadas y/o existen
diferencias en los métodos de prueba utilizados”. (Citado en OMC, 1998: 54).
Las regulaciones técnicas obligatorias son frecuentes para productos
farmacéuticos, fertilizantes, alimentos y productos eléctricos. En el área de
regulaciones sanitarias y fitosanitarias, la Ley de Salubridad Alimenticia fue
modificada en 1996 para establecer, entre otras medidas, los límites máximos
de residuos químicos en productos alimenticios (OMC, 1998: 57). Se han
eliminado las prohibiciones a los jitomates de Estados Unidos y Canadá y
recientemente, se han liberalizado las regulaciones sobre importaciones de
manzanas de Estados Unidos (Eftalck, 1998: 57). Tal como nos sugieren estos
ejemplos, se requiere un estudio mas detallado sobre el impacto de
regulaciones sanitarias y fitosanitarias en el comercio japonés de productos
agrícolas. Japón también ha progresado en la apertura de las compras
gubernamentales a proveedores extranjeros, en la medida en que las
licitaciones abiertas han sustituido de manera gradual las licitaciones
selectivas. Japón es signatario del Acuerdo de la OMC sobre Compras
Gubernamentales de 1996, y los umbrales para las compras de bienes y
servicios son similares o inferiores a los de los otros signatarios, excepto en el
área de la construcción donde son substancialmente más altos.
* Requerimientos para Exportar
Permiso de importación, certificado de origen, certificado fitosanitario
internacional.
C. FACTIBILIDAD COMERCIAL
* Características del mercado
La población actual de Japón, es de 127,463, 611 habitantes, experimentó una
rápida tasa de crecimiento durante el Siglo XX, como
resultado de cambios científicos, industriales, y sociales. El crecimiento
poblacional ha decrecido recientemente debido a una disminución en la tasa de
natalidad y el bajo ingreso de inmigrantes. El alto grado de saneamiento y
estándares de salud han hecho que Japón posee uno de los más altos índices
de esperanza de vida en el mundo, 81.25 años para el 2006.1 La población
comenzó a disminuir en el 2005, cuando los 1.067.000 nacimientos fueron
superados por la cantidad de 1.077.000 de muertes anuales. Usando como
base las actuales tasas de nacimiento y muerte, y ningún cambio significativo
en las políticas de inmigración, se estima que la población de 127 millones
disminuya a 100 millones para el 2050, y 64 millones para el 2100. Se prevé
que uno de los problemas más significativos que traerá consigo esta reducción
será de índole financiero debido al aumento en la proporción de dependencia
por el aumento en la población anciana y la disminución en el número de
jóvenes capacitados para trabajar
* Desarrollo de las Importaciones de miel
Japón es el cuarto importador de miel a nivel mundial. La producción doméstica
alcanza las 2,500 toneladas promedio por año mientras que las importaciones
anuales oscilan alrededor de las 40,000 toneladas. La tendencia presente y
futura es hacia un incremento en las importaciones debido a la reducción de la
capacidad doméstica y el elevado costo de producción local. La jalea real es en
su mayoría importada – con una producción nacional de tan sólo 3 toneladas –
y en el caso de los propóleos4 no existen cifras específicas pero se estima que
el mercado lo concentran importaciones
brasileñas.
* Competencia Internacional
De acuerdo con el Servicio de Aduanas en Japón el valor total de las
importaciones de miel en 2008 alcanzó las 41,683 toneladas con valor de $ 85
MDD, un incremento del 15% en términos de volumen con respecto al año
anterior y del 30% arriba en valor (precio pagado por tonelada).
* Composición de las importaciones de miel de Japón de acuerdo con el país
de origen (volumen)
* Composición de las importaciones de miel de acuerdo con el país de origen
(valor)
* Producción Domestica
La producción local de miel en Japón se mueve alrededor de las 2.800
toneladas y representa un 6,4% del total consumido por la población. De esta
manera, el restante 93,6% del consumo, debe ser provisto por medio de
importaciones.
* Tendencias del Mercado
En general, el consumidor japonés prefiere la miel de color claro y sabor suave
proveniente de plantas como la flor de loto, astragalus, acacia, nueces y trébol.
Existe presencia de la miel concentrada o mantequilla (estilo europeo) pero el
volumen de ventas no es representativo. La miel cristalizada no es la preferida
por el consumidor japonés por lo que es conveniente evitar su cristalización
(consolidación) al determinar cuestiones logísticas. De acuerdo a una encuesta
dada a conocer en FOODEX 2009, los 10 sabores y olores favoritos de los
japoneses son: café, naranja, chocolate, toronja, té verde o matcha, limón,
vainilla, fresa, manzana y crema. Lo anterior refleja el potencial que el producto
mexicano tiene en Japón ya que la mayoría de estos sabores se producen en
México. La miel de flor de naranjo
es la que hasta el momento se ha relacionado con lo mexicano. En este sentido
cabe señalar que en Japón existe un fuerte grado de asociación de los
productos con el país de origen, por ejemplo el tequila, los nopales y las tortillas
se asocian con nuestro país. Otro claro ejemplo de ello es la miel de árbol de té
neozelandesa, la cual logró colocarse como exclusiva de la región y se adaptó
al paladar japonés.
Tanto la calidad del producto como la presentación tienen el mismo nivel de
valor para el consumidor japonés, quién tiene gustos sofisticados y está
acostumbrado a revisar las etiquetas del producto, valor nutricional y origen del
producto y en consecuencia está dispuesto a pagar más por el mismo. De
acuerdo a la Asociación Japonesa de Alimentos Saludables y Nutrición, el
“síndrome del metabolismo” (cuidado de la salud mediante el monitoreo de la
alimentación y el contenido de los productos) ha generado un crecimiento
exponencial del valor de mercado de los productos saludables en la última
década y las estimaciones señalan que dicha tendencia se mantendrá de
manera constante.
* Practicas de Comercialización
La mayoría de la miel en Japón es importada en bidones u otro tipo de
contenedores (generalmente de 200 kilos). Generalmente el producto es re-
empacado por proveedores domésticos (empresas empacadoras y/o
refinadores). Es poco común que la miel se importe como producto terminado
en forma de latas o botes.
Los puntos de venta abarcan mayoristas, supermercados, tiendas
departamentales y otros puntos de venta minoristas. Sin embargo, la rotación7
del producto en el estante es baja en
comparación con otros productos alimenticios. Las empresas y marcas más
conocidas en el mercado son: Japan Astragalus (Astragalus), Kato Brothers
Honey (Cherry), Meidi-Ya y Yamato Honey, entre otras.
En el caso de los supermercados y tiendas de conveniencia el producto es
colocado en la categoría de mieles, jaleas y mermeladas. Las presentaciones
van de los 100 gramos a 1 kilogramo, siendo la presentación de 250 gramos la
más común, seguido de la de 500 gramos. La miel de acacia y flor de loto son
las variedades más populares en los supermercados, provenientes por lo
general de China y Argentina. Las variaciones de precio del mismo producto de
una tienda a otra están determinadas por el nivel de servicio al cliente del
supermercado así como la ubicación geográfica (centros urbanos, suburbios,
etc.); lo cual representa también una oportunidad para colocarse en los
mercados con menor competencia pero demanda constante. Existe potencial
de integrar la miel mexicana en la producción agrícola e industrial del país (Por
ejemplo, Hokkaido – la isla del norte – mediante la mezcla o creación de
productos lácteos con miel, ya sea yogurt, leche o quesos fortificados, etc.)
En la categoría de tiendas de especialidad se encuentra una mayor oferta de
mieles identificadas con países y se ofrece la degustación del producto; por lo
general estas tiendas están localizadas en zonas exclusivas o centros
comerciales de prestigio.
D. REQUISITOS DEL PRODUCTO
El Código de competencia justa relacionado a la representación de la miel
especifica las características y estándares de composición
del producto en Japón.
* CRITERIOS DE COMPOSICIÓN
CATEGORÍA | CARACTERÍSTICAS |
MIEL NATURAL | La miel de abeja debe cumplir con los siguientes criterios:
Humedad: menor al 20% a una temperatura de 20 grados centígrados
Contenido de glucosa y fructuosa (acumulado): al menos 60 % por cada 100
grs. Sacarina: al menos 5% por cada 100 grs. Dextrina almidonada: reacción
negativa |
MIEL REFINADA | Producida mediante la eliminación de color y olor
(reducción) |
MIEL ENDULZADA | Adicionada con jarabe, almíbar u otras sacarinas. El
contenido de miel debe ser 60% en términos del peso |
MIEL EN PANAL | Panal en estado natural o celdas encapsuladas con miel sin
la presencia de larvas |
MIEL CON TROZOS DE PANAL | Nueva categoría de acuerdo con la revisión
de noviembre del 2004 |
Fuente: JETRO * La miel artificial está bajo otra clasificación arancelaria
1702.90-290
* Normas de Calidad
|
*
|
*
|
MINISTERIO DE AGRICULTURA: Sitio oficial que informa sobre las normas
JAS de etiquetado para productos agrícolas frescos, procesados,
genéticamente modificados (transgénicos). Informa también sobre el sistema
de certificación y, la normativa japonesa que regula la producción,
comercialización, certificación e importación de productos agrícolas orgánicos
(incluye alimentos orgánicos procesados).
JETRO: Contiene una nómina de textos completos con normas de calidad y
sanitarias
JAPAN FOOD CHEMICAL RESEARCH FOUNDATION: Base de datos en línea
que muestra los límites máximos de residuos químicos en alimentos
preparados, productos pesqueros y productos cárnicos, cultivos
y aguas minerales.
* Cumplimiento de las siguientes normas:
FOOD SANITATION LAW | Estándares y regulaciones de empaque así como
el origen y confiabilidad delos alimentos (uso de sustancias toxicas, sustancias
peligrosas y aditivos) |
JAS LAW | -Estandarización y uso apropiado de empaques de productos
agrícolas y forestales con destino al consumidor final.-Por reglamentación en
caso de productos importados debe indicar el país de origen. |
MEASUREMENT LAW | Los productos de miel envasados o en presentaciones
herméticas deben especificar el contenido neto con la mayor precisión posible.
|
HEALTH PROMOTION LAW | Relacionado al contenido nutricional, calorías y
fechas de caducidad. |
ACT AGAINST UNJUSTIFIABLE PREMIUMS AND MISLEADING
REPRESENTATIONS | En caso de exageraciones o etiquetado falso en cuanto
a la naturaleza o calidad del producto la Comisión de Comercio Justo puede
solicitar información para verificar las cualidades del producto. |
CATEGORÍA FNCF | En los casos de productos que promuevan valores
nutricionales, existe la categoría FNCF (alimentos con valor nutricional) de
acuerdo a los estándares de consumo diario (o recomendados) emitidos por el
Ministerio de Salud. |
LEY PARA LA PROMOCIÓN DE UTILIZACIÓN EFECTIVA DE RECURSOS |
Composición de envases y empaques debe sujetarse a los criterios específicos
de separado y recolección de basura. Debe especificarse si la envoltura es
individual (interior) o exterior (dicha indicación debe ser visible) |
E. REQUERIMIENTOS ESPECÍFICOS PARA EXPORTAR A JAPÓN
* Lista de requerimientos para comercializar miel en Japón
PROCEDIMIETO | DOCUMENTO(s) | RESPONSABLE | INSTITUCION (a la
que se presenta o solicita) | OBJETIVO/COMENTARIOS |
CALIFICACION PARA EXPORTAR | Certificado de inspección fitosanitaria |
Productor/Comercializador | SAGARPA / SENASICA | Verificar la calidad del
producto y el proceso (apto para consumo humano y libre de enfermedades) de
acuerdo a la norma establecida |
CALIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LOS ESTÁNDARES JAPONESES |
Positive List System (Japón) | Exportador | Ministerio de Salud / Laboratorios
Autorizados (registrados) por dicho Ministerio en México | Establece las
cantidades permitidas para el uso de químicos agrícolas, medicamentos en
animales, aditivos alimenticios y estándares residuales de Japón |
SOLICITUD PARA ASIGNACIÓN DE CUPO | Constancia de asignación |
Exportador | Secretaría de Economía / Delegaciones | - Este trámite debe
realizarse anualmente y su validez es para el año fiscal japonés en curso (de 1
de abril al 31 de marzo)- Al momento de la solicitud debe presentarse el
formato SE-03-011-1 (disponible en la página de Internet de la SE)- Se recibirá
respuesta en un máximo 7 días en la delegación correspondiente (notificando
el monto asignado – en este caso toneladas – para exportar) |
SOLICITUD DE CERTIFICADO DE CUPO | Certificado de cupo | Exportador |
Secretaría de Economía / Delegaciones | -Deben presentarse por cada
exportación los siguientes documentos: * Formato SE-03-013-5 (disponible en
la página de Internet de la SE) * Copia de la factura comercial *
Conocimiento de embarque * Carta de porte o guía aérea (AWB)-A partir de la
solicitud del 5to certificado se
debe comprobar el uso de al menos uno de los 4 certificados emitidos
anteriormente |
IMPORTACIÓN | Notificación de importación (incluye tabla del proceso
productivo, composición de ingredientes, etc.) | Importador | Estación de
cuarentena / Puerto de entrada | -Determinación de inspección en puerto de
entrada de acuerdo a la revisión de documentos-Japón NO permite importar
productos alimenticios con residuos antibióticos-Para propóleos y jalea real
deben considerarse posibles regulaciones en temas relacionados con aditivos-
Japón cuenta con el sistema FAINS (Food Automated Import Notification and
Inspection Network System) que permite ingresar documentación relacionada
con la importación vía electrónica. Debe solicitarse previamente un código de
seguridad (acceso) en el Ministerio de Salud |
DISTRIBUCIÓN | Licencia de distribución primaria y aprobación de distribución
primaria | Importador | En caso de que el uso del producto sea como
medicamento debe cumplir con los estándares establecidos. |
VENTA DIRECTA | Cumplimiento de las siguientes normas: |
| Food Sanitation Law | Estándares y regulaciones de empaque así como el
origen y confiabilidad de los alimentos (uso de sustancias tóxicas, sustancias
peligrosas y aditivos). |
| JAS Law | -Estandarización y uso apropiado de empaques de productos
agrícolas y forestales con destino al consumidor final-Por reglamentación en
caso de productos importados debe indicar el país de origen. |
| Measurement Law | Los productos de miel envasados o en presentaciones
herméticas deben especificar el contenido neto con la mayor precisión posible |
| Health
Promotion Law | Relacionado al contenido nutricional, calorías y fecha de
caducidad |
| Act Against Unjustifiable Premiums and Misleading Representations | En caso
de exageraciones o etiquetado falso en cuanto a la naturaleza o calidad del
producto la Comisión de Comercio Justo puede solicitar información para
verificar las cualidades del producto |
Durante el proceso de inspección en puerto se presta especial atención al uso
de antibióticos. Algunos países utilizan tetrcylcine y streptomycin para evitar
enfermedades contagiosas entre las abejas. Japón NO permite importar
productos alimenticios con estos componentes (incluyendo miel, jalea real y
propóleos), incluso en pequeñas cantidades. Cuando se detecte la presencia
de estos componentes se realizará una inspección a todos los productos
relacionados provenientes del mismo país de origen. En caso de encontrarse
violaciones sistemáticamente puede prohibirse la entrada de toda la miel
proveniente del país que cometió la infracción de acuerdo con las regulaciones
establecidas en los estándares químicos para productos agrícolas.
En caso de que el distribuidor primario está involucrado en las actividades de
empaque, etiquetado o almacenamiento del producto importado está obligado a
tramitar una licencia de manufactura en Japón. En el caso de productos
orgánicos el producto debe cumplir con la Ley Cero (utilización nula de
químicos) y para productos relacionados con cosméticos y belleza (jabones,
cremas y cápsulas) con la reglamentación de buenas prácticas y riesgos.
Asimismo, en ciertos países algunos productos derivados de la miel son
considerados
como farmacéuticos debido a su eficacia medicinal pero en Japón son
considerados como productos para la salud, por lo que debe revisarse con
cuidado la clasificación del producto. La categorización japonesa está basada
en cuatro criterios para distinguir entre ambos productos:
a) Uso de ingredientes
b) Señalamiento de la eficacia y efectos medicinales,
c) Similitud en forma
d) Similitud en uso
Cuando las características del producto son difíciles de determinar se puede
consultar al Departamento de Seguridad Alimentaria o la división de asuntos
farmacéuticos de la Prefectura (equivalente a una entidad federativa en
México).
La Pharmaceutical Affairs Law permite importar miel y jalea real como materia
prima para su transformación en cosméticos. En el caso de venta al público de
medicamentos debe obtenerse la licencia de distribución en la Prefectura
correspondiente por cada tienda detallista. Para obtener dicha licencia debe
demostrarse que se cumple con todos los requisitos (a cargo del portador de la
licencia de distribución primaria).
* Permisos Sanitarios
Ley de Sanidad de Alimentos
A fin de asegurar niveles mínimos de calidad sanitaria, Japón como otras
naciones, ha concebido normas y requisitos adecuados a sus singulares
hábitos alimenticios. La proporción de autosuficiencia alimenticia de Japón es
sumamente baja y, en realidad, por lo menos el 40% de los alimentos
consumidos en Japón son importados. La proporción de dependencia del
Japón en los alimentos importados es elevada tanto para los productos
primarios como para los alimentos procesados y la proporción de dependencia
se incrementa aún más cuando se toman también en consideración los
alimentos para animales.
Para exportar a Japón, el proveedor extranjero debe hacer frente a la tarea de
entender la legislación y los complicados reglamentos relacionados con la
sanidad de los alimentos en Japón. En algunos casos, los productos
alimenticios que se han descargado en los muelles no han sido aceptados y se
obliga al importador a regresarlos a su lugar de origen por no cumplir con los
parámetros sanitarios, debido a que violan las normas sobre alimentos.
ADMINISTRACIÓN DE LA SANIDAD DE LOS ALIMENTOS
La Ley de Sanidad de Alimentos entró en vigor en 1947. Incluye todos los
reglamentos relacionados con los alimentos, los aditivos para alimentos, los
utensilios para comer, los recipientes de alimentos, la maquinaria para el
empaque y procesamiento de los alimentos y juguetes infantiles. La ley confiere
la autoridad de la administración de la salud pública al Ministerio de Salud y
Bienestar. La Oficina de Salud Ambiental recae en el Ministerio de Salud y
Bienestar y las Oficinas de Salud Pública que son responsables de la ejecución
de la administración de la sanidad de los alimentos.
Las Oficinas de Salud Pública son responsables de la inspección de sanidad de
los alimentos y del otorgamiento de licencias para negocios. El Ministerio de
Salud y Bienestar se ocupa principalmente de coordinar las políticas y de la
planeación administrativa general para la sanidad de los alimentos.
PERFIL DE LA LEY DE SANIDAD DE ALIMENTOS
La Ley de Sanidad de Alimentos se aplica a todos los alimentos y bebidas que
se consumen en Japón. Los
alimentos producidos en Japón y los alimentos importados reciben el mismo
trato de acuerdo con las disposiciones de la ley, cuyo objeto es la prevención
de todos los riesgos para la salud ocasionados por causas biológicas, químicas
o físicas, tales como envenenamiento, uso de servicio de mesa, papel de
envoltura, latas, botellas y otros empaques contenedores. La ley también se
aplica a artículos tales como juguetes que pueden entrar en contacto con la
boca de los niños y a agentes limpiadores y utensilios de mesa que pudieran
ser dañinos para la salud de la misma manera que los aditivos de alimentos.
Se prohíbe generalmente, el ingreso de alimentos podridos, descoloridos,
descompuestos o inmaduros. Naturalmente, los productos hechos con base en
la fermentación de frijoles y granos, tales como el vinagre, el sake, el requesón
o cuajada de frijol, etc., no son dañinos para la salud humana y están exentos
de la regla anterior.
Están prohibidos los alimentos que contienen sustancias venenosas y dañinas,
los alimentos que han estado en contacto con dichas sustancias, o que se
sospecha que contienen dichas sustancias.
Se prohíbe, el ingreso de alimentos contaminados con microorganismos
patógenos, o que se sospeche que sufren de dicha contaminación. Los
ejemplos de estos patógenos y las enfermedades que pueden ocasionar
incluyen a la fiebre tifoidea, la disentería, la fiebre paratifoidea, el cólera, la
salmonelosis, enfermedades ocasionadas por el estafilococo áureo y la
intoxicación con bacilo del botulismo.
Por último, están prohibidos los alimentos que pudieran ser dañinos para la
salud humana debido a la
contaminación con suciedad o sustancias extrañas. Además de los
lineamientos generales anteriores, hay algunas disposiciones especiales sobre
la carne de los animales que sufren ciertas enfermedades, tales como la
morriña, la fiebre aftosa, el cólera porcino, etc., o que se sospeche que se han
contaminado con estas enfermedades. Por esta razón, están prohibidas las
importaciones de carne, jamón, embutidos y tocino, a menos que va yan
acompañadas de un certificado de salud expedido por la autoridad
gubernamental del país exportador, que certifique la higiene de la carne y los
productos cárnicos exportados.
Los adelantos en la ciencia han hecho posible desarrollar y comercializar
alimentos y bebidas sin la adecuada garantía de seguridad. Por esta razón, el
Ministerio de Salud y Bienestar está autorizado para prohibir la venta de ciertos
productos alimenticios que no se ha comprobado todavía que son beneficiosos
para la salud humana. El Ministerio prohibirá dichos productos alimenticios, de
reciente surgimiento, cuando considere que los nuevos productos podrían
representar un peligro, aunque los alimentos ya hayan sido llevados al
mercado.
El Ministerio de Salud y Bienestar ha establecido normas con respecto al
etiquetado de alimentos, aditivos alimenticios, aparatos y empaques. Todas las
etiquetas y marcas requeridas deben estar naturalmente en idioma japonés.
En 1995, se revisaron los reglamentos para hacer valer la Ley de Sanidad de
Alimentos a fin de dar cabida a la tendencia internacional en etiquetado con
respecto a las fechas de expiración de los productos alimenticios. Como
resultado, las fechas de
„es mejor si se consume para“ o „fresco hasta“ se están utilizando en lugar de
las fechas de fabricación (o fechas de importación para los productos
importados).
PROCEDIMIENTO DE IMPORTACIÓN DE ALIMENTOS
Aquellas personas que desean importar (para venta o uso comercial)
alimentos, aditivos de alimentos, empaques, contenedores o aparatos que se
usan de manera conjunta con los alimentos, o juguetes, deben presentar
primero una "Forma de Notificación de Importación de Alimentos“ al Ministerio
de Salud y Bienestar en cada ocasión.
La Forma de Notificación deberá presentarse a la Estación de Cuarentena del
Ministerio de Salud y Bienestar en los 30 principales puertos marítimos y
aeropuertos en todo Japón y deberá ser revisada por dicha estación.
La realización de pruebas o revisiones adicionales depende de los siguientes
factores: violación o presunta violación a alguna de las normas, irregularidades
en el historial de importación de un cargamento en particular e insuficiencia de
la información sanitaria o de normas de origen. Los productos que no están en
conformidad con las normas oficiales, se rechazan naturalmente en este
momento. Se considera que los alimentos que se han determinado que no
requieren revisión, han pasado los procedimientos de notificación de
importación y pueden ahora proseguir para llevar a cabo el despacho aduanal.
Los cargamentos que violen la Ley de Sanidad de Alimentos se retienen en un
almacén afianzado y, después de recibir el aviso, el importador los regresará al
puerto de embarque, los destruirá o llevará a cabo los procedimientos
necesarios en el almacén afianzado. De manera
simultánea, se notifica a la oficina de Aduanas que el cargamento viola la Ley
de Sanidad de Alimentos y que no puede admitirse su ingreso al país.
De acuerdo con la enmienda de la Ley de Sanidad de Alimentos en 1995, los
importadores de productos alimenticios estipulados y productos relacionados
sufragarán el costo de las pruebas y análisis ordenados por el Ministro de
Salud y Bienestar en estaciones de inspección especialmente designadas. Se
requiere que los importadores prueben que el producto no viola las
disposiciones de la Ley de Sanidad de Alimentos. Otros productos alimenticios
se inspeccionarán en estaciones de cuarentena con un método que garantiza
la seguridad de los alimentos importados, sin trastornar los procedimientos de
importación.
SIMPLIFICACIÓN DE LAS IMPORTACIONES
· Debido a una comprensión inadecuada de leyes tales como la Ley de Sanidad
de Alimentos, los exportadores pueden encontrarse con que se prohíbe la
entrada de sus productos al país. Lo anterior puede ocasionar una gran pérdida
económica y dar origen a quejas de prácticas comerciales injustas. Por este
motivo, se ofrecen las siguientes recomendaciones con la esperanza de que se
eviten dichas dificultades.
· Es absolutamente imperativo que se procesen los productos alimenticios en el
país productor mediante métodos que se ajusten a la Ley de Sanidad de
Alimentos de Japón. Por ejemplo, los refrescos, jamones, embutidos y tocino
deben estar todos pasteurizados a temperaturas que se ajusten a las Normas
de Fabricación japonesas.
· Aquellos aditivos de alimentos, sintetizados químicamente, no designados
bajo los artículos de
la Ley de Sanidad de Alimentos, no pueden usarse en alimentos. Por ejemplo,
el estearil lactato de sodio no puede usarse en los productos que desean ser
exportados a Japón. La manera en que se emplean los aditivos de alimentos
debe también ajustarse a los reglamentos japoneses. Por ejemplo, el ácido
benzóico del caviar no debe exceder de 2.5 g/kg, de 0.6 g/kg en la salsa de
soya y de 0.6 g/kg en los refrescos.
· Los materiales de empaque y los juguetes deben estar hechos con materiales
y por métodos que se ajusten a los requisitos de la Ley de Sanidad de
Alimentos. Por ejemplo, la formalina es una sustancia prohibida, que no debe
estar presente en el plástico de los juguetes o empaques.
· Deben anexarse todos los certificados de salud expedidos por la autoridad
reglamentadora del país de exportación. La carne, el jamón, los embutidos, el
tocino y el pez globo son ejemplos de productos que deben contar con la
documentación apropiada.
· Además, los informes de los resultados de las inspecciones, expedidos por
organizaciones de inspección oficiales de otros países, que están registradas
ante el Ministerio de Salud y Asistencia japonés, se aceptan en las estaciones
de cuarentena en Japón. Sin embargo, lo anterior no incluye a los certificados
de inspección con respecto a los análisis para determinar la presencia de
bacterias u otras sustancias, cuya condición sanitaria pueda haber cambiado
con el transcurso del tiempo.
· Después de que los productos importados llegan a Japón, el importador debe
revisarlos una vez más para determinar si cumplen con los requisitos legales
japoneses. Como preparación final, el
importador debe confirmar que está en posesión de todas las pruebas y
documentación necesarias que indiquen que sus productos cumplen con los
requisitos anteriores, de manera que los procedimientos de importación puedan
expeditarse de manera significativa.
· Cuando se importan productos alimenticios a Japón, hay varias maneras de
simplificar y acelerar los procedimientos de importación. Primero, debe
presentarse la notificación con anterioridad a cada importación. El anterior
recibe el nombre de sistema de "notificación previa“. El segundo método se
emplea con relación a los productos que cumplen con ciertas condiciones y que
se transportan a Japón en un plan de importación. En principio, cuando se
incluye la declaración de la importación como parte de la forma de notificación
de importación presentada en el momento de la primera importación, pueden
omitirse las formas de notificación de importación para importaciones futuras
del mismo producto, durante el período de importación planeada. Lo anterior se
denomina sistema de "importación planeada“.
· Por último, debido a que la Ley de Sanidad de Alimentos se aplica tanto a los
alimentos locales como a los importados, es necesaria la debida comprensión
de los sistemas administrativos de la sanidad de alimentos para llevar a cabo,
actividades comerciales con éxito en Japón. Los reglamentos que cubren a la
sanidad de los alimentos son numerosos y complicados. Incluyen a leyes, así
como a disposiciones legales de los gabinetes y ministerios, con base en las
cuales se expiden también notificaciones y directivas adicionales. Sería difícil
entender todos los reglamentos
relacionados con los productos alimenticios. Sin embargo, los exportadores
deben familiarizarse con todos los requisitos pertinentes que se refieren a los
productos alimenticios en particular que tienen la intención de exportar a Japón.
· A partir de marzo de 1994, se puso en práctica el sistema de "confirmación
previa para los alimentos importados“ para simplificar los procedimientos de
inspección en el momento de la importación, mediante la obtención de la
confirmación previa de que el producto cumple con reglamentos japoneses y
registrar a dicho producto y a la planta manufacturera o procesadora.
Ley para la Prevención de Enfermedades Infecciosas en Animales
Domésticos
PERFIL DE LA POLÍTICA DE CUARENTENA ANIMAL
a) La Condición de Salud de los Animales Domésticos en Japón
Japón es uno de los pocos países libres de enfermedades animales infecciosas
virulentas. Como estas enfermedades infecciosas, una vez que se introdujeran
y diseminaran en el país, afectarían gravemente al sector pecuario de la
nación, el gobierno japonés somete a cuarentena a los animales y productos
animales que se importan del extranjero, de acuerdo con la Ley de Control de
Enfermedades Infecciosas en Animales Domésticos.
Japón se encuentra también entre los pocos países no afectados por la rabia,
otra enfermedad virulenta sumamente difundida en diversas partes del mundo,
con inclusión de Europa y los Estados Unidos. La rabia es una enfermedad
mortal que afecta tanto a humanos como animales y da por resultado la muerte
de casi todas las víctimas a las que ataca. De acuerdo con la Ley de
Prevención de la Rabia, el gobierno
japonés somete a cuarentena a todos los perros que se importan al país.
b) Finalidad
La cuarentena animal está concebida para impedir que las enfermedades
infecciosas, que afectan a los animales domésticos, entren a Japón por medio
de animales y productos de origen animal importados del extranjero y para
restringir la invasión de rabia a Japón por medio de perros importados.
Las Estaciones de Cuarentena Animal, Ministerio de Agricultura, Silvicultura y
Pesca, someten a los animales y a los productos de origen animal a
cuarentena de acuerdo con la Ley para la Prevención de Enfermedades
Infecciosas en Animales Domésticos y a los perros de acuerdo con la Ley de
Prevención de la Rabia.
c) Prohibición de Importaciones
Entre las enfermedades infecciosas de los animales domésticos, la glosopedia,
la rinderpest y la fiebre porcina africana, que una vez que se difundieran en
Japón, dañarían gravemente al sector pecuario de la nación, están designadas
por las autoridades japonesas como enfermedades específicas para prohibir
las importaciones. Está prohibida la importación de animales de pezuña
hendida provenientes de ciertas regiones, que es probable que difundan estas
enfermedades infecciosas virulentas. Está también prohibida la carne y las
vísceras de los animales, así como jamones, embutidos y tocino hechos con la
carne y/o las vísceras.
Sin embargo, la carne, las vísceras, los jamones, los embutidos o el tocino
sujetos a la prohibición de importación, pueden quedar exentos de dicha
prohibición en el caso en que se procese el producto de acuerdo con la norma
de procesamiento con calor prescrita por
el Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Pesca (que en lo sucesivo se
denominará el Ministerio) en los establecimientos designados por
dependencias gubernamentales apropiadas de los países exportadores como
instalaciones que se ajustan a las normas aplicables establecidas por el
Ministerio, o en aquellos otros establecimientos designados directamente por el
Ministerio.
Los agentes causantes de las enfermedades infecciosas en los animales,
también incluidos entre los artículos bajo prohibición de importaciones, pueden
importarse a Japón para fines de investigación científica, con sujeción a la
aprobación del Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Pesca.
d) Artículos designados para someterse a Cuarentena
Animales sujetos a inspección de Importación
Animales sujetos a Cuarentena (ejemplos):
* Ganado vacuno (con inclusión de todas las variedades), búfalos, búfalos
acuáticos, yaks, cebúes, antílopes, antílopes cabra, cabras, borregos, etc.
* Cerdos (con inclusión de todas las variedades, jabalíes, etc.)
* Pécaris
* Hipopótamos, hipopótamos pigmeos
* Jirafa reticulada, jirafa masai, okapis, etc.
* Berrendos
* Ciervo almizclero, munyacs, renos, ciervos, alces, etc.
* Ciervos ratones, hiemoscos
* Dromedarios, camellos, alpacas, etc.
* Caballos (con inclusión de todas las variedades, asnos, mulas, cebras, etc.)
* Aves de corral (con inclusión de todas las variedades), aves Ukokkei, etc.
* Codornices europeas, coturnix, Delegorguei
* Pavos, pavos salvajes, etc.
* Patos (con inclusión de todas las variedades
* Gansos (con inclusión de todas las variedades)
* Conejos/liebres (con inclusión de todas las variedades)
* Abejas productoras de miel (con inclusión de todas las variedades)
Animales no sujetos a Cuarentena
* Elefantes, osos, pandas, koalas, monos/simios, zorras, martas, visones,
comadrejas, tigres, leones, reptiles (por ejemplo, cocodrilos/lagartos/caimanes
* Cocodrilo común de la India, lagartijas, serpientes y tortugas)
* Peces, etc.
* Rinocerontes, tapires, etc.
* Colinus (colins), gansos salvajes, patos salvajes, faisanes, pavos reales,
grullas, halcones, águilas.
* faisanes de bambú, urogallos, cornejas, airones, etc.
* Ardillas, conejillos de indias, ratones/ratas, etc.
* Insectos que no sean abejas productoras de miel
e) Requisitos para importación
Informe previo sobre la importación de animales
Se requiere que cualquier persona, cuando importe animales a Japón, informe
a la Estación de Cuarentena Animal (en la oficina central en Yokohama) la
categoría y e número de animales que se importarán y la fecha y lugar de su
importación, dentro del período específico de tiempo antes de la fecha de
importación.
No se requiere ningún informe previo para la importación de productos de
origen animal. Sin embargo, para la inspección en los puertos marítimos y los
aeropuertos, es aconsejable que los importadores soliciten la inspección de
importación a más tardar un día antes de que se desee la inspección, de
manera de que pueda efectuarse en el día deseado.
Certificados de inspección
No puede permitirse ninguna importación de los artículos designados
sometidos a cuarentena sin un certificado de inspección
expedido por la dependencia gubernamental apropiada del país exportador, en
que se declare que se halló que los artículos, mediante inspección en el país
exportador, se encontraban libres de cualquier agente causante que pueda
difundir enfermedades infecciosas que afecten a los animales domésticos.
f) Inspección de Importación
Los artículos sujetos a cuarentena pueden importarse solamente en puertos o
aeropuertos especialmente designados.
Inspección para la Importación de Animales
Los importadores de animales que están designados como artículos sujetos a
cuarentena, deben presentar una solicitud en la estación de cuarentena de
animales para la inspección de importación y un certificado de inspección
expedido por la dependencia gubernamental apropiada del país exportador.
El animal se mantendrá en las instalaciones de cuarentena de la estación de
cuarentena de animales para fines de inspección, durante el período de tiempo
especificado.
En caso de que la inspección determine que no hay ninguna posibilidad de
difundir algún agente causante de enfermedades infecciosas que afecten a
animales domésticos, el funcionario de cuarentena animal expide un certificado
de cuarentena de importación. Posteriormente, el (los) artículo(s) pasará el
despacho aduanal y podrá entrar a Japón.
* Etiquetado
La norma japonesa (Food Sanitation Law & JAS Law) exige que el producto
incluya la siguiente información en idioma japonés:
En el caso de alimentos comestibles:
1. Nombre del producto
2. Lista de ingredientes y lista de aditivos (si contiene)
3. Contenido neto
4. Fecha de consumo (mejor antes
de)
5. Método de preservación
6. País de origen
7. Nombre del importador y su domicilio
Los casos de medicamentos o cosméticos el producto debe contener una
etiqueta que garantice el uso y manejo del mismo así como la garantía de
calidad y alcance de responsabilidad civil. Asimismo, la etiqueta debe contener
la siguiente información (ya sea dentro o fuera del empaque):
1. Nombre del producto
2. Código o número de manufactura
3. Nombre de los ingredientes contenidos no visibles en el empaque (en el
caso de cosméticos)
4. Contenido (peso, número de pastillas – para el caso de medicamentos y
cuasi-medicamentos)
5. Nombre y domicilio del distribuidor primario
En el caso de los cosméticos todos los ingredientes deben aparecer listados en
la etiqueta de manera legible en idioma japonés. Cuando las dimensiones del
producto no lo permitan, esta información deberá aparecer en el envase del
producto de manera impresa.
La LEY PARA LA PROMOCIÓN DE UTILIZACIÓN EFECTIVA DE RECURSOS
establece que la composición de envases y empaques debe sujetarse a los
criterios específicos de separado y recolección de basura. Debe especificarse
si la envoltura es individual (interior) o exterior (dicha indicación debe ser
visible).
ETIQUETADO DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY
De acuerdo con la Ley de Promoción de la Salud cuando se utilicen
etiquetados sobre el valor nutricional del producto o calorías en el idioma
japonés deberán enlistarse calorías, proteínas, grasas, carbohidratos, sodio y
otros ingredientes nutricionales en orden descendiente de acuerdo al volumen
contenido. Cuando se utilicen las palabras
“alto contenido en calcio” o “bajo en calorías” debe comprobarse que se
cumplen con los estándares establecidos.
En los casos de productos que promuevan valores nutricionales existe la
categoría FNCF (alimento con valor nutricional adicional) de acuerdo a los
estándares de consumo diario (o recomendados) emitidos por el Ministerio de
Salud. Dicha categoría debe aparecer impresa como leyenda en el envase o
etiqueta. De igual forma, para los productos considerados como comercio justo
y orgánico deben sujetarse a las normas de etiquetado y regulaciones de la
Conferencia Japonesa de Comercio Justo de productos de abeja.
* Envase y Embalaje
El sistema de medición utilizado en Osaka, Japón; es el sistema métrico
decimal.
Los productos se comercializan ya sea en las medidas de volumen (ml. o L) o
en medidas de peso (gr. o Kg.).
La calidad del envasado es muy importante; en el caso de las presentaciones
en envasado de vidrio (250gr., 125gr., y 100gr.) se recomienda la utilización de
la tapa Twist- Off. Mientras que en el caso de las presentaciones dosificadoras
(220gr., 350gr. y 500gr.) serán en bote de plástico con tapa del mismo material.
* Transporte
El transporte de mercancías entre México – Japón se encuentra dominado por
el marítimo, debido a los bajos costos que este representa.
El caso del transporte de manera aérea, es solo utilizado en el caso de
mercancías perecederas o bien que tienen que ser entregadas en un periodo
muy corto de tiempo.
En nuestro caso la miel, es un producto que no cuenta con una fecha de
caducidad, ya que es un producto natural. Y el tiempo estimado
de transportación es de 3 semanas en promedio. (Cd. Victoria – Osaka, Japón).
* Patentes y Marcas de Fabrica
Cualquier persona o entidad que desee obtener patente, necesita registrar ante
la Oficina de Patentes de Japón (JPO) la solicitud de la patente. Como regla, la
aplicación debe hacerse en idioma japonés, adjuntarse las especificaciones de
la invención, dibujos, alcance de la pretensión y demás información relevante;
la aplicación y los anexos serán revisados en su totalidad para la confirmación
del cumplimiento de los requisitos. Salvo lo anterior, las especificaciones y los
detalles adicionales pueden ser adjuntados en idioma inglés con su respectiva
traducción al japonés. Si la misma invención es presentada por dos personas
diferentes, la primera aplicación recibida será la registrada.
Pasos para el registro de la patente:
FORMALISMO DE EXAMINACIÓN: Es básicamente la recepción de la
aplicación y revisión de los documentos y demás información que se está
registrando con la aplicación.
SOLICITUD DE EXAMINACIÓN: Dentro de un período de tres años contados a
partir de la aplicación de patentes, se debe solicitar la examinación para el
otorgamiento de la patente.
EXAMINACIÓN: Proceso de verificación y revisión de la nueva invención.
DECISIÓN DE OTORGAMIENTO O NEGACIÓN DE LA PATENTE: Una vez
revisada y verificada la invención a patentar, el grupo de la JPO expide su
decisión de otorgar o negar la patente en cuestión.
REGISTRO: Acto de formalización de la patente.
PUBLICACIÓN: El paso final es la publicación de la nueva patente por la JPO
en la Gaceta Oficial de la organización.
Después
de la fecha oficial de publicación en la Gaceta hay un período de seis (6)
meses para oposiciones que se puedan presentar, en caso tal se inicia un
proceso que puede finalizar en revocación, corrección o mantenimiento del
registro de la patente. Este proceso puede llegar hasta la Alta Corte de Tokio o
de la Corte Suprema.
En cuanto al registro de modelos, diseños y marcas, el proceso guarda en
esencia los mismos pasos o trámites.
F. TRÁMITES ADUANEROS
* Determinacion de Fracción Arancelaria
Los niveles arancelarios japoneses son de los más bajos del mundo. En 1997
más del 35% de las fracciones arancelarias japonesas tenían una tarifa de 0%,
y un 25% adicional tenía tarifas inferiores al 5%. El arancel promedio en ese
año fue de 9.4%, con un arancel promedio para manufacturas (4.9)
considerablemente inferior al arancel promedio para productos agrícolas (26%)
(OMC: 37-38). Además de los niveles promedio de aranceles, los picos
arancelarios y las cuotas arancelarias también corroboran que los productos
manufacturados han estado sujetos a barreras comerciales mucho menos
estrictas que los productos primarios.
Los picos arancelarios se pueden observar en las importaciones agrícolas
japonesas, como son los productos lácteos, huevos de aves, miel natural, y
productos comestibles de origen animal (con una tasa de casi 70%); diversos
comestibles preparados (arriba del 60%); vegetales comestibles y algunas
raíces y tubérculos (un arancel de 50% aproximadamente); productos de
molienda, malta, almidones, gluten de trigo, preparaciones de cereales, harina,
almidón o leche y productos pasteleros (todos
con un arancel superior al 40%); y azucares y artículos de confitería (superior al
30%) (OMC, 1998: 39). La tarifa para todos estos productos es superior a la
tarifa promedio de 26% para productos agrícolas.
En manufacturas, para 1997 los picos arancelarios son obvios en calzado
(superior al 40%); seda (casi el 30%), piel, peletería y prendas de vestir (todos
con un arancel superior al 10%); substancias albuminoides, almidones
modificados, pegamentos, algodón, filamentos y fibras discontinuas, y armas y
municiones (con aranceles que van de 5 al 10%). (OMC, 1998: 40). Todos
estos productos tienen un arancel por encima del arancel promedio para
productos manufacturados, pero una tarifa muy inferior a los picos arancelarios
para productos agrícolas.
De entre los productos industriales, la escalada arancelaria muestra un claro
sesgo a favor de productos no procesados. Los incrementos arancelarios a
partir del ejercicio fiscal de 1997 son muy notorios en productos alimenticios
manufacturados (se grava la primera etapa del proceso al 35.1% mientras que
se aplica un arancel del 64.5% a alimentos totalmente procesados); productos
de piel (aranceles del 3.4% y 12.3% respectivamente), productos refinados de
petróleo (1.6% versus 7.9%), y metales no ferrosos (0% y 4.1%) (OMC, 1998:
166-68). Por lo tanto, un claro objetivo de la política arancelaria japonesa ha
sido asegurar el abasto de materia prima barata para uso industrial.
Las cuotas arancelarias también han sido significativas en las importaciones de
materias primas. La mayoría de las cuotas arancelarias utilizadas por Japón
durante los ejercicios fiscales
1996 y 1997, mencionadas en la Revisión de la Política Comercial de la OMC,
son para piel y materias primas para la producción de alimentos (queso, maíz,
melaza, etc.) (OMC, 1998: 182-83). Es más, los compromisos de Japón
respecto a la Ronda de Uruguay darán mayor relevancia al papel de las cuotas
arancelarias en el comercio de productos agrícolas. En 1995, Japón acordó
substituir restricciones cuantitativas por cuotas arancelarias en el caso de 20
grupos de productos agrícolas, entre los cuales están leche en polvo, suero,
café, cebada, etc. La tarificación de restricciones cuantitativas, sin embargo,
frecuentemente ha generado altos niveles arancelarios. Los equivalentes
Advalorem de las tarifas aplicadas se incrementaron especialmente para
tubérculos konnyaku (923%) y cacahuates (782%) (OMC, 1998: 90). Lo mismo
sucede en el caso del arroz. Inicialmente el arroz estaba exento de aranceles, y
a cambio, los niveles mínimos de acceso
se incrementaron del 4% al 8% del consumo doméstico que debería obtenerse
en 6 años (de 379 a 758 miles de toneladas)9 (OMC, 1998: 177-181). En 1999,
por primera vez se aplicó un arancel a la importación de arroz , pero a un nivel
muy alto: 402 Yens por kilo.
Como una muestra más de la alta protección a la agricultura, en 1995 y 1996
Japón estableció salvaguardas especiales para una serie de productos
gravados: leche en polvo, suero, inulina, frijol azuki, seda cruda, etc., dando
señales adicionales de una fuerte protección a la agricultura. Tal como comenta
el secretariado de la OMC: “Dichas acciones de salvaguarda especial (SSG)
indican que algunos productos sujetos a
ser gravados continúan siendo extremadamente sensibles desde el punto de
vista político, a pesar de la presencia típica de altas tasas arancelarias para
importaciones que rebasan las cuotas” (OMC, 1998: 91).
* Factura Comercial
En el país de destino todo embarque se debe acompañar con una factura
original, misma que debe incluir: nombres de la aduana de salida y puerto de
entrada, nombre y dirección del vendedor o embarcador, nombre y dirección
del comprador o del consignatario, descripción detallada de la mercancía,
cantidades, precios que especifiquen tipo de moneda, tipo de divisa utilizada,
condiciones de venta, lugar y fecha de expedición.
* Pedimento de Exportación
Es el documento fiscal que acredita ya sea la legal importación, o bien, en su
caso comprueba la exportación de mercancías.
Mediante este documento, el contribuyente declara las contribuciones a su
cargo, los permisos a los que se sujetara y las condiciones que tendrá la
operación aduanera que se haya declarado.
El pedimento de exportación es exigido por la Secretaria de Hacienda y Crédito
Publico, el cual se tramita por medio de una agencia aduanal.
* Certificado de Origen
Es la prueba documental de que un producto es considerado originario de
México. Para ello debe cumplir con "requisitos de transformación o elaboración"
que son conocidos como Normas de Origen.
El Comité Técnico de Normas de Origen bajo los auspicios de la Organización
Mundial de Aduanas, tiene como principales funciones:
a) Realizar la labor de armonización
b) Encargarse de cualquier cuestión relativa a los problemas técnicos
relacionados
con las normas de origen.
Dicho comité se reunirá al menos una vez por año.
En México, la Ley de Comercio Exterior es el ordenamiento jurídico- legal
encargado de regular las normas de origen.
La creación de las normas es competencia de la Secretaría de Economía, bajo
previa consideración de los tratados o convenios internacionales en vigor
suscritos por México.
Los criterios base para la elaboración de una regla de origen según el artículo
10 de la Ley de Comercio Exterior son:
* Cambio de clasificación arancelaria
* Contenido nacional y regional
* Producción, fabricación o elaboración (especificando en este caso el tipo de
operación o proceso productivo que confiere origen a la mercancía]).
* Documentos de Embarque
Como tal se designa al conjunto de documentos representativos de una
transacción comercial internacional y del embarque efectuado en particular.
Básicamente se compone por la factura comercial, el conocimiento de
embarque, certificado de origen y lista de empaque.
Los contenidos de los distintos documentos deben concordar entre si en su
totalidad, referenciando los datos a la factura pro forma que diera origen a la
operación comercial.
De acuerdo a los requerimientos bancarios y de lo oportunamente acordado
entre el exportador y el importador, los documentos de embarque originales
pueden viajar con el medio de transporte o ser remitidos por separado.
* Lista de Embarque
Es un documento que permite al exportador, al transportista, a la compañía de
seguros, a la aduana y al comprador, identificar las mercancías y conocer qué
contiene
cada bulto o caja, por lo cual se ha de realizar un empaque metódico, que
coincida con la factura. Esta última se utiliza como complemento de la factura
comercial y se entrega al transportista.
En este desglose se debe indicar la fracción arancelaria de la mercancía, así
como el valor, el peso y el volumen (describiendo el tipo de empaque y
embalaje utilizados).
* Certificado Fitosanitario Internacional
La SAGARPA a través de la Certificación Fitosanitaria Internacional, ofrece
orientación y asesoría básica sobre los acuerdos binacionales en materia
fitosanitaria, planes de trabajo y requisitos que exigen diversos países para el
ingreso de vegetales, productos y subproductos de exportación provenientes
de México, y a su vez emite un certificado fitosanitario internacional avalando la
condición fitosanitaria de los productos. Esta certificación es realizada
únicamente por personal oficial de la SAGARPA.
BENEFICIARIOS: Productores, empresas empacadoras, empresas de todos
los tamaños que comercialicen hacia el extranjero productos y subproductos
vegetales.
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD: La certificación se expide con base a los
requisitos señalados por el país importador.
DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE ATENCIÓN: El interesado deberá
solicitar ante las Delegaciones Estatales de la SAGARPA el servicio de
certificación para la exportación; la SAGARPA deberá de investigar los
requisitos a cumplir para la exportación del producto ya sea por medio de los
acuerdos binacionales, planes de trabajo, o por información que le presente el
usuario en la solicitud del servicio, así como las posibles restricciones
establecidas por el país al que desea exportar: una vez identificados los
requisitos, los oficiales de la Delegaciones Estatales de la SAGARPA
procederán a realizar la verificación de los embarques para emitir sus
dictámenes de verificación mismos que podrán ser elaborados por las
Unidades de Verificación: después de emitir los dictámenes y constatar la
condición fitosanitaria del producto a exportar y cuando se cumplan los
requisitos, se emite el Certificado Fitosanitario Internacional.
COSTOS AL BENEFICIARIO: La emisión del certificado fitosanitario
internacional tiene un costo de $301.00 con base a lo establecido en la Ley
Federal de Derechos en su art. 86-A, fracción III.
I. términos de negociación internacional
Con el propósito de evitar problemas legales que afecten el comercio
internacional, la Cámara Internacional de Comercio recopiló y publicó las reglas
internacionales para la interpretación de los términos conocidos como
INCOTERMS. El objetivo de éstos es establecer un conjunto de términos y
reglas de carácter facultativo, que permiten acordar los derechos y las
obligaciones tanto del vendedor como el comprador en las transacciones
comerciales internacionales, por lo que se pueden utilizar en contratos de
compra-venta con el extranjero. La última versión de éstos data de 1990. Las
posibles modalidades de compra-venta se describen brevemente a
continuación:
* EXW: Ex work (en fábrica)
Significa que el vendedor completa su obligación de entregar cuando ha puesto
los artículos dentro del establecimiento, ya sea almacén, fábrica u oficina. El
comprador acepta todos los riesgos
y costos, entre ellos, la contratación del medio de transporte requerido. Los
trámites de exportación se encuentran a cargo del comprador.
* FCA: Free Carrier (transporte libre de porte)
La obligación del vendedor termina cuando entrega los artículos tramitados
para su exportación al transportista que designe el comprador en el lugar
convenido.
* FAS: Free Alongside Ship (libre junto al barco)
La responsabilidad del vendedor concluye cuando se han colocado los artículos
junto al barco, sobre el muelle o en lanchas de alijo en el puerto de embarque.
Por lo tanto, el comprador asume todos los costos y riesgos por pérdida o daño
de la mercancía desde ese momento, así como los trámites para su
exportación.
* FOB: Free on Board (libre a bordo)
El comprador tiene que asumir todos los costos y riesgos por pérdida o daño de
los artículos desde que se embarcan en el puerto asignado. Hasta ahí llega la
responsabilidad del exportador; sin embargo, la realización de los trámites de
exportación corresponde a éste. Esta modalidad sólo se utiliza en el transporte
marítimo o fluvial.
* CFR: Cost and Freight (costo y flete)
Implica que el vendedor debe pagar los costos y el flete necesario para
entregar los artículos en el puerto de destino. No obstante, los riesgos de
pérdida y daño de la mercancía, así como cualquier costo adicional que se
genere desde el momento en que los artículos sean entregados a bordo del
barco, se transfieren del vendedor al comprador, cuando los productos ya se
han embarcado.
El CFR requiere que el vendedor tramite el despacho de exportación, y sólo se
usa para el
transporte marítimo o fluvial.
* CIF: Cost, Insurance and Freight (costo, seguro y flete)
Este es similar al CFR, pero además está obligado a proporcionar el seguro
marítimo a cargo y riesgo del comprador en caso de pérdida o daño de la
mercancía durante la travesía. El vendedor contrata y paga la prima del
seguro.
* CPT: Carriage Paid to (flete pagado a)
El pago del flete de transporte de la mercancía al lugar asignado corre a cargo
del vendedor. El riesgo de pérdida o daño de los artículos, así como cualquier
costo adicional por contingencias posteriores a la entrega al transportista, se
trasladan del vendedor al comprador, si la mercancía se entregó bajo custodia
del transportista.
* CIP: Carriage and Insurance Paid to (flete y seguro pagado a)
El vendedor tiene las mismas obligaciones que en el término CPT, pero
además debe proporcionar el seguro de carga que ampare el riesgo del
comprador a perder la mercancía o el daño que ésta sufra durante su
transportación. El vendedor contrata al seguro, paga la prima correspondiente y
tramita la exportación de la mercancía. Este último puede aplicarse para
cualquier forma de transporte, entre ellas la multimodal.
* DAF: Delivered at Frontier (entregado en frontera)
El vendedor cumple con sus obligaciones cuando los artículos están
disponibles y se ha tramitado su exportación en el punto asignado en la
frontera, pero ante la aduana del país importador. Se aplica principalmente
cuando las mercancías se transportan por ferrocarril o carretera, pero puede
usarse en cualquier forma de transportación.
* DES: Delivered Ex-ship
(entregado fuera del barco)
El vendedor cumple su compromiso cuando los artículos están a disposición
del comprador a bordo del barco, sin que haya efectuado trámite alguno de
importación en el puerto asignado. El vendedor asume los costos y riesgos de
llevar los artículos al puerto de destino. Solo se utiliza para transporte marítimo
o fluvial.
* DEQ: Delivered Ex Quay (duty paid) [entregados en muelle (derechos
pagados)]
El vendedor tiene que asumir todos los costos cuando ha puesto los artículos a
disposición del comprador en el muelle del puerto de destino asignado y con
los trámites de importación correspondientes que incluyen aranceles,
impuestos y cargos de entrega pertinentes. Si hay acuerdo entre las partes
pueden excluirse algunos conceptos.
* DDU: Delivered Duty Unpaid (entregado sin impuestos pagados)
El vendedor termina su obligación de entrega cuando los artículos están a
disposición del comprador en el lugar acordado del país importador. El
vendedor tiene que asumir todos los costos y riesgos al efectuar los trámites
aduaneros. Asimismo el comprador sufraga cualquier gasto adicional y asume
los riesgos por no retirar a tiempo la mercancía de la aduana.
* DDP: Delivered Duty Paid (entregado con impuesto pagado)
El vendedor finaliza su responsabilidad cuando los artículos están a disposición
del comprador en el lugar asignado del país importador. El vendedor debe
asumir todos los riesgos y costos, entre ellos, aranceles, impuestos y demás
gastos para la entrega de los artículos, con los trámites aduaneros efectuados
para su importación.
J. TRANSPORTE
El transporte es uno de los factores más significativos del costo de operación
del comercio internacional, por lo que es necesario realizar un análisis
exhaustivo de las diferentes modalidades del mismo. Para seleccionar el medio
más idóneo se deberán evaluar los costos, confiabilidad, seguridad y
oportunidad en la entrega.
El valor unitario, el peso, el volumen del producto y las distancias tienen mucha
importancia para la selección de los modos de transporte. Si se trata de un
producto de gran volumen, de poco valor y a grandes distancias la modalidad
será el transporte marítimo o el ferrocarril. Si se trata en cambio de productos
de alto valor, reducido peso y poco volumen, aun a largas distancias, se
considerará el transporte aéreo.
Entre los costos se deben considerar los directos (fletes, costos de maniobras,
derechos y tarifas especiales, entre otros) e indirectos, como los relativos a los
almacenajes; y los costos financieros, por los tiempos de espera.
Existe la posibilidad de combinar las diferentes modalidades de transporte:
marítimo, ferrocarril, autotransporte y aéreo. Por otra parte, las posibilidades
del transporte multimodal puerta a puerta simplifican los problemas en cuanto a
logística.
* Documentos necesarios para el Transporte
El Conocimiento de embarque (Bill of Landing) es expedido por la compañía
transportista en original y seis copias, en el cual se indicara previamente, el
destino determinado del embarque así como las condiciones en las que se
encuentra la mercancía.
Este titulo será enviado con el resto de la documentación que será enviada
al importador.
Dicho titulo, es dirigido a la persona o entidad que efectúa la importación, y
puede ser utilizado como prueba del derecho para ingresar la mercancía.
* Equipo de Transporte
Las diversas presentaciones de la miel, serán transportadas en Embalajes
secundarios de 20 unidades, y posteriormente el embalaje terciario de 50
embalajes secundarios. A una temperatura ambiente de 37°C.
La mercancía partirá de Cd. Victoria, Tamaulipas México; a la Cd. De Tampico,
Tamaulipas México, vía terrestre en camiones de carga; para ahí ser
embarcada a la Ciudad de Osaka, Japón.
* Condiciones del Transporte
Limpieza
Seguridad
Circulación de aire
Control de Temperatura
K. EL MERCADO MUNDIAL DE LA MIEL
De acuerdo con COMTRADE, la división de estadísticas sobre comercio
mundial de Naciones Unidas, en2007 el volumen total de exportaciones de miel
alcanzó las 402.57 miles de toneladas (MT) con un valor de $ 898.75 millones
de dólares (MDD), registrando un crecimiento anual del 11% en comparación al
2006 en términos de la cantidad exportada. Las diez principales naciones
exportadoras de miel concentraron el 67% de la cantidad comercializada ese
año a nivel mundial. Asimismo, el valor pagado por tonelada se ha revalorado
dadas las limitantes de producción en ciertos países. Las proyecciones en
cuanto a la capacidad productiva indican a una posible disminución en
Argentina y California, Estados
Unidos durante 2009, lo que generará la revaloración del producto en los
mercados internacionales. Un factor que impactará el margen de ganancias de
los productores/exportadores mexicanos es
la reducción de los costos de transporte, que han disminuido conforme se
abarata el precio del barril de petróleo; tendencia que inicio a finales de 2008 y
que se ha mantenido durante los primeros meses del presente año.
En 2007, México fue el tercer exportador global de miel (aproximadamente 6%
del comercio mundial) en términos de valor después de Argentina, China y
seguido por Alemania y Hungría. El segundo grupo de naciones exportadoras
lo conforman España, Nueva Zelanda, Canadá, Vietnam y Francia; las cuales
reciben mejores precios pagados por tonelada debido a que han diferenciado
sus productos y distinguen las características de producción en sus respectivos
países. Por otro lado, los American Honey Producers. Honey Market Update,
February 2009 principales importadores son: Estados Unidos, Alemania, Reino
Unido, Japón, Francia, Italia, España, Arabia Saudita, Holanda y Suiza.
La comercialización mundial de la miel se divide en dos categorías principales:
consumo directo (hogares) e industrial (alimentos procesados, farmacéuticos y
cosméticos), de acuerdo con las propiedades y características de cada una de
las variedades (determinadas por región, consistencia y color de la miel). El
mercado global de miel a granel está concentrado en un número reducido de
empresas.
L. MÉXICO EN LA COMPETENCIA GLOBAL
La producción nacional de miel alcanza las 58,000 toneladas anuales en
promedio. Casi 40% de la miel es producida en los Estados de la Península de
Yucatán. El Distrito Federal y los Estados de Chiapas, Baja California Sur,
Guerrero, Colima, Jalisco, Nayarit, Chihuahua, Nuevo León y Veracruz,
complementan
el esquema productivo del país. Esta actividad económica beneficia a más de
40,000 productores y el número de colmenas mexicanas alcanza casi 2
millones. De acuerdo con SAGARPA la apicultura mexicana genera divisas por
56 millones de dólares anuales y es la tercera actividad dentro del subsector
pecuario en nivel de exportaciones del país3. El mercado de la miel no ha sido
explotado en su totalidad tanto a nivel doméstico como internacional, debido en
parte a la falta de promoción de los beneficios del producto y la variedad de
usos y presentaciones. En términos de desarrollo del producto se requiere
modificar el proceso de recolección, presentación y un cambio en la dinámica
de negocio para considerarlo una actividad primaria y no sólo como una fuente
adicional de ingreso. En general, la miel es considerada en México como un
subproducto y son pocos los casos de productores y empresas que han
invertido en investigación y desarrollo, preservación y mejora de su calidad, así
como en la diferenciación de presentaciones, estrategias y canales de
comercialización.
Algunas variedades de miel identificadas como producto de México son:
cítricos (naranjo, mandarina, etc.) y flores (tajonal, tzitzilche, mezquite, acahual,
entre otros). Destaca el potencial de los cultivos hortofrutícolas de los Estados
de: Sinaloa (hortalizas y mango), Chihuahua (manzana y melón) y Michoacán
(aguacate), para la generación de mieles con estos sabores. La miel orgánica
(que alcanza una producción anual de 670 toneladas) se destina en su mayoría
al mercado de exportación. El Consejo Comunicado 126/06 de la Coordinación
General
de Comunicación Social, SAGARPA
Regulador de la Miel Mexicana es quien certifica la pureza de la miel y asegura
la calidad del producto mediante el uso de un holograma que garantiza su
calidad. De acuerdo con diversas asociaciones de la industria existe una
tendencia de concentración de ciertas empresas en el sector, especialmente en
el mercado de exportación, originada por las condiciones de infraestructura,
niveles de industrialización, tecnología y procesos productivos (primarios), así
como los esquemas y tamaño de las compañías (muchas veces pequeños
productores, campesinos o producción rural).
En 2007 las exportaciones mexicanas de miel superaron los 56 millones de
dólares en ventas con más de 39,000 toneladas colocadas en el mercado
global. El principal destino de exportación es la Unión Europea, en donde
Alemania concentra alrededor del 55% del monto total. El incremento en las
exportaciones mexicanas a Europa se debe en parte al lanzamiento de
programas de cooperación técnica y capacitación que la Unión Europea ofrece
(entre ellos PODEMOS, HACCP y PIAPYME) en nuestro país, con el fin de
incrementar la optimización de técnicas de recolección, sistemas, calidad,
certificaciones y desarrollo de proveedores. Otro factor determinante ha sido el
apoyo que otorga el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad
Agroalimentaria (SENASICA) con programas de trazabilidad, rastreabilidad,
acopiadores y exportadores con el fin de controlar y registrar la producción de
miel. En Asia, particularmente en Japón y China, se importa miel mexicana,
aunque a niveles marginales. Cabe señalar que el consumo per
cápita de miel en Japón y México es el mismo (300 grs.) y durante los últimos
cinco años se ha incrementado en ambos países.
El alto precio promedio pagado por tonelada en Japón demuestra la disposición
a pagar por un producto de calidad. Se han detectado posibles casos de
triangulación de la miel mexicana en la Unión Europea hacia otros países,
incluido Japón, mediante la venta de producto a granel, en donde es
empacado, reenvasado y/o utilizado para procesos industriales y a su vez re-
exportado a diversos mercados. En este sentido, SAGARPA ha intentado
modificar dicha dinámica en el caso de los países árabes y Rusia mediante la
organización de misiones comerciales a México con el fin de incrementar los
beneficios para los productores y mejorar los procesos de industrialización de
acuerdo a los estándares solicitados por estas naciones. Los productores
mexicanos están conscientes de la triangulación pero prefieren aprovechar los
canales de comercialización por volumen.
Existe gran potencial de cooperación con Japón en transferencia tecnológica y
en esquemas de asociación de negocios. En este sentido se pueden
aprovechar los mecanismos de cooperación en el marco del Subcomité de
cooperación en materia agrícola del AAE.
M. PLAN A SEGUIR
* Producto a Exportar
Miel de Abeja Natural
* País Importador
Osaka, Japón
* Transportación
El medio de transporte que utilizaremos será terrestre – marítimo.
La mercancía saldrá de Ciudad Victoria Tamaulipas, México; vía terrestre a la
Ciudad de Tampico Tamaulipas, México; posteriormente ahí será embarcada a
la Ciudad de Osaka, Japón.
El tiempo estimado de la transportación de la mercancía es de 3 semanas.
* Documentación necesaria para la exportación de miel
* Permiso de importación
* Certificado de Origen
* Certificado Fitosanitario Internacional
* Pedimento de Exportación
* Factura Comercial
* Documentos de Embarque
* Lista de embarque
* Especificaciones del Producto
NORMAS DE CALIDAD:
Es conveniente evitar su cristalización (consolidación) al determinar cuestiones
logísticas.
Tanto la calidad del producto como la presentación tienen el mismo nivel de
valor para el consumidor japonés, quién tiene gustos sofisticados y está
acostumbrado a revisar las etiquetas del producto, valor nutricional y origen del
producto y en consecuencia está dispuesto a pagar más por el mismo.
TAMAÑO:
Se cuenta con una diversificación de tamaños, oscilantes entre los 100gr. y
250gr. en presentaciones de vidrio; y de 220gr. y 500gr. en la presentación de
plástico dosificadora.
EMPAQUE:
Botellas de vidrio simples y envases plásticos estilizados, de buena calidad.
ETIQUETADO:
La norma japonesa (Food Sanitation Law & JAS Law) exige que el producto
incluya la siguiente información en idioma japonés:
En el caso de alimentos comestibles:
1. Nombre del producto
2. Lista de ingredientes y lista de aditivos (si contiene)
3. Contenido neto
4. Fecha de consumo (mejor antes de)
5. Método de preservación
6. País de origen
7. Nombre del importador y su domicilio
* INCOTERM
En este caso optaremos por el Incoterm EXW: Ex work; el cual especifica que
el vendedor completa
su obligación de entregar cuando ha puesto los artículos dentro del
establecimiento, ya sea almacén, fábrica u oficina. El comprador acepta todos
los riesgos y costos, entre ellos, la contratación del medio de transporte
requerido. Los trámites de exportación se encuentran a cargo del comprador.
* Precios
La venta se ara por toneladas, la cual tiene un costo de $2983 dólares. La cual
será distribuida, de acuerdo a la presentación que elija el importador.
* Formas de pago
El método de pago será, por medio de depósito bancario, en dólares.
N. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
* “Mieles Picazo”
* BANCOMEXT
* Secretaria de Economía
* Secretaria de Hacienda y Crédito Público.
* Guías de Exportación de la Secretaria de Economía
* Ley Aduanera
O. ANEXOS
* Pedimento de Exportación
| CODIGO DE BARRAS |
Número de pedimento
Datos del vehículo
Candados oficiales
Tipo de mercancía | Cantidad en Unidades de Comercialización | Cantidad en
Unidades de Tarifa |
| | |
____________________________
Nombre y firma
INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LA FORMA PEDIMENTO DE
EXPORTACIÓN.
Parte II. Embarque parcial de mercancías.
CAMPO | CONTENIDO |
1.- Código de barras. | Se imprimirá en este espacio el código de barras
bidimensional mismo que se deberá generar mediante programa de cómputo
que proporciona el SAT. |
2.- Número de pedimento. | El número asignado por el agente, apoderado
aduanal o
apoderado de almacén, integrado por quince dígitos, que corresponden a:2
dígitos, del año de validación;2 dígitos, de la aduana de despacho; |
| 4 dígitos, del número de la patente o autorización otorgada por la
Administración General de Aduanas al Agente o Apoderado Aduanal,
Apoderado de Almacén que promueve el despacho. Cuando este número sea
menor a cuatro dígitos, se deberán anteponer los ceros que fueren necesarios
para completar 4 dígitos; |
| 7 dígitos, los cuales serán de numeración progresiva por aduana, en la que se
encuentren autorizados para el despacho, asignada por cada agente,
apoderado aduanal o apoderado de almacén, referido a todos los tipos de
pedimento, empezando cada año con el numero 0000001. |
| NOTA: Entre cada uno de estos datos, se deberán conservar dos espacios en
blanco. |
3.- Datos del vehículo. | Se anotará el número de contenedor o remolque, así
como los datos de identificación del vehículo que transporta la mercancía,
como son: modelo, número de placas de circulación y número de serie. |
4.- Candados oficiales. | Se anotarán los números de candados oficiales con
los que se aseguran las puertas de acceso al vehículo, cuando proceda. |
5.- Tipo de mercancía. | Se anotará la descripción de las mercancías,
naturaleza y características necesarias y suficientes para determinar su
clasificación arancelaria. |
6.- Cantidad en Unidades de Comercialización. | Se anotará la cantidad de
mercancías en unidades de comercialización, de acuerdo a lo señalado en la
factura o documento comercial respectivo. |
7.- Cantidad en Unidades de Tarifa. | Se anotará la cantidad
de mercancía correspondiente, conforme a la unidad de medida señalada en la
TIGIE. |
8.- Nombre y firma. | Se anotará el nombre del apoderado aduanal, agente
aduanal o de almacén, o el mandatario de agente aduanal que promueva y su
firma autógrafa. |
* Certificado de Origen
Acuerdo para el Fortalecimiento de la AsociaciOn EconOmica entre los Estados
Unidos Mexicanos y EL JapOn
CERTIFICADO DE ORIGEN
1. Nombre y Domicilio del Exportador | Número de Certificación: |
| 3. Nombre y Domicilio del Importador: |
2. Nombre y domicilio del productor: | 4. Detalles de transporte (opcional) |
| |
5. Clasificación arancelaria SA | 6. Descripción del (los) bien(es): | 7. Cantidad |
8. Criterio para trato Preferencial | 9. Otras instancias | 10. Factura |
11. Observaciones: | |
12. Declaración del Exportador o Productor:El que suscribe declara que:- el
(los) bien(es) arriba descrito(s) cumple(n) con la (las) condición(es) requerida(s)
para la expedición del presente certificado;- la información que respalda el
presente Certificado es verdadera y exacta, y asumo la responsabilidad de
comprobar dichas representaciones de conformidad con el Acuerdo. | 13.
Certificación:El que suscribe certifica, sobre la base de la documentación
necesaria que ampara este Certificado, que el (los) bien(es) anteriormente
mencionado(s) es (son) considerado(s) como originarios.Este Certificado se
compone de hojas, incluyendo todos sus anexos. |
Lugar y Fecha: ------------------------------------------ | Oficina
de la autoridad gubernamental competente o Designado:
------------------- |
Firma: ----------------------------------------------------Nombre:
--------------------------------------------------- | Sello |
Empresa: --------------------------------------------------- | País de expedición:
--------------------- |
Cargo: ----------------------------------------------------- | Lugar y Fecha:
---------------------------- |
Teléfono/Fax: ------------------------------------------------- | | |
Correo electrónico: --------------------------------------------- | Firma:
----------------------------------- |
Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados
Unidos Mexicanos y Japón
CERTIFICADO DE ORIGEN
Llenar a máquina o con letra de imprenta o molde.
| Número de Certificación: |
2. Nombre y Domicilio del Productor: |
5. Clasificación arancelaria SA | 6. Descripción del (los) bien(es) | 7. Cantidad |
8. Criterio para trato Preferencial | 9. Otras instancias | 10. Factura |
Exportador o Productor | Autoridad gubernamental competente o Designado |
Número de Hoja Anexa |
Nombre:Firma: | Oficina:Firma: | |
INSTRUCTIVO DEL CERTIFICADO DE ORIGEN
Para efectos de obtener trato arancelario preferencial, este documento deberá
ser llenado en forma legible y completa por el exportador o productor. La
autoridad gubernamental competente o sus designados podrán llenar el
certificado a petición del exportador o productor. Llenar a máquina o con letra
de imprenta o molde.
Si
el espacio del certificado es insuficiente para especificar las particularidades
necesarias para identificar los bienes y cualquier otra información relacionada,
el exportador o productor podrá especificar la información en la hoja anexa.
Campo 1: Indique el nombre y domicilio legal del exportador.
Campo 2: Indique el nombre y domicilio legal del productor. Si los bienes
amparados en el certificado son elaborados por más de un productor, anexe
una lista de los productores, incluyendo el nombre legal completo
(denominación o razón social) y domicilio, haciendo referencia directa a cada
bien descrito en el campo 6. Cuando se desee que la información contenida en
este campo sea confidencial, deberá señalarse: “Available to Customs upon
request” (DISPONIBLE A SOLICITUD DE LA AUTORIDAD ADUANERA). En
caso de que el productor y el exportador sean la misma persona, señale:
“SAME” (IGUAL).
Campo 3: Indique el nombre legal y domicilio legal del importador.
Campo 4: Proporcione el nombre del puerto de embarque, puerto de tránsito,
puerto de desembarque, nombre de la embarcación/número de vuelo.
El llenado de este campo es opcional. Si el campo no es llenado, éste se dejará
en blanco.
Campo 5: Para cada bien descrito en el Campo 6, identifique la clasificación
arancelaria del Sistema Armonizado (SA) a seis dígitos.
Campo 6: Proporcione una descripción completa de cada bien. La descripción
deberá ser lo suficientemente detallada para relacionarla con la descripción del
bien contenida en factura, así como con la descripción que le corresponda al
bien en el Sistema Armonizado (SA).
Nota: La descripción de los
bienes listados en el Anexo 2-B, será de conformidad con la descripción
dispuesta en dicho Anexo.
Campo 7: Para cada bien descrito en el Campo 6, indique la cantidad a ser
exportada de conformidad con la(s) unidad(es) de medidas establecidas en la
factura.
Campo 8: Para cada bien descrito en el Campo 6, indique el criterio (desde la A
hasta la D y TPL) aplicable. Las reglas de origen se encuentran en el Capítulo
4 y en el Anexo 4.
Nota: Con el fin de acogerse al trato arancelario preferencial, cada bien debe
cumplir con alguno de los siguientes criterios:
CRITERIOS PARA TRATO PREFERENCIAL
A: El bien es obtenido en su totalidad o producido enteramente en el Area de
una o ambas Partes, según la definición del Artículo 38.
B: El bien es producido enteramente en el Area de una o ambas Partes a partir
exclusivamente de materiales originarios.
C: El bien es producido enteramente en el Area de una o ambas Partes
utilizando materiales no originarios y satisface la regla de origen específica,
establecida en el Anexo 4, así como todas las demás disposiciones aplicables
del capítulo 4, cuando el bien sea producido enteramente en el Area de una o
ambas Partes utilizando materiales no originarios.
D: El bien es producido enteramente en el Area de una o ambas Partes, pero
uno o más de los materiales no originarios utilizados en la producción del bien
no cumplen con un cambio de clasificación arancelaria aplicable. No obstante,
los bienes cumplen con el requisito de valor de contenido regional especificado
en el subpárrafo 1 (d) del Artículo 22, y cumple con todas las demás
disposiciones aplicables del capítulo
4. Este criterio se limita a las siguientes circunstancias:
(i) El bien se ha importado al Área de una Parte sin ensamblar o
desensamblado, pero se ha clasificado como un bien ensamblado de
conformidad con la regla 2(a) de las Reglas Generales de Interpretación del
Sistema Armonizado; o
(ii) la partida para el bien es la misma tanto para el bien como para sus partes y
los describe específicamente y esa partida no se divide en subpartidas o la
subpartida es la misma tanto para el bien como para sus partes y los describe
específicamente.
Nota: Este criterio no se aplica a los bienes comprendidos en los Capítulos 61
al 63 del SA (Referencia: subpárrafo 1(d) del Artículo 22).
TPL: El bien clasifica en el Capítulo 61, 62 o 63 y califica como originario
conforme al párrafo (f) de la Sección 1 del Anexo 4.
Campo 9: Si se consideraron otras instancias para efectos de determinar el
origen del bien, indique apropiadamente “DMI” para De Minimis; “IM” para
materiales intermedios; “FGM” para bienes y materiales fungibles; y “ACU” para
acumulación. Si ninguna otra instancia fue considerada, indique “N/A” (No
Aplicable).
Campo 10: Proporcione el número de factura para cada bien descrito en el
campo 6. Si la factura es expedida por una persona diferente al exportador a
quien le fue expedido el certificado de origen y la persona que expide la factura
se encuentra ubicada en un país no Parte, el número de la factura expedida
para efectos de la importación del bien al Area de una de las Partes deberá de
indicarse, y en el Campo 11 deberá indicar que los bienes serán facturados
desde un tercer país, identificando el
nombre legal completo (denominación o razón social) y domicilio de la persona
que expidió dicha factura.
Si el número de factura expedida por el tercer país no se conociera al momento
de expedir el certificado de origen, el campo deberá dejarse en blanco y el
importador presentará a la administración aduanera correspondiente una
declaración jurada que justifique el hecho. En esta declaración el importador
deberá indicar, por lo menos, el número de la factura comercial y del certificado
de origen que amparan la operación de importación.
Campo 11: Si el Certificado fue expedido de manera retrospectiva, la autoridad
que expide el certificado de origen deberá indicar “ISSUED
RETROSPECTIVELY” (EXPEDIDO DE MANERA RETROSPECTIVA). Si el
certificado es un duplicado, la autoridad que expide el certificado de origen
deberá indicar “DUPLICATE” (DUPLICADO). Si el Campo 8 fue llenado con el
criterio TPL, la autoridad que expide el certificado de origen deberá indicar
“CERTIFICATE OF ELIGIBILITY ATTACHED” (CERTIFICADO DE
ELEGIBILIDAD ADJUNTO).
Adicionalmente, cualquier otra observación relacionada con este Certificado
podrá ser indicada por la autoridad que expide el certificado de origen o el
exportador o el productor.
Campo 12: Este Campo deberá ser llenado, firmado y fechado por el
exportador o productor. La fecha deberá ser la fecha en la que el Certificado
fue llenado.
Nota: La firma del exportador podrá ser autógrafa o impresa por medios
electrónicos por el ente certificador.
Campo 13: Este campo deberá ser llenado, fechado, firmado y sellado por la
autoridad gubernamental competente de la Parte exportadora
o quien ella designe.
Nota: La firma de la autoridad gubernamental competente o quien ella designe
podrá ser autógrafa o impresa por medios electrónicos.
Aviso 1. Cualquier elemento contenido en este formato deberá ser correcto y
verdadero. Las declaraciones o documentaciones falsas relacionadas con el
certificado de origen serán objeto de sanción de conformidad con las leyes y
reglamentos de la Parte exportadora.
Aviso 2. El certificado de origen será una base para la determinación del origen
ante la autoridad aduanera de la Parte importadora. El exportador o productor
del bien podrá recibir cuestionarios por parte de la autoridad aduanera de la
Parte importadora de conformidad con el subpárrafo 1 (b) del Artículo 44. La
respuesta a los mismos deberá ser en inglés. Si la respuesta es insuficiente, el
trato arancelario preferencial podrá ser negado. Si no se da respuesta dentro
de un plazo de 30 días a partir de la fecha de recibo del cuestionario, el trato
arancelario preferencial será negado.
Aviso 3. El exportador o productor deberá referir los documentos que describan
las cuestiones que el solicitante deba tomar en cuenta, los cuales serán
proporcionados por la autoridad gubernamental competente cuando expida el
certificado de origen.
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[ 1 ]. Senado de la República (1973). “Tratado de Amistad, comercio y
navegación”. Tratados ratificados y convenios ejecutivos celebrados por
México. Tomo II, México, Talleres Gráficos de la Nación, p. 184.
[ 2 ]. 1952
[ 3 ]. Premio Nobel de Literatura. 1990
[ 4 ]. Economy Partnership Agreement between Mexico and