CONTRATACIONES ESTATALES
OBRA PBLICA
direccin tcnica, expediente tcnico, mano de obra, materiales y/o equipos
edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otras,
Requieren
Construccin, reconstruccin, remodelacin, mejoramiento, demolicin, renovacin, ampliacin y habilitacin
de bienes inmuebles
SE DEFINE
INVOLUCRA
EJECUCIN
CONSULTORA
La no considerada en el expediente tcnico,
ni en el Contrato original, cuya realizacin
no es indispensable y/o necesaria
para dar cumplimiento a la meta prevista y que
se ejecutar mediante un nuevo contrato
OBRA PRINCIPAL
PRESTACION ADICIONAL
PRESTACION NUEVA DE OBRA
Obra materia del proceso de seleccin
que convoca la Entidad
Aquella no considerada en el expediente tcnico,
ni en el contrato, cuya realizacin resulta
indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento
a la meta prevista de la obra principal.
Trabajos complementarios y/o mayores metrados. (RES. N 196-2010-CG)
Contrataciones y adquisiciones
Las contrataciones y Adquisiciones
que realizan los gobiernos locales
se sujetan a la ley de la materia,
debiendo hacerlo en acto pblico y
preferentemente con las empresas
calificadas constituidas en su
jurisdiccin, y a falta de ellas con
empresas de otras jurisdicciones.
LOM
Tienen como finalidad garantizar que los gobiernos locales obtengan
bienes, servicios y obras de la calidad requerida, en forma oportuna
y a precios o costos adecuados.
Principios que rigen los procesos de contratacin y adquisiciones
moralidad
libre competencia
imparcialidad
eficiencia
transparencia economa
vigencia tecnolgica
trato justo e igualitario
Proceso
Responsabilidades
Cada entidad determinar la dependencia dependencias
responsables de planificar los procesos de adquisicin o
contratacin, Sealando en su MOF o dispositivo equivalente
las actividades que competen a cada cargo con la finalidad
de establecer las responsabilidades que les son inherentes.
Son responsables de las adquisiciones y contrataciones que
efectan las entidades:
Titular de la entidad Mxima autoridad administrativa Comit especial Dependencia responsable de planificar y efectuar adquisiciones
y contrataciones
Funcionarios y Dependencias
Proceso de adquisicin o contratacin
Consta de las siguientes fases:
1. Aprobacin del Expediente de Contratacin
2. Decisin de Adquirir o Contratar de la Entidad
3. Designacin del Comit Especial
4. Proceso de Seleccin
5. Contratacin
> de 11,550 > de 11,550 > de 11,550
Prohibicin de fraccionamiento
FRACCIONAMIENTO:
Significa que no debe dividirse una adquisicin o contratacin para
dar lugar al cambio de tipo de proceso de seleccin (actuacin
deliberada).
(PRONUNCIAMIENTO N 7 2004 GTN FRACCIONAMIENTO).
SISTEMAS DE CONTRATACIN
A precios Unitarios
ART. 40 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
Parte a Suma Alzada,
parte a Precios Unitarios.
(aun falta directiva).
A suma Alzada
Esquema Mixto
Cantidades y Magnitudes requeridas
no definidas.
Se paga lo realmente ejecutado.
Cantidades, Magnitudes y Calidades
estn totalmente definidas.
(Monto Fijo)
MODALIDADES DE EJECUCIN
Concurso Oferta
ART. 41 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
Llave en Mano
El postor oferta en conjunto la construccin, equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio de determinada obra y de ser el caso el Expediente Tcnico.
SI el Exp. Tcnico: Suma Alzada
NO el Exp. Tcnico: Suma Alzada o Precios Unit.
En caso de adquisicin de bienes tambin se oferta, adems de stos, su instalacin y puesta en funcionamiento.
El postor ofrece la ejecucin de la obra
incluyendo la elaboracin del Exp. Tcnico y,
de ser el caso, el terreno.
Es a suma alzada necesariamente.
FACTORES DE EVALUACIN
ART. 47 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
CONSULTORA
DE OBRAS
Comit Especial
Designado mediante documento resolutivo, por el Titular del Pliego o la
Mxima Autoridad Administrativa.
Para cada proceso de seleccin, con excepcin de la adjudicacin de
menor cuanta.
La designacin del Comit Especial podr ser para ms de un proceso
de seleccin, asimismo podr designarse uno o ms Comits Especiales
permanentes para la Adjudicacin Directa y Menor Cuanta, excepto en
el caso de los procesos de seleccin a que se refiere el Artculo 32 de
la Ley (proceso de seleccin desierto), los que sern conducidos por el
mismo Comit Especial que condujo el proceso.
Conformado, por representantes de las reas usuarias, por 03 05
integrantes (suplentes y presidente deber indicarse la designacin).
Uno (mnimo) pertenecer a la dependencia encargada y otro al rea
usuaria; necesariamente uno tendr conocimiento tcnico.
Comit Especial
Los integrantes del Comit Especial, no pueden ser removidos total o
parcialmente, salvo caso fortuito, fuerza mayor o cese en el servicio
declarados mediante documento debidamente motivado.
Los integrantes no podrn renunciar al cargo encomendado.
Cualquier suplente puede sustituir a un titular, por ausencia, siempre
y cuando se respete la conformacin establecida.
Tiene competencia para organizar, conducir y ejecutar el proceso
de seleccin, desde la elaboracin de las bases, convocar, absolver
las consultas y observaciones, evaluar las propuestas, otorgar la
buena pro, declarar desierto, consultar o proponer las modificaciones
de las caractersticas tcnicas y el valor referencial y en general todo
acto necesario para el desarrollo del proceso, hasta antes de la
suscripcin del contrato. Luego de que la buena pro quede
consentida.
1. El Qurum se da con la totalidad de sus miembros, completndose
en caso de ausencia o de impedimento debidamente justificado, con
los suplentes respectivos.
2. Los acuerdos se adoptan por unanimidad o por mayora. No cabe la
abstencin por parte de ninguno de los miembros.
3. Acta en forma colegiada y es autnomo en sus decisiones las que no requieren ratificacin alguna por parte de la Entidad.
4. Todos los miembros gozan de las mismas facultades, no existiendo jerarqua entre ellos. Sus integrantes son solidariamente responsables de su actuacin. Sus acuerdos constan en actas, que debidamente suscritas quedan en poder de la entidad.
QUORUM Y ACUERDOS
1. El Titular o la Mxima Autoridad Administrativa
2. Los funcionarios que tengan atribuciones de control o fiscalizacin
como regidores, Consejeros Regionales, directores de empresas
entre otros.
3. Los funcionarios que por delegacin hayan aprobado el expediente,
designado el comit especial, aprobado las Bases o tengan facultad
para resolver el recurso de apelacin.
4. Los funcionarios o servidores por cuya actuacin como integrante de
un Comit Especial hayan sido sancionados por Resolucin
debidamente motivada.
En el caso 3) el impedimento se circunscribe al proceso de contratacin a
que se refieren las delegaciones en l sealadas.
En el caso 4), antes de su designacin, los funcionarios o servidores
debern presentar una declaracin jurada de no tener sancin vigente.
IMPEDIMENTOS PARA SER MIEMBROS DEL COMIT
Exoneraciones
La situacin de emergencia, la Entidad acta de manera inmediata por acontecimientos catastrficos, situaciones que suponen grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional.
La Entidad adquiere o contrata en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres y satisfacer las necesidades sobrevinientes, sin trmite de expediente administrativo.
Situacin de Emergencia o Desabastecimiento Inminente
(Urgencia)
Debe regularizarse dentro de los 10 das siguientes del fin del evento.
Posteriormente, deber incluirse el proceso en el Plan Anual de la Entidad, publicar la Resolucin o Acuerdo correspondiente, remitirla, junto con el informe tcnico-legal sustentatorio a la Contralora General de la Repblica y al OSCE, as como emitir los documentos contractuales correspondientes, segn el estado de la ejecucin de las prestaciones.
Aquella extraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial.
Faculta a la Entidad a adquirir o contratar slo por el tiempo o cantidad necesario para resolver la situacin y llevar a cabo el proceso de seleccin que corresponda.
No se encuentran dentro de esta situacin las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas.
La necesidad debe ser actual y urgente (no invocarse en va de regularizacin), por perodos consecutivos y que excedan el lapso de tiempo requerido para paliar la situacin y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacin de la exoneracin.
La Contralora General de la Repblica participa de oficio.
La situacin de desabastecimiento inminente
Cuando el desabastecimiento se haya producido o se fuera a producir como consecuencia de negligencia de la Entidad, y sea imputable a la inaccin o demora de quienes debieron adoptar las acciones pertinentes para asegurar la provisin del bien o la continuidad del servicio esencial, en la Resolucin o Acuerdo exoneratorio, bajo sancin de nulidad, debern disponerse el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de responsabilidades administrativas, civiles y/o penales para los funcionarios involucrados.
Servicios especializados profesionales, artsticos, cientficos o tecnolgicos, con personas naturales o jurdicas notoriamente especializadas por su destreza, habilidad, experiencia particular o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad que permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacin para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacin con otros potenciales proveedores.
No podrn ser materia de subcontratacin.
Se encuentran expresamente incluidos en esta calificacin los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacin televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacin, en atencin a las caractersticas particulares que los distinguen
.
Servicios personalsimos
REQUISITOS PARA LA
SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
1. Constancia de Capacidad Libre de Contratacin.
2. Constancia no estar Inhabilitado para contratar con el Estado.
3. Garanta de Fiel Cumplimiento del Contrato.
4. Consorcios: Contrato con firmas legalizadas.
5. C.C.I. (cdigo de cuenta interbancario)
6. Traduccin oficial (traductor pblico juramentado) documentos presentados en la Propuesta.
7. Designar al residente de Obra (de ser el caso)
8. C.A.O. Valorizado sustentado en un PERT-CPM (*)
9. C.A.M. o Insumos.(*)
10. En Contrato a Suma Alzada: desagregado por partidas de la Propuesta.
INICIO DEL PLAZO DE EJECUCION DE OBRA
Desde el da siguiente que la Entidad cumplan las siguientes condiciones:
Estas 5 condiciones deben cumplirse < 15 d.n. F.C.
No solicitud AD: plazo inicia otras condiciones.
Entidad incumple condiciones, dentro 15 d.c. siguientes: Contratista podra iniciar Resolucin Contrato + solicitar Daos y perjuicios 5/10000 C hasta 75/10000 / Acreditados.
Inicio ejecucin de obra se puede ACORDAR postergar por estacionalidad climtica
1. Designe inspector o supervisor
2. Entregue el Expediente Tcnico completo
3. Entregue el terreno
4. Entregue Calendario Entrega Materiales
5. Entregue el Adelanto Directo ( 7 d.n. de haber recibido Garanta)
RESIDENTE DE OBRA
Profesional colegiado, hbil y especializado
Ingeniero o Arquitecto.
No menos de 2 aos de experiencia
en la especialidad.
Representa al Contratista en obra.
Cambio del Residente: autorizado por la Entidad
Dentro de 8 d.h. Pronunciarse
No se pronuncia: Aprobado el cambio.
Nuevo residente = IGUAL o superiores calificaciones
ADELANTOS
A.D. = o < al 20% monto contrato original
Solicitud + Garanta + Comp. Pago
Dentro 08 d.n. Sgte. a la Firma del Contrato.
Vencido este plazo NO procede solicitud.
Entidad debe entregar A.D. = 7 d.c.20
ADELANTO DIRECTO
ADELANTOS
A.M. = o < al 40% monto contrato original
Bases = Plazo Contratista solicite AM + Plazo Entidad entregue AM
Solicitud (despus de iniciada ejecucin contractual), concordante con Cal. Adq. Materiales e Insumos y plazos de las Bases.
Otorgamiento: D.S. N 011-79-VC
ADELANTO PARA MATERIALES E INSUMOS
INSPECTOR :
Profesional funcionario o servidor de la Entidad.
No requiere Registro de Consultor de Obras del OSCE.
SUPERVISOR :
Persona natural o jurdica especialmente contratada.
No menos de 2 aos de experiencia en la especialidad
Si requiere Registro de Consultor de Obras del OSCE.
Obligatorio en obras de monto es > = S/. 4 300,000.
Art. 190 D.S. N 138-2012-EF
INSPECTOR / SUPERVISOR
No exceder del 10 % del Valor Referencial de la obra o del monto vigente del contrato de obra, el que sea mayor.
COSTOS DE LA SUPERVISION
GASTOS DE LA INSPECCIN
Los gastos que genere la inspeccin no debern
superar el 5 % del Valor Referencial de la obra o monto
vigente del contrato de obra, el que sea mayor.
MAYORES PRESTACIONES DE SUPERVISION
LEY 29873.
Cuando en los casos distintos a adicionales de obras ..que
impliquen prestaciones adicionales en la supervisin si pasa el 15% debe ir a CGR pero se puede pagar mas del 25% Monto Contrato Supervisin (costo directo + GGV).
D.S. 138-2012-EF
Cuando en los casos distintos a adicionales de obras ..que
impliquen mayores prestaciones en la supervisin si pasa el 15% debe ir a CGR pero se puede pagar mas del 25% Monto Contrato Supervisin (costo directo + GGV).
DEMORAS INJUSTIFICADAS
EN LA EJECUCIN DE LA OBRA
Cuando por retraso injustificado:
Val. ejecutadas < 80% Val. Programadas (CAO vigente)
Inspector / Supervisor ordena acelerar los trabajos (C. Obra)
Calendario Acelerado de Obra (C.Ac.O.): se presenta en 7 d.n.
No presentacin: I.E. o Resolucin
CAO acelerado no para calculo y control reajustes
INTERVENCIN ECONMICA DE LA OBRA
OSCE emitir Directiva (Mientras sigue vigente la Resolucin N 010-2003-CONSUCODE/PRE)
Intervencin puede ser: de oficio (va Resolucin) o solicitud de parte.
Es opcional para la Entidad, para no resolver el Contrato y culminar la obra.
Contratista mantiene sus obligaciones.
Pierde derecho a los MGG, Indemnizacin o cualquier otro reclamo (intervencin por incumplimiento contratista)
Cuenta corriente mancomunada
Si el Contratista rechaza la intervencin el Contrato es resuelto.
RESOLUCION DE CONTRATO DE OBRA
De la Entidad al Contratista
Incumpla injustificadamente obligaciones
contractuales, legales o reglamentarias.
Haber acumulado la multa mxima (10%)
Paralice o reduzca injustificadamente la prestacin.
Del Contratista a la Entidad
No cumpla eventos de inicio de plazo.
Carta Notarial de requerimiento = 15 d.c. para levantar
Vencido este plazo se podr resolver el Contrato.
Acta de Constatacin Fsica e Inventario de Materiales
Resolucin parcial o total
PENALIDADES
Retraso injustificado en ejecucin de prestaciones
Penalidad diaria (Pd)
0.10 x Monto Pd =
F x Plazo en das
Obras: Monto = Monto Contrato Vigente
Plazo obra = o < 60 d.n. .......... F = 0.40
Plazo obra > 60 d.n. ... F = 0.15
OTRAS PENALIDADES
MONTO MAXIMO = 10% Contrato Vigente.
Estas penalidades se calcularan en forma independiente.
ROL DE LA SUPERVISION
ENTIDAD
PROYECTISTA
INSPECTOR / SUPERVISOR
Opinin
Coordina
Informa Coordina Asesora
Control + Soluciones
CONTRATISTA
I Etapa: Antes del inicio de la obra
Funciones del supervisor / inspector
II Etapa Durante la ejecucin de la obra
III Etapa Despus del trmino de la obra
Colocacin sobre Superficie Inclinada
Colocacin de Concreto
Colocacin desde Carretilla
Colocacin En
Encofrados Hondos
ENCOFRADOS DE MUROS
CUADERNO DE OBRA
Se apertura en la fecha de Entrega de Terreno
Se cierra producida la Recepcin de Obra por el Inspector o Supervisor.
CUADERNO DE OBRA
Consultas 1 . No requieren opinin del Proyectista.
Sern absueltas por Inspector o Supervisor: 5 d.n. Anotadas /
No absueltas: Contratista consulta a Entidad en 2 d.n./
Sern absueltas por Entidad: 5 d.n.
Consultas 2 . Requieren opinin del Proyectista.
El Inspector o Supervisor eleva a Entidad: 4 d.n. Anotadas /
Sern absueltas por Entidad en coordinacin Proyectista: 15 d.n.
Vencidos plazos consulta NO absuelta PUEDE ser Ampliacin de Plazo
EJEMPLO DE CUADERNO DE OBRA
Tipos:
a. Obra a Precios Unitarios.
V = ( Mtdo.ejecutado x P.U. OFERTA) + GG.Ofertado + Util.Ofertada
Se valoriza hasta el total de metrado realmente ejecutados
b. Obra a Suma Alzada.
V = (( Mtdo.ejecutado contratado x P.U. del V.R.) + GG.VR. + Utilidad VR. ) x F.R.
Se valoriza hasta el total de metrado del presupuesto de obra
VALORIZACIONES Y METRADOS
EFECTOS DE LA MODIFICACIN
DEL PLAZO CONTRACTUAL
A.P.: Por ejecucin de Adicionales NO Mayores G.G.Variables
A.P.: Paralizacin TOTAL obra causa ajena Contratista:
Mayores G.G. Variables acreditados (estructura original).
A.P.: Por otras causales
a) M.G.G. V. en Obras a Precios Unitarios
G.G.V. Ofertado Ind.39 (causal)
MGGV = N das A.P x ------------------------- x ------------------------
Plazo contrato Ind.39 (V.R.)
G.G.V. (V.R. x F.R.) Ind.39 (causal)
MGGV = N das A.P x -------------------------------- x ---------------------
N das plazo contrato Ind.39 (V.R.)
b) M.G.G. V.en Obras a Suma Alzada
a) A Suma Alzada
b) A Precios Unitarios
Partida Metrado Metrado Metrado
Contratado Ejecutado Valorizado
Conc.140 70 m3 85 m3 70 m3
Conc.175 100 m3 90 m3 100 m3
Partida Metrado Metrado Metrado
Contratado Ejecutado Valorizado
Conc.140 70 m3 85 m3 70 m3 (+15 m3)
Conc.175 100 m3 90 m3 100 m3 (- 10 m3)
El Reajuste mantiene actualizado el valor del Presupuesto.
a) Norma General
Se reajusta al mes siguiente de la Valorizacin ( Art.49 )
b) Norma para Obras Atrasada
Mximo reajuste reconocido = S REAJT. PROGRAMADOS
c) Norma para Obra Permanentemente Adelantada
Mximo reajuste reconocido = S REAJT. EJECUTADOS
REAJUSTES
Reajuste = V ( K-1)
Obra Precios Unitarios:
Ppto.Adic. = (Metdo.adic. x P.U. Ofert. ) + Gt.Grl.(F y V ) propio + Utilidad oferta
Ppto.Adic. = (Metdo.adic. x P.U. Pactado ) + Gt.Grl.(F y V)propio + Utilidad oferta
Presupuesto Adicional
Obra Suma Alzada:
Pto.Adic. = (Mtdo.adic. x P.U. VR x FR ) + Gt.Grl.(F y V) propio + Utilidad VR x FR
Pto.Adic. = (Mtdo.adic. x P.U. Pact. ) + Gt.Grl.(F y V) propio + Utilidad VR x FR
%. .
. . .A
AV R
1
n
M C O
Clculo del Porcentaje de un Presupuesto Adicional
Presupuesto Adicional que no cuenta con Presupuesto
Deductivo Vinculante.-
Este caso es cuando se genera un trabajo no previsto.
Presupuesto Adicional que considera Presupuestos
Deductivos Vinculantes.-
Este caso se presenta cuando en el Presupuesto Contratado ya
existe una partida para un trabajo determinado
(Por ejemplo: cunetas de mampostera de piedra) y se modifica
por otro trabajo que responde a la misma finalidad programada
(por ejemplo: cunetas revestidas en concreto).
Luego se genera un Deductivo Vinculante (partida cunetas de
Mampostera de Piedra) y en Adicional (partida cunetas
Revestidas de Concreto).
En este caso la frmula a aplicar es la siguiente:
%. . . .
. . .A
AV R
1
nD
V R1
n
M C O
Top Related