Alumnos:RODRIGUEZ CUSTODIO, ArmandoDURAND VILLANUEVA, JhonerBRAVO CÁRDENAS, ChristelSINCHE SALVADOR MirthaCARHUAS TAPIA, Kevin
DURAND
DENINICIONES GENERALES, CONTRATOS Y
EXPEDIENTE TECNICO
CÁTEDRA: CONSTRUCCIONES I
DOCENTE: Ing. LEONCIO LUQUILLAS PUENTES
DEDICATORIA
A los maestros que día a día nos inculcan nuevas enseñansas
CONSTRUCCIONES I
DEFINICIONES GENERALES
a) PROYECTISTA :
El Proyectista es uno de los agentes de la edificación contemplados. Es el agente que por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto.
Podrán redactar proyectos parciales del proyecto, o partes que lo complementen, otros técnicos de forma coordinada con el autor de este. Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediantes proyectos parciales u otros documentos técnicos, cada proyectista asumirá la titularidad de su proyecto.
La Ley de Ordenación de la Edificación en su artículo 10.1, párrafos 1° y 2° señala que: "proyectista es el agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa que le sea aplicable (técnica, urbanística, medio ambiental, etc.), redacta el proyecto".
a) Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero, ingeniero técnico, según corresponda y cumpliendo las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión.
b) Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados que en su caso fueran preceptivos.
c) Acordar, en su caso, con el promotor la contratación de colaboraciones parciales.
b) CONTRATISTA :
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Un contratista es la persona o empresa que es contratada por otra organización o particular para la construcción de un edificio, carretera, instalación o algún trabajo especial, como refinerías o plataformas petroleras por ejemplo. Estos trabajos pueden representar la totalidad de la obra, o bien partes de ella, divididas de acuerdo con su especialidad, territorialidad, horario, u otras causas.
El término con que se designa al contratista hace referencia al contrato que realiza con el constructor, promotor o cliente para dichas obras de construcción de acuerdo con los documentos del contrato, que por lo general incluyen el Catálogo de conceptos, las condiciones generales y especiales, los Planos y especificaciones del proyecto arquitectónico preparadas por el proyectista que puede ser un Arquitecto, Ingeniero Civil, Diseñador Industrial u otro especialista.
Un contratista es responsable de proporcionar todos los materiales, equipo (vehículos y herramientas) y la mano de obra necesarios para la construcción del proyecto; aunque dado el caso puede proporcionar, por ejemplo, solamente el recurso humano. Para ello, es común que el contratista se apoye en otras personas u organizaciones para que realicen determinado tipo de trabajos especializados; a ellos se les llama subcontratistas y a él contratista general.
La diferencia entre un contratista y un subcontratista no radica específicamente en su capacidad, experiencia o ramo, sino que hace referencia especialmente al tipo de relación que lleva con el cliente final, es decir, si fue directamente contratado por él para realizar los trabajos, o si es contratado por algún intermediario. Por ello, es común que en la práctica, un particular subcontrate a una empresa constructora para realizar el proyecto, o en caso contrario que una empresa constructora subcontrate a varios particulares para ejecutar los mismos trabajos, y que en todos los casos todos ocupen distintos escaños en el organigrama de una obra a otra distinta.
Cuando el Contratista es externo
Cuando una organización quiere construir un edificio, se pone en contacto con un contratista general establecido, que se haga cargo de todos los trabajos. En la mayoría de los casos, la organización que funciona como cliente nunca tiene trato directo con los subcontratistas ni tiene que preocuparse por el proceso de construcción.
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Cuando el Cliente actúa como Contratista
En ocasiones, el Cliente que necesita la construcción del edificio decide actuar por sí mismo como contratista general. En estos casos, trabaja directamente con los subcontratistas y se encarga de la administración y organización de todos los conceptos que genera la obra.
En estas condiciones, el dueño tiene que ponderar si el ahorro que le pudiera generar el no pagar los honorarios de un contratista general se compensa con la carga de trabajo, responsabilidades y contratiempos que se pudieran presentar, así como los riesgos de no ser un especialista de la construcción.
Los dueños que consideren este esquema deben tener en mente que los contratistas generales, además de su experiencia suelen desarrollar relaciones muy estrechas con todos los subcontratistas con los que trabajan de manera recurrente, obteniendo de ellos además de su compromiso, mejores precios que los que éstos ofrecerían a clientes "de una sola ocasión".
Tipos de Contratistas y Subcontratistas
Contratista Topógrafo Contratista de Excavaciones y Terracería Contratista de Obra Civil (albañilería) Contratista Electricista Contratista Plomero Contratista Carpintero Contratista de Ventanería Contratista de Herrería Contratista Yesero Contratista de instalación de pisos Contratista Pintor Contratista de impermeabilizantes Contratista Jardinero Contratista Redes y Telefonía Contratista de Aires Acondicionados
Método de trabajo del Contratista
En primer lugar, se busca un acuerdo en el que, el constructor o arquitecto que dirige la obra invita a uno o varios contratistas a participar en el proceso de construcción, mediante un proceso llamado concurso. Los distintos contratistas invitados a participar presentan un presupuesto
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en el que, sujetándose a las características especificadas en el proyecto y el catálogo de conceptos, especifican los precios que cobran por dichos trabajos, señalando además el tiempo que se tardarían en efectuarlos, criterios de supervisión y calidad, formas de pago, y demás condiciones de trabajo.
Una vez que el constructor o arquitecto ha recibido las distintas ofertas, selecciona a los contratistas ganadores del concurso y celebra con ellos el contrato que incluya los puntos arriba mencionados, además de aquellos puntos adicionales que les ayuden a definir los términos y condiciones de trabajo, buscando ser lo más específico posible.
Cuando empiezan los trabajos de cada contratista de acuerdo con su programación en el calendario de obra, éstos se encargan de cumplir con lo establecido en su contrato individual, trabajando en ellos simultáneamente con los otros contratistas participantes del proyecto. Cada determinado tiempo, que suele ser semanal, los contratistas presentan al constructor o arquitecto un reporte de los trabajos realizados a la fecha, con el fin de solicitar el pago de sus honorarios con lo que se conoce como avance de obra.
Durante la realización de los trabajos, tanto el constructor como el arquitecto y el promotor o cliente envían a la obra a su respectivo supervisor de obra para comprobar la cantidad y calidad de trabajos desarrollados, evaluando que en todo caso se ajusten al proyecto arquitectónico, al catálogo de conceptos, y que estén respaldados en los reportes de avance de obra.
Al terminar los trabajos asignados a cada especialista, éste presentará a la Administración un reporte final y en caso de que cumplan con las especificaciones requeridas, dicha Administración (el constructor, el arquitecto, el promotor, todos ellos o un especialista en administración de proyectos) recibirá los trabajos completados, procediéndose a tramitar el pago del finiquito de obra.
c) RESIDENTE DE OBRA :
Vigilar la ejecución de las obras de construcción, modernización, reconstrucción o conservación de carreteras autorizadas en los programas , revisando que el proyecto se desarrolle conforme a los programas de trabajo establecidos para éstas, de acuerdo a la
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normatividad aplicable, ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, su reglamento y lineamientos, con la finalidad de proporcionar obras con calidad que coadyuven al mejoramiento y crecimiento de la infraestructura carretera o otro asegurando la comodidad y seguridad de sus usuarios.
Objetivos específicos del puesto y las funciones que contribuyen a los objetivos
-Objetivo 1
Revisar que previo a la ejecución de las obras y servicios relacionados con las mismas a su cargo, se cuente con los elementos técnicos, legales y la administrativos requeridos, mediante la recopilación e integración de la documentación soporte prevista en la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, su reglamento y lineamientos, con la finalidad de asegurar que se cumpla con los requisitos de contratación establecidos por la dependencia.
-Objetivo 2
Coordinar las actividades correspondientes a la supervisión y control de los trabajos de las obras a su cargo, mediante la verificación del cumplimiento del proyecto, programa y especificaciones del contrato; así como, vigilando que en cada procedimientos se aplique la normatividad vigente, con la finalidad de asegurar la adecuada ejecución y conclusión de las mismas, en beneficio de los usuarios.
-Objetivo 3
Administrar el suministro de los recursos financieros asignados a las obras a su cargo, vigilando que se autoricen los suficientes para el desarrollo de los trabajos contratados y verificando que se efectúen los pagos conforme a los programas pactados en el contrato, con el fin de asegurar que la obra se realice ininterrumpidamente y se concluya conforme a lo estipulado en los documentos contractuales.
-Objetivo 4
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Coordinar el proceso de conclusión de las obras a su cargo en los aspectos técnicos, legales y administrativos, ejecutando las actividades inherentes a la recepción de los trabajos, elaboración y autorización de finiquitos, y las acciones que se deriven de éstos, con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en los documentos contractuales. Funciones que contribuyen al logro del objetivo
-Función 1
Recopilar la documentación técnica que deberá integrarse a las bases de licitación, mediante la obtención de los datos existentes en la residencia general correspondiente y/o en la unidad general de servicios técnicos, con el fin de disponer de los elementos necesarios para iniciar el proceso de contratación de las obras y servicios a su cargo.
-Función 2
Brindar apoyo en la celebración de los procesos de contratación para la realización de obras y los servicios relacionados con las mismas, proporcionando la documentación técnica requerida a la residencia general de adscripción para iniciar el proceso de contratación, con la finalidad de que se cuente con los elementos necesarios para efectuar el proceso de adjudicación de acuerdo a las disposiciones normativas aplicables en la materia.
-Función 3
Atender las consultas con respecto al proyecto y la documentación técnica que presenten los participantes en las juntas de aclaraciones del proceso de contratación, realizando una comparación con los datos disponibles de las especificaciones contenidas en las bases de licitación, a fin de definir la información que atienda las respuestas o aclaraciones que presentará el servidor público que presida dichas juntas, a los participantes en el proceso de contratación señalado.
- Función 4
Verificar los avances físicos y financieros de las obras a su cargo, realizando la inspección y mediciones que indiquen las especificaciones del contrato, comparando los volúmenes de los conceptos ejecutados con los del programa autorizado, con el fin de asegurar que la obra se realice conforme a la calidad y el programa estipulados en el contrato.
- Función 5
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Revisar y controlar que los materiales utilizados en la ejecución de las obras a su cargo, sean de la calidad y características pactadas en el contrato, mediante la comparación de los reportes de control de calidad de la obra que le son entregados contra los valores de las especificaciones establecidas con la finalidad de asegurar que las obras se realicen con la calidad requerida en los documentos contractuales para proporcionar seguridad y confianza a los usuarios.
- Función 6
Tomar las decisiones técnicas correspondientes y necesarias para la correcta ejecución de los trabajos en las obras a su cargo, analizando la información que genera el proceso y resolviendo las consultas, aclaraciones, dudas o autorizaciones que presente el supervisor o el contratista, con relación de los derechos y obligaciones derivadas del contrato, con el fin de asegurar que la obra se realice ininterrumpidamente y se concluya conforme a lo especificado en el contrato.
- Función 7
Vigilar que se cuente con los recursos presupuestales necesarios para realizar los trabajos contratados en las obras a su cargo, mediante la verificación de la existencia de los oficios de autorización y liberación de los recursos asignados, con el fin de asegurar que las obras se realicen ininterrumpidamente.
- Función 8
Autorizar para su trámite de pago las estimaciones que por trabajos ejecutados presente el contratista, verificando con la documentación soporte que avale que los trabajos estimados se hayan realizado de acuerdo a las especificaciones y programas del contrato, con el fin de cumplir las condiciones de pago pactadas en el contrato correspondiente.
- Función 9
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Rendir informes periódicos; así como un informe final sobre el cumplimiento del contratista, en el aspecto financiero, mediante la comparación de los recursos erogados en relación con los recursos asignados y calendarizados, con la finalidad de asegurar que las erogaciones se realicen conforme a los programas pactados en el trabajo.
- Función 10
Verificar la correcta conclusión de los trabajos contratados relativos a las obras a su cargo, mediante la inspección física de los mismos en cumplimiento a los requisitos establecidos en el contrato correspondiente, con la finalidad de asegurar la adecuada operación y funcionalidad de los mismos para los fines que fueron proyectados.
- Función 11
Documentar los procesos de entrega-recepción de las obras a su cargo conforme a lo establecido en el contrato, mediante la elaboración del acta correspondiente y sus anexos, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en los términos contractuales y en la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas y su reglamento.
- Función 12
Autorizar el finiquito del contrato, mediante la elaboración y firma del documento correspondiente, asegurándose de que la información sea la que se derive del seguimiento administrativo del contrato, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en los términos contractuales y en la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas y su reglamento
d) PROYECTO :
Es la representación de una obra que se ha de ejecutar con indicación de detalles técnico-legales. Se materializa mediante el o los expedientes técnicos, de acuerdo a la magnitud del proyecto o este se realiza en etapas.
Es una propuesta de acción técnico económico para resolver una necesidad utilizando un conjunto de recursos.
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Es un documento por escrito formulado por una serie de estudios (estudio de mercado, estudio técnico, etc.)
Toda intervención limitada en el tiempo, utiliza parcial o totalmente los recursos públicos, crea, amplia, mejora, moderniza o recupera la capacidad productora de bienes o servicios del estado.
Todo proyecto atraviesa tres fases o ciclos:
-pre inversión (perfil, pre factibilidad y factibilidad)
-inversión (expediente técnico, ejecución)
-pos inversión (operación de mantenimiento)
Proyecto viable:
-Un proyecto de inversión será calificado como viable cuando se ha demostrado ser rentable, sostenible y compatible con las políticas sectoriales y regionales
-Resuelve sus problemas
-Es socialmente rentable y sostenible
Planeamiento del proyecto de obra
Durante la etapa de la elaboración del proyecto, se requiere una serie de información regional y general enseguida se detallara los estudios recomendados que se tendrán que realizar obviamente de acuerdo a la magnitud, importancia y tipo de proyecto, podemos distinguir dos tipos:
-Planeamiento regional:
Etapa del estudio del proyecto
1.estudio preliminar del proyecto y del lugar de la obra 2.topografía y batimetría para el control de niveles bajo el agua 3.mecánica de suelos y mecánica de rocas(para el estudio de canteras y
control de estabilidad de taludes en rocas)4.geología y geotecnia 5.climatología e hidrología
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-Planeamiento general o integral
1. Empleo de métodos constructivos, equipos y herramientas adecuados, de acuerdo al tipo de trabajo.
2. Política de incentivos y bonificaciones
3. Empleo de equipos de comunicación: celulares radios o similares
4. Reuniones periódicas con el personal clave
5. medidas de seguridad
6. Factibilidad de sub-contratación de operaciones especializadas
7. Mantenimiento con talleres propios y/o uso de talleres locales especializados
8. Política de financiamiento: inversiones y gastos
9. Elaboración de cronogramas: de contratación de personal, adquisición de repuestos, uso de maquinarias, etc.
10. Tomar en cuenta las servidumbres, conservación de obras y monumentos históricos, que tiene los terrenos donde se ejecutara el proyecto
e) SUPERVISOR DE OBRAS:
El supervisor es la clave de la comunicación en cualquier organización, a través de él pasa toda la información, la que debe proporcionar a sus superiores y subordinados, bien sea el propietario del proyecto, contratistas, residentes, promotores, entidades bancarias o gubernamentales. Es por ello que debe canalizar toda la información para que así sus superiores tomen las decisiones más acertadas y simultáneamente, se sepa cuál es el trabajo que se debe hacer, cómo y cuándo debe hacerse. Este profesional capacitado, actúa durante varios procesos de la construcción, prestado un servicio periódico mediante el cual unge de asesor técnico proporcionando orientación y control a la misma. De manera que en líneas generales debe:
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Funciones del Supervisor. Previas al Inicio de las Obras.
Revisar los siguientes documentos:De la tierra. De los trámites oficiales. De los anexos técnicos. Hacer directorio de la obra.
Recabar documentos generales de consulta y control.
Al inicio de las obras.Revisión general del proyecto y especificaciones. Revisión de presupuestos. Revisión de contratos y conocimientos técnicos responsables por parte de los contratistas. Revisión de trámites oficiales. Reunión de contratistas para el inicio de la obra. Adjudicación de frentes para cada contratista. Revisión de programas de obra.
Durante las obras:Funciones generales. Control de calidad. Control de tiempo. Control de costo.Previas al término de las obras:Elaborar el finiquito de la obra faltante. Recopilar los anexos técnicos. Establecer los programas para revisión y recepción de viviendas. Al término de las obras:Recepción de viviendas, urbanización, infraestructura, obras exteriores y equipamiento urbano.
Funciones de la Supervisión
I) Previamente al inicio de los trabajos, deberá revisar detalladamente la
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información que le proporcione la residencia de obra con relación al contrato.
II) Integrar y mantener al corriente el archivo derivado de la realización de los trabajos, el que contendrá, entre otros:
- Copia de planos.
- Cédula de avances y pagos programados, según corresponda.
- Modificaciones a los planos.
- Registro y control de la bitácora, y las minutas de las juntas de obra.
- Permisos, licencias y autorizaciones.
- Contratos, convenios, programas de obra y suministros, números generadores, cantidades de obra realizadas y faltantes de ejecutar y presupuesto.
- Reportes de laboratorio y resultado de las pruebas;
- Manuales y garantía de la maquinaria y equipo.
III) Vigilar la buena ejecución de la obra y transmitir al contratista en forma adecuada y oportuna las órdenes provenientes de la residencia de obra.
IV) Registro en la bitácora de los avances y aspectos relevantes durante la ejecución de la obra con la periodicidad que se establezca en el contrato.
V) Celebrar juntas de trabajo con el contratista o la residencia de obra.
VI) Analizar con la residencia de obra los problemas técnicos que se susciten y presentar alternativas de solución.
VII) Vigilar que se cumpla con las condiciones de seguridad, higiene y limpieza de los trabajos.
VIII) Revisar las estimaciones de trabajos ejecutados para efectos de que la residencia de obra las apruebe.
IX) Vigilar que los planos se mantengan debidamente actualizados, por
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conducto de las personas que tengan asignada dicha tarea.
X) Analizar detalladamente el programa de ejecución de los trabajos considerando e incorporando, según el caso, los programas de suministros que la Dependencia o Entidad haya entregado al contratista, referentes a materiales, maquinaria, equipos, instrumentos y accesorios de instalación permanente.
XI) Coadyuvar con la residencia de obra para vigilar que los materiales, la mano de obra, la maquinaria y equipos sean de la calidad y características pactadas en el contrato.
XII) Verificar la debida terminación de los trabajos dentro del plazo convenido;
XIII) Coadyuvar en la elaboración del finiquito de los trabajos.
XIV) Las demás que le señale la residencia de obra o la Dependencia o Entidad en los términos de referencia.
La orientación. Quien orienta a los empleados. Si bien el supervisor tiene principalmente la responsabilidad de orientar a los empleados, existen otras personas que desempeñan papeles oficiales y no oficiales en esta orientación. Enunciadas en el mismo orden de su primer contacto con el empleado, las personas que por lo común lo orientan son:1.- El jefe de personal o de empleos2.- El jefe de la división.3.- El supervisor.4.- Los compañeros de trabajo.
La Orientación Del Supervisor. En el supervisor descansa una de las principales responsabilidades de la orientación de los empleados. Cada supervisor es responsable de su parte de la orientación del empleado y de proporcionar a este último la información que haya recibido anteriormente. El supervisor debe hacer lo siguiente:1.- Presentar al recién ingresado a todos los demás empleados.2.- Proporcionarle información fundamental del empleo.3.- Exponer los deberes y responsabilidades del empleo.4.- Explicarle la disposición material del local y la rutina de trabajo de la unidad.5.- Exponerle cuales son los programas de salud, seguridad y licencias por enfermedad.
f) PLANOS :
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Los planos son la representación gráfica y exhaustiva de todos los elementos que plantea un proyecto. Constituyen, los planos, la geometría plana de las obras proyectadas de forma que las defina completamente en sus tres dimensiones.
Los planos nos muestran cotas, dimensiones lineales superficiales y volumétricas de todas construcciones y acciones que comportan los trabajos los desarrollados por el proyectista.
Los planos definen las obras que ha de desarrollar el Contratista y componen el documento del proyecto más utilizado a pie de obra.
Tipos De Planos Y Sus Características
Los planos pueden ser generales y de detallé tanto para la ejecución de obra en campo como de los equipos en taller.Su número no debe prefijarse y habrá que realizar tantos planos como sean necesarios, teniendo en cuenta su uso casi exclusivo en la obra y a todos los niveles.
Planos De Situación Y Emplazamiento.
Los planos de situación y emplazamiento son aquellos planos que muestran la ubicación de las obras que define el proyecto en relación con su entorno a escala altamente reducida.Aunque no podemos establecer diferencia semántica entre los conceptos de En el plano de situación se ha de mostrar con claridad la situación de las obras dentro de un municipio, comarca, isla, provincia o incluso nación. En los planos de emplazamiento se esquematizarán los límites de la zona del proyecto de forma que se distingan en planta sus formas e interrelaciones locales con su entorno próximo.
Planos Topográficos Y De Replanteo.
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En la mayoría de los casos va ser innecesario el efectuar el cierre con estos puntos para el replanteo, pudiendo el proyectista establecer puntos fijos que estime adecuados para su uso exclusivo, para ello se puede ayudar de la existencia en el mercado de planos topográficos que le pueden ser de gran Utilidad.
Planos De Planta General.
En el plano de planta general se indican a escala reducida todos los elementos del proyecto que nos permiten situar sus partes dentro de un todo. La planta general viene a ser una vista aérea del conjunto.
Planos De Planta.
La planta, como proyección vertical, es indispensable para la definición geométrica de las obras proyectadas. El número de planos de planta de un proyecto puede ser numeroso y será tal que permita conocer con precisión y exactitud todo aquello que pretendemos ejecutar.
En un proyecto de edificación las distintas plantas a dibujar serían, por ejemplo:
Plano de excavación.Plano de cimentación.Plano de planta 1º.Plano de planta 2º.Plano de cubierta.
Alzados.
Secciones.
Las secciones tanto longitudinales como transversales son indispensables para conocer el interior de las piezas diseñadas y por tanto poder ejecutarlas.
Esquemas.
En la mayoría de los proyectos es necesario desarrollar esquemas de las diferentes redes de distribución interior (electricidad, agua, gas, aire comprimido, etc.) para el dibujo de estos esquemas no se utiliza escala alguna.Detalles.
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En un proyecto no debe quedar ningún elemento por definir. Los detalles los podemos dibujar en el propio plano donde aparece el elemento a detallar o en un conjunto de planos que denominaremos planos de detalles, o bien combinando ambas soluciones.
Planos.
El proyecto contendrá tantos planos como sean necesarios para la definición en detalle de las obras.
En caso de obras de rehabilitación se incluirán planos del edificio antes de la intervención.
Plano de situación *.
Referido al planeamiento vigente, con referencia a puntos localizables y con indicación del norte geográfico.
Plano de emplazamiento*.
Justificación urbanística, alineaciones, retranqueos, etc.
Plano de urbanización*.
Red viaria, acometidas, etc.
Plantas generales*.
Acotadas, con indicación de escala y de usos, reflejando los elementos fijos y los de mobiliario cuando sea preciso para la comprobación de la funcionalidad de los espacios.
Planos de cubiertas*.
Pendientes, puntos de recogida de aguas, etc.
Alzados y secciones*.
Acotados, con indicación de escala y cotas de altura de plantas, gruesos de forjado, alturas totales, para comprobar el cumplimiento de los requisitos urbanísticos y funcionales.
Planos de estructura.
Descripción gráfica y dimensional de todo del sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal). En los relativos a la cimentación se incluirá, además, su relación con el entorno inmediato y el conjunto de la obra.
Planos de instalaciones.
Descripción gráfica y dimensional de las redes de cada instalación, plantas, secciones y detalles.
Planos de definición constructiva.
Documentación gráfica de detalles constructivos.
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Memorias gráficas.
Indicación de soluciones concretas y elementos singulares: carpintería, cerrajería, etc.
g) CUADERNO DE OBRA
Definiciones y Generalidades:
- El Cuaderno de Obra es el documento de registro de sucesos y comunicaciones más importante en el manejo de las obras. Así lo estipula la normativa legal vigente en nuestro país, es un documento oficial, debidamente encuadernado y foliado, donde el profesional responsable de la construcción y sus especialistas y todas aquellas personas autorizadas deberán dejar constancia escrita de su actuación profesional.
Además de ser un medio oficial de comunicación entre contratista y entidad, es el mayor instrumento técnico de control durante la ejecución de los trabajos de construcción.
- Es obligatorio el uso del Cuaderno de Obras para todos, que tengan participación en una construcción. a aquel miembro, debidamente facultado que a título personal o en representación de una Empresa Consultora o Constructora, tenga o haya aceptado la responsabilidad en nombre del propietario, de dirigir o administrar la construcción. el profesional responsable deberá dejar una razón de apertura en el Cuaderno de Obra, indicando la fecha en que da inicio y dejando constancia de que se han cumplido con todos los requisitos legales para iniciar esa construcción.
- El Cuaderno de Obra tendrá un original y tres copias: La primera copia será para el Profesional Responsable, la que deberá guardar en su archivo personal conforme se vaya llenando cada folio y la segunda para el Propietario. La tercera copia será para la empresa constructora. Únicamente en el caso en que la responsabilidad de la obra sea asumida a través de la dirección técnica, esta copia permanecerá en el Cuaderno de Obra conjuntamente con el original.
Fines y Obligaciones:
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a) Contar con un documento oficial, donde se debe dejar constancia de la actuación del Profesional Responsable de la construcción de una obra.
b) Contar con un documento en una obra (demolición de obras existentes, movimientos de tierras, nivelación y ejecución de la construcción),
c) El contenido de cada nota deberá precisar, según las circunstancias de cada caso: número, clasificación, fecha, descripción del asunto, y en forma adicional ubicación, causa, solución, prevención, consecuencia económica, responsabilidad si la hubiere, y fecha de atención, así como la referencia, en su caso, a la nota que se contesta; y, nombre y firma de los que intervinieron.
De las Anotaciones:
- Se da libertad completa al Profesional Responsable para incluir los aspectos que considere de trascendencia en el Cuaderno de Bitácora.
- Las anotaciones se deberán iniciar con una leyenda que incluya entre otros aspectos los siguientes: fecha en que comienza la construcción, nombre y firma de los profesionales que participarán en la obra, indicando, cuál de ellos actúa como Profesional Responsable, etc. El Profesional Responsable en su primera visita de inspección deberá de anotar, el número de permiso de construcción de la Municipalidad.
- Todas las anotaciones en el Cuaderno de Bitácora, deberán indicar la fecha en que se hacen, al inicio de las mismas y finalizar cada anotación con la firma del profesional y número de carné. descripción de por lo menos los siguientes aspectos o incidentes si se presentaran:
-Constancia de que se respetaron los retiros municipales y estatales.
-Normas municipales sobre el uso de zonas comunales.
- Descripción de las clases de suelos encontrados, en relación con el tipo de la obra (los cimientos, muros, rellenos, presas, pavimentos, etc.).
- Resultados de las pruebas realizadas con los materiales de construcción, procesados o sin procesar, que se utilicen (bloques, maderas, tuberías, acero, agregados, cemento Portland o asfáltico, concreto, etc.). La descripción puede ser omitida, pero en todo caso debe darse las referencias del laboratorio que realizó las pruebas donde obran los resultados para la consulta específica.
- Descripción de los métodos constructivos empleados.
- Modificaciones, variaciones, ampliaciones o cambios que se produzcan en los planos y especificaciones originales.
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- Constancia de que se realizaron las pruebas o los sistemas mecánicos (tuberías, equipos, etc.).
- Constancia de la medición de aislamiento, resistencia a tierra de los sistemas eléctricos.
- Las anotaciones del Cuaderno de Obras deberán concluir con las siguientes indicaciones:-Fecha de conclusión.
-Constancia de habérsele entregado al propietario un juego de planos conteniendo todos los cambios efectuados durante la construcción, de tal forma que los mismos reflejen el estado final de la obra. Los costos correrán por cuenta del propietario.
-Deberá dar constancia del correcto funcionamiento de todos los equipos y sistemas electromecánicos, que forman parte de la obra.
-Área o características principales de la construcción y su costo final.
-Que la bitácora tenga un cierre final, que la misma se firme por el dueño
h) OBRA :
Es la ejecución física de un proyecto de acuerdo a su magnitud puede contener varios de los tipos de obras de ingeniería civil:
1. Edificaciones: Edificios, fábricas, viviendas y cercos
2. Caminos, vías ferroviarias y aeropuertos
3. Puentes y obras de arte
4. Obras portuarias: puertos y muelles
5. Obras de abastecimiento de agua y alcantarillado
6. Irrigaciones
7. Obras de defensa ribereña, etc.
i) EXPEDIENTE TÉCNICO:
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Es el conjunto de documentos técnicos –legales que son necesarios para ejecutar una obra y comprende:
-base de licitación: Indicando nombre de la obra , tipo de obra , el lugar, la entidad propietaria, la entidad financiera, acceso a la obra, plazo de ejecución de la obra, monto a contratar , formas de pago, tipo de contrato.
-memoria descriptiva: Descripción del proyecto señalando los elementos que lo constituyen y los requerimientos técnicos.
-especificaciones técnicas: Indicando el tipo y detalles suficientes que permiten asociar a una calidad determinada, detalles de construcción, etc.
-Planos de construcción: por especialidades profesionales: arquitectura y urbanismo, estructuras, de comunicaciones, etc.de acuerdo al tipo y magnitud del proyecto.
-modelo del contrato: De ejecución de obra, faltando solo incluir los generales de ley del contratista (razón social, domicilio legal, R.U.C., etc.)
-presupuesto básico: formado por los metrados (computo del consumo de materiales) y los precios unitarios de las partículas, el producto de ambos nos dan los precios parciales y la sumatoria de ellos nos dan el costo directo total.
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CONTRATO
DEFINICION DE CONTRATO:
El contrato de construcción de obras, es el documento que firman el
Contratista y el Constructor. Mediante el cual el Constructor se obliga a
ejecutar las obras y al Contratista a pagarlas. El contrato debe describir qué
trabajos hay que realizar y cómo ha de efectuarse el pago de los mismos.
Los trabajos son con frecuencia complejos y suponen muchas operaciones
diferentes, exigiendo al Constructor la compra de multitud de materiales y
diferentes elementos manufacturados, así como el empleo de una amplia
gama de máquinas y la colaboración de personas de diferentes oficios.
Debe quedar entendido que son importantes los contratos de construcción a
largo plazo por su complejidad en su contabilización, dado a que por motivo
de su larga duración, estos cubren más de un ejercicio contable, en ocasiones
muchos años, esto es, la fecha en la cual se inicia la actividad del contrato y
la fecha de terminación de esa actividad caen en periodos contables
diferentes. Existen muchas maneras de contratar el pago de unas obras de
construcción. Estas difieren básicamente en la forma de abonar la
construcción que se realiza. Cada una de ellas determina en el Constructor
una estrategia distinta a la hora de programar el proceso constructivo y sobre
todo a la hora de establecer prioridades en la ejecución de las distintas
unidades de obra. Los tipos más corrientes de contratos de construcción son:
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1.1. CONTRATO A SUMA ALZADA:
El contrato por Suma Alzada, más común, como su palabra lo indica, se
acuerda un costo total Final incluyendo impuestos, donde se valorizan todas
las partidas entregadas en el presupuesto, se totalizan incluyendo las
omitidas por error u omisión, llegando a un solo valor por el total de la obra
ligado a un plazo total de entrega, todo esto en común acuerdo entre las
partes.
Las ventajas de este tipo de contrato son:
• Todas las ofertas tienen la misma base, es decir, se oferta lo mismo por cada uno
de los licitadores, por tanto son comparables.
• El Mandante se asegura un costo más o menos cierto o al menos con muy pequeño
porcentaje de variación, ya que los riesgos de posibles variaciones son asumidos por
el constructor e incluidos en el precio ofertado.
• El constructor asume la responsabilidad de la medición; por lo tanto puede valorar
algo que el mismo ha medido, lo que le exime de posibles errores ajenos a la hora de
evaluar sus propios costos.
• Evita una gran parte del trabajo de medición y valoración del trabajo realizado, pues
la cifra final de cada unidad es conocida y por lo tanto se puede CERTIFICAR, o sea
pagar cada relación mensual de obra realizada, a base de calcular el porcentaje
realizado de cada unidad.
• El Mandante obtiene una serie de ofertas, que le comprueban la fiabilidad
económica del Proyecto que encargó y al compararlas le dan una idea muy clara de
cuál puede ser el precio real de la construcción de su proyecto.
Como inconvenientes se podrían señalar:
• El establecimiento de un precio cerrado obliga al Mandante a no poder variar
prácticamente nada una vez realizada la adjudicación, ya que si lo hace el
constructor puede aprovechar la coyuntura para mejorar su posición contractual y ya
no tiene competencia posible, que permita comprobar lo procedente de su postura.
• Requiere un proyecto bien definido y exacto con pocas posibilidades de error, pues
cualquier variación supone dificultades seguras entre Mandante y Constructor.
Este tipo de contratos sólo son recomendables en alguno de los casos siguientes:
• Obras de poca cuantía económica.
• Obras que pueden ser definidas con precisión. Debe evitarse su uso, por ejemplo,
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en obras subterráneas, o con alto grado de incertidumbre.
• Obras de poca duración o poco riesgo de variación de precios.
Precio fijo por la obra terminada, incluyendo todo lo indicado en los
documentos del proyecto (Planos, EETT y Bases Administrativas, etc.)
Con o sin reajustabilidad (típico UF)
Con o sin anticipo (normalmente hay anticipos entre 10% y 25%)
De todas formas la Constructora entrega presupuesto detallado y desglose de
P.U. por posibles variaciones de contrato.
variaciones de una suma alzada
Cambios en las bases del contrato, proyectos o
especificaciones.
Nuevas obras no consideradas en el contrato.
Variación de cantidades de obra más allá del límite establecido
en el contrato.
consecuencias de las variaciones de una suma alzada
Aumento de plazos
Aumento de gastos generales (cuando se sobrepasa cierto
límite de variación)
Aumento de utilidades de la Constructora (cuando se sobrepasa
cierto límite de variación)
Cargos por aceleración de obras
CONTRATO A SUMA ALZADA (EJEMPLO)
Construcción por Suma Alzada
En .........., a ...................., entre la sociedad ..........................., Rol Único
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Tributario ................... representada por .........................., cédula de identidad Nº
ambos domiciliados para estos efectos en .................................., en adelante El
Constructor � eI..........................................., sociedad comercial,
Rut ................................, representada por
don ................................. ............................................. cédula de identidad y RUT
Nº ................................, ambos con domicilio en .............................................., en
adelante El Propietario � se ha convenido el siguiente Contrato de Construcción por
suma alzada:
PRIMERO: Sr.(a).......................................... es dueña de las .............................. y
tiene interés como promitente comprador en las .......................................
del ............................................., que corresponde
al .......................................... . ................................, en la cual el propietario encargar
la construcción de xxx casas habitaciones, con todos los implementos que dan
cuenta los documentos que pasarán a detallarse.
SEGUNDO: Por el presente acto, el propietario encarga a la Constructora, la
ejecución de una obra consistente en la Construcción de....................................., con
una............................................... y redes según especificaciones técnicas y planos
confeccionados por el Arquitecto ..............................., que se protocolizan junto al
presente contrato bajo los Nº_____________-
TERCERO: La Constructora representada en la forma señalada, acepta el encargo,
comprometiéndose a ejecutar los trabajos los trabajos de construcción, conforme con
los antecedentes indicados en la cláusula anterior y que son de ambas partes
conocidos.-
CUARTO: La Obra materia de este contrato se ejecutará por el sistema de suma
alzada, El valor de estas obras será la suma total y única de ...........................,
incluido IVA, la que se desglosa de la siguiente manera:
OBRA COSTOS DIRECTOS.........
GASTOS GENERALES.........
UTILIDADES.................
IVACONSTRUCCION.............
TOTAL....................
Esta suma incluye todo lo que diga relación con remuneraciones, leyes sociales,
materias, subcontratos, gastos generales, permisos municipales, honorarios o
remuneraciones de los profesionales contratados por la Constructora e impuestos,
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conforme al presupuesto que se detalla en el anexo........... Del presente contrato y
que firmado por las partes en señal de aceptación se entiende formar parte
integralmente de este instrumento.-
QUINTO: El pago del valor de la obra se hará: según avance de obra, todo de
acuerdo a la carta Gantt que se protocoliza bajo el documento N°...........junto al
presente contrato.
SEXTO: El plazo para la completa ejecución de la obra encargada en este acto, será
de....................
SEPTIMO: La Constructora no tendrá derecho a indemnización alguna de parte del
propietario, en razón de pérdida o daños que pueda sufrir en sus materiales,
herramientas o instalaciones, siempre que éstas provengan de fuerza mayor o caso
fortuito, de hechos o de actos imputables a dependientes de la propia constructora.-
OCTAVO: Serán obligaciones de la Constructora:
a) Emplear en la ejecución de los trabajos, los materiales indicados en las
especificaciones técnicas y en el presupuesto de fecha ................... entregado por la
Constructora al propietario.-
b) Desarrollar los trabajos colocando en cada faena el personal de trabajadores
suficientes e idóneos para dar cumplimiento a plazos y calidades estipuladas,
respecto de los cuales tendrá la calidad de empleador.
c) Obtener los permisos municipales que correspondan y la recepción definitiva de
las viviendas y sus obras complementarias. Dar cumplimiento a todas las leyes
sociales que afecten a los trabajadores.
NOVENO: El incumplimiento de las obligaciones contratadas en el presente
instrumento por cualquiera de las partes dará derecho a la parte que ha cumplido,
para poner término anticipado a este contrato, debiendo procederse a la liquidación
de las prestaciones adeudadas a la fecha de término.-
DECIMO: Toda diferencia que se suscite entre las partes y que se relacione directa o
indirectamente con una o más cláusulas del presente contrato o de su totalidad, será
resuelta por un Arbitrador o amigable componedor, sin ulterior recurso y sin forma de
juicio el que deberá ser designado por la Justicia 0rdinaria.-
DECIMO PRIMERO: Analizar el tema del aumento o disminución de las obras
DECIMO SEGUNDO:.- Analizar tema de garantía del contrato. Qué pasa con el
anticipo de $......................... que deberá a hacer que en cada estado de pago se
reembolse un 5% para cancelarlo.
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DECIMO TERCERO:- Se deja constancia que todos los impuestos que se originen
por el presente contrato de construcción a suma alzada son de cargo de la
Constructora. Y que se encuentran incluidos en el precio pactado.
DECIMO CUARTO:- Las partes fijan como domicilio convencional para todos los
efectos legales, judiciales y administrativos la Ciudad de...........
El presente contrato se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder de cada
parte
La persona jurídica a de la Constructora consta en Escritura Pública del....................,
otorgada en la Notaría de................
La persona jurídica o del propietario...... consta en.....
Firmas....................... Y R.U.T.......
(R.U.T. stand for Rol Unico Tributario | Identity Card N°)
CONTRATO POR ADMINISTRACIÓN
Aunque suele ser el sueño de algunos constructores, no es en absoluto
recomendable para los intereses del Contratista. Si profundizamos un poco en
la filosofía de todo buen Constructor, tampoco lo es para éste. Este contrato
por Administración se basa en la fijación de unos precios de mano de obra y
materiales por parte del Constructor y con arreglo a ellos se facturan al
Contratista los trabajos realizados encargados por la propiedad
2.CONTRATACION POR ADMINISTRACIÓN CONTROLADA
Cuando el contratista se limita a la dirección técnica y económica de la
prestación; el compromiso del Constructor se limita a fijar la cantidad a
facturar por cada hora de operario o peón, y por cada unidad de material
empleado, pero sin asegurar en ningún caso el número de horas ni las
cantidades a emplear en cada unidad de obra. Sobre el total de facturación de
mano de obra y materiales consumidos el constructor carga un porcentaje fijo
para cubrir sus gastos fijos y beneficio industrial. Este tipo de contrato exige,
para ser razonablemente aceptable para el Contratista, una estrecha
vigilancia del Constructor por parte del Contratista y supone habitualmente un
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costo superior en la obra ejecutada que el que se conseguiría con otro tipo de
contrato. En este Contrato se elimina todo interés por el rendimiento y la
productividad no sólo en el constructor, sino en el propio personal u
organización de éste.
Por otra parte el constructor se encuentra totalmente coaccionado en su
trabajo, no pudiendo tomar decisión alguna, sin el previo permiso del Director
Técnico o de la persona que represente al Contratista, lo cual dificulta
gravemente su propia programación de trabajo. Además la tramitación
administrativa de los pagos suele resultar complicada debido a la multitud de
comprobaciones y papeleo que requiere su autorización. No es aconsejable
por lo tanto este tipo de contrato, más que en casos de emergencia y siempre
de manera provisional y parcial hasta conseguir la firma de otro contrato más
conveniente. Título excepcional la posibilidad de retribución a precio alzado,
sin existencia de precios unitarios.
Sistema por el cual el contratista se encarga solamente de la dirección técnica
y administrativa de la obra, en algunos casos podrá encargarse de la
provisión de equipos y mano de obra (por tarifas horarias dados a una fecha
3.CONTRATACIÓN POR ADMINISTRACION CONTROLADA A TOPE
Sistema donde conviene ser la obra en un plazo determinado a precios
unitarios o administración controlada con provisión de equipos y mano de
obra, pero con un tope condicional
4.CONTRATACIÓN LLAVE EN MANO
En este tipo de Contrato denominado también contrato a precio cerrado el
Constructor se compromete a entregar una construcción completamente
terminada y en estado de funcionamiento contra la entrega de una cantidad
fija, repartida en plazos pactados previamente, de acuerdo con el avance de
la obra. La oferta del Constructor se basa en un estudio del proyecto
suministrado por el Contratista, pero los riesgos de errores en dicho Proyecto
se entienden asumidos por el Constructor que debe por tanto realizar un
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estudio completo y exhaustivo del proyecto que le entrega el Contratista y
añadir en él todo aquello que considera que falte ya que la cifra de su oferta
se considera "cerrada" una vez firmado el Contrato. El constructor se
compromete a recibir exclusivamente la cantidad ofertada, incluyendo en ella
todas aquellas cosas que en su opinión son necesarias para la correcta
terminación y funcionamiento de la instalación aunque no estuvieran incluidas
en el Proyecto recibido para el estudio de la oferta.
Las ventajas de este tipo de contrato son:
Todas las ofertas tienen la misma base, es decir, se oferta lo mismo por
cada uno de los licitadores, por tanto son comparables.
El contratista se asegura un costo más o menos cierto o al menos con muy
pequeño porcentaje de variación, ya que los riesgos de posibles
variaciones son asumidos por el constructor e incluidos en el precio
ofertado.
El constructor asume la responsabilidad de la medición; por lo tanto puede
valorar algo que el mismo ha medido, lo que le exime de posibles errores
ajenos a la hora de evaluar sus propios costes.
Evita una gran parte del trabajo de medición y valoración del trabajo
realizado, pues la cifra final de cada unidad es conocida y por lo tanto se
puede CERTIFICAR, o sea pagar cada relación mensual de obra realizada,
a base de calcular el porcentaje realizado de cada unidad.
El Contratista obtiene una serie de ofertas, que le comprueban la fiabilidad
económica del Proyecto que encargó y al compararlas le dan una idea muy
clara de cuál puede ser el precio real de la construcción de su proyecto.
Como inconvenientes se podrían señalar:
El establecimiento de un precio cerrado obliga al Contratista a no poder
variar prácticamente nada una vez realizada la adjudicación, ya que si lo
hace el constructor puede aprovechar la coyuntura para mejorar su posición
contractual y ya no tiene competencia posible, que permita comprobar lo
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procedente de su postura.
Requiere un proyecto bien definido y exacto con pocas posibilidades de
error, pues cualquier variación supone dificultades seguras entre
Contratista y Constructor.
Este tipo de contratos sólo son recomendables en alguno de los casos
siguientes:
Obras de poca cuantía económica.
Obras que pueden ser definidas con precisión. Debe evitarse su uso, por
ejemplo, en obras subterráneas, o con alto grado de incertidumbre.
Obras de poca duración o poco riesgo
CLASIFICACIONES
Cuando se utilizan en un mismo proyecto:
Contratos "llave en mano" Mixtos
Cuando una parte del proyecto es tradicional y la otra es llave en mano.
Contratos "llave en mano" parciales
Cuando se contrata de forma tradicional todo el proyecto pero de subcontrata
una parte llave en mano.
Contratos semi "llave en mano"
Cuando el contratante celebra varios contratos siendo uno de ellos llave en
mano y encarga a este último contratista la coordinación de los demás
contratos.
Con base en la diferencia de contenidos en la práctica:
Contratos "llave en mano" simples o parciales
Cuando el contratista concibe la obra, suministra bienes de equipo y
materiales y pone en funcionamiento la obra de conformidad a lo estipulado
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en el contrato mientras que el contratante realiza la instalación bajo
la supervisión y asistencia del primero.
Contratos "llave en mano" completos o clásicos
Cuando el contratista concibe, construye y pone en funcionamiento del
proyecto.
Contratos "llave en mano" amplios
Cuando junto a las prestaciones del clásico el contratista asume otras
obligaciones complementarias relativas a la formación del personal local o
asistencia técnica para el funcionamiento.
III. CARACTERISTICAS
Los dos rasgos esenciales de los contratos "llave en mano": a) la fusión de las
misiones de concepción y ejecución de la obra en una sola persona, y b) la
obligación global asumida por el contratista frente al cliente de entregar una
obra completamente equipada y en perfecto estado de funcionamiento, dotan
a estos contratos de unas características particulares:
1. El contrato "llave en mano" a diferencia del contrato tradicional implica la
celebración de un solo y único contrato realizado entre el cliente y el
contratista. Generalmente, en la selección de este tipo de contratos
ejerce una influencia decisiva la tecnología implicada en el proyecto que
se pretende realizar y que se va a manifestar no sólo en los planos y
especificaciones técnicas sino también en los derechos de
propiedad industrial implicados en el proceso de producción y, en
determinados casos, en la formación de personal y en la asistencia
técnica proporcionada por el contratista.
2. El hecho de que en los contratos "llave en mano", el contratista asuma la
concepción y la ejecución de la obra condiciona no solo el
procedimiento de adjudicación del contrato, generalmente un
procedimiento restringido o negociado, sino también la determinación del
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objeto y la función del cliente o de su ingeniero.
3. A diferencia de los contratos tradicionales de construcción, en los
contratos "llave en mano" la elaboración detallada del proyecto tiene
lugar una vez concluido el contrato, circunstancia ésta que justifica
conceder al contratista un derecho a introducir modificaciones en sus
planos, a su propio coste y riesgo y siempre que se respeten los
parámetros contractuales acordados (calidad, cantidades de materias
primas, rendimientos) sin que sea necesaria a tal efecto la propia
aprobación del cliente
4. Esta estructura sobre la que descansa el contrato "llave en mano", y que
ha revolucionado ciertamente la industria de la construcción, implica a su
vez una pérdida de control sobre el proyecto por parte del cliente y una
reducción considerable en las funciones del ingeniero que en este tipo de
contratos actúa generalmente como representante del cliente, siendo
posible incluso en los casos más extremos que se prescinda de su
participación.
5. Finalmente, la obligación global que se deriva de los contratos "llave en
mano" para el contratista influye de manera decisiva en la determinación
del precio, que no puede ser, más que un precio alzado.
5.CONTRATACIÓN POR ENCARGO
Sistema entre dos entidades del estado, en las que se ejecuta la obra hasta
un tope determinado, en los que se encarga la compra de materiales, la
provisión de equipos, mano de obra y dirección técnica, el monto debe ser
menor en 10% al presupuesto base de la entidad contratante, regido por la ley
anual del presupuesto general de la republica.
Para cualquiera de estos tipos rige el reglamento de adquisiciones y
contrataciones (NOV 98), sus modificatorias y el código civil que es la norma
jurídica general que trata sobre los derechos de los ciudadanos, e igualmente
regula y legaliza los contratos y/o compromisos ciudadanos.
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Las obras financiadas total o parcialmente por crédito internacional se rigen
por las condiciones establecidas en el convenio respectivo y las leyes
vigentes.
ADMINISTRACIÓN DELEGADA
Se utiliza principalmente en el caso de que la construcción se
inicie sin tener terminada totalmente la Ingeniería de Detalle.
También se usa en caso de emergencias.
La Constructora administra la obra y el mandante le reembolsa
los gastos.
La constructora recibe un % por sobre los costos o un valor
preestablecido a modo de utilidad.
No se necesita un mecanismo de reajuste, puesto que se pagan
los costos reales.
Ejemplos
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Proyectos FAST TRACK en los cuales la oportunidad es determinante para el
éxito del proyecto.
Emergencias. La premura no permite el desarrollo de proyectos detallados.
Remodelaciones. No hay suficiente información como para que la Constructora
se comprometa a un valor fijo.
1. Las variaciones de volumen son de responsabilidad del Mandante.
Las variaciones de precios son responsabilidad de la constructora
Como forma de reajuste suele usarse el mecanismo de los “cubos
ajustables”
“Cubos ajustables”
En lugar de variar el precio se hace una variación ficticia de la
cantidad de obra para que el producto de precio por cantidad
corresponda al total reajustado.
1.2.4.-LLAVE EN MANO:
El contrato "llave en mano" o "turnkey contract" es aquel en que el contratista
se obliga frente al cliente o contratante, a cambio de un precio, generalmente
alzado, a concebir, construir y poner en funcionamiento una obra determinada
que él mismo previamente ha proyectado. En este tipo de contrato el énfasis ha
de ponerse en la responsabilidad global que asume el contratista frente al
cliente.
Otras prestaciones que siempre están presentes en los contratos "llave en
mano", formando parte de la obligación global del contratista son: el suministro
de materiales y maquinaria; el transporte de los mismos; la realización de las
obras civiles; la instalación y montaje, y la puesta a punto y en funcionamiento
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de la obra proyectada. En determinados casos, también es posible incluir en
este tipo de contrato otras obligaciones posteriores a la ejecución de la obra,
como la formación de personal y la asistencia técnica.
De los distintos métodos de realización de proyectos que han aparecido,
principalmente en el ámbito del comercio internacional, como consecuencia de
los avances tecnológicos, el que mejor refleja las transformaciones
experimentadas en este sector es, sin duda el método "llave en mano". Con
éste, desaparece la tradicional relación tripartita entre cliente (contratante),
ingeniero y contratista, para quedar sustituida por una única relación entre
cliente-contratista, en la que este último, junto a sus funciones tradicionales,
asume la concepción del proyecto.
Para evitar confusiones hay que aclarar que "llave en mano" es una modalidad
de contratación. Para dilucidar tal concepto hay que diferenciar entre la
clase de contrato, la modalidad de contratación y la forma de elegir al
contratante. En cuanto al primer punto, el ámbito natural de la modalidad de
contratación "llave en mano" es el contrato de obras, entonces esa será la
clase de contrato: de obra, en oposición a otras clases como suministro,
servicios, etc. La modalidad podrá ser tradicional o "llave en mano"; y en
cuanto a la forma de elegir al contratista ésta será independiente de los
factores anteriores, pudiendo usarse la licitación, libre gestión, etcétera. Con
respecto a este último tema hay que considerar que el contrato "llave en mano"
implica especialización del contratista así como la obligación de este de
entregar un producto terminado. Para ello asume una obligación global de
realizar todas las prestaciones necesarias, coadyuvantes o complementarias
de la obra a realizar. Lo anterior, en la mayoría de los casos puede tener como
efecto que las ofertas tiendan a ser sumamente complejas por lo que se tiende
a formas directas de elección del contratista.
II. CLASIFICACIONES
Cuando se utilizan en un mismo proyecto:
Contratos "llave en mano" Mixtos
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Cuando una parte del proyecto es tradicional y la otra es llave en mano.
Contratos "llave en mano" parciales
Cuando se contrata de forma tradicional todo el proyecto pero de subcontrata
una parte llave en mano.
Contratos semi "llave en mano"
Cuando el contratante celebra varios contratos siendo uno de ellos llave en
mano y encarga a este último contratista la coordinación de los demás
contratos.
Con base en la diferencia de contenidos en la práctica:
Contratos "llave en mano" simples o parciales
Cuando el contratista concibe la obra, suministra bienes de equipo y materiales
y pone en funcionamiento la obra de conformidad a lo estipulado en el contrato
mientras que el contratante realiza la instalación bajo la supervisión y
asistencia del primero.
Contratos "llave en mano" completos o clásicos
Cuando el contratista concibe, construye y pone en funcionamiento del
proyecto.
Contratos "llave en mano" amplios
Cuando junto a las prestaciones del clásico el contratista asume otras
obligaciones complementarias relativas a la formación del personal local o
asistencia técnica para el funcionamiento.
III. CARACTERISTICAS
Los dos rasgos esenciales de los contratos "llave en mano": a) la fusión de las
misiones de concepción y ejecución de la obra en una sola persona, y b) la
obligación global asumida por el contratista frente al cliente de entregar una
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obra completamente equipada y en perfecto estado de funcionamiento, dotan a
estos contratos de unas características particulares:
6. El contrato "llave en mano" a diferencia del contrato tradicional implica la
celebración de un solo y único contrato realizado entre el cliente y el
contratista. Generalmente, en la selección de este tipo de contratos ejerce
una influencia decisiva la tecnología implicada en el proyecto que se
pretende realizar y que se va a manifestar no sólo en los planos y
especificaciones técnicas sino también en los derechos de
propiedad industrial implicados en el proceso de producción y, en
determinados casos, en la formación de personal y en la asistencia técnica
proporcionada por el contratista.
7. El hecho de que en los contratos "llave en mano", el contratista asuma la
concepción y la ejecución de la obra condiciona no solo el procedimiento de
adjudicación del contrato, generalmente un procedimiento restringido o
negociado, sino también la determinación del objeto y la función del cliente
o de su ingeniero.
8. A diferencia de los contratos tradicionales de construcción, en los
contratos "llave en mano" la elaboración detallada del proyecto tiene lugar
una vez concluido el contrato, circunstancia ésta que justifica conceder al
contratista un derecho a introducir modificaciones en sus planos, a su
propio coste y riesgo y siempre que se respeten los parámetros
contractuales acordados (calidad, cantidades de materias primas,
rendimientos) sin que sea necesaria a tal efecto la propia aprobación del
cliente
9. Esta estructura sobre la que descansa el contrato "llave en mano", y que
ha revolucionado ciertamente la industria de la construcción, implica a su
vez una pérdida de control sobre el proyecto por parte del cliente y una
reducción considerable en las funciones del ingeniero que en este tipo de
contratos actúa generalmente como representante del cliente, siendo
posible incluso en los casos más extremos que se prescinda de su
participación.
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10.Finalmente, la obligación global que se deriva de los contratos "llave en
mano" para el contratista influye de manera decisiva en la determinación
del precio, que no puede ser, más que un precio alzado.
IV. FASES
En términos generales cabe distinguir dos principales:
1. Preparación del contrato: en la que se determinan los objetivos del cliente,
se selecciona al contratista y se negocia con él los términos contractuales,
y
2. Ejecución del contrato: que comprende el comienzo de los trabajos,
el desarrollo progresivo de la obra y su completa realización,
funcionamiento y aceptación.
Dentro de la fase de preparación del contrato cabe decir que el papel del
ingeniero se limita a asesorar al cliente en cuanto: a) a la preparación de los
documentos de invitación a la presentación de ofertas, b) a la comparación
y selección de ofertas, y c) en determinado caso, a elaborar las
especificaciones generales del proyecto en las que se indicará de forma vaga e
imprecisa las condiciones técnicas exigidas por el cliente sin que ello suponga
asumir responsabilidad alguna por la concepción detallada del mismo.
Como en los contratos "llave en mano" la descripción detallada de la obra tiene
lugar durante la ejecución del contrato, de tal situación se derivan determinadas
consecuencias jurídicas:
1.
2. Indeterminación del objeto del contrato al momento de otorgar el contrato,
lo que se pretende suplir por medio de estándares
3. Mayores derechos concedidos al contratista para modificar el proyecto
siempre y cuando esté informado, revise o apruebe tales cambios, y
siempre que tales modificaciones no alteren las garantías técnicas y de
buena obra.
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4. El contratista responde de las posibles lagunas y omisiones de las que
pueda adolecer el proyecto y los derechos del cliente a introducir
modificaciones quedan restringidos y generalmente dan lugar a una
compensación de los costes en los que haya podido incurrir el contratista.
V. BASE LEGAL
Se encuentra en el artículo 105 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de
la Administración Pública, que reza:
"Contrato Llave en Mano
Art. 105.- Podrá acordarse mediante resolución razonada la celebración del
Contrato Llave en Mano, siempre que se comprueben las ventajas de esta
modalidad de contratación, con respecto a las otras estipuladas en esta ley o
que se tratare de la ejecución de proyectos extraordinariamente complejos; en
los que fuere evidente la ventaja de consolidar en un solo contratista todos los
servicios de ingeniería, provisión de equipo y construcción, teniendo en cuenta
las ventajas de esta modalidad respecto a los costos que puede tener el
proyecto de celebrarse la contratación en la forma ordinaria.
La determinación del contratista para la celebración del contrato llave en mano,
se hará en la misma forma o procedimientos regulados para los demás casos y
la respectiva institución contratante deberá incorporar a este contrato, las
cláusulas que permitan vigilar y supervisar el desarrollo y cumplimiento de las
obligaciones contractuales. Se prohíbe en esta clase de contratos
la introducción de órdenes de cambio. Y ajuste de precios; así como, el plazo
de ejecución no será sujeto a modificaciones salvo en los casos
de fuerza mayor."
VI. CONCLUSION
El contrato "llave en mano" presenta ventajas y desventajas, las ventajas más
palpables son que se concentran en un solo contratista todas las prestaciones
objeto del contrato, la responsabilidad global del contratista le obliga a dar un
buen resultado, el contratante tiene un precio fijo, se eliminan las posibilidades
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de órdenes de cambio que generan mayores gastos, etcétera. Entre los
inconvenientes se encuentran: el precio, que generalmente es elevado, sin
embargo, por el costo beneficio, esto es relativo; el cliente no puede intervenir
en la gestión del proyecto, hay veces que es difícil encontrar especialistas en
un determinado proyecto, etc. Nuestra legislación lo prevé como una modalidad
de contratación siendo factible su utilización.
1.2.5.-POR ENCARGO
II.-EXPEDIENTE TECNICO
2.1.- DEFINICION.-
El expediente técnico, en su caso, constituye un elemento esencial para los procedimientos de evaluación de la conformidad de un producto, especialmente cuando se aplica un procedimiento de evaluación en que no interviene un Organismo Notificado . También facilita la labor inspectora de las Autoridades Competentes. Cuando haya intervenido un Organismo Notificado, éste ejercerá un cierto control sobre la documentación técnica correspondiente que dependerá del módulo que se aplique.
La información que debe contener depende de la naturaleza del producto. Incluirá lo necesario, desde el punto de vista técnico, para demostrar la conformidad del producto, bien con las normas armonizadas bien con los requisitos esenciales de las Directivas correspondientes cuando no se hayan aplicado dichas normas o sólo se hayan aplicado parcialmente.
Debe figurar la descripción de las soluciones adoptadas para cumplir todos los requisitos esenciales aplicables al producto.
El expediente ha de ser claro, conciso, no se debe complicar sin necesidad y debe redactarse en una de las lenguas de la Unión Europea. Cada Directiva señala la información concreta que ha de contener, pero algunos datos generales son los siguientes:
a. Datos técnicos esenciales y útiles para el control de la evaluación de la conformidad, como:
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Nombre y dirección del fabricante identificación y descripción del producto, lista de normas armonizadas aplicadas.
Si procede: Instrucciones de utilización, plano de conjunto y certificados de exámenes o auditorías realizados por Organismos Notificados.
b. Documentación completa que incluya:
Descripciones de productos y procedimientos.
Informes de los ensayos realizados.
Información sobre el sistema de calidad
Planos.
Lista de normas aplicadas, además de las armonizadas.
Como caso particular de ejemplo, para la Directiva de Baja Tensión (DC 73/23/CEE), es recomendable añadir en la parte antes indicada como b):
En caso de fabricación en serie, las disposiciones internas que vayan a aplicarse para mantener la conformidad de los productos con las disposiciones de las Directivas. El fabricante deberá efectuar las investigaciones y pruebas necesarias sobre los componentes, los accesorios o el producto en su totalidad a fin de determinar si este último, cumple todos los requisitos esenciales aplicables.
Documentación relacionada con componentes y partes críticas para la seguridad (un fabricante no podrá rechazar toda responsabilidad transfiriéndola al fabricante de un elemento o un componente del producto final, por tanto la elección de estos materiales debe justificarse en el expediente en la medida en que afecta a la satisfacción de uno o varios requisitos esenciales).
La parte a) debe tenerse preparada y disponible. En cuanto a la parte b), no es indispensable que toda esta documentación exista permanentemente en forma de carpeta físicamente construida, pero habrá de ser posible reunirla y tenerla disponible en un tiempo razonable.
El expediente técnico estará a disposición de las autoridades nacionales para fines de inspección y control.
Salvo lo dispuesto particularmente en alguna Directiva, es necesario tener a disposición al menos un expediente en el territorio de la UE en el momento que se comercializa el producto en la Unión Europea.
El hecho de no presentar la documentación en respuesta a un requerimiento debidamente motivado de las Autoridades nacionales competentes podrá constituir
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razón suficiente para dudar de la presunción de conformidad con las disposiciones de las Directivas.
El fabricante está obligado a presentar la parte del expediente relativa al motivo aducido por la Autoridad (su cliente, que podrá llegar a acuerdos comerciales que lo incluyan, en ningún caso puede valerse de las Directivas para exigir la presentación del Expediente).
La obligación de mantener a disposición el expediente recae en el fabricante o su representante establecido en la Unión Europea.
En caso de que ninguno de los dos esté establecido en la Unión Europea, será la persona que comercialice el producto en el mercado comunitario quien asuma dicha obligación.
Todo aquel responsable de la comercialización de un producto en el mercado comunitario debe disponer del expediente o tener la garantía de poder presentarlo a la mayor brevedad en caso de requerimiento motivado.
Deberá mantenerse durante un periodo de 10 años tras la última fecha de fabricación del producto, salvo indicación contraria de la Directiva aplicada.
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