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Maria Patricia Kurczyn Vi llalobos Comisionada ponente Recurso de revisión Expediente: RRA 4246118 .>." ",:, ..... .. " .. Sujeto obligado : Comisión Nacional del Agua Fol io : 1610100198418 Ciudad de México, a dos de octubre de dos mil dieciocho. Visto el estado que guarda el expediente del recurso de re visión RRA 4246/18 . interpuesto en con tra de la Com isi ón Nac iona l del Agua. se em it e la presente resolución tomando en conside rac ión los sigu ientes: RESULTANDOS PRIMERO. Solicitud de acceso a la información. El ve intiséis de abril del dos mil dieciocho. el particular presentó una so licitud de acceso a la información ante el su jeto ob ligado. a través de la Plataforma Nacional de Trans pa rencia. en l os siguientes términos: Oes crlpclón de la solic itud de Informaci 6n: "Requiero esta resolución . Numero de denunCI as que conSlen en a.eriguocKlnes prevIas. asl como su slatus actual de su procedImiento (Investigación. reserva. no eje rc ICio. conSignación) que la COmlSIÓrl nacKlI1a l del ag ua presento desde enero de 2012 a 15 de Jun io de 2016. pOr tos tipOS penales conlenidos en los artlculos 149 Y 150 de la Ley General de BIenes NaC ionales en zonas federales a cargo de esta dependenci a. sel'ialando que unidad. drr e;:;cron u organismo presenlO dicha denuncIa. el nombre oficial (en ca"" de tenerlo) de l bien naCiona l ( ejemplo rlo sudllale) afectado pOr la condllCta. numero de averiguación pr e. ia y estado de la RepubllCa en la que se presento la denwlcla penal y la fecha en que se as l mIsmo. Nume ro de denunCIas que consten en carpelas de inves tigación as! como Su status ac tual de su procedimiento (proceso de investIgación. reserva. no ejercicio. consignación) que la comisi6n nacional del agua pre sento desde el 16 de junio de 20 16 hasta la fecha actual. por los t ipOS pena les con:emdos en los artlculos 149 y 150 de la Ley General de Bienes Nacionales en zonas federa les a cargo de esta dependencia. se/\alando Que unidad. direccion u organ ismo presento dICha denuncia. el nombre oficial (en caso de tenerio) de l bien nacional ( ejemplo río suchiate) afectado por la conducta, numero de averiguación preVia y estado de la Republlca en la que se presento la denuncia penal. ast como la lecha en que se OIZO· (S<I:) Forma en la que desea recibi r la información : "Entrega pOr Internet en la PNT" SEGUNDO. Notificación de prórroga. El veintitrés de abril del dos mil dieciocho. la Comisión Nacional del Agua notifi al particular una prórroga para dar respuesta a su solicitud de in formación, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia. en los siguientes términos: "' ) La Ley General de Transparencia y Acce"" a la Información Pública prevé que el plazo de res olUCIÓn de la soli Cit ud se pue de extender pOr una sola "ez y hasta por 10 dlas hábIles siempre y cuando se le notll ique al solIC itante las que lo mOII.e n Las razones que motIvan la prórroga son PIo\i .n, 1 oe 11

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Maria Patricia Kurczyn Vi llalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

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Sujeto obligado : Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

Ciudad de México, a dos de octubre de dos mil dieciocho.

Visto el estado que guarda el expediente del recurso de revisión RRA 4246/18 . interpuesto en contra de la Com isión Naciona l del Agua. se em ite la presente resolución tomando en considerac ión los sigu ientes:

RESULTANDOS

PRIMERO. Solicitud de acceso a la información.

El veintiséis de abril del dos mil dieciocho. el particular presentó una solicitud de acceso a la información ante el sujeto obligado. a través de la Plataforma Nacional de Transparencia. en los siguientes términos:

Oescrlpclón de la solic itud de Informaci6n: "Requiero esta resolución . Numero de denunCIas que conSlen en a.eriguocKlnes prevIas. asl como su slatus actual de su procedImiento (Investigación. reserva. no eje rcICio. conSignación) que la COmlSIÓrl nacKlI1a l del agua presento desde enero de 2012 a 15 de Junio de 2016. pOr tos tipOS penales conlenidos en los artlculos 149 Y 150 de la Ley Genera l de BIenes NaCionales en zonas federales a cargo de esta dependencia. sel'ialando que unidad. drre;:;cron u organismo presenlO dicha denuncIa. el nombre oficial (en ca"" de tenerlo) del bien naCional ( ejemplo rlo sudllale) afectado pOr la condllCta. numero de averiguación pre. ia y estado de la RepubllCa en la que se presento la denwlcla penal y la fecha en que se h i~o_ as l mIsmo. Numero de denunCIas que consten en carpelas de investigación as! como Su status actual de su proced imiento (proceso de investIgación. reserva. no ejercicio. consignación) que la comisi6n nacional del agua presento desde el 16 de junio de 20 16 hasta la fecha actual. por los t ipOS pena les con:emdos en los artlculos 149 y 150 de la Ley Genera l de Bienes Nacionales en zonas federa les a cargo de esta dependencia. se/\alando Que unidad. direccion u organ ismo presento dICha denuncia. el nombre oficia l (en caso de tenerio) del bien nacional ( ejemplo río such iate) afectado por la conducta , numero de averiguación preVia y estado de la Republlca en la que se presento la denuncia pena l. ast como la lecha en que se OIZO· (S<I:)

Forma en la que desea recibi r la información: "Entrega pOr Internet en la PNT"

SEGUNDO. Notificación de prórroga.

El vein titrés de abril del dos mil d ieciocho. la Comisión Nacional del Agua notificó al particular una prórroga para dar respuesta a su solicitud de información, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia . en los siguientes términos:

"' ) La Ley General de Transparencia y Acce"" a la Información Pública prevé que el plazo de resolUCIÓn de la soliCitud se puede extender pOr una sola "ez y hasta por 10 dlas hábIles siempre y cuando se le notll ique al solIC itante las ra~ones que lo mOII.en

Las razones que motIvan la prórroga son

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente : RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

El proceso de búsqueda de la información no ha condufdo por parte de las Unfdades Adm i n istratl~as encargadas de atender su solic itud de acceso a la información, por kl qllf! se requ iere de la ampliación del plazo· (sic)

El sujeto obligado adjuntó a la notificación, el Memorando número BOO,912,OO.1.MT.-254 , del diecisiete de mayo de dos mil dieciocho, signado por el titular de la Unidad de Juridica de la Dirección Local Hidalgo, dirigido al Comité de Transparencia, cuyo contenido es el siguiente:

'(. ) Me ref'ero a la solicitud de acceso a la informacIÓn ingresada a esta ComISión Nac!Onal de l Agua el pasado jueves 26 de abn l del 2018, y regIstrada en la Plataforma Nacio<lal de Transparencia conforme a kl SIgu iente' ( . . )

OtrO$ Datos

AJ respecto, con fundamento en lo dIspuesto por el articu lo 135 párrafo segundo de la Ley Federal de TranspanlnCla y Acceso a la Información PúblICa, me permito solic itar a ese H Com,té de Transparencia, la ampliación del plazo de respuesta para la atención de la presente solicitud, por los sigu ientes motIVOS,

Lo anterior . a fin de agotar en su totalidad la búsqueda minuciosa y exhaustiva de la informacIÓn solicItada dentro de cada uno de ~ reg istros con los que cuenta la Unidad Juridica de ésta Dlfecd6n Local Hidalgo. esto toda vez que de los a~os solicitados los exped ientes se encuentran en el arch iVO de concentración de ésta Unidad Administrativa. lugar que flsicamente se localiza en un área dIferente a (k",de se encuentra Insta lada la Unidad Jurld lC<l y por lo tanto la basqueda se ha realizado de manera paulatina. ( .. .)" (sic) ¡Enfasis de origen]

TERCERO. Respuesta a la solicitud de acceso a la información.

El cuatro de junio de dos mil dieciocho, el sujeto obligado respondió la solicitud de información . a través de la Plataforma Nacional de Transparencia. en los términos siguientes:

-(o ) Con fundamento en la Ley Genera l de Transparencia y Acceso a la InformaÓÓfl Púb lica, se adjunta la información soliCItada,

Después de una búsqueda en los Org anismos de Cuenca, Direcciones Locales y Nl\lel Centra l de la ComisÍÓ{) NacIOnal de Agua. slrvase encontrar en archivo adjunto las respuestas proporcionadas por las Unidades Administrativas que proporcionaron InlofmociOn en atención a la solic itud presentada," (sic)

El sujeto obl igado adjuntó a su respuesta , copia simple de los siguientes documentos:

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246118 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

1 Archivo en formato Excel, de la Unidad Jurldlca depend~nte de la Dirección Local de Michoacán, con los rubros siguientes: N" Averiguaciones Previas ylo carpetas de Investigación (cantidad); Ano; Status Actual del Procedimiento, Unidad Administrativa, Nombre del Bien Nacional, Numero de Averiguación Previa, Fecha de Presentación de la Averiguación Previa ylo Carpeta De Investigación, Total Averiguaciones Previas y Total de Carpetas de Investigación. De 2012 a 2018

2 Archivo en formato Excel, elaborado por la Dirección Local Tabasco que contiene los siguientes rubros: Avenguaclones PreVias 2012 • 2016 (numero consecutivo. JUiCIO, fecha. DlrecclÓfl u Organismo, Numero de Denuncia, Afectación y Estatus). Carpetas de Investigación 2017, (numero consecutivo, Juicio. fecha. Dirección u Orgafllsmo. Número de DenunCia. Afectación y Estatus).

3. lista elaborada por el Organismo de Cuenca Rio Bravo, que contiene loS siguientes datos: numero consecutivo, denunciante, número de averiguación, fecha de presentación, Zonas Federales. Organismo o Dirección, Estado, Fundamento y Status, de 2012 a 2016.

4 lista elaborada por el Organismo de Cuenca Rio Bravo, con los siguientes rubros. número consecullvo. denunciante, número de averiguación, fecha de presentación. Zonas Federales. Organismo o Dirección, Estado. Fundamento y Status, de 2016 y 2017

5 Cuadro generado por la Dirección local Aguascalientes que contiene los siguientes rubros: número Averiguaciones Previas ylo Carpetas de Investigación (cantidad). ano. status actual del procedimiento. unidad administrativa, nombre del Bien Nacional, número de averiguación previa , fecha de presentación de la averiguación previa ylo carpeta de investigación, EstadolMunicipio, Total Averiguaciones Previas, de 2017 y 2018, Para total de averiguaciones previas de enero de 2012 a 15 de junio de 2016, reportó cero. Total de Carpetas de Investigación.

6 Archivo en formato Excel elaborado de Dirección local Hidalgo, con los rubros siguientes: unidad admlOistrativa. Bien Nacional Afectado, Fecha de Presentación, Estado Procesal. lugar de Radicación y Número de Averiguación ylo Carpeta, de 2012 a 2017

7 Archivo en formato Excel elaborado por la Dirección local Nayarit, con los rubros siguientes: Unidad Admlnislrativa, Fecha de Presentación, Estado Procesal, lugar de RadK:aClón y Numero de Averiguación ylo carpeta , de 2012 a 2017.

8 Memorando número BOO.901 .00 2018/001 143, del vernlldós de mayo de dos mil dieciocho, signado por la titular de la titu lar de la Unidad Jurldica de la DireCCión local de Aguascalientes, cuyo contenido es el siguiente.

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

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"( ) Me refiefo a la solidtud de acceso a la infofmación ingresada a la Comisión Naciona l del Agua el 26 de abri l de 2018 Y feg istrada conforme a lo sIgurente' ( I

Al respecto. mll permito infofmar, que con lundamento en los artlculos t 35 y t 36 de la Ley Federal de TransparenCia y Acceso a la Información Pública, y en virtud de la moda lidad de entrega e leg,da, la UflIdad JurtdJCa In forma que despuh de un an~l i sls del contenido de la solicitud, y al haber efeduado la búsqueda minuciosa y exhaustiva de la informa6ón en los archivos y bases de datos de esta Dirección Local Aguasca lien les

DerNa o de dicha búsqueda se localiZO la siguiente

• Numero de denunCias que conSlen en AveriguacIOnes Previas que la Comisión Naciona l del Agua presentO desde enero de 2012 a 15 de junio de 2016, por los t ipos penales conlenidos en los artlculos 149 y 150 de la Ley General de Bieoes NacIOna les, O

• Numero de denuncias que consten en carpetas de investigación que la ComiSIÓn Nacional del Agua presentó desde el 16 de JunIO de 2016 hasta la ~a actual, por los IIPOS pena les contenidos en 10$ art iculos 149 y 150 de la Ley Genera l de B",nes NacIOnales, son 03 carpetas de InvellligaciOn

Por lo antenor, anexo al presente rem ito en arch ivo en formato EXCEL, ios dalaS solicitados (. r (sic) [Énfasis de origen]

9. Oficio numero 900.903.00.1.037.1259, del treinta de abril del dos mil dieciocho, signado por la Jefa de la Unidad Jurídica de la Dirección Local de Baja California Sur, cuyo contenido es:

"( . ) Me refiero a la soliCitud de acceso a la información Ingresada a esta Comisión Nacional del Agua el pasado Jueves 26 de Abril de 20 1e y reg istrado en el Sistema Infomex a cargo del GoblOrno Fedefa l conforme 11 io sigU iente ( .. )

Al respecto. COn fundamllnto en lo dispuesto pof el Articulo 135 de la Ley Fedefa l de Transparencia y Acceso a la InformaCIÓn Publica, y de confo rmidad con sus atribuciones se/\aladas en el Anlcuio 86. de l Reglamento Interiof de la CONAGUA, y en virtud de la modalidad de entrega elegida por uste<! , y de acuerdo a los parametros de Su :s.olicitud . después de una busqueda rllzonab~ , mInuciosa y exhausllva en los siSlemas y archivos flsk:os y digitales de la Unidad Jurldica de esta Unidad Admlnistrallva. se infO<ma a usted lo siguiente' ,

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Maria Patncia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de rev isión

Expediente: RRA 4246118 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio : 1610100198418

Por lo que se refie<e al numero de AveogUilCoOn Previa o Carpeta de InveSI'gae>6n y su rontem,.lo, se onlorma a usled ~ue no es pos,ble propOl'COOnar 10$ dalO'S de confOfm>dad con lo estab!eodo en el Art iculo 110 fra ccione. X y XI de la Ley Federal de Transp~rencla y Accno a la lnfomuclón Pubica, esta aulOfidad está imposib,'itada para dar cua lquier ,nformac.on, ya ~",e el p<(>Ced,mlento se encll('ntra en tnlegr¡,ción y hasta en tanto no M a resuello de manera dllf i n ~I\Ia docha onform¡,clÓn conservar3 su carácter de reservada

Informac>On ~ue M pone a su d,sposoaOn 5111 CQ5tQ alguno de conformidad con lo pre .... sto por el Articulo 1.5 de la Ley Fed .... t de Transpuencll y Acceso a la ln 'o~c¡ón Publica ( r (soc) (Énfas,s de ongenJ

10. Oficio número BOO.909/040, del dieCiocho de mayo de dos mil dieciocho, signado por la Directora Locat de Ourango, cuyo contenido es el siguiente

"' ) Me ref""o a la sohcltud de acceso a la informatl6n in¡¡re~ a la Com'SOÓJ'I Naeional del Agua y regIStrada conforme a lo $~U,ente-, ) Que al efectuar una bUsqueda exhaustl\la en 10$ archl\lO$ de la Unidad JurldlCa de esta D;recclÓn Local OurarlflO, esto en v,rtud de ser el área encargada de e¡creer las funcoones Opemtl\l8S V e¡ecuuvas de la O"eeti6n Local en la RegiOn HldrológlCil·Admonlstrauva maten¡) de Su competenc,a, en lo CQr>Cermenle a los asuntos Jllrldico5, de conformidad con lo que este ordenamiento estable~e,

se adv ierte ~ue se cuenla CO<lla sog",'ente inlormac.on

En cuanto al Numero de denuncoas que consten en avengu3ClQne5 prev<as, asl eomo su status actual de su procedimiento (,n"'8Sltgac>6n. reserva . no "IefClClO, tonStgnaclÓn) q .... 1a com,slÓn na<;II.>n;Il del agua presento deSde enero de 2012 I 1$ d, junio d, 2016 , por los t,pos penales contf!lldos en los artlcu\Qs b149 y 150 de la Ley Genera! de Btenet NacIOf\a!es en zQniIIsleOe<ales a cargo de esta dependenaa sellalando que unidad, dIfecaOn U organISmo presento dlCloa denuncaa, el nombre oficial (en caso de lenerlo) del bien nacoonal (elemplo r\el 5ud"ate) atectadO por la COOdLJCta, número de aveogUélOOn ptey,a y estado de la Repojbllca en la que se presento) la denunc'a penal V la fecha en que se hilO

En ese periodo se ern;onlrarOl1 dos denunctas, de las cuales se desprendllfllo$ s~uienles datos

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisió n

Expediente: RRA 4246118 1 __ ",," . • " ;.,_ ..• ,,,-..~ ...

'''', ...... - Sujoto obl igado : Com,s,ón Nacional del Agua

Folio: 1610100198418

• N~mefO de denuncoas que consten en carpetas de IflveslIgacoOn, as! como su status actuat de su procedimiento (proceso de I!""esogac.on reserva. !lO ""'!'CIClO (X)nSlgn;ocoOn) que la Com'$1Ó!'I NlieIOnat del Agua Plesento desde el ! 6 d" Junio d" 21116 l'Iuta la lecllllct ual, po!' los hPO$ penales conlerudos en los artleulos 149 y t50 de la Ley Gene..al de Bienes Nacionales en Zonas lederales a cargo de esta deJlllnd3el'lCia. s.el\alando que umdad dlreoc>ón u OIganlsmo presento ctieha denuncia, e! nombre oliclal (en caso de tenerlo) del bien nac.onal (e¡empio rla de SUCI'Iiate) alectado por la conducta, número de averiguacIÓn prellla y estado de la República en la que se presentó la denuncoa penal, asl como la leclla en que s.e hl~O

En ese periodo se encontró una denunCia, de la cual se desprende lo!; siguientes datos

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le:nlaSJs de origen]

11 Oficio número BOO.910.00.1I1626, del treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho. signado por el Responsable de la Unidad Jurldica dependiente de la Dirección Local de Guanajuato. cuyo contenido es el Siguiente:

" I Me refiero I la solICItud de ~ a la ir1lormaciOn Ingresada a esta Comisión Naclooal del Agua el pasado Jueves 26 de Abril de! 20t8 V IlIgl5trada et1 la Plataforma NaciooaI de Transparencia conlorme alo Siguiente , ) Al res¡>eCtO, me peflTlIto mlQn'nar a U$ted que con fundamento en lo dispuesto en los ar11cu1os 130, 135 V 136 de la Ley Fedefal de Transparltl'lCia y Ac:oeso a la Inf<>nrIaaOn PI.lbhca, y en Wlvd de la modalidad de enl/e'ga elegida por usted. en .. te acto se le comunica que se realIZÓ una bUaqueda minuciosa y e~hausuva en los sostemas electrónico, que se controlan en esta Unidad Jurldica adscrita a esta DiuK::ción Local Guaoa)uato de la CONAGUA, tlbtenll!ndo la .,guiente in!QI'maci6n de acuerdo a la po5ibilidad perm~kla por e! sistema electrooico se le pone a dospos.oon del pelleionilflO k) '~u>ente

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''''' --AÑO

2012 2013 20141 2015 2016

Maria Patricia Kurczyn Vilialobos Comisionada ponente

Recurso de rev isión

Expediente: RRA 4246118 Sujeto obl igado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

NUMERO DE DENUNCIAS POR LOS TIPOS PENALES CONTENIDOS EN LOS ARTICULOS 149 y 150 DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES , , ,

5 , En lo que respecta en cuanto el pet~ pode Inlormaco6n sobre el contemóo de dIChas aveogU8Q()jles. del procedimreoto se le ,nforma que no es pos,ble d,vulgar los datos contemda, en lal ml5lT131 de coolormodad a lo s.e/lalado en 10$ a,!ICUIos 110 fraec>ones X y XI de la Ley Feder.ol de Tran$parencoa y Acceso a la Inlonnaeoón Publoea ( r (soe) (t:nla,i, de origen)

12. Oficio número 600.911-1346. del once de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Director Local de Guerrero, en los términos siguientes'

"( I Me fetoero a la !IQIicllud de aoc8$O a la onlorrnae>Ón ,ngresada a la Com'loOn NiOCIOflal óeI Agua el jueves 26 de Abril del 2018 Y reg'strada confo<rne a lo sogu'en\e ( I

Al respecto. me pemulo .,formar a Ulted que con fundamento en los artJcuiol \35 Y 136 de la Ley Federal de Transparencoa y Acceso a la InformaeoOn PublICa. y en .... rtud de la modalidad de entrega elegida por Usted. en este acto se le comunICa que se reaiozo una búSQueda eKhaustrva y razonable de la informaaOn ~OCItada en 105 archivos fllocos y electrónocos de Unld.d Juridlu de !lsta Ooreco6n Local de acuerdo a los partlmellos requeridos y plasmados en la descI"1pción de la soloc,tud de lICCeso él la inlormación. en esta opoftumdad se hace de su conocimiento lo ,.guiente

Numero de denunc'as

Por lo que se reroere al nUmerO de Aver.guae>órl Prec,a o Carpeta de Investigación y su contenido. no es po$,bIe proporoonar 105 datos de conlOffilk:fad al articulo 110 frac(:ionel X y XI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a le InlOfmación pubtica. ésta autoridad MUo Imposibolltada para dar cualqu ier In lormación debido a que e l ptoced lmiemo se encuenlra en inlegración y ha$la en tanto

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Maria Patricia Kurczyn Vil lalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente : RRA 4246118 'r __ , .... "'".~

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no sea resuelto de manera definitiva, dicha informaci6rl consel"lara su caracler de información reservada. ( -r (sic) ¡lOnfasls de origen]

13, Oficio número BOO.9 12.00.1,MT.-207, del vein ticinco de mayo de dos mil dieciocho, signado por el titular de la Unidad Juridica dependiente de la Direcci6n Local de Hidalgo, cuyo contenido es el siguiente:

., , Me refiero a la sollcitoo de acceso a la informadon IngreS3da a esta ComisIÓn Nacional del Agua el pasado Jueves 26 de abri l de l 2018 y reg istrada en la Plataforma NacIOnal de Transparer.cia conforme a lo siguiente' , ) Al respecto, me permito informar a usted que con fundamento en lo dispuesto en los artlcu los 130, 135 Y 136 de la Ley Federa l ck! TransparenCia y Acceso a la Información Publica, y en virtud de la modalidad de enllega eleg ida por usted. en este acto se le comunica que se real izó una búsqUeda minuciosa y exhaus~va de la inform3C'ón solic itada en los archivos de la Unidad Jurldica de ésta DireccIÓn Local Hidalgo. temendo como resu~ado lo siguiente

• Numero de Aver>guaciones Previas que la Comisión Nacoona l ck!1 Agua-Olfecck>n Loca l Hidalgo presentO desde enero de 20 12 a 15 de 2016. por los tipos penales conlenidos en los artIcu les 149 y 150 de la Ley General de Bienes Nacionales, son 6 Averiguaciones Previas,

• Numero de Denuncias que COflS!en en Carpetas de Investigación que la ComIsión Nacional del Agua -Dirección Loca l Hidalgo presentó desde el 16 de junio de 2016 hasta la fecha actual, pOr los tpOs penales conten idos en los artículos t49 y t 50 de la Ley Ger¡eral de Bienes NaCionales, son 3 Carpetas de Inveshgadón.

Por lo antes mencionado, se anexa al presente en archlllo en formato de Excel, los datos solicitados (.. ¡- lslC) [tOnfas,s de origen[

14. Oficio número 600 ,915,00.1 .-15212018, del once de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Director Local de Michoacán, cuyo contenido es el siguiente:

., )

Me refiero a la solK:~ud de acceso a la información Ingresada a esta Comisión Naciona l del Agua el pasado 26 de abri l de l 2018 y reg istrada en el SIstema Infornex a car90 del Gobierno Federal conforme a lo sigu iente , , Al respecto, me permito in formar a usted que con fundamen to en los art iculos 135 y 136 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformacIÓn PúblIca , y en vlnud de la modalidad de entrega elegida. la Unidad Jurld ica informa, que después de un análiSIS ck!1 contenido de la solicitud, y al

P~. 8 <1<0 18

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Maria Patricia Kurczyn Vil lalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246118 -,~ ..... I_ .. ,,,~ .~ .'_.h_ .... , ........ - Sujeto obligado : Comlsl6n Nacional del Agua

Folio: 161010019841 8

haber efe<:t~ado la búsqueda mlnucioSll y exhaustiva de la InfOfmac.On en loa archivos y bases de datos de esta Direcc ión Loca l Midloac!n

Derrvado de dcl1a búsqueda se localizo la Siguiente

• N"mero de Avellguaaooes Previas Que la Comls,oo NacK)<lal del Agua ptesento desde erll!ro de 2012 a 15 de JUOIO de 20t6. por los tLpoS penales COJ'Itemdos eo 105 artieulos lA9 y \50 de la Ley General de Blefles Nae>onales son 25 averiguaclonn

• Numero de denullO<lS Que consten en carpeté1s de invesugaclÓn que la ComJSIÓII Nacoonal de! Agua Pl'esenló de.de el 16 de JunIO de 2016 hasta la fecha actual por lo. tiPOS penales contenidos en los art,cules \49 y 150 de la Ley General de Soenes NlOOrIales. son 11 Cilrpetn de Invntlgac lón

POlio anlenor. anexo al presente remito a Usted en archlVOen formato EXCEL.losdaIOl soIic,tados ( r (sicl (Enfas l' de ol",en)

15. Oficio número BOO.917.-MT/64/000844, del treinta de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Director Local en Nayant. cuyo contenido es el Siguiente :

-, , Me refiero a la SOÜCItud de acceso a la inlormac;.ón Ingresada a es1a Com05lÓO NiIGIOnal 0eI AgUCI el pasado JUBYe!:I 26 de Abrol del 2018 y r8'gl.trada en la Plataforma NaCIOIIiJl de Transparencia eonfonne a lo s.gulBnte , l

Al le'PBCto. me pemmo Informar a usteo que con funda~!O en lo dlSpueSIO en los artlculoS 130. 135 Y 136 de la ley Federal de Tlans¡)3.rene>a y Acceso a la InformacIÓn PUbhea y en Virtud de la modalKlad de entrega eieg,da por usted. en este acto $O:! le comumca que doena informacIÓn fue localizada en 10$ archlllos de esta Unidad Admon;strauv3 y es p<.IbliCCI. po< lo cual se pone a su d,SpOSICIÓn archivo e1e<;lrónÍCO adjunto, mLsmo que contiene cuadro comparallVO de las OOnunoas que constan en aveflguacoones previas sella lando la informacIÓn solICitada. mismas que sol SOlventadas por esta Unidad Admln lstrat,va ( r (SIC) [EnlaslS de ongenj

16. Oficio numero BOO.920.00.01.22012018, del cuatro de Junio de dos mlt dieCIOCho. Signado por ellilular de la Unidad Jurldica dependlCnte de la Dlreccl6n Local en Puebla, cuyo cootenido es el sigUIente

0' , Me re/ielo a la soIiatud de acceso a la ",/ormac;.ón "'gresada a esta ComiSIÓn Nacoonal del Agua y registrada en el S'stema Inforne~ a cargo 0eI Gobierno Federal OlfIIOIme a lo SIguiente , I

"~ina Ido 71

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246118 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Fol io: 161010019841 8

Sobre el particular, me permito que se realiz6 una búsqueda minucIosa ~ exhaustiva de la informaCIÓn materia de la solic itud en k)s archivos de la sigu iente ¡j rea adscl'lta a esta Direcci6n Loca l Puebla:

• Umdad JuridlCa.

Deri~ado de lo anteflOr se determin6 que en los térm inos planteados por e l (la) solicItante, ~ con fundamento en 10$ artlcuk)s 130 p;lrrafo penúltImo t 135 de la Ley Federa l de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en este acto se hace del conocimiento al petiCIonario que después de una búsqueda exhaustiva t razonab le en los arch iVOS fi s>cos y electrónicos en la Unidad Ju¡ldica, ~ correspondIente al periodo de interes, se hace entrega de la sigu iente información en términos de los artlcuk)s 149 y t 50 de la Ley Genera l de Bienes Nacionales en zonas federales.

DENUNCIAS Y CARPETAS DE INVESTIGACION 2012 · ABRIL 2018 DIRECCION LOCAL PUEBLA

NO. DRITO ". FECHA OE PRESENTACIÓN

BIEN NA~ SITUACIO N

OCUPACiÓN CE INDEBIDA DE

BIENES NACIONALES

1 '" COt<CESIÓN

PREVh\/cARPETA Dr: INVESTIGACIÓN

~","""""",.

J2!HI/2014

AFECTADO ACTUAL

ZONA CONSIGNACION FEDr:1W. ANTE JlJZc;.o.oo

Sl.:GUNDQ DEL Rfo DE DISTRITO DE

.o.LSl.:SEc.o. PROCESOS ~~,

FEDEAAlES ESTADO DE PUEBLO. DE"-'TRO DE LO. ~,~

PENJY. 12ml16 P1:RIOOO DE

INSTRUCCIÓN

Ahora bien en base al principio de m;lxima pUblicidad se le hace del conocimiento al peticionario que se Ioca li z6 la siguien te informacl6rl'

I ~ l 0ElJ10 .~

PR~"""C""P ~ + ''''''''TlGACOON

liSO, FEO/PIJElHUAI APflOVE:CIiAAIIEN 000\662120 \ 6

,

'" EXPLOTACIÓN INDEBIDA DE

BIENES NACIQNAl.ES

"" APROVECHAMIE

~" EXPlOTACIÓN IN OEBlDA DE

j ,,~~

~"NTACOON

0910312011

12112!l{)!7

MATERIAL ~TRE·<-OC. ~c".'tt~"AA~,""".~--j BA.RRANCA El

CROCERO', CHIO ....... UAPAN ~

MATERIAL p¡:oTREO.

M'~ 'TESMOlAR' O 'El

ARENJY.'

INTEGRAC ION

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( r ISIC)

6IE N ~S

NACIONALES

[Enfa" (iI! ongen)

Maria PalnCla Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

El(pediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado : ComISión Nacional del Agua Fotio : 1610100198418

17 OfiCIO numero BOO 927 00.1.023912018, de) quince de mayo de dos mil dieCiocho, signado por el titular del Módulo de Transparencia y Acceso a la Información de la Dirección Local en Tabasco cuyo coolenido es el Siguiente

"' , Me refiero a la sohcolUd de acceso a la Infofmaaon IIl~Iesada a la Coml$oOn Nacoonal del Agua el 26 de a~ de 2018 ~ regIstrada conforme a lo 'Iguoente , I

Al respecto, me permito informar a usted que con fundamenta en los artl culos 135 y 136 de la Ley Federal de TransparencIa y Acceso a la Información Púb lica, alend lendo la naturaleza y ILpa de Inlormack).n so lICitada, asl como las atrob ucoones y laCuttades conferidas en el Reglamento Inleno< de la ComlSIÓI'I Naaonal del Agua, se rea lll6 una bUSQueda minUCIOsa y razonable de la infotmac.o6n matel'" de la presente sohotud en lo. e~pedl&nte., archIVOS y bases de datos con que cuenta esta Unoclad AdmInIstratIva , Iocahzando la informaclbn solicitada , m.sma que SI! arlelt8 en archivo ._~

I r (IOC)

18 Memorando numero 600.929.212, del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho, Signado por el Director Local en Tlaxcala , cuyo contenido es el Siguiente'

"' I Me refoero a la soloc,tud de acceso a la inlormllCiOo Iflgresada a esta ComLS-iOn NaCIOnal del Agua el pas.aóo Jue~e$ 26 de Abnl del 2017 Y reg istrada en el Sistema INFQMEX a cargo del Gobierno Federal conforme a lo S'9u lente , I

Al respecto, me permito informar a usted que con fulldamento en los artlculol 135 y 136 de la Ley Federal de TranspafeflCl1l y Acc@soalalnformacoonPúblca, y en VIrtUd de la modahdad de entrega elegKla por Usted. en este acto se le comunICa que dICha infOfrnaco6n fue Iocalaaóa en os archIVO!; de esta UnKlad Adm,nostratrva y es pubflCa, por lo cual se parle a su d,SpotlClOn la SIgUIente ---Conforme a lo antenor y de la ooSQueda realozada en los atdl,YOS flsocos 1 dog ltales de la Unodad ]urldoea de la OireceoOn Local TIa~ca\a de la Coml$oOn Nacoonal del Agua ,nformo a usted

rorAL DE DENUNCIAS ARO NUMERO 2012 2013 201~

, , ,

1.

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r- 2015 l-2016

Maria Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

o 2 1

Por lo que se reflere al nÚmerO de averiguacIÓn Previa, o Carpeta de invesugac .... m y su contenido se informa a usted, que no es posible proporcionar los datos de conformidad con lo establecido en el Articulo 110 fracciones X y XI de la Ley Federal de TransparenCia y Acceso a la Información Pública, esta autoridad est.!J imposibi litada para dar cua lqu,er informacIÓn, ya que el prQCed,m.ento se encuentra en integrac,ón y hasta en tanto no sea resuelto de manera definitiva, dICha mformación conseP'\lará su car.icter de reservada

InformacIÓn que se pone a su dtsposición sin costo alguno de conformidad con lo prevIsto par el art iculo 145 de la Ley Federa l de Transparencia y Acceso a la Información Pública, (. )" (sic) [I?nfasís de origen]

19. Oficio número 800.801.00.2-199-18, del veintidós de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Director de Atención a Organismos Fiscalizadores y Programas Especiales en el Valle de México, cuyo conlenido es el siguiente:

"( " ) Me renero a la solicitud de acceso a la información ingresada a esta Comisión Nacional del Agua el 26 de abr~ de 2018, y registrada en el Sistema INFOMEX a cargo del GOb,emo Federal conforme a lo sil¡uiente ' ( I

Al respecto, me permito informar a usted que con fundamento en los artlculos 135 y 136 de la Ley Federa l de Transparencia y Acceso a la Información PÚblica, y en ~irtud de la modalidad de entrega elegida por usted, en este <Ida se le comunica que dicha informaCl6n fue localizada en los archi~os de esta Unidad Admlnistrah~a y es pública, por lo cua l se pone a su d isposición la siguiente información

De acuerdo con las atribUCIones confendas por el articulo 78 del Reg lamento Interior de la Comisión Nacional de l Agua, la presente solICitud de informaCIÓn fue enviada para su atención a la OirecclÓn de Asuntos JurTdicos de este Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México

Después de una Ilúsqued-a minuciosa y ralooable, en los archivos de ~s áreas que pudieran contar con la información como lo es la Dirección de Asumas Jurldicos de este Organismo de Cuenca Aguas del Va lle de México iie determi06 que se encontraron 18 averiguaciones previas presentadas durante el periodo de enero de 2012 a 15 de juma de 2016. ta l y como se describe a continuación·

f'ig ,ft , 12 de 71

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionildil ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246118 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

2HlCT·20IO

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Maria Patricia Kurczyn Vi llalobos Comisionada ponente

Recurso de rev isión

Expediente: RRA 4246118 Sujeto obl igado: Comisión Nacional del Agua Folio: 161010019841 8

Ahora bien, respecto al punto numero 2, con respecto al numefO de ca rpetas de i n~esngación

presentad ~~ durante el periodo del 16 de junio de 2016 a la fecha NO se encontró información y/o documentacIÓn relacionada, lo anterior en razón de que en el periodo solicitado no se rec ibieron carpetas de i n~estigaci6n

( . Tls,e) (IOnfas,s de origen]

20. Oficio número BOO.809.04.-145, del trein ta de abril del dos mil dieciocho, signado por el Director de Asuntos Juridicos del Organismo de Cuenca Balsas, cuyo contenido es el siguiente:

"1 I En atenCIón ~ la solicitud de inlormaci6n con numefo de folio 16101 00198418 recibida a través del sistema 'CONAGUA·SSI ', la cua l se describe a con~nuación '

1 1

Al respecto me permito comunicar a usted que la sohcltud de inlormaciOn fue turnada a la Dirección de Asuntos JuMdicos de este Organismo de Cuenca Balsas por ser el área adminIstrativa competente conforme al Reglamento Interior de la ComISIÓn Naciona l del Agua

Número de denuncias

fA'O 2012 2013

P;.gio . ,. óe 78

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'"._.N .... '""'''' '",,,,,,",,,,, '"~,, .I. ''' , ..... ~ .... _.~ ... , .... _-",

201" 2015

2016

2017

2016

" " , o ,

María Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso dc rovisión

Expedicntc : RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610 100198418

Por lo que se ref io re al numero de Averiguac iOfi Prev'a o Carpeta de InvOSllgación V su contenido. no es pos,ble proporCIOnar los datos de conk><midad al arlir:;ulo 113 'riICCiones )( y XI de ~ Ley General de Transparencia y Acceso a ~ Inform8Cl6n Pública , esta autorOdad esta Imposibititada para dar cualqUIer inform¡tt.on ya que el procedlrT"ento se enclIEI<ltra en integrllClÓ/1 y hasta en tanto no sea resueko de manera definItiva. dICha informilClÓn conservara su caréctl!f de RESERVADA

Lo antenor de conformidad con lo sellalaóo en los aftlculos 135 y 136 de la Ley Federal de Tran$p8rl!flCla y A.ocew a la Informac.on Publica y dl!flllado de la modahdad 1M entrega elegida poi

usted ( )' (SIC) [tOnfaSIS de ongen ]

21 Memorando número 800.802.04.-65812018. del dieciocho de mayo de dos mil dieciocho, s'gnado por el Director de Asuntos jurídicos de la Dirección General del Organismo de Cuenca Cuencas Centrales del Norte. cuyo contenido es el siguiente'

"' I Me refiero a la sohCllud de acceso ala informilClÓfl ingresada en esta ComlSlOn Naoonal del Agua el pasado j\lel'M 26 de abnl de 2016. Y regIstrado por el SIstema Infome~ a cargo del Gotneroo Federal conforme a lo sigUIente , I

Al respecto me permito Informarle que se realizO de IIlmedlalo una húsqueda minuciosa y exhaus~va en lodos los archivos llsicos y elecllóolCOs de la D,r&eción de Asuntos JurldlCOS de este Orgamsmo de Cueroca para Iocahzar la informac.l6n materia de la solicitud acceso a la informaClOn anlenormente descrita, concIuvendo dICha pesqUIsa en que se localizO la informilClOn que cumple CO/I los par.lrmetros indicadOS por Usted y se IOforma lo 50guICnte

TOTAL DE DENUNCIAS

AÑ O NUMERO

201 2 , 2013 O 201" , 2015 O

"''' O

"''' O 20 t 6

En ese sentido y por kl que se refie<e al contenido de cada ave!iguilciOn pte~", ylo carpeta de investIgaCIÓn se te Informa Que no es posible ptopcrclOOar dIChos dalClS, de conform,dad con kl

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Maria Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisi6n

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 161 0100198416

establecido en el Articulo 1 l O fraccIOnes X y XI de la Ley Federal de Transl1lrencia y Acceso a la InformaCIÓn Publica, ya que los procedimltlntos a que se refieren dichas averiguaciones previas y ca rpetas de investIgación, se enc~entran en Integración y no han sido resuellos de manera definLnva, en razÓn de lo cual toda esta Información bene carokler de reservada. ( r (sic) [lOnfas is de origen]

22. Oficio numero 600.813.04.-28412018. del quince de mayo de dos mil dieciocho. signado por la Directora de Asuntos Jurídicos y Encargada del módulo de Transparencia del Organismo Cuenca frontera Sur. cuyo contenido es el siguiente:

"( ) Me refiero a la solicItud de acceso a la información ingresada a eS!<l Comis.i6n Nacional del Agua el pasado 2fi de abri l de 20 18 y regIstrada en el Sistema Infome~ a cargo del Gobierno Federal conforme a lo siguLentec ( )

Al respecto. con lundamento en lo dispuesto por el Artic ulo 135 de I~ Ley Federal de Transparencia y Acceso ~ la inlormaclón Publica, y de conformidad con sus atribuClOlles se~a l adas en el Articulo 86, del Reglamento Interior de la CONAGUA en vLrtud de la modahdad ele entrega elegida por usted. y de acuerdo a los paré metros ele su so licitud. después de uM busqueda razonab le, minUCIOsa y exhaushva en los sistemas y archivos I lsicos y dtgitales de la Unidad Jurldlca de esta Unidad Adm ln i strat i~a, se informa a usted lo sigUiente

TOTAL OE DENUNCIAS

~ AÑO NUMERO

2012 , 2013 5 2014 5 2016

t ,

2016 , 2017 , 2018 ,

Por lo Que se refiere al nLimero de Averiguación Pre~ia, o Carpeta de Investogación y Su contenido, se informa a usted Que no es pos ible proporckmar los datos de conformidad con lo estab lec,do en el Articulo 1 l O fracciones X y XI de la Ley Fedefal de Transparencia y Acceso a la inlormación Pública, esta autoridad es~ Imposibilitada para dar cualquier in lormaci6n, ya q~e el procedimiento se encuentra en integración y hasta en tanto no sea resuelto de mMera defin it i~a, dICha informaCión conservará su ca rácter de reservada ( r (sic) [Énlasis de origen]

23. Oficio número 800.80504 .-0254. del tres de mayo de dos mil dieciocho. signado por la Directora de Asuntos Jurídicos del Organismo Cuenca Golfo Centro, cuyo contenido es el siguiente:

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Maria PatrICia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente : RRA 4246/1 8 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Follo: 161010019841 8

Me ref.ero a la $Ohcrtud de acceso a la lllIo<macoOn Ingresad¡¡ a la Corruso6n Nac.oonal del Ag ..... 8126 (le abol de 2018 Y reg rstrada confOfme a k:I Sigull!lnte , ) Sobre el panICular, se le in forma que esta O.reccoón de AS<Jntos JurldlCOS, como módulo de transparetlC,a en el Organ.smo de Cuenca Golfo Centfode la CONAGVA en cumphm.ento al artlcuk:l r8 fracción XXX del Reglamento Interior de la Comlsión Nac;onal del Agua, en correlaci6n con lo d,spuesto en 10$ art lculos 61 fracción 11 y 133 de la Ley Federa l de Transparer'lCla y Acceso a la Información PublICa. procedió a reahzar una bU$C¡ueda e~hausbva y lazonable de la información reqlll!fida en los archJYOS obran en pos.esoón de esta propoa Dirección. eonStóerando pala lal efeclo las facultades competeno.as y luncoones que el Reglamento Intenor de la Com'srOn NaoonaI del Agua otorga a esta misma. de donde se delermin. que es el area competente que pudiera poseer la inlormaco6n matena de su requenm.enlO

Oenvado de 1<1 búsqueda real~ada. se Iocaliz6 dlV1!rsa infonnacoón que cumple con los par~metros Indicados por Usted, y se .nforma lo sigu iente

TOTAL DE OENUNCtA~ ANO NUMERO

'''' " "''' .0

f ""

, 2015 5

1 2016 , 2017 O 2018 O

En ese sen!>do, y pOr lo que se refie re al contenido de cada aV<lnguaciOn prevla y/o carpeta de invest'9aci6n, se ie ff'l forma que no es poSible proporCIOnar dIChos datos, de conformidad con k:I establecido en el Articulo 110 fraccoones X y XI de la Ley Federal de Transpilfer'lCla y AIxeso a la Inforrnaco6n Publica, y. que k:ls proct!domoentos. que $e refieren dochas avenguaoones preYl85 y carpetas de onvestogacoón, se encuentran en ff'llegl1lCl6n y no han sido resuelto de mane<a delinJuva, en razOo de lo cual toda esa ,nformaoon Irene call1icter de reservada ( r (so::) [IOn fasO$. de orogen)

24. Memorando número 600.812.-1204 , del primero de junio de dos mil dieciocho, signado por el Oirector de Asuntos Jurldlcos del Organismo de Cuenca l erma Santiago Pacífico, cuyo contenido es el siguiente:

., )

Me refiero 3 la $OIrcrtr.>d de accew 3 la inlorm3Cl6n Ingresada a esta ComISIOn N8CIOfI3I del Agua regIstrada en el SlSlema Inlomex a cargo del Gobie<no Federa! conlotrne a lo Slgu_te , )

Page 18: 1 , ~~,I'n .. Folio: 1610100198418inicio.inai.org.mx/doc/DGAP/LGTAIP74IIIa/2018/RRA-4246-18.pdfNacional, Numero de Averiguación Previa, Fecha de Presentación de la Averiguación

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María Patricia Kurczyn Vi llalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio; 1610100 19841 8

Al respecto me permito hacer de s~ coneoc;;m"""to, que en raz6n de las atribUCiones aSignadas en el art icu lo 78 del Reglamento Interior de la ComISión Nacional del Agua, se turnó la solICitud a la Dirección de As~ntos Jurldicos, misma qlle informa que después de haber real izado una búsqueda exhausttva y minuciosa en los archivos, registros, bases de datos ffs>cos ylo electrónicos se localizó la Siguiente informacOón

Por lo que ve a lo que a cont lnuaci6n se ,ndlCa 'Número de denurn:ias que conslen en 8vengU8c/Ones prev,as asl como su status actual de su procedImiento (invest'gación , roselVa, no 9j6rcICio <XII1signacióf,) que ta comisión nacIOnal del agua presento desde enero de 2012 a 15 de junio de 2016, por los ~pos penales GOfltenidos en los artlculos 149 y ISO de la Ley General de Bienes NaclI:ma/es en zonas federalas a cargo de esta depenó6ncia. sellalando que unidad. dirocc¡(m u organrsmo prewnto dicha denuncia, el nombro ofle.al (en caso de tenerlo) del bien nacioo81( ejemplo rlo suchiate) afectado polla conducta, numero de averiguaclÓfl previa y estado do la Repub/lCa en la que S" presentó la denuncia penal y la fecha en qua se hIzo, '(Soc;); se debe comunicar que después de la IndagaCIÓn correspond iente el resultado es igual a cero , es dear hay cero denuncias q~e consten en averfguacKlnes previas con las car3Cterlsticas requeridas por el petICionario

Sobre el partlC~la r cobra vatidez el siguiente criteno em~fdo por eI INAI: '1BJ13. Respuesta Igua! a cero. No es necesario declarar formalment" la inexistencia. En los casos en que se r<tquiero IIn dato estadlstoco o numérico, y &1 resulrado de la búsqueda de la Información sea ""ro. éste deber.! enrenderse como un dato qlle OOIlsMuye un elemento numérico que atiende la solicitud, y no como la IneXIstencia de la infCHmaclÓ/1 wlicitada. Por /o anterior, en lórminos del articulo 42 da la Ley FfJdera/de Transparencia y Accew a la InfotmacKm Públlea Gubernamental, el número ""ro es una tespuasta vdMa cuando se soiocita información cuanli181iva. en virtud de que se trata de un valor en si mismo, (SIC)

Ahora bien, respeclo a la slguoente informaco6n: 'Asl mIsmo. Numero de danuncias que COfISlen en carpetas de üov" stogaclÓfl, aSI como Su status acrual de su proc6d.miento (proceso de investigación, ",serva. 110 ej8rcicio. consignación) que la comisión naciooal del agua presento desde el 16 de junio de 2016 hasta la fecha actual, por 1m> tlfXJS penales contenidos en 1m> articulas 149 y ISO de la Ley GelHlral de Boanes NaCIOnales en zonas federales a cargo de esta dependencia. sellalando que unidad. d.rección u orgamsmo presento dICha denuncia, el nombre ofie.al ("n caso de tenerlo) del bien nacional (ejemplo rlo suc/liat"j afectado por la conduela. numero de averigueción previa JI estado de la RepubllCa en la que se presentó la denunCÍ<l penal. asl como la fecha en que se hizo ' (SIC), al respecto se informa que en efecto se iocal>l-6 una querella presentada ante el Agente del MinisteriO Público de la Federación con sede en Ocotloln , Jalisco. con número de ofICIO 600 812 04 01.ffi04120 18 de fecha 11 de abn l de 2018, se debe comunicar que dicha quere lla se present6 por oc~par ~na zona led"ral elel Lago de Chapa la, sin que el denunciado cuente con documento de conceSIÓn para explotar, usar o aprovechar ;"enes nacionales a cargo de la Comisión Nacional del Agua en los términos del articulo 14g en correlación con el 150 de la ley de Aguas Nacionales. (. r (sic) [Enlas's de OllQen]

25. Memorandum número 800.807.04/000709, del dieciocho de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Oirector de Asuntos Jurid icos del Organismo de Cuenca Península Baja California. cuyo contenido es el siguiente:

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Maria Patricia Kurczyn Vitlalobos Comisionada ponente

Recurso de rev isión

Expediente: RRA 4246/18 Sujoto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

Me refoero a la sollCll\ld de acee$O a la ",tormaeoOn ingresada a esta CoIrusoOn NllC'OtI3l del Agua el 26 de abril del 2018 V reg'Slrada en la Plalaforma Naoooal de Transparencaa a cargo del 'Gobierno Federal conforme a lo 'Igu_te , I

Sobre lo partICular me perm1tO Informar a usted, que esta O"ecaón de Asuntos JurldlCOs re<; lb>6 la presente solic;.tud de información conforme lo dlspueslo en la Ley Federal de TransparenCia y Acceso a la mformaclÓfl P~bl ;ea ni como lo d ispuesto en el Reglamenlo Int<llior de la Com"lÓfl Nacional del Agua a lra...~$ del mOdulo COfrespondoenle y ve¡,focando su rem,slOn por pane de é5te a las unidades admm'Slratr;u competentes, n i como el segu,nnenlo que se realIZÓ respecto de dICha .. ~., Por lo que se hace deo conocomoento que se realizó una exhauSlrlla y m,nuaosa busqueda oe la ,nfOflTl3C1OO I!f1COfltrando dentro de la JetatUlll de Asuntos Penales de Hta DIfec:c1Óll Jurldoca la 5'gulenle ,nfOflTlacl6n en relao6n con lo lOlic~ado

Numero de AvenguaclOl1es Previas ,

AOo

2014

Estado ACiu"'Hll Enlnteg~

Permn~ndome 3Clarar q\.le la anteriof informac>Ón contenida en dIChas AveriguaclOOeS Pre;ol3s1Carpetas de InvestlQac06n de conformidad con lo dlspllesto por el artICUlo 110 ffacoones JI; y Jl;l de la Ley Federal de Transparencia y acceso a la informacIÓn PÚblica, presentan el carácter de ,nformaClÓn reservada, toda vez que se eflCuentran en proceso de Integracl6n ante las Agencias de MinisterIO Público de la Federac>6n en la actualidad ( )" (SIC) [ÉnfaSIs de orlQen)

26 OfiCIO número 800.808.04.-338/18, del ve,nticuatro de mayo de dos mil dieCiOCho, Signado por el Director de Asunto Juridlcos del Organismo de Cuenca Pacifico Norte, cuyo contenido es el slQuiente:

"' I Me refiero a la sollC'tud de acceso a la inTormaciOn pública ingresada a esta Com,sión Nacional del Agua el 26 de Atlrit de 2018 y reg istrada en la Plataforma Nadonal de TransparenCIa a cargo del GoblCrRO Federal de lilslQuiente manera , I

Oenvado de lo antenor , me perm,to inlormarte que en cumpllrruento con lo d,spuesto en el anJculo 45. IriICCIOOl'IIl Y IV de la ley General de Transparenaa y Acceso a la Inf(101TlaClOn Piobloca asl como 01133 de la ley Federal de Transparancl3 y Acceso a la Informacl6n PuDlica, se instaura la búSQueda de la ;nformaclÓll matena de la solICitud

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Maria Patricia Kurczyn Villalobos Com isionada ponente

Rec urso de rev isión

EJo:pedienle: RRA 4246118 Sujeto obligado: Comisión Naciona l del Agua Fo l lo: 16101001984 18

Al respeclo. me P9rm lto infOfma, a usted que con fundamento en kls artlculoll135 y 136 de la Ley Federal de Transparencia y Aece$O a la InIOfmaci6n PUbhC<l y en vi rt oo de la modalidad de entreg~ elegida PO< usted . en esle acto se le comunica q..., la Dlreo=lOn de Asunto! JurldOCOI. despY6s de haber rea ltZado Un ~ mtnUClOSlI y e~hauSliva bUsqueda. 1oca1iz6 en los ardlllo'OS de este Organismo de Cuenca Pacifico Norte. la s¡guoente itlfOfmildOn

UT..oo _M CAlV'l!T. DE

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185METROS _OX. DE AREADE ~,~

FEDEAAl. DE U. JMRGE" ~,~ DERECHA DEL ORE " .. ~ ~~~ FEOISINJII.I.AZIO COlECTOR CAMPAMENTO Er< U. ~

-~ ,-~ PACJ'ICO 00l!I$J20 le Z()r<,I, URBAr<A DE RESERVA M" ~" U. CI1)O"'O DE U. CRUZ. RO'''', SINAlQ,/!, DEL

DISTR ITO DE RIEGO 1011 ElO" ... ~

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~ INFAAEST1'IUCruAA """" M" ~~, ~-

OISTNTODE RIEGO lDY RIO SAr< LOIIf.f<ZO,

$INALo,o.

coc:oROEtIAIl.t.S GEOGRAfICAS 12S01 61'3,Z-" I,

~~~ APIf'GRlSIr<UQ EN LAS _OIACIOOIES DEL

M~ , DE CVEt;(;A CHt.:l112ll15/COE

RIO FUERTE, UBICADOENl'RE .- MAA2:00H $IWo.lOA PAC ifICO EJIOO U. PAUM y RESERV'"

~" • EJlOO Cl1AR,O.Y E" El UU" 1C1I'1O M" DE El FUERTE

SIWo.lo.o.

( r (.oe) tEnfa, .. de origen]

27. OfiCIO numero BOO.810.04.-14812018. del diete de mayo de dos mil dieciocho. signado por la Directora de Asuntos Jurid icos del Organismo de Cuenca Pacifico Sur, cuyo contenido es e l siguiente

"( ) Me refiero a la soIicrlud de acceso a ~ informaciOn Ingresada a la ComISlbn Naaonal del Agua ef pa$8ÓO jue>;es 26 de ab<ll de 2018 y regl~rad. conforme a lo soguitmte ( )

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Maria Patncia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 -...-.... "" ... ~ , .. _~._ ... ...

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Al respecto, me perm,to ,nformar a ~Sled q~e con f~ndamemo en Jos artlculos 135 y 136 de la Ley Federa l de Transparencia y Acceso a la Información PUbhca yen virtud de la modalidad de entrega elegida pOr usted, en este acto se le hace entrega de la informaClÓfl como s!Que

Demandas presentadas de enero de 2012 a al 15 de JunIo de 2016 ,---"

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María Patricia Kurczyn Vil lalobos Comisionada ponente

Recurso de rev isión

EKpodionto: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 161010019841 8

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28. Oficio número BOO.81 1.09,162/18, del d;ecisiete de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Director General del Organismo de Cuenca Río Bravo, cuyo contenido es el siguiente:

"l· ) Me refiero a fa solicitud de acceso a la InlormaciOn ingresada a la ComisIÓn NacIOnal del Agua el 26 de abril de 2018 Y registrada conlOfme a lo siguiente ( , . )

Al resPKto. me permito informar a usted que. con fundamento en k:>s artlculos 135 y 136 de la Ley Federa l de TransparenCia y AcceSO a la Información P~bhCa. ~ en ~irtud de la modalidad de entrega elegida por usted, en este acto se le comunica que después de una bLlsqueda e x haus~~a y minuciosa en los archivos de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Organismo de Cuenca Rlo Bravo, se local iZO informaCión solic~ada, misma que entrega a través de dos archi\¡os en excel, que se anexan al presente. r. . )"Isic) ¡E:nfasis de origen]

CUARTO. Interposición del recurso de revisión .

El veintidós de junio de dos mil dieciocho, el particular presentó su recurso de revisión, en contra de la respuesta otorgada por el sujeto obligado, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, en los siguientes términos:

Acto que se reCurre y puntos petltorlos: "La TOTALIDAD de los diversos memorandos de diferentes aroaS de la Comisión NaclOI1a del Agua como respuesta otOfgada al suscrito por VIOlentar los articulos 15 y 148 de la Ley Federal de acceso ~ Transparencia a ~ In!ormacion Publica que nos ocupa en las fracciones que a conbnuacI6n transcribo ' 1. La clasir",acoo de la inlorrnación, IV La entrega de Información incompleta, VIII La entrega o puesta a disposiciOn de información en un fOfmato incomprensible y/o no acces ible para e l &o1"" lante: XII La fa lta, deficienCia o insuroclencia de la lundamentaciOn y/o mollvación en la respuesta" (sic)

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Maria Patricia KUfczyn VllIalobos Comisionada ponente

Recurso de revis ión

Expediente: RRA 4246/ 18 Sujeto ob ligado: COmiSiÓn Nacional del Agua Folio: 1610100198418

Otrol elemenlOS que conslde •• somelor s Juicio dol INAI: "MOTIVOS DE INCONFORMIDAD f'RIMERO con respecla 'La entrega a a d,sposiclÓn ,nformación en un IOtmato itlCOm>H'ens'ble ~'o no accesible para ' ; la se real,zo 9 n,vel naciOnal enlregandoseme. respuestas Que conlarman . la Com15lÓn NlICiOfIal del Agua, volviéndose " p.oporciOnados. adema, de Que algunas unodades lomaron de datos mientras atgunas ~

d", Y algu""s solo lo proporClOrlilron que SEGUNDO ",nllego de torma

, om".e<on seIIatar ., numero de la de

o ~~:~~~"i;:;'::;~; el estatuI, el nombre d~ boen nacoonal afectado , Algunas unodades om'befon fundar y motwar 5' en 10$ a/\os Que no preasan

Wltormaaórl cuentan o no con ",lIa OUINTO la eml506n de las d,vel'$3' respuesta' son contrllCloctonas pues moentras alguna. unodadf!. entr"'gan completa la onformaeoOn otral lo seftalan como cIa~a como .eservada SIn Que el IIUICtIIO tenga constallClll de la efeetrYodad de la claSrfocaoón SEXTO No debefla negirseme la inlot'mac>On soIicrtada. pues M atenla conltll el artICUlo 15 de la Ley Que seIIala Que en la generaco6n publicacoón y entrega de informilClOO se deDera garan\lzar Que ésta sea accesible. confiable. venticable veraz, oporluna y atendefa las necesidades del derecllo de acceso a la ,n formacoón de toda persona Los sujetos obhgad05 buscaran, en todo momento, que la inlormaa60 generada tenga un lenguaje senalkl para cualqu.e< persona y se procurara, en la medida de lo pos,ble.'u acces,b,hdad s" .... a de prueba la respuesta Que se encuentra en la platalotma" (SIC)

QUI NTO, Tramite del recurso.

1, El vein tidós de junio de dos mil dieciocho, el ComiSionado Presidente le aSIQn6 al recurso de reviSión, el numero de expediente RRA 4246/18 Y se turnó a la ComiSionada Ponente Maria Patricia Kurczyn V itlalobos, para los efectos establecidos en el art iculo 150, fracción I de la Ley Genera l de Transparencia y Acceso a la Infonnaci6n Publica, en relaCIÓn con el art iculo 156, fracción 1 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaCión Pública

ti , El veintinueve de junio de dos m il dieciocho, se acordó la admisión del recurso de reviSIÓn Interpuesto por el particular en contra de la respuesta otorgada por el sujeto obligado, de conformidad con lo dispuesto en los articulas 150, fracción I de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública '/ el articulo 156, fracción I de la Ley Federal

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente : RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 16101001984 18

de Transparencia y Acceso a la Información Pública; los acuerdos Primero y Segundo, fracdones 111, Vy VII, del Acuerdo mediante el cual se confieren funciones a los Secretarios de Acuerdos y Ponencia para coadyuvar con los Comisionados Ponentes en la sustanciación de los medios de impugnación competencia del Instituto, establecidos en la Ley General de Protecci6n de Datos Personales en Posesi6n de Sujetos Obligados, Ley General de Transparencia y Acceso a la Informaci6n Pública y en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informaci6n Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el diecisiete de marzo de dos mil diecisiete: el Manual de Organizaci6n del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci6n y Protecci6n de Datos Personales, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el once de septiembre de dos mil diecisiete.

El citado acuerdo fue notificado en la misma fecha, por correo electr6nico al recurrente y al sujeto obligado, otorgándoles un plazo máximo de 7 dias para que manifestaran lO que a su derecho conviniera y ofrecieran pruebas o alegatos: lo anterior, en términos del artículo ISO, fracciones 11 y 111 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, yel articulo 156, fracciones 11 y IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

SEXTO. Alegatos del sujeto obligado.

El doce de julio de dos mil dieciocho, se recibió en este Instituto el oficio número AC/CT· CONAGUA.-29612018, del once del mismo mes y año, dirigido a la Comisionada Ponente y suscrito por los integrantes del Comité de Transparencia del sujeto obl igado, mismo que es del tenor siguiente:

' ( ( PRIMERO,· De la revis>6n a las acluiJCiones realizadas para dar trámite y alención a la solK:ttud de acceso a la información de referenCia, y que se hacen corlSla r en el expediente re lativo al recurso de revisión en que se "eliJa. se desprende ql.le en la so licitud de acceso a la InformacIÓn folio 1610100198418. el petICionario ahora 'f)Currenle reqUIrIÓ: ( . )

y en la respuesta olorgada por este Órgano AdmimSlraltvo Desconcenlrado. se nollficaron y entregaron 5 arcMlvo-s eleclr6nicos en formato Excel, 2 arCh ivos e~rónicos en formato Word y 1 arcMivo eleclrónico en formalo POF, asl como las respueSlas de las s;guientes Unidades Adm,nist ratlva$

Unkl~d

Admini$t .... tiv3

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CuellC3 Salus

Maria Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente : RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 161010019641 8

800809

BOO 812 -1204

80081109162118

SEGUNDO · Para la atellClOn del recurso de rev.illOn en eSludlO, ~ a fin de da ' la debrda mellClOn al recurso de rev,sion que ahora nos ocupa on este Organo MmLnLst'atlvo DeSCOl\Centrado, se requ.nÓ a los Organ ismos de Cuenca Penlnsu la de Saja Cal ifornia. Noroeste, F,onte{a Sur, Pacifico Norte. Salus, PacifICO Sur, Rlo Bravo, Cuencas Centrales del Norte, Lerma Sanhago Pacifico Golfo Norte. Gotto Cenlto, Penlnsula de Yucatán y Aguasdel Valle de MéxICO, asl como a las Oorecc:.ones Locales Aguascahentes Baja Cahlorma Sur, Campeche, Cohma, Chihuahua, Durango, Guana¡uato, Guerrero, Hldal9O, MocI'Ioaeán, Estado de Mé..c:o Nayant, Puebla. Ouertwo. Ou,ntana Roo San Lu" Potosi Taba$(:() T1axcala y Zacateca" unidades admlllls:rawas competentes para COnoce! de la ompugnaclÓf1 de la respueslll otorgada a la sohcrtud de acceso a la mlormacoón de méf,to, a fin de que proporClOflaran la ",formacIÓn, elementOl y argumentos para SUSlental la legalidad de la respuesta ernibda a la sohCdud de iI<X6Q

Por lo que en este aeta se mamroesta 'espetuosamente a esa Ponencia, los afg umentos que este Com'té de Transparencia de la ComislOn NacK>nal del Agua hace va ler 'eSpetllOtamente anle usted, correspondientes a cada UI10 de los enuneia~ manofestados en autO$ por el recurrente. motivo de su inconformidad

la TOTAl/DAD de los diversos memrJfBIIdos de dlfetellles areas de la Corms.oOn Naaooa del Agua como re$pueS/a OIargada al $U$CIIfO fJO' VIOMnrar Jos amculos 15 y 148 de Ja ley Federal de acceso y Transparenda a la Infomlac;ron PublICa qoo nos ocupa en 18$ fract;lMes ql.Hl a COtlfmu1laÓtl lranscnbo I la daSJfieM:/Ótl de ,. Klf{)mla(;lÓn. IV L4 en/ruga de mf<XmaClÓfl UlcompIela, VIII L4 enltuga o pueS/a a d,sposiclÓfl de itllom18CfÓ11 en un fOtmalo

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Maria Patricia Kurczyn Vil lalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obl igado: Comisión Nacional del Agua Folio : 1610 100198418

incomprensible y/o 00 accesible para el solicitante: XII, La falra, deficiencia o insufll;¡enc,a de la fundamenración y/o morivación en la res¡¡ues/a' (sic)

'orros aJementos que considere SlJrooter a juicio dellNAI 'MOTIVOS DE INCONFORMIDAD PRIMERO con respecto 'La entrega o puesta a dJspo~¡(.¡n de infQmlacKm en un formato incomprensible ylo no accesible para el solICitante '; la solICitud se realizo a niYel naclOl1al entreg~ndoseme. respues/as fXiF separado de las diversas unidades que conforman a la Comisión Nacional del Agua, vo/w}ndose dificIl e Incomprensible los datos proporclOl1ados además de qU9 algunas unidades tomaron en/enos distintos para la remiSIÓn d9 da/os mientras algunas los proporcionaron de manera completa, otras los negaron y algunas solo lo proporc;onalOll parcialmente, sin qlle 6~lslier8 unifonnidad en los ern900s. ' (sic)

Al respecto resuRa ser de imperiou ne<:esidad se~a"'r antes que nada, que ésta dependencia Comisión Nacional del A>¡ua, Organo AdministratLvo [)esconcentrado de la Secretaria del Medio Ambiente y Re<:ursos Natura les OtOfg-6 en toempo y forma ta respuesta a la sorocitud de acceso a la información de mérito, a la cuaf se le dto el Ir¡lm,te pre<:'sado en ta Ley Federa l de Transparenc ia y Acceso a la Información P~blica, rea lizando el proced im>ento que tiene por objeto otorgar segurIdad y cerle~a judd/C8 al SlJllCltante ahom re<:urrenle, en apego a kl se~alado en kls arllcukls 130, 133 Y 135 de la c,tada Ley

Dt<;ho lo anlenor, en kl tocante a las consideraciones manifestadas por el Ciudadano en estos dos primeros párrafos, se hace consta r que resulta inoperante el argumento, toda ~e~ que cada una de las Unidades Administra~~as responsables de proporcionar la información, kl hicieron en apego a elere<:ho, garanti~ando en todo momento el derecho fundamenta l del peticionario en el senbdo de poner a diSposición la infOfmación que poseen en atencoOn a sus facultades y atribuciones conferidas por los ordenamientos legales que se enunc ian; artículo 27 de la Constitución Polltica de los Estados Unidos Mexicanos, Ley Reglamentar;a denominada Ley de Aguas Nacionales y su Reg lamento; las contenidas en el Reglamento Intefior de la Comisión NaCIOnal del Agua asi como también actuando ele conformidad a lo prescrito por ~ 'Acuerdo por el que se determina la circunscripc:;ión territorial de los Organismos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua', publicado en el Diario Oficial de la Federación el 01 de abr~ de 2010, ello adminicUlado con los artlculos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, p<lrrafo cuarro, de la Ley Federa l de Transparencia y Acceso a la InformacIÓn P~b l ica, mismos que se~alan que los sujetos obhgados deber<l" otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funcIOnes, conforme a las caracterlsbcas flsicas de la informaci6n o del lugar donde se encuentre, por lo que en contra rio sensu, se infiere que kls sujetos obligados NO (NEGATIVO) esltln obligados a atender determ inado formato o documooto tendiente a 'homologar" '" presentacIÓn de ta informaci6n proporckmada a los peticionarios, toda ~e~ que si bien es cierlo, pudiesen llegar a COlncid,r en que ciertas funciones o atribuciones sean similares entre si dentro del marco norma~~o vigente, no son ne<:esariamente igualeS, dadas las característt<;as de operación prop ias de cada uno de los sujetos obligados S,(1/e para robustecer lo anterior el criterio vertido por esa Instancia n~mero 03117, mismo que reza

No eXiSle oblig"c!ón de el"borardocumenlos " d hoc par" al endar las solicitudes do acceso a la Información, ( _.)

Por Ioque, resulta ser inoperante el argumento se~alado por el recurrente al pretender se~alarcomo agravtO en el recurso de re~isión que nos ocupa, que la solic~ud se realizó a nI~el nactOnal entreg<lndosele respuestas por separado de las d l~ersas unidades administrauvas que conforman

Poon. 26 ... 78

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de rev isión

Expediente: RRA 0$ 20$6118 Sujeto obligado: Comisión NacIOnal del Agua Folio: 161 0100198<118

eSIil ComISIÓn Nacional del Agua, kl anter>Qf CQ!lsoderondo kl dIspuesto po< el al1 lculo 9 del reg lamento Intenor de este Organo de$CO/1Centr.ldo

"ARTICULO 9 ( ) '

Asrmlsmo, con base al enteno 03117 dellnSl lMo Nacional de Transpareocoa, Acces.o a la InformacIÓn y ProleCaón de Datos Personales, ¡nserlo a la letra en los parralos precedentes, no eXlsteobligaco6n de elaborar documentos ad !'lOC, para atenCler las s.ohc:~lIdes de acceso a la ,"IOflnacoOn

Alento a lo antero se concluye que las depeodenclas Y enbdaodes, se encuen~ obligadas a galllnbzar el acceso a la informac>OO con la qlMl se cuenta en ellormato que la mlSlml lo penruta el hecho de que la respuesta no se haya entregado en un formato uruficado no netesanamente wnpllca que este Organo Desconcenll'ado no haya garant~ado el iIOOe$(I a IalnlOtl'rlatlOn petlClOfIada por el ahota recurrente, respecto de la inlormaclOn que se encuentra en poseSlOn de este IU¡eto obligado, de manera que el argumentO vel1ldo resultill insufICIente

Continuando en el discern imientO de los puntOI rocurridos, c,to 1eXlual

'SEGUNDO se emlego do forme IIlcomplola la Informar;lI',m, ya que do la reviSIÓn e k1s dlVef$Qs memorandos proporclOnedos SIl denola qlJ8 fallan las ruspueslas del ORGANISMO DE CUENCA NOROESTE, ORGANISMO DE CUENCA GOLFO NOR7E, ORGANISMO DE CUENCA PENlNSULA DE YUCATAN, O/RECCION LOCAL DE CAMPECHE, OIRECCION LOCAL DE COA HUILA OIRECCION LOCAL DEL ESTADO DE MOICO, OlRECCION LOCAL DE QUERETARO, OIRECCION LOCAL DE QUINTANA RRO, Y OIRECCION LOCAL DE ZACATECAS ' (SIC)

Por lo que hace a este punto, se mandiesta que en $U momen1o pr~1 oportuno MI inlormO la INEXISTENCIA DE LA INFORMACION, Siendo el ca$O úmcameme de la DIreoeIón LQalI del Estado de Me~ICO, 'nstallClil que MODIFICA SU RESPUESTA. en Virtud de que tras una bVsqued~ exhaustov~ fue 10eallZilda la mfonl1acoo requerida, mIsma que se ponea d'sposlQÓI'I del petlCOOMno

No es óbice :&e~alar , que la ,nformación de la O,receoón Local Coahu lla , se entregó 11 trav~$ del Organismo de Cuenca Rlo Bravo, inlOfmación que de nueva cuenta se pone a di$PQ$ICOO del solicitante, ahora recurrente

Siguiendo en el ana l151S de 101 actos matena del presente recur$O de rev,sión, se tiene

'"' TERCERO. Les umdades 00 ORGANISMO DE CUENCA PfNlNSULA BAJA

CALIFORNIA. ORGANISMO DE CUENCA PACIFICO NORTE, ORGANISMO DE CUENCA LERMA - SANTIAGO. PACIFICO, ORGANISMO DE CUENCA GOLFO CENTRO, ORGANISMO DE CUENCA FRONTERA SUR. ORGANISMO DE CUENCAS CENTRALES DEL NORTE, ORGANISMO DE CUENCA BALSAS, ORGANISMO DE CUENCAS AGUA DEL VALLE DE MEXICO, OIRECC/ON LOCAL DE TLAXCALA, DIRECCION LOCAL DE PUEBLA, DIRECCION LOCAL DE NAYARlT, DlRECCION LOCAL DE GUERRERO, OIRECCION LOCAL GUANAJUATO, OIRECCION LOCAL BAJA CALIFORNIA SUR. ORGANISMO DE CUENCA RIO BRAVO. ORGANISMO DE CUENCA PACIFICO SUR. omir.eron S8~aI8r el numero de la Catp8ta de InV9st",1IC.'orl o Avengu8C1OII Prevra, el esraru5, el nombre del bl8n nacional afocllldo, Y la feche en qua 56 roalizó, '

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso do revis ión

Expediento: RRA 4246/18 I __ N ........

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Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

·CUARTO· Algunas umdadfls omitl6ron fundar y mo/iYer si en Io~ a~os qu .. no p' .. ",san informacK)fI CL1 .. ntan O no con ella QUINTO Le emisión de las divarsas respuestas son contradictorias pues mientras algunas uflldooes entregan completa la ",formación otras lo stI~818n como clas,r.cada como re~e",ada s¡n que el suscrito tenga constanc,a de le efectMdad de la c/asir.cación. SEXTO· No dfIberla neg~rserr1(J la información solicitada. pues se at .. nta cootfa el at/ic11lo 15 d .. la Ley que stI~ala que en la geflflraciOO. publicaclÓfl y entrega de ¡nformación stI deberá garant,zaf que t1sta sea acces'bIe, confiable. varir.cable. varazo opGffun8 y atenden! las necesidades del derecho dll acceso a la infofln8clÓfl dll loda persona. Los sujetos obligados buscarAn, IIn todo momento. q<lfl la informaclÓfl fJ'Jnerada tenga un Irlflguaje ser>C#1o para cualqUl6r pílfSona y se procuran!. en la medida de lo pOSible. $U accesibilidad. sirva de prueba la respuesta que se lI'ocuelllr8 en la plataforma. . (Sic)

Al respe.::to. este ComIté de Transparencia manifiesta que tras haber solicitad<¡ se llevara a cabo una búsqueda exhaustIva en la .ntormaciOn que poseen. atendIendo los princ ipios de mhlma pub licldad y pro personae, rueron MODIFICADAS LAS RESPUESTAS a favor del ahora r~Uffenle, tal COmO se detalla en los numerales Tercero y Cuarto del presente ocurso. po4" lo q~e a fin de all egar al pet>cionar;o la información solICitada en un lenguaje mh sencilk> y entern:l ible para cualquier persona. según ¡,waca la norma asl como el actor del presente medio de impugnacIÓn en sus alegatos hechos valer ante esa Instancia, se procede a desahogaflo. Insertando tablas sencinas de contenido

TERCERO.- Denvado de lo expuesto y del ana lisis de las constaooas que integran el expediente del r~urso de revisión al rubro indIcado. y toda vel que como resu ltado de la búsqueda monUClOsa y exhaustiva realizada, se tiene que 10$ Organismos de Cuenca Penlnsula de Yucatim. Lerma Santiago Pacifico. Noroeste y Gollo Norte ; asl como las Direcciones Lacaies Queretaro. QUll1tana Roo, Campeche, Zacatecas , Cotima y San Luis Potosi, unidades adminIStrativas que en razón de materia y teffitono de acuerdo con lo establecido en el Reg lamento Interior de la ComISión Nacional del Agua. podrlan contar con la intormaciOn pílticionada a través de la solicitud de acceso a la il1formación folio 1610100 1984 18. solicitan a este Comité de TransparenCIa CONFIRMAR LA INEXISTENCIA de la información pel>CKlflada, medIante 5U5 pronunciamientos, los cua les se hacen constar en los comumcados números 800 806.04 04 .-477. 800.8 12 -1641 . 800.803.-0871109, 800 804 .04. -329/2016 BOa 921 00.1 -01526, 800 922.-298, 800.904.0.1.074, BOO 932 0561182380, BOO 9Q8100073 t y 800 923 00 1._164/18 respectivamente. en térm",os de k> dispuesto en el articu lo 143 de la Ley Federal de TranspareflCla y Acceso a la Información Publ ica Se ",serta tabla de contenida

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Maria Patricia Kurczyn Viltalobos Comisionada ponente

Recurso de revis ión

Expodiente: RRA 4 24611 e Sujeto obligado : Comisión Nacional del Agua Folio : 161010019841 8

CUARTO._AsI mlSmo, !IoO hace de Su CO/lOClm.ento que el Orgamsmode Cuenca Pacifico Nor1e, asl como las D.-OCCIOnes locales MlChoacc'In y Tabasco, unodaóes admlnlSllahvas que en razOn de male .... y temtorio de acueroo con lo O$Ulbleado en el Reglamenlo lntorlOl de 18 ComlSoOn Nacoonal del Agua. podrlan conlllr coo la ",fOfrnaaOn petICIOnada a través de la IIOIICIIUd de acceso a la InlOJmaQÓO !olio 16101001118418. 185 mISmas RATIFICAN SU RESPUESTA tNICIAl mediante los comunrcados Boo 808 04 -300/18. BOO 915 00 1 -2S6J2018. 800 927 00 1 ..033012018 de fechas 03 y 05 de julio de 2018 respe<:!lvamente

QUINTO.- Para la atencIÓn del recu~ de revISIÓn en O$lOOJo. se requanó .. los Org¡Inosmos de Cuenca Aguas de! Valle de MéxICO, Balsas. PacWco Sur, Rlo Bravo, Golfo Centro, Penlnsula de Ba)a CalIfornia , Cuencas Centrales del None. Frontera Sur. asl como a las o.reccooes locales Tla~cala. Guanajuato, Nayarrt, Pueb la. Hidalgo, Estado de Mh >co, ChIhuahua. unidades admin istraUVas competentes para CQIlOCOr de la imp"gnac>On de la respuesta otOfgada a la solicItud de acceso a la inlOfmaciOn de ménto. a fin de que proporcooaran la mlormaClÓl1, elemenlos y argumentos para sustentar la ~alidad de la respuesta emItida a la solICItud de accellO, de acuerdo con las atribuclOr\OS que le son coolerodas en el articulo 75 del Reglamento Interior de la Comrso6n Naaonal del Agua_ y qUleRe$ demado de lo expuesto y del analisos de las coostanclas qlH!! Inlegran el expediente del ree\I.SQ de rOVl5l6n al rubrO 1n<.l1CllOo. y en t5pee1a1 al COfItenodo de la fO$pue5\a o~a a !a SOlICItud de acceso a !a intormaci6n foho 1610100198418. MI tiene que con esta indub'tilblemente !loO dIO ateno6n y resp081ita puntual a la SOliCItud de inJonn3ClOn de mélllO. de aCUOfd" a las siguienteS procoslOfles y conso:iefaclonos

A.I OrgJnlsmo de Cuenca Agllu del Valle de Mexlco, mediante correo electl'ooico insbtucoonal de lecha 10 de JUbo de 2018 en formato Word. hIZO ent.ega de la siguIente in/()(lTl3CIÓn

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Intorme 149 Y 159 LGBN 3 doex ( ... )

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Maria Patricia Kurczyn Vi llalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comis ionada pononto

Recurso de rev isión

Eltpediente: RRA 4 246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Fo lio: 1610100198418

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t B) Organismo de Cuenca Balsas, a trn\lés de arcl\i~o en formato pdf, hace enl 'ega ae la

rnformaci6n

147703_198418 RRM24618 pdl

C) Organismo de Cuenca Slguoente

Pacillco Sur, • trllves del Memoróllooum No 37312017, facllLtiI lo

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d. Cuenu Rio Bnvo, da alenoón mediante 2 arcrwos en

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Maria Patric ia Kurczyn Vil lalobos Comis ionada ponente

Recurso de revis ión

Expediente: RRA 4246118 Sujeto obligado : Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

El Org~ni$mo de Cuenca Golfo Centro, por me<lio del Memofando No BOO 805,04 -0260. hace COIlstar los siguoente'

F) Organismo de Cuenca Penlnsula de Baja California , da alerlCión a través del Memorando No 80080704 ·001043, a través del cual provee lo siguii!nte'

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G) Organismo de Cuenca Cuencas Centraln BOO 1302 Q<I-94512018, Informa lo sig~Lenle

María Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente : RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua

Folio: 1610100198418

del Norte, en ~ cuerpo del MemOlandum

NUM[RO D[ O[N UNCIAS

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H) Organismo de Cuenca Frontera Sur.ln/onTIa a travesdel Memornndum BOO 813 04 "'2912018 que .. localIZó Ulformaa6n, mISma que pane a dlSPO'lCI6n mediante archiVO electrorlleo en fonnlIlO x1sx

ANEXO FOLIO 1810100194818 xlsx

ti OlrKelOn l ocat Tla. ca'" poi medio del Memorando No BOa 929 -314, remite la s¡gu,enle in'ormacoOO

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 $ujQto obl igado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

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J) Dirección Loc~1 GI,l~najl,lato. a través del Memorando No. Boo,910oo,11553, entrega la iMformación que se inserta a CO!lt'~uacI6n

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Maria Patricia KUfczyn Villa lobos Comisionilda pononte

Recurso de rovisión

Expediente: RRA 4246116 Sujeto obligado : Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100196418

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de rovisi6n

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto o bligado: Comisión Nacional del Agua

Fo lio : 161010019841 8

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K) Direcc ión l oca l Navarit , entrega la informaCIÓn . a tr¡Jvés de rormato ele<;trónic::o Excel:

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L) Di rección Local Puebla, en el cuerpo del Memorándum No, Boo 920.00 01 34712018, indica lo SIguiente:

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Maria Patricia Kurczyn Vil lalobos Comisionada ponente

Recurso do rev isión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

M) Dirección loc~1 Hidalgo, medIante formato xlsx denominado ROA-4246·1S. hace entmga de la relaCI6n de AveriguacIOnes Pre~i as y Carpetas de tnveSligac.on

147759 Anexo-RDA 4246· 1 8 .. Isx

N) Dirección Loca l Estado de México, por medOo del Memorando BDO 914 00 1 1 ·251/20 1S, proporcIOna la s'gu~nte ,nformaClÓn

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María Patricia Kurczyn Vil lalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

O) o;re~ci6n local Chihulhua, a través del comumcado 800 906 00 1 ..404, hace entrega de la relación de AveriguaCIOnes Previas y/o Carpetas de InvestigacOón,

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María Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisi6n

Expediente: RRA 4246/1 B Sujeto obligado : Comisi6n Nacional del Agua Folio: 1610100198418

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada pononte

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 16101 00198418

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SEXTO.- Por kl expuesto, toda vez que como se se~ak), de las constanCIas ~e colige que las respuestas emitldas por los Organismos de Cuenca Penlnsula de Yucat~n , Lerma Santiago PacTroco, Noroeste ~ Golle Norte; ast como las Direcciones Loca les Querétaro, Quintana Roo, Campeche, Zacatecas Col ima y San Luis Potos i. se proporc ionaron atendIendo en estricto apego a las disposiciones de la Ley Federa l de Transparencia y Acreso a la Información Pública, por lo que este Comité de Transparencia CONFIRMA la In o ~ lsten cl a de la información pebc'OIlada conSIstente en: ·Numero de denuncias que conston en averiguaciones previas . asl como su status actual de su pnx;edlmlento (investigación. reserva. no ejercicio. consignación) que la comisión nacional del agua presento desde enero de 2012 a 15 de Junio de 2016, por los tipos penales con tenidos en los artlculos 149 y 150 de la Ley General de Bienes Nacionales en zonaS federales a cargo da esta dependencia. señalando que unidad, direccion u organis mo

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Rocurso do revisión

Expediente: RRA 4246118 Sujoto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 161010019841 8

presenlO dicha denuncia. el nombre 01;';1111 (en uso delenerlo) del bifJn nllcionlll ( ejemplo rio suchiale) . fllClado por l. condUCla. numero d<t a~eriguación p,e";' y .".:Ido de la Republiu M I~ que se pros. mo ,.. denuncia penlll y 111 IIICh.a en que se hl~o, IIsl m ismo, Numero de d.nuncillS que COllS too en C~rpotllS de In~.srig.ción. IIsl como su Sl~tus .c/UIII de su procedimiento (proceso de in~esrigac/ón. res(IN'. 110 ejercicio, conslgm'f:iÓII) que 111 comisión mu:lollal del IIgUII pros.nto desde el 16 de Junio de 2016 hllSfIl 111 fecha aCfUIII. por 105 tipos penales contenidos en los articulas 14!1 y ISCdel, Lay Ganerlll de Bienes Hllcionll/es en 20nas lederlllu a cargo de esta dependencia, señalando que unidad. dirocclon u org~nismo p,estlnto dlche denuncie, el nombre oficial (en caso da tanerlo) del b ien nacional ( ejtlmplo rio $uChlate) IIfectlldo por la conducte, numero de a~erlguac/ón prevlll y estado de la Republ;';a cm 111 qu. se presemo la denuncl. PMIII, asl como la fechll M que se hizo.' (SIC). con base en los ,azonilLmoe<ltosl6glCOS jurldlCOS que soportan ta validez del ml~

De conformidad con lo .~pues!O, y toda vez que como se sellalO, en la ..,formilCOÓn. elementos r argumentos eKpuc!stos por la Unidad de TransparenCIa ildscma ala Gerenaa de OescentralÍZilClOtl r de Transparencia y Acceso a la Información Pllbloca, este Comitll de T"nlp .. encia delermi n~

procedente MODIFICAR I~ reSp<.lesla otorgada ~ la ~i,,!oo de aceeso , la Informac:16n folIO , 6 ' 0'00 ' 984 1 8. en relilClÓn con lo prev isto en los artlculos 65 fracdOn I1 ~ 132 de la Ley Federal de Transparencia, y Acceso a la In formación PLlbllCa.

Por lo expuesto, loS 1I'llegranles del Comlle de Tr,nsparencoa de la COmisoOn Nocional del Agua, respetuosamente soIocitamos

PRIMERO., Tener con tl$te documento por pres.entado en toempo y torma a este Comrté de Transparencia de la CO .. lISoOn Naco:>nal del Agua. ex¡)fe$3ndo los alegatos relatrlOS al recurso de revl&IOn en que SClIOCIUa. denvado de la soIIcI\ud de acceso ~ la InformaeoOn de mIInto

SEGUNDO.- En el momento pr<>e:e$31 Opof\Ur'IO. CONFIRMAR la mexO$tencia de la respcoesta otorgada a la so licLtud de acceso a la informacl6n de mlmto. por las Unidades Adm"" i stra~vas

senaladas en el numeral TERCERO de los ALEGATOS, de conformidad con el articulo 65 IracciOO 11. 14' y143 de la Ley Federal de Transpareocla y Acceso a la InformilClOn PLlbhca

TERCERO._ En el momento p<ocesal oportuno. CONFIRMAR la moa,ficac:I6n a la respuesta otorgada a la sobcdud de acceso a la ..,formilCOÓn de mento. seftalao:la en el nume<aI OUlNTO de los ALEGATOS asr como las determlO3ClOOt!5 del COfTll!II de TransparenCIa. de (:(ltIformldild con los argumentos eKpuestQS en el presente documento. con fundamento en lo dlspuMto en el articulo t 57. frac:c:o:XllI, de la ley Federal de Transparenaa y Acceso a la Informaaór! Pllbhcil ( r (so:::) [¡;:nfasls de ongen]

El sujeto obligado adjuntó a sus alegatos, copia simple de los siguientes documentos:

1 OfiCIO número BOO.809.04 -145, del treinta de abril del dos mil dIecIocho. signado por el D,rector de Asuntos Jurídicos del Organismo de Cuenca Balsas, transcrito en el resultando 111.

2 Oficio número BOO.903.00 1.037. 1259. del trein ta de abril del dos mi! dieciocho, signado por la Jefa de la Unidad Juridica de la Dlfección Local de Baja Call(ornla Sur, transcrito en el resultando 111.

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Maria Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediento: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

3. Oficio número BOO.805.04.-0254. delIres de mayo de dos mil dieciocho. signado por la Directora de Asuntos Jurid icos del Organismo Cuenca Golfo Centro, transcrito en el resultando 111.

4 , Oficio número 800,810.04.-1 4812016, del d iete de mayo de dos mil dieciocho, signado por la Directora de Asuntos Juridicos del Organismo de Cuenca Pacífico Sur. transcrito en el resullando 111.

5. Oficio número 800,915.00.1.-15212018, del once de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Director Local de Míchoacán, transcrito en el resultando 111.

6. Oficio número 600.911 .-1346, del once de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Director Local de Guerrero, transcrito en el resultando 111.

7. Oficio número BOO.927.00.1.023912018, del quince de mayo de dos mil dieciocho, si9nado por el titular del Módulo de Transparencia y Acceso a la Infonnación de la Dirección Local en Tabasco, transcrito en el resultando 111.

8. Oficio número 800.813.04.-284/2018, del qu ince de mayo de dos mil dieciocho, signado por la Directora de Asuntos Juridicos y Encargada del módulo de Transparencia del Organismo Cuenca Frontera Sur, transcrito en el resultando 111 .

9. Memorando número 800.929.212, del dieciséis de mayo de dos mil dieciocho. signado por el Director Local en Tlaxcala. transcrito en el resultando 111.

10. Oficio número 800.811 .09.162/16, del diecisiete de mayo de dos mil dieciocho. signado por el Director General del Organismo de Cuenca Río Bravo, transcrito en el resultando 111.

11. Memorando número 600.802 04.-658/2018, del dieciocho de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Director de Asuntos jurid icos de la Dirección General del Organismo de Cuencas Centrales del Norte. transcrito en el resultando 111.

12. Memorandum número 800.807.04/000709, del dieciocho de mayo de dos mil dieciocho. signado por el Director de Asuntos Juridicos del Organismo de Cuenca Península Baja Cal ifornia, transcrito en el resultando 111.

13. Oficio número BOO.909/040. del dieciocho de mayo de dos mil dieciocho, emitido por la Dirección Local Ourango, dirigido al solicitante en los términos siguientes:

"C - ) Me reFH!ro a la solicitud de acceso a la información ingresada a la Comi51Ó11 NaclOI1al del Agua y registrada COI\form e a lo siguLente ( I

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Rec urso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujoto obl igado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

Que al eleduar una bus.queda eKh<lusllva en loS archIVOS de la Umdad JurldlC3 de ~Ia Olrecco6n local Ourango esto en Vlnud de ser el area encargada de e¡er<:ef las /ur>C>Ones oper3U\1as y e¡ecubvas de la Olrl!CCl6n Local en la RegIÓn HldrolOglCO·Adrrun,sualNa matena de su cornpelCllCla en lo concernlCflte a loS asuntos jurldico$. de conlorrllldad con lo que este ()(denam.ento establece, se advoerte q..e se C\IeflIa con la Slgu,enle ,nlQlll"laoClOn

• En cuanto al número de denunCIaS '1\1" consten en avenguitClOnes previas, a5 i como s~ status actua l de su proced imiento (,nvestogac>ón, reserva, no ejereiclO, cons ignacIÓn) que la comisIÓn naCXInal del agua presento desde enero de 201 2 a 15 de Jynkl de 2016, por los ~pos pcna ies contenidos en los art lcukls 1.:9 1 150 de la Ley Genera l de Bienes NaCIOna les en zonas federales a cargo de esta dependeJlClil . senalaJldo que unidad. dorecc06n u orgamsmo presento dicha denuN;)a el nombre ofICIal (en caso de tenerlo) del boen nacIOnal {eJemplO.1o Suehlate) a~edado por ~ conduela nymetO de ;:rvenguaaon prevta y estaao de la RepolbliCa en la que se p~ la denUl"lCla penal y la fecha en que se llao

En ese penado se eneorotraron dos denuroaa • . de las cuales se desprenden IoIlogULentes dalOS

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• Número de den~nClas que coosten en carpetBS de ,nvestogacoón, as l como su stat~s actual de su proced imiento (proceso de invesl>gaclÓf1, reserva, no ejercICIO. cons ignac,ón) que la cormsoOn nacoonal del agua presento desde el 16 de junoo de 2016 hasta la fecha actual por 105 ~PO$ penales contenidos en los artlculol 149 y 150 de la Let General de B>er.es NaclOllales en zOfIas ledetales a cargo de eSIa depeoderlclil, semotando que unidad, d,reca6n y organismo presento dICha denuncoa, el nombre oficial (en caso de ter.e<lo) del boen nacoona! {ejemplo /10 Suchlilte) alec:tado poi" la conducta. numero de avenguacoOn prev,a y estaOo de la República en la que se presentO la denuncoa penal. asl como la fecn.a en que se hIZO

En ese per.odo se encontró una denuroaa, de la cyal se desprenden los siguoentes datos

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Follo: 1610100198418

14 Memorando número 800.901 .00.2018/001143, del veintidós de mayo de dos mil dieciocho, signado por la titular de la titular de la Unidad Jurídica de la Dirección Local de Aguasca lientes, transcrito en el resultando 111.

15. Oficio número 800.801 .00.2-199-18, del veintidós de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Director de Atención a Organismos Fiscalizadores y Programas Especiales en el Valle de México. transcrito en el resutlando 111.

16. Oficio número 800.808.04.-338/18, del veinticuatro de mayo de dos mil dieciocho , signado por el Director de Asunto Juridicos del Organismo de Cuenca Pacífico Norte, transcrito en el resultando 111.

17. Oficio número BOO.912 .00.1 MT.-207, del veinticinco de mayo de dos mil dieciocho, signado por el titular de la Unidad Jurídica dependiente de la Dirección Local de Hidalgo, transcrito en el resultando 111.

18. Oficio número BOO.917.·MT/64/000844 , del treinta de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Director Local en Nayarit, transcrito en el resultando 111.

19. Oficio número BOO.910.00.1/1626, del tre inta y uno de mayo de dos mil dieciocho, signado por el Responsable de Unidad Jurídica de la Dirección Local Guanajuato, cuyo contenido es el siguiente:

' ( ) Me refielO a la solicrtud de acceso a la información ingresada a esta Comisión Nacional del Agua el pasado Jueves 26 de Abril de l 2018 y reg istrada eh la Plataforma Nocional de Transparencia COIlforme a lo siguiente: ( )

Al respocto, me pefm lto informar a usted que COn fundamento en to dispuesto en ios articulos 130. 135 Y 136 de ta Ley Federal de Tfansparencia y Acceso a la Informoción Pública, y en virtud de la modalklad de entrega elegida por usted en este acto se le comunICa que se rea lizó una bilsqueda minUCIOsa y exhauslIVa en 0Js sistemas electróOlcos que se contlO lan en esta Unidad Jurldica adSCrita a esta Dirección Local Guanajuato de la CONAGUA, obteniendo la siguiente informaCIÓn de acuerdo 8 la poslbil tdad permitlda por el sistema electrónico se le pool' a disposdón del peticionario lo siguiente

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NUMl:I'I.0 OE OI: NI.lNC~S POI'I. LOS TIPOS PE-.ES CONTENIOOS EN LOS AATICUlOS 1.9 y 150 OE lA l-EY GENERAL 01: BIENES ~CIOl-W.ES , , , , 1

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Com isionada pont!nto

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246118 Sujeto obliga do: ComisIÓn Nacional del Agua Folio : 1610100198418

En lo que respecta en cuanlO el pellClO<1ario PIde In formactón :;obre el conlenldo de dIChas a~erigu¡¡dones del procedimienlo se le In fQ1'ma que no es posilJle d;"'ulgar los dalos conlenidas en las mismas de conformIdad a lo se~a lado en los artiCulas 110 frilCClOnes X ~ XI de la Ley Federal de TransparencIa y Acceso a la Informi'Cl6n P~b l ica

( )" (s;e)

20 Memorando número BOO 812.-1204. del primero de junio de dos mil diecIOCho. Signado por el Director de Asuntos Juridicos del Organismo de Cuenca lerma Santiago Pacifico, transcrito en el resultando 111.

21 OfiCIO número 800.920.00.01 .22012018, del cuatfo de junio de dos mil dieciocho. signado por la titular de la Umdad Jurídica de la Dirección local Puebla, transcnto en el resultando 111.

22. Los 7 archivos en formato EMcel y WORO descritos en el resultando tercero.

11 . El treinta de julio de dos mil dieciocho. se acordó la recepción de los alegatos de manera extemporánea y se hizo constar la preclusión del plazo otorgado al sujeto obligado para ofrecer pruebas. asimismo, derivado de que este Instituto no ha recibido alegatos ni pruebas por parte de la recurrente, se emitió en esa misma fecha, el acuerdo por medio del cual, se hizo constar la preclusi6n del plazo que le fue otorgado para ofrecer pruebas y alegatos, con fundamento en el articulo 156, fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaCIÓn Pública OdIOS acuerdos fueron notificados a las partes. el treinta y uno del mismo mes y a~o .

SEPTIMO. Alca nce a la respuesta.

El trell'lta de Julio de dos mil diecIOCho. se recibió en este Instituto la copia del correo electrónico enviado por la Ul'lldad de Transparencia del suieto obligado a la dirección sellalatla por el recurren te para recibir notificaciones. mediante el cual le comunicó lo siguiente:

"( I Hacemos referenCIa al recurso da rev islOn RRA 4246118, de<l~ado de la solICitud de lICCes.o a la informacoo folIO 16101 00198418. en la cua l fllQUlf.o

'la TOTALIDAD de las drversos memofl"'dos de d,ferenres areas de la COltll$lÓll N/IdorIa del Agua como respuesta otorgada al su$CltlO por VIOIenrar los artICulas t5 y t~8 ~ la Ley F&dera/ de IICCeSO y Transparef1C18 a la InfomlllQOO PublICa, que nos ocupa en las fr~s que a COIlIlnU<lClÓfl tmnscnbo I La cla5lfic8ClÓfl de lB II1fomtlfClÓ(l. IV la ~lnrrega de II1fotm~ ÍIICOfTJpItIta VIII La entrega O puesta a dr5posicIón de ",roon8aoo en un IormaIO irII;:om¡)t'emible yJo no IICCeSible pam el soilCllanfe. XII La falra defiCleflCla o IfIsufictef1C18 de la fundament~ yJo ITIOIIV<ICIÓfI en la respuesta ' (SIC)

Al respeclo. anexo al presente se eovlan 105 alegatos del Recurso de Revl$.on RRA 42461\8 de techa 1 I de Julio de 2018. y en la cua l el ComIté de Transparencia de esta ComISIÓn Nac::lOf1al del Agua, confi¡ma la modlfieaoOn de la intormilQOn requenda a través de la solICItud de acceso a la IIlfo<maclOn folIO 1610 1 00\ 9841 8. ast como los SIguientes anexos

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente : RRA 4246/18 Sujeto obligado : Comisión Nacional del Agua FoHo : 1610100198418

2012-2016·

Con la presente ~otlficadO~ . tenga por atendido et Recurso de Revisión RRA 4246118 ( . .)"

En archivo adjunto a dicha comunicación, se encuentran los siguientes documentos:

, . Memorando número BOO.809.04.-432 , elaborado por el Organismo Cuenca Balsas, que contiene un listado con los siguientes datos: número de averiguación previa, fecha de presentación, delito y estado procesal.

2. Formato Excel elaborado por la Dirección Local Hidalgo, con los rubros número de averiguaciones previas y/o carpetas de investigación (cantidad) . unidad administrativa, bien nacional afectado. fecha de presentación. estado procesal. lugar de radicación y número de averiguación previa. En dicho documento, se indica que en 2013, 2016 Y 2018, la respuesta es cero.

3. Lista elaborada por el Organismo de Cuenca Río Bravo, que contiene los sigu ientes datos: número consecutivo, denunciante. número de averiguación, fecha de presentación' , Zonas Federales. Organismo O Dirección, Estado, Fundamento y Status, de 20 16 a 2018.

En dicho documento, se tiene la nota: En /o relativo a este periodo en /o que corresponde a la Dirección Local Coahuila de ésta Comisión Nacional del Agua. no se presentaron denuncias penales del cual se solicitó la información, en virtud que a partir del 01 de enero del 2016, derivado de la reestructuración a la Administración Pública Federal, que en/re otras medidas, con fecha 31 de diciembre del 20 15 se determinó supn'mir y liquidar a la mayor parte del personal de mando medio que /abomba en la Dirocci(¡n Local Coalluila de la Comisión Nacional del Agua.

4. Lista elaborada por el Organismo de Cuenca Rio Bravo, que contiene los siguientes dalas: número consecutivo, denunciante. número de averiguación, fecha de presentación", Zonas Federales. Organismo O Dirección, Estado. Fundamento y Status. de 2012 a 2016

Dicho documento contiene las siguientes notas:

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Maria Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente; RRA 4246118 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

NOTA J: De enero de 2012 al 31 diciembre de 2015, fecha en se encontraba activa las funciones de la Dirección Local Coa/wila de ésta Comisión Nacional del Agua, no se presentaron denuncias penales en el rubro del cual se solicitó la ;nform;Jción,

NOTA 2: En el año 2014, este OrgOIllSmo do Cuenca Rio Bravo, no presentó denuncias penales en el rubro del cual se solicitó la información

5 listado elaborado por la DirecCión Local Nayarit, con los rubros siguientes Umdad Admlnistrallva, Fecha de PresentacIón, Estado Procesal, Lugar de Radicación y Numero de AveriguaCIón y/o carpeta, de 2012 a 2016

6 LIstado elaborado por el OrganISmo Cuenca Frontera Sur que contiene, numero consecutIvo, rubro, fecha, dirección u organismo, Estado, numero de denuncia, afectación, eslalus, de 2012 a 2016,

OCTAVO. Ampliación.

El veinticuatro de agosto de dos mil d ieciocho, con fundamento en el primer párrafo del art¡culo 151 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica, se acordó la ampliación del plazo por un periodo ele veinte días, a fin de que este Instituto contara con los elementos sufiCientes para resolver el fondo del presente recurso de reVISión. El citado acuerdo fue notifICado a las partes, en la misma lecha

NOVENO. Requerimiento de información ad ic ional.

1. El catorce de septiembre de dos mIl dieCiocho, se notificó al sUjeto obligado mediante el ofiCIO numero INAI/Comisionados/Pononcias/2S.01 /262/18. de la misma fecha, un requerimiento de ,"formación adicional, en el que se le solici tó que informara a este Instituto. lo siguiente:

-1 ) Alend lendo a que en respuesta la OlrectlOn locat Bala Ca lIfornIa Sur, la OlrecclÓn Locat Guanajl.lato, la Dlre<;(:lÓn Loca l Guerrero, el Organismo de Cuer>Cil Bal5<ls y et Organismo de Cuenca Fronlera Sur, roan/testaron que no es poslb~ proporaonar el numero oe Al'enguaclOn PrevIa o Carpel3 de InvestlgaciOn y SIl contemdo, de conformidad con et artIculo t 10, ffaccoones X y XI de la Ley Federal de Transparenoa y Acceso a la Inforrnaaón PublICa. porque estan Imposlblb\ados para da. cualquier inform8Cl6n debido a que el proced,mlCnlo se encuentra en Integ.8CI6n y hasta en \anto no sea .esueno en defiflluva, dICha II'Ilormaa6n conservar. su caracter de mlorm8Cl6n .eservada

Por lo antel'lOl'. se le reqUiere que. en el térmIno de 48 horn o Informe la etapa procesal en que se encuentran las Avenguaciones PrevIas o Carpetas de InveSIIgaoón q<l!t reportaron las unidades adm,nlstratvas referidas -

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Maria Patricia Kurczyn Vi llalobos Comisionada ponento

Recurso de revision

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

11. El dieciocho de septiembre de dos mil dieciocho. se recibió en este Instituto el oficio numero BOO.5.04 .-11618, de la misma fecha. dirigido a la Comisionada Ponente y signado por la Gerente y titular de la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, mediante el cual desahogó el requerimiento de información ad icional, en los siguientes términos:

'( .. ) Al respe.:to, se so licitó a la DlrecCJ6n Loca l Baj" C" lifomia Sur: la Dirección local Guanajuato. la Dirección Loca l Guerrero: el Organ iSmo de Cuer\C3 Balsas y el Organismo de Cuenca Frontera Sur. se manllestara" respe.:to del requenmlE!nto. antes mencionado:

En atención a lo so licitado. dK;has unfdades administrativas, a travlls de mensajes electrónicos del correo institucional, se proounciaron en el slQu lente sentido

Dirección Local Baja Ca l ~omia Sur:

'Con respecto ala soiicjtud del !NAI. se informa a usted que dk;has Averiguaciones Previas o Carpetas de InvesligacKm se encuentran en proceso de Integración. por lo que la informacj(¡n conservar¡! Sil cerácter de reservada, de conformidad con "' establecido en e l Arliculo 110 Frecciones X y XI de la Ley "&deral de TransporoflCjO y Acceso o la Información PÚblica . (Sic)

Dirección Loca l GuanajU3to '

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Maria Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 161010019841 8

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Onec:eO ' Local Guerrero

Maria Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246118 Sujeto obligado: Comisi6n Nacional del Agua Folio: 16101oo1g8418

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'En reI/JCIÓn a 111 ... fvnn<tc1Ótl $OhCIIllda a ccnt ... 1NtCIÓrI 1ft .Ó"lfomIo el Wado procesal de 11M 8VI9f'I9UIJCIOIleS pr8V1BS y CIIrper8 de .Ó"lve.sr¡gac1Ótl COIfllspondlflnle a /os 81105 rol2 2015 y 2018

P8ffl el a/lo 2012, la etapa procesal se ellCUflnlffl en inlegf8CKJn de la AveriguaoOO pr8wa

En 20/5, S6 ellCUentra concluido ya que se aulOllló la COIIWlta de NO EJERCICIO DE LA ACCION PENAL

Parll al actual 20 18 la alapa procesal esté efl Inlugración . (SIC!

Organismo de Cuenca Balsas

'AVERIGUACIONES PREVIAS INTEGRADAS POR VlOLACION A LA GENERAL DE SIENES NACIONAlES

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada pononto

Recurso de revisión

Ellpod iente: RRA 4246118 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

Se anexa tabla Excel con el estado procesal Que guardan los asuntos

Tenga con el presente esento po.- desanogadO el requeflmlento de merito ( )' (loe) [ÉnfasIS de erogen)

Es importante precisar que, en el ofiCIO referido, se hace referencia a que el Organismo de Cuenca Frontera Sur adjunta un archivo en formato Ellcel: sin embargo, no se encuentra el anexo sel'ialado

111 , El dlOClIlueve de septiembre de dos mil dlE!Ciocho, se recibió en esta Inst~ uto un alcance al desahogo del requerimiento de informaCión adicional enviado por el sujeto obligado que conSiste en un archivo en formato Excel que contiene ¡as Averiguaciones Previas de 2012 a 2015 y Carpetas de Investigación de 2016 a 2018, con los apartados siguientes. número consecutivo, rubro (averiguación previa o carpeta de investigación) fecha, Dirección u Organismo (Cuenca Frontera Sur), Estado (Tabasco, Chiapas), número de denunCia, afectación y estatus. Para 20 18 t iene la precisión de que a la fecha de la solicitud no se ha presentado denuncia del tipo sel'ialado en la solicitud.

DÉCIMO. Alcanco a los 8109atos.

El veinte de septiembre de dos mil dieCIOCho, se recibIÓ en este Instituto un alcance a los ¡ alegatos del sUjeto obligado, mediante el cual remitió los documentos de las unidades adminlstlal lvas que manifestaron la IllOxistenCla de la información. Oichos oficios consisten en los siguientes:

t Memorando número 8oo.904.0.1.074 , del tres de julio de dos mil dieciocho, dirigido al Comité de Transparencia y signado por el titular de la Unidad Jurldica depend~nte de la Dirección Local de Campeche. en el que sena la:

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Maria Patric ia Kurczyn Vil lalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/16 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610 100198418

Sobre el panicu lar. me permilo informar a dICho Comité que, se rea lizó una búsqooda mlnUCKJS3 y exhaustiva de la información materia de la so licitud de confOffilidad con los artlcu los 11 apartado C fracc>6n V y 86 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua en los archrvos de trámIte y concentración, (1lsieos y electrónicos) de la Unidad Jurldica de esta Unidad Adminostrativa por ser la competente para atender el presente requenmiento_

De los resultados de la búsqueda, se comunica a usted que la información maleria de la presente solicitud no lue localizada en virtl.ld de que no se encontró nInguna denuncia que conste an te el Ministerio Público de la Federaco6n durante el periodo comprendido del mes de enero de 20 12 al 15 de junIO de 20 16, que se encuadre en los supuestos se~a lados en los artlcuios 149 y 150 de la Ley General de Sienes NaCIOnales, as l como tampoco eXIste nonguna denunCIa en carpeta de investigación que la DirecclÓ/1 Local en Campeche de la Comi$ión Nacional del Agua haya presentado ante el Min isterio Público Federal desde el pasado 16 de jumo del aM 2016 hasta el dia de hoy 3 de mayo de 20'8 fundada en los articulos '49 y '50 de la Ley General de Bienes Nacionales

Por lo anterior y COl1 fundamento en lo dIspuesto por los artlcuios 14' y 143 de la Ley Federa l de Transparencia y Acceso a la In formaco6o PublICa, se so licita a ese Comité de Transparencia conlirmar la inexistencia de la información solICitada

AL RESPECTO ME PERMITO REALIZAR EL SIGUIENTE INFORME:

Contrano a Jo manifestado por el hoy recurrente, la Dirección local en Campeche de la Comisión Nacional del Agua, mediante memorarn:lo número Boo 904 O 1 .{)42 de fecha 3 de mayo del ano en curso atendió la solicitud contenida en el fo lio 16101001984 1 8, a través del sistema Conagua SSI Por kl anterior es claro y evidente que la Direccion Loca l en Campeche de la Comisión Nacional del Agua atend ió en t iempo y lorma la solic itud contenida en el folio numero 16101 00194818, solicitado al Comité de Información con lundamento en los a"lculos 141 Y 143 de la Ley Federa l de TransparellC'3 y Acceso a la Infonnación Publica, la declaración de inex istencta por Jos argumentos ahl manifestados (. r (sic) [Enlasis de origen)

2 , Memorándum numero 800_908/000737, del dos de julio de dos mil dieciocho, dirigido al Presidente del Comité de Transparencia y signado por el titular de la Dirección Local Colima, en el que indica:

" ) POR ESTE MEDIO SE RATIFICA LA RESPUESTA BRINDADA MEDIANTE SIMILAR 8009081000892 FECHADO EL 02 OE MAYO DE 2016. ES DECIR, QUE ESTA UNIDAO ADMINISTRATIVA SE ENCONTRÓ QUE LA INFORMACiÓN SOltCtTAOA Y QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS ES IGUAL CERO, ES DECtR HAN SIOO CERO OENUNCIAS LAS QUE CONSTAN EN AVERIGUACIONES PREVIAS O CARPETAS DE INVESTIGACiÓN aUE SE HAYAN PRESENTADO DE ENERO DE 2012 Al 15 DE JUNIO DE 20'5 POR lOS TtPOS PENALES CONTENIDOS EN LOS ARTlcUlOS 149 Y 150 DE LA LEY GENERAL OE BtENES NACIONALES LA ANTERIOR tNFORMACIÓN ES BRtNDADA CON ESTRICTO APEGO AL CRITERIO'SlI3 EMITIDO POR EL INAI ( .)" (sfc)

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Maria Patricia Kurczyn VI!!a!obos Comisionada ponento

Recurso de revisión

Expediente : RRA 4246/16 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100196416

3 Memorándum número BOO 920.00 01.34712016. del tres de julio de dos mil dieciocho. dirigido al Comité de Transparencia y signado por el titular de la Unidad Jurídica dependiente de la Dirección local Puebla. en el que establece

"' I Alefidiendo al ildO (¡ue recune el pel lCiOoano en el pufilO. ·TERCERO Las unidades de ORGANISMO OE CUENCA PENINSUlA BAJA CALIFORNIA. ORGANISMO DE CUENCA PACIFICO NORTE ORGANISMO DE CUENCA LERMA • SANTIAGO· PACIFICO. ORGANISMO OE CUENCA GOLFO CENTRO ORGANISMO DE CUENCA FRONTERA SUR. ORGANISMO DE CUENCAS CENTRALES DEL NORTE. ORGANISMO DE CUENCA BAlSAS. ORGANISMO DE CUENCAS AGUA DEL VALLE DE MD.ICO. DIRECCION LOCAL DE TLAXCALA. DIRECCION LOCAL DE PUEBLA. DIRECCION LOCAL DE NAYARIT. OIRECCION lOCAl OE GUERRERO. OIRECCION LOCAL GUANAJUATO. OIRECCION LOCAL BAJA CALIFORNIA SUR.ORGANISMO DE CUENCA RIO BRAVO. ORGANISMO DE CUENCA PACIFICO SUR. omit>eron seftalar el numero de la Carpela de Investigacioo oAvenguaclOO Prev'a, el estatus. el roombredel bien n3ClOna1 afectad(l, y la fecha en (¡ue se realizó · (SIC) , al respecto resuRa infulldada la inconformidad contenida efi el punto tercero. toda ve~ que esta Unidad Administrallva nizo entrega de la informaCIÓn en loS térm ino5 solic itados atendiendo cada unO de los rubros e Insertos en 2 tablas cub!'iendo los parémetros s.ohc'tados, número de la Carpeta de Investigación o AveriguaciOn Previa el estatus, el nombre del bien nilClOnal afectado Y la fecha en que s.e real,zó

S,luac06n por la cual ae 1_ que no le puede 8505t" razón al recunente debido a que en IOdo momento se le OIorgo 'espuesta de forma muy clara ~ I\aber1e hecho del eonOCIITlJento en las tabias la deSCf'l9ClÓO de la ,"formacón de ,"ler" ,especlo del número de illver'guaeoones prevoas abiertas por los bpos penales contenidos en los artlcutos 1 ~ 9 y ISO de la Ley General de Bienes NaCIOfIales en zonas fede'aies, que se Iocat lzaron en esl' Olleco6n Local PueDla dentro del perIOdo en referencia POf lo que se confirma la información (¡ue se hizo entrega al petoclOrlari<) mediante oficio Boo.920.00 01 2201201e fcenado el d la cuatro de Junio de 2016

Ahora bien en base al princ ipio de m~ .. ma publicidad se le haoo del CCInoClmlento al petoe>onario que se localizó la sogulente informaCIÓn

Ahora boen alend,endo al punlO ·CUARTO Algunas urudades omllJefon IUlldar y motIVar s' en los af'xls que r1(I p<ecrsan IO formaClÓrt cuentan o no con ella ' (Soc l. al respeclo ae hene que el nula' de la Unidad Jurldoca hace entrega de la oruormaclón correspondiente ~ peliodo de ¡meres enero de 2012 a 15 de lunlo de 2016. hac.endo del conocimoenlo Que en los allos. 2012. 2013. 2015 Y hasta el 15 de junio del 2016. se localizó O {cero) mlormacKm respecto de Número de denunoas que consten en aveuguaclones previas por los tipos pena les contenidos en 101 artlculos 149 ~ 150 de la Ley General de Btenes Naciona les en ZOl'las federales. una vez agotada la búsqUeda exhaustIVa y razonable en los arChiVOS de la de la Unidad JurldK;a. cuyo titular confirmó que del resutlado de esa bUsqueda!\.le cero Sirve como apoyo al presente el c,ltlrlo 18113 otorgado por 11 IFAI ahora INAI ·Re. pues ta 19ual a cero. No .. necesario declarar lormalmenlt la Ine.istencia En loS C8$OS en que se requICre un dato esladlsbCO o numtnco. y el resullado de la boisqueda de la Il'lform8ClÓl'l s.ea tefo. es ,mportante hacer del conocrmICnto que kle deberé enlenderse como un dalO (¡ue conslrt"Y'" un elemento numénco que aloende ia $Ohcotud. y no como la ine><lSlenaa de la 'n forl'l"l8ClÓl\ soIicltada Por lo antenor en térmlflOS del articulo 42 de la Ley FfIde".1 de TranspaffJnC/(J y Acceso lila InformllCi6n POblICa Gubernamental, el número cero .... uM respuesta v~lida cuando s.e solictta ,nformac>6n CUi!MlLtativa. en Virtud de que se t'lIta de un valor en si miSmo·

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revis ión

Expediente : RRA 4246/18 Sujoto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610 10019841 8

Finalmente atend iendo a la inconformidad descr~a en el punto 'SEXTO No deberia negárseme la información solicItada, pues se atenta contra el aniculo 15 de la Ley qoo se~ala que en la generación, publica66n y entrega de información se debera garanllzar que ésta sea accesible. confiable, venficable . veraz, oponuna ~ atenderá las necesidades del derecho de acceso a la InfQmlación de toda persona Los sUjetos obligados buscarán. en todo momento, que la Información generada lenga un lenguaje sen6110 para cualqu ier persona ~ se procurará. en la me<l ida de lo posible. su accesibil idad. SIlVa de prueba la respuesta que se encuentra en la plataforma.' (S ic), Al respecto se llene que el ~a~teamiento realizado por el recurrente devlene Infundado, toda vez que esta Dirección Loca l Puebla de la Conagua, no le negO la informacIÓn solic itada. abundo en ella al invocar el pri ncIpio de mhima publicidad haciéndole del conocimiento al peHClonano que se localizO Infofmación de interés correspond;ente al al'Kl 2017 AsI mismo atendió cada uno de los rub ros solicitados, de tal manera se garantizO el derecho de acceso a la información haciendo entrega de la información solicitada en términos del articulo '36 de la Le~ Federa l de TransparencIa ~ Acceso a la Información Publica ( " )" (sic) (Enfasis de ongen]

4. Memorándum número 800.922 ,-298, del cualro de julio de dos mil dieciocho, dirigido al titular de la Unidad de Transparencia y signado en suplencia del titular de la Unidad Juridica de la Oirección Local Quintana Roo, en el que dice:

. ( .. ) La bl.Jsqueda minuciosa fue rea lizada en los arelllvos fls;cos ~ electrOn;cos de la Subdirección antes se~a lada, dentro del periodo que comprende al 30110 2012, hasta la fecha de atencIÓn a la sol ic~ud , arrojando como resuMado Que esa área 1\0 contaba con arch ivos, exped ientes, o documento alguno que correspondtera a los parámetros sei"la lados en la solicitud de origen ( r (sic)

5. Oficio número 800,921 .00.1,-01526. del cinco de julio de dos mil dieciocho, dirigido al Comité de Transparencia y signado por el enlace de Transparencia de la Dirección Local Querétaro, en el que indica:

.( ) Por último. esta Olrecco6o Loca l Querétaro, después de consideraf, valora r y estud iar lo expuesto por el recurrente y esta Duección Local, considera peninente reiterar ~ COflflrmar lo resue lto por esta Unidad Adminoslrabva dentro del ofICIO numero 800 92 ' 00 1..()Q942 de fecha 02 de mayo de 20'8, lo antefKlr toda vez Que se apreCIa dentro de Kl actuado, Que si se respondIÓ la informaCIón re latIVa a la solic itud de acceso a ta informac>On baJO fOltO número '61 0100 198418. ademas de SOIK;Itaf a ese ComIté de Información. declarar la inexistencia de la InformadOn solicitada de conformidad con tos anlculos 141 ~ 143 de la Ley Federa l de Transparen6a y Acceso a la InformaciOn PúblICa. se solICIta a ese ComIté d-e Información declarar la inexister>e ia de la informaCIÓn solicitada en los arch;"os de trámite y concentración de la DIrección Local Querétaro I r (sic)

6, Memorando número 800.923.00.1.-1 64/1 8. del diez de jul io de dos mil dieciocho. dirig ido al t itu lar de la Unidad de Transpa rencia y signado del titular de la Unidad Jurídica en ausencia del Oirector Local de San Luis Potosi. en el que señala:

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revis ión

EXJl(!dicntc: RRA 4246118 Sujeto obligado : Comisi6n Nacional del Agua Fol io: 1610100198418

Derivado de lo anteriormente uanscr~o, y con relación a las razones o mot lYOS de Inconformidad expresados por el ahora recurrente, en el sentido de que la respuesta otorgada por la CONAGUA DireeQ6n Loca l San Lu is Potosi, no es un~orme con las demás que enumera del mismo ente, dellerá ce~ne a la respuesta de la Direoción local san LUIS Potosi, ya que esta a traves de la Un dad JurldlCa realizo UI\éI búsqueda e~haUltlva &n kls arch,VOIi de odia Área y no se encontrO informaeión rela:lVa a la sohcrtud de acalO ala informaoOn con foho No 16101001S8418, medIan", la cuat la ahora recurrente solICItO ' Numero de óe!1UrlClillS que consisten en aYenguac.ones previas, ni como $U H1a1U$ actual de su proce<f."mento lIOIIflllgaClOn, reserva, no 4!JE'fCICIO, cons.gf\aQÓn) que la comtSI6n Naaonal del Agua piesen10 desde ef'IQfo del 2012 al15 de JUnIO de 2018, por kls tpos penales contemdos en los ar1k:ulo$ 149 V I~ de la Ley General de Bienes N:;ICIOIIlIIes en zonas teOerales a carl/O de esta Dependencoa, senalando que Umdad, DueccoOlI u OrganltlTlO presento doella denu!'ICI8o, el nombre oflaal (en calO de tenerlo) del bien naaonal (e¡emplo no $uchl8te) afeeta<io por la conducta, numerO de AvenQuación Prevla V Estado de la RellUbIoea en la que se po-esentO la denuncaa penal V la fecha en que se hQO Asl m,smo, numercde denuncias que consten en carpetas de If1 vestogaclÓfl asl como su eSllllus actual de su po-oced"llIento (po-oeeso de ,rwesHgaclÓn, reserva, no e¡elCl<Xl, consignaciOn) que la comrsión NaCIonal del Agua presento desde el 16 de junIO de 2016 a la lecha actual, po¡ 105 tiPOS penales contenidos en kls artlcu los 149 ~ I~ de la ley General de Blilnes NlICIOOales en Zonas Fedelales a cargo de esta Oi!pendencia sena lando QUi! unidad, Dirección u Organramo presento dicha denuncia, el nombre ofICial (en caso de teflllOO) del bien nacional (lIJemplo no Suchiate), afectado por la cooducta, Numero de AVeflljuaClÓn prevl8 y estado de la ¡epUbIICa en la que se presentó la denuncia penal. asl como la fecha en que se hrzo. por lo que se reproduce para todos los fines legales procedentes la respuesta a que se ha hecho referenaa con el resultado de la ineXlSteocl3 de la ilformaciOn IIQIQtada I r (slCl

7 Memoralldum número 600.932.-058118 2380, del dos de julio de dos mil dieCiocho, dirigido al Comité de Transparencia y signado por el tttular de la Dirección Local Zacalecas, en el que indica:

' ( ) El l a Di recc ión Loca l Zatatecu, le pronuncia en la inex is tencia de I1 In formadón requerida, de conformidad COn 101 Articulo. U l y 143 de la Ley Federal de Tran sparencia y Accelo a la Información Pública, ( r (sic)

8. Memorándum número 800.804 .-32912018, del diez de julio de dos mil dieCiocho, dirigido al Comité de Transparencia y si9nado por el Director de Asuntos Juridlcos en el Organismo de Cuenca Golfo Norte, en el que establece:

"( I Por lo antenor , con fundamen10 en 10$ articules 141 y 143 de la Le1 de Transp¡lrencra y Aocasoa la tntormaClÓfl Publica, una vez agotada la bUsqueda monUClO5a y exhaUS1lYa de la I!lformaClÓfl pe1lC1O!1ada por pane de esta Umdad Admrms\fa1Jva, se somete el caso a la eortSIderao6n del COIrIIlé de lransp¡lref1Cla. de conformidad con las corcu!l$taneoas de nempo, modo y lugar SIgUientes 1 - El peoodo de bÚSQueda fue el correspondl(!nte de enero de 2012 al 15 de junIO de 2016 Y del t6 junio del 2016 a la fecha de entrega de la respuesta a la sollC'tud generada en el1 de mayo de 2018 2 - Se rev isaron los archIVOS I lsicol, eloetrOnICOli ~ la base de datos de la Unidad AdminIStrativa

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M aría Patricia Kurczyn Vi llalobos Comisionada ponente

Recurso d e revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto o b l igado: Comisión Nacional del Agua

Fo lio: 1610100198418

3.' La búsque<ja se realiz6 en la Dlrecci6n de Asuntos Jurldico$ adscrita a esta Umdad Admln i strat~a, misma que de acuerdo con las atribucfones y facu ltades conferidas por el Reg lamento Inter10r de esta Comisi<ln Nacional del Agua. es quien pudiera contar cOn la información requerida a través de la sol ic~ud en menci<ln. y de cuya búsque<ja se concluye que no se tiene reg istro alguno de la Información recurrida ,

De conformidad con lo expuesto, atentamente se solic ita al Com~é de Transparencia que previo el análisis de la informaci6n, elementos y argumentos vertidos en el presente informe para la integrack)n de los Alegatos, asl como las CircunstanCias de tiempo. modo y lugar se~aladas, se sirva confirmar la inexistencia de la información peticionada en esta Unidad Administrativa, con fundamento en lo dispuesto en los anlculos 65, fracción 11, 141 Y 143 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaCIÓn F'úblic:a { )" (sic)

9. Memorando numero 800812.· 1641 . del cuatro de jul io de dos mil d ieciocho. dirigido al Comité de Transparencia y signado por el Director de Asun tos Juridicos en ausencia del Director General del Organism o de Cuenca Lerma Santiago Pacífico, en el que indica:

"' I Cu~rto.- Del estud,o de los actos reclamados, se desprende que el punto TERCERO, es el acto del cua l corresponde atender por pane de esta Unidad Admin,strativa; motivo por el cual !le hace de conocimiento que se efectu6 una nue~a búsqueda exhaushva y minuciosa en la Dirección de Asuntos Juridicos de este Organismo de Cuenca. por ser el direcci6n competente de conformidad en lo dispuesto por el anlculo 78 del Reg lamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, la cua l Ind,ca que sin costo a~uno de conformidad con lo dispuesto por los anlculos 132 y 136 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se proporciona la siguiente información · N ~mero de la Carpel~ de I nvest ig ~c;6 n o Aver¡g u~ cI6n P revl~ ; Carpeta de investigacJÓn No. FEDIJAUOCOTIOOOJ.447/ ·EI estatus: En proceso de investlgaclOn por pane de la Agenda Segunda Investigadora Delegact(m Jalisco ·EI nombre dol bien naclon~t afectado: Zona Federal Lago de Chapala. con las coordenadas Latitud Norte 20' 1 7'20 1 ~ Longitud Oeste 103' 1 3'09 7 ·Fecha en que se realiz6: Querella presentada ante el Agente del Ministerio Público de la Federación con sede en Ocotlan Jalisco mediante ofICio númEtro BOO 812 04 01 N30412018 de fecha 11 de abril de 2016 (a petfclÓ/1 del Ministerio PúblICO de la Federación) ( )' (SIC) [tnlasis de or;gen 1

10 Memorándum número 800,803.-087/109. del tres de julio de dos mil dieciocho. dir igido al Comité de Transparencia y signado por el Director del Org anism o de Cuenca Noroeste. en e l que senala :

"(. ) Después de una nueva búsqueda m,nUCKJsa y exhausUva de la informaCl6n sellC,tada en los 3rch,vos de la Direccllln de Asuntos Jurldicos de este Organ,smo de Cuenca Noroeste y en base al Recurso de RevisiOn que nos ocupa, se reafirma la respuesta dada a la solic,tud oroginal a través de memorando No BOO S03 0531077 en el que se man,ftesta la inexistencia de la informacÍÓf1, lo anterior dado que no se han presentado denunc,as relacionadas con loS anlculos 149 y 150 de la

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comis ionada ponente

Recurso de revis ión

Expediente: RRA 4246'18 Sujoto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

Ley Genera l de Brenes NaCIOnales del 20 de enero de 20t2 hasta la fecha actual Por lo que con fundamanto en lo dispuesto por los artlcu los 141 ~ 143 de la Le~ Federal de TransparellCla y Acceso a la Información PublICa, se soIicit6 al Cornil' de Informaoón de la ComlsiOll Naelonal del Agua confirmar la ine Xistencia de la informaoón &01>Citada ( r (SIC)

11 Memorandum número BOO 806.04 04 -477, del dos de julio de dos mil dieCiocho. dirigido al Comité de Transparencia y Signado por el Director de Asuntos JurldlCOs del Organismo de Cuenca Penlnsula de Yuca tan, en el que indica:

Dada la naluraleza de la intormaclOn SOliCitada se procedlO realizar la búsqueda de la onformaco6n $OIlCItada por el pellClO!\aflO en la DuecoOn de Asumas JurldlCOS de este O!'ganlsmo de Cuenca PenlnSUIa de Yucatan, lo anterior alend_do a las facurtades conferidas en e l articulo 78 del Reglamento Intefiorde la Com~1OO Naaooal del Agua por lo que habiendo efectuado nueum~nte

un. busqued~ exh~usUva y mlnuclo .. de la Información sot~l8da en los archl'los, controles y e ~ pedientes que obran en dICha Dlrecci60, se~ala NUEVAMENTE que fIO se cuenta con ninguna a~eftguaciOn previa presentada por elta aUloOdad que se encuadre en los t ipos penales que contemplan los artlculos 149 y 150 de la Ley Genera l de Boenes Naciona les, en zonas federales a ca rgo de este organ ismo de cuenca, de aeuerdo a la sol ic itud planteada SiNe de apoyo el criterio 14117 determinado por Pler.o del lnstlMO Naeional de Acceso a la InlormaclÓl'l Publica, del tenor hle'al SOgUlenle

Inuistenc la La Inexlstenoa es una CueSl16n de hecho que !Se atnbuye a la IIlfofmaciOn $OIlCItada e implica que ésta fIO!Se encuentra en los ilfchlYos del su¡eto obligado. no obstanle que tue<lta con facullades para poseerta. Resoluciones • RRA 4669116 Instotuto Naoonal Eladoral \8 de enero de 2017 Por unanomldad Comosoonado Ponente .loel Salas Sua'ez • RRA 0183117 Nueva Aloanza 01 de febrerO de 2017 Por unanomldad Comlsoonado Ponente F'anosco Javier Aculla Llamas • RRA 4484116 Instrtuto Naoonal de M¡graco6n t6 de feb<ero de 2017 Por mayoña de !Sel' votos a fa'lO' y UflO en contra de la Coml5.lOl\ada Are~ Cano Guadlana Comisoonada Ponente Maria Patncla Kurczyn VillaloboS enteno 14117

DICho lo anterIOr y para cumplir con las CircunstanciaS de modo. tiempo V lugar a Que alude el articulo 143 de la Ley de T rllf\sp<[ rencia y Acceso 11 la Información anles citada se reahza ron ios siguoentes cfllerio, de bUsqueda Modo Arch i'l'O!i I' lsk:o$ y bases de datos competencia de eSla Unidad Adm i nlStratl~a Tiempo De enero de 2012 a 15 de Junio de 20 16 Lugar' Dirección de Asuntos Jurldil;o$ de l Organismo de Cuenca Penlnsuta de la Comtsión NoclOOal del Agua ( r (Ile) l~nla!JIS de Of¡gen1

DECIMO PRIMERO. Ciorro do Instrucción.

El prtmero de octubre de dos mil dieCiOCho, al no e_istir diligenCias pendlenles por desahogar, se emitIÓ el acuerdo por medio del cual se declaró cerrada la instrucción. pasando el e_pedienle a resolución, en términos de lo dispuesto en los artículos 150, fracciones V y VII de la ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el articulo 156, fracciones VI y VIII de la l ey Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual le fue notificado a las partes en la misma fecha.

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado : Comisión Nacional del Agua Folio; 1610100198418

En razón de que fue debidamente sustanciado el presente recurso de revisión, y que no existe diligencia pendiente de desahogo, se emite la presente resolución de acuerdo con los siguientes'

CO NSIDERAN DOS

Primero. Competencia ,

El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, es competente para conocer y resolver el presente asunto, con fundamento en el articulo 60, Apartado A, fracción VII! , de la Constitución Polí tica de los Estados Unidos Mexicanos: en lo señalado por los articulos 41, fracciones I y 11; 142. 143. 146, 150y 151 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publ icada en el Diario Oficial de la Federación, el cuatro de mayo de dos mil quince; 21 , fracción 11 , 146, 147. 148, 151 Y 156 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publ icada en el ~iario Oficial de la Federación, e l nueve de mayo de dos mil dieciséis: asl como en los articulos 12, fracciones l. Vy XXXV: 18, fracciones V, XIV y XVI del Estatuto Organico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, publ icado en el Diario Oficial de la Federación, el diecisiete de enero de dos mil diecisiete, así como en lo establecido en el Manual de Organización del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Prolección de Datos Personales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de septiembre del mismo año.

Segundo. Anál isis de Causa les de Improcedencia y Sobreseimiento.

Previo al análisis de fondo de los argumentos formulados en el presente recurso de revisión. este Instituto realiza el estudio oficioso de las causales de improcedencia y sobreseimiento, por tra tarse de una cuestión de orden público, y de estudio preferente.

Como criterio orientador. conviene citar lo establecido por la jurisprudencia número 323. publicada en la página 87 de la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación que a la letra sel'lala:

"IMPROCEDENCIA Sea qLJe las partes la aleguen o no, debe examinarse previamente la prOCedencia del juicio de amparo, por se' esa cuestión de orden publico en el juicio de garantlas . [tnfas ls de ongen]

En relación a las causales de improcedencia el articulo 161 de la Ley Federa l de Transparencia y Acceso a la Información Pública, prevé las siguientes:

"Artículo 161. El recu rso sern desechado por impmcedente cuando

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Maria Patncia Kurczyn Vlllalobos Comisionada ponente

Rec urso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujoto obligado: ComisIÓn Nacional del Agua Folio: 161010019841 8

1. Sea extempOr~neo por haber transcyrrodO el plazo estableCldo en el ar1 lcylo 147 de la presentO Le~, 11. Se eSlé tram itando ante el Pode l JudICIa l algufl recu rso O medio de defenu interpuesto por el IlKUrrente. 111. No actya loce alguno de los SlIpueSlOS >H"evISlOS en el ar1lrulo 148 de la presente Ley IV. No se haya desahogado la >H"8\I8fIC1ÓO en los términos e5tablecldos en el ar1lculo t50 de la presente Ley V. Se Impugne la verilCldad de la informaCl6n ~CIOI\3da VI. Se trate de una consuRa. o VII. El retunente amplie $U $OIiC~t,>d en el recur$O de ,avISón únocamente respectO eJe los nuevos contllOlÓOS • Itnlasos de ongenl

Del análisis realizéldo por este Instituto. se advterle que no se actualiza nlOguna de las causales de Improcedencia previstas en el art iculo citado; ya que el recurrente presentó su recurso dentro del término de 15 dlas otorgado por la Ley; no se tiene conocimiento de que se esté tramitando ante el Poder Judicial algún recurso o medio de defensa; se actualizaron las causales de procedencia establecidas en la fracciones l. IV, VIII y XII del articulo 148 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ya que el parlicular se inconformó con la clasificación invocada por el sujeto obligado. manifestó que la información entregada resulta incompleta, impugnó que la respuesta otorgada obra en un formato incomprensible y que la contestación carece de fundamentación y motivaCión; no se previno al recurrente; no se esta impugnando la veracidad de la respuesta, el recurso no constituye una consulta y el particular no amplió su soliCItud onglnal a través del recurso de revisión

Por lo que hace a las causales de sobreseimiento, en el articulo 162 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se prevén las Siguientes·

' Anlculo 162. El rerurso sera sobreseldo, en toóo o en parle , cyando. una ~z admllldo. se actualocen alguno de los s,guientes supuestos l. El recurrente se desista expresamente del rlKUrllO, 11. El recurrente fa ll ezca o uattmdose de personas morales que se disuelvan: 111. El sujeto ob ligado reSpOnsable del acto lo modlf;que o revoque de tal ma~ra que ~ recurso de ,evi$,,"", quede $in mater~ . O

IV. Admttido el recurso do reviSIÓn a~re~c¡o alguna causal de ,mp'ocedeneoa en los I~,mmo$ del presente Capitulo '

Del análiSIS reahzado por este Instituto. se advierle que, no se actualiza alguna de las causales de sobreselmtento previstas en las fracciones 1, n y IV, ya que el recurrente no se ha desistido del recurso: no se tiene conocimiento de que haya fa llecido y no se actualizó causal de ImprocedenCia alguna.

En cuanto a la fracción 111 de la disposición citada , se dispone que el recurso será sobreseído cuando el sujeto obligado responsable del acto lo modifique ° revoque de tal manera que el recurso de revisión quede sin materia. Atento a ello resulta necesario retomar las actuaciones

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María Patricia Kurczyn Vil lalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/16 Sujeto obl igado: Comisión Nacional del Agua Fo lio: 1610100198418

del expediente que nos ocupa, sobreseimiento en análisis.

a efecto de determinar si se actualiza o no la causal de

En el caso concreto, el particular solicitó la siguiente información respecto del periodo de enero de 2012 01115 de junio de 2016 y en relación con los tipos penales previstos en los articulas 149 y 150 de la Ley General de Bienes Nacionales'

1) Número de denuncias que consten en Averiguaciones Previas y el status actual del procedimiento (en investigación, reserva, no ejercicio, consignación) presentadas por el sujeto obligado, sef'ialando:

a) Unidad , Dirección u Organismo que la presentó. b) Nombre oficial del bien nacional afectado por la conducta. c) Número de averiguación previa . d) Entidad federativa donde se presentó la denuncia. e) Fecha en que fue presentada.

2) Número de denuncias que consten en Carpetas de Investigación y el status actual del procedimiento (en investigación, reserva, no ejercicio, consignación) presentadas por el sujeto obligado, seflalando:

a. Unidad, Dirección u Organismo que la presentó. b. Nombre oficial del bien nacional afectado por la conducta. c. Número de averiguación previa. d. Entidad federativa donde se presentó la denuncia . e. Fecha en que fue presentada.

En respues ta. el sujeto obligado indicó

o Por conducto de las Direcciones Locales de Baja California Sur, Guanajuato, Guerrero y Tlaxcala , que el número de Averiguación Previa o Carpeta de Investigación y su contenido, no es posible proporcionar los datos, de conformidad con lo establecido en el articulo 110, fracciones X y XI de la Ley Federal en la materia, derivado de que se encuentra en integración y hasta en tanto no sea resuelta de manera definitiva , la información conservará su carácter de reservada.

o A través de los Organismos de Cuenca Balsas, Cuencas Centrales del Norte, Frontera Sur, Golfo Centro y Peninsula de Baja California, la información contenida en las Averiguaciones Previas y/o Carpetas de Investigación, de conformidad con lo dispuesto en elll0. fracciones X y XI de la Ley Federal en la materia, es información reservada,

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revis ión

Expediente: RRA 4246118 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

toda vez que se encuentran en proceso de integración anle las Agencias del Ministerio Público de la Federación actualmente.

o El Organismo Cuenca Río Bravo dio un listado que contiene los datos soliCitados, de 2012 a 2016 y de 2016 a 2017,

o Mediante la Dirección Local Hidalgo proporcionó la ¡nfoflnaClÓn con el desglose requerido, de 2012 a 2018 y para 2013, 2016 Y 2018, se reporta cero

o Por medio de la Dirección Local Nayant entregó un archiVO con los datos requeridos, de 2012 a 2017. Cabe senalar que, en 2013, 2014, 2015 Y 2016, se tiene el número

""" o La DireCCión Local Aguascalientes entregó un archivo con la información soliCitada, de

20 17 y 20 18. Para el dato de averiguaciones pre'l ias, de enero de 20 12 a 15 de junio de 20 16, reportó cero.

o La Dirección Local Mlchoacan proporcionó una relación con los datos solicitados. correspondientes al periodo de 2012 a 2018,

o La DireCCión Local Tabasco concedIÓ la InformaCIón de las averiguaciones preVias, de 2012 a 2016. De las carpetas de Investigación, los datos requeridos, para 2017

o La DireCCión Local Durango alargó los datos de las averiguaciones previas, de 2012 a 2016 y de las carpetas de Investigación. la in formación correspondiente a junio de 2016 a la fecha de la solicitud .

o La Dirección Local Puebla indicó el número de averiguaciones previas y carpetas de invesligación con el desglose requendo, del periodo de 2012 a 20 18

o El Organismo Cuenca Aguas Valle de México reportó el número de averiguaciones preVias, en el periodo requerido y respecto del número de carpetas de investigación del 16 de junio de 2016 a la fecha de la solicitud, no Iocallz61a información porque no se generaron dichas Investigaciones.

o El Organismo de Cuenca Lerma·Santlago-Pacífico, respecto de las averiguaciones previas informó que el resultado es cero denuncias que consten en esas investigaciones por el motivo senalado en la solicitud. resultando aplicable el Criterio 18/13 emitido por la otrora del Pleno de este Instituto. Respecto de las carpetas de

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de rovis ión

Expediente: RRA 4246/18 T.-,.--, ""' ... . .. Sujeto obl igado: Comisión Nacional del Agua

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investigación. senaló que identificó una querella proporcionando los datos con el detalle requerido.

o El Organismo de Cuenca Pacifico Sur otorgó la información solicitada con el nivel de detalle requerido. en el periodo ser'ialado en la solicitud .

o El Organismo de Cuenca Paci fico Norte dio la información con la que cuenta para 2015,

El particular interpuso el recurso de rev isión manifestando. entre otras cosas. que:

--. La información es incompleta porque:

i. De la rev isión a los memorandos otorgados. fa ltan las respuestas de los Organismos de Cuenca Noroeste. Golfo Norte, Peninsula de Yucatan y de las Direcciones Locales Campeche, Coahuila. Estado de México, Querétaro. Quintana Roo y Zacatecas.

ii. Los Organismos de Cuenca Peninsula Baja California, Pacífico Norte. Lerma-Santiago-Pacifico, Golfo Centro. Frontera Sur. Cuencas Centrales del Norte, Balsas. Aguas del Valle de México. Rio Bravo. Pacifico Sur y las Direcciones locales Tlaxcala. Puebla. Nayarit. Guerrero. Baja California Sur. omitieron otorgar el número de Averiguación Previa o Carpeta de Investigación. el status. nombre del bien nacional afectado y la fecha en que se realizó la denuncia.

- ) Entre las unidades administrat ivas que emitieron respuesta. algunas fueron omisas en fundar y motivar en los arios que no precisan información. si cuentan o no con los datos sol icitados.

Atend iendo a lo anterior. tanto el agravio re lativo a que la información entregada es incompleta como el consistente en la falta de fundamentación y motivación de la respuesta: se anal izaran de manera conjunta en atención a la estrecha relación que guardan entre sí. Al respecto, conviene destacar la Tesis con número de reg istro: 1000658. emitida por la Sala Superior. de la Tercera I:'::poca. Apéndice 1917-Septiembre 2011, pág . 27, cuyo rubro es el siguiente:

"AGRAVIOS. su EXAMEN EN CONJUNTO O SEPARADO. NO CAUSA LESiÓN" 1

_ l!>j' ><in goO!l rn1<JojI';'Wag ... IIOo<.IoG<Mf01V2 ""I'. ?Epoc.o- 1 e:lo 1 0000000000&Aper.da-1 0000000000/I& E"""' ...... AGM VlOS ""2C"252(1SU%2~WEMME""'2 ~oe .. !\25:!OCONJUNT0%252OO%2 S20SEPNl.AOO& Dominioofl ubro. 1.>10& T",_ T .... 2&C>róo<1_1 &CIo • • • Detollo T • • ilBl.&N"", TE . 1 & E~ ~sOo.- lIXl&No.,o~

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revis ión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

Ahora bien, en el articulo 130, pá rrafo cuarto de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se prevé que los sujetos obl igados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documenta r de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones en el formato en el que el solicitante elija.

De la respuesta otorgada, se advirtió que Direcciones Locales de Baja California Sur, Guanajuato, Guerrero y T laxcala, asi como los Organismos de Cuenca Balsas, Cuencas Centrales del Norte, Frontera Sur, Golfo Centro y Peninsula de Baja California hicieron valer la clasificación de la información relacionada con las averiguaciones previas y carpetas de investigación por encontrarse en integración ante la autoridad jud icial, por lo que no proporcionaron la información solicitada.

Por otra parte, las Direcciones Locales Hidalgo y Nayarit reportaron para ciertos años el número cero de averiguaciones previas y/o carpetas de investigación, sin precisar la razón por la cual no reportan información en dichos apartados.

Finalmente, no se advierte el pronunciamiento de los Organismos de Cuenca Noroeste, Golfo Norte, Peninsula de Yucalán y de las Direcciones Locales Campeche, Coahui la, Estado de México, Querétaro, Quintana Roo y Zacatecas respecto de la información solicitada.

Derivado de lo expuesto, es posible concluir que. en efecto. la respuesta impugnada es incompleta.

No obstante, durante la sustanciación del presente recurso de revisión, el sujeto obligado notificó al particular su oficio de alegatos y los arChivos en formato PDF , Y Excel, mediante los cuales informó lo siguiente:

• A través de los Organismos de Cuenca .

Golfo Centro proporcionó la información solicitada con el desglose requerido, de 2012 a 2016, por lo que modificó la respuesta pues inicialmente habia clasificado los datos.

Peninsula de Baja Cal ifornia entregó un cuadro con los datos requeridos, de 20 14 y 2017, cuando en principio había clasificado dicha información .

Cuencas Centra les del Norte otorgó un lis tado con los datos solicitados, en el periodo de 2012 a 2018, resultando una mod ificación de la respuesta ya que originalmente había reservado la información.

Noroeste, Golfo Norte, Peninsula de Yucatán y las Direcciones Locales Campeche, Colima, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí y Zacatecas, manifestaron que,

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María Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246118 · ...... '"'" ,~.~ • b ,...-,-_ ... Sujeto obtigado: Comisión Nacional del Agua

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después de haber realizado una búsqueda minuciosa y e)(haustiva de la información sol icitada. informaron que no se presentaron denuncias en el periodo sei'ialado, resultando cero, en consecuencia, el desglose de los datos requeridos es inexistente.

• Mediante las Direcciones Locales:

Tlaxcala dio acceso a la información con el desglose requerido. de 2012 y 2016, modificando su respuesta porque habla reservado los datos sol icitados.

Guanajuato concedi6 una relaci6n que comprende los datos pedidos, de 2012 a 2016, desclasificando la información requerida.

Estado de México facilitó un cuadro que contiene el desglose de los datos requeridos, correspondiente al periodo sei'ialado.

Chihuahua dio acceso a una relación con los datos sol icitados, de 2012 a 2018.

Coahuila precisó que hizo la entrega de la información a través del Organismo de Cuenca Río Bravo.

En los archivos adjuntos:

El Organismo Cuenca Balsas entreg6 un cuadro con los datos solicitados, de 2011 a 2018

La Dirección Local Hidalgo remitió de nueva cuenta la relación con los rubros requeridos yen dicho documento, resaltó que, para 2013. 2016 Y 2018, no se presentó ninguna denuncia en la que haya derivado en averiguación previa o carpeta de investigación en dicha unidad administrativa , por lo que el resultado es cero y resu lta aplicable el Criterio 18113 emitido por el Pleno de este Instituto, con el título Respuesta cero. No es necesario declarar formalmente la inexistencia'

El Organismo Cuenca Río Bravo ser'ialó que, de enero de 2012 a 2017, no se presentaron denuncias penales en la Direcci6n Local Coahuila.

La Dirección Local Nayarit remitió de nueva cuenta el archivo entregado en la respuesta

La Dirección Local de Tabasco de nueva cuenta entregó el archivo correspondiente a la información solicitada, por lo que hace a averiguaciones previas de 2012 a 2016 y de

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María Patricia Kurczyn Vil lalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediento : RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 16 101001984 18

carpetas de Investigación, en 2017, y para 20 18, precisó que, a la fecha de la solicitud, no existían carpetas de investigación en el supuesto sel'ialado por el particular

El Organismo de Cuenca Frontera Sur proporcionó la información sol icitada con el desglose requerido, de 2012 a 2017 y para 2018 indicó Que, a la fecha de la solicitud , no existían carpetas de investigación como las sei1aladas en el planteamiento

Atendiendo a lo anterior, se desprende Que el sujeto obl igado modificó la respuesta impugnada, en los siguientes térm inos:

- . En cuanto al argumento del particular relativo a Que la información entregada es incompleta por la falta de pronunciamiento de las unidades administrativas, a saber, los Organismos de Cuenca Noroeste, Golfo Norte, Peninsula de Yucatán y de las Direcciones Locales Campeche, Coahuila, Querétaro, Quintana Roo y Zacatecas, con motivo del recurso de revisión, dichas unidades administrativas atendieron la sol icitud de acceso sei1alando que no se localizó denuncia presentada que haya derivado en averiguación previa o carpeta de investigación, por lo Que la información sol icitada es ine~ istente, asi como Colima y San Luis Potosi emitieron una respuesta en los mismos términos, y Estado de México proporcionó los datos requeridos desglosados por el periodo sei1alado,

---¡. Respecto al argumento del recurrente concerniente a Que no le otorgaron la información solicitada , los Organismos de Cuenca Gotfo Centro, Cuencas Centrales del Norte y Balsas, asi como las Direcciones Locales Guanajuato y Tlaxcala, desclasificaron los datos requeridos relativos a las denuncias presentadas y entregaron la información con el desglose sol icitado en el periodo señalado.

---¡. Con relación al agravio del interesado consistente en la falta de fundamentación y motivación de la respuesta otorgada por las unidades admin istrat ivas que, para ciertos al'ios, no precisaron si cuentan o no con la información, la Dirección Local Hidalgo y el Organismo de Cuenca Río Bravo manifestaron no contar con reg istro de denuncias presentadas, por lo que la respuesta es cero y aplica el Criterio 18/13 emitido por el otrora Pleno de este Instituto, cuyo titulo es "Respuesta cero, No es nocesario declarar formalmente la inexistencia")

En cuanto al Criterio aludido, cabe precisar que en aquellos casos en que se requiere un dato estadistico o numérico, y el resultado de la búsqueda de la información sea coro, éste deberá entenderse como un dato que constituye un elemento numérico que atiendo la solicitud, y no como la i ne~ istencia de la información solicitada, es decir, el número cero es

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Maria Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Fol io: 1610100198418

una respuesta válida cuando se solicita información cuantitativa , en virtud de que se trata de un valor en si mismo,

En ese tenor, la palabra cuantitativo proviene del latin quantrlas, y corresponde a un adjetivo perteneciente o relativo a la cantidad', Dicho concepto, hace referencia a una cuantia, una magnitud, Urla porciÓrl o un mimera de cosas. Lo cuantitativo, por lo tanto, presenta irl formación sobre Urla cierta cantidad.

Así , atendiendo a que el part icular requirió el rlÚmerO de denuncias que derivaron en averig uaciones previas o carpetas de investigación y tanto la Dirección Local Hidalgo como el Organismo de Cuenca Rio Bravo manifestaron que no hubo presentación de denuncias en los periodos sel'ialados, y de conformidad con el Cri terio citado, ese dato resulta ser cero y derivado de que ello, los dalas consistentes en el esta tus de la averiguación previa o carpeta de investigación: Unidad, Dirección u Organismo que la presentó; nombre oficial del bien nacional afectado por la conducta, número de averiguación previa; entidad federativa donde se presentó la denuncia y fecha en que fue presentada, son inexistentes.

Bajo los argumentos esgrimidos, resulta procedente sobreseer esta parte del recurso de revisión , pues durante la sustanciación del mismo, el sujeto obl igado modificó el acto objeto de impugnación de forma tal que han quedado sin materia, los agravios hechos valer por el particular en cuanto a que la información entregada resulta incompleta porque las áreas que no se pronunciaron sobre la solicitud lo hicieron con motivo del recurso de revisión, manifestando que el resultado es cero y los datos solicitados son inexistentes excepto Estado de México quien si entregó la información requerida; respecto de aquellas unidades administrativas que inicialmente reservaron los datos solicitados con posterioridad los desclasificaron y entregaron la información con el desglose requerido, en el periodo sol icitado; asl como el agravio consistente en la falta de fundamentación y motivación de la respuesta otorgada, derivado de que las instancias que reportaron cero denuncias explica ron que no se localizó la presentación de éstas y derivado de esto, los datos solicitados resultan inexistentes.

Lo anterior, atendiendo a lo previsto en el articulo 157, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica, en relación con la fracción 111, del articulo 162 de la Ley de la materia.

No obstante, cabe recordar que el recurrente manifestó también como agravios la reserva de parte de la información, invocada por el sujeto obligado y que la información fue entregada en un formato incomprensible; por lo anterior, el presente asunto no ha quedado sin materia , por lo que subsisten las impugnaciones referidas y resulta procedente realizar el estudio de fondo respectivo

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Tercero. Contropversia.

Maria Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Rec urso de revis ión

El(pediente : RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

La Litis que constituye la materia a dirimir en el recurso que nos ocupa. se delimita a partir de la respuesta impugnada. los agravios hechos valer por el recurrente. las pruebas y los alegatos de las partes; por lo tanto, el presente caso se constriñe a determinar si procede o no la clasificación de la información solicitada invocada por las Direcciones Locales Baja California Sur y Guerrero, y si la información que se entregó en un formato incomprensible: lo anterior. en términos de lo dispuesto en el articulo 148, fracciones I y VIII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Cuarto. Estudio de fondo.

En la respuesta impugnada, la Dirección Local Baja California Sur y la Dirección Local Guerrero. proporcionaron la cantidad de denuncias presentadas de 2012 a 2018, y señalaron que no era posible proporcionar el número de averiguación previa o carpeta de investigación y su contenido, de conformidad con lo dispueslo en el articulo 110, fracciones X y XI de la Ley Federal de la materia. por lO que el sujeto obligado estaba imposibilitado para otorgar cualquier dato. ya que los procedimientos se encontraban en integración y hasta en tanto no fueran resueltos en definitiva. la información conservaria el carácter de reservada.

Mediante el recurso de revisión, el particular manifestó que la información fue entregada en un formato incomprensible porque la solicitud fue planteada a nivel nacional y las respuestas proporcionadas se otorgaron por separado. lo cual implicó que los datos reportados resultaran confusos y además, arguyó que, algunas unidades administrativas clasificaron los contenidos requeridos siendo que otras áreas los proporcionaron, por lo que la negativa aludida no procede derivado de que no cuenta con el documento en el que conste la aplicación de la reserva .

....... Anal isis del agravio relativo a la reserva de la información solicitada.

En alegatos, el sujeto obligado reiteró la clasificación y derivado de ello. este Instituto realizó un requerimiento de información adicional para que informara la etapa procesal en que se encuentran las averiguaciones previas o carpetas de investigación que reportaron las Direcciones Locales Baja California Sur y Guerrero.

En el desahogo del requerimiento de información adicional, el sujeto obligado reiteró la reserva de la información por parte de las unidades administrat ivas aludidas, bajo el argumento de que los asuntos estaban en integración .

Al subsistir la clasificación invocada por el sujeto obl igado a través de las areas señaladas, este Instituto considera procedente realizar el estudio conducenle.

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revis ión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado : Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

A. Estudio de la causal de reserva prevista en la fracción X del articulo 110 de la Ley Federal en la materia .

Al respecto, el articulo 110, fracción X de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Infom1ación Publica, prevé como información reservada, aquella que afecte los derechos del debido proceso.

En el Vigésimo Noveno de los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, as! como para la elaboración de versiones públicas (en adelante, Lineamientos Generales), se establece que, de conformidad con el articulo 113. fracc ión X de la Ley General en la materia, pod rá considerarse como información reservada, aquella que de divulgarse afecte el debido proceso al actualizarse los siguientes elementos:

1. La existencia de un proced imiento judicial, administrativo o arbitral en trámite; 11. Que el sujeto obligado sea parte en ese procedimiento: 111. Que la infOm1ación no sea conocida por la contraparte antes de la presentación de la misma en el proceso, y IV, Que con su divulgación se afecte la oportunidad de llevar a cabo alguna de las garantías del debido proceso.

A continuación, se analizarán cada uno de los requisitos de procedencia del supuesto de clasificación invocado por el sujeto obligado a efecto de determinar si el numero de averiguación previa o carpeta de investigación de las denuncias presentadas. así como la unidad administrativa , Dirección u Organismo que la presentó, nombre del bien nacional afectado, estado procesal y fecha en que se presentó, es información que actualiza dicha causal de reserva.

En re lación con el primer elemento (existencia de un procedimiento judicial. administrativo o arbitral en trámite), es menester precisar que, para que se trate de un juicio o procedimiento administrativo materialmente jurisdiccional. debe cumplirse con lo dispuesto en los Lineamientos Generales, así como lo sostenido por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Tesis 2a.fJ . 2212003, consistente en que un ' procedimiento en forma de juicio' , debe entenderse lalo sensu, no unicamente comprendiendo los procedimientos en que la autoridad dirime una controversia entre las partes. sino que deben incluir todos aquellos proced imientos en que una autoridad frente a la particular , prepara su resolución definit iva, aunque sólo sea un trámite para cumplir con la garantia de audiencia.

Al respecto. es necesario seflalar que respecto a las formalidades esenciales del procedimiento, el Pleno de la Suprema de Corte de Justicia de la Nación mediante tesis jurisprudencial P.lJ .47/95 , publicada en el Semanario Jud icial de la Federación y su Gaceta. novena época. 1. 11, diciembre de 1995, página 133: ha sostenido: FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO. SON LAS QUE GARANTIZAN UNA ADECUADA Y

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revis ión

Expediente: RRA 4246118 ' __ "-"h"'U

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OPORTUNA DEFENSA PREVIA AL ACTO PRIVATIVO, cuyo crilerio jurisprudencial establece que las formal idades esenciales del procedimiento que exige el párrafo segundo del articulo 14 de la Constitución Poli tica de los Estados Unkjos Mexicanos para que se respete la garantla de audiencia . son las que resultan necesarias para garantizar la defensa adecuada antes del acto de privación y que, de manera genérica, se traducen en los siguientes requisitos:

i) la notificación del inicio del procedimiento y sus consecuencias, ii) la oporiunidad de ofrecer y desahogar pruebas: lil) la oporiunidad de alegar, y Iv) El dictado de una resolución que dirima las cuestiones debaMas.

Por lo que hace a la notificación del inicio del procedimiento y sus consecuenCIas, es la etapa en la que se hace del concomimiento de una de las partes que se ha instaurado un procedimiento en su contra, por lo que hace la oportunidad de ofrecer y desahogar pruebas, es la instancia en la que se da a las partes de presentar aquellos elementos de convicción que acrediten sus pretensiones: en relación con la fase de alegar, es aquella del proceso en que las partes presentan las manifestaciones que a su derecho convenga: y finalmente. por lo que hace al dictado de la resolución, versa en la determinación de la autoridad competeote de las cuestiones debatidas,

En ese sentido, a efecto de corroborar si en efecto la avenguaclón previa y carpeta de investigación, se tratan de un procedimiento seguido en forma de juiCIO, es necesano traer a colación la normatividad que las regula,

Al respecto. el Código Nacional de Proce<timientos Penales, prevé lo Siguiente

"Aniculo 211 , Etapas del procedimiento penal

El proced,moento pena l comprende las sigUientes etapas

I La de In~est,ga.c¡6n . que comprende las sigu,entes lases al InvesLigac06n ,mdal , que COInoenz8 con ~ presentaeoOO de la denuncoa, que<>ella u otre reqUiSIto equ,yaJente y concluye cuando e1 Imputado queda a disposOCl6n del Juez de contrOl para que se le lormule ,mputaclÓn, e b) Inllfttlgaco6n complemomtana que comprende desde la formulacl6n de la omputaclÓn y se il901a u"' vez que se haya cemtdo la ,nvesbgacoon, El proceso dar;!o ,nlClO con la audoeflCl<'l in~, y tllmTlon¡¡r;!o con la sentencla"me ( J

"nlculo 212. Deber de investigación penal

Cuando el MlI1'sleno PúblICO tenga conocimiento de la eXlstencoa de un hecho que la ley se~ale como cielito, dlngora la mvestogacióo ¡¡eoal, IOn que pueda suspender, ,nterrumpir o hace' cesar w curso, salvo en les casos autoozados en la mIsma La investigación deberé rea l02a rse de manera Inmediata, efICiente, e . haustl~a, prolesional e impare,al, hbre de estereotipos y dilCrimlnaclÓf1,

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediento: RRA 4246/18 Sujeto obligado : Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

orientada a explorar todas las tineas de investigación posibles qoo permitan allegarse de datos para el esclarecimiento del hecho que tl ley sena la como delito, as! como la Klentlf ir::ación de quien lo cometió o participó en su com,slÓn

Art icu lo 213. Objeto da la investigación

La in~estig acH)n tiene por objeto que el Ministerio púbrlCO reuna indicios para el esclareomlenlo de los hechos y, en su r::aso, los datos de prueba para sustentar et ejefclCio de la accón penal, la acusación contra el ,mputado y la reparación del dano (, 1"

Conforme a lo citado. se deprende que el procedimiento penal comprende la etapa de investigación. la cual consta de las siguientes fases:

• Inicia l : comienza con la presentación de la querella. denuncia y diverso y concluye cuando el imputado queda a disposición del juez de control para que se le formule la imputación .

• Complementaria : Comprende desde la formulación de la imputación hasta que se cierre la investigación.

Asimismo, se tiene que el proceso penal comenzará hasta que se lleve a cabo la audiencia inicial y termina con la sentencia firme.

Por otra parte, la etapa de investigación la lleva a cabo el Ministerio Público que tenga conocimiento de la existencia de un delito, dirigiéndola sin que se pueda suspender, interrumpir o hacer cesar su curso; dicha acción. tiene como fin reunir indicios para el esclarecimiento de la acción penal, la acusación contra el imputado y la reparación de dano

De lo anterior, se puede advertir que, en la etapa de investigación , el Ministerio Pública reúne indicios para el esclarecimiento de los hechos Ij en su caso, los datos de prueba para sustentar el ejercicio o no de la acción pena l, la acusación contra el imputado y la reparación del daf'io,

Por su parte, el Cód igo Federal de Procedim ientos Penales5 establece lo siguiente'

"Articulo l ." El presente Código comprende los sigu,entes proced imientos 1,_ El de averiguaCIÓn prev ia a la consignacIÓn a los tribunales, que establece tlS di ligencias legalmente neceSil"a~ para que el Ministerio Publico pueda resolver SI eJe'c~a o no la acdOn pena l. ( . . I

Articu lo 2.- Compete al MinisterIO Público Fedt!ral llevar a cabo la aver>guación previa y ejercer. en su caso, la acción penal ante los tribunales En la averiguación previa correspondera al Ministerio Púb lico ( (

I COo3i¡¡o ~_ 6<0 _0<1 COO1 lo ""Ob_ e<1 " Mi""", Tereo1O T,onoitorio 6<01 Código Naooona' 6<0 p,«»:"", __ ', publicado "" ~ Dia!W) 0Iicl0I do l. FodorOCOO<l ~ 5 6<0 marzo 6<0 2014

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comis ionada ponente

Recurso de rev isión

Expediente: RRA 4246/18 I_ ...... -.. ~ --,-.... . '''' .......... , Sujeto obligado: Comisión NacIOnal del Agua Folio: 1610100198418

VII ,_ Determinar la reserva o el ejercICIO de La aceiOn penal, VIII ,_ Acordar y notIfICar personalmente al olendldo o ~tct l ma el no ejerCICio de la acciOn penal y, en su caso, resolver sobre la inconformidad que aquellos IO/mulen,

A" lculo 131 .- Si de las dil igencIas practICadas no resuttan elementO$ bastantes para hacer la conSl\lnaci6n a los tribunales y no aparece que se puedan prac1rcar otras, p&ro con pOSterioridad pudrentn al~arse datos para pro5e'gUK la aYe'riguacr6n. se reservafill ~ expediente hasta que aparezcan esos datos. y entretanto se Ofdenar;l¡ a la poIrcla que haga InvesbgaclOl1es tendIentes a lograr el esclareamlCflto de los hechos

Artic ulo 136.- En elCfClClO de la acaOn penal, corresponde al MInISterIO P~bbco 1.- Promover la incoaClOn del proceso penal, 11._ SoIICnar las órdenes de comparecencia para preparatona y las de aprehef151On, que se.at1

ptocedentes 111 .- Pedir el aseguramiento precaUtorIO de brelle"$ paflllos electos de la repafaClOn del dallo, IV.- Rendlllas pruebas de la eXlStellClll de k)s delitos y de la responsabdidad de los Inculpados, V._ PedIr la aplicaCIÓn de las sanCIOnes respe<:ttvas, y VI._ En ¡¡eneral, hacer todas las promocOcmes que sean conducentes a la tramitaciOn re¡¡ular de los procesos

Art iculo 137 - El MinIsterIO Público no ejerCItara la accIÓn penal 1.- Cuando la corxlucta o los t-.echos de que conozca no sean eonsblutl'lOS de dehto, coolorme a la descrlpcoOn tlpg cootcnrda en la Ley Penal, 11.- Cuando se acredIte plenamente que el rnc;u!pado no tullO panrclpac.on en la conducta o en los hechos punibles. y sólo por lo que respecta a aquel. 111.- Cuando, aun pudiendo ser dehctlvos la cooducta o los hechos de que trate, resulte imposible la prueba de su e~lstellClll POI obstaculo maleNl "",superable IV. CuanOO la responsablhdad penal se haya eXllnguida legalmente, en los termlllOS del CódigO Penal. V. Cuando de las d¡¡jgencras praCllCadas se desprenda plenamente que el inculpado actuó en CII'(:UnstanClils que excluyen la responsablhdad penal. o VI. En tos demas casos que senalen las leye¡ ( )"

De la normatividad citada. se co lige que el Ministerio Publico Federal tiene la atribución de llevar a cabo la averiguación previa "1 en su caso, resolver si ejercita o no la acción penal, o bien determinar la reserva, para ello, previamente debe agotar todas las diligencias de investigación, que tengan por objeto acreditar del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del inculpado, lo cual es fundamental para Que la autoridad persecutOfa pueda conclUIr la averiguaciÓfl previa

En ese senllclo, una facultad resolutiva que tiene el Ministeno Púbh-co al conclUir las diligencias de avenguación previa es la de delenninar el ejercido de la accióo penal o bien, acordar "1 nollficar personalmente al ofendido o victlma el no ejerciCIO de la acción penal y, su caso, resolver sobre la inconfonnidad que aquellos formulen.

En ese orden de ideas, se desprende que, la averiguación previa "1 carpeta de investigación, no cumplen el primero do tos elemontos para poder clas ificar la información conforme al

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Maria Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de rev isión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

Vigésimo Noveno de los lineamientos Generales, ya que no se trata de un procedimiento seguido en forma de juicio: toda vez, que es un proceso de investigación, que tiene como fin reunir elementos para sustentar el ejercicio o no de la acción penal, acusación del imputado o reparac ión del daño, el cual no desarrolla las caracterlsticas antes mencionadas para ser considerado un procedimiento seguido en forma de juicio,

Por lo tanto, dado que no se actualizó la e~istenc l a de un juicio o procedimiento administrativo o arbitral en trámite , este Instituto considera innecesario analizar si se configuran los demás elementos previstos para reservar bajo la causal que se estudia en este apartado,

En conclusión, se determina que la información consistente en el número de averiguación previa o carpeta de investigación de las denuncias presentadas, así como la unidad administrativa, Dirección u Organismo que presentó, nombre del bien nacional afectado, estado procesal y fecl1a en que se presentó, in formación clasificada por las Direcciones Locales Baja California Sur '1 Guerrero, no actualiza la causal de reserva prevista en el artículo 110, fracción X de la Ley Federal de Transparencia '1 Acceso a la Información Pública,

Adicionalmente, debe considerarse que la naturaleza de la información, guarda relación únicamente con datos de carácter genérico, que de forma alguna, pueden ocasionar que se acceda a la información propia de las investigaciones penales de que se trata , esto responde, a que el particular sólo pretende acceder al esta tus, al área del sUjeto obligado que presentó la den uncia, el nombre del bien nacional afectado, incluyendo la entidad federativa (sin requerir la ubicación precisa). número de averiguación previa o carpeta de investigación y fecha de presentación de la denuncia. Datos que solamente se desprenden de registros de carácter adm inistrativo no así del propio e~pedienle integrado con motivo de la indagatoria, en poder las autoridades penales.

B. Estud io de la causal de reserva prevista en la fracción XI del artículo 11 0 de la Ley Federal en la materia.

El artículo '1 fracción referidos, indican lo siguiente:

"Articulo 110. Conforme a lo dispuesto pOr el art icu lo 113 de la Ley General. como información reservada podr~ claSIficarse aquella cuya pubhcacKln ' ( I

XI. Vu lnere la conducción dI! los Expedientes judicia ll!s O dI! los proced imientos adm;nlstrallvos seguidos en forma de juicio. en tanlo no hayan causado eslado; ( (' [tnfa5lS a~adKioI

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comision¡¡da ponente

Recurso de revisión

EKpediente: RRA 4246/18 Sujeto obl igado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

En ese orden de Ideas, para invocarse la causal de clasificación prevista en el art iculo 110 fracción XI de la Ley Federal citada. debe acreditarse que la información esté contenida en un ellpedienle judicial o en un procedimiento administrat ivo que reúna las caracteristicas para ser considerado como un procedimiento seguido en forma de JUIcIo. y que el mismo no haya causado estado o ejecutoria: esto es, que no se encuentre concluido.

Con base en lo anterior. para actualizar el supuesto de reserva prevIsto en la fracción XI . del artículo 110 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la InformaCión Pública, el Trigésimo de los Lineamientos Generales prevé que es necesario que el procedimiento. del cual forme parte la Información solicitada. reúna los siguientes elementos de procedenCia

l. La eKistencia de un juicio o procedimiento administrativo materialmente jurisdiccional. que se encuentre en tramite. y

11. Que se trate de actuaciones y diligencias propias del juicio o det procedimiento administrat ivo.

Como se puede apreciar, para que se veflfrque este supuesto de clasificación. es necesario acreditar que la informaCión este contenida en un expediente Judicia! o en un procedimiento admrnlstrahvo seguido en forma de JUIcIo y que el mismo no haya causado estado o ejecutoria. esto es. que no se encuentre concluido. De esta suerte, ésta causal de reserva tiene como propósito evitar injerencias externas que vulneraran la objetividad do la autoridad que sustancia el procedimiento de que se [fale: es decir. propiciar el buen curso del procedimiento.

Asimismo, además de los elementos sel'lalados. para acreditar la causal de clasificación, la rn formación sol icitada tiene que tratarse de actuaciones y diligencias generadas a part ir del juicio o del procedimiento administrativo seg uido en forma de juicio respectivo: ello, con la finalidad de evitar cualquier injerencia a la capacidad de la propia autoridad juz9adora que conoce sobre el asunto. Es decir. el bien jurldico tutelado del precepto legal en cita. consiste en proleger la capacidad juzgadora de la autofldad encargada de resolver el procedimiento judiCial o adminrstratlvo segUido en forma de Juicio, de lal manera que únicamente deben ser conSideradas como reservadas aquellas constancias cuya difUSión pudiera causar un perjuicio a la substanciaCión del juicio

En ese contexto. se observa que el primer elemento para acreditar la causal de reserva en análiSIS consiste en acreditar la e.istencia de un procedimíento seguido en forma de juicio: sin embargo. tal como se señaló en el apartado anterior. las averiguaciones previas y la carpeta de investigación. no consisten en un procedimiento seguido en forma de juicio, sino que se

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

trata de un proceso de investigación, que tiene como fin reunir elementos para sustentar el ejercicio o no de la acción penal, acusación del imputado o reparac ión del dal'\o

Con ello, se tiene que la información consistente en el número de averiguación previa o carpeta de investigación de las denuncias presentadas, así como la unidad administrativa, Dirección u Organismo que presentó, nombre del bien nacional afectado, estado procesal y fecha en que se presentó, información clasificada por las Direcciones Locales Baja California Sur y Guerrero, no cumple el primero do los elementos requeridos para la actualización de la causal establecida en la fracción XI del art iculo 110 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y este Instituto considera innecesario analizar sí se configuran los demas elementos previstos para reservar bajo la causal que se estudia en este apartado; por lo tanto, no se actualiza la causal de reserva referida ,

Por lo tanto, se determina que la in formación consistente en el número de averiguación previa o carpeta de investigación de las denuncias presentadas, as! como la unidad administrativa, Dirección u Organismo que presentó, nombre del bien nacional afectado, estado procesal y fecha en que se presentó, información clasificada por las Direcc iones Locales Baja California Sur y Guerrero, no actualiza la causal de reserva prevista en el articulo 110, fracción XI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ahora bien, se debe precisar que, el particular requiere datos generales sobre determinadas denuncias presentadas por el sujeto obligado; sin embargo, se considera que la divulgación de ta les datos no revela alguna linea de investigación o bien, información sustantiva sobre dichas investigaciones que pudiera entorpecer la función del Ministerio Público o afectar las indagatorias ya que no se revelan las estrategias llevadas por la autoridad, sino datos genera les como lo es la fecha y lugar de presentación de la denuncia, la unidad administrat iva que la presentó y el bien nacional relacionada con la misma, sin que se haya pedido acceso a la relatoria de hechos o pruebas aportadas, por lo que este Instituto considera que la entrega de la información de interés del particular no generaria algún perjuicio a la indagatoria, además de que permite rendir cuentas sobre aquellos bienes naciona les que han sido objeto de algún ilicito.

En el caso concreto, se tiene que la divulgación de los datos requeridos no permitiría evidenciar los elementos de la linea de investigación que pudiera entorpecer la función del Ministerio Público ni tampoco podria afectar las indagatorias porque no revelan las estrategias con las que cuenta dicha autoridad para sus propias actuaciones.

Aunado a lo anterior, la publicidad pretendida por el particular, favorece a la rendición de cuentas por parte del sujeto obligado, toda vez que refleja el ejercicio de funciones

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María Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246/18 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

relac ionadas con la denuncia de hechos, con los que se afecte o se pudieran afectar los bienes juridicos que, de acuerdo a su marco normativo, está obligado a tutelar.

Por lo tanto, el agravio del particular resu lta fundado derivado de que no procede la reserva de la información invocada por el sujeto obligado. con fundamento en las fracciones X y XI de la Ley Federal de la materia .

---+ Análisis del agravio consistente en que la respuesta fue otorgada en un formato incomprensible.

Cabe recordar que, en la interposición del medio de impugnación, el particular manifestó que la solicitud fue planteada a nivel nacional y las respuestas entregadas fueron por separado, por lo que consideró que la respuesta se entregó en un formato incomprensible .

Al respecto. se tiene que en el articulo 130. párrafo cuarto de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se prevé que los sujetos obl igados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obl igados a documentar de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones en el formato en el que el sol icitante elija.

Atendiendo a lo anterior, se desprende que la Comisión está constrel'iida a otorgar los documentos que obren en sus archivos y den cuenta de la información sol icitada a efecto de cumpl ir con la obligación de acceso prevista en la disposición citada .

Ahora bien, el Criterio 03/176 emit ido por el Pleno de este Instituto establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar documentos que se encuentren en sus archivos, y no se encuentran constrel'lidas a elaborar documentos ad hoc para atender las sol icitudes de información, sino que deben garantizar el acceso a la información con la que cuentan en el formato que la misma asilo permita. o bien, que se encuentre, en aras de atender la solicitud presentada.

Atendiendo al Criterio aludido, se advierte que la Comisión no está obligada a generar un documento que, de manera conjunta, contenga los pronunciamientos de las unidades administrativas que dieron atención a la solicitud , cuando en el caso concreto, hizo entrega de las manifestaciones emitidas por las áreas que atendieron la solicitud de acceso y olorgaron los datos con los que cuentan en sus archivos, por lo que el sujeto obl igado cumplió con la obligación de acceso a la que se encuentra constrenido.

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revis ión

Expediente: RRA 4246118 S .... jeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

Por lo tanto, el agravio del particular resulta infundado derivado de que la Comisión otorg6 los documentos con lOS que cuenta en sus archivos, cumpliendo asi con la obligación de acceso prevista en la Ley Federal de la materia.

Quinto. Efoc tos de la Resolución.

1) Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 157, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica resulta procedente sobreseer el reC\Jrso de revisión respecto de los agravios relativos a que la información entregada es incompleta, la falta de entrega de los datos solicitados por aquellas unidades administrativas que los hablan clasificado y que con motivo de la inconformidad los proporcionaron, asi como la falta de fundamentación y motivación de la respuesta; lo anterior, por haber quedado sin materia .

2) Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 157. fracci6n 111 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informaci6n Publica, resulta procedente modificar la respuesta emitida por el sujeto obligado y se le instruye a efecto de que entregue el numero de denuncias que consten en averiguaciones previas y/o carpetas de investigaciÓ(1 que inctuya el estatus actual, unidad. dirección u organismo que la presentó; nombre oficial del bien naCional afectado; numero de averiguación previa o carpeta de investigación, enlidad federativa donde se presentó y fecha: lo antem, de enero de 2012 a 15 de junio de 2016. respecto de aquéllas reportadas por la Oirección local Baja California Sur y la Oirecci6n Local Guerrero.

Dado que, en fa sol icitud de acceso, el particular sel'lal6 como modalidad preferente de entrega med io electr6nico, el sujeto obl igado deberá entregar la información al correo electrónico que proporcionó el hoy recurrente en su solicitud de acceso, o ponerla a su disposición en un sitio de Internet y comunicarle los datos que le permitan acceder a la misma, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del articulo 132 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informaci6n Publica.

Por lo expuesto y fundado, el Pleno del Instituto Nacional de TransparenCia, Acceso a la tnformación y Protección de Datos Personales

RESUELVE

PRIMERO. Sobreseer el presente recurso de revisi6n interpuesto en contra del sujeto obligado, en términos del considerando Segundo de la presente resolución.

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Maria Patricia Kurczyn Villa lobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Expediente: RRA 4246118 Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100198418

SEGUNDO, Modificar la respuesta emitida por el sujeto obligado, en 105 lérminos ex.pueslos en el considerando Quinto de la presente resolución, y conforme a lo establecido en los artlculos 146 y 151, fracción 111 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la InformaCión Pública , en relación con lo dispuesto los articulos 151 y 157, fracci6n 111 de la l ey Federal de Transparencia y Acceso a la Informacl6n Pública.

TERCERO. Instruir al sujeto obligado para que, en un plazo no mayor de 10 días hábiles. contados a partir del día hábil siguiente al de su notifICación, cumpla con lo ordenado en léI presente resolución e informe a este Instituto las acciones implementadas para tales efectos, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 159, párrafo segundo, de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informaci6n Pública. apercibiéndolo de que en caso de incumplimiento. se procederá en términos de lo previsto en los articulos 201 y 206, fracción XV de la Ley Genera l de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con los articulas 174 y 186. fracción XV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica.

CUARTO, NotifICar la presente resolUCIÓn al recurren te, en la dirección senalada para tales efectos y, por la Herramienta de ComunicacIÓn, a la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, en términos de lo dispuesto en los articulos 153 y 157 de la Ley General de Transparencl8 y Acceso a la Información Publica , en relación con lo dispuesto en 105 articulos 149, fracción 11, 159 Y 163 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica.

QUINTO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno, para que a Iravés de la Dirección General de Cumplimientos y Responsabilidades de este Instituto, verifique que el sujeto obligado cumpla con la presente resolución y dé el seguimiento que corresponda, con fundamento en los artículos 41. fracción XI, 153, 197 Y 198 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con lo dispuesto en los artlculos 21 , fracción XXIV, 159, 169, 170 Y 171 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica

SEXTO. Hacer del conocimiento del ahora recurrente que en caso de encontrarse Insatisfecho con la presente resolución, le aSiste el derecho de impugnarta ante el Poder Judicial de la Federación, con fundamento en lo previsto en el primer párrafo del articulo 158 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Publica y 165 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica.

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Maria Patricia Kurczyn Villalobos Comisionada ponente

Recurso de revisión

Exped iente: RRA 4246/18 1 ... ' ''' ........ ,~ .. ~

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Sujeto obligado: Comisión Nacional del Agua Folio: 1610100 198418

Asi , por unanimidad, lo resolvieron y firman los Comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informaci6n y Protección de Datos Personales, Francisco Javier Acufla llamas, Carlos Alberto Bonnin Erales, Osear Mauriclo Guerra Ford , Blanca Lilia Ibarra Cadena, Maria Patricia Kurczyn Vi llalobos, Rosendoevgueni Monterrey Chepov y Joel Salas Suárez. siendo ponente la quinta de los mencionados. ante Hugo Alejandro Córdova Diaz, Secretario Técnico del Pleno

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Francisco Javier Acuña Llamas

Comisionado Presidente

Carlos Alberto i,~-Óscar Mauricl Erales Ford

Comisionado Comisionado

M'V¡ P~cia Ku .;yn ViUalobos

Comisionada

Hugo Atej""dr -Córdova Diaz Secretario TécnICO del Pleno

8,;:;1. Lilia Ibarra Cadena

Comisionada

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