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PLANTEAMIENTOS DE LA PLATAFORMA DE ACCIÓN DE LA IV CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJER BEUING, SEPTIEMBRE DE 199 5 CAPÍTULO II , SECCIÓN CONTEXTO MUNDIAL, ARTÍCULO 25 : "La Cuarta Conferencia Mundial sobre la mujer deberá acelerar el procesa que se inició formalmente en 1975 , cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el Año internacional de la Mujer . Dicho Año marcó un hito, pues a partir de esa fecha, se incluyeron los asuntos relativos a la mujeren el programa de la Organización , El Decenio de las Naciones para la mujer (1976-1985) fue una iniciativa de alcance mundial tendiente a examina r la condición y los derechos de la mujer y a colocar ésta en puestos de adopción de decisiones en todos los niveles . En 1979, la Asamblea General aprobó la Convención sobre la elíminación de todas las formas de discriminació n contra la mujer, que entró en vigor en 1981y fijó una pauta internacional para esclarecer el concepto de igualda d entre mujeres y hombres, En 1985, la Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluación de los logros de l Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer- igualdad, Desarrollo y Paz aprobó las Estrategias de Nairob i orientadas hacia el futuro para el adelanta de la mujer, que se aplicarían hasta el año 2000 . Se ha avanzad o considerablemente el logro de la igualdad entre mujeresy hombres muchos Gobiernos han promulgado leyes qu e fomentan la igualdad entremujeresyhombresyhan establecido mecanismos nacionalespara velarporla inclusió n de las perspectivas degenero en todas las esferas de interésgenera/de la sociedad Los organismos internacionale s han dedicado mayor atención a la situación jurídica y socicl de !a mujery a las funciones que desempeña . " CAPÍTULO V, DISPOSICIONES iNSTITUCIONALES, SECCIÓN ACTIVIDADES EN EL PLANO NACIONAL, ARTÍCULO 297 : En consulta con las institucíonesyorganizacionesnogubernamentalespertinentes los Gobiernos deben comenza r a formular estrategias de aplicación de la Plataforma cuanto antes y de preferencia para fines de 1995Y debe n prepararsus estrategiasyplanes de acción de ser posible para fines de 1996, En el proceso de planificación debe n particdpar personas del más alto nivel de autoridad gubernamental y representantes apropiados de la socieda d civil Las estrategias de aplicación deben ser amplias y contar con calendarios para los objetivos y datos d e referencia sobre la vigilancia e incluir propuestas relativas a la asignación y reasignación de recursos relacionados con la aplicación . Cuando sea necesario, se obtendrá el apoyo de la comunidad internacional, inclusive en materia de financiación . " 77

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PLANTEAMIENTOS DE LA PLATAFORMA DE ACCIÓN DE LA IV CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJER

BEUING, SEPTIEMBRE DE 199 5

CAPÍTULO II, SECCIÓN CONTEXTO MUNDIAL, ARTÍCULO 25 :

"La Cuarta Conferencia Mundial sobre la mujer deberá acelerar el procesa que se inició formalmente en 1975 ,cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el Año internacional de la Mujer. Dicho Año marcóun hito, pues a partir de esa fecha, se incluyeron los asuntos relativos a la mujeren el programa de la Organización ,El Decenio de las Naciones para la mujer (1976-1985) fue una iniciativa de alcance mundial tendiente a examina rla condición y los derechos de la mujer y a colocar ésta en puestos de adopción de decisiones en todos los niveles .En 1979, la Asamblea General aprobó la Convención sobre la elíminación de todas las formas de discriminació ncontra la mujer, que entró en vigor en 1981y fijó una pauta internacional para esclarecer el concepto de igualda dentre mujeres y hombres, En 1985, la Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluación de los logros de lDecenio de las Naciones Unidas para la Mujer- igualdad, Desarrollo y Paz aprobó las Estrategias de Nairob iorientadas hacia el futuro para el adelanta de la mujer, que se aplicarían hasta el año 2000 . Se ha avanzadoconsiderablemente el logro de la igualdad entre mujeresy hombres muchos Gobiernos han promulgado leyes qu efomentan la igualdad entremujeresyhombresyhan establecido mecanismos nacionalespara velarporla inclusiónde las perspectivas degenero en todas las esferas de interésgenera/de la sociedad Los organismos internacionaleshan dedicado mayor atención a la situación jurídica y socicl de !a mujery a las funciones que desempeña . "

CAPÍTULO V, DISPOSICIONES iNSTITUCIONALES, SECCIÓN ACTIVIDADES EN EL PLANO NACIONAL, ARTÍCULO 297 :

En consulta con las institucíonesyorganizacionesnogubernamentalespertinentes los Gobiernos deben comenza ra formular estrategias de aplicación de la Plataforma cuanto antes y de preferencia para fines de 1995Y debe nprepararsus estrategiasyplanes de acción de ser posible para fines de 1996, En el proceso de planificación debe nparticdpar personas del más alto nivel de autoridad gubernamental y representantes apropiados de la socieda dcivil Las estrategias de aplicación deben ser amplias y contar con calendarios para los objetivos y datos d ereferencia sobre la vigilancia e incluir propuestas relativas a la asignación y reasignación de recursos relacionadoscon la aplicación. Cuando sea necesario, se obtendrá el apoyo de la comunidad internacional, inclusive en materiade financiación . "

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A MANERA âE CONCLUSIÓ N

. . . La igualdad entre mujeres y hombres es una cuestión d ederechos humanos y constituye una condición para el logro de lajusticia social, además de ser un requisito previo necesario y

fundamental para la igualdad, el desarrollo y la paz . . . "

De la Plataforma de Acción

Capítulo I, Declaración de Objetivos, artículo 1

Recuperar la historia de vida de las mujeres tiene profunda relación con el proceso de formación de identidades de género y es fundamental reflexionar como las propias mujeres ha n

interiorizado o su identidad, se han apropiado de ella y la han exteriorizado al mundo .

El trabajo de reconstrucción histórica es clave para entender el proceso de participación femenin aque se va generando desde la práctica de sobrevivencia y vivencia cotidiana . En este accionar, se vaconstruyendo una identidad colectiva a través de la recuperación de innúmerables experiencias d eabrirse para el mundo, o sea, de reconstruir el papel de la mujer madre-esposa-hija hacia el ámbitopúblico, de forma más articulada .

La reconstrucción testimonial que hemos intentado explicitar en este libro se inscribe dentro de u nmarco de reconceptualización de dimensiones relevantes del mundo privado también como espaci opolítico, reconocido como demanda de las mujeres . Es revolucionario hacer político lo personal consi -derado como parte de procesos graduales, profundamente transformadores y que nos permiten l aconstrucción de nuevas identidades, desde lo similar a lo diferente .

A pesar de que todas las participantes tienen claro el concepto de que lo personal es político, fu eevidente la dificultad inicial para conversar desde este ángulo . Sin embargo, a medida que se fu eprofundizando en el diálogo, se iba visualizando los caminos personales por los cuales se tuvo qu etransitar para construir lo que hoy llaman conciencia de género .

En ese tránsito fueron surgiendo alegrías, melancolías y resentimientos . El encontrarse con otra smujeres les permitió darle lecturas más ricas y completas a las vivencias que se pensaban com o

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únicas y especiales . Fue como encontrarse con miles de niñas que recorren los mismos camino saunque con distintos zapatos. Esto también les recordó los momentos de reconciliación persona lcon sus seres queridos, madre, padre, hermanos y les reforzó su reencuentro con su niña interior .

Por lo tanto, la construcción del ser mujer pasa por la identidad genérica de encontrarse con las otra sniñas y por la autoidentidad, tanto en el esfuerzo de pensarse como mujer y ser capaz de vernos e nnuestras complejidades como también en la perspectiva de plantear que queremos de la sociedad, delos otros y de nosotras mismas . En pocas palabras, un proceso de conocernos desde nuestra vivenci apersonal que nos modela una concepción propia del mundo y nos llama a transformar nuestra identidadcada día .

La propuesta feminista nos desafía a construir una alianza estratégica de género a partir de l anegociación y creación de pactos entre mujeres distintas pero pares que se proponen vivir con pers -pectiva profundamente libertaria . Estos pactos deben renovarse en la medida que se van dando la stransformaciones en los mundos privado y público para garantizar su validez y vigencia .

Las transformaciones sociales a nivel macro, micro y cotidiano, desde las prácticas sociales hastasituaciones de la más privada intimidad, traen un proceso de cambios de las imágenes de si y d elas(os) otras(os), que nos ubica en un momento histórico para aportar a la construcción de un anueva subjetividad . Sin duda, un camino doloroso pero, inevitable y necesario para crecer y supera rcicatrices subjectivas que hacen parte de la identidad de las mujeres .

Hoy mujeres y hombres renegocian sus pactos tanto en la casa como en la calle . Las consecuentesredefiniciones de dichos pactos se producen con un gran costo emocional y cultural para las(los )involucradas(os), en un marco de resistencias y enfrentamientos cotidianos particularmente en su sfamilias .

En ese diálogo hemos constatado que estos pactos son viables y, muestra de ellos, son los logro shumanos, políticos y profesionales reflejados en las propias entrevistadas . No existen recetas par ala construcción de dichos pactos ya que no hay una esencia angelical femenina y una malignida destructural masculina que nos permite claramente hacer ejercicios lineales de negociación del poder .Cada contexto produce formas sutiles, invisibles y eficaces de manipulación y de ejercer dicho pode ry tenemos que posesionarnos frente a ellos, de la forma más autónoma, creativa y conciente posible .

Lo que nos reta a crear nuevas propuestas y ejercicios de negociación humana tanto entre nosotra slas mujeres como entre las mujeres y los hombres y las instituciones sociales con el fin de ejercernuestros plenos derechos . Sólo a partir de esta práctica de vida es posible garantizar la igualdad, e ldesarrollo y la paz social para todas y todos .

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PLANTEAMIENTOS DE LA PLATAFORMA DE ACCIÓN DE LA CUARTA CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJE R

BEIJING, SEPTIEMBRE DE 1995

CAPÍTULO IV, OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y MEDIDAS, SECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA MUJER, ARTÍCULO 213

'ZaPlataformadeAcciónreafirmaquetodoslosderechoshumanosesdecirlosderechosciviles, culturales económico spolfticosysoclales incluido elderechoaldesarrollo, son universales, indivisiblesemterdependtemesyestánrelacionado sentre si, según se expresa en la Dedaracióny Programa de Acción de Viena aprobados porla Conferencia Mundial deDerechosHumanos. Dicha Conferencia reafirmó que los derechos humanos de la mujerydela niña son parteinallenable,integrante emdivisible de los derechos humanos universales. Eldisfruteplenoyen condícionesdeigualdadde todos losderechoshumanosylaslibertades fundamentalesporla mujeryla niña constituye una prioridadpara losgobiernosyla sNaciones Unidasyes esencial para el adelanto de la mujer "

CAPÍTULO N, OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y MEDIDAS, SECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA MUJER, ARTÍCULO 214 :

"La igualdad de derechos de la mujeryelhombresemenciona explícitamente en el Preámbulo de la carta de las Nacione sUnidas Entodoslosprincipalesínstrumentosintemacionalesdederechoshumanosseincluyeelsexoentrelosmotivo sporlos cualesseprohibe a los Estados toda discriminación . "

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v~j$18110GRATÍA

ALLARD, Briseida O . — Mujer y Poder: Escritos de Sociología Política, Grupo Barú, Panamá, 1992 .

CEAAL (Consejo de Educación de Adultos de América Latina) — Educación Popular y Liderazgo delas Mujeres: En la Construcción de la Democracia Latinoamericana, Red de Educación Popula rEntre Mujeres, Quito, Ecuador, 1990 .

Primero la Gente: ONG, Estado y Cooperación Internacional en el Tercer Mundo — Ed.Francisco Vio Grossi, Chile, 1989 .

CEM (Centro de Estudios de la Mujer) — Mundo de la Mujer : Continuidad y Cambio, EdicionesCEM, Chile, 1988 .

CIPAF (Centro de Investigación para la Acción Femenina) — Guía para el Uso No Sexista del Lenguaje ,Ed. Populares Feministas, Serie Educación No Sexista, Santo Domingo, República Dominicana, 1992 .

FERNANDEZ, Ana Maria — La Mujer de la Ilusión : Pactos y Contractos entre Hombres y Mujeres ,Ediciones Paidós Ibérica SA, Buenos Aires, 1993 .

yGIBERTl Eva (Comp .) — La Mujer y la Violencia Invisible, Editorial Sudamérica, Fundació nBanco Patricios, Buenos Aires, 1989 .

GOMARIZ, Enrique — La Planificación con Perspectiva de Género: Manual de Trabajo, ColecciónMetodologías, Centro Nacional para el Desarrollo de la Mujer y la Familia (CMF), San José, Cost aRica, 1994 .

LAGARDE, Marcela —Los Cautiverios de lasMujeres: Madresposas, Monjas, Putas, Presas y Locas ,Universidad Autónoma de México, D .F., México, 1993 •

POULANTZAS, Nicos — Estado, Poder y Socialismo, Siglo Veintiuno Editores S .A., México, 1979 .

PRINCE, Evangelina Garcia —La Mujer Venezoelana en el Proceso de Toma de Decisiones : Situacióny Perspectivas, Comisión Femenina Asesora de la Presidencia de la República, Caracas, Venezuela ,1993 .

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áY

ROSSANDA, Rosana — Las Otras, Gedisa S .A., Barcelona, España, 1982 .

UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia) y MIPPE (Ministerio de Planificación yPolítica Económica) — Panamá: La Niñez y la Mujer en la Encrucijada del Año 2000, UNICEF ,Panamá, 1995 .

Varios autores — II Congreso Venezoelano de la Mujer — Tomo I, Comisión Femenina Asesora d ela Presidencia de la República, Despacho de la Ministra de Estado para la Promoción de la Mujer ,Caracas, 1992 .

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AHExO S

• LISTADO DE LAS ENYREVISYADA5

• MUJA DE VIDA DE LAS ENTREVISTADA S

* GUÍA 5ECUEIYCIAL DE PREGUNTAS APLICADA S

INSTRUMENTOS PARA LA LUCHA DEMOCRAYICA DE LAS MU,JERE5 :

CONVENCIÓN DE SELÉM DO PAR A

ANTEPROYECTO DE LEV - INAPRODES (INSTITUYO NACIONAL PARA EL DESARRULLO SOCIAL )

# 313LIOGRAiIA ESPECIALIZADA SOBRE LA MUJER EN LAS YEMAYICAS DE IDENTIDAD Y PARYICIPAC16N POLÍTIC A

EN EL SERVICIO DE DOCUMENTACIÓN (51DOC) DEL CENTRO DE ESTUDIOS Y ACCIÓN SOCIAL PANAMEM O

(CEASPA )

~t INDICE TEMATICO

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!SJ

LISTADO DE LAS EMYREVISTADA S

Briseída Allard OlmosDagmar Araujo de Alvarez

Mariela ArceLeonor Calderón de Fábreg a

Magaly Castill olleana Centeno Gonzále z

Alicia Francolleana Golche r

Gladys Miller RamirezMaría Rosa Montanari

Alma Montenegro de Fletche rCecilia moren oMaruja Moreno

Nilda Santamarí aLuz Aleyda Terán Bethancourt

Irma TuñónBertha Varga sNadya VásquezEmília Vicente

Teresita Yaniz de AriasGloria Youn g

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MUJAS DE VIDA DE LAS ENTREVISTADA S

Sriseida Allard Qlmo s

Nacida en Puerto Armuelles, provincia de Chíríquí . Licenciada en Relaciones Internacionales de la Universidad de Panamá, Maestría e nCiencias Sociales con especialidad en Estado y Clases Sociales por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)México yProfesora Titular en el Departamento de Sociología y en el de Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de Panamá .Además, dirige el programa radial "Entre Nosotras Una ventana cultural para la promoción y el desarrollo de la mujer en Panamá, qu etransmite Radio Estéreo Universidad . Entre sus publicaciones sobresalen Tocquevillcy los Dilemas de la democrdcid(1989), MujeryPoder Escritos de Sociología Política (1992) .

â agorar Araujo de Alvare z

Licenciada en Humanidades en la Universidad Católica de París, Presidenta y Promotora de la Fundación Credimujer 1993-97 . President aa nivel mundial del Comité de Negocios. Comercio y Tecnología de la Federación Internacional de Mujeres de Negocios y Profesionale s1993-96, Asesora de programas de la Fundación para la Promoción de la Mujer y Representante nacional del Programa Bolívar -Programa de desarrollo de la competivídad, innovación y tecnología de la pequeña y mediana empresa con miras a la exportació nintraregional .

Representó Panamá ante el Foro Regional La Mujer en las Américas, convocado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) e nMéxico, abril de 1994 y en la Conferencia Regional de Fortalecimiento de la Sociedad Civil convocada por el Banco Interamericano d eDesarrollo (BID) en E .U .A . . septiembre de 1994 . Fue Coordinadora de la Comisión Mujer y Empleo del Foro Mujer y Desarrollo y miembr ade la Subcomisión de Capacitación-Empleo del Pacto de Compromiso para el Desarrollo Social - Bambito III - auspiciado por la sNaciones Unidas, así como de la Comisión Nacional Preparatoria para la IV Conferencia Mundial de la mujer .

Mariela Arce

Economista, Educadora Popular, investigadora y Directora de CEASPA . Miembra fundadora de diversas instancias de concertación naciona lde mujeres, entre ellas : Colectivo de Mujeres Las Catorce . Comité Nacional de Mujeres Solidarias, Red de Educación Popular entr eMujeres y Colectivo Feminista Clara González . También Miembra fundadora de la Coordinadora para el Desarrollo Integral de las Mujere s(CODIM) y Consultora de la Unión Europea para elaboración de Subprograma de Cooperación Mujery Desarrollo en Panamá 1997-2001 .

En 1993-1994 fue la Coordinadora metodológica del proceso de elaboración participaliva del Plan Nacional Mujery Desarrollo y de l aestrategia para la negociación del Compromiso Mujery Desarrollo . Representante del Foro Mujer y Desarrollo en la Concertación Naciona lEncuentros de Bambito y el de Coronado, auspiciados por Naciones Unidas y en el Consejo Nacional de la Mujer 1996-1997 . Miembr aprincipal de la Delegación oficial panameña en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing, China .

Leonor Calderón Vábreg a

Licenciada en Relaciones Internacionales y delegada nacional de la ]unta Directiva de la Comisión Interamericana de la Mujer (CIM) .Fue Directora de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) en Panamá y Coordinadora de la Comisión Mujer y Salud del For oMujer y Desarrollo . Actualmente es Asesora de la Primera Dama de la República de Panamá .

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Magaly Castill o

Abogada . Profesora de Derechos Humanos en la Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (ULACIT), miembra del Comit éLatinoamericano para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), del Comité Feminista Clara González . Directora Ejecutiva de laComisión de Justicia y Paz y Coordinadora del Proyecto de Defensa Penal a mujeres privadas de libertad del Instituto Latino-American ode Naciones Unidas para la prevención del Delito (ILANUD) . Ha trabajado en asistencia legal a mujeres víctimas de violencia y participad oen discusión de leyes con enfoque de género . En 1992-93 fue Directora Ejecutiva del Centro de Asistencia Legal Popular(CEALP) .

Ileana centen o

Participó en el V Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe y fue miembra del Comité Regional organizador del VI Encuentr oFeminista Latinoamericano y del Caribe y de los Encuentros Centroamericanos : "Una Nueva Mujer : un nuevo poder" .

Educadora, miembro del Foro Mujery Desarrollo y de la Directiva de la Organización Nueva Identidad desde 1984-1996 . Fundadora de lComité Feminista Clara González y de la Secretaría Femenina Madre Tierra del Movimiento Papa Egoró .

Alicia franc o

Licenciada en Pedagogía por la Universidad Nacional de Panamá . Fundadora del Foro Nacional de Mujeres de Partidos Políticos y s uactual Presidenta . Vice Presidenta de la Subcomisión de la Mujer de Bambito 111 y desde 1989 miembro de la directiva del Partid oDemócrata Cristiano . En el período de 1989-1990 fue Legisladora principal por el Circuito 8-8 Panamá y hasta 1994 Legisladorasuplente por el mismo circuito . A partir de 1994 ha sido candidata a legisladora por el Circuito 8-8 . Partido Movimiento de RenovaciónNacional (MORENA) .

Ileana GGlche r

Panameña de nacimiento y por vocación . Es Licenciada en Trabajo Social y posee una Maestría en Tecnología y Comunicación Educativa .Ha dedicado sus mejores esfuerzos en favor de las causas de la infancia, de la mujer y de la paz . Ejerce el periodismo investigativo e nel Diario La Prensa desde 1990 ; su mayor orgullo es ser madre de 2 niños : Carlos y Enrique ; ha escrito más de diez libros sobre temas decomunicación, educación e investigación . Su mejor pasatiempo es la lectura y la redacción ; la persona que más ha admirado es a PabloNeruda y su vivencia latinoamericana . Fue Directora del Programa de Maestría de la Universidad del Istmo . Actualmente es ConsultoraRegional de la Naciones Unidas para la Educación (UNESCO) .

Gladys Miller Ramíre z

Licenciada en Trabajo Social, egresada de la Universidad del Estado de Guanabara . Río de Janeiro . Brasil y Maestría en Trabajo Socia lpor la Universidad de Puerto Rico, Río Piedras . Puerto Rico . Posgraduada en Planificación en el Centro de Estudios Regionales Urbano-Rurales en Israel . Especialista en Docencia Superior por la Universidad de Panamá .

Experiencias profesionales en el área de Planificación y Administración de Programas Sociales . Consultora-investigadora en el tema d ela violencia contra la mujer, familia y las niñas(os) en organismos internacionales .

Profesora de la Universidad Nacional de Panamá, representante alterna de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) y de l a

Organización de Estados Americanos (OEA) . Presidenta del Centro de Estudiosy Capacitación Familiar (CEFA) . Miembro de redes regionale sde promoción de los Derechos de la Mujer, particularmente del Comité Latinoamericano para la Defensa de los Derechos de la Muje r(CLADEM) . Promotora y Coordinadora de la Red Nacional Contra la Violencia dirigida a la mujer y a la Familia . Autora de investigaciones ,ensayos y artículos sobre las relaciones de género, específicamente el problema de la violencia social e intrafamiliar . Fue Coordinadorade la Comisión Mujer y Violencia del Foro Mujer y Desarrollo .

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María Rosa Montanari

Nacida en Argentina . Desde 1971 reside en Panamá . Profesora de Ciencias de la Educación, de Psicología y Doctora en Psicología Social .Directora de la Oficina de Asuntos de la Mujer del Ministerio de Educación de Panamá . Consultora de organismos internacionales en l aproblemática de género y Catedrática de la Universidad de Panamá .

Coordinó la Comisión mujer y Educación del Foro Mujer y desarrollo y desde el Ministerio de Educación y de la Universidad de Panamá ,ha profundizado la temática de la mujer a través de investigaciones y publicaciones como las siguientes, "Los Centros de Orientació nInfantil y Familiar(COIF) : Filosofía . Práctica y Evaluación" . "Diagnóstico de la Situación Educativa de la Mujer Panameña : Lineamiento spara una Propuesta de Alfabetización, Proyecto Panameño de Alfabetización para Mujeres Indígenas" y "el Proceso de Socialización y e lPapel de la Educación en la Discriminación de la Mujer : los Roles Sexuales" ,

Alma Montenegro de fletcher

Maestra de Enseñanza Primaria y Licenciada en Derechoy Ciencia Política . Fundadora de la Federación Nacional de Mujeres Democrática s(FENAMUDE) y Presidenta del Centro para el Desarrollo de la Mujer (CEDEM) . Miembra de la Comisión de Igualdad Jurídica del For oMujer y Desarrollo, Ha sido Jueza en diversos espacios, como el Tribunal Tutelar de Menores, Ha asesorado muchos proyectos y hech onumerosas propuestas en torno a temas de interés nacional, entre ellos el Instituto de la Familia y el Código de la Familia . Actualmenteejerce el cargo de Procuradora de la Administración, que por primera vez ocupa una mujer .

Cecilia moren o

Licenciada en Sociología por la Universidad Santa María la Antigua (USMAL Miembra fundadora del Taller de Estudios de la Muje r(TEM) . Editora de la Revista "Mujer Hoy", Directora de la revista radial "Voces de mujeres" y del Centro de la Mujer Panameña (CEMP) .Coordinadora de la Comisión Mujer y Ambiente del Foro Mujer y Desarrollo, Secretaria General de la Coordinadora para el Desarroll ointegral de la Mujer (CODIM) y Delegada de las organizaciones No Gubernamentales de Mujeres ante la Conferencia Mundial sobr eDerechos Humanos de las Naciones Unidas, en Austria . 1993 .

En 1988 realizó estudios sobre Economía y Política Internacional en la Universidad Internacional de Florida (FIU) y participó en e lPrimer Encuentro Continental de Mujeres en Cuba . Miembra del Comité Latinoamericano para la Defensa de los Derechos de la Muje r(CLADEM), de la Red Latinoamericana de Mujeres Negras y de Educadoras Populares de Panamá .

Maruja moren o

Licenciada en Administración Pública por la Universidad de Panamá . Trabajó por más de 30 años en el Banco Nacional de Panamá e nel área de crédito y finanzas . Representante del Partido Revolucionario Democrático (PRD) en el Foro Mujer y Desarrollo, Legislador asuplente de la Asamblea Legislativa de 1990-1999 y Secretaria de la Comisión mujer, Niño y Familia del Parlamento Centroamericano .

Nilda Santamaria

Egresada de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Panamá . Profesora de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas d ela misma Universidade con Maestría en Psiquiatría General y Paido-Psiquiatría, Miembra de la Red Nacional Contra la Violencia dirigid aa la Mujer y la familia y del Foro Mujer y Desarrollo .

Expositora en temas como aspectos psiquiátricos en el incesto, la violencia conyugal, intoxicación alcohólica y manejo del stress e ncasos de desastres, Ha investigado el tema de adolescentes y mujeres en edad reproductiva afectadas por violencia intrafamíliar.

Entre sus publicaciones : "Una Relación Prohibida : El Incesto" : "Víolencia Conyugal : ¿Por qué la Mujer Agredida Regresa con el Hombre?" ;"El Incesto : El Ladrón Silencioso de la Sexualidad Normal" y "¿Cómo es la Mujer Ideal a los Ojos de Dios?" .

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Luz Aleyda Terán Sethaocourt

Trabajadora Social, con Maestría en Docencia de la Educación Superior con especializacion en Investigación . Es miembra de la Red d eEducadoras Populares de Panama, Red MujeryTrabajo, del Colectivo Feminista Clara González, yde la ]unta Directiva de la Coordinador ade Organizaciones para el Desarrollo integral de la Mujer (CODIM) .

Desde mediados de los años 70 participó en la organización y proceso del Comité Femenino de El Chorrillo . Como miembra del For oMujer y Desarrollo participó en el proceso de elaboración y negociación del Plan Nacional de la Mujery delegada principal ante l aSubComisión de Servicios Públicos generada por Bambito III . Participó en la elaboración del Informe Nacional y del Informe de l aSociedad Civil ante la IV Conferencia Mundial de Beijing . Actualmente es docente en la Universidad de Panamá .

Irma Tugórj

Planificadora agrícola, Asesora técnica en áreas de pobreza, políticas públicas e Investigadora social . Especialista en programas yproyectos de mujeres . Consultora de la OIT, Naciones Unidas, Ruta II, Fondo de las Naciones Unidas para la infancia (UNICEF), Fundació nArias . Unión Europea (Plan Nacional de Acción Mujer y Desarrollo), de la Dirección Nacional de la Mujer, de la Coordinadora d eOrganizaciones para el Desarrollo Integral de fa Mujer (CODIM) y del Foro Mujery Desarrolla . Coordina la organización : Unión Naciona lde Mujeres Panameñas (UNAMUP) que asesora a mujeres campesinas y de sindicatos, el Centro de la Mujer Panameña (CEMP) y e sSecretaria general de la Coordinadora de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo Integral de la mujer (CODIM) .

De 1982 - 1993 trabajó como Profesora investigadora en el Departamento de Sociología de la Universidad de Panamá . En 1986 fu ePromotora del surgimiento del Taller Estudios de la Mujer en la misma Universidad y responsable de la publicación de la Revista "Muje rHoy" de esta organización .

Ha participado en 1992 en el Primer Encuentro de Mujeres Negras en Santo Domingo, República Dominicana . en 1993 en la Conferenci aMundial sobre Derechos Humanos realizada en Viena . Austria .

Entre sus publicaciones sobresalen : "Situación de las mujeres en áreas marginadas de Panamá" Ministerio de Planificación y Polític aEconómica MIPPE/UNICEF - 1980 y "Acceso de la Mujer a la Tierra" - Fundación Arias para la Paz y el Progreso Humano en Costa Ric a- Centro de Estudios y Acción Social Panameño (CEASPA) - 1994 .

Sertha Varga s

Egresada de la Facultad de Servicio Social de la Universidad Mayor de San Andrés - La Paz, Bolivia y de Educación Básica Laboral e nla Pontificia Universidad Católica de Lima-Perú . Entre cursos de Post grado . Maestrtay Especialización están : Ciencias de la Comunicación ,Ciencias Sociales. Teología y Ecumenismo .

Trabajó en las minas, con población autóctona del Sur y Centro América, en programas de salud reproductiva, organizaciones barriale sy refugíados(as) . Coordinó el Programa de salud mental para mujeres refugiadas en México, grupos de auto ayuda para amas de casa ymiembra del Comite Ejecutivo del Programa de Lucha contra el Racismo del Consejo Mundial de Iglesias .

Actualmente coordina el Programa Metodista de Avance y Desarrollo (PROMAD) de la Iglesia Metodista del Caribe y las Américas (MCCA )y de la Iglesia Evangélica Metodista de Panamá (IEMPA), con énfasis en la incorporación de las mujeres a la construcción de vivienda sy la educación pre-escolar con perspectiva de género .

Nadya Vásque z

Socióloga . realizó estudios en la Universidad Federal de Minas Gerais en Brasil y en la Universidad Complutense de Madrid . Se hadesempeñado como Planificadora social en el Ministerio de Planificación y Política Económica, Docente de la Universidad Nacional d ePanamá y Delegada Nacional del Programa de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) .

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Eroilia Vicente

Nacida en España . Profesora de Enseñanza General Básica y Hermana de la Congregación Religiosa de María Reparadora . Ha desarrollad o

su trabajo de evangelización como miembro de la Congregación en diferentes lugares de España : Barcelona, Córdoba y Almería . Desd e1985 desarrolla su labor Misionera en Costa Abajo de Colón al servicio de la evangelización y como Coordinadora y Ejecutora de lPrograma de Promoción de la Mujer .

Desde 1990 mediante su relación con CEASPA se potenció al Programa de Promoción de la Mujer a través de las Escuelas de Capacitació n

en Liderazgo .

En 1995 se crea el Movimiento de Mujeres de la Costa Abajo de Colón (MOMUCAC) a la que sigue apoyando a través de su gestión .

Yeresita Vánia de Aria s

Nacida en La Habana, realizó estudios de Sicología en la Universidad de Panamá y la Universidad Santa María la Antigua . ObtuvoLicenciatura en Filosofía y Maestría en Educación de Adultos en Florida Internacional University . Ha trabajado con sindicatos y e ndiferentes actividades de la Iglesia Católica . Fundó en 1963 la Residencia Universitaria Stella Maris . Ha sido Profesora y Consejer aacadémica en Panamá y Estados Unidos .

Fundadora y Directora de los suplementos del Diario La Prensa . Participó en la fundación de la Coordinadora para el Desarrollo integra lde la Mujer (CODIM) y en las actividades del Foro Mujer y Desarrollo . Fundó en 1990 la Fundación para la Promoción de la Mujer y h aparticipado activamente en la elaboración y aprobación de varias leyes dirigidas a la eliminación de la discriminación contra la mujer ,tales como la modificación de las causales de divorcio, el régimen de bienes en el matrimonio y la ley 27 en la que se tipifica com o

delito la violencia intrafamihar . Es miembra de la ]unta de Síndicas de la Fundación Natura . Asesora de la Universidad para la Paz yforma parte de la Secretarla Nacional de Ciencia y Tecnología (SENACYT) . Ha dictada conferencias, publicado artículosy trabajos sobrela situación de la mujer tanto en Panamá como en el exterior .

Gloria Voun g

Licenciada en Ciencias Políticas, Administración Pública, literatura Dramática y Teatro con Maestría en sistemas educativos co n

especialización en Supervisión y Curriculum . Miembra fundadora del Foro Nacional de Mujeres de Partidos Políticos y Presidenta elect a

del Movimiento Papa Egorá . Legisladora de la República, Vicepresidenta de la Comisión de los Asuntos de la Mujer, Derechos del Niño ,la Juventud y la Familía,Vicepresidenta de la Comisión de la Mujer del Parlamento Latinoamericano, Presidenta del Centro de Apoyo a l

a Mujer Maltratada (CAMM) y miembra de la Red Centroamericana de Violencia contra la Mujer .

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GUÍA SECUEMCIAL DE PREGUM?As APLICADA S

* Ser mujer : Perspectiva subjetiva y objetiva del se r

¿Cuándo se dio cuenta que Usted pertenecía al sexo/género femenino? Y qué significó esto en su vida ?

¿Existen diferencias en su trato familiar por el hecho de ser mujer en contraste con los varones de su familia ?

¿En qué le gustaría parecerse a su madre, en que no le gustaría parecerse a ella ?

* Ser mujer : Roles, búsquedas y retos en el mundo público

¿Cómo desarrolla los distintos roles dentro y fuera de la familia ?

¿Cuál fue el impacto de su compromiso social en su familia ?

* Ser mujer: Ser o eo ser política

¿Hasta dónde pretende llevar usted las luchas por los derechos de la mujer ?

¿Cuáles serían para Usted los pasos importantes para lograr el consenso entre las mujeres ?

¿Cómo ubica el rol y aportes del gobierno, de los partidos políticos y de las agencias de cooperación en el desarrollo del movimient oorganizado de mujeres en Panamá ?

¿Qué significó la experiencia de participar en el Foro Mujer y Desarrollo ?

¿Cuáles fueron sus motivaciones para participar?

¿Hacia dónde aconseja que se orienten las futuras acciones del Foro Mujer v Desarrollo para garantizar la real implementación del Pla nNacional Mujer y Desarrollo 1994-2000 en la sociedad panameña ?

95

Artículo 8 :

Los Estados Partes convienen en adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para :a .

fomentar el conocimiento y la observancia del derecho de la mujer a una vida libre de violencia, y el derech ode la mujer a que se respeten y protejan sus derechos humanos :

b, modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, incluyendo el diseño de programa sde educación formalesy no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo, para contrarrestar prejuicio sy costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad d ecualqueira de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitimizan o exacerba nla violencia contra la mujer ;

c, fomentar la educación y capacitación del personal en la administración de justicia, policial y demás funcionario sencargados de la aplicación de la ley . así como del personal a cuyo cargo esté la aplicación de las políticas d eprevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer :

d. suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia ,por medio de entidades de los sectores público y privado . inclusive refugios, servicios de orientación para tod ala familia, cuando sea del caso, y cuidado y custodia de los menores afectados ;

e. fomentary apoyar programas de educación gubernamentalesy del sector privado destinados a concientízar a lpúblico sobre los problemas relacionados con la violencia contra la mujer . los recursos legales y la reparació nque corresponda ;

f,

ofrecer a la mujer objeto de violencia acceso a programas eficaces de rehabilitación y capacitación que l epermitan participar plenamente en la vida pública, privada y social ;

g. alentar a los medios de comuncación a elaborar directrices adecuadas de difusión que contribuyan a erradica rla violencia contra la mujer en todas sus formas y a realzar el respeto a la dignidad de la mujer ;

h. garantizar la investigación y recopilación de estadísticas y demás información pertinente sobre las causas ,consecuencias y frecuencia de la violencia contra la mujer, con el fin de evaluar la eficacia de las medidas par aprevenir, sancionar y eliminar la violencia contra la mujer y de fomentar y aplicar los cambios que sea nnecesarios, y

i,

promover la cooperación internacional para el intercambio de ideas y experienciasy la ejecución de programa sencaminados a proteger a la mujer objeto de violencia .

Artículo 9 : Para la adopción de las medidas a que se refiere este capítulo, los Estados Partes tendrán especialmente en cuenta l asituación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer en razón, entre otras, de su raza o de su condición étnica, d emigrante, refugiada o desplazada . En igual sentido se considerará a la mujer que es objeto de violencia cuando está embarazada, e sdiscapacitada, menor de edad, anciana, o está en situación socioeconómica desfavorable o afectada por situaciones de conflicto sarmados o de privación de su libertad .

CAPÍTULO IV

MECANISMOS INTERAMERICANOS DE PROTECCIÓ N

Artículo 10 : Con el propósito de proteger el derecho de la mujer a una vida libre de violencia, en los informes nacionales a l aComisión Interamericana de la Mujer, los Estados Partes deberán incluir información sobre las medidas adoptadas para prevenir yerradicar la violencia contra la mujer, para asistir a la mujer afectada por la violencia . así como sobre las dificuldades que observen e nla aplicación de las mismas y los factores que contribuyan a la violencia contra la mujer .Artículo 11 :

Los Estados Partes en esta convención y la Comisión Interameriana de Mujeres, podrán requerir a la Corte Interamerican ade Derechos Humanos opinión consultiva sobre la interpretación de esta Convención .

100

Artículo 12 : Cualquier persona o grupo de personas, o entidad no gubernamental legalmente reconocida en uno o más Estado smiembros de la Organización, puede presentar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos peticiones que contengan denuncia so quejas de violación del artículo 7 de la presente Convención por un Estado Parte, y la Comisión las considerará de acuerdo con la snormas y los requisitos de procedimiento para la presentación y consideración de peticiones estipulados en la Convención American asobre Derechos Humanos y en el Estatuto y el Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos .

CAPÍTULO V

DISPOSICIONES LEGALE S

Artículo 13 : Nada de lo dispuesto en la presente Convención podrá ser interpretado como restricción o limitación a la legislació ninterna de los Estados Partes que prevea iguales o mayores protecciones y garantías de los derechos de la mujer y salvaguardia sadecuadas para prevenir y erradicar la violencia contra la mujer .

Artículo 14 . Nada de lo dispuesto en la presente Convención podrá ser interpretado como restricción o limitación a la Convenció nAmericana sobre Derechos Humanos o a otras convenciones internacionales sobre la materia que prevean iguales o mayores proteccione srelacionadas con este lema .

Artículo 15 :

La presente Convención está abierta a la firma de todos los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos .

Artículo 16 :

La presente Convención está sujeta a ratificación . Los instrumentos de ratificación se depositarán en la Secretaría Genera lde la Organización de los Estados Americanos .

Artículo 17 :

La presente Convención queda abierta a la adhesión de cualquier otro Estado . Los instrumentos de adhesión se depositará nen la Secretaría General de la organización de los Estados Americanos .

Artículo 18 :

Los Estados podrán formular reservas a la presente Convención al momento de aprobarla, firmarla, ratificarla o adheri ra ella, siempre que :

a. no sean incompatibles con el objeto y propósito de la Convención :b. no sean de carácter general y versen sobre una o más disposiciones específicas .

Artículo 19 .

Cualquier Estado Parte puede someter a la Asamblea General, por conducto de la Comisión Interamericana de Mujeres .una propuesta de enmienda a esta Convención .

Las enmiendas entrarán en vigor para los Estados ratificantes de las mismas en Id fecha en que los tercios de los Estados Partes haya ndepositado el respectivo instrumento de ratificación . En cuanto al resto de los Estados Partes, entrarán en vigor en la fecha en qu edepositen sus respectivos instrumentos de ratificación .

Artículo 20 Los Estados Partes que tengan dos o más unidades territoriales en las que rijan distintos sistemas jurídicos relacionado scon cuestiones tratadas en la presente Convención podrán declarar, en el momento de la firma, ratificación o adhesión, que la Convenció nse aplicará a todas sus unidades territoriales o solamente a uno o más de ellas .

Tales declaraciones podrán ser modificadas en cualquier momento mediante declaraciones ulteriores, que especificarán expresament ela o las unidades territoriales a las que se aplicará la presente Convención . Dichas declaraciones ulteriores se transmitirán a la Secretari aGeneral de la Organización de los Estados Americanos y surtirán efecto treinta días después de recibidas .

Artículo 21 La presente Convención entrará en vigor al trigésimo día a partir de la fecha en que se haya depositado el segund oinstrumento de ratificación . Para cada Estado que ratifique o adhiera a la Convención después de haber sido depositado el segund oinstrumento de ratificación, entrará en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que tal Estado haya depositado su instrumento d eratificación o adhesión .

Artículo 22 :

El Secretariado General informará a todos los Estados miembros de la organización de los Estados Americanos de l aentrada en vigor de la Convención .

101

Artículo 23 : El Secretariado General de la Organización de los Estados Americanos presentará un informe anual a los Estados miembro sde la Organización sobre el estado de esta Convención, inclusive sobre las firmas, depósitos de instrumentos de ratificación, adhesión odeclaraciones, así como las reservas que hubieren presentado los Estados Partes y, en su caso, el informe sobre las mismas .Artículo 24 : La presente Convención regirá indefinidamente, pero cualquiera de los Estados Partes podrá denunciarla mediante e ldepósito de un instrumento con ese fin en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos . Un año después a parti rde la fecha del depósito del instrumento de denuncia, la Convención cesará en sus efectos para el Estado denunciante, quedand osubsistente para los demás Estados Partes .

Artículo 25 : El instrumento original de la presente Convención, cuyos textos en español, francés, inglés y portugués son igualment eidénticos, será depositado en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, la que enviará copia certificada de s utexto para su registro y publicación a la Secretaría General de las Naciones Unidas, de conformidad con el artículo 102 de la carta de la sNaciones Unidas .

102

~AMYEPRDVECYD â E LEY M

(DE _ DE

DE 1996 )

"Por la cual se crea el Instituto Nacional de Promoción del Desarrollo Social - INAPRODES y se adoptan otras disposiciones "

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DECRETA :

Artículo 1 :

Créase el Instituto Nacional de Promoción del Desarrollo Social — INAPRODES como institución del Estado con personerí ajurídica, patrimonio propio y autonomía en su régimen interno .

Artículo 2 :

El Instituto Nacional de Promoción del Desarrollo Social, funcionará a nivel Nacional y para tales fines mantendr áOficinas Regionales en todo el país, que se denominarán agencias de INAPRODES, garantizando la reproducción de sus estructuras .

Artículo 3 : El INAPRODES tendrá como objetivos . el impulso del desarrollo social por vía de la participación y la promoción de l aequidad : para lo cual, procederá a la organización, administración . coordinación y ejecución de políticas, planes y programas tendiente sal fortalecimiento de la comunidad y de los grupos de población de atención prioritaria, facilitando la acción concertada del Estado yla sociedad civil organizada .

Artículo 4 :

Para cumplir con sus objetivos, el INAPRODES desarrollará las siguientes funciones :

1.

Hacer efectivo el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales referentes a la previsión, e lbienestar y la promoción del desarrollo social de la comunidad panameña .

2.

Actuar como ente rector competente para la planificación, ejecución y coordinación de las políticas estatale sde prevención, atención, protección y bienestar de la familia y el menor :

3.

Promover la equidad entre los géneros, a través de la ejecución de políticas dirigidas a elevar y mejorar l acondición de las mujeres :

4. Llevar a cabo programas encaminados a promover el desarrollo integral y armónico de la niñez y la juventu dpanameña ;

5.

LLevar a efecto programas dirigidos a promover el bienestar de las personas mayores:

6.

Proponer linieamíentos de políticas sociales para mejorar la calidad de vida de la población, mediante l apromoción del desarrollo humano sostenible ;

7.

Actuar como instancia de concertación entre el Estado y la sociedad civil organizada, en el ámbito del desarroll osocial ;

8.

Gestionar una efectiva coordinación entre las políticas y programas de desarrollo social que sean de s ucompetencia y las políticas económicas del Estado :

9. Establecer mecanismos de coordinación permanentes con organismos internacionales vinculados a su camp o

105

de acción y representar al país en el exterior, en eventos relacionados con los asuntos propios de sus objetivo sinstitucionales:

10. Evaluar los resultados de la aplicación de las normas legales, planes y programas dirigidos a la promoción de ldesarrollo social en el país :

11. Efectuar investigacionesy evaluaciones sociales que sirvan de base para la ejecución de políticasy programa sde promoción del desarrollo social :

12. Realizar las demás actividades e promoción del desarrollo social que le sean señaladas ;

13. Divulgar las investigaciones y evaluaciones de las políticas, programas y acciones desarrolladas poi el Instituto .

Artículo 5 :

Para la ejecución y cumplimiento de sus funciones, el INAPRODES contará con la cooperación y el auxilio de las demá sinstituciones del Estado .

Las instituciones públicas coordinarán con el INAPRODES sus políticas y planes en materia de promoción y desarrollo social .

Artículo 1

La Junta Directiva del INAPRODES, estará conformada por los siguientes miembros :

La Primera Dama de la República, quien tendrá la calidad de Presidenta Honoraria de dicho organismo.

1 .

El Ministro de Trabajo y Bienestar Social, quien lo presidirá :

1

El Ministro de Educación :

3. El Ministro de la Presidencia :

4. El Ministro de Gobierno y Justicia ;

5. El Ministro de Planificación y Política Económica :

6. El Ministro de Salud :

1 .

El Ministro de Desarrollo Agropecuario :

8. El Ministro de Vivienda ;

9. Un representante del Consejo Nacional de la Familia y el Menor ;

10. Un representante del Consejo Nacional de la Mujer :

11. Un representante del Consejo Ecuménico Nacional ;

12. Un representante del Consejo Nacional de Trabajadores Organizados ;

13. Un representante del Consejo Nacional de la Empresa Privada ;

14. Un representante de los Clubes Cívicos ;

15. Un representante de la Coordinadora de los Pueblos Indígenas .

Artículo 1 :

Los representantes de la sociedad civil en la Junta Directiva serán escogidos por el órgano Ejecutivo de ternas presentada spor sus respectivas organizaciones y su periodo será de dos (2) años, contados a partir de su nombramiento .

En el caso del Consejo Nacional de la Familia y del menor. y del Consejo Nacional de la Mujer las ternas serán integradas con lo smiembros de la sociedad civil representada en dichos organismos .

La Junta Directiva podrá designar a representantes de los órganos Legislativo yJudicial, lo mismo que a representantes de Asociacione sreconocidas de la Sociedad Civil, como miembros de la Junta Directiva, sólo con derecho a voz .

Artículo 8 :

Los Ministros que forman parte de la Junta Directiva, podrán delegar su representación en el Viceministro .

104

Artículo 9 :

Son funciones de la Junta Directiva del INAPRODES .

1. Orientary vigilar el funcionamiento del Instituto :

2. Establecer, definir y aprobar políticas de promoción del desarrollo social y su concertación con la socieda dcivil . en armonía con la política económica del Estado :

3. Coordinar con el Gabinete Social políticas de promoción del desarrollo social :

4. Aprobar el proyecto de presupuesto anual del Instituto y los proyectos de presupuestos extraordinarios, sobr ela base de los programas de trabajo que le presente la Dirección General ;

5. Autorizar, en cada caso, la celebración de contratos, convenios y proyectos cuando su cuantía exceda la sum ade V100,000 .00 :

6. Conocer y decidir en segunda instancia de los actos y resoluciones proferidos o dictados por el Director oDirectora General :

7. Reconocer vacaciones y autorizar licencias al Director o Directora General, y designar al funcionario de l ainstitución que fungirá como Director durante las ausencias temporales del ulular,

8. Dictar y reformar el Reglamento Interno del Instituto, lo mismo que los demás reglamentos y acuerdos d ecaráter normativo necessarios para el buen funcionamiento del mismo :

9. Dictar su propio reglamento ;

10. Ejercer todas las demás funciones que sean de su competencia .

Artículo 10 :

La Dirección del INAPRODES estará a cargo de un Director o Directora General, quien detentará la representación legal .y será de libre nombramiento y remoción por el órgano Ejecutivo .

Para ser Director o Directora General del INAPRODES, se requiere ser de nacionalidad panameña, haber cumplido treinta (3) años d eedad, no haber sido sancionado por delito contra la Administración Pública o contra el Patrimonio, tener una formación profesional, d enivel superior y contar con experiencia comprobada en el campo del desarrollo social .

Artículo 11 :

Son funciones del Director o Directora del INAPRODES las siguientes :

1. Dirigir. coordinar y supervisionar las actividades que realiza el instituto en cumplimiento de sus funciones . deacuerdo com la ley y los reglamentos e instrucciones que al respecto dicte la Junta Directiva .

2. Nombrary remover los servidores públicos del Instituto ;

1

Presentar anualmente ante la Junta Directiva el proyecto de Presupuesto del Instituto, sus planes y programas :

4. Presentar a la Junta Directiva lineamientos de política social que deba llevar a cabo el Instituto :

5. Participar como miembro del Gabinete Social ;

6. Las demás que le asigne la Junta Directiva .

Artículo 12 : La estructura Orgánica del INAPRODES y sus modificaciones, lo mismo que las funciones que debe cumplir cada una d elas direcciones nacionales y unidades administrativas que lo integran, con excepción de lo previsto en el artículo 14 de la presente le yen relación con la Dirección Nacional de la Mujer, serán establecidas mediante acuerdo de la Junta Directiva .

Articulo 13 :

El patrimonio del INAPRODES estará constituido por :

1. Las bienes muebles e inmuebles que a cualquier título adquiera :

2. Las herencias, legados y donaciones que le hicieren personas naturales ojurídicas, nacionales o extranjeras, d ederecho público o privado :

1n5

3. Las partidas que se le asignen en el Presupuesto General del Estado :

4. El 5% (cinco por ciento) de los recursos financieros generados por el fideicomiso creado mediante el Fondo deDesarrollo Social y el total de otros fideicomisos que se constituyan a su favor ;

5. El 25% (veinticinco por ciento) del producto de los remates de mercancía decomisadas por contrabando, qu erealice la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Tesoro .

Artículo 14 : A partir de la vigencia de la presente ley, la Dirección General de Bienestar Social, la Dirección Nacional de la Mujer yla Dirección Nacional de la Familia y el Menor del Ministerio del Trabajo y Bienestar Social, incluyendo sus respectivos presupuestos. s upersonal y los equipos útiles y demás bienes muebles utilizados por dichas direcciones para la ejecución de sus funciones .La Dirección Nacional de la Mujer. conservará los mismos objetivos y responsabilidades que le confiere el Decreto Ejecutivo N° 14 de 2 6de mayo de 1993 . conforme quedó reformado por el Decreto Ejecutivo N° 77 de 30 de agosto de 1995, y se le garantizarán los recurso spertinentes para su efectivo funcionamiento .

Artículo 15 :

El Consejo Nacional de la Familia y el Menor, y el Consejo Nacional de la Mujer se mantendrán como espacio sindependientes de concertación, con las mismas funciones y atribuciones que ejercen al momento de la entrada en vigencia de esta ley.Artículo 16 :

Se modifica el Artículo 728 de la Ley 3 de 17 de mayo de 1994, en la cual quedará as uARTÍCULO 728 El Consejo Nacional de la Familia y del menor será presidido por el Ministro de Trabajo y Bienestar Social yestará integrado por una Junta Directiva, por la Asamblea General Consultiva y una secretaría Técnica .

La Junta Directiva estará constituida por trece 113) representantes designados por los siguientes sectores : cuatro (4) representantes delsector gubernamental que serán escogidos por el Gobierno, preferiblemente de cada uno de los sectores especializados de Salud ,Educación . Trabajo y Bienestar Social y Planificación y Política Económica, y nueve (9) representantes del sector no gubernamental, qu eserán escogidos por sus propias organizaciones : uno (1) de la iglesia Católica : uno (1) de la empresa privada : uno (1) de los grupo scívicos : uno (1) de las organizaciones de educadores : uno (1) de los trabajadores organizados ; uno (1) de los grupos indígenas ; uno (1 )de las organizaciones campesinas : uno (1) de la Universidad de Panamá y uno (1) de la Universidad Santa María La Antigua (USMA) .

La Asamblea General Consultiva estará formada por representantes de todos los sectores sociales y agrupaciones gubernamentales y n ogubernamentales, que tengan entre sus fines programas y objetivos dirigidos a la familia . Pueden ser miembros aquellos sectores yagrupaciones que tengan personería jurídica y un mínimo de dos (2) años de actividad en estos programas .

La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Familia y del Menor será ejercida por la Dirección de la Familia del INAPRODES . El titula rde esta Dirección deberá reunir )os siguientes requisitos :

1. Ser de nacionalidad panameña :

2. Ser mayor de 30 años:

3. No haber sido condenado por delito alguno contra la propiedad, la cosa pública, las buenas costumbres o e lorden de la familia ; y

4. Poseer título universitario, mínimo, de licenciatura y experiencia comprobada en programas dirigidos a l afamilia .

Los cargos de los miembros de la Junta Directiva y de la Asamblea General Consultiva no son remunerados .

Artículo 17 :

La presente Ley modifica el Artículo 728 de la Ley 3 de 17 de mayo de 1994 y deroga cualquier disposición que le se acontraria .

Artículo 18 :

Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación .

Artículo Transitorio : El Ministerio de Planificación y Política Económica, tomará las previsiones necesarias para que se incluya en e lPresupuesto General del Estado para la vigencia fiscal del año 1997, las partidas que requerirá el INAPRODES para su funcionamiento .

106

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUES E

Dada en la ciudad de Panamá, a los días del mes de de mil novecientos e noventa y seis (1996) .

Propuesto a la consideracón de la Asamblea Legislativa, hoy . . . . de de 1996, por el suscrito MITCHELL DOENS, Ministro de Trabajoy Bienestar Social, en virtud de autorización del Consejo de Gabinete, otorgada en su sesión del día . . . . de . . . . de 1996 .

MITCHELL DOEN S

Ministro de Trabajo y Bienestar Social de la República de Panam á

MINISTERIO DE TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL

CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER

SECRETARÍA TÉCNIC A

OBSERVACIONES DEL MOVIMIENTO DE MUJERES AL PROYECTO DE L

INSTITUTO PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL

Consideramos que el INAPRODES debe denominarse Instituto Nacional de Desarrollo Social, y no de Promoción del Desarrollo Social, e nvirtud de que la palabra "promoción" no supone medidas de "acción", y por ende se limitarían los objetivos del Instituto .

Artículo 2 :

Con respecto a que el INAPRODES funcionará a nivel nacional y para tales fines mantendrá oficinas regionales en tod oel país, debe agregarse "garantizando la reproducción de sus estructuras', a fin de que dichas oficinas logren efectivamente sus objetivos .

Artículo 4 :

Funciones del INAPRODE S

En cuanto a la función n° 1, consideramos que más que promover el cumplimiento de las disposicione sconstitucionales y legales debe incluirse la frase "hacer efectivo el cumplimiento de dichas disposiciones . "

En cuanto a la función nO 3, consideramos que la ejecución de políticas dirigidas debe ir encaminada a eleva rlas condiciones de las mujeres y no sólo a mejorarlas .

Dentro de estas funciones hemos adicionado la función nO 13 que a la letra dice : "Divulgar las investigacione sy evaluaciones de las políticas, programas y acciones desarrolladas por le Instituto" .

Artículo 5 :

Deducimos que existe dualidad de funciones entre el Gabinete Social y el INAPRODES . Por tanto el CONAMU se plante ala siguiente interrogante :

¿Cuáles serán las decisiones priorizadas por el Ejecutivo : las del Gabinete Social o las del INAPRODES ?

Artículo 6 :

Debe incluirse en la Junta Directiva del Instituto :

Unía) representante del Consejo de Rectore s

Unía) representante de la Coordinadora de los Pueblos Indígenas - Ministro(a) de la Vivienda .

Por razones de forma la participación de La Primera Dama como Presidenta Honoraria de la Junta Directiva, no debe ir enumerada . Po rlo tanto la numeración debe comenzar desde el Ministro de Trabajo y Bienestar Social .

109

SIBLIOGRATÍA ESPECIALIZADA SUBRE LA MUJER

BIBLIOGRAFÍA ESPECIALIZADA SOBRE LA MUJER EN LAS TEMÁTICAS DE IDENTIDAD Y PARTICIPACIóN POLÍTICA

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110

INDICE TEMÁTIC O

En base a la complejidad de la temática género, decidimos priorizar los siguientes conceptos . a saber :

A

alianzas estratégicas (pacto de solidaridad) 32, 33. 37. 45 . 47 ,48, 49 . 52, 56 . 59, 60. 66, 67 . 68, 69 . 70, 71 . 72, 78

autonomía política 45, 51 . 67, 68. 78

C

concertación 19, 20, 21, 22, 23, 32, 35 . 36, 37, 38, 41, 42,43, 44, 51, 52, 53, 55, 56 . 58, 59, 60, 63 . 64, 65, 66, 67.68 . 69. 70, 71, 72, 73. 74, 78

conciencia de género 1, 2. 3, 4, 5, 6, 7, 17, 25 . 33 . 37. 47,48, 49, 56, 63, 65. 66, 67, 68, 69 . 72, 77

condición de género 1, 2, 3, 4, 8 . 11, 12 . 30, 32. 34 . 36 . 54 ,63, 64, 71

democracia 33, 35, 44.46, 49, 50 . 51, 57, 59, 60, 65, 67, 74

derechos de la mujer 4 . 19, 22. 30, 31, 32, 33 . 34, 35 . 38.44 . 45, 46, 48, 52 . 64, 72, 77, 78

división sexual del trabajo 17 . 18, 25doble o friple jornada de trabajo 18. 23

L

emancipación 29, 32, 33, 36, 42empoderamiento 35, 6 4Estado 21, 29. 33, 36 . 41 . 43, 45, 50, 51, 52 . 54, 58. 59, 60 ,

64 . 65, 73

estereotipos sexuales 13, 18 . 23. 24, 25, 35 . 37, 41, 46, 4 9ética 12 . 42. 43, 65, 6 6

i

femenidad 2, 12, 13feminismo 3 . 30. 33, 35, 37, 43. 45, 78

G

Gobierno 43, 45. 50, 51. 52, 53 . 54. 55, 56, 57, 59. 60, 6 5 -64. 65 . 66, 71, 72, 74

identidad 1, 2, 8, 9, 11, 12, 13 . 17 . 18, 20, 24, 29 . 30, 31, 33,34, 37. 42, 43, 48, 49, 63, 67. 77, 78

igualdad 6, 7, 19, 25, 30, 38, 42 . 43 . 44, 45 . 46 . 49, 52, 55 .63, 64, 65 . 68, 70, 77, 78

intereses estratégicos de género 32, 41, 45. 48, 49, 65, 67 .68, 7 4

L

liderazgo 35 . 36, 37 . 41, 42 . 44 . 47, 49, 7 1

M

machismo 13, 19, 38, 48movimiento social de mujeres í, 22, 30, 31 . 32, 36, 41, 42 ,

43, 45 . 47. 52, 54, 57, 58, 59, 64, 65, 66, 67, 68, 69 ,71, 72, 74

111

mundo privado 2, 9, 12, 19, 22, 23 . 29. 30, 31, 32, 33, 34,

políticas públicas S . 50, 51. 53 . 54 . 55. 591 60, 63, 64, 65,35 . 42. 64. 77. 78

66, 67, 70, 71, 73mundo público 9. 12 . 19. 22, 23 . 25 . 29, 32, 33. 34 . 35, 41,

procreación 2, 8, 9. 18, 23, 6342, 43, 46, 47, 48 . 49 . 64, 78

Rnnecesidades prácticas de género 32. 35. 41, 48. 49, 55 . 63 ,

64 . 65 . 67. 68, 74

0

opresión de género (desigualdad, discriminación) 2, 5, 6, 8 . 9,

lo, 111 121 21 . 24, 251 29 1 33, 34, 36, 41 . 42, 43. 451 46 ,

48, 49, 54 . 55 . 64, 651 71

participación social la, 21, 22, 29. 30, 31, 32 . 33. 36, 37. 41 ,

42, 43, 44, 45 . 46, 47, 48, 49, 50 . 54 . 55, 59, 64, 65 ,

67, 71, 73, 77patriarcado 4. 9 . II . 12. 13, 18, 23, 33 . 34, 35, 42. 49, 52, 63planificación de género 57. 58. 64. 65. 72, 74

política 34, 35, 41, 42 . 43. 44, 46, 47

relación madre-hija 8, 9, urelaciones de poder 2, 5, 9, 11, 12, 17. 18, 20, 24, 30, 32 ,

33, 34 . 35, 41 . 43, 50, 55, 57. 63, 64, 65 . 66, 73, 78rol materno-conyugal 2, 18 . 20 . 29 . 32, 33 . 48 . 77

S

sucialiiación " 2, 3, 4, 5, 7, 9, 12. 13, 19, 23, 24 . 25, 30sociedad ciVil 41, 43, 44, 49, 50, 51, 52, 53. 55 . 58, 59, 60,

64 . 65, 74

suciedad política 41, 44. 45 . 47, 48, 49, 50, 60, 67. 73

7

toma de decisiones 34, 35, 37, 38, 41, 43, 44, 45 . 46, 47,49, 54, 55, 59 . 65 . 69

trabajo productivo 18 . 23, 6 3trabajo reproductivo 18, 63

112

INSYRUMENTUS PARA LA LUCHA DEMUCRAYICA DE LAS MUJERE S

CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJE R

'CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARA "

La Asamblea General ,

CONSIDERANDO que el reconocimiento y el respeto irrestricto de todos los derechos de la mujer son condiciones indispensables para s udesarrollo individual y para la creación de una sociedad mas justa, solidaria y pacífica :

PREOCUPADA porque la violencia en que viven muchas mujeres de América, sin distinción de raza, clase, religión, edad o cualquier otr acondición, es una situación generalizada ;

PERSUADIDA de su responsabilidad histórica de hacer frente a esta situación para procurar soluciones positivas ;

CONVENCIDA de la necesidad de dotar al sistema interamericano de un instrumento internacional que contribuya a solucionar el problemade la violencia contra la mujer ;

RECORDANDO las conclusiones y recomendaciones de la Consulta Interamericana sobre la Mujer y la Violencia, celebrada em 1990 . y l aDeclaración sobre la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, adoptada por la Vigésimoquinta Asamblea de Delegadas de l aComisión) nteramericana de mujeres :

RECORDANDO ASIMISMO la resolución AG/RES . 1128 (XXI 0/91) "Protección de la Mujer contra la Violencia", adoptada por la Asamble aGeneral de la Organización de los Estados Americanos ;

TOMANDO EN CONSIDERACIÓN el amplio proceso de consulta realizado por la Comisión Interamericana de Mujeres desde 1990 para e lestudio y la elaboración de un proyecto de convención sobre la mujer y la violencia . y

VISTOS los resultados alcanzados por la Sexta Asamblea Extraordinaria de Delegadas de la Comisión .

RESUELVE :

Aprobar la siguiente convención Interamericana para Prevenir. Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belé mdo Pará" .

CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJE R

CONVENCIÓN DE BELÉM DO PAR A

PREAMBUL O

Los Estados Partes de la presente Convención ,

Reconociendo que el respeto irrestricto a los derechos humanos ha sido consagrado en la Declaración Americana de los Derechos yDeberes del Hombre en la Declaración Universal de los Derechos Humanosy reafirmado en otros instrumentos internacionalesy regionales ;

97

Aífrmando que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limit atotal o parcialmente a la mujer al reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades ;

Preocupados porque la violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidade humana y una manifestación de las relaciones de pode rhistóricamente desiguales entre mujeres y hombres :

Recordando la Declaración sobre la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, adoptada por la Vigésimoquinta Asamblea de Delegada sde la Comisión Interamericana de Mujeres, y afirmando que la violencia contra la mujer transciende todos los sectores de la sociedad eindependientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativament esus propias bases ;

Convencidos de que la eliminación de la violencia contra la mujer es condición indispensable para su desarrollo individual y social y suplena e igualitaria participación en todas las esferas de vida, y

Convencidos de que la adopción de una convención para prevenir, sancionar y erradicar tod forma de violencia contra la mujer, en e lámbito de la Organización de los Estados Americanos, constituye una positiva contribución para proteger los derechos de la mujer yeliminar las situaciones de violencia que puedan afectarlas ,

Han convenido en lo siguiente :

CAPÍTULO 1

DEFINICIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓ N

Artículo 1 : Para los efectos de esta Convención debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basad aen su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer . tanto en el ámbito público como en e lprivado .

Artículo 2 :

Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica :

a, que tenga lugar dentro de la familia o unidade doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya se aque el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer . y que comprende . entre otros ,violación, maltrato y abuso sexual :

b . que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación ,abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo ,así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y

c,

que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, dondequiera que ocurra .

CAPÍTULO I I

DERECHOS PROTEGIDOS

Artículo 3 :

Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado .

Artículo 4 :

Toda mujer tiene derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertade sconsagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos . Estos derechos comprenden . entre otros :

a,

el derecho a que se respete su vida :

b .

el derecho a que se respete su integridad tísica, psíquica y moral :

c,

el derecho a la libertad y a la seguridad personales ;

d .

el derecho a no ser sometida a torturas ;

98

e .

el derecho a que se respete la dignidad inherente a su persona y que se proteja a su familia :

f .

el derecho a igualdad de protección ante la ley y de la ley :

g .

el derecho a un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes, que la ampare contra actos qu eviolen sus derechos :

K

el derecho a libertad de asociación:

i. el derecho a la libertad de profesar la religión y las creencias propias dentro de la ley, y

j. el derecho a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en las asuntos políticos ,incluyendo la toma de decisiones .

Artículo 5 : Toda mujer podrá ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y contar ácon la total protección de esos derechos consagrados en los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos . Lo sEstados Partes reconocen que la violencia contra la mujer impide y anula el ejercicio de esos derechos .

Artículo 6 :

El derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye, entre otros:

a. el derecho de la mujer a ser libre de toda forma de discriminación, y

b. el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y práctica ssociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación .

CAPÍTULO 11 1

DEBERES DE LOS ESTADO S

Artículo 7 :

Los Estados Partes condenan todas las Cormas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medio sapropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia y en llevar a cabo lo siguiente :

a,

abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia contra la mujer y velar por que las autoridades. su sfuncionarios, personal y agentes e instituciones se comporten de conformidad con esta obligación :

b .

actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer :

c. incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza qu esean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidasadministrativas apropiadas que sean del caso :

d. adoptar medidas jurídicas para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar oponer en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique s upropiedad ;

e. tomar todas las medidas apropiadas, incluyendo medidas de tipo legislativo, para modificar o abolir leyes yreglamentos vigentes, o para modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia ola tolerancia de la violencia contra la mujer ;

t

establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, qu eincluyan, entre otros, medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales procedimientos ;

g .

establecer los mecanismos judiciales y administrativos necesarios para asegurar que la mujer objeto de violenci atenga acceso efectivo a resarcimiento, reparación del daño u otros medios de compensación justos y eficaces, y

h .

adoptar las disposiciones legislativas o de otra índole que sean necesarias para hacer efectiva esta Convenció n

99

Artículo 8 :

Los Estados Partes convienen en adoptar, en forma progresiva, medidas específicas, inclusive programas para :a .

fomentar el conocimiento y la observancia del derecho de la mujer a una vida libre de violencia, y el derech ode la mujer a que se respeten y protejan sus derechos humanos :

b, modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, incluyendo el diseño de programa sde educación formales y no formales apropiados a todo nivel del proceso educativo, para contrarrestar prejuicio sy costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad o superioridad d ecualqueira de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitimizan o exacerba nla violencia contra la mujer ;

c, fomentar la educación y capacitación del personal en la administración de justicia, policial y demás funcionario sencargados de la aplicación de la ley . así como del personal a cuyo cargo esté la aplicación de las políticas d eprevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer :

d. suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia ,por medio de entidades de los sectores público y privado . inclusive refugios, servicios de orientación para tod ala familia, cuando sea del caso, y cuidado y custodia de los menores afectados ;

e. fomentary apoyar programas de educación gubernamentalesy del sector privado destinados a concientízar a lpúblico sobre los problemas relacionados con la violencia contra la mujer . los recursos legales y la reparació nque corresponda ;

f,

ofrecer a la mujer objeto de violencia acceso a programas eficaces de rehabilitación y capacitación que l epermitan participar plenamente en la vida pública, privada y social ;

g. alentar a los medios de comuncación a elaborar directrices adecuadas de difusión que contribuyan a erradica rla violencia contra la mujer en todas sus formas y a realzar el respeto a la dignidad de la mujer ;

h. garantizar la investigación y recopilación de estadísticas y demás información pertinente sobre las causas ,consecuencias y frecuencia de la violencia contra la mujer, con el fin de evaluar la eficacia de las medidas par aprevenir, sancionar y eliminar la violencia contra la mujer y de fomentar y aplicar los cambios que sea nnecesarios, y

i,

promover la cooperación internacional para el intercambio de ideas y experienciasy la ejecución de programa sencaminados a proteger a la mujer objeto de violencia .

Artículo 9 : Para la adopción de las medidas a que se refiere este capítulo, los Estados Partes tendrán especialmente en cuenta l asituación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer en razón, entre otras, de su raza o de su condición étnica, d emigrante, refugiada o desplazada . En igual sentido se considerará a la mujer que es objeto de violencia cuando está embarazada, e sdiscapacitada, menor de edad, anciana, o está en situación socioeconómica desfavorable o afectada por situaciones de conflicto sarmados o de privación de su libertad .

CAPÍTULO IV

MECANISMOS INTERAMERICANOS DE PROTECCIÓ N

Artículo 10 : Con el propósito de proteger el derecho de la mujer a una vida libre de violencia, en los informes nacionales a l aComisión Interamericana de la Mujer, los Estados Partes deberán incluir información sobre las medidas adoptadas para prevenir yerradicar la violencia contra la mujer, para asistir a la mujer afectada por la violencia . así como sobre las dificuldades que observen e nla aplicación de las mismas y los factores que contribuyan a la violencia contra la mujer .Artículo 11 :

Los Estados Partes en esta convención y la Comisión Interameriana de Mujeres, podrán requerir a la Corte Interamerican ade Derechos Humanos opinión consultiva sobre la interpretación de esta Convención .

100

Artículo 12 : Cualquier persona o grupo de personas, o entidad no gubernamental legalmente reconocida en uno o más Estado smiembros de la Organización, puede presentar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos peticiones que contengan denuncia so quejas de violación del artículo 7 de la presente Convención por un Estado Parte, y la Comisión las considerará de acuerdo con la snormas y los requisitos de procedimiento para la presentación y consideración de peticiones estipulados en la Convención American asobre Derechos Humanos y en el Estatuto y el Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos .

CAPÍTULO V

DISPOSICIONES LEGALE S

Artículo 13 : Nada de lo dispuesto en la presente Convención podrá ser interpretado como restricción o limitación a la legislació ninterna de los Estados Partes que prevea iguales o mayores protecciones y garantías de los derechos de la mujer y salvaguardia sadecuadas para prevenir y erradicar la violencia contra la mujer .

Artículo 14 . Nada de lo dispuesto en la presente Convención podrá ser interpretado como restricción o limitación a la Convenció nAmericana sobre Derechos Humanos o a otras convenciones internacionales sobre la materia que prevean iguales o mayores proteccione srelacionadas con este lema .

Artículo 15 :

La presente Convención está abierta a la firma de todos los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos .

Artículo 16 :

La presente Convención está sujeta a ratificación . Los instrumentos de ratificación se depositarán en la Secretaría Genera lde la Organización de los Estados Americanos .

Artículo 17 :

La presente Convención queda abierta a la adhesión de cualquier otro Estado . Los instrumentos de adhesión se depositará nen la Secretaría General de la organización de los Estados Americanos .

Artículo 18 :

Los Estados podrán formular reservas a la presente Convención al momento de aprobarla, firmarla, ratificarla o adheri ra ella, siempre que :

a. no sean incompatibles con el objeto y propósito de la Convención :b. no sean de carácter general y versen sobre una o más disposiciones específicas .

Artículo 19 .

Cualquier Estado Parte puede someter a la Asamblea General, por conducto de la Comisión Interamericana de Mujeres .una propuesta de enmienda a esta Convención .

Las enmiendas entrarán en vigor para los Estados ratificantes de las mismas en Id fecha en que los tercios de los Estados Partes haya ndepositado el respectivo instrumento de ratificación . En cuanto al resto de los Estados Partes, entrarán en vigor en la fecha en qu edepositen sus respectivos instrumentos de ratificación .

Artículo 20 Los Estados Partes que tengan dos o más unidades territoriales en las que rijan distintos sistemas jurídicos relacionado scon cuestiones tratadas en la presente Convención podrán declarar, en el momento de la firma, ratificación o adhesión, que la Convenció nse aplicará a todas sus unidades territoriales o solamente a uno o más de ellas .

Tales declaraciones podrán ser modificadas en cualquier momento mediante declaraciones ulteriores, que especificarán expresament ela o las unidades territoriales a las que se aplicará la presente Convención . Dichas declaraciones ulteriores se transmitirán a la Secretari aGeneral de la Organización de los Estados Americanos y surtirán efecto treinta días después de recibidas .

Artículo 21 La presente Convención entrará en vigor al trigésimo día a partir de la fecha en que se haya depositado el segund oinstrumento de ratificación . Para cada Estado que ratifique o adhiera a la Convención después de haber sido depositado el segund oinstrumento de ratificación, entrará en vigor el trigésimo día a partir de la fecha en que tal Estado haya depositado su instrumento d eratificación o adhesión .

Artículo 22 :

El Secretariado General informará a todos los Estados miembros de la organización de los Estados Americanos de l aentrada en vigor de la Convención .

101

Artículo 23 : El Secretariado General de la Organización de los Estados Americanos presentará un informe anual a los Estados miembro sde la Organización sobre el estado de esta Convención, inclusive sobre las firmas, depósitos de instrumentos de ratificación, adhesión odeclaraciones, así como las reservas que hubieren presentado los Estados Partes y, en su caso, el informe sobre las mismas .Artículo 24 : La presente Convención regirá indefinidamente, pero cualquiera de los Estados Partes podrá denunciarla mediante e ldepósito de un instrumento con ese fin en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos . Un año después a parti rde la fecha del depósito del instrumento de denuncia, la Convención cesará en sus efectos para el Estado denunciante, quedand osubsistente para los demás Estados Partes .

Artículo 25 : El instrumento original de la presente Convención, cuyos textos en español, francés, inglés y portugués son igualment eidénticos, será depositado en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, la que enviará copia certificada de s utexto para su registro y publicación a la Secretaría General de las Naciones Unidas, de conformidad con el artículo 102 de la carta de la sNaciones Unidas .

102

~AMYEPRDVECYD â E LEY M

(DE _ DE

DE 1996 )

"Por la cual se crea el Instituto Nacional de Promoción del Desarrollo Social - INAPRODES y se adoptan otras disposiciones "

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DECRETA :

Artículo 1 :

Créase el Instituto Nacional de Promoción del Desarrollo Social — INAPRODES como institución del Estado con personerí ajurídica, patrimonio propio y autonomía en su régimen interno .

Artículo 2 :

El Instituto Nacional de Promoción del Desarrollo Social, funcionará a nivel Nacional y para tales fines mantendr áOficinas Regionales en todo el país, que se denominarán agencias de INAPRODES, garantizando la reproducción de sus estructuras .

Artículo 3 : El INAPRODES tendrá como objetivos . el impulso del desarrollo social por vía de la participación y la promoción de l aequidad : para lo cual, procederá a la organización, administración . coordinación y ejecución de políticas, planes y programas tendiente sal fortalecimiento de la comunidad y de los grupos de población de atención prioritaria, facilitando la acción concertada del Estado yla sociedad civil organizada .

Artículo 4 :

Para cumplir con sus objetivos, el INAPRODES desarrollará las siguientes funciones :

1.

Hacer efectivo el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales referentes a la previsión, e lbienestar y la promoción del desarrollo social de la comunidad panameña .

2.

Actuar como ente rector competente para la planificación, ejecución y coordinación de las políticas estatale sde prevención, atención, protección y bienestar de la familia y el menor :

3.

Promover la equidad entre los géneros, a través de la ejecución de políticas dirigidas a elevar y mejorar l acondición de las mujeres :

4. Llevar a cabo programas encaminados a promover el desarrollo integral y armónico de la niñez y la juventu dpanameña ;

5.

LLevar a efecto programas dirigidos a promover el bienestar de las personas mayores:

6.

Proponer linieamíentos de políticas sociales para mejorar la calidad de vida de la población, mediante l apromoción del desarrollo humano sostenible ;

7.

Actuar como instancia de concertación entre el Estado y la sociedad civil organizada, en el ámbito del desarroll osocial ;

8.

Gestionar una efectiva coordinación entre las políticas y programas de desarrollo social que sean de s ucompetencia y las políticas económicas del Estado :

9. Establecer mecanismos de coordinación permanentes con organismos internacionales vinculados a su camp o

105

de acción y representar al país en el exterior, en eventos relacionados con los asuntos propios de sus objetivo sinstitucionales:

10. Evaluar los resultados de la aplicación de las normas legales, planes y programas dirigidos a la promoción de ldesarrollo social en el país :

11. Efectuar investigacionesy evaluaciones sociales que sirvan de base para la ejecución de políticasy programa sde promoción del desarrollo social :

12. Realizar las demás actividades e promoción del desarrollo social que le sean señaladas ;

13. Divulgar las investigaciones y evaluaciones de las políticas, programas y acciones desarrolladas poi el Instituto .

Artículo 5 :

Para la ejecución y cumplimiento de sus funciones, el INAPRODES contará con la cooperación y el auxilio de las demá sinstituciones del Estado .

Las instituciones públicas coordinarán con el INAPRODES sus políticas y planes en materia de promoción y desarrollo social .

Artículo 1

La Junta Directiva del INAPRODES, estará conformada por los siguientes miembros :

La Primera Dama de la República, quien tendrá la calidad de Presidenta Honoraria de dicho organismo.

1 .

El Ministro de Trabajo y Bienestar Social, quien lo presidirá :

1

El Ministro de Educación :

3. El Ministro de la Presidencia :

4. El Ministro de Gobierno y Justicia ;

5. El Ministro de Planificación y Política Económica :

6. El Ministro de Salud :

1 .

El Ministro de Desarrollo Agropecuario :

8. El Ministro de Vivienda ;

9. Un representante del Consejo Nacional de la Familia y el Menor ;

10. Un representante del Consejo Nacional de la Mujer :

11. Un representante del Consejo Ecuménico Nacional ;

12. Un representante del Consejo Nacional de Trabajadores Organizados ;

13. Un representante del Consejo Nacional de la Empresa Privada ;

14. Un representante de los Clubes Cívicos ;

15. Un representante de la Coordinadora de los Pueblos Indígenas .

Artículo 1 :

Los representantes de la sociedad civil en la Junta Directiva serán escogidos por el órgano Ejecutivo de ternas presentada spor sus respectivas organizaciones y su periodo será de dos (2) años, contados a partir de su nombramiento .

En el caso del Consejo Nacional de la Familia y del menor. y del Consejo Nacional de la Mujer las ternas serán integradas con lo smiembros de la sociedad civil representada en dichos organismos .

La Junta Directiva podrá designar a representantes de los órganos Legislativo yJudicial, lo mismo que a representantes de Asociacione sreconocidas de la Sociedad Civil, como miembros de la Junta Directiva, sólo con derecho a voz .

Artículo 8 :

Los Ministros que forman parte de la Junta Directiva, podrán delegar su representación en el Viceministro .

104

Artículo 9 :

Son funciones de la Junta Directiva del INAPRODES .

1. Orientary vigilar el funcionamiento del Instituto :

2. Establecer, definir y aprobar políticas de promoción del desarrollo social y su concertación con la socieda dcivil . en armonía con la política económica del Estado :

3. Coordinar con el Gabinete Social políticas de promoción del desarrollo social :

4. Aprobar el proyecto de presupuesto anual del Instituto y los proyectos de presupuestos extraordinarios, sobr ela base de los programas de trabajo que le presente la Dirección General ;

5. Autorizar, en cada caso, la celebración de contratos, convenios y proyectos cuando su cuantía exceda la sum ade V100,000 .00 :

6. Conocer y decidir en segunda instancia de los actos y resoluciones proferidos o dictados por el Director oDirectora General :

7. Reconocer vacaciones y autorizar licencias al Director o Directora General, y designar al funcionario de l ainstitución que fungirá como Director durante las ausencias temporales del ulular,

8. Dictar y reformar el Reglamento Interno del Instituto, lo mismo que los demás reglamentos y acuerdos d ecaráter normativo necessarios para el buen funcionamiento del mismo :

9. Dictar su propio reglamento ;

10. Ejercer todas las demás funciones que sean de su competencia .

Artículo 10 :

La Dirección del INAPRODES estará a cargo de un Director o Directora General, quien detentará la representación legal .y será de libre nombramiento y remoción por el órgano Ejecutivo .

Para ser Director o Directora General del INAPRODES, se requiere ser de nacionalidad panameña, haber cumplido treinta (3) años d eedad, no haber sido sancionado por delito contra la Administración Pública o contra el Patrimonio, tener una formación profesional, d enivel superior y contar con experiencia comprobada en el campo del desarrollo social .

Artículo 11 :

Son funciones del Director o Directora del INAPRODES las siguientes :

1. Dirigir. coordinar y supervisionar las actividades que realiza el instituto en cumplimiento de sus funciones . deacuerdo com la ley y los reglamentos e instrucciones que al respecto dicte la Junta Directiva .

2. Nombrary remover los servidores públicos del Instituto ;

1

Presentar anualmente ante la Junta Directiva el proyecto de Presupuesto del Instituto, sus planes y programas :

4. Presentar a la Junta Directiva lineamientos de política social que deba llevar a cabo el Instituto :

5. Participar como miembro del Gabinete Social ;

6. Las demás que le asigne la Junta Directiva .

Artículo 12 : La estructura Orgánica del INAPRODES y sus modificaciones, lo mismo que las funciones que debe cumplir cada una d elas direcciones nacionales y unidades administrativas que lo integran, con excepción de lo previsto en el artículo 14 de la presente le yen relación con la Dirección Nacional de la Mujer, serán establecidas mediante acuerdo de la Junta Directiva .

Articulo 13 :

El patrimonio del INAPRODES estará constituido por :

1. Las bienes muebles e inmuebles que a cualquier título adquiera :

2. Las herencias, legados y donaciones que le hicieren personas naturales ojurídicas, nacionales o extranjeras, d ederecho público o privado :

1n5

3. Las partidas que se le asignen en el Presupuesto General del Estado :

4. El 5% (cinco por ciento) de los recursos financieros generados por el fideicomiso creado mediante el Fondo deDesarrollo Social y el total de otros fideicomisos que se constituyan a su favor ;

5. El 25% (veinticinco por ciento) del producto de los remates de mercancía decomisadas por contrabando, qu erealice la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Tesoro .

Artículo 14 : A partir de la vigencia de la presente ley, la Dirección General de Bienestar Social, la Dirección Nacional de la Mujer yla Dirección Nacional de la Familia y el Menor del Ministerio del Trabajo y Bienestar Social, incluyendo sus respectivos presupuestos. s upersonal y los equipos útiles y demás bienes muebles utilizados por dichas direcciones para la ejecución de sus funciones .La Dirección Nacional de la Mujer. conservará los mismos objetivos y responsabilidades que le confiere el Decreto Ejecutivo N° 14 de 2 6de mayo de 1993 . conforme quedó reformado por el Decreto Ejecutivo N° 77 de 30 de agosto de 1995, y se le garantizarán los recurso spertinentes para su efectivo funcionamiento .

Artículo 15 :

El Consejo Nacional de la Familia y el Menor, y el Consejo Nacional de la Mujer se mantendrán como espacio sindependientes de concertación, con las mismas funciones y atribuciones que ejercen al momento de la entrada en vigencia de esta ley.Artículo 16 :

Se modifica el Artículo 728 de la Ley 3 de 17 de mayo de 1994, en la cual quedará as uARTÍCULO 728 El Consejo Nacional de la Familia y del menor será presidido por el Ministro de Trabajo y Bienestar Social yestará integrado por una Junta Directiva, por la Asamblea General Consultiva y una secretaría Técnica .

La Junta Directiva estará constituida por trece 113) representantes designados por los siguientes sectores : cuatro (4) representantes delsector gubernamental que serán escogidos por el Gobierno, preferiblemente de cada uno de los sectores especializados de Salud ,Educación . Trabajo y Bienestar Social y Planificación y Política Económica, y nueve (9) representantes del sector no gubernamental, qu eserán escogidos por sus propias organizaciones : uno (1) de la iglesia Católica : uno (1) de la empresa privada : uno (1) de los grupo scívicos : uno (1) de las organizaciones de educadores : uno (1) de los trabajadores organizados ; uno (1) de los grupos indígenas ; uno (1 )de las organizaciones campesinas : uno (1) de la Universidad de Panamá y uno (1) de la Universidad Santa María La Antigua (USMA) .

La Asamblea General Consultiva estará formada por representantes de todos los sectores sociales y agrupaciones gubernamentales y n ogubernamentales, que tengan entre sus fines programas y objetivos dirigidos a la familia . Pueden ser miembros aquellos sectores yagrupaciones que tengan personería jurídica y un mínimo de dos (2) años de actividad en estos programas .

La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Familia y del Menor será ejercida por la Dirección de la Familia del INAPRODES . El titula rde esta Dirección deberá reunir )os siguientes requisitos :

1. Ser de nacionalidad panameña :

2. Ser mayor de 30 años:

3. No haber sido condenado por delito alguno contra la propiedad, la cosa pública, las buenas costumbres o e lorden de la familia ; y

4. Poseer título universitario, mínimo, de licenciatura y experiencia comprobada en programas dirigidos a l afamilia .

Los cargos de los miembros de la Junta Directiva y de la Asamblea General Consultiva no son remunerados .

Artículo 17 :

La presente Ley modifica el Artículo 728 de la Ley 3 de 17 de mayo de 1994 y deroga cualquier disposición que le se acontraria .

Artículo 18 :

Esta Ley comenzará a regir a partir de su promulgación .

Artículo Transitorio : El Ministerio de Planificación y Política Económica, tomará las previsiones necesarias para que se incluya en e lPresupuesto General del Estado para la vigencia fiscal del año 1997, las partidas que requerirá el INAPRODES para su funcionamiento .

106

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUES E

Dada en la ciudad de Panamá, a los días del mes de de mil novecientos e noventa y seis (1996) .

Propuesto a la consideracón de la Asamblea Legislativa, hoy . . . . de de 1996, por el suscrito MITCHELL DOENS, Ministro de Trabajoy Bienestar Social, en virtud de autorización del Consejo de Gabinete, otorgada en su sesión del día . . . . de . . . . de 1996 .

MITCHELL DOEN S

Ministro de Trabajo y Bienestar Social de la República de Panam á

MINISTERIO DE TRABAJO Y BIENESTAR SOCIAL

CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER

SECRETARÍA TÉCNIC A

OBSERVACIONES DEL MOVIMIENTO DE MUJERES AL PROYECTO DE L

INSTITUTO PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL

Consideramos que el INAPRODES debe denominarse Instituto Nacional de Desarrollo Social, y no de Promoción del Desarrollo Social, e nvirtud de que la palabra "promoción" no supone medidas de "acción", y por ende se limitarían los objetivos del Instituto .

Artículo 2 :

Con respecto a que el INAPRODES funcionará a nivel nacional y para tales fines mantendrá oficinas regionales en tod oel país, debe agregarse "garantizando la reproducción de sus estructuras', a fin de que dichas oficinas logren efectivamente sus objetivos .

Artículo 4 :

Funciones del INAPRODE S

En cuanto a la función n° 1, consideramos que más que promover el cumplimiento de las disposicione sconstitucionales y legales debe incluirse la frase "hacer efectivo el cumplimiento de dichas disposiciones . "

En cuanto a la función nO 3, consideramos que la ejecución de políticas dirigidas debe ir encaminada a eleva rlas condiciones de las mujeres y no sólo a mejorarlas .

Dentro de estas funciones hemos adicionado la función nO 13 que a la letra dice : "Divulgar las investigacione sy evaluaciones de las políticas, programas y acciones desarrolladas por le Instituto" .

Artículo 5 :

Deducimos que existe dualidad de funciones entre el Gabinete Social y el INAPRODES . Por tanto el CONAMU se plante ala siguiente interrogante :

¿Cuáles serán las decisiones priorizadas por el Ejecutivo : las del Gabinete Social o las del INAPRODES ?

Artículo 6 :

Debe incluirse en la Junta Directiva del Instituto :

Unía) representante del Consejo de Rectore s

Unía) representante de la Coordinadora de los Pueblos Indígenas - Ministro(a) de la Vivienda .

Por razones de forma la participación de La Primera Dama como Presidenta Honoraria de la Junta Directiva, no debe ir enumerada . Po rlo tanto la numeración debe comenzar desde el Ministro de Trabajo y Bienestar Social .

109

SIBLIOGRATÍA ESPECIALIZADA SUBRE LA MUJER

BIBLIOGRAFÍA ESPECIALIZADA SOBRE LA MUJER EN LAS TEMÁTICAS DE IDENTIDAD Y PARTICIPACIóN POLÍTICA

EXISTENTES EN EL SERVICIO DE DOCUMENTACIÓN DE CEASPA (SIDO( )

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110

INDICE TEMÁTIC O

En base a la complejidad de la temática género, decidimos priorizar los siguientes conceptos . a saber :

A

alianzas estratégicas (pacto de solidaridad) 32, 33. 37. 45 . 47 ,

48, 49 . 52, 56 . 59, 60. 66, 67 . 68, 69 . 70, 71 . 72, 78

autonomía política 45, 51 . 67, 68. 78

C

concertación 19, 20, 21, 22, 23, 32, 35 . 36, 37, 38, 41, 42,43, 44, 51, 52, 53, 55, 56 . 58, 59, 60, 63 . 64, 65, 66, 67.68 . 69. 70, 71, 72, 73. 74, 78

conciencia de género 1, 2. 3, 4, 5, 6, 7, 17, 25 . 33 . 37. 47,48, 49, 56, 63, 65. 66, 67, 68, 69 . 72, 77

condición de género 1, 2, 3, 4, 8 . 11, 12 . 30, 32. 34. 36 . 54 ,

63, 64, 71

democracia 33, 35, 44.

46, 49, 50 . 51, 57, 59, 60, 65, 67, 74

derechos de la mujer 4 . 19, 22. 30, 31, 32, 33 . 34, 35 . 38.44 . 45, 46, 48, 52 . 64, 72, 77, 78

división sexual del trabajo 17 . 18, 25doble o friple jornada de trabajo 18. 23

L

emancipación 29, 32, 33, 36, 42

empoderamiento 35, 6 4

Estado 21, 29. 33, 36. 41 . 43, 45, 50, 51, 52 . 54, 58. 59, 60 ,

64 . 65, 73

estereotipos sexuales 13, 18 . 23. 24, 25, 35 . 37, 41, 46, 49

ética 12 . 42. 43, 65, 6 6

i

femenidad 2, 12, 13

feminismo 3 . 30 . 33, 35, 37, 43. 45, 78

G

Gobierno 43, 45. 50, 51. 52, 53 . 54. 55, 56, 57, 59. 60, 6 5 -64. 65 . 66, 71, 72, 74

identidad 1, 2, 8, 9, 11, 12, 13 . 17 . 18, 20, 24, 29 . 30, 31, 33,

34, 37. 42, 43, 48, 49, 63, 67. 77, 78igualdad 6, 7, 19, 25, 30, 38, 42 . 43. 44, 45 . 46. 49, 52, 55 .

63, 64, 65 . 68, 70, 77, 78intereses estratégicos de género 32, 41, 45. 48, 49, 65, 67 .

68, 7 4

L

liderazgo 35 . 36, 37 . 41, 42 . 44 . 47, 49, 7 1

M

machismo 13, 19, 38, 48movimiento social de mujeres í, 22, 30, 31 . 32, 36, 41, 42 ,

43, 45 . 47. 52, 54, 57, 58, 59, 64, 65, 66, 67, 68, 69 ,

71, 72, 74

111

mundo privado 2, 9, 12, 19, 22, 23 . 29. 30, 31, 32, 33, 34,

políticas públicas S . 50, 51. 53 . 54 . 55. 591 60, 63, 64, 65,35 . 42. 64. 77. 78

66, 67, 70, 71, 73mundo público 9. 12 . 19. 22, 23 . 25 . 29, 32, 33. 34 . 35, 41,

procreación 2, 8, 9. 18, 23, 6342, 43, 46, 47, 48 . 49 . 64, 78

Rnnecesidades prácticas de género 32. 35. 41, 48. 49, 55 . 63 ,

64 . 65 . 67. 68, 74

0

opresión de género (desigualdad, discriminación) 2, 5, 6, 8 . 9,

lo, 111 121 21 . 24, 251 29 1 33, 34, 36, 41 . 42, 43. 451 46 ,

48, 49, 54 . 55 . 64, 651 71

participación social la, 21, 22, 29. 30, 31, 32 . 33. 36, 37. 41 ,

42, 43, 44, 45 . 46, 47, 48, 49, 50 . 54 . 55, 59, 64, 65 ,

67, 71, 73, 77patriarcado 4. 9 . II . 12. 13, 18, 23, 33 . 34, 35, 42. 49, 52, 63planificación de género 57. 58. 64. 65. 72, 74

política 34, 35, 41, 42 . 43. 44, 46, 47

relación madre-hija 8, 9, urelaciones de poder 2, 5, 9, 11, 12, 17. 18, 20, 24, 30, 32 ,

33, 34 . 35, 41 . 43, 50, 55, 57. 63, 64, 65 . 66, 73, 78rol materno-conyugal 2, 18 . 20 . 29 . 32, 33 . 48 . 77

S

sucialiiación " 2, 3, 4, 5, 7, 9, 12. 13, 19, 23, 24 . 25, 30sociedad ciVil 41, 43, 44, 49, 50, 51, 52, 53. 55 . 58, 59, 60,

64 . 65, 74

suciedad política 41, 44. 45 . 47, 48, 49, 50, 60, 67. 73

7

toma de decisiones 34, 35, 37, 38, 41, 43, 44, 45 . 46, 47,49, 54, 55, 59 . 65 . 69

trabajo productivo 18 . 23, 6 3trabajo reproductivo 18, 63

112

ímDlc E

SER MUJER A FINES DE MILENIO 1

RELACIÓN MADRE-HIJA, ESLABÓN FUNDAMENTAL DE NUESTRA IDENTIDAD 8

NUESTROS DILEMAS DE IDENTIDAD 1 7

ATRAPADAS Y ATRAPADOS POR LOS ESTEREOTIPOS 2 3

DIMENSIONES DE LA LUCHA EMANCIPATIVA DE LAS MUJERES 2 9

NUEVAS FORMAS DE LIDERAZGO ENTRE MUJERES 36

LA LUCHA DE LAS MUJERES Y LA SOCIEDAD POLÍTICA 4 1

EL PODER DE LAS MUJERES EN LOS PARTIDOS POLÍTICOS : DISCURSO 0 REALIDAD? 44

LOS ESTADOS Y LOS GOBIERNOS NO TIENEN CONCIENCIA DE GÉNERO 50

RETOS DE LA COOPERACIÓN PARA APORTAR A LA IGUALDAD DE GÉNERO 56

LAS MUJERES EN CONCERTACIÓN 6 5

PRINCIPIOS METODOLÓGICOS EN LA EXPERIENCIA DE CONCERTACIÓN DEL FORO MUJER Y DESARROLLO 68

Respetar las diferencias 68

Preservar la autonomía política del Foro Mujer y Desarrollo 6 9

Fortalecer la acción coordinada y con sentido estratégico 6 9

Consultar y tomar decisiones en equipo 70

Compartir el trabajo y el reconocimiento con equidad 70

Decentralizar la toma de decisiones y las relaciones 7 1

Democratizar la información 7 2

Garantizar la asistencia técnica adecuada al contexto nacional 7 3

Difundir el Plan Nacional y sensibilizar sobre la discriminación 7 3

Propiciar el aprendizage permanente 74

Alianzas estratégicas de género 7 5

A MANERA DE CONCLUSIÓN 7 9

BIBLIOGRAFÍA 8 3

ANEXOS 8 5

LISTADO DE LAS ENTREVISTADAS 8 7

HOJAS DE VIDA DE LAS ENTREVISTADAS 8 9

GUTA SECUENCIAL DE PREGUNTAS APLICADAS 9 3

INSTRUMENTOS PARA LA LUCHA DEMOCRÁTICA DE LAS MUJERES 9 5

Convención de Belém do Para 9 5

Anteproyecto de ley n°_ 10 3

BIBLIOGRAFÍA ESPECIALIZADA SOBRE LA MUJER 10 9

INDICE TEMÁTICO 11 1

113

Impreso en los talleres de Impresora Pacífico, S .A .

Tíraje 600 ejemplares .

Panamá, 1997

?wÚ4 l eoKel VálibaBrasileña, socióloga con maestría en la temática del movimiento de resistencia de los Burakumin,una minoría japonesa, en la Universidad Municipal de Osaka, Japón . Investigadora asociada delCentro de Estudios y Acción Social Panameño (CEASPA) y miembra del Foro Mujer y Desarrollo .Autora de la Versión Popular del Plan Nacional Mujer y Desarrollo 1994-2000 y de PolíticasPúblicas desde las Mujeres: Una Experiencia concertada en Panamá .

Panameña, economista, educadora e investigadora. Desde 1980 ha sido fundadora de varia sinstancias de mujeres a nivel nacional y latinoamericano . En el Foro Mujer y Desarrollo tuvo a sucargo la coordinación metodológica para la elaboración participativa del Plan Nacional Mujer y

Desarrollo 1994-2000 y de la estrategia para la negociación del Compromiso Mujer y Desarrollo .Actualmente es directora del Centro de Estudios y Acción Social Panameño (CEASPA) yrepresentante del Foro Mujer y Desarrollo ante el Consejo Nacional de la Mujer en Panamá .

Autora de Políticas Públicas desde las Mujeres : Una Experiencia concertada en Panamá.

Entrevistadas :BRISEIDA ALLARD, DAGMAR ARAUJO DE ALVAREZ ,

MARIELA ARCE, LEONOR CALDERÓN DE FÁBREGA, MAGALY CASTILLO, 1LEANA CENTENO GONZÁLEZ ,

ALICIA FRANCO, 1LEANA GOLCHER, GLADYS MILLER RAMÍREZ, MARÍA ROSA MONTANARI ,

ALMA MONTENEGRO DE FLETCHER, CECILIA MORENO, MARUJA MORENO ,

NILDA SANTAMARÍA, LUZ ALEYDA TERÁN BETHANCOURT, IRMA TUÑÓN, BERTHA VARGAS ,

NADYA VÁSQUEZ, EMILIA VICENTE, TERFsrTA YANIZ DE ARIAS, GLORIA YOUNG .

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