Contrato de Seguro-2

12
1 Contrato de Seguro Universidad Nacional de Tucumán Facultad de Derecho Horacio Madkur Magister en Finanzas

Transcript of Contrato de Seguro-2

Page 1: Contrato de Seguro-2

1

Contrato de Seguro

Universidad Nacional de TucumánFacultad de Derecho

Horacio Madkur Magister en Finanzas

Page 2: Contrato de Seguro-2

MAF Horacio Madkur 2

El art. 1 de la ley lo define:

"Hay contrato de seguro cuando el asegurador se obliga, mediante una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto" (110) .

Tiene las ventajas de no comprometer opinión acerca de la naturaleza del contrato y de comprender a todas las especies de seguro (111) ‑ (112) ‑ (113) .

Definición

Page 3: Contrato de Seguro-2

MAF Horacio Madkur 3

1. interés asegurable

2. Riesgo

3. Prima.

Elementos del contrato

Page 4: Contrato de Seguro-2

MAF Horacio Madkur 4

a) Por interés se entiende la relación lícita de valor económico sobre un bien.

Cuando esa relación se halla amenazada por un riesgo, es un interés asegurable.

El concepto que se da por presupuesto en el art. 2 es definido en el art. 60 , cuando establece el objeto de los seguros de daños:

"Puede ser objeto de estos seguros cualquier riesgo si existe interés económico lícito de que un siniestro no ocurra".

Elementos del contrato

Page 5: Contrato de Seguro-2

MAF Horacio Madkur 5

b) Riesgo "es una eventualidad que hace nacer una necesidad".

La noción de eventualidad excluye la certidumbre y la imposibilidad; en cambio comprende el caso fortuito y aun la voluntad de las partes, siempre que el acontecimiento no dependa inevitable o exclusivamente de ella. Es suficiente que la incertidumbre sea económica . Estos conceptos son consagrados por la ley:

1) En el art. 2 establece el requisito de concurrencia del riesgo, que normalmente debe ser futuro, ya que el art. 3 excluye el que se produjo o que ya no se pueda producir al tiempo de la celebración. El segundo párrafo del art. 3 incluye el seguro sobre buenas y malas noticias.

2) En el art. 70 , respecto de los seguros patrimoniales, por el cual "el asegurador queda liberado si el tomador o el beneficiario provoca el siniestro dolosamente o por culpa grave"; y en los arts. 135 y 136 , respecto de los seguros sobre la vida, considera la caducidad de los derechos por provocación intencional de la muerte.

Elementos del contrato

Page 6: Contrato de Seguro-2

MAF Horacio Madkur 6

c) La prima es el precio del seguro, la remuneración del asegurador por las obligaciones que asume.

El art. 1 prevé que se pague una prima o cotización: distingue así el precio fijo o prima fija, que es el pagado a los aseguradores estatales, sociedades anónimas y cooperativas, esto es, no rectificable en razón del resultado de la explotación comercial del asegurador; y la prima variable o cotización, que es la practicada por las sociedades de seguros mutuos.

Elementos del contrato

Page 7: Contrato de Seguro-2

MAF Horacio Madkur 7

El objeto del contrato de seguro es el riesgo si existe interés asegurable (art. 2 ), precisado para los seguros de daños patrimoniales por el art. 60 : "Cualquier riesgo si existe interés económico lícito de que un siniestro no ocurra".

El absurdo de considerar que el objeto es la cosa sobre la cual versa el interés resulta nítidamente en los seguros de personas y en la pluralidad de seguros referentes a un mismo bien contratados por distintas personas (seguro de incendio contratado por el propietario y por el acreedor hipotecario, v.gr.).

El objeto debe ser lícito.

Objeto del Contrato de Seguro

Page 8: Contrato de Seguro-2

MAF Horacio Madkur 8

Contrato consensual.El art. 4 expresamente dispone que "el contrato de seguro es consensual“Bilateral.La bilateralidad se refiere al sinalagma genético, es decir, a la causa (en el sentido

de que la promesa de una parte es la causa de la promesa de la otra), y no a la ejecución. Es el supuesto de todos los contratos aleatorios. Esto no significa que sinalagma y ejecución dejen de estar vinculados: la acción por rescisión y la exceptio inadimpleti son el resultado de esta vinculación.

CondicionalEste problema de la bilateralidad se vincula al otro, de si la obligación del

asegurador es o no condicional.El álea de este contrato no es más que una categoría de la condición, que se

caracteriza por afectar la obligación principal asumida por una de las partes, y que da su fisonomía peculiar a esta especie de contratos.

Mientras que en los contratos conmutativos la condición no puede afectar la obligación principal, so pena de desnaturalizarlos, en los contratos aleatorios su carácter radica justamente en la condicionalidad de esa obligación: la propia definición del contrato aleatorio del art. 2051 , CCiv., justifica la conclusión

Caracteres jurídicos

Page 9: Contrato de Seguro-2

MAF Horacio Madkur 9

Oneroso.Es oneroso. Respecto del asegurado, no existe seguro si no

paga la prima (art. 31 , salvo que se le conceda crédito: art. 30 , in fine).

Existe onerosidad aún cuando el beneficiario sea un tercero

Caracteres jurídicos

Page 10: Contrato de Seguro-2

MAF Horacio Madkur 10

Aleatorio.Es un contrato aleatorio en conformidad al art art. 2051 CCiv.

Quienes niegan este carácter se basan en la teoria de que para una parte (el asegurador) es una empresa que se organiza industrialmente y para ella no existe alea (Tesis Vivante), no reparan que el valor de la prima se estipula en la probabilidad más o menos cierta del siniestro, o incluso aceptar esat posición sería como nehgar el carácter de contratos aletorios a los contratos de juegos explotados por una empresa

Tampoco es valido el argumento de que el asegurado al protejerse no excluye su aleatoriedad.

Caracteres jurídicos

Page 11: Contrato de Seguro-2

MAF Horacio Madkur 11

Concepto unitario del contrato.

Es indiscutible el carácter resarcitorio del seguro de daños patrimoniales ‑como los designa la ley 17418 ‑ (conocidos en doctrina también con los nombres de seguro de interés o seguro de daños); no sólo es así dogmáticamente (75) , sino que lo consagra expresamente la ley en los arts. 1 , 61 , 62 , 63 , 65 , 68 , 78 , 81 , 85 , 92 , 99 , 109 , 126 , etc

Sin embargo el origen histórico y la evolución del seguro, no nos permite decir que todo los contratos de seguros tienen carácter resarcitorio, porque como en el ejemplo de los contratos de seguro de vida, muchos doctrinarios lo fundan en un concepto indemnizatorio.

Caracteres jurídicos

Page 12: Contrato de Seguro-2

MAF Horacio Madkur 12

El carácter resarcitorio no existe en el seguro sobre la vida, y menos en el de supervivencia.

En estas clases de seguros el capital se debe al tiempo del vencimiento del plazo o del siniestro porque se percibió la prima correspondiente, sin prueba del daño, aunque se hayan cobrado otros seguros o se haya percibido de un tercero la indemnización por la muerte, o aun si ésta no produjo ningún daño, o también si ha sido beneficiosa.

El seguro contratado sobre la vida de un tercero no requiere interés concreto sobre la vida del tercero, ya que el art. 128 ‑aplicable al seguro de supervivencia y al mixto, art. 148 ‑ ha reemplazado el interés concreto, que exigían los arts. 549 y 550 , CCom., por el consentimiento del tercero.

Caracteres jurídicos