Contratos Parte General

221
1 GENERALIDADES E HISTORIA DEL CONTRATO TEMA 1

Transcript of Contratos Parte General

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    1/2211

    GENERALIDADES EHISTORIA DEL

    CONTRATO

    TEMA 1

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    2/221

    En el Derecho Romano

    Conviene aclarar en primer lugar que la palabra Contractus nosignific acuerdo de voluntades; que la concepcin moderna lotiene. Signific la relacin jurdica o el vnculo obligatorio en s (laobligacin)

    El acuerdo de voluntades (consentium) adquiri significado en elDerecho Justinianeo y fue llamado pactum; o conventium.

    Inicialmente el slo acuerdo de voluntades no produca accinalguna. Surgieron los pactos verbales, los pactos literales que se

    formalizaban escribindolos en un documento el deudor o en unlibro el acreedor, y los pactos reales que solo se perfeccionabancon la entrega del bien que dieron lugar a lo que actualmente es elMutuo, comodato, depsito y la prenda (que el actual C.C. los ha

    vuelto consensuales). Posteriormente se empieza a admitir el pacto consensual, que

    conceda accin por el mero acuerdo de voluntades perolimitndose a la compra-venta, el arrendamiento, la sociedad y elmandato; es decir, deba recaer en convenciones de uso frecuentey de importancia prctica.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    3/221

    EN EL DERECHO MEDIEVAL

    Se repiti paso a paso la evolucin del conceptoen el Derecho Romano. Este periodo carece de

    inters para el estudio del contrato.

    EN EL DERECHO CANONICO Se reconoce al Derecho Cannico como una influencia

    determinante para la formacin del concepto moderno

    del contrato.

    Inicialmente el contrato tuvo valor debido al juramentoreligioso porque fue un acto solemne.

    Este juramento se fue abandonando para reconocer

    valor pleno al CONSENTIMIENTO.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    4/221

    EN EL DERECHO MODERNO

    En esta etapa se estima que el concepto moderno decontrato se alcanza como consecuencia de 3 corrientes:

    1.- La influencia del Derecho Cannico, que otorg valor

    fundamental al consenso, estableciendo la idea de que lavoluntad es la fuente de la obligacin;

    2.- Las necesidades prcticas del trfico comercial; quepermiti suprimir las formas solemnes.

    3.- La doctrina del Derecho Natural, que proclama lalibertad individual y la autonoma de la voluntad.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    5/221

    El art. 1334 del Cdigo de Napolen establece que lasconvenciones legalmente formadas tienen fuerza de leyentre aquellos que las han hecho;

    Este principio se manifest en dos aspectos:a) Libertad de ponerse de acuerdo (libertad de

    contratar);

    b) Libertad para poder determinar su contenido(libertad contractual o de configuracin interna).

    Estos aspectos han tenido influencia en el C.C.Peruano, porque se va dando al consentimiento el

    valor deVNCULO OBLIGACIONAL.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    6/221

    EN EL DERECHO ACTUAL

    No obstante la libertad contractual, se enfrent a unadesigualdad que provoc abusos en la contratacin.

    Por ello el Estado no poda continuar concediendo

    tanta libertad a los particulares para regular susrelaciones entre ellos y decidi intervenir ms de cercaen la relacin contractual para tratar de equilibrarposiciones.

    Esto se ha plasmado en el art. 1355 del C.C.;Se presenta el fenmeno del Dirigismo Contractual.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    7/221

    7

    DEFINICIN DEL CONTRATO

    Art. 1351

    Objeto CrearModificar oRegular

    Extinguir

    Una relacin jurdicapatrimonial

    Es elacuerdo

    entre doso mspartes

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    8/221

    8

    ELEMENTOS ESENCIALES

    El acuerdocontractual.CONSENTIMIENTO

    RelacinJurdico

    Patrimonial.

    LA OBLIGACION

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    9/221

    9

    1.- EL CONSENTIMIENTO

    Exigedeclaracionesde voluntades.

    Las declaraciones

    son la Oferta y laAceptacin.

    Voluntad comn delos contratantes.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    10/221

    El objeto del contrato cosiste en crear,regular, modificar o extinguir obligaciones.

    10

    2.- LA OBLIGACIN

    Es el objeto del contrato(Art. 1402)

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    11/221

    11

    Creacin Regulacin

    Modificacin

    Extincin

    LA FUNCINJURDICA

    Relacin JurdicaPatrimonial

    LA FUNCIN DEL CONTRATO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    12/221

    ES UN

    INSTRUMENTOQUE PERMITE ELINTERCAMBIO DE

    BIENES YSERVICIOS

    12

    LA

    FUNCINECONMICA

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    13/221

    Es una manifestacin de voluntaddestinada a crear, regular,modificar o extinguir relacionesjurdicas patrimoniales; por lotanto, en un acto jurdico.

    13

    EL CONTRATO COMO ACTO

    JURDICO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    14/221

    14

    El contratoes un actojurdico

    Patrimonial

    Plurilateral

    La relacinjurdica espatrimonial.

    Participanpor lo menosdos partes.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    15/221

    LAESTRUCTURA

    DELCONTRATO

    LA FORMA

    CONTENIDO

    RESPECTO ALCONTENIDO, POR LOGENERAL UN

    CONTRATO DEBETENER UNPREAMBULO, QUEVIENE A SER LAINTRODUCCION YLAS CLAUSULAS,LLAMADOS LOSPACTOS.

    RESPECTO A LAFORMA; SI ELCONTRATO NO ES

    SOLEMNE, PUEDEREVESTIR LA FORMAQUE PUEDAN OPTARLAS PARTES. Ejm.Verbal, escrito,grabado, filmado etc.

    PORESTRUCTURA SEENTIENDE COMO

    LOS ELEMTOSCONSTITUTIVOSO PARTES QUE

    CONFORMAN UNTODO.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    16/221

    16

    EL PACTO Y EL CONTRATO

    CONTRATOEstructura

    clusulas

    Pactos

    Acuerdosespecficos

    CarcterpatrimonialEstipulaciones

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    17/221

    17

    ELEMENTOS DEL CONTRATO

    Esenciales Naturales Accidentales

    El consentimiento

    y la obligacin.

    Implcitos en algunos

    contratos. Su exclusin

    requiere de pacto.

    Su inclusin

    requiere de

    pacto.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    18/221

    CLASIFICACIN DE LOSCONTRATOS

    TEMA 2

    18

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    19/221

    19

    CLASIFICACIN

    DE LOSCONTRATOS

    1) Por la naturaleza de

    la prestacin.2) Por la valoracin.3) Por el riesgo.4) Por su regulacin.

    5) Por la forma comose perfeccionan.6) Por el tiempo.7) Por su funcin.8) Por la manera como

    se forma.9) Por su autonoma.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    20/221

    20

    1) POR LA NATURALEZA DE LAPRESTACIN

    Slo una de laspartes ejecuta laprestacin. Ejm.Donacin, comodato,

    mandato gratuito.

    a) Conprestacinunilateral.

    Todas las partesejecutan las

    prestaciones.

    b) Con

    prestacionesplurilaterales.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    21/221

    21

    b) Con Prestaciones Plurilaterales: Con Prestac iones Recpro cas: Las partes

    ejecutan mutuamente sus prestaciones,una a favor de la otra y viceversa. Hayprestacin y contraprestacin, dentro deello se tiene: con prestaciones

    homogneas la permuta; heterogneacompraventa, arrendamiento etc.

    Con Prestaciones Au tnomas: Las partesejecutan sus prestaciones con la finalidadde alcanzar un objetivo y una ventaja queles son comunes. Ejm. Contrato de trabajo;no todos realizan la misma labor, ni reciben

    la misma remuneracin.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    22/221

    22

    2) POR LA VALORACIN

    a) Oneroso

    b) Gratuito

    Todas las partes asumensacrificios y obtienen

    ventajas. Todas ejecutan

    prestaciones. Ejm compraventa,hospedaje, locacin de servicios, etc.

    Slo una asume sacrificiosla otra obtiene ventajas. Slo

    una de ellas ejecutaprestaciones. Ejm mutuo gratuito,donacin, depsito gratuito, etc.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    23/221

    23

    3) POR EL RIESGO

    a) Conmutativo

    b) Aleatorio

    Al celebrarlo se sabe lasprestaciones que, en efecto,

    se van a ejecutar. Ejm.Compraventa, permuta, mutuo,

    hospedaje, etc.

    No hay certeza de lasprestaciones.Interviene el azar o lasuerte. Ejm. Juego y apuestas,

    la rifa, lotera, etc.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    24/221

    24

    4) POR SU REGULACIN

    a) Tpico

    b) Atpico

    Tiene regulacinlegal.Ejm. Compraventa,

    arrendamiento, suministro, etc.

    Tiene reconocimientosocial, mas no

    regulacin legal. Ejm.Garaje, parqueo, mudanza, lucha

    deportiva, etc.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    25/221

    25

    5) POR LA FORMA COMO SEPERFECCIONA

    a) Consensuales

    b) Formales

    Para celebrarlo basta elconsentimiento. Ejm.

    Compraventa, permuta, hospedaje, etc.

    Requieren forma determinada.En los solemnes, su

    inobservancia se sanciona connulidad. Ejm. Donacin.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    26/221

    26

    6) POR EL TIEMPO

    a) Ejecucin

    inmediata

    b) Ejecucindiferida

    cundo comienza laejecucin?

    Inmediatamente despus

    de celebrado el contrato.Ejm. Compraventa al contado.

    En momento posterior acelebracin. Ejm. Compraventa acondicin suspendida, pago de mercedconductiva de alquileres.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    27/221

    27

    Cunto dura la ejecucin?

    a) De ejecucin instantnea: en un solo

    momento.b) De duracin: en el transcurso del

    tiempo.De ejecucin peridica o tractosucesivo: cada cierto tiempo. Ejm.

    Contrato de arrendamiento, suministrode materiales, etc.

    De ejecucin continuadaininterrumpidamente. Ejm. Contrato

    de energa elctrica, servicios de agua,

    etc.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    28/221

    28

    7) POR SU FUNCIN

    a) Constitutivos

    b) Modificativos

    c) Regulatorios

    d) Extintivos

    Crean la relacinjurdica patrimonial.Ejm. Arrendamiento.

    La Cambian susestipulaciones. Ejm.Aumento o reduccin dearrendamiento.

    Efectan precisiones.Ejm. Cuando se aclara unaestipulacin.

    La terminan. Ejm. Laspartes se ponen de acuerdo poner

    fin a un contrato preexistente.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    29/221

    29

    8) POR LA MANERA COMO SEFORMA

    a) Negociacin

    previa

    b)Por adhesin

    Hay tratos preliminares:las partes van moldeando

    el contrato. Ejm. Compraventa,arrendamiento, etc.

    No hay negociacin. Una

    de las partes impone elcontenido del contrato. Ejm.

    Contrato de servicio telefnico,consumo de energa elctrica, etc.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    30/221

    30

    9) POR SU AUTONOMA

    a) Principales

    b) Accesorios

    c) Derivados

    No depende de otrocontrato. Ejm. Comodato,arrendamiento, etc.

    Depende y estatado a otro contrato.Ejm. Anticresis, hipoteca quetienen como principal al mutuo.

    Se desprende deotro contrato. Ejm.Subarrendamiento,subcontratacin.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    31/221

    PRINCIPIOSFUNDAMENTALES DE LACONTRATACIN

    31

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    32/221

    32

    PRINCIPIOSFUNDAMENTALES

    1) Principio de la autonoma

    de la voluntad.2) Principio de la supremaca

    del orden pblico.3) Principio del

    consensualismo.4) Principio de integracin

    contractual.5) Principio de la

    obligatoriedad delcontrato.6) Principio de la buena fe.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    33/221

    PRINCIPIO DE

    LAAUTONOMA

    DE VOLUNTAD

    LIBERTADJURIDICA

    IGUALDADJURIDICA

    LIBERTAD DE CONTRATAR.

    Es la facultad de escoger lapersona con quien se ha decontratar.

    CONSISTE EN LA

    FACULTAD QUETIENEN LAS PARTES

    PARA DETERMINAR ELCONTENIDO, LA

    FORMA, LOS EFECTOSY LA DURACION DELCONTRATO DENTRODEL ORDENAMIENTO

    JURDICO.

    POSTULADOS

    LIBERTAD CONTRACTUAL.

    Es la facultad que tiene las partespara determinar libremente elcontenido y la forma del contrato,que han convenido.

    IGUALDAD CIVIL. Lo que implicaes tener el mismo trato ante la leyy la proteccin legal para pactarlibremente el contrato.

    IGUALDAD CONTRACTUAL. Loque implica que las partes almomento de celebrar el contratose encuentren en un mismo nivelde oportunidades para negociarlas condiciones del mismo.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    34/221

    Por este principio se establece el deber de

    respetar el orden pblico y las buenas

    costumbres, satisfaciendo en los contratos noslo el fin perseguido por los contratantes,

    sino las exigencias de la sociedad. Art. 1355

    del C.C.

    PRINCIPIO DE LASUPREMACADEL ORDEN

    PUBLICO

    El contrato concluye con el consentimiento

    de las partes, es decir con el acuerdo de

    voluntades, ya que no hay contrato sinconsentimiento. Art. 1352 del C.C.

    PRINCIPIO DELCONSENSUALISMO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    35/221

    35

    Excepcin alConsensualismo

    Los contratos solemnes:se requiere forma bajo

    sancin de nulidad.

    El consentimiento es vlido si

    se expresa a travs de unaforma. La forma es esencial.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    36/221

    La voluntad de las partes tienen que ser

    coincidente en forma total o ntegra, puestoque la concordancia parcial o fraccionada no

    genera contrato. Art. 1359 del C.C.

    PRINCIPIO DEINTEGRACION

    CONTRACTUAL

    Se presume que la declaracin expresada en

    el contrato responde a la voluntad comn de

    las partes, esto significa que la relacincontractual debe ser cumplida al tenor de la

    declaracin. Art. 1361del C.C.

    PRINCIPIO DE LA

    OBLIGATORIEDADDEL CONTRATO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    37/221

    PRINCIPIO

    DE LABUENA FE

    SUBJETIVO

    OBJETIVO

    Denominado tambin buena fecreencia; que es la conviccinrazonada y diligente del

    contratante que se atiene a loque surge de la apariencia. Esignorancia pero legtima.

    CONSISTE EN LA

    CREENCIA Y CONVICCINQUE AL NEGOCIAR,CELEBRAR Y EJECUTAREL CONTRATO, LOHACEMOS DE ACUERDOCON LO QUE ESTABLECELA LEY.

    CLASES

    Denominado tambin buena felealtad; que se traduce en el

    comportamiento o conducta,caracterizado por imposicin dedeberes.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    38/221

    DIFERENCIAS ENTRE BUENA FESUBJETIVA Y OBJETIVA

    BUENA FE SUBJETIVA-Se trata de una creencia personal, en la que

    se cree que su actuacin es conforme aderecho.

    - La creencia no es candorosa si norazonada.

    - En este proceso de formacin de la creenciano se ha actuado con dolo o culpa.

    - La creencia del sujeto puede recaer tanto ensu propia situacin como en el de lapersona con la cual se relaciona.

    - La creencia formada en el sujeto, existecorrespondencia entre el creer y el actuar.

    BUENA FE OBJETIVA- Se trata de un deber de conducta impuesto

    al sujeto, con un contenido tico.-Este deber de conducta no debe perjudicarlos intereses ajenos.

    - Para apreciar la conducta se prescinde delpunto de vista subjetivo de las partes.

    - Quien acta con dolo o culpa no puedeescudarse en la buena fe objetiva.

    - El criterio objetivo consiste en lacomparacin de la conducta con un estndar

    jurdico.

    A continuacin se plantean algunas diferencias de acuerdo a suscaractersticas que se propone del siguiente modo:

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    39/221

    39

    Efecto RelativoArtculo 1363

    Sus efectos se limitan a las partes que locelebran y sus herederos.

    Los efectos no surten a sus herederos silos derechos son intransmisibles.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    40/221

    Artculo 1366.- No pueden adquirir derechos reales por contrato,

    legado o subasta pblica, directa o indirectamente o por personainterpuesta:(*)1.- El Presidente y los Vicepresidentes de la Repblica, losSenadores y Diputados, los Ministros de Estado y funcionarios de lamisma jerarqua, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia ylos del Tribunal de Garantas Constitucionales, el Fiscal de la Naciny los Fiscales ante la Corte Suprema de Justicia, los miembros delJurado Nacional de Elecciones, el Contralor General de la Repblica,el Presidente y Directores del Banco Central de Reserva del Per y elSuperintendente de Banca y Seguros, los bienes nacionales.2.- Los Prefectos y dems autoridades polticas, los bienes de que

    trata el inciso anterior, situados en el territorio de su jurisdiccin.3.- Los funcionarios y servidores del Sector Pblico, los bienes delorganismo al que pertenecen y los confiados a su administracin ocustodia o los que para ser transferidos requieren su intervencin.

    PERSONAS PROHIBIDAS DE ADQUIRIR DERECHOS REALES PORCONTRATO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    41/221

    4.- Los Magistrados judiciales, los rbitros y los auxiliares de justicia,los bienes que estn o hayan estado en litigio ante el juzgado o eltribunal en cuya jurisdiccin ejercen o han ejercido sus funciones.

    5.- Los miembros del Ministerio Pblico, los bienes comprendidos enlos procesos en que intervengan o hayan intervenido por razn de sufuncin.6.- Los abogados, los bienes que son objeto de un juicio en queintervengan o hayan intervenido por razn de su profesin, hastadespus de un ao de concluido en todas sus instancias. Seexcepta el pacto de cuota litis.7.- Los albaceas, los bienes que administran.8.- Quienes por ley o acto de autoridad pblica administren bienesajenos, respecto de dichos bienes.

    9.- Los agentes mediadores de comercio, los martilleros y los peritos,los bienes cuya venta o evaluacin les ha sido confiada, hastadespus de un ao de su intervencin en la operacin.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    42/221

    EL CONSENTIMIENTO EN LAFORMACIN DEL

    CONTRATO

    42

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    43/221

    ASPECTOS PRELIMINARES DE LAFORMACION DEL CONTRATO

    En los contratos de importancia econmica o de

    cierta complejidad, antes de que se produzca el

    concurso entre oferta y aceptacin, las partes

    entran en los llamados tratos preliminares,

    animados por la voluntad, luego de estos tratos

    preliminares, se constituye la etapa prenegocial,

    cuando una de las partes se pone en contactocon la otra, en la que nace la invitacin a ofrecer

    llegando a laposibilidad de negociar.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    44/221

    AUSENCIA DE OBLIGATORIEDAD PARA CELEBRAR ELCONTRATO, Las partes del contrato no estnconstreidos para celebrar el contrato.

    LIBERTAD PARA RETIRARSE DE LAS TRATATIVAS, laspartes pueden retirarse de las tratativas sin consecuenciaalguna.

    CUMPLIMIENTO DE CIERTOS DEBERES, las parte debencumplir con ciertos deberes como la honestidad, lalealtad, la buena fe durante su formacin.

    INTERES DE LAS PARTES EN QUERER CONTRATAR,Supone la presencia de dos o ms partes que pretendenconcluir un contrato.

    CAR

    ACTER

    ESDE

    LOS

    TRATOSPR

    ELIMI

    NARES

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    45/221

    1.- EL CONSENTIMIENTOConcepto y Teoras

    Concepto: Resulta ser la primera condicinpara la existencia de una relacin contractual;representa la voluntad de cada uno de los

    contratantes para obligarse con el otro en virtuddel Contrato.

    No hay Contrato sin consentimiento, salvocuando la ley excepcionalmente decida otrosupuesto.

    EL CONSENTIMIENTO:

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    46/221

    46

    EL CONSENTIMIENTO:EN LA FORMACIN DEL

    CONTRATO

    Internamente:

    Declaracinconjunta de los

    contratantesVoluntad comn.

    Externamente:

    El acuerdo exigedeclaraciones de

    voluntad: la ofertay la aceptacin

    TEORAS DEL

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    47/221

    TEORAS DELCONSENTIMIENTO

    De la Declaracin: Postula que el contrato entreausentes se forma desde el instante en queexiste en el destinatario la oferta, la voluntad de

    aceptarla, debiendo expresarse sta en formaexterna, o sea mediante una declaracin.

    De la Expedicin o Remisin: Opera cuando eldeclarante se desprende de su aceptacin

    perdiendo el control sobre ella, no pudiendovariarla ni dejarla sin efecto (Empero, luego deenviar una carta o e-mail, pudiera ser retirada ono llegar a su destino).

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    48/221

    De la Recepcin: Trata de una posicin

    objetiva y entiende al contrato, como concluidocuando el documento de aceptacin llega apoder del oferente. La principal objecin radicaen que la recepcin no significa siempreconciencia o conocimiento cierto del oferente.

    reposa entonces en presunciones. Del Conocimiento o Cognicin: El contrato se

    perfecciona desde que el oferente conoce laaceptacin del recipiendario de la oferta.

    El contrato existe slo cuando ambas partesestn informadas desde que hay acuerdo entreellas.

    LA OFERTA

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    49/221

    49

    Es la declaracin de voluntademitida por el oferente paraproponer al destinatario la

    celebracin de un contrato, quepuede ser realizada en forma verbalo por otro medio.

    LA OFERTA

    NATURALEZA JURIDICAEs patrimonial.Es obligatoria, por regla general.La excepcin es la no obligatoriedad, (Ver el artculo1382 del Cdigo Civil).

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    50/221

    ACTORES DE LA OFERTA

    Los proponentes:El oferente,

    ofertante o emisor de la oferta; y

    Los receptores:El ofertado,

    aceptante o destinatario.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    51/221

    CARACTERES DE LA OFERTA

    DECLARACIONUNILATERAL DE

    VOLUNTAD

    DECLARACIN

    RECEPTICIA

    OBLIGATORIEDAD

    AUTONOMIA

    Porque es slo la declaracin del oferente, laque conocida y aceptada por el destinatariodetermina la formacin del contrato.

    Lo que equivale a decir que la ofertaest dirigida a un destinatario.

    Ya que la oferta por si sola tiene valor yefecto jurdico en razn de que puedeestablecerse responsabilidades.

    Ya que la muerte o incapacidadsobreviniente del oferente no privaeficacia a la oferta.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    52/221

    52

    REQUISITOS DE LA OFERTA

    1) Que seaCompleta.

    Autosuficiente, debe contenerpor lo menos, los elementosesenciales especiales delcontrato que se propone.

    Si no hay conformidad entodas las estipulaciones, nohay contrato (Art. 1359)

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    53/221

    53

    2) Conocidapor el

    destinatario.

    Es una declaracinrecepticia, se dirige aun destinatarioconcreto.

    Mientras no llegue aste, no tiene fuerzavinculante.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    54/221

    54

    3) Forma:

    Debe tener la misma

    forma que la ley exijapara la celebracin delcontrato que sepropone.

    Resulta indispensablesi se trata de uncontrato solemne.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    55/221

    55

    4) Que seaseria y

    definitiva.

    La oferta debe ser

    emitida con seriedade intencin decontratar.

    La oferta debe ser enforma concluyente, ya

    que el oferente nopodr hacermodificaciones a su

    propuesta.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    56/221

    56

    5) Que seaLcita.

    La oferta no sea

    opuesto a las leyesque interesan alorden pblico y lasbuenas costumbres.

    Por lo tanto debenevitarse las ofertas

    prohibidas.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    57/221

    57

    CONTRAOFERTA: Art. 1376

    A. Si el destinatario formula unadeclaracin coincidente

    aunque tarda.

    B. Si el destinatario formula unadeclaracin no coincidenteaunque oportuna.

    OFERTAS ALTERNATIVAS A t

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    58/221

    58

    OFERTAS ALTERNATIVAS: Art.1377

    Oferente Destinatario

    Hay contrato con laaceptacin de

    alguna de ellas.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    59/221

    59

    OFERTAS CRUZADAS: Art. 1379

    Oferente Destinatario

    Ofertascoincidentes ysimultneas.

    Hay contrato sise acepta alguna

    de ellas.

    OBLIGATORIEDAD DE LA OFERTA

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    60/221

    60

    OBLIGATORIEDAD DE LA OFERTA:Art. 1382

    Fuerza vinculantede la oferta

    El oferente no la

    puede dejar sin efectomientras est vigente.

    REVOCACION DE LA OFERTA Art

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    61/221

    61

    REVOCACION DE LA OFERTA: Art.1384 del C.C.

    Si antes o conjuntamente con su recepcin,llega a conocimiento del destinatario ladeclaracin del oferente que puede

    revocarla antes de su aceptacin.

    OFERENTE DESTINATARIO

    CADUCIDAD DE LA OFERTA: Art

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    62/221

    62

    CADUCIDAD DE LA OFERTA: Art.1385

    Artculo 1385.- La oferta caduca:

    1.- Si se hizo sin conceder plazo determinado o determinable a una

    persona con la que el oferente est en comunicacin inmediata y

    no fue seguidamente aceptada.2.- Si se hizo sin conceder plazo determinado o determinable a una

    persona con la que el oferente no est en comunicacin inmediata

    y hubiese transcurrido el tiempo suficiente para llegar la respuesta

    a conocimiento del oferente, por el mismo medio de comunicacin

    utilizado por ste.

    3.- Si antes de recibida la oferta o simultneamente con sta llega

    a conocimiento del destinatario la retractacin del oferente.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    63/221

    63

    LA OFERTA AL PBLICO: Art. 1388

    Se hacea travs

    de

    Avisos en medios dedifusin masiva, como

    impresos en peridicos,

    revistas, televisin oradio. Paneles, folletos,encartes.mquinas

    expendedoras.

    Exposicin de bienes oservicios en localesabiertos o vitrinas.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    64/221

    64

    LA SUBASTA : Art. 1389

    Modalidad decontratacin que

    participa de lamismanaturalezajurdica de la

    oferta al pblico.

    El proponente(hace laconvocatoria), lospostores(formulanposturas) y elsubastador (que

    otorga la buenapro)

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    65/221

    65

    Convocatoria

    Posturas

    Buena Pro

    Invitacin aofrecer

    Ofertas

    Aceptacin

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    66/221

    66

    Los postores que accedena la convocatoria

    formulan posturas(ofertas). Al

    formularse una mejor,caduca la anterior.

    El contrato se celebracuando el subastador

    adjudica la buena pro(aceptacin) a quien hizo lamejor oferta.

    CONTRATOS POR ADHESIN:

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    67/221

    67

    CONTRATOS POR ADHESIN:Art. 1390

    Es una nueva modalidad de contratacin, en

    virtud de la cual, las estipulaciones sonprerredactadas unilateralmente por una de laspartes(predisponente), mientras que la otra secoloca en la alternativa de aceptarla orechazarla totalmente, de modo que si laacepta se convierte en adherente.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    68/221

    68

    CARACTERSTICAS

    1.No hay libertad

    contractual:

    Una de laspartes redactael contenido del

    contrato, sinparticiparla otra.

    2.No haynegociacin:

    No hayposibilidad dediscutir lasestipulaciones.

    Se aceptan orechazan en suintegridad.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    69/221

    69

    CARACTERSTICAS

    3.Preredaccinunilateral del

    contrato

    Una de laspartes redactael contenido del

    contrato, sinparticiparla otra.

    4. Posicindominante:

    Es usual que unade las partestenga unaposicin

    dominante yla otra requiera losbienes o serviciosofrecidos.

    LA ACEPTACIN

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    70/221

    70

    Declaracin oportunadel destinatario

    comunicando al oferentesu conformidad absoluta

    a los trminos de laoferta.

    LA ACEPTACIN

    NATURALEZA JURIDICAConsiste en la declaracin volitiva-positivaque presta el

    destinatario de la oferta, expresando con ello suadhesin a la formulacin recibida.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    71/221

    Expresa: Cuando la declaracin delreceptor no deja duda alguna sobre elsentido positivo de la misma.

    CLASES DEACEPTACION

    Tcita:No presenta carcter recepticio;Cuando los bancos envan estados de

    cuentas a los clientes y estos al no

    observarlas, producen aceptacin y

    conformidad al saldo presentado.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    72/221

    72

    REQUISITOS

    1) Coincidencia

    absoluta conla oferta.

    Es la declaracinconjunta de la voluntadcomn de oferente y

    aceptante.

    Si hay discrepancia nohay contrato.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    73/221

    73

    2) Declaracinoportuna

    Debe llegar a conocimiento

    del oferente en el plazoestablecido por el (Art. 1375)

    Si no es oportuna, la oferta

    caduca.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    74/221

    74

    3) Debe

    dirigirse aloferente.

    Es una declaracin

    recepticia remitida aloferente.

    Su conocimiento porste es indispensablepara la conclusin delcontrato.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    75/221

    75

    4) Forma:

    Debe guardar la formaexigida para el contratoque se est celebrando.

    Indispensable si setrata de contratosolemne.

    PERFECCIONAMIENTO DEL

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    76/221

    76

    PERFECCIONAMIENTO DELCONTRATO Arts. 1373 y 1374

    Cuando se trate decontratacin entre ausentes, lo

    que advienen en una serie deproblemas, ya que puede serinterferidos por la revocacin,aceptacin tarda, caducidad.Etc. En estos casos el contratose perfecciona cuando el

    oferente conoce la declaracinde voluntad del destinatario.

    Art. 1373 y 1374 del CC.

    El contrato se perfecciona bajo dos situaciones:

    Cuando se trate decontratacin entrepresentes o concomunicacin inmediata,el contrato seperfecciona en el mismo

    momento en que laaceptacin es conocidapor el oferente. Art. 1373del CC.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    77/221

    77

    Aceptacin tcita(Art. 1380)

    Cuando la prestacin a cargodel aceptante haya deejecutarse sin respuestaprevia, el contrato quedaconcluido en el momento ylugar en que comenz laejecucin.

    CLAUSULAS GENERALESDE CONTRATACION

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    78/221

    78

    DE CONTRATACIONProviene del Latn:CLAUDERE= Cerrar.CLAUSUS = Cerrado.Son

    Condiciones o estipulaciones previamente formuladas por unapersona o empresa redactadas, en forma general y abstracta,para incorporarlas en una serie de contratos particulares. Sonpropias de la contratacin masiva.

    -ESTIPULACIONES GENERALES DE CONTRATACIN.-CONDICONES GENERALES DEL CONTRATO.-CONDICIONES GENERALES DE LOS NEGOCIOS.

    DENOMINACIONES

    SU NATURALEZA JURIDICA, ES PURAMENTECONTRACTUAL

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    79/221

    79

    CARACTERES

    Predisposicin

    Abstraccin

    Redaccin previa yunilateral hecha poruna persona o entidad,que se conoce como

    predisponente.

    Son clusulasgenerales, que

    responde a lasexigencias en masa,sin considerar uncontrato en particular.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    80/221

    80

    Se redactan sin

    considerar lapersonalidad del futurocontratante.

    Es un conjunto nico eindiscutible, no deben

    ser modificables.

    Generalidad

    Inmutabilidad

    CLSULAS GENERALES DE

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    81/221

    81

    CLSULAS GENERALES DECONTRATACIN APROBADAS POR

    LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVAIncorporacinautomtica a la oferta.

    (Art. 1393)El Poder Ejecutivoseala la provisin debienes y servicios que

    deben ser contratadosde acuerdo a CGCaprobadas por laautoridad administrativa.

    (Art. 1394)

    La partes pueden convenirque algunas no seincorporen a la oferta. Noexiste la inmutabilidad.(Art. 1395)

    CLUSULAS GENERALES DE

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    82/221

    82

    CONTRATACIN NO APROBADAS PORLA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA: Art.

    1397

    Han sidoconocidas porla contraparte.

    Las hubierapodido conocerusando la

    diligenciaordinaria.

    Seincorporan

    a la ofertasi

    Presuncin de

    Cognoscibilidad.

    INVALIDEZ DE CLUSULAS NO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    83/221

    83

    INVALIDEZ DE CLUSULAS NOAPROBADAS POR LA AUTORIDAD

    ADMINISTRATIVA: Art. 1398

    Aquellas que establezcan en favor de quien las haredactado:

    a) Exoneracin o limitacin de responsabilidad;b) Facultad de suspender la ejecucin del contrato;c) Facultad de rescindir o resolverlo;d) Facultad de prohibir a la otra parte que oponga

    excepciones.e) Facultad de renovar o prorrogar tcitamente el

    contrato.

    CLUSULAS AGREGADAS SI NO HAN

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    84/221

    84

    CLUSULAS AGREGADAS SI NO HANSIDO APROBADAS POR LA AUTORIDAD

    ADMINISTRATIVA E INTERPRETACIN:Art. 1400

    Cuando se trata de clusulas agregadas, queresulten incompatibles con las que aparecenen el formulario, prevalecen las agregadas.

    En caso de duda sobre el sentido de lasclusulas, se interpretan en favor de quien nolas redactado.

    NULIDAD DE CONTRATOS

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    85/221

    85

    NULIDAD DE CONTRATOSSUCESORIOS (Art. 1405)

    Instituir Renunciar Disponer

    Instituir unheredero.

    Que unherederorenuncie

    a ttulo.

    Que sedisponganderechossucesorios deuna persona

    que no hafallecido.

    BIENES OBJETOS DE LA

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    86/221

    86

    BIENES OBJETOS DE LAPRESTACION (Art. 1409)

    A. BIENES FUTUROS

    B. BIENES AJENOS

    C. BIENES AFECTADOS EN GARANTA

    D. BIENES EMBARGADOS

    E. BIENES SUJETOS A LITIGIO

    BIEN FUTURO (A t 1409 i i 1)

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    87/221

    87

    BIEN FUTURO (Art. 1409, inciso 1)

    a) Antes que existanen especie.

    b) La esperanzaincierta de que

    existan.

    CONDICIONAL

    ALEATORIA

    Venta de Cosa Esperada

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    88/221

    88

    p(Emptio Rei Sperata) (Art. 1534)

    Es una ventacondicional

    Condicinsuspensiva

    La entrega

    est tambinsubordinada

    Que el bienllegue a existir.

    A la existenciaposterior del bien(Art. 1410)

    RIESGO EN CUANTA O CALIDAD

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    89/221

    89

    SGO CU O C(Art. 1535)

    a) La venta contina siendo condicionalya que el contrato producir susefectos si el bien llega a existir.

    b) El riesgo significa que el compradorpagar el mismo precio cualquiera sea

    la cantidad o calidad de los bienes.

    VENTA DE ESPERANZA INCIERTA

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    90/221

    90

    VENTA DE ESPERANZA INCIERTA(Emptio Spei)

    VentaAleatoria: el

    compradorejecutar suprestacin sinsaber si lohar elVendedor.

    El riesgo lo

    es en laexistenciamisma delbien.

    El riesgoest en que

    el compradorpagar elprecio as elbien no

    llegue aexistir.

    COMPRAVENTA DE BIEN AJENO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    91/221

    91

    COMPRAVENTA DE BIEN AJENO

    a) El comprador o adquirente no sabe queel bien es ajeno.

    b) Si una de las partes se compromete aobtener que la otra adquiera la propiedaddel bien, se trata de la Promesa del

    Hecho o de la Obligacin de un Tercero

    EL BIEN AJENO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    92/221

    92

    Art. 1539

    Comprador

    Rescindir el contrato salvoque:a)Conociera que el bien eraajeno; o,b) El vendedor lo adquiera

    antes de la citacin conla demanda

    La verdadera venta del bien ajeno es aquella enla que el comprador desconoce esta situacin

    El

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    93/221

    93

    compradordemanda

    Pretensinprincipal.

    Pretensionesaccesorias.

    Rescisindel contrato.

    Restitucin de

    precio pagadoPago de

    indemnizacinReembolso de

    gastos, intereses

    y tributosefectivamentepagados

    Pago mejoras

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    94/221

    FORMA DEL

    CONTRATO

    TEMA 6

    94

    FORMA DEL CONTRATO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    95/221

    95

    FORMA DEL CONTRATO

    Existe libertad de forma; y staes necesaria para que los contratantespuedan declarar y conocer su voluntad.

    Si antes de contratar las partes han acordadoque se utilice una forma determinada, sepresume que sta es un requisito de validez,bajo sancin de nulidad (Art. 1411)

    EXIGIBILIDAD PARA LLENAR UNA

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    96/221

    96

    EXIGIBILIDAD PARA LLENAR UNAFORMALIDAD NO ESENCIAL: Caso

    de la escritura pblica (Art. 1412)

    a) Existe un convenio o leyque les obligue a ello.

    b) Esa formalidad no seaesencial.

    c) El pedido se tramite enproceso sumarsimo, sino se otorgavoluntariamente.

    Las partes

    pueden compelerseel otorgamiento deuna escriturapblicao cualquier otra

    formalidad, si:

    CASO ESPECIAL DEL

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    97/221

    97

    OTORGAMIENTO DE ESCRITURA

    PBLICA EN LA COMPRA VENTAa) El convenio est dado por la minuta. La ley,

    por el Art.1549 del CC.

    b) La escritura pblica no es requisito esencial:documento de fecha cierta e inscripcin enRegistros Pblicos.

    c) Si alguno no la otorga, el otro demanda elotorgamiento en un proceso sumarsimo.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    98/221

    CONTRATOSPREPARATORIOS

    98

    CONTRATOS PREPARATORIOS

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    99/221

    99

    Los contratos preparatorios sonverdaderos contratos o negocios

    autnomos en virtud de los cuales

    una o ambas partes a la vez seobligan a celebrar en el futuro otrocontrato que tendr carcter

    definitivo.

    NATURALEZA JURIDICALos precontratos son contratos consensuales, quecontiene una obligacin con prestacin de HACER.

    ES TIPICO

    ES AUTONOMO.- Porser un contrato distinto

    f f ES PERFECTO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    100/221

    100

    CARACTERESJURIDICOS

    ES TIPICO.-Ya que la ley regulaexpresamente su

    naturaleza,

    contenido y efectojurdico.

    al definitivo y fija elcontenido del contrato

    definitivo.

    ES PERFECTO.-Por ser un contrato con

    autonoma ysustantividad propia.

    ES OBLIGACIONAL.-Ya que crea

    obligaciones conprestaciones de hacer.

    CERENCIA DE FIN

    ECONOMICOPROPIO.-Por que nose afecta un patrimonioni menos de genera undesplazamiento.

    ES GENERAL.- Porqueprepara, garantiza yasegura la celebracindel futuro contrato.

    ES DE EJECUCIONDIFERIDA.- Ya que laobligacin conprestacin de hacer seejecuta al celebrarse el

    contrato definitivo.

    FUTURIDAD.- porqueel contrato preparatorioy el definitivo no puedencelebrarse de manerasimultnea.

    COMPROMISO DE CONTRATAR

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    101/221

    101

    (Art. 1414)

    La obligatoriedad reside enque, efectuada la oferta delcontrato definitivo por unode los contratantes, el otrotendr la obligacin deaceptar.

    Las partes (promitentescontratantes) se obligan a

    celebrar en el futuro un

    contrato definitivo.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    102/221

    102

    Si dentro del plazo de vigencia ninguno

    oferta la celebracin del contrato definitivo,ste no se llegar a celebrar; pero si algunolo oferta, el otro tiene la obligacin deaceptar.

    Hay:

    Libertad de ofertar; pero,

    obligatoriedad de aceptar.

    Contenido del compromiso

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    103/221

    103

    Debe contener,por lo menos, los

    elementosesencialesespeciales delcontrato definitivo

    que en el futurose consideracelebrar.

    Es conveniente(no obligatorio) que

    contenga loselementossecundarios yevitar discrepancias

    al proponerse lacelebracin delcontrato definitivo.

    de contratar: Art. 1415

    PLAZO DE VIGENCIA DEL

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    104/221

    104

    COMPROMISO DE CONTRATAR

    - Lapso dentro del cual cualquiera de loscontratantes puede exigir al otro lacelebracin del contrato definitivo

    - Es determinado o determinable. Si no seestableciera, es de un ao

    - El Art. 1416 fue modificado por la Ley 27420del 07-02-01

    NEGATIVA INJUSTIFICADA DE LA

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    105/221

    105

    CELEBRACIN DEL CONTRATO

    DEFINITIVO: Art. 1418

    Si uno de los

    contratantes seniegainjustificadamente acelebrar el contrato

    definitivo, el otropuede:

    A. Exigir en la va judicial

    la celebracin delcontrato definitivo; o,

    A. Resolver elcompromiso de

    contratar; y,C. En ambos casos, unaindemnizacin.

    CONTRATO DE OPCIN:Art 1419

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    106/221

    106

    Art. 1419

    El Concedente

    Concede ofertairrevocable (queda

    vinculado a sudeclaracinde celebrar en elfuturo un contrato

    definitivo)

    Tiene la opcin

    de aceptar (elderechoexclusivo decelebrarlo o no)

    El Optante

    Es otra modalidad del contrato preparatorio, mediante el cual una de

    las partes se obliga a la celebracin de un contrato definitivo en lofuturo y la otra parte tiene la facultad o derecho de celebrarlo o no.

    DIFERENCIA ENTRE CONTRATOSPREPARATORIOS Y CONTRATO DE OPCION

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    107/221

    107

    En el contrato deopcin hayobligatoriedad en laoferta, perolibertad en laaceptacin.

    En los contratospreparatorioshay libertad de

    ofertar, peroobligatoriedadde aceptar.

    OPCIN RECPROCA: Art 1420

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    108/221

    108

    OPCIN RECPROCA: Art. 1420

    Ambas partesformulan entre sofertas recprocas, ycualquiera tiene laopcin de aceptar laque formula la otra ycelebrar el contrato.

    Ambos sonoferentes y ambostienen la opcin de

    aceptar.

    CONTENIDO DEL CONTRATO DE

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    109/221

    109

    OPCIN: Art. 1422

    A diferencia delcompromiso de contratar,este contrato debecontener todos loselementos, esenciales ysecundarios, del contratodefinitivo.

    Basta una simpledeclaracin (aceptacin)para cerrar el contrato,con lo que su contenidodebe estar prefigurado enla oferta.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    110/221

    110

    Plazo de

    vigenciadel contratode opcin

    Lapso dentro del que, el

    optante, puede declarar suaceptacin y llegar a lacelebracin del contratodefinitivo.

    Es determinado o determinable.Si no se estableciera, es de unao.

    El Art. 1423 fue modificado porla Ley 27420 del 07-02-01.

    OPCIN MEDIATORIA: Art 1421

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    111/221

    111

    OPCIN MEDIATORIA: Art. 1421

    El optante se reserva el derecho de designara otra persona para que sta formule laaceptacin.

    El contrato quedara celebrado entre elconcedente y el tercero al que el optantedesign para que acepte la oferta irrevocable

    formulada por el primero.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    112/221

    CONTRATO CONPRESTACIONES RECPROCAS

    EFECTOSEXCEPCIN DE INCUMPLIMIENTO

    EXCEPCIN DE CADUCIDAD DE PLAZORESOLUCIN POR INCUMPLIMIENTO

    TEORA DEL RIESGO

    112

    RECIPROCIDAD DE LAS PRESTACIONES, Laprestacin y la contraprestacin son objeto de lasobligaciones derivadas de un mismo contrato.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    113/221

    CONTRATO CONPRESTACIONES

    RECIPROCAS

    SONCONTRATOS DEPRESTACIONES

    RECIPROCASAQUELLAS ENQUE LAS PARTES

    SE OBLIGANENTRE SI UNASRESPECTO DE

    OTRAS.

    ONEROSIDAD, Existe un beneficio econmico querecibe cada una de las partes.

    PRESTACIONES A CARGO DE LAS PARTES, Yaque en un contrato una de las partes ejecuta laprestacin y la otra parte la contraprestacin.

    CUMPLIMIENTO SIMULTANEO DEPRESTACIONES, Cumplimiento coincidente deprestaciones.

    CA

    RACTE

    RISTICAS

    INTERDEPENDENCIA DE OBLIGACIONES, Lo quesupone ejecucin mutua de prestaciones.

    EFECTOS PARTICULARES, Esto es la excepcinen el incumplimiento contractual, de caducidad, laresolucin de incumplimiento voluntario.

    EXCEPCIN DE INCUMPLIMIENTO( )

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    114/221

    (Art. 1426)

    1) Las prestacionesdeben ejecutarsesimultneamente.

    2) Una de las partesexige a la otra laejecucin de suprestacin.

    114

    Excepcin del Contrato noCumplido

    Parte de los siguientessupuestos:

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    115/221

    115

    3) Ante esterequerimiento, laparte requerida

    opone la excepcin,

    que no es unmecanismo procesal

    sino sustantivo.

    4) Astiene derecho a

    suspender laejecucin de su

    prestacin hastaque la otra

    cumpla la suyao garantice sucumplimiento.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    116/221

    116

    Nadie puede exigir el cumplimiento dela prestacin de la contraparte en tanto

    que ella misma no cumpla la que lecorresponde. Esto es lo adecuado para

    mantener la reciprocidad propia deeste contrato.

    EXCEPCIN DE CADUCIDAD DEPLAZO (A t 1427)

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    117/221

    117

    PLAZO (Art. 1427)

    2) Que luego decelebrado el contrato

    sobreviene el riesgo de,quien deba ejecutar ensegundo lugar, no pueda

    hacerlo.

    Los presupuestospara su procedencia

    son:

    1) Que lasprestaciones deban

    ejecutarse enmomentos distintos.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    118/221

    118

    3) Ante este riesgo, elque debe hacerloen primer lugar

    suspende laejecucin de su

    prestacin.

    4) Esta suspensinse mantiene hastaque, quien deba

    ejecutar en segundolugar, satisfaga su

    prestacin o garanticesu cumplimiento.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    119/221

    119

    Su denominacin obedece a que laparte que deba ejecutar en

    segundo lugar pierde el plazo que lefavoreca, hacindose exigible la

    obligacin antes del plazo acordado.

    RESOLUCIN JUDICIAL PORINCUMPLIMIENTO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    120/221

    120

    INCUMPLIMIENTO

    Ante el incumplimiento de una de laspartes, la otra puede:a) exigir el cumplimiento; o,

    b) resolver el contrato;En ambos casos, solicitar unaindemnizacin de daos y perjuicios.

    El Art. 1428 prev la resolucinjudicial del contrato.

    La exigibilidad de lasobligaciones es comn a todo

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    121/221

    121

    La segunda parte del artculo

    1428 se refiere a lademanda, a partir de cuyacitacin el demandado ya nopuede cumplir la prestacin.

    obligaciones es comn a todocontrato. La resolucin es

    propia de este tipo de contratoya que la reciprocidad suponeque si una parte no cumple, laotra tampoco, logrando ese

    propsito al dejar sin efecto el

    contrato.

    RESOLUCIN EXTRAJUDICIAL PORINCUMPLIMIENTO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    122/221

    122

    INCUMPLIMIENTO

    1) Inejecucin yque eldeudor sea

    moroso.

    2) La parte

    perjudicada requierael cumplimientomediante cartava notarial.

    El artculo 1429

    prev la resolucinextrajudicial porintimacin. Se

    requiere:

    3) Que se conceda para el

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    123/221

    123

    4) Transcurrido el plazo sinque se ejecute la prestacinel contrato queda resuelto

    de pleno derecho,pudindose reclamar una

    indemnizacin.

    3) Que se conceda para elcumplimiento un plazo no

    menor de 15 das, bajoapercibimiento de quedar

    resuelto el contrato.

    LA CLUSULA RESOLUTORIAEXPRESA

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    124/221

    124

    EXPRESA

    Est prevista en el Art. 1430

    Se requiere:

    1) Que en el contrato se incorpore unaclusula en la que se pacte que si no secumple determinada prestacin, elcontrato se resuelve de pleno derecho.

    2) Que la prestacin se determine con toda

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    125/221

    125

    3) Que la parte interesada comunique a laotra que quiere hacer valer esta clusula

    4) No basta la inejecucin, es necesaria lacomunicacin del perjudicado. Recin a partir

    de este momento se resuelve el contrato

    2) Que la prestacin se determine con todaprecisin

    TEORA DEL RIESGO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    126/221

    126

    Determinar quien (deudor o acreedor)soportar econmicamente laprdidao el deterioro del bien luego decontrada la obligacin, pero antes dela entrega.

    Prevista bsicamente en elArtculo 1431

    Se presenta cuando una de lasprestaciones resulta imposible sin

    culpa de las partes.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    127/221

    127

    Ante tal

    situacin:

    1) El contrato se resuelvede pleno derecho.

    2) La parte para la que resultaimposible la prestacin dejade estar obligada, al igualque el otro contratante;

    debiendo la primera,inclusive, restituir lo recibido.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    128/221

    CESIN DE POSICINCONTRACTUAL

    128

    CESIN DE POSICINCONTRACTUAL

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    129/221

    129

    CONTRACTUAL

    Cada parte tiene,en el contrato,derechos,obligaciones,facultades ypotestades: ensu posicincontractual.

    Uno de los contratantes

    traspasa la integridadde su posicincontractual y as eladquirente de esaposicin pasa a formarparte del contrato base.

    Cede su

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    130/221

    130

    La cesin deposicin contractual,

    es un contrato trilateral

    al requerirse elconsentimiento de

    tres partes:

    El

    Cedente

    El

    Cesionario

    ElCedido

    Cede suposicin

    jurdica y saledel contrato.

    Adquiere laposicin eingresa alcontrato.

    Permaneceen el

    contrato.

    CASO DE CESIN EN UNARRENDAMIENTO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    131/221

    131

    ARRENDAMIENTO

    Cedente Cedido

    Cesionario

    ARRENDATARIO ARRENDADOR

    CARACTERSTICAS

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    132/221

    132

    1) Es un contratotrilateral: cedente,cesionario y cedido

    El consentimiento puedeprestarse simultneamenteo irse formando gradualmente.Si el cedido lo presta previo alacuerdo de cedente y cesionario,

    la cesin produce efectosdesde que le es comunicada porescrito de fecha cierta (Art. 1435)

    Posible en losque no sehayanejecutado totalo parcialmente

    lasprestaciones(Art. 1435)

    2) No es aplicableen todos loscontratos

    EFECTO DE LA CESIN DE

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    133/221

    133

    POSICIN CONTRACTUAL: Art.1437

    Trasmite sus derechos y

    obligaciones (potestades yfacultades) al cesionario.

    Se aparta del contrato base,

    al que ingresa el cesionario,permaneciendo el cedido.

    Elcedente

    Es posible que el cedentese comprometa frente al

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    134/221

    134

    El cedido tiene derecho decomunicar al cedente delincumplimiento del cesionario

    dentro de los 30 das deocurrido esto; de lo contrarioeste ltimo queda libre deresponsabilidad.

    Fianza del

    cedente a favordel cedido (art.1437)

    se comprometa frente alcedido para garantizar las

    obligaciones del cesionario.Se trata de una garantapersonal: Fianza

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    135/221

    135

    Fianza del cedente a

    favor del cesionario(Art. 1438)

    Es posible que el cedentese comprometa frente al

    cesionario para garantizarlas obligaciones del cedido.Se trata igualmente de unagaranta personal. Fianza.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    136/221

    136

    Garanta del cedente alcesionario(Art. 1438)

    El cedente, que se apartadel contrato, garantiza alcesionario, que ingresa en

    su reemplazo, la existenciay validez del contrato base,en el que ha trasmitido suposicin contractual, salvo

    pacto en contrario.

    Es posible que un tercerohaya constituido una

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    137/221

    137

    Garantas de

    terceros(Art. 1439)

    haya constituido unagaranta por lasobligaciones que asumioriginalmente quien luegose convierte en cedente.

    La garanta no se mantienepor las mismasobligaciones que asume el

    cesionario, salvo que esetercero preste suautorizacin.

    EXCESIVA

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    138/221

    EXCESIVAONEROSIDAD DE LA

    PRESTACIN

    138

    EXCESIVA ONEROSIDAD DE LAPRESTACIN

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    139/221

    139

    PRESTACIN

    Se presenta cuando en un contratoconmutativo, de ejecucin continuada,

    peridica o diferida, una de las prestacionesllega a ser excesivamente onerosa, por

    acontecimientos extraordinarios eimprevisibles (Art. 1440)

    REQUSITOS DEL CONTRATO EN ELQUE SE PRESENTA

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    140/221

    140

    QUE SE PRESENTA

    Debe ser de ejecucin:

    1) Diferida (sus efectos comienzanen un momento posterior

    a la celebracin);2) Continuada (ininterrumpida) o;3)

    Contrato conmutativo,en el que las partes conozcanel valor de las prestaciones.

    Peridica (cada cierto tiempo):contrato de duracin.

    Una de lasprestaciones resulta

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    141/221

    141

    Excesiva

    onerosidad de laprestacin

    prestaciones resultaexcesivamente

    onerosa, sumamentesacrificada, aunqueposible de cumplir.

    Hay una alteracin delas circunstancias

    consideradas a lacelebracin delcontrato, alterndose laeconoma del contrato.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    142/221

    142

    La excesiva onerosidad esprovocada por un

    acontecimiento extraordinario

    e imprevisible. Nonecesariamente es casofortuito o fuerza mayor porque

    la prestacin an se puede

    ejecutar (no resulta irresistible)

    OPCIN DE LA PARTEPERJUDICADA

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    143/221

    143

    PERJUDICADA

    La parteperjudicadapuede:

    Demandar que sereduzca la prestacinexcesivamente onerosa.

    Demandar que seaumente lacontraprestacin.

    Si ello no fuera posible,subsidiariamente,demandar la resolucin

    del contrato.

    OPCIN DE LA CONTRAPARTE

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    144/221

    144

    Puede solicitar, va

    demanda o vareconvencin, la resolucin

    del contrato.

    Lacontraparte

    NATURALEZA DE LAS ACCIONESDE LOS CONTRATANTES

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    145/221

    145

    DE LOS CONTRATANTES

    Esto significa que, en principio, la parteperjudicada puede solicitar la revisin delcontrato por parte del juez y, excepcionalmente,la resolucin.

    La contraparte puede solicitar directamente laresolucin.

    NULIDAD DE LA RENUNCIA : Art.1444

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    146/221

    146

    1444

    Es nula la renuncia a la accin que se

    concede a la parte perjudicada porexcesiva onerosidad de la prestacin; estoes, demandar la revisin o,subsidiariamente, la resolucin del

    contrato.

    La accin caducaa los tres meses

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    147/221

    147

    Caducidad de laaccin (arts. 1445 y

    1446)

    a los tres mesesde producidos losacontecimientosextraordinarios e

    imprevisibles.

    El trmino inicialcorre a partir delmomento en el

    que desaparecenesos

    acontecimientos.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    148/221

    LESIN

    148

    LESIN

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    149/221

    149

    Es el dao econmico quesufre un contratante cuando al

    celebrarse el contrato:

    Hay una desproporcinentre las prestaciones

    mayor de las dos quintaspartes.

    Que sea resultado delaprovechamiento de uno de los

    contratantes de la necesidad

    apremiante del otro.

    ELEMENTOS

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    150/221

    150

    OBJETIVO

    SUBJETIVO

    La desproporcinentre las

    prestaciones

    mayor a las dosquintas partes.

    Aprovechamiento

    del estado denecesidadapremiante.

    LESIN ENORME:Art. 1448

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    151/221

    151

    Art. 1448

    Cuando ladesproporcin

    entre lasprestaciones esigual o superior alas dos terceras

    partes.

    Se presume elelemento subjetivo,

    es decir, elaprovechamientopor el lesionante

    del estado denecesidad

    apremiante dellesionado.

    VALOR DE LAS PRESTACIONES:Art. 1449

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    152/221

    152

    t 9

    La desproporcin de lasprestaciones se determinasegn el valor que tengan

    al momento en que secelebra el contrato.

    No influye la circunstancia

    que ese valor vare conposterioridad a lacelebracin del contrato.

    El lesionado puede

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    153/221

    153

    Accin judicialdel lesionado

    El lesionado puedepromover la accinrescisoria (Art. 1447)

    Caduca a los seis mesesde cumplida la prestacina cargo del lesionante; o,en todo caso, a los dos

    aos de la celebracindel contrato (Art. 1454)

    ACCIN DE REAJUSTE POR ELLESIONADO: Art 1452

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    154/221

    154

    LESIONADO: Art. 1452

    Si la accin rescisoria fuese intil porla imposibilidad del lesionante dedevolver la prestacin recibida,

    procede la accin de reajuste. Essubsidiaria.

    OPCIONES DEL LESIONANTE:Arts. 1450 y 1451

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    155/221

    155

    y

    1) En el proceso porrescisin de contrato,

    dentro del plazo paracontestar lademanda, puede

    consignar la

    diferencia del valor,con lo que fenece elproceso.

    2) Puede reconvenirel reajuste de valor. La

    sentencia dispone elpago de la diferenciadel valor dentro del

    plazo de 8 das, bajo

    apercibimiento dedeclararse la rescisindel contrato.

    IRRENUNCIABILIDAD DE LAACCIN POR LESIN: Art. 1453

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    156/221

    156

    IMPROCEDENCIA DE LA ACCINPOR LESIN: Art. 1455

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    157/221

    157

    En la transaccin.

    En las ventas hechas porremate pblico.

    La accin

    por lesinno procede:

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    158/221

    EL CONTRATO Y TERCEROS:

    CONTRATO A FAVOR DE TERCERO,

    PROMESA DE LA OBLIGACIN O DEL HECHO DE

    TERCERO,

    CONTRATO POR PERSONA A NOMBRAR

    158

    CONTRATO EN FAVOR DETERCERO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    159/221

    159

    ESTIPULANTE PROMITENTE

    BENEFICIARIO

    Obligacin Prestacin

    CONCEPTO: Art. 1457

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    160/221

    160

    El Promitente Se obliga frente al Estipulantea cumplir una prestacin enbeneficio de tercera persona(Beneficiario)

    En la obligacin El promitente es deudor yel estipulante acreedor.

    En la prestacin El promitente es deudor y elbeneficiario acreedor.

    Surge directa einmediatamente de lacelebracin del contrato.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    161/221

    161

    Derecho delTercero: Art. 1458

    celebracin del contrato.

    Debe hacer conocer a loscontratantes su voluntad dehacer uso del derecho paraexigir la prestacin. Nunca

    llega a ser parte del contrato.Esta declaracin puede serhecha por los herederos delbeneficiario (Art. 1459)

    Si el tercero no acepta elbeneficio, lo puede exigir elestipulante (Art. 1460)

    EXIGIBILIDAD DEL BENEFICIO:Art. 1461

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    162/221

    165

    El estipulante

    Exigir el cumplimiento

    de la obligacin.

    El tercero o susherederos

    Exigir la ejecucin de laprestacin una vez queefecten su declaracin

    de hacer uso del derecho.

    DERECHO DE SUSTITUCIN DELBENEFICIARIO: Art. 1463

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    163/221

    163

    Se puede acordar en el contratoque el estipulante se reservedel derecho de sustituir albeneficiario, prescindiendo dela voluntad de ste o delpromitente.

    Este derecho no pasa a losherederos del estipulante,salvo pacto en contrario.

    FACULTAD DE REVOCAR OMODIFICAR EL DERECHO DEL

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    164/221

    164

    TERCERO: Art. 1464

    El estipulante

    tiene la facultadde

    revocar

    modificar

    El derecho del terceroque, conociendo delcontrato a su favor, no

    hubiera declarado suvoluntad de hacer usodel derecho (Art.1466).Esta facultad no

    pasa a sus herederos(Art. 1465)

    o

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    165/221

    165

    Efecto de laRevocacin: Art. 1467

    Si el estipulantedecide la revocacin

    del derecho acordadoa favor del tercero, elcontrato se extingue,salvo pacto distinto.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    166/221

    166

    Renuncia del

    estipulante a susfacultades:Art. 1468

    El estipulantepuede renunciara la facultad de

    revocar, modificaro sustituir el

    contrato a favor

    del tercero.

    PROMESA DE LA OBLIGACIN ODEL HECHO DE UN TERCERO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    167/221

    167

    Contrato segn el cual el:

    A que un tercero asuma unaobligacin o ejecute un hecho (la

    prestacin) a favor del promisario,con cargo a indemnizarle, si no selogra ese propsito.

    se obliga frente alPromitente Promisario

    NATURALEZA DE LAINDEMNIZACIN: Art. 1471 C.C.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    168/221

    168

    La indemnizacin a cargo del

    promitente tiene la calidad deprestacin sustitutoria, si esque no logra que el terceroasuma la obligacin o ejecute

    la prestacin.

    PACTO INDEMNIZATORIO: Art. 1472

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    169/221

    169

    La indemnizacin, quetiene el carcter de

    prestacin sustitutoria,puede pactarseanticipadamente, con loque equivale a unaclusula penal.

    CONTRATO POR PERSONA ANOMBRAR

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    170/221

    170

    A la celebracin de un contrato puede

    acordarse que cualquiera de las partesse reserve el derecho de nombrarposteriormente a un tercero para que,en l surtan los efectos propios del

    contrato.

    IMPROCEDENCIA DE ESTE PACTO:Art. 1473

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    171/221

    171

    Noprocede:

    a) En los casos enque no se admitela representacin.

    b) Cuando seaindispensable ladeterminacin delos contratantes

    desde el mismomomento de sucelebracin.

    DECLARACIN DENOMBRAMIENTO: Art. 1474

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    172/221

    172

    La declaracin debe ser comunicadaal otro contratante, dentro de unplazo no mayor de 20 das contados

    desde la celebracin del contrato.

    Esta declaracin slo surte efecto

    si es acompaada de la aceptacinde la persona nombrada.

    La declaracin de

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    173/221

    173

    Forma delnombramiento y dela aceptacin: Art.

    1475

    La declaracin de

    nombramiento y laaceptacin de lapersona nombradadeben revestir la

    misma forma quese haya usado parael contrato, aunqueno est prescritapor la ley.

    EFECTOS DE NOMBRAMIENTO: Art.1476

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    174/221

    174

    La persona nombradaasume los derechos yobligaciones derivadosdel contrato. Este efecto es

    retroactivo a lacelebracin delcontrato.

    Si no hay nombramientolos efectos del contrato secentran en los contratantesoriginarios.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    175/221

    ARRASARRAS CONFIRMATORIAS,ARRAS PENALES Y

    ARRAS DE RETRACTACIN

    175

    CONCEPTO DE ARRAS

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    176/221

    176

    Constituyen una seal quematerializa la intencin de

    formalizar en lo futuro uncontrato, que puede consistir en

    la entrega de dinero u otrosbienes, que una de las partes

    entrega a la otra para acreditarla celebracin del contrato yasegurar su cumplimiento.

    ARRAS CONFIRMATORIAS

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    177/221

    177

    Las arras confirmatorias es unainstitucin jurdica contractual de

    naturaleza accesoria, en virtudde la cual una de las partes

    entrega a la otra una suma dedinero u otros bienes como

    signo de la conclusin de uncontrato determinado y asegurar

    su cumplimiento.

    A) Su funcin principal constituye sealde la confirmacin de un contrato que

    se torna obligatorio

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    178/221

    178

    se torna obligatorio.

    B) Es como anticipo de la prestacinprometida por uno de los

    contratantes.

    C) Es como determinacin previa delas prdidas y daos causados por elno cumplimiento de las obligaciones.

    FUNCIONES

    CUL ES SU NATURALEZAJURDICA?

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    179/221

    179

    A) Se trata de un elementopara cuya constitucin se exige

    la entrega del bien?: es denaturaleza real?

    B) Se trata de un elemento puramenteconsensual cuyo nacimiento depende

    nicamente del pacto?En cualquier caso no interfiere en

    absoluto con el principio delconsensualismo para la formacin del

    contrato: Art. 1352 del CC

    INSTITUTO CONTRACTUAL.- Porque es de aplicacin demodo general a todos los contratos.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    180/221

    DE CARCTER REAL.- Las arras es una sea queconsiste en la entrega de cierta suma de dinero u otrosbienes.

    PACTO ACCESORIO.- Es un pacto accesorio que refuerzalas obligaciones contractuales.

    PACTO EXPRESO.- Deben pactarse expresamente, poracuerdo de las partes.

    C

    ARACT

    ERES

    JURID

    ICOS

    CASO DE CUMPLIMIENTO:Art. 1477

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    181/221

    181

    Si se cumplenlas obligaciones

    que surgen delcontrato cabe

    una alternativa:

    Sedevuelven; o,

    Se imputan alcrdito, segn la

    naturalezade la prestacin.

    CASO DE INCUMPLIMIENTO:ARRAS PENALES

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    182/221

    182

    Si no se cumplenlas obligaciones

    surgidas del

    contrato, las arrasconfirmatorias seconvierten en arraspenales, pasando acumplir una funcin

    indemnizatoria.

    Se requiere:Inejecucin de la

    obligacin.Causa

    imputable: doloo culpa

    No hay que

    acreditar eldao.

    ARRAS PENITENCIALES

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    183/221

    183

    Las arras penitencialessirven u operan como

    garanta ante elincumplimiento de una

    obligacin, su funcin esesencialmente

    indemnizatoria.

    EFECTO DE LAS ARRAS PENALES:Art. 1478

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    184/221

    184

    Ante la inejecucinimputable de la

    obligacin de quien

    las entreg.

    La otra puede dejarsin efecto el contrato

    y conservar endefinitiva las arras

    recibidas.

    Ante la inejecucinimputable de la

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    185/221

    185

    imputable de la

    obligacin de quienlas recibi.

    La otra puede dejarsin efecto el

    contrato, y exigir el

    doble de las arrasentregadas.

    OPCIN DE LA PARTEPERJUDICADA: Art. 1479

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    186/221

    186

    Si la parte queno incumpli

    prefiere que lasarras no surtan

    su efectopuede:

    La ejecucin de laobligacin, o;

    La resolucin delcontrato, con lo

    que laindemnizacin de

    daos y perjuiciosse regula por las

    normas generales.

    Demandar

    ARRAS Y CLUSULA PENAL:SEMEJANZAS

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    187/221

    187

    Ambas constituyenun mecanismo de

    resarcimiento

    convencional, comoelementos

    accidentales delcontrato.

    Para su funcinindemnizatoriano es necesario

    probar los daos,aunque la

    inejecucin sea porcausas imputables.

    DIFERENCIAS

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    188/221

    188

    Las arras se entregarona la celebracin del

    contrato y su funcinindemnizatoria depende

    de la ejecucin.

    La clusula penal importa lapromesa de ejecutar una

    prestacin (dar, hacer o nohacer) que resarza el dao

    por la probable inejecucinde la obligacin.

    La penalidad es mutable: el

    deudor puede solicitar lareduccin (Art. 1346)

    En las arras no secontempla esta variacin.

    ARRAS DE RETRACTACIN

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    189/221

    189

    Es una institucin jurdicacontractual que consiste en

    la entrega de sumas dedinero u otros bienes, que

    faculta a las partes resolverel contrato unilateralmente,

    perdiendo las arras o ladevolucin doblada deellas, son vlidas slo en

    los contratos preparatorios.

    ES INSTITUTO CONTRACTUAL LIMITADA.- Porque suaplicacin queda restringida a los contratos preparatoriospor prescripcin jurdica.

    C

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    190/221

    ES UN MEDIO PARA RETRACTARSE DEL CONTRATO.-Porque la entrega de dinero u otros bienes, permite eludirvlidamente el cumplimiento del contrato.

    ES DE CARCTER REAL.- Porque no es suficientehaberse pactado, sino que es indispensable la entrega desumas de dinero u otros bienes.

    PACTO ACCESORIO Y EXPRESO.- Son accesorios porquesiguen la suerte del contrato principal y deben pactarseexpresamente.

    C

    ARACT

    ERES

    JURID

    ICOS

    EFECTOS DE LA RETRACTACIN:Art. 1481

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    191/221

    191

    Si se retracta la parteque entreg las arras

    Si se retracta la parteque recibi las arras

    Las pierde y laotra las conserva

    en definitiva.

    Debe devolver eldoble al

    momento de

    ejercer estederecho.

    CELEBRACIN DEL CONTRATODEFINITIVO: Art. 1483

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    192/221

    192

    Si se llega ala celebracin del

    contratodefinitivo, quien

    recibi lasarras:

    La devolverde

    inmediato;o,

    Las imputarsobre el crdito

    si lo permite lanaturaleza de laprestacin.

    OBLIGACIONES DESANEAMIENTO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    193/221

    SANEAMIENTO

    SANEAMIENTO POR EVICCINSANEAMIENTO POR VICIOS OCULTOS

    SANEAMIENTO POR HECHOS PROPIOS DEL TRANSFERENTE

    193

    OBLIGACIONES DE SANEAMIENTO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    194/221

    194

    Son deberes yresponsabilidades que

    asume el transferente enlos contratos por los que

    se transfiere la propiedad,la posesin o el uso si es

    que el adquirente nopuede destinar el bien a lafinalidad para la cual fueadquirido, o disminuya su

    valor.

    Es una institucin jurdicocontractual, es una

    especie de garanta querecae sobre el transferente

    para responder frente aladquirente contra lasconsecuencias de laeviccin, de los viciosocultos, o por hechos

    propios del transferenteque no permitan destinaral bien a la finalidad para

    el cual fue adquirida.

    RESPONSABILIDAD DESANEAMIENTO: Art. 1485

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    195/221

    195

    SANEAMIENTOPOR

    Eviccin

    Vicios ocultos

    Hechos propiosdel transferente

    SANEAMIENTO POR EVICCIN: Art.1491

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    196/221

    196

    A. Prdida total o parcialdel derecho adquirido.

    B. En virtud de unaresolucin judicial oadministrativa firme.

    C. En razn de un derechode tercero anterior a latransferencia.

    EVICCIN:

    CASOS DEEVICCIN: Art

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    197/221

    197

    EVICCIN: Art.

    1492

    Si el adquirente,ante el procesode eviccin, se

    allana con

    asentimiento deltransferente.

    Si el adquirenteabandona el biensin esperar la

    resolucin

    judicial oadministrativafirme.

    DERECHO AL SANEAMIENTO: Art.1495

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    198/221

    198

    El saneamiento comprende:

    - El valor del bien al momento de la eviccin.- Los intereses legales desde la eviccin.

    - Los frutos devengados en el tiempo de laposesin de buena fe o su valor, si tuvo quedevolverlos con el bien.

    - Las costas del juicio de eviccin, si las hapagado.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    199/221

    199

    - Los tributos y gastos del contrato detransferencia que haya efectuado el

    adquirente- Las mejoras hechas de buena fe por el

    adquirente- La indemnizacin de daos y perjuicios siel transferente incurri en dolo o culpa alcelebrar el contrato. En realidad, sera si

    obr de mala fe

    EFECTOS DE LA RENUNCIA ALSANEAMIENTO: Art. 1497

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    200/221

    200

    Si hay renuncia,pero se produce

    la eviccin, slose restituye lacontraprestacin

    recibida

    Se puederenunciar a la

    contraprestacin,pero la renuncia

    no ser vlida si eltransferente actu

    con dolo o culpainexcusable.

    El adquirente demandadodebe pedir, dentro delplazo para contestar que

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    201/221

    201

    Juicio de eviccin:

    Arts. 1498 y 1499

    plazo para contestar, que

    se notifique al transferente.

    Si ste sale a juicioocupar el lugar del

    adquirente, comodemandado.

    El adquirente puedecoadyuvar en la defensa.

    PRDIDA DEL SANEAMIENTO:Art. 1500

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    202/221

    202

    Si no pidi y cuid quese cite al transferentecon la demanda de

    eviccin.

    Si someti la causa aarbitraje conasentimiento del

    transferente y perdi

    Si transigi sinanuencia deltransferente.

    El adquirente pierde elsaneamiento:

    Si al celebrar el

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    203/221

    203

    Si al celebrar el

    contrato saba que elbien era litigioso o

    ajeno.

    Por caducidad: 1 aoa partir de la fecha

    en que se produjo laeviccin.

    EVICCIN PARCIAL: Art. 1501

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    204/221

    204

    En caso que sta seproduzca, hay dos

    posibilidades:

    a) La devolucin delvalor de la partecuyo derecho se

    pierde.

    b) La resolucin delcontrato si esa partees de tal importancia

    que hace intil lafinalidad de laadquisicin.

    SANEAMIENTO POR VICIOSOCULTOS

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    205/221

    205

    Los vicios ocultos son losdeterioros, anomalas y defectos

    no perceptibles que el adquirenteno puede conocer actuando conla diligencia exigible de acuerdocon su aptitud personal y con lascircunstancias, afectando as el

    derecho del adquirente a suadecuada utilizacin.

    Hay lugar al

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    206/221

    206

    Saneamientopor falta de

    cualidades: Art.1505

    y g

    saneamiento cuandoel bien carece de las

    cualidadesprometidas por el

    transferente que ledaban valor o lo

    hacan apto para su

    finalidad.

    SANEAMIENTO ENTRANSFERENCIA CONJUNTA:

    Art. 1506

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    207/221

    207

    Es el caso de latransferencia de dos o msbienes conjuntamente.

    El vicio de uno dar derecho a laaccin correspondiente y no seextiende a los otros, salvo que no sehubiese adquirido el otro sin el queadolece del vicio.

    Se presume esto cuando seadquiere un tiro, yunta opareja.

    SUSTITUCIN DEL SANEAMIENTO:Art. 1508

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    208/221

    208

    Si se trata de un bien fungible

    viciado, el adquirente puede exigiren sustitucin del saneamiento la

    entrega de otro bien de igualnaturaleza.

    SANEAMIENTO POR CARGASOCULTAS: Art. 1509

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    209/221

    209

    Hay saneamientopor cargas,

    limitaciones ogravmenes

    ocultos de los queno se avis alcelebrarse el

    contrato.

    Deben ser importantesdisminuyendo el valordel bien, hacindolo

    intil para la finalidadde su adquisicin oreduciendo su valor.

    ACCIN REDHIBITORIA- EFECTOS:Arts. 1511 y 1512

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    210/221

    210

    El saneamiento autoriza al adquirente a resolverel contrato.En este caso puede solicitar:

    El valor que tendra el bien al momento de laresolucin, si no tuviera el vicio, considerandola finalidad por la que se adquiri.

    Los intereses legales desde la citacin con lademanda.

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    211/221

    211

    Los gastos o tributos del contrato pagadospor el adquirente.

    Los frutos del bien que estuviesenpendientes al momento de la resolucin.

    La indemnizacin de daos y perjuicios si eltransferente actu con dolo o culpa (mala fe)respecto de la existencia de los vicios.

    El adquirente puedeoptar por pedir lo queel bien vale de menos

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    212/221

    212

    Accin

    estimatoria:Art. 1513

    por razn del vicio enel momento en queejerce la accin depago, teniendo en

    cuenta la finalidad desu adquisicin, sinperjuicio de unaindemnizacin si eltransferente actu demala fe.

    CADUCIDAD DE LAS ACCIONES:Art. 1514

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    213/221

    213

    Las accionesredhibitoria y

    estimatoria caducan

    a los tres meses si setrata de muebles y alos seis meses si setrata de inmuebles.

    El plazo secomputa

    desde larecepcindel bien.

    Si los vicios son depoca importancia,

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    214/221

    214

    Vicios de pocaimportancia: Art.

    1515

    el transferentepuede ofrecersubsanarlos

    Si el adquirente nolo acepta, slo

    puede intentar la

    accin estimatoria,perdiendo laredhibitoria

    RESPONSABILIDAD DELTRANSFERENTE: Art. 1516

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    215/221

    215

    El transferente sufre elperjuicio por la prdida delbien si perece por los vicios

    ocultos que tena

    RENUNCIA AL SANEAMIENTO:Arts. 1519 y 1520

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    216/221

    216

    Si el adquirenterenuncia alsaneamiento y elbien se pierde por

    esta razn, eltransferente debedevolver la

    contraprestacin querecibi, salvo que

    tambin se renunciea esto

    Es nula la renunciasi el transferenteactu con dolo o

    culpa (mala fe)respecto de la

    existencia de losvicios al celebrarse

    el contrato o alpactarse la renuncia

    SANEAMIENTO ENTRANSFERENCIA DE ANIMALES:

    Arts. 1521 y 1522

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    217/221

    217

    y

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    218/221

    218

    Es la otorgada por eltransferente durante un cierto

    tiempo.

    El adquirente que alegue vicio o

    defecto debe comunicarlo altransferente en el plazo de 7

    das a partir del descubrimiento

    La accin debe promoverla

    en el plazo de 2 mesescontados desde la

    comunicacin

    SANEAMIENTO POR HECHOPROPIO

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    219/221

    219

    El transferente efectaciertos hechos que

    disminuyen el valor delbien, lo hacen intil

    para la finalidad de suadquisicin o reducensus cualidades para

    ese efecto.

    El saneamiento porhecho propio del

    transferente tiene suorigen en una

    obligacin negativa, quees el deber de

    abstencin, es decir,que todo transferentetiene la obligacin de

    abstenerse de perturbarcon sus actos propios

    al adquirente.

    ACCIONES Y CADUCIDAD: Arts.1525 y 1526

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    220/221

    220

    El adquirente puede ejercer lasacciones redhibitoria y

    estimatoria, en forma excluyente

    Los plazos de caducidad son losmismos que en el caso de vicios

    ocultos

    NULIDAD DE LA RENUNCIA ALSANEAMIENTO: Art. 1528

  • 5/25/2018 Contratos Parte General

    221/221

    Es nulo el pacto deliberacin en este

    saneamiento.

    Puede ser vlido, a criteriodel juez, la exoneracin o

    limitacin por hechos