de 00000974 - aplicaciones.msp.gob.ec

2
Ministerio de Salud Publica 00000974 EL MINISTRO DE SAI.UD PUBLICA CONS ID ERA ND 0: la Constitucion de la Republica del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas: "El dcrecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria"; la misma Carta Magna reconoce, " todas las formas de organizacion de la sociedad, corno expresion de la soberania popular para desarrollar procesos de autodeterminacion e incidir en las decisiones y politicas publicas y en el control social de todos los niveles de gobierno, asi corno de las entidades publicas y de las privadas que presten servicios publicos. Las organizaciones podrhn articularse en diferentes niveles para fortalecer el poder ciudadano y sus formas de expresion; deberan garantizar la democracia interna, la alternabilidad de sus dirigentes y la rendicion de cuentas"; la Codificacion del Codigo Civil publicada en el Suplemento del Rcgistro Oficial del 24 de junio del 2005, dispone que las fundaciones o corporaciones dcben ser aprobadas por el Presidente de la Republica, el cual mediante Decreto Fjecutivo No. 339 de noviembre de 1998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de 30 de noviembre del mismo ano, delego a cada Ministro de Estado la facultad para que, de acuerdo a la materia que le compete, apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se constituyen al amparo de lo dispuesto en el Titulo XXX de la citada Codificacion; mediante Decreto Fjecutivo No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 311 de 08 de abril del 2008, se expide las Reformas al Reglamento para la Aprobacion de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidacion y Disolucion, y Registro de Socios y Directivas, de las Organizaciones Previstas en el Codigo Civil y en las Leyes Especiales, mismo que dispone los requisitos necesarios para que las corporaciones y fundaciones obtengan la aprobacion de las reformas del estatuto; a traves de Acuerdo Ministerial No. 00708 de 08 de noviembre de 2002, esta Cartcra de Estado, aprobo cl estatuto constitutivo y otorgo personalidad juridica a la SOCIEDAD ECUATORIANA DE PATOLO( IA DEL TRACTO GENITAI, INFERIOR Y COI.POSCOPIA "SEPTIG" NACIONAL; los representantes de la SOCIEDAD ECUATORIANA DF. PATOLOGIA DEL TRACTO GENITAL INFERIOR Y COLPOSCOPIA "SEPTIG" NACIONAL, han solicitado a esta Cartera de Estado, la aprobacion de la reforma al estatuto vigente, de conformidad a lo resuelto en Asamblea General de 08 de noviembre; mediante Memorandos: No. SRH-110-2011 de la Unidad de Talento Humano, PCYT-131- 2011 del Proceso de Ciencia y Tecnologia, emiten criterio tecnico al proyecto de reforma. Mediante Oficio No. 00426-FME-00A-RJR-011 la Federacion Medica Fcuatoriana, emitc informe favorable al proyecto de reforma presentado por la Sociedad, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Reformada y Codificada de la Federacion Medica Ecuatoriana para el Fjercicio, Perfeccionamiento y Defensa Profesional. La Direccion Nacional de Asesoria Juridica, mediantc Oficio SAJ-10-2011-003790 del 17 de marzo del 2011, haec observaciones dentro de su competcncia al proyecto de reforina del l.statuto de la SOCIFDAD ECUA'I'ORIANA DE PATOI OGIA DEI TRACTO GENITAL INFERIOR Y COLPOSCOPIA "SEPTIG" NACIONAI, Av. Republica del Salvador N'6-64 y Suecia Telefono: 593(2) 3-814400 www.msp.gob.ec

Transcript of de 00000974 - aplicaciones.msp.gob.ec

Page 1: de 00000974 - aplicaciones.msp.gob.ec

Ministerio de Salud Publica00000974

EL MINISTRO DE SAI.UD PUBLICA

CONS ID ERA ND 0:

la Constitucion de la Republica del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas: "El dcrechoa asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria";

la misma Carta Magna reconoce, " todas las formas de organizacion de la sociedad, cornoexpresion de la soberania popular para desarrollar procesos de autodeterminacion e incidir enlas decisiones y politicas publicas y en el control social de todos los niveles de gobierno, asicorno de las entidades publicas y de las privadas que presten servicios publicos.Las organizaciones podrhn articularse en diferentes niveles para fortalecer el poder ciudadano

y sus formas de expresion; deberan garantizar la democracia interna, la alternabilidad de sus

dirigentes y la rendicion de cuentas";

la Codificacion del Codigo Civil publicada en el Suplemento del Rcgistro Oficial del 24 dejunio del 2005, dispone que las fundaciones o corporaciones dcben ser aprobadas por elPresidente de la Republica, el cual mediante Decreto Fjecutivo No. 339 de noviembre de1998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de 30 de noviembre del mismo ano, delego acada Ministro de Estado la facultad para que, de acuerdo a la materia que le compete, apruebelos estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se constituyen al amparode lo dispuesto en el Titulo XXX de la citada Codificacion;

mediante Decreto Fjecutivo No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro OficialNo. 311 de 08 de abril del 2008, se expide las Reformas al Reglamento para la Aprobacion deEstatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidacion y Disolucion, y Registro de Socios yDirectivas, de las Organizaciones Previstas en el Codigo Civil y en las Leyes Especiales,mismo que dispone los requisitos necesarios para que las corporaciones y fundacionesobtengan la aprobacion de las reformas del estatuto;

a traves de Acuerdo Ministerial No. 00708 de 08 de noviembre de 2002, esta Cartcra deEstado, aprobo cl estatuto constitutivo y otorgo personalidad juridica a la SOCIEDADECUATORIANA DE PATOLO( IA DEL TRACTO GENITAI, INFERIOR YCOI.POSCOPIA "SEPTIG"NACIONAL;

los representantes de la SOCIEDAD ECUATORIANA DF. PATOLOGIA DEL TRACTOGENITAL INFERIOR Y COLPOSCOPIA "SEPTIG"NACIONAL, han solicitado a estaCartera de Estado, la aprobacion de la reforma al estatuto vigente, de conformidad a loresuelto en Asamblea General de 08 de noviembre;

mediante Memorandos: No. SRH-110-2011 de la Unidad de Talento Humano, PCYT-131-2011 del Proceso de Ciencia y Tecnologia, emiten criterio tecnico al proyecto de reforma.Mediante Oficio No. 00426-FME-00A-RJR-011 la Federacion Medica Fcuatoriana, emitcinforme favorable al proyecto de reforma presentado por la Sociedad, de conformidad a lo

dispuesto por la Ley Reformada y Codificada de la Federacion Medica Ecuatoriana para el

Fjercicio, Perfeccionamiento y Defensa Profesional. La Direccion Nacional de Asesoria

Juridica, mediantc Oficio SAJ-10-2011-003790 del 17 de marzo del 2011, haec observaciones

dentro de su competcncia al proyecto de reforina del l.statuto de la SOCIFDADECUA'I'ORIANA DE PATOI OGIA DEI TRACTO GENITAL INFERIOR YCOLPOSCOPIA "SEPTIG"NACIONAI,

Av. Republica del Salvador N'6-64 y Suecia Telefono: 593(2) 3-814400

www.msp.gob.ec

Page 2: de 00000974 - aplicaciones.msp.gob.ec

Ministerio de Salud Publica

OOoooev<

Que; de la revision y analisis efectuado en la Direccion Nacional de Asesoria Juridica de estePortafolio, se desprende que la SOCIEDAD ECUATORIANA DE DE PATOLOGIA DELTRACTO GENITAL INFERIOR Y COLPOSCOPIA "SEPTIG" NACIONAL, ha

considerado todas las observaciones realizadas y cumple con los requisitos establecidos en el

Reglamento pertinente; y,

EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LOS ARTICULOS 151 Y 154DE LA CONSTITUCI6N DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR Y 17 DEL ESTATUTO DELREGIMEN JURIDICO Y ADMINISTRATIVO DE LA FUNCI6N EJECUTIVA

A CUEEDA:

Art.l.- Aprobar la reforma del estatuto de la SOCIEDAD ECUATORIANA DE PATOLOGIADEL TRACTO GENITAL INFERIOR Y COLPOSCOPIA "SEPTIG"NACIONAL, consede principal en la ciudad de residencia de la Directiva actuante.

Art.2.- La SOCIEDAD ECUATORIANA DE PATOLOGIA DEL TRACTO GENITALINFERIOR Y COLPOSCOPIA "SEPTIG"NACIONAL solicitara a la Direccion Nacionalde Asesoria Juridica del Ministerio de Salud Publica, el registro de la inclusion y exclusion .«e

miembros y los cambios de directiva, de conformidad con el Art. 9 del Reglamento para a

Aprobacion de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidacion y Disolucion y Registro de

Socios y Directivas, de las Organizaciones Previstas en el Codigo Civil y en las LeyesEspeciales.

Art.3.- La SOCIEDAD ECUATORIANA DE PATOLOGIA DEL TRACTO GENITALINFERIOR Y COLPOSCOPIA "SEPTIG" NACIONAL, presentara el informe anual de

actividades, segun lo dispuesto por el Art. 11 del Reglamento para la Aprobacion, Monitoreo,

Seguimiento, Evaluacion y Disolucion de las Corporaciones, Fundaciones y otras Sociedades

y Asociaciones Medicas, Cientificas o que se relacionan con las areas atinentes al Ministerio

de Salud Publica.

Art.4.- Los conflictos que se presentaren, al interior de la Sociedad, y de esta con otras

organizaciones, seran resueltos de conformidad a las disposiciones estatutarias y de persistir se

someteran a la Ley de Arbitraje y Mediacion publicada en el Registro Oficial No. 145 de 04de septiembre de 1997o a la justicia ordinaria, de cuya resolucion tendra conocimiento esta

Cartera de Estado.

Art.5.- El presente Acuerdo Ministerial entrara en vigencia a partir de la fecha de su suscripcion.

COMUNIQUESE EN QUITO, DISTR 0 METROPOLITANO a,

~OH teer,q'V

rai

gDr. Dav'd Chiriboga Allnu oEsl"

MINISTRO DE SALUD PUBLICA

REVISADO MAC A. Jurldica Direclor 2011M-23

ELABORADO AAL A durldica Servidora 2011%8-23

Av. Republica del Salvador N'6-64 y Suecia Telefono: 593(Z) 3-814400

www.msp. gob.ec