El Concepto de Estado y Su Definición
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El Concepto de Estado y su definición
En la realidad el Estado presenta una unidad indisoluble, no es una yuxtaposición de
las partes que lo componen, su vida es el resultado de una unión de notas que integran
su concepto.
La doctrina política ha llamado a esas notas del concepto de Estado, elementos, y si
bien no todos los pensadores contemporáneos están de acuerdo con esa
denominación, por razones pedagógicas es conveniente conservarla.
La enumeración de esa notas o elementos del Estado, en forma coordinada, nos
proporcionan la expresión de la definición más analítica del concepto Estado, podría
enunciarse de la siguiente manera: El Estado es una sociedad humana, asentada de
manera permanente en el territorio que le corresponde, sujeta a un poder soberano
que crea, define y aplica un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para
obtener el bien público temporal de sus componentes.
El análisis de cada una de las partes de que compone esa definición nos proporciona
el convencimiento de la existencia en la realidad estatal de los siguientes elementos o
notas de su concepto:
a) La presencia de una sociedad humana como género próximo de la definición y la
existencia, en una sociedad, de las diferencias específicas de a continuación.
b) Un territorio que sirve de asiento permanente a la sociedad.
c) Un poder que se caracteriza por u ser supremo, esto es, soberanía, en el seno de la
misma sociedad.
d) Un orden jurídico que es creado, definido y aplicado por el poder estatal y que se
estructura a la sociedad que está en su base.
e) Una teleología peculiar que consiste en la combinación del esfuerzo común para
obtener el bien público temporal.
La reunión de esas notas en la realidad permite también observarlas no de manera
analítica, sino sintética, y en esta forma darnos cuenta que además de esas notas o
elementos, el Estado presenta las siguientes características:
a) Soberanía como adjetivo de poder, pero calificando al Estado mismo en su unidad
total como soberano.
b) Personalidad moral y jurídica, al ser el Estado un ser social con posibilidad de
tener derechos y obligaciones.
c) Sumisión al derecho que significa la necesidad de que la estructura del Estado y su
funcionamiento se encuentran regulados por un orden jurídico imprescriptible.
Elementos Previos del Estado. La Población
Los diversos principios de repartimiento de las poblaciones entre los Estados.
Sobre la población de los Estados se agrupan en muy diversa cantidad en los mismos,
que igualmente tienen diversas condiciones geográficas de extensión, localización en
el globo terrestre, etc., y es que, como explica Dabin, la población se encuentra
repartida entre los diversos Estados que existen en la superficie terrestre; es decir, no
existe Estado que abarque toda la población mundial.
Diversas concepciones de la idea de nacionalidad
La nacionalidad es un concepto que se emplea también como criterio racional o
natural de reparto de la población.
La sociedad, dice Groppali, es la unión de los hombres basada en los distintos lazos
de la solidaridad. Pueblo y Nación son conceptos particulares de la sociedad
examinada desde puntos de vista especiales.
En cuanto al concepto de población, vemos que se utiliza para designar un conjunto
de hombres en un sentido aritmético. Se dice que la población es el número de
habitantes de un Estado.
Pueblo es más restringido; se usa este vocablo para designar aquella parte de la
población que tiene derechos civiles y políticos
La nacionalidad es un determinado carácter o conjuntos de características que afectan
a un grupo de individuos haciéndolos afines, es decir, dándoles homogeneidad, y por
ello la nacionalidad aproxima a los individuos que tiene características afines y los
distingue de los grupos de extranjeros que tienen otros signos peculiares.
Se conceptúan como elementos de caracterización nacional: la lengua, la religión, las
costumbres, la visa en común, los recuerdos, que también tiene una forma en común y
representan un pasado histórico que se reconoce como propio, y, además, la voluntad
de realizar grandes empresas en común.
Concepto de Nación y Estado.
La nación significa la suma de todos de individuos, o más bien, la serie de
generaciones sucesivas marcadas con el mismo carácter nacional.
Surge inmediatamente el problema del dualismo de la nación y el Estado. Es el
problema de determinar si la nación constituye una persona moral o entidad diferente
al Estado.
La nación no es sino una abstracción de las características especiales que distinguen a
un grupo de hombres. No se trata sino de un hecho social, que puede o no darse
dentro del Estado.
Sabemos que el Estado sí es una entidad con personalidad moral, real y jurídica,
diferente de los individuos que forman la población que se encuentra en su base.
El Estado Nacional y las minorías nacionales
La población de un Estado forma sociológicamente una nación, o bien, porque el
Estado desde su origen tenga en su base formando esa población un mismo grupo
étnico, o bien, porque se haya realizado la asimilación de grupos diferentes por el
convivir histórico dentro de un mismo estilo político. Y este es el caso de la mayoría
de los Estados modernos.
Por tanto, no es indispensable que la población estatal tenga ese aglutinante nacional.
Para justificar a un Estado, hay que ver si cumple con sus fines, no siendo necesario
que albergue grupos homogéneos.
La existencia de grupos minoritarios crea problemas y aun guerras; pero el papel del
Estado consiste precisamente en armonizar los intereses de esos grupos con una recta
política que evite los choques y llegue a la larga, sin violencia, a homogenizar la
población.
El Estado con minorías nacionales debe ser justo con las mismas dando a todos el
mismo trato; pero debe conservar siempre su autorización suprema de los grupos
nacionales.
Elementos previos del Estado. Territorio
El territorio, elemento físico del Estado.
Existen agrupaciones humanas en las que el territorio no es de importancia
primordial; por ejemplo: la Iglesia, las organizaciones internacionales, etcétera. Pero
tratándose del Estado, el territorio es un elemento de primer orden, colocado al lado
del elemento humano en cuanto a que su presencia es imprescindible para que surja y
se conserve el Estado.
Los hombres llamados a componer el Estado, deben estar permanentemente
establecidos en su suelo, suelo que se llama patria; que deriva de dos vocablos latinos
terra patrum (tierra de los padres). Sin existencia del territorio no podrá haber Estado.
La extensión del territorio del Estado no tiene trascendencia decisiva, en la que se
refiere a los principios de la doctrina política; la mayor o menor extensión territorial y
la abundancia o escasez de bienes materiales en el Estado, determinarán su mayor o
menor extensión, e incluso tendrá repercusión en lo que se refiere, según veremos
oportunamente, a las formas de Estado.
El estado es una agrupación política, no una expresión geográfica o económica.
El territorio comprende además de la superficie terrestre, el subsuelo, la atmósfera y
el mar territorial, comprendido en el mismo la plataforma continental.
Funciones del Estado
El territorio tiene dos funciones: una negativa y otra positiva.
Tiene una función negativa en cuanto circunscribe, en virtud de las fronteras, los
límites de la actividad estatal y pone un dique a la actividad de los Estados
extranjeros dentro del territorio nacional.
Pero la función del territorio no se circunscribe a estos límites. A esta función
negativa se añade una función positiva, que consiste en constituir el asiento físico de
su población, la fuente fundamental de los recursos naturales que la misma necesita y
el espacio geográfico donde tiene vigor el orden jurídico que emana de la soberanía
del Estado. El estado, para realizar su misión y sus fines, tiene necesidad de un
territorio, es decir, de una porción determinada del suelo que le proporcione los
medios necesarios para satisfacer las necesidades materiales de su población. Esta
obligación que tiene el Estado de proporcionar los medios necesarios a su población
es una de sus obligaciones específicas.
La naturaleza del derecho del Estado sobre su territorio.
El Estado, que no puede vivir ni actuar sin un territorio, tiene en relación con el
mismo un verdadero derecho.
El objeto del derecho del Estado sobre el territorio es una cosa. El territorio es una
cosa. Por tanto, el territorio forma un objeto material. Se trata, entonces, de un
derecho sobre una cosa.
El derecho del Estado sobre el territorio es un derecho de dominio, que se manifiesta
en la facultad de expropiación por causa de unidad pública. (artículo 27 de la
Constitución Mexicana)
El derecho del Estado sobre su territorio es, a la vez, general y limitado, general,
porque se extiende a todo el territorio, en tanto que la propiedad, aun la de los bienes
del dominio público, se limita a determinados objetos que se encuentran dentro de ese
territorio, pero es limitado, porque se ve obligado a respetar los derechos de
propiedad que tienen los habitantes del Estado sobre partes del territorio.
La justificación y el límite de ese derecho del Estado sobre el territorio es el interés
público. La necesidad de que exista para la vida misma del Estado y para que éste
pueda realizar su misión.
En conclusión, el fin a que está destinado, el fin que está destinado limita el derecho
del Estado sobre el territorio. Por estar constituido ese derecho sobre una cosa, puede
llamarse, dice Dabin, derecho real institucional.
Estado y territorio del Estado
El territorio en el espacio donde se verifican esas relaciones y es un medio necesario
para que tengan lugar esas relaciones, ya que no pueden éstas realizarse en el vacío.
Pero también es indispensable para la vida física del hombre, y no por ello se nos
ocurre decir que el territorio forma parte de la persona humana. El territorio tiene el
mismo rango tratándose de una persona física, como el hombre, que tratándose de una
persona moral, como es el Estado. El territorio es un auxiliar para su existencia; es un
medio al servicio del Estado.
Es indudablemente que en ausencia de un territorio no puede formarse un Estado y
que la pérdida de aquél entraña la disolución de éste. Pero del hecho de que el
territorio sea indispensable para el Estado no puede concluirse que forme parte de su
mismo ser. Condición de existencia no se confunde con elemento esencial o
constitutivo.
El territorio ocupa el lugar de un instrumento necesario de que tiene que valerse el
Estado, en forma análoga a la persona física, pero sin llegar a formar parte de su
esencia.
Elementos Constitutivos del Estado. El fin del Estado
La sociedad humana que se encuentra en la base del Estado, se caracteriza y distingue
de otras agrupaciones humanas distintas de la sociedad política, por la presencia, por
la presencia en la misma de los otros elementos constitutivos. Uno de ellos es el fin
específico que persigue en virtud de su actividad. Este fin es el bien público de los
hombres que forman su población.
El estado es una estructura social que alberga de si otras agrupaciones sociales de
grado inferior, la familia, las sociedades civiles y mercantiles, las universidades y
mercantiles, los sindicatos, etc., no colocándose sobre ellas como una superestructura,
sino completándolas, sin destruirlas ni absorberlas. Esta función del Estado es de
respeto y de complemento, no de destrucción ni de reemplazo.
Por otra parte, en el Estado participan también los gobernados de la misma manera
activa que los gobernantes, pues hemos visto que el Estado surge de la actividad de
los seres humanos que se encuentran en su base, de los hombres agrupados
políticamente. Todos, pues, colaboran, aunque no es un plano de igualdad.
Descubrimos en esta forma la existencia de otro de los elementos constitutivos del
Estado; la autoridad o poder, que aun cuando reside y deriva de toda la sociedad, su
ejercicio compete a un grupo específico de hombres que lo ejercen.
Así establecemos que esos elementos específicos del Estado, que lo distinguen de
otras agrupaciones humanas, son el fin propio del Estado la autoridad o poder que lo
caracteriza y el orden jurídico.
La autoridad tiene su fuerza características en el Estado, porque es soberana, y el fin
perseguido por el mismo también se distingue de los otros fines perseguidos por otras
agrupaciones humanas.
El bien público en su totalidad sólo se persigue por el Estado como ingrediente
específico de su esencia.
El fin que persigue el Estado, es el bien público temporal.
El bien común y el bien público
“Bien común”, fin de toda sociedad y “bien público”, fin específico de la sociedad
estatal.
Siempre que los hombres se agrupan socialmente, para la obtención de un fin que
beneficie a todos, al perseguirse precisamente para beneficiar a un conjunto de
hombres, es un bien común.
El Estado, también persigue un bien común, un bien que beneficie por entero a todos
lo que lo componen. Pero por ser una sociedad más amplia, una primera distinción
del bien común puede ser esta: bien común particular o bien común público según
que se relacione de manera inmediata con intereses particulares o con el interés
público. El bien perseguido por el Estado es el bien público.
El bien particular es el que concierne de manera inmediata a cada individuo o grupo.
El bien público es el que concierne a la masa de todos los individuos y de todos los
grupos.
Elementos formales del bien público.
Estos elementos pueden reducirse a tres categorías:
1°. Necesidad de orden y de paz.
2° Necesidad de coordinación, que se también orden, pero desde este especial punto
vista.
3° Necesidad de ayuda, de aliento y eventualmente de suplencia de las actividades
privadas.
a) El orden y la paz. El egoísmo de los seres humanos los lleva a luchar unos contra
otras por los bienes materiales. Si esa lucha no es moderada y encauzada por el
Estado, surge la anarquía. Por ello debe mantener el orden y la paz.
b) En segundo término, como elemento formal del bien público consideramos la
actividad del Estado dirigida a coordinar la actuación de los particulares. La libre
actividad de los individuos en el orden espiritual y en el económico, considerada no
en su aspecto de lucha, como en la consideración, sino como algo que los lleva en
forma dispersa la consecución de sus fines particulares, también conduce a la
anarquía.
c) Por último, dentro del bien público, encontramos un tercer elemento, consistente en
la ayuda del Estado para el desarrollo de determinados intereses particulares. En
múltiples ocasiones, los particulares por sí solos no pueden realizar ciertas funciones
de interés general, ya sea económicas, culturales, de beneficencia, etc. Para ello los
particulares necesitan del curso del Estado. Sólo con ese complemento de su actividad
en forma directa pueden realizarse esas funciones.
El Bien Público Temporal
Materia del bien público
La materia del bien público consiste, en primer término, en el bien del Estado en
cuanto institución política. El bien del Estado mismo comprende dos aspectos: la
existencia del Estado y la conservación del Estado.
La existencia del Estado implica, a su vez, la defensa contra sus enemigos, que
pueden existir en su interior o en el exterior.
Por su parte, la conservación del Estado supone el buen funcionamiento de su
máquina administrativa y supone, además, la existencia de una sana economía estatal.
Este bien persigue el Estado y en el que se involucra naturalmente el mejoramiento de
su población, por el aumento de su número, de su calidad de la cohesión de la misma,
de la riqueza material del propio Estado, debe entenderse, no como fin en sí mismo de
su actividad, sino como medio para el bien de los individuos humanos que forman el
Estado.
El bien específicamente político, o sea, el de conservación y de la existencia misma
del Estado, se justifica en cuanto tiene a la obtención del bien público puro y simple.
El Estado y la Economía
El estado debe coordinar esa actividad de los particulares para que no resulte
desorbitada.
Debe, pues, seguir una sana orientación política encaminada a la protección de la
economía nacional, pues de ella depende el bien común en su aspecto de mayor
abundancia de satisfactores económicos y de ponerlos al alcance del mayor número
posible de habitantes.
El Estado en la economía está llamado a ordenar, a prestar ayuda y eventualmente a
suplir. Precisamente en este orden económico es donde más se necesita,
especialmente en nuestros días, el establecimiento, por parte del Estado, del orden
regulador de la justicia. La correcta regulación del orden entre obreros y patrones,
entre productores y consumidores entre concurrentes nacionales y extranjeros, son
atribuciones del Estado. De su recto ejercicio derivará el preciado bien común
consistente en la paz interna e internacional.
En el dominio de la economía, el papel del Estado es hacer efectiva la norma del bien
público económico subordinada, a su vez, a la del bien público con su carácter de
generalidad.
El Estado y la Cultura
Pero la contribución del Estado al bien común no debe limitarse al terreno de lo
material; debe también contribuir a los fines intelectuales del hombre, dejando
libertad para que puedan desarrollarse las actividades de los particulares en esta
esfera, y aun debe ayudarlas. Pero esta actividad debe ser formal, sin imponer una
doctrina de Estado. Su intervención se encuentra orientada precisamente en el sentido
de una colaboración externa dirigente y previsora, pero respetuosa del espíritu.
El estado debe vigilar y establecer la educación obligatoria, proporcionado los medios
para que todos tengan acceso a la misma.
La función educativa del Estado sólo debe suplir la de los padres de familia,
respetando en todo caso la ideología de éstos.
La Autoridad o Poder Público
La Administración
La autoridad, llamada a un papel principal en la actividad política, no se limita al
gobierno (aspecto formal); no se concreta a dirigir en vista de los fines sociales la
actividad de los ciudadanos, sino también se manifiesta por medio de la
administración.
Administrar es proveer, por medio de servicios, a la satisfacción de los intereses que
se consideran incluidos en la esfera del Estado y del bien público.
La autoridad en el aspecto de administración tiene diversas tareas por realizar. En
primer término, debe hacer la selección de los intereses que merecen ser
administrados, delimitar el campo en el que habrá de desarrollar su función
administrativa.
Debe vigilar también la coordinación de los distintos servicios, para que, no obstante
la diversidad de intereses a que se dirigía, tome en cuenta que todos ellos se han de
enfocar hacia la realización del bien público puro y simple.
Los servicios públicos se componen siempre de un doble elementos: un conjunto de
personas ligadas entre sí por el vínculo del servicio y sometidas a la disciplina del
mismo, y un conjunto de bienes que están establecidos en relación con ese servicio.
Gobierno y Administración
La administración se enfoca hacia la protección de intereses. Es un grado intermedio
entre el Gobierno y los gobernados. La actividad de la administración se dirige hacia
las cosas. El Gobierno, en cambio, se dirige en forma directa hacia las personas.
Velar por los intereses, por eminentes que éstos sean, no es, propiamente hablando,
gobernar, sino administrar.
Los servicios están en sí mismos constituidos por las actividades coordinadas de
determinados hombres, que son los funcionarios obligados a obedecer los mandatos
de los superiores y, en último término, de su jefe supremo, secretario o ministro, que
al mismo tiempo ejerce una función de gobernar propiamente dicha.
La función de administrar no es el gobernar, porque la administración se refiere a
cosas, en tanto el Gobierno en su labor fundamental de dirección concierne a
hombres, al espíritu.
Clasificación de los servicios que atañen a la administración
Los servicios se dividen o clasifican en varias categorías:
En primer término, los servicios de Gobierno propiamente dichos, o jurídicos, que
consisten en dar órdenes y hacer reinar el Derecho.
Los gobernantes dictan leyes, pronuncian las sentencias, dan órdenes. Pero dadas a
conocer esas órdenes, tiene que ser ejecutadas, tiene que ser llevadas a una ejecución
practica y correcta.
En su manifestación externa, el poder aparece dividido formalmente de acuerdo con
las diferentes funciones a realizar, según los servicios a que se enfoque.
El servicio legislativo se encomienda al órgano de este nombre y éste es auxiliado por
otras instituciones, como barras de abogados, colegios de abogados, etc.
El servicio judicial se encomienda a otro grupo de funcionarios, dependientes al
Poder Judicial.
Y los servicios administrativos se encomiendan al Ejecutivo y los órganos de que éste
se compone.
Todos los servicios enumerados pueden ser llamados esenciales por que corresponden
al fin primario del Estado, que es ordenar las relaciones públicas y privadas del
Estado, con objeto de poder llegar al bien público.
Servicios de ayuda y sustitución de la actividad privada
El carácter de los servicios que presta el Estado, es muy especial y se definen de
acuerdo con el interés a cuya protección se dirigen: Comunidades, Salubridad,
Economía, Enseñanza, Asistencia y Previsión Social, del Trabajo, etc. No hay límite,
en cuanto al número de los mismos. Su existencia y cantidad se encuentran
determinadas por los intereses sociales que han de protegerse y por las posibilidades
materiales del Estado para hacerlo.
La existencia de los servicios públicos no implica la exclusión de los particulares en
el desarrollo de esos servicios.
El Estado no debe suprimir la actividad privada. El Estado debe sostener, proteger
una rama de la actividad privada que se de interés público. A veces puede no haber
actividad privada en la realización de un servicio, por ser demasiado difícil, y la
administración suple entonces esa falta de actividad y proporciona el servicio público
correspondiente: alumbrado, drenaje, etc. En estos casos la autoridad toma a su cargo
un servicio que tiene carácter de ayuda a los particulares.
INTRODUCCIÓN
El Estado es la organización política de un país, es decir, la estructura de poder que se
asienta sobre un determinado territorio y población. Poder, territorio y pueblo o
nación son, por consiguiente, los elementos que conforman el concepto de Estado, de
tal manera que éste se identifica indistintamente con cada uno de aquellos.
El poder puede definirse como la capacidad que tiene el aparato institucional para
imponer a la sociedad el cumplimiento y la aceptación de las decisiones del gobierno
u órgano ejecutivo del Estado. La teoría jurídica moderna identifica poder, con
soberanía o capacidad jurídica del Estado. El territorio, espacio físico donde se ejerce
el poder, se encuentra claramente delimitado con respecto al de otros Estados y
coincide con los límites de la soberanía. La nación o pueblo sobre el que actúa el
Estado es una comunidad humana que posee elementos culturales, vínculos
económicos, tradiciones e historia comunes, lo que configura un espíritu solidario
que, generalmente, es anterior a la formación de la organización política. Ahora bien,
el Estado y la nación no siempre coinciden: hay Estados plurinacionales (con varias
nacionalidades), como la Unión Soviética, y naciones repartidas entre varios Estados,
como es el caso del pueblo alemán.
El aparato estatal se compone de tres elementos organizativos básicos: la
administración, las fuerzas armadas y la hacienda. La administración es la
organización encargada de tomar las decisiones políticas y hacerlas cumplir mediante
una serie de órganos o departamentos (gobierno, ministerios, secretarías de Estado,
gobiernos territoriales o regionales, policía, seguridad social, etc.). La función de las
fuerzas armadas es la de ejercer la defensa del Estado. El mantenimiento de todo el
aparato estatal requiere la recaudación de fondos económicos mediante la
contribución de los miembros de la sociedad, función que corresponde a la hacienda.
Ningún poder político puede mantenerse durante mucho tiempo mediante el uso
exclusivo de la fuerza. Lo que legitima el poder del Estado es el derecho, orden
jurídico que regula el funcionamiento de las instituciones y el cumplimiento de las
leyes por las que debe regirse la colectividad. Al mismo tiempo que lo legitima, el
derecho limita la acción del Estado, pues los valores que informan el cuerpo jurídico
emanan, de forma directa o indirecta, del conjunto de la sociedad. Las normas
consuetudinarias, los códigos de leyes o, modernamente, las constituciones políticas,
definen los derechos y deberes de los ciudadanos y las funciones y límites del Estado.
En los Estados liberales y democráticos, las leyes son elaboradas o aprobadas por los
cuerpos legislativos, cuyos miembros, elegidos por la ciudadanía, representan la
soberanía nacional. La ley se sitúa por encima de todos los individuos, grupos e
instituciones. Tal es el significado de la expresión imperio de la ley.
El fallo sobre el cumplimiento o incumplimiento de las leyes y el establecimiento de
las penas previstas para castigar los delitos corresponde al poder judicial, ejercido en
los tribunales.
ANTECEDENTES HISTORICOS
El origen del Estado. En las sociedades matriarcales, anteriores a la aparición de la
familia monogámica y de la propiedad privada, el poder social se distribuía de forma
escalonada a partir de los consejos de ancianos y de las estructuras tribales. Las
relaciones entre los miembros de la sociedad eran de tipo personal y la cohesión del
grupo se basaba en prácticas religiosas y ritos sociales de tipo tradicional.
El surgimiento de la agricultura y la consiguiente distribución de la tierra entre los
miembros de la sociedad favorecieron la aparición de la propiedad privada, de los
derechos hereditarios y, por consiguiente, de la familia patriarcal, en la que la
descendencia debía asegurarse mediante un sólido vínculo matrimonial de carácter
monogámico (la mujer sólo podía tener un marido). Los primeros Estados, en Egipto,
Mesopotamia, China, la India, Mesoamérica, los Andes, etc., surgieron, por una parte,
como una delegación del poder social en una estructura política capaz de asegurar el
derecho de propiedad frente a competidores internos (ladrones) o externos (invasores)
y, por otra, como una organización destinada a hacer posible la realización de los
trabajos colectivos (construcción de canales, presas, acequias, etc.) necesarios para el
conjunto de la comunidad.
Estos primeros Estados se caracterizaron por ejercer un poder absoluto y teocrático,
en el que los monarcas se identificaban con la divinidad. Por consiguiente, el poder se
justificaba por su naturaleza divina, y eran las creencias religiosas de los súbditos las
que lo sustentaban.
La primera experiencia política importante en el mundo occidental se realizó en
Grecia hacia el siglo V a.C.
La unidad política griega era la polis, o ciudad−Estado, cuyo gobierno en ocasiones
fue democrático; los habitantes que conseguían la condición de ciudadanos −de la que
estaban excluidos los esclavos− participaban en las instituciones políticas. Esta
democracia directa tuvo su más genuina expresión en Atenas.
Para los filósofos griegos, el núcleo del concepto de Estado se hallaba representado
por la idea de poder ysumisión. Platón, en sus obras La república y Las leyes, expuso
que la soberanía política debía someterse a la ley y que sólo un Estado en el que la ley
fuera el soberano absoluto, por encima de los gobernantes, podría hacer felices y
virtuosos a todos los ciudadanos. Platón esbozó el modelo de una ciudad−Estado
ideal, en el que la ley ejercía una función educadora tanto de los ciudadanos como del
Estado. Aristóteles distinguió varias formas de gobierno y de constitución, y admitió
límites al ejercicio del poder mediante el derecho y la justicia.
La organización política de Roma fue inicialmente similar a la griega; la civitas
−ciudad− era el centro de un territorio reducido y todos los ciudadanos participaban
en el gobierno de la misma. Con la expansión del imperio y de las leyes generales
promulgadas por Roma, se respetaron las leyes particulares de los diferentes pueblos
sometidos. Marco Tullo Cicerón, orador y filósofo romano, expuso que la justicia es
un principio natural y tiene la misión de limitar el ejercicio del poder.
Los arquetipos políticos griegos y las ideas directrices de Cicerón ejercieron una
influencia decisiva en san Agustín y en todos los seguidores de su doctrina. Para san
Agustín, el Estado está constituido por una comunidad de hombres unida por la
igualdad de derechos y la comunidad de intereses: no puede existir Estado alguno sin
justicia. Sólo la iglesia, modelo de la ciudad celeste, puede orientar la acción del
Estado hacia la paz y la justicia.
En el Medievo surgió como elemento nuevo la teoría de que el poder emanaba del
conjunto de la comunidad y, por tanto, el rey o el emperador debían ser elegidos o
aceptados como tales por sus súbditos para que su soberanía fuese legítima. Este
enfoque, según el cual el poder terrenal era autónomo con respecto al orden divino,
dio lugar al nacimiento de la doctrina de un pacto que debía convenirse entre el
soberano y los súbditos, en el que se establecían las condiciones del ejercicio del
poder y las obligaciones mutuas, con la finalidad de conseguir el bien común. La ley
humana, reflejo de la ley divina, debía apoyarse en la razón.
Santo Tomás de Aquino reflejó esta concepción sobre el poder en su obra Summa
theologica.
El desarrollo del Estado moderno. La concepción antropocéntrica del mundo que
adoptaron losrenacentistas trajo consigo la secularización de la política. Nicolás
Maquiavelo, en su obra El príncipe, abogó por un Estado secular fuerte, capaz de
hacer frente al poder temporal del papado. Según Maquiavelo, el Estado tiene su
propia razón que lo guía: la razón de Estado, independiente de la religión y de la
moral. El Estado renacentista se caracterizó por las siguientes notas: existencia de un
poder independiente −con un ejército, una hacienda y un burocracia a su servicio−,
superación de la atomización política medieval, base