ESCUELA DE LENGUAJE “CANTILLANA” 2019-2020 · 2020. 3. 31. · niño, además del Plan...
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ESCUELA DE LENGUAJE CANTILLANA Avda. Bernardo O”Higgins 1452, Talagante FONO 8380410 RBD: 31159-6
Proyecto Educativo, Reglamento Interno y Normas de convivencia Escolar
ESCUELA DE LENGUAJE “CANTILLANA”
2019-2020
IDENTIFICACIÓN.
Nombre : Escuela de Lenguaje Colegio Cantillana Ubicación : Av Bernardo O´higgins 1452 Talagante R.B.D. : 31159-6 Niveles que atiende : Medio Mayor, Primer y Segundo Nivel De Transición Fono : 22 838 0410
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Índice
I. Introducción.
II. Presentación del Establecimiento
III. Marco Institucional
IV. Identificación Socio Cultural de la Comunidad Educativa.
V. Marco filosófico Institucional
A) Misión
B) Visión
C) Principio y valores
D) Objetivo General
E) Objetivo Especificos
VI. Perfiles del integrante de la comunidad Educativa Escuela de
Lenguaje Cantillana.
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INTRODUCCIÓN
La Escuela de Lenguaje “Colegio Cantillana” nace el año 2010, con la profunda
convicción de convertirse en una alternativa de educación de calidad para los niños de la
comuna de Talagante, que presentan trastorno especifico del lenguaje ya sea expresivo o
mixto, entregando las herramientas necesarias para la superación de este, ofreciendo
además una fuerte formación Valórica, algo tan importante ya desde los primeros años de
escolaridad del educando.
El presente Proyecto Educativo Institucional, al igual como las Normas y el Reglamento
será realizado en conjunto con los sostenedores, Director y equipo Docente del
establecimiento, centrándonos en el objetivo de dar a conocer en detalle el propósito
educativo y el rol social que queremos desempeñar como escuela, para esto se crean
instancias de trabajo, donde el dialogo que se genera en cada una de ellas nos permite
evaluar nuestro P.E.I. determinando las mejoras de éste.
En este documento se encontrarán desglosadas las partes que componen nuestro
P.E.I.
• Información institucional
• Visión y Misión del establecimiento
• Objetivos y características
• Decreto 170.
• Sobre el egreso e ingreso de los estudiantes.
Organismo con los que podemos contar:
• Dirección provincial de educación
• Centro general de padres y apoderados
• Equipo de gestión.
Además contamos con un equipo profesional especializado en el área de trastorno del
lenguaje Profesoras de educación diferencial y fonoaudiólogas.
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INFORMACIÓN INSTITUCIONAL
• Datos del Establecimiento:
• Nombre : Escuela de Lenguaje “Colegio Cantillana”.N°181
• Sostenedor : Corporación Educacional Colegio Cantillana.
• Nombre Director : Yeimmy Morales Córdova
• RBD : 31159
• Reconocimiento oficial : Según resolución exenta 004973 de fecha 27 /05/2011.
• Dirección : Av. Bernardo O’Higgins 1452.Talagante.
• Teléfono : 22 -8380410
• Niveles de enseñanza : Medio mayor, +pre-kínder, kínder.
• Datos del personal:
El personal de la escuela está formado por:
• Docentes : 12
• Asistentes de la educación : 9
• Fonoaudiólogas : 3
• Secretaria : 1
• Auxiliares de aseo : 2
Los resultados educativos se pueden demostrar a través de evaluaciones trimestrales
que se realizan a nivel pedagógico y reevaluaciones fonoaudiológicas al finalizar el año. A
partir de éstas los niños reciben el alta de nuestra escuela de lenguaje, insertándose
adecuadamente en diferentes establecimientos regulares de nuestra comuna como por
ejemplo:
Colegio Niño Jesús de Talagante, Escuela Grecia, Colegio Nehuen, entre otros.
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RESEÑA HISTÓTICA
El Establecimiento comienza su proceso de creación y funcionamiento el año 2011.
Este proceso consto de varias etapas administrativas y de gestión principalmente las que
darían como resultado final la recepción de la resolución exenta del ministerio de
educación Nº 004973, con fecha 27/05/2011, dando asi origen a Escuela de Lenguaje
Colegio Cantillana, institucion autorizada para su funcionamiento conforme a todos los
requisitos que exige actualmente la ley.
El entonces establecimiento comienza a funcionar y albergar a menores de 3 a 5
años 11 meses que presentan necesidades educativas especiales producto de la
presencia de un trastorno especifico del lenguaje.
El equipo de profesionales ingresa el día 3 de marzo del año 2011, en conjunto con
el ingreso del alumnado, dando asi inicio al año lectivo conformado por siete cursos:
Medio Mayor, 1 Transicion y 2 Transicion con un total de noventa alumnos por concepto
de matricula.
Actualmente el establecimiento cuenta con 285 alumnos, distribuidos en los niveles
antes mencionados.
Desde sus inicios Escuela de lenguaje Colegio Cantillana se establecio como una
institución de tipo Particular Subvencionado, pero actualmente y con los cambios según
ley vigente, la institución pasa en Octubre de 2017 a ser parte de la Corporacion
Educacional Colegio Cantillana.
Escuela de Lenguaje Colegio Cantillana desde sus origines busca entregar y cubrir
necesidades educativas, misión enfocada principalmente a la calidad en todos sus
procesos, esto se ve concretado día a día en base a la respuesta recibida año a año por
parte de nuestra comunidad educativa, esto nos hace plantearnos continuamente nuevas
metas en pro de una superación constante en nuestro que hacer como institución. En
base a estas necesidades y conforme a las modificaciones en temáticas de horas no
lectivas pedagógicas, se genera la instancia de talleres complementarios para el
alumnado a cargo de una docente parte del staff del establecimiento.
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SELLOS EDUCATIVOS
Dimensión Aprendizaje Del SER
Aprender a ser autónomo V Aprender a ser perseverante y riguroso V
Del CONOCER
Aprender a conocer las propias habilidades y competencias A Aprender a conocer los beneficios de la vida natural V
Del CONVIVIR
Aprender a convivir en contextos de aprendizaje y recreación A Aprender a convivir en respeto con el propio cuerpo y espiritualidad V
Del HACER
Aprender a hacer uso de los conocimientos en la práctica escolar y social
A
Los sellos que fundamentan el espíritu de nuestro establecimiento educacional y que
conforman las características que permiten distinguirnos de otros establecimientos, están
orientados hacia la formación académica y valórica de nuestros estudiantes. Pueden
sintetizarse de la siguiente manera:
• Calidad educativa basada en la superación de NEE en relación al desarrollo del
lenguaje.
• Desarrollo y fortalecimiento de valores cívicos, morales y sociales.
VISIÓN: Convertirnos en ser un centro educativo reconocido en la comuna por la
excelencia en la formación académica y valórica, enfatizando el desarrollo del lenguaje
para la superación de las necesidades educativas de nuestros estudiantes.
MISIÓN: Contribuir a la superación de las dificultades del lenguaje de nuestros
estudiantes, proporcionando una formación integral, académica y valórica, basada en el
respeto por el medio ambiente y desarrollo de la autonomía, entregando herramientas
efectivas para una integración exitosa a los sistemas educativos de continuidad.
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SITUACION DE LA COMUNIDAD ESCOLAR
Nuestra escuela nace en el centro de Talagante, con la misión de dar a los niños
de esta comuna una opción de educarse según sus necesidades, de modo que su
aprendizajes los lleven a ser entes de orgullo para la comunidad.
El entorno socio económico de nuestra comuna está en desarrollo, por lo que la
educación es un actor protagonista para el avance de la misma, y es aquí donde nuestra
escuela quiere aportar, dando educación de calidad desde los primeros años de vida,
cuando comienza a formarse el ser humano, tanto valórica como intelectualmente.
Debemos considerar que hay un número importante de niños que provendrán de
hogares disfuncionales o con algún grado de vulnerabilidad social y / o económica, por lo
que como escuela nos hemos preocupado de enfocar nuestras metodologías para
motivar tanto a los niños como a las familias, valiéndonos de los mejores profesionales.
Las expectativas que tenemos como escuela es aportar al desarrollo de la comuna
por medio de la educación de sus niños, quienes por falta de recursos económicos o
educacionales de los padres no poseen un desarrollo adecuado de los lenguajes, lo que
les impide poder desarrollarse igual que sus pares que han crecido en mejores
condiciones.
Organismos con los que podemos contar:
- Dirección Provincial de Educación
- Consultorios de Salud de Talagante y alrededores
- Asociación Chilena de Seguridad (ACHS)
- Centro General de Padres y Apoderados
- Equipo de Gestión
Como escuela contamos con un equipo profesional especializado en el área de
Trastornos del Lenguaje, además con una infraestructura adecuada para el desarrollo de
las distintas actividades escolares.
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Además estamos continuamente abasteciéndonos de diferentes y variados materiales
didácticos para que el aprendizaje del niño sea entretenido y eficaz.
Objetivos
Para lograr los objetivos de nivel académico se implementarán estrategias
metodológicas a nivel Institucional, para poner en práctica habilidades intelectuales,
éticas, afectivas y artísticas requeridas, en donde la integridad de estos diversos aspectos
es testimonio de un aprendizaje dinámico y significativo, tanto en experiencia como en
conocimiento.
Como escuela tenemos numerosos objetivos que queremos lograr, con respecto al
alumno y a la sociedad en general.
Plan General y Específico según el Decreto 1300/02
Nuestro primer objetivo es cumplir con los Planes y Programas de Estudios
oficiales y vigentes del Ministerio de Educación. Nos basaremos en las matrices
curriculares establecidas por los Decretos Supremos de Educación, números 289 de
2001 y 40 de 1996, modificado por el número 240 de 1999, con todas las adecuaciones
curriculares necesarias para los requerimientos educativos especiales que presente cada
niño, además del Plan Específico que contemple el resolver los trastornos específicos del
lenguaje del niño y sus necesidades de aprendizaje derivadas del mismo trastorno. (2002.
Decreto N° 1300)
Nuestra labor apuntará a que el niño obtenga paulatinamente autonomía, la que
contribuya en su desarrollo social y educativo. Esta debe ser adquirida a través de la
confianza, conciencia y dominio de sus propias habilidades, tanto intelectuales, sociales,
emocionales y físicas.
Además esta autonomía va de la mano con una autoestima saludable, la que se
forja desde una edad temprana, con la ayuda de los docentes a cargo y un ambiente de
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aula segura. Queremos desarrollar la valoración positiva del niño hacia sí mismo,
fortaleciendo vínculos afectivos y potenciando sus talentos, alentándolos a descubrirlos y
desarrollarlos.
Asimismo la escuela trabajará en que los niños desde pequeños adquieran valores
cívicos e intelectuales tales como: Amor a la patria, sentido social, sentimiento de justicia,
libertad, orden y lealtad.
Nos avocaremos a la habilitación y rehabilitación de aspectos deficitarios del
lenguaje de todos los alumnos. Realizaremos esto a través de tratamiento especializado
de los profesores especialistas en audición y lenguaje y del Fonoaudiólogo.
Además lograremos alentar a la familia a participar activamente del desarrollo y
avances del niño, motivándolos a ser un agente activo en los progresos del niño,
haciéndolos partícipes de su desarrollo emocional e intelectual por medio de actividades
curriculares y extracurriculares
Utilizaremos todos los recursos para que el alumno adquiera un sistema de
comunicación verbal que permita el desarrollo de la integración familiar, escolar y social.
Objetivos con respecto al Alumno Egresado
Lograr una expresión oral fluida de acuerdo a su nivel.
Nivel comprensivo adecuado a su edad.
Desarrollar una autoestima saludable.
Inculcar hábitos de higiene y de convivencia.
Formar personas con valores como: honestidad, solidaridad, lealtad, optimismo, amistad.
El alumno que egrese de nuestro Establecimiento será un niño con una expresión oral
fluida de acuerdo a su nivel, con un nivel comprensivo adecuado a su edad. Además será
un niño con una autoestima saludable, que conocerá sus habilidades y sabrá como
potenciarlas.
También queremos que el alumno que egrese posea hábitos de higiene y de convivencia
que sean motivo de orgullo para la sociedad a la que pertenece, en conjunto con ser
personas con valores tales como la solidaridad, lealtad, optimismo, amistad, entre otros.
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Objetivos con respecto a profesionales a cargo.
Nuestra Escuela quiere contar con los mejores profesionales, que estén
comprometidos con la visión y misión del establecimiento.
Además que sean un modelo a seguir, teniendo una presentación personal
impecable, hábitos de asistencia y puntualidad, conducta y respeto por sus pares y la
comunidad escolar .
Queremos profesionales comprometidos, entusiastas y preactivos, que sean entes
claves para el crecimiento de la escuela y el desarrollo de los alumnos. Profesionales que
inspiren confianza y tengan confianza en si mismos. Respetuosos y tolerantes con
respecto a las diversidades presentes en una comunidad moderna. También deben ser
profesionales que tengan dominio de y manejo de metodologías atractivas, individuales y
grupales, con el fin de hacer el proceso de aprendizaje una aventura entretenida tanto
para el alumno como para su familia. Para potenciar y fomentar la labor de estos profesionales, se crearán instancias para que
éstos intercambien opiniones sobre el quehacer pedagógico y el funcionamiento del presente
Proyecto educativo Institucional PEI.
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ESTRATEGIAS
Impartiremos una educación de calidad, para todos los alumnos, de forma eficaz y
eficiente, valiéndonos de metodologías modernas acorde con las exigencias de nuestro
tiempo.
Nuestras estrategias educativas integrarán aspectos del lenguaje y de desarrollo
intelectual, aspectos artísticos y deportivos para el desarrollo de sus habilidades, además
de variadas metodologías para el desarrollo de valores. Asimismo queremos destacar
permanentemente conductas positivas de los alumnos y alumnas que tiendan a crear
valores intelectuales y artísticos.
Desarrollaremos una política que permita el perfeccionamiento del personal, con el
fin que se cumplan a cabalidad la misión, visión y objetivos del establecimiento, así como
también las exigencias del MINEDUC.
Nos mantendremos con una preocupación especial hacia la infraestructura y
equipamiento del establecimiento, de manera que se cubran todas las necesidades para
realizar las actividades educativas, tanto curriculares como extracurriculares.
Desarrollaremos una red comunicacional directa, dinámicas grupales y de
convivencia, con el fin de reforzar los lazos afectivos colectivos, para mejorar
continuamente el clima escolar, tanto para profesionales, alumnos y familias.
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ASPECTOS OPERATIVOS
a) Dimensión Organizativa Operativa
La organización de nuestra escuela se fortalecerá básicamente en cada reunión,
en la que deberán asistir directivos, educadores y administrativos. El objetivo de cada
reunión será además de la organización cotidiana de las actividades, el seguimiento,
perfeccionamiento y puesta en práctica del presente PEI.
Cada profesional participante de la labor de nuestra escuela tiene sus propios roles
y labores, los que es su deber cumplir de forma eficiente y puntual. Contamos con un
Reglamento Interno y Normas de Convivencia, en donde se grafica a cabalidad los temas
pertinentes a este punto.
DIRECTOR
JEFAUTP FONOAUDIOLOGA
DOCENTES
PERSONALADMINISTRATIVO
SOSTENEDOR
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b) Dimensión Comunitaria
Nuestra Escuela está ideada como un lugar propicio para el aprendizaje, pero
además como un vehículo en la relación familiar del niño tratado.
Los apoderados serán llamados a reuniones mensuales, en las que se discutirán
temas referentes tanto a los alumnos como a la escuela en general, además de atender
las inquietudes de los apoderados.
Se requerirá una organización por parte de los apoderados que los representen,
para que se fortalezcan las relaciones con la Escuela, entregándoles todo el apoyo
necesario para que sientan como propio el establecimiento en donde se están formando
sus niños. Esta organización se conformará por un presidente de Centro de Apoderados,
un Secretario, Tesorero y un vocero por nivel.
Además, queremos que la Escuela Cantillana sea un ente activo en la sociedad,
por lo que participaremos en diferentes actividades realizadas en la comuna, para
desarrollar en el niño diferentes habilidades artísticas y sociales y para posicionar a
nuestra escuela como un ente participativo de la Cultura de nuestra comunidad.
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SEGUIMIENTO Y EVALUACION DEL PEI
En el transcurso del año escolar que nos espera como escuela, una de nuestras
misiones es seguir la pauta de nuestro Proyecto Educativo. Evaluaremos en cada reunión
de Profesores cómo funciona en la práctica nuestro PEI, qué cosas deberemos mejorar y
cuáles mantener.
Se realizará un monitoreo liderado por el Director del establecimiento, el que en
conjunto, con todos los profesores y fonoaudiólogo del mismo, se llevará como tema
principal en dichas reuniones, las que se realizarán en forma semanal durante dos horas.
Al término del año, el Director del establecimiento elaborará un informe para dar
cuenta de los resultados logrados, en donde además evaluará los avances en los logros
de objetivos que se han planteado en este documento, de manera de fortalecer la
identidad y misión de nuestra escuela.
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Reglamento Interno y Normas de Convivencia Escolar
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Introducción
A continuación se encuentran las Normas del Convivencia y Reglamento Interno
que se aplicarán en la Escuela de Lenguaje “Cantillana” de la Comuna de Talagante. El
principal objetivo de éstas es establecer una pauta común de interacción entre directivos,
docentes, y alumnos, de manera de alcanzar los objetivos de la Escuela, para que se
refleje la Identidad de la misma y su misión dentro de la comunidad.
El presente documento será de conocimiento para toda la comunidad escolar,
tanto para profesores, alumnos y apoderados, siendo estos últimos entes importantes
para la ejecución y cumplimiento de las normas.
El apoderado quedará en conocimiento de este documento al matricular a su
pupilo en el establecimiento, comprometiéndose con esta comunidad escolar y sus
normas.
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Glosario
Empleador: La persona natural o jurídica que utiliza los servicios intelectuales o
materiales de una o más personas en virtud de un contrato de trabajo.
Trabajador: Toda persona natural que presta servicios personales ya sean intelectuales
o materiales bajo dependencia y subordinación en virtud de un contrato de trabajo.
Contrato de Trabajo: Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el
empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales
bajo dependencia y subordinación del primero y aquel a pagar por estos servicios una
remuneración determinada.
Establecimiento Educacional o Unidad Educativa: Es la Escuela, Liceo, Colegio o
Centro, instituido para desarrollar una función social, a través de un proceso, de una
concepción integral y coherente.
Horario Escolar: Organización diaria de las actividades escolares y del Establecimiento
a lo largo de la semana.
Jornada de Trabajo: La cantidad de horas semanales que los docentes, personal
administrativos y de servicios, han convenido desempeñar en su contrato de trabajo.
Horario de Trabajo o Carga Horaria: Asignación de funciones concretas
correspondientes a las jornadas de trabajo y /o a la asignación de horas de clases y otras
actividades docentes señaladas en la descripción de funciones del presente reglamento.
Hora de Contrato: Sesenta minutos
Hora de Clases: La actividad docente con el grupo curso que se desarrolla en 45
minutos o el tiempo que la ley fije de acuerdo al nivel o curso.
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Función Docente: La función docente es aquella de carácter profesional de nivel
superior, que lleva a cabo directamente a los procesos sistemáticos de enseñanza y
educación, lo que incluye el diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de los
mismos procesos y de las actividades generales y complementarias que tienen lugar en
la unidad educacional.
Objetivo del Reglamento Interno
Velar por el buen comportamiento y la sana convivencia entre los entes que
integran la presente comunidad educativa, con el propósito de cumplir a cabalidad los
objetivos del Establecimiento y ser representantes fieles de su misión e identidad.
Estructuura y funcionamiento general del establecimiento
El presente Reglamento Interno será complementario a cada contrato de trabajo y
de la voluntad de las partes expresadas en él y en su calidad de tal obliga a los
trabajadores del Establecimiento Educacional al cumplimiento fiel y estricto de las
disposiciones contenidas en su texto, y se dará a conocer a cada trabajador en el
momento de firmar su contrato.
Además se mantendrá un ejemplar de este Reglamento en el establecimiento, a
disposición de los interesados.
El contenido de este Reglamento establecerá las obligaciones, derechos y
prohibiciones que se derivan de los Contratos de Trabajo, así como las normas técnico
administrativo y técnico pedagógico, para aplicarse dentro del Establecimiento.
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Capítulo I. Del Sostenedor.
Artículo 1: La Administración superior estará a cargo del Sostenedor designado por el
Estado en su calidad de Cooperador de la Función Educacional del mismo, quien
además, será el Representante Legal del Establecimiento, para los efectos que se
derivan de las leyes que rigen el funcionamiento de la Educación Subvencionada por el
Estado, y de las demás normas legales.
Artículo 2: El Empleador estará obligado a respetar y cumplir las normas contractuales
convenidas y en especial:
1. Respetar al personal del Establecimiento en su dignidad de persona y en el ejercicio
de sus funciones, así como a los alumnos y alumnas dentro y fuera de la Institución.
2. Otorgar, según las posibilidades, las condiciones materiales para el mejor ejercicio
de las funciones de los trabajadores, alumnos y alumnas.
3. Pagar las remuneraciones en conformidad a las normas legales y contractuales en
el lugar definido y en la fecha oportuna.
4. Instruir adecuadamente y con los medios necesarios acerca de los beneficios
otorgados por los Organismos de Seguridad Social y Previsional.
5. Asignar a través del personal directivo a cada miembro del personal del
Establecimiento la ocupación correspondiente según acuerdo convenido.
6. Promover el perfeccionamiento profesional según las posibilidades del
Establecimiento.
7. Incentivar la excelencia profesional otorgando estabilidad laboral.
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8. Informar y hacer cumplir por quien corresponda, según la descripción de funciones,
las normas legales, técnico pedagógico y administrativo emanado del Ministerio de
Educación.
9. Otorgar las facilidades necesarias para que pueda realizarse la labor de Supervisión
e Inspección de los Organismos competentes del Ministerio de Educación, de
acuerdo a la legislación vigente.
10. Atender y resolver individualmente, en el marco de su competencia, las consultas
y/o reclamos que formulen los funcionarios del Establecimiento, a través del Equipo
Directivo, respetando plazos legales.
Capítulo II. Normas Generales Dirigidas al Personal del Establecimiento.
Artículo 3: La organización del establecimiento será la siguiente:
a) Administración Superior: Sostenedor (empleador).
b) Gestión: Director
c) Coordinadora Pedagógica y Fonoaudióloga
d) Docente de aula
e) Unidad de Apoyo: Administrativos
f) Auxiliares de aseo y servicios menores.
Artículo 4: El trabajador estará obligado a respetar y cumplir las normas contractuales
convenidas en el presente Reglamento Interno y Normas de Convivencia Escolar, adjunto
al presente Proyecto Educativo. Además se obliga a:
1. Marcar su asistencia en un libro de registro de asistencia autorizado por la
respectiva Inspección del Trabajo. Este deberá ubicarse en la zona de Secretaría
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del Establecimiento. El registro debe hacerlo en forma personal el trabajador y no
otra persona cumpliendo con su horario de acuerdo a Contrato.
2. Se considerarán horas trabajadas sólo las que se establezcan en cada contrato de
Trabajo, aún cuando los Trabajadores permanezcan dentro del Establecimiento una
vez finalizada su jornada. Por tanto, las horas que continúen dentro del
Establecimiento con posterioridad al término de las horas establecidas por Contrato,
no se considerarán como horas extraordinarias.
3. Sin perjuicio de lo anterior, podrán pactarse horas extraordinarias en forma expresa
con el Empleador, cuando las necesidades de la Empresa así lo requieran.
4. Respetar el horario de entrada y salida.
5. En caso de ausencia laboral por enfermedad, deberá presentar dentro de las 24
horas siguientes un formulario de licencia médica extendido por el médico tratante.
6. Dar aviso al Director o a la secretaria del establecimiento de la ausencia antes o
dentro de las primeras horas de iniciada la jornada laboral.
7. Cuidar de su presentación personal, la cual debe estar acorde a un establecimiento
educacional.
8. Resguardar la seguridad física y moral del personal y alumnos y alumnas a su
cargo.
9. Realizar el trabajo convenido de acuerdo con las normas e instrucciones de la
Dirección de la Escuela “Cantillana” con el fin de lograr que el establecimiento
pueda cumplir adecuadamente los fines de la Educación y los principios que
identifican su carácter propio.
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10. Realizar personalmente y asumir todos los compromisos y responsabilidades
concernientes a las labores comprendidas y asignadas de acuerdo a las normas del
Ministerio de Educación, del empleador o de sus delegados, según corresponda.
11. Desempeñar su labor con iniciativa para el beneficio del progreso educacional del
Establecimiento.
12. Estar dispuesto a colaborar y ayudar en caso de siniestro o emergencia en el
colegio.
13. Guardar la debida lealtad y respeto hacia el Establecimiento donde se desempeña,
hacia el empleador y sus representantes.
14. Mantener la debida reserva de lo tratado en Consejo y entrevistas.
15. Resguardar la infraestructura, equipos, implementos, materiales de trabajo, evitando
pérdidas, deterioros o gastos innecesarios.
16. Informar a inspectoría de deterioros y condiciones que signifiquen peligros o
riesgos para las personas.
17. Mantener la sobriedad y corrección propias del Personal de un Establecimiento
Educacional, dentro y fuera del mismo.
18. Presentar si ocurren hechos y razones, observaciones, sugerencias, reclamos y
peticiones a la autoridad correspondiente mediante formas deferentes y positivas
resguardando la identidad, estatus y prestigio del Establecimiento.
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19. Comunicar dentro del plazo de 24 horas de sucedido todo cambio en los
antecedentes personales para ser anotados en el contrato, por ejemplo cambio de
domicilio, etc. Dicha información debe presentarse por escrito con carta al Director.
Es al domicilio del contrato donde se notificará cualquier modificación laboral.
20. Asistir a Reuniones Semanales dispuestas por el Equipo de Gestión.
Artículo 5: Queda prohibido al personal del Establecimiento Educacional:
1. Faltar al trabajo o abandonarlo en horas de labor sin causa justificada y sin la debida
autorización.
2. Atrasarse reiteradamente en la hora de llegada y hora de clases.
3. Suspender ilegalmente las labores e inducir a actividades de este tipo.
4. Presentarse a trabajar en estado de intemperancia, bajo la influencia del alcohol,
drogas o estupefacientes. Introducir bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes al
Establecimiento.
5. Delegar total o parcialmente su trabajo sin cumplir con los mecanismos regulares que
pudieran crearse para este efecto.
6. Dar maltrato físico a los alumnos; colocarlos en situaciones de ridículo frente a sus
compañeros o demás personas o cualquier situación que vaya en desmedro de su
personalidad.
7. Uso de teléfonos celulares en jornada laboral.
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8. Fumar dentro del Establecimiento.
9. Emitir opiniones que dañen la imagen y prestigio del Establecimiento y su personal.
10. Marcar o firmar asistencia de compañeros de trabajo.
11. Alterar el normal desarrollo de las actividades del Establecimiento o promover su
alteración.
12. Manifestar actitudes o acciones contrarias a los valores éticos que sustenta el
Establecimiento.
13. Hacer clases particulares a los alumnos a quienes le imparten clases y recibir dinero
por ello.
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Capítulo III Administración de la Función Educacional
Artículo 6: Las funciones del personal están descritas con un sentido genérico y
compatible con las disposiciones legales vigentes y las normas generales de trabajo del
Establecimiento.
1.- Director
Artículo 7: El Director es un directivo docente que tiene como misión organizar, orientar y
dirigir los procesos educativos y administrativos al interior del Establecimiento, buscando
la excelencia a través de la eficiencia, eficacia, efectividad y relevancia en un ambiente de
armonía, sana convivencia, bienestar y sólidos valores; siendo fiel al proyecto educativo
de esta entidad, que en conjunto y en esencia se transforma en el deber ser de la
Institución. Es el responsable máximo de crear un ambiente agradable de trabajo que
permita al Alumno y Alumna crecer y desarrollarse integralmente y al Profesor realizar su
vocación educadora.
Debe crear un ambiente de trabajo, en armonía, de colaboración y responsabilidad,
donde se privilegie a la persona y donde los roles de cada uno puedan ser efectivamente
cumplidos.
En cuanto a sus características profesionales debe ser una persona con iniciativa, audaz,
dinámico y sentirse identificado con el Proyecto Educativo del Establecimiento.
Debe irradiar sencillez, asertividad en sus juicios, cordialidad y dinamismo en su trabajo.
Debe ser capaz de formar y trabajar en equipo, ser justo y equitativo en las decisiones.
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Artículo 8: Son deberes y obligaciones del Director, las siguientes:
1. Dirigir el Establecimiento de acuerdo a los Principios de la Organización
Educacional, teniendo siempre presente que la principal función del Establecimiento
es educar y debe prevalecer sobre la función administrativa u otra, en cualquier
circunstancia y lugar.
2. Determina los objetivos propios del Establecimiento en concordancia con los
requerimientos de la comunidad escolar y de la comunidad social en que se
encuentra inserto.
3. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.
4. Planificar en conjunto con los Integrantes que designe proyectos especiales de
innovación, perfeccionamiento, cursos, etc.
5. Llamar a reuniones semanales y / o extraordinaria a los distintos equipos de trabajo
del Establecimiento.
6. Proponer la estructura Técnica Pedagógica del Establecimiento que estime
conveniente.
7. Proporcionar un ambiente educativo en el Establecimiento, estimulante al trabajo
del personal y creando condiciones favorables para la obtención de los objetivos de
la Unidad Educativa.
8. Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y
evaluación del currículum del Establecimiento, procurando una eficiente distribución
de los recursos asignados.
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9. Presidir los diversos Consejos Técnicos Administrativos y delegar funciones cuando
corresponda.
10. Velar para que en cada instancia se aplique adecuadamente el Reglamento de
Evaluación y Promoción, así como el resto de las normas contempladas en este
Reglamento.
11. Cumplir las normas e instrucciones de las Autoridades Educacionales
correspondientes.
12. Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad.
13. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal.
14. Remitir a las Autoridades del Ministerio de Educación las Actas, Estadísticas y otros
documentos que le sean exigidos conforme a la reglamentación y legislación
vigente.
15. Firmar y autorizar despacho de documentos especiales responsabilizándose de su
contenido
16. Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la Supervisión e
Inspección del Ministerio de Educación, conforme a las instrucciones que emanen
de la superioridad educacional.
17. Informar oportunamente al Empleador respecto de la marcha y de las necesidades
surgidas en el Establecimiento.
18. Resolver las solicitudes de permiso por parte del personal.
19. Representar al Establecimiento frente a la Comunidad.
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20. Velar por un adecuado desarrollo de los procesos de admisión y matrícula.
2: Unidad Técnico Pedagógica Artículo 9: Esta unidad se encuentra a cargo del Jefe Técnico; éste debe ser un
profesional de la Educación, es el responsable de la organización, coordinación y relación
de las funciones de orientación, evaluación y currículum del Establecimiento, así como de
las actividades extra-programáticas.
Artículo 10: Son deberes y obligaciones de los Integrantes de la Unidad Técnico
Pedagógica, los siguientes:
1. Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades correspondientes al proceso
de enseñanza-aprendizaje.
2. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar de los alumnos y alumnas,
impulsando planes y programas especiales de reforzamiento.
3. Dirigir la organización, programación y desarrollo de las actividades de orientación
educacional y vocacional, cuando corresponda.
4. Supervisar el desarrollo de los contenidos, adecuándolos con criterio de flexibilidad
curricular.
5. Promover la aplicación de medios, métodos, técnicas de enseñanza que aseguren con
efectividad el aprendizaje de los alumnos y alumnas.
6. Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan de actividades curriculares.
7. Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de
las actividades de orientación, evaluación en la planificación y aplicación de los planes y
programas de estudio.
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8. Programar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de actividades de
colaboración.
9. Contribuir al perfeccionamiento del personal del Establecimiento en materia de
evaluación y currículum.
10. Dirigir los Consejos Técnicos que le competen.
11. Evaluar durante el proceso y al término del mismo las acciones curriculares realizadas
en el proceso de enseñanza -aprendizaje, con el fin de verificar el nivel alcanzado y tomar
las decisiones pertinentes.
12. Supervisar y revisar el contenido de cada evaluación según el nivel.
13. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno del Establecimiento.
3: Normas generales dirigidas al Profesional de Fonoaudiología
Artículo 11: El fonoaudiólogo es el encargado de diagnosticar. Realiza la evaluación
clínica fonoaudiológica, considerando aspectos anatomofuncionales de los órganos
fonoarticulatorios; desarrollo del lenguaje a nivel receptivo y expresivo; habla en cuanto a
ritmo, fluidez, prosodia y voz. También en estos exámenes se evaluarán los niveles
fonológicos, léxico semántico, morfosintáctico y pragmático.
Artículo 12: Son deberes y obligaciones del Fonoaudiólogo, las siguientes:
1. Aplicar tes y otros instrumentos de evaluación fonoaudiológica mencionados en el
Decreto 1.300/02.
2. Realizar apreciación clínica del sujeto.
3. Elaborar con puntualidad informes de la especialidad.
4. Aportar las sugerencias específicas de apoyo a la labor educativa.
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5. Reevaluar a los niños una vez al año.
6. Dar Tratamiento pertinente a cada niño según su necesidad; habilitar y rehabilitar en
forma integral al alumno a través de la aplicación de los planes de tratamiento
fonoaudiológico.
7. Desarrollar planes de tratamiento individual y grupal cuando corresponda.
8. Favorecer la participación activa de los padres y apoderados en la rehabilitación
fonoaudiológica.
9. Evaluar periódicamente la evolución del tratamiento, llevar registro semestral.
10. Asesorar y colaborar en materias técnicas relativas a la especialidad en Consejos
técnicos, talleres de padres y apoderados.
11. Asesoría a los docentes en temas específicos del área del lenguaje. Y participación en
las actividades de perfeccionamiento docente.
12. Apoyo técnico a través de cursos y talleres de temas relativos al área.
13. Planificar y desarrollar actividades con el fin de orientar y asesorar a los padres en
relación a la problemática general.
14. Coordinar con otros organismos del área de salud para obtención y realización de
exámenes necesarios para la agilización de la terapia.
4: Normas generales dirigidas a los Docentes.
Artículo 13: Docente de aula es el Profesional de la Educación que realiza el ejercicio
docente de acuerdo a su título y calificaciones.
Artículo 14: Son deberes y obligaciones del Docente de Aula, las siguientes:
1. Educar a los alumnos y alumnas y enseñar su especialidad.
2. Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades docentes de
acuerdo a los programas y planes de estudio.
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3. Fomentar e internalizar en el alumno y alumna valores, hábitos y aptitudes,
desarrollar la disciplina especialmente a través del ejemplo personal.
4. Supervisar los recreos del curso que está atendiendo.
5. Desarrollar un trabajo integrado con otras asignaturas dando relevancia a los
contenidos.
6. Mantener una actitud de extremo y responsable cuidado con respecto a la
documentación oficial del Establecimiento, Libros de Clases y otros.
7. Cumplir el horario de clases para el cual se le ha contratado.
8. Desarrollar las actividades de colaboración para las cuales fue designado por la
autoridad superior.
9. Realizar las actividades necesarias ya sean complementarias, paralelas o asesorías
que otorguen calidad, relevancia y eficiencia a su trabajo pedagógico y
organizacional del Establecimiento.
10. Realizar las actividades de organización y administración escolar que le sean
encomendadas.
11. Otorgar atención significativa a su perfeccionamiento profesional.
12. Cumplir con las disposiciones de índole técnico pedagógico impartidas por el
Ministerio de Educación y transmitidas por la Dirección del Establecimiento.
13. Contribuir al correcto funcionamiento del Establecimiento Educacional.
14. Asistir a los Actos Académicos, Culturales y Cívicos que la Dirección determine.
15. Cuidar los bienes generales del Establecimiento, responsabilizándose de aquellos
que se les confíen por inventario y uso.
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16. Mantener al día los documentos relacionados con su función y entregar en forma
correcta y oportuna las informaciones que la Dirección demande.
17. Resguardar el cumplimiento de los objetivos de los Planes y Programas de Estudio
en el desempeño de su labor docente.
18. El profesor debe velar por su integridad, resguardando su imagen pública. Por ello,
se les solicita no exponerse a ser fotografiados, filmados o grabados, sin conocer el
destino que se le dará a tales registros. El Establecimiento no se hará responsable
por el uso incorrecto que hagan los alumnos de los registros que pudiesen haber
obtenido con consentimiento del profesor; a menos que dicha situación sea
informada y autorizada por la dirección del Establecimiento.
19. Se prohíbe a los profesores hacer manifestación pública de sus tendencias
políticas, sexuales y religiosas, frente a los alumnos y alumnas durante el horario de
clases, a fin de no influenciar a los alumnos, respetando de esa manera la libre de
elección de los mismos.
20. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno y Normas de Convivencia Escolar
del Establecimiento y comprometerse con los lineamientos del Proyecto Educativo.
5: Técnicos en Párvulo Artículo 16: Asiste al docente en el desarrollo de las clases en colaboración con la
Educadora que lidera el trabajo con los niños, compartiendo tareas pedagógicas y de
cuidado, además de asumir labores diferenciadas coordinadas por la educadora para
trascender al aprendizaje. De acuerdo a su título y calificaciones.
Artículo 17: Sus principales roles y funciones son de colaboración con la función educativa curricular y pedagógica y contribución al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional.
1. Asistir al docente en el desarrollo de clases contribuyendo a su desarrollo y aprendizaje, en colaboración con la Educadora que lidera el trabajo con los niños,
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compartiendo tareas pedagógicas y de cuidado, además de asumir labores diferenciadas coordinadas por la educadora para trascender a los aprendizajes.
2. Asistir al docente en actividades de aprendizaje en terreno, patios escolares, baños. Realizándolo de manera oportuna y cálida a los pequeños que tienen a su cargo.
3. Mantener diariamente las condiciones de higiene personal de los niños y niñas a su cargo, realizando muda de pañales (en caso que sea necesario) y cambio de ropa, entre otras.
4. Colaborar en eventos, ceremonias, levantamientos de escenografías, exposiciones, etc.
5. Cumplir con turnos de atención a los alumnos en patios, portería, furgones otros velando por el bienestar físico y emocional de los niños y niñas.
6. Apoyar en la elaboración y construcción de materiales didácticos u otras herramientas de apoyo a la gestión educativa.
7. Administrar los recursos materiales y equipamientos que le sean asignados, salas de apoyo pedagógico, fotocopias u otros.
8. Apoyar en trabajo en sala de clases en ausencia de profesores, orientados y guiados por el coordinadora de nivel y dirección.
9. Velar que el espacio común de los niños este limpio y ordenado.
10. Informar a sus superiores situaciones irregulares que afecten el desempeño de su función, de su ámbito de trabajo y/o al establecimiento para la búsqueda de soluciones.
11. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno y Normas de Convivencia Escolar del Establecimiento.
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6: Secretaria
Artículo 17: Sus superiores directos son el Equipo Directivo del Establecimiento.
Artículo 18: Son deberes y obligaciones de la Secretaria, las siguientes:
1. Atender diligentemente a las personas que concurran al Establecimiento.
2. Dar prioridad a las órdenes emanadas por el Equipo Directivo.
3. Guardar reserva de cualquier tipo de situaciones, derivadas de la Función Directiva,
a menos que deba notificarse a expresa petición del Director.
4. Organizar el archivo de la Dirección, de modo que la documentación esté siempre al
día y sea fácilmente ubicable.
5. Mantener un registro actualizado de la correspondencia que ingresa, se despacha y
solicita.
6. Tipear los documentos y materiales indicados por el Equipo Directivo.
7. Anotar horas y motivo de entrevistas solicitadas a la Dirección en horario de
atención de la misma.
8. Llevar documentos, libros, cuadernos o instrucciones emanadas de su Jefe
inmediato, responsabilizándose de este control y mantención correcta.
9. Dar y recibir recados telefónicos de acuerdo a las normas establecidas por la
Dirección.
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10. Llevar el control y establecer prioridad del material que se imprime o duplica en la
fotocopiadora y multicopiadora, así como la impresora a su cargo.
11. Preocuparse del correcto uso y respaldo del Computador e información confidencial
que éste contenga, así como de cualquier documento que imprima.
7: Personal de Servicios menores.
Artículo 17: Es el responsable de la mantención y limpieza, de los bienes e
instalaciones de la infraestructura del Establecimiento y además de funciones
subalternas de índole similar.
Artículo 18: Son deberes y Obligaciones del Personal Auxiliar, las siguientes:
. 1. Mantener el aseo y orden en la totalidad de dependencias del establecimiento. 2. Mantener en orden y limpieza los bienes materiales y equipamiento del establecimiento.
3. Controlar entrada y salida de personas al establecimiento, según horarios e
instrucciones dadas por dirección.
4. Entregar y retirar documentación u otros recursos en dependencias al exterior del establecimiento de acuerdo a indicación de dirección.
5. Responsabilizarse de la mantención, cuidado, almacenamiento y uso de los recursos asignados. 6. Informar y comunicar a dirección, irregularidades que observe en el ámbito de sus funciones para su mejoramiento.
7. Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le encomienden.
8. Ejecutar encargos o mandados, debidamente autorizados por los Directivos
correspondientes.
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9. Comunicar situaciones que atenten contra el normal funcionamiento de la jornada,
ocurrida al interior del Establecimiento y ajenas a éste.
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DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS
Capítulo I Normas Generales
Artículo 19: La Escuela de Lenguaje “Cantillana” procurará ofrecer a los alumnos y
alumnas el máximo de instancias curriculares que les permitan ejercer todos sus
derechos como personas; además,
1. El Establecimiento velará porque las actividades que se desarrollen en él se
realicen en un ambiente de sana convivencia.
2. El Establecimiento se compromete a ofrecer a los alumnos y alumnas:
a) Infraestructura:
- Salas para los distintos niveles.
- Oficinas administrativas.
- Sala especial de Fonoaudiología.
- Servicios Sanitarios.
- Patio de Recreación implementado con juegos seguros.
b) Cuerpo Directivo y Docente:
- Constante perfeccionamiento con apoyo de profesionales relacionados con el
área.
- Trabajo con proyectos en todos los niveles educacionales, basados en el
enriquecimiento de los objetivos fundamentales transversales.
- El compromiso del Cuerpo Directivo y Profesores con los alumnos y alumnas.
- Desarrollar los Planes y Programas de estudios oficiales del Ministerio de
Educación.
- Ayudar y asesorar profesionalmente a los alumnos y alumnas.
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Funcionamiento
La Escuela de Lenguaje “Cantillana” funciona ininterrumpidamente todo el año, salvo
períodos de vacaciones de invierno y verano y días festivos.
Artículo 20: La Escuela de Lenguaje “Cantillana” funciona de acuerdo a los Planes
y Programas de Estudios oficiales y vigentes del Ministerio de Educación. Nos
basaremos en las matrices curriculares establecidas por los Decretos Supremos de
Educación, números 289 de 2001 y 40 de 1996, modificado por el número 240 de 1999,
con todas las adecuaciones curriculares necesarias para los requerimientos educativos
especiales que presente cada niño, además del Plan Específico que contemple el
resolver los trastornos específicos del lenguaje del niño y sus necesidades de aprendizaje
derivadas del mismo trastorno. (Decreto N° 1300 del 2002 y 170 del 2009). El Horario en
que funciona el establecimiento contempla
una jornada de mañana y una de tarde.
JORNADA MAÑANA
Nivel Horario
Plan de
Estudios
Entrada
Salida
Plan Común
Plan Específico
Total
Nivel
Medio Mayor 08:30 hrs.
L, J y V
11:45
Mar y Mié
12:45 18 4 22
Primer Nivel de
Transición 08:30 hrs.
L, J y V
11:45
Mar y Mié
12:45 18 4 22
Segundo Nivel de
Transición 08:30 hrs.
L, J y V
11:45
Mar y Mié
12:45 16 6 22
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JORNADA TARDE
Nivel Horario
Plan de
Estudios
Ingreso
Salida
Plan Común
Plan Específico
Total
Nivel
Medio Mayor 14:00 hrs.
L, J y V
16:45
Mar y Mié
18:05 18 4 22
Primer Nivel de
Transición 14:00 hrs.
L, J y V
16:45
Mar y Mié
18:05 18 4 22
Segundo Nivel de
Transición 14:00 hrs.
L, J y V
16:45
Mar y Mié
18:05 16 6 22
Requisitos de ingreso
1. Tener trastorno primario de lenguaje, acreditado por profesional fonoaudióloga ya
sea de la Escuela o de otra escuela similar.
2. Las edades de ingreso son entre 3 y 5 años 11 meses.
3. La escuela no recibe alumnos en edad de excepción
Nivel Medio Mayor de 3 a 3 años 11 meses
Primer nivel de transición de 4 a 4 años 11 meses
Segundo Nivel de transición de 5 a 5 años 11 meses.
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Documentación a presentar:
- Certificado de nacimiento
-Anamnesis
-Autorización apoderado
-Informe fonoaudiológico
-Diagnóstico pedagógico
- Colilla de reglamento firmada
Uniforme del Establecimiento
Niños y niñas deberán utilizar el delantal o cotona según corresponda de la Escuela,
con sus colores y logo correspondiente.
Útiles Escolar
1. los útiles son proporcionados por el establecimiento.
2. Para la formación de hábitos higiénicos se solicitará en forma trimestral pasta dental y
mensualmente papel higiénico y toalla de papel desechable.
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Evaluaciones
1. Se realizarán 4 evaluaciones anuales
-Evaluación Fonoaudiológica de Ingreso.
- Primera : Evaluación Diagnóstica pedagógica.
- Segunda : 1º Evaluación trimestral
- Tercera : 2º Evaluación trimestral
- Cuarta : 3º Evaluación trimestral y final.
Artículo 21: Se emitirán certificados de egresos a colegios o informes de personalidad
según requerimiento. La escuela extenderá estos certificados solamente a los alumnos
con asistencia regular que hayan finalizado el año escolar.
Artículo 22: Así también la escuela hará entrega en Diciembre de todos los informes que
se requieren para proyecto de integración cuando el alumno no ha alcanzado a superar
su trastorno. Dichos documentos tienen la duración de 1 año, luego de esto el apoderado
debe volver a evaluar al niño en forma independiente o exigir a la Escuela de continuidad
que realicen la evaluación correspondiente.
Reuniones y atención de apoderados
Artículo 23: Se realizarán reuniones de apoderados trimestralmente, exigiendo la
asistencia y puntualidad en cada una de ellas.
1. Los apoderados deberán entrevistarse con las profesoras fuera del horario de
clases.
2. La profesional Fonoaudióloga solo atiende apoderados previa cita telefónica.
3. Las llamadas telefónicas se reciben en la oficina, sólo se darán los recados.
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Hábitos, Disciplina y Reconocimientos
Artículo 24: Dentro de los hábitos imprescindibles, la presentación personal es condición
básica para mantener una buena convivencia. Es por ello, que se solicita a los
apoderados ocuparse de que alumnos y alumnas den cumplimiento a las normas que
pasan a indicarse:
1. Durante la jornada escolar y especialmente a la entrada de clases, los alumnos y
alumnas deben presentarse aseados y ordenados.
2. Los alumnos y alumnas deben usar vestimenta apropiada al clima imperante.
Artículo 25: Para dar cumplimiento a la normativa del Reglamento Interno de la Escuela
de Lenguaje “Cantillana”, se establecen los criterios mínimos obligatorios que los alumnos
y alumnas deben cumplir.
1. Asistir regularmente a clases.
2. Llegar y retirarse del Establecimiento a las horas de inicio y término de la jornada.
3. Los alumnos serán retirados únicamente por el Furgón escolar o por personas
previamente autorizadas por el Apoderado.
4. Cumplir normas establecidas en el artículo 26 precedente, referente a hábitos
imprescindibles.
5. No traer al Establecimiento objetos de valor, tales como celulares, juegos
electrónicos, MP3, MP4 y otros, de cuya pérdida el Establecimiento no se hará
cargo.
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Artículo 26: De las faltas: Las alternativas disciplinarias serán dependientes de la
naturaleza, la gravedad y la frecuencia de la falta. En todo caso siempre se comunicarán
los casos específicos a los apoderados correspondientes.
Artículo 27: De los atrasos e inasistencias; este tipo de faltas tendrán el siguiente
tratamiento:
1. Toda inasistencia debe ser justificada a través de certificado médico o del
apoderado
2. El retiro anticipado de la jornada diaria, se permitirá solo en casos justificados, con
una antelación de 24 horas, y por un máximo de tres veces por semestre. Esta
norma se indica en razón de que el tiempo que deben permanecer los alumnos y
alumnas en el aula es absolutamente necesario para el aprendizaje.
Artículo 28: Todo alumno y alumna tiene derecho a:
1. Ser escuchado
2. Ser respetado, sin importar su origen cultural, religión u otros
3. Jugar y compartir con sus pares
4. Emitir sugerencias u opiniones dentro de un contexto de respeto.
5. Expresar su identidad y creatividad.
6. Practicar la amistad y solidaridad.
7. Ser protegido
8. Permanecer en el Establecimiento, cualquiera sea su situación socioeconómica
dado que nuestra institución es gratuita, y cualquiera sea su situación de
rendimiento durante el respectivo año escolar. Sin perjuicio de que existan
situaciones tales como las inasistencias que puedan ser causales de cancelación de
la matrícula.
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Artículo 29: El establecimiento, estimula a los estudiantes que se destaquen o que
manifiesten las siguientes acciones positivas:
1. Presentación personal.
2. Manifestar una actitud de respeto y colaboración con los miembros de la comunidad.
3. Mantener un comportamiento solidario para con sus compañeros de curso.
5. Se destaca por su esfuerzo y superación en los diferentes ámbitos de la vida colegial
6. Se destaca su participación en clases.
7. Se destaca por su colaboración en el cuidado y aseo de las dependencias del Colegio.
8. Asistencia a clases
Artículo 30: Sistema de reconocimiento Semestral. El establecimiento reconoce al
término de cada semestre a los estudiantes que reflejen méritos en las siguientes áreas:
a) Reconocimiento por Convivencia Escolar: Reconocimiento positivo otorgado por el
profesor jefe
b) Reconocimiento por Asistencia: estudiante que por su responsabilidad escolar posee
una destacada asistencia a clases.
c) Reconocimiento por Esfuerzo: Al estudiante que se destaca por su empeño y
superación en el ámbito académico y/o fonoaudiológico.
Artículo 31: Sistema de Reconocimiento Anual: En el acto de Graduación y Altas
fonoaudiológicas, al cierre del año escolar, se realiza una distinción a aquellos
estudiantes que han conseguido superar sus dificultades transitorias del lenguaje y, a
quienes han finalizado la etapa de educación parvularia. De igual manera se realiza una
premiación especial para:
a)Trayectoria Cantillana: Aquellos estudiantes que hayan cursado los tres niveles
impartidos por nuestro establecimiento.
b) Espíritu Cantillana: A los estudiantes que hayan reflejado durante el transcurso del año
escolar, los valores y principios de la institución.
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MARCO LEGAL
El Proyecto Educativo de la Escuela de Lenguaje “Cantillana” de la Comuna de
Talagante se enmarca, responde y da cumplimiento a los requerimientos establecidos en
los siguientes cuerpos legales:
• Constitución Política de la República de Chile 1980.
• Ley Nº 20.370/2009, Ley General de Educación.
• Estatuto de los Profesionales de la Educación y su reglamento, Ley Nº 19.070, y su
modificación ley Nº 19.410/1995.
• Decreto Nº 267/09.
• Reglamento N°79/2004
• Circular Nº875/94. Instruye sobre ingreso a clases, permanencia, asistencia y
evaluación de alumnos portadores de VIH y/o enfermos de SIDA.
• Decreto 1300
• Decreto170
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NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, DE HIGIENE Y SEGURIDAD ESCOLAR.
Artículo 1: El Empleador está obligado a adoptar todas las medidas necesarias para
proteger la vida y salud del personal del Establecimiento.
En el Establecimiento deberá existir, a lo menos, los siguientes elementos de prevención
de riesgos:
1. Un listado que se ubicará en lugar visible y estratégico, de las direcciones y números
telefónicos de los centros más cercanos de Carabineros y Bomberos.
2. Cantidad suficiente, según las normas vigentes, de extintores de incendio del tipo
polvo químico seco y demás elementos para combatir incendios.
3. Uno o más botiquines.
4. Indicaciones claras acerca de forma de evacuar el edificio en caso de siniestros.
5. Cualquier otro que exijan o exigieren las normas legales reglamentarias.
Artículo 2: El Empleador deberá adoptar las siguientes normas mínimas de higiene, sin
perjuicio de las atribuciones, que sobre la materia tiene el Ministerio de Salud.
1. Deberá mantener en perfecto estado el funcionamiento de los baños.
2. Los lugares y los elementos donde se manipulan los alimentos y las bodegas deben
reunir las condiciones mínimas sanitarias.
3. Deberá mantener el edificio en general en forma higiénica, con el objeto de que el
establecimiento cuente con un ambiente sano y adecuado al desempeño de la
función.
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Artículo 3: El Empleador deberá observar las siguientes normas mínimas de seguridad,
que deben imperar en los Establecimientos:
1. Planificar la distribución del mobiliario, en los diferentes recintos del Establecimiento,
teniendo presente el libre desplazamiento de los Alumnos, Alumnas y Usuarios y el
camino expedito hacia el exterior.
2. Custodiar el funcionamiento y puesta en marcha de calefactores u otros elementos
peligrosos, mediante personal idóneo.
3. Eliminar elementos que presentan peligro para el Alumnado, usuarios y personal del
Establecimiento, tales como: vidrios quebrados, muebles deteriorados, tazas de baño
y lavatorios trizados, puertas y ventanas en mal estado, interruptores, enchufes
eléctricos quebrados, alambres y cables eléctricos con aislamiento deficiente o sin
ella, etc..
4. Mantener los accesos, puertas y ventanas despejados.
Capítulo I. Operación de Evacuación y Seguridad Escolar.
Artículo 4: La acción se coordinará en Consejos de Profesores, todos tendrán una
participación activa.
Artículo 5: Los objetivos básicos perseguidos por la operación de Evacuación y
Seguridad Escolar son los siguientes:
1. Saneamiento de los riesgos potenciales que presente el Establecimiento, tanto de
incendio como estructurales o de vías de escape bloqueadas.
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2. Eliminar la posibilidad de que los alumnos y alumnas sean dominados por el pánico
ante cualquier emergencia. Los Profesores encausarán sus esfuerzos en lograr que
los alumnos y alumnas desarrollen actitudes que les permitan adquirir plena
conciencia de lo que deben hacer.
3. Pre planificar y practicar evacuaciones masivas por rutas hacia lugares que ofrezcan
las máximas seguridades para proteger la integridad física de los alumnos y
alumnas.
4. Los hábitos de seguridad adquiridos por los alumnos y alumnas mediante el
desarrollo de la Operación serán difundidos por ellos. Conciente e inconcientemente,
en sus respectivos hogares y zonas de influencia, logrando así activar una amplia y
efectiva campaña de prevención.
Artículo 7: Estas prácticas de evacuación comprenderán lo siguiente:
1. Durante el año escolar se realizarán por lo menos ocho prácticas de evacuación. En
las zonas en que el clima es muy severo en invierno, se intensificarán las prácticas
en los períodos de buen tiempo hasta completar el mínimo requerido.
2. Las prácticas se realizarán a diferentes horas del día, durante cambio de clases,
durante los recreos o períodos de prácticas de gimnasia, cuando el establecimiento
está en asamblea, etc.
3. Si la alarma de evacuación es tocada cuando los alumnos están subiendo o bajando
los cambiando de clases, deberán ser instruidos para formar filas y desplazarse de
inmediato.
4. Cartillas de instrucciones deberán colocarse en lugares visibles con la descripción
detallada de estas prácticas.
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5. Cada práctica de evacuación será para las autoridades y profesores un ejercicio
cotidiano, de modo que los Alumnos y alumnas formen sus filas rápida y
silenciosamente y que cuando sea necesario, puedan detenerse, virar y dirigirse en
la dirección más conveniente. Debe designarse gran importancia a que la ejecución
de cada práctica se realice con gran calma y tranquilidad por parte de los que dirigen
la acción.
Si por cualquier razón una fila encontrara bloqueado su camino, los alumnos y
alumnas deberán iniciar una contramarcha hacia otra salida a fin de evitar que
debido a la inactividad pueda iniciarse el pánico entre los niños.
La búsqueda en los baños y en otras salas, será el deber de los Profesores y demás
miembros de la Dirección del Establecimiento. Si los Profesores tienen que hacer la
búsqueda, esta deberá efectuarla después de haber unido sus cursos a las filas de
evacuación que les proceda.
6. Cada curso o grupo se desplazará hacia un punto determinado de la zona de
seguridad y permanecerá allí mientras se verifique que todo el grupo ha completado
la evacuación. Tales puntos estarán lo suficientemente alejados del edificio como
para evitar cualquier peligro, cualquier interferencia con el trabajo de los Bomberos, o
cualquier confusión entre los distintos grupos de Alumnos.
7. En lo posible, las filas de evacuación no deberán cruzar calles.
Artículo 8: Las señales de alarma deberán tener las siguientes características:
1. Los Establecimientos Educacionales deberán tener una señal de alarma con un
sonido diferente al usado para regular las horas de clases.
2. Siempre que cualquier miembro de la Dirección del Establecimiento compruebe que
se ha producido un incendio, hará sonar la alarma y la comunicará de inmediato al
Cuerpo de Bomberos de su Comuna. El número de teléfono de alarma deberá
50
figurar en forma destacada junto a cada teléfono, y en lo posible, debiera ser
memorizado por los Profesores y el personal de servicio. La autorización para que
los Alumnos y Alumnas puedan regresar al Edificio la dará la autoridad responsable
mediante una SEÑAL DE RETORNO.
Artículo 9: La implementación necesaria para una buena realización de este tipo de
simulacros, deberá ser inspeccionado de la siguiente manera:
1. Será el deber de las Autoridades y Profesores, inspeccionar diariamente todas las
vías de escape con el objeto de asegurarse que las escalas, pasillos y puertas
están en condiciones adecuadas. Todas las puertas que puedan ser usadas para
una evacuación deberán estar sin llave y libres de obstrucciones.
Artículo 10: En el desarrollo de prácticas de evacuación deben participar el Profesor y los
alumnos y alumnas, permitiendo con ello una evaluación colectiva o de grupo, a fin de
que les permita analizar mediante una crítica constructiva sus reacciones positivas o
negativas.
Artículo 11: Los pasos que se considerarán en las prácticas de evacuación son los
siguientes:
1. Entrevista con el Director del Establecimiento a quien se dará información detallada
de los objetivos de la operación DEYSE y de quien se obtendrá su autorización y
cooperación para iniciar la preparación de la misma.
2. En base a las características de cada Establecimiento, determinar y señalar las
rutas de evacuación de cada sala con sus alternativas; por si quedara bloqueada la
ruta normal será útil disponer del plano de planta del Establecimiento.
51
3. Efectuar reuniones de información de trabajo con los Profesores como con los
alumnos y alumnas. Será fundamental que todos participen y colaboren
plenamente. Es eficaz conseguir premios de estímulo para los mejores trabajos
inspirados en los objetivos y finalidad de la Operación DEYSE.
4. Se debe tener presente que en una emergencia real tendrán que ser los Profesores
los que controlen y guíen a sus Alumnos y Alumnas hacia las zonas de seguridad.
a. Es importante contar con parlantes a fin de que el Jefe desde una posición
adecuada pueda controlar con micrófono cualquier intento de carreras. La
evacuación debe cumplirse en completo silencio, a paso rápido y sin correr.
5. Es conveniente estar en contacto con el Cuerpo de Bomberos para que conozcan el
Establecimiento, sus vías de escape, sus fuentes de agua, etc.; para que en una
emergencia real puedan actuar con rapidez y eficiencia.
6. Importante también encargar a una profesora la Unidad de Primeros Auxilios que
brinde la atención necesaria a cualquier accidentado mientras llega el personal
especializado.
7. El desarrollo de esta operación permitirá a los niños vivir experiencias y así estar
preparados.
Artículo 12: En la aplicación del Sistema de Evacuación y Seguridad Escolar, se
adoptarán las siguientes señalizaciones.
- Indicadores de Zona de Seguridad.
- Rutas o Vías de Evacuación.
- Salidas de Emergencia.
52
Toda señalización deberá dar cabal cumplimiento a las especificaciones técnicas, que a
continuación se indican:
1. Las características de esta señalización son:
- Indicadores de Zona de Seguridad.
Se pintaran cuatro triángulos de color en el muro frente a las salidas de emergencia
de las aulas amarilla, y celeste. Los colores de los triángulos corresponden al color de
cada sala de clase, amarilla, celeste, salmón y verde
- Rutas o Vías de Evacuación.
Se pintaran franjas de color amarillo, desde la salida de cada sala hasta el final del
pasillo que conduce al patio poniente en donde se encuentran los lugares seguros del
colegio.
- Salidas de Emergencia.
Salas, amarilla y celeste, pasillo que da al patio poniente.
Capítulo II
Normativas Básicas Sobre el Uso del Seguro Escolar.
Artículo 15: Según el Decreto Ley Nº 313, los estudiantes que tengan la calidad de
Alumnos regulares de Establecimientos Fiscales o Particulares, dependientes del Estado
o reconocido por éste, quedarán sujetos al Seguro Escolar contemplado en el artículo 3º
de la Ley Nº 16.744 por los accidentes que sufran durante sus estudios o en la realización
de su Práctica Educacional o Profesional, en las condiciones y en la modalidad que se
establecen en el presente Decreto.
1. Será responsabilidad operativa de la Dirección cumplir a cabalidad las disposiciones
y normativas legales que rigen el uso del Seguro Escolar, poniendo especial énfasis
en una aplicación eficaz y eficiente.
2. En apoyo a la responsabilidad que le cabe a la Dirección, ésta deberá contar con
personal debidamente capacitado en la atención de Primeros Auxilios.
53
3. Es deber, tanto del Personal Docente como Administrativo del Establecimiento,
conocer el Instructivo Básico interno de éste, sobre procedimientos a seguir ante un
accidente escolar.
________ 0 _________
Para dar cumplimiento cabal al PEI se realizaran todas las actividades que el proyecto sugiere