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Reforma Fiscal Propuesta alternativa del Frente Amplio Progresista

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Reforma FiscalPropuesta alternativa del Frente Amplio Progresista

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Objetivo

Lograr una reforma progresiva, que combata la elusión y evasión, redistributiva, detonadora de crecimiento sostenido, que paulatinamente evite la dependencia económica de los hidrocarburos. Y paralelamente generadora de empleo y que elimine la desigualdad.

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Política de Gasto

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Reducir en 100,000 mdp el gasto corriente del gobierno.

Propuesta para 2008.

Considera eliminar gastos suntuarios, burocracia redundante y privilegios clientelares.

Equivale al 1% del PIB

10 veces superior a la Propuesta Calderón para el primer año.

Régimen de austeridad

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1999-20001999-2000 20062006 Crecimiento realCrecimiento real6 años6 años

Ingreso 1,072 2,263 53.3%

Petróleo 340 861 84%

Tributario 552 888 16.9%

IVA 170 380 61.7%

Renta 237 448 37%

Gasto 1,129 2,255 45.1%

Corriente 645 1,322 48.8%

Salarios 364 610 21.4%

Otros 193 489 83.9%

IED 73 97 -4.0%

IEI 55 177 133.6%

Servicio deuda 183 250 -0.6%

Participaciones 159 329 49.9%

Incremento en Ingreso Canalizado a Gasto Corriente

El aumento de ingresos de punta a punta fue de 95 mil mdd.

El aumento de ingreso petrolero fue de 43 MM Dólares.

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Destinar el 100% de los nuevos ingresos a sectores estratégicos.

Sectores estratégicos: Infraestructura, energía, educación, ciencia y tecnología, desarrollo regional y social.

Criterios multianuales y progresivos.

Objetivo general: evitar que los nuevos impuestos se utilicen para financiar el crecimiento del gasto corriente.

Objetivo estratégico: evitar que se dilapide la riqueza petrolera.

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Regular la publicidad gubernamental.

Establecer limitaciones severas y sanciones a quienes utilicen el gasto público para financiar campañas a favor de los funcionarios y sus partidos políticos.

Implica la revisión de la Ley General de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación.

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Liberar a PEMEX de financiar el gasto corriente del gobierno.

Se propone para un plazo de 5 años, con metas anuales.

Objetivo general: que PEMEX retenga una porción suficiente de sus ingresos para financiar su operación y crecimiento.

Objetivo estratégico:lograr modificar la base gravable para el pago del derecho para el fondo de estabilización de los ingresos petroleros.

Incrementar la aportación para el Instituto Mexicano del Petróleo al 1% del valor de la producción y eliminar la obligación de PEMEX a producir un mínimo de barriles por año.

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Propuesta PEMEX Se pretende entregar a la paraestatal 80 mil mdp adicionales.

Se modificarían todos los porcentajes establecidos en la Ley Federal de Derechos para reducir los ingresos que obtiene el gobierno de PEMEX.

Reducir la tasa del derecho ordinario de extracción de hidrocarburos de 79% a 70%.

Eliminar la sanción establecida en el sexto transitorio de la misma ley, que obliga a PEMEX a mantener una producción por arriba de los 3.5 millones de barriles o pagar una penalización por lo no producido.

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Propuesta PEMEX (2)75% de lo recaudado adicionalmente por el derecho de exploración y producción será destinado para el desarrollo de investigación científica y tecnológica a través del IMP.

El 25% restante será para el financiamiento de proyectos de investigación y desarrollo de fuentes de energía alternas a los hidrocarburos.

Ley de Coordinación Fiscal: El 86.5% de los ingresos vía derecho ordinario serán considerados como parte de la Recaudación Federal Participable, en lugar del 76.6% vigente; lo que impide que los estados pierdan recursos.

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Política de Ingreso

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No crear nuevos impuestos que afecten a los más vulnerables.

Considera a las clases medias y a los sectores de menores ingresos de la población.

Oposición a los nuevos impuestos estatales que eleven el costo de la calidad de vida.

En contraparte, el CETU grava a las clases medias y a las PyMEs y a los sectores que utilizan una alta proporción de mano de obra en sus operaciones. (Ejemplos: industria de la construcción e industria maquiladora)

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Gravar los verdaderos ingresos de los grandes contribuyentes.

Particularmente a los que utilizan esquemas de “planeación fiscal agresiva” para eludir el pago de impuestos.

Programa de auditoría a los grandes contribuyentes.

Corresponsabilizar a contadores y auditores que participen en prácticas orientadas a la evasión y elusión fiscal.

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Convertir al ISR en columna vertebral del sistema impositivo.

Que el sistema fiscal descanse sobre un régimen progresivo de ISR.

El flat taxflat tax es un impuesto con buenos resultados, pero en países con menor desigualdad y mejor administración fiscal, como Irlanda.

La diferencia con respecto a la distribución del ingreso, entre México y países que aplican el flat taxflat tax, hablaría de una igualdad en condiciones desiguales.

Además donde se ha aplicado esta tasa, se acompaña de una arquitectura que grava los dividendos y los impuestos por ganancia de capital. (Ejemplo: Irlanda).

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Derogar el régimen de Consolidación Fiscal.

El actual RCF favorece a los grandes consorcios empresariales, pues les permite diferir indefinidamente el pago de su contribución

Eliminar el RCF establecido: artículos 64 a 78 de la LISR.

A partir de la derogación, los grandes contribuyentes enterarían al fisco federal sus contribuciones.

Se obtendrían contribuciones debidamente actualizadas y conforme a procedimientos y cálculos que al efecto se establecen en la disposición transitoria.

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Gravar la enajenación de acciones en la bolsa de valores.

Se pretende gravar las ganancias de personas físicas.

Evitar operaciones simuladas y estimular el fin económico de la BMV como fuente de financiamiento para las empresas en el mercado primario.

Reforma al artículo 109 fracción XXVI de la LISR.

Eliminar la exención para las acciones emitidas por sociedades extranjeras cotizadas en la bolsa.

Las ganancias especulativas en el mercado secundario y terciario deberán ser gravadas.

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Eliminar la deducción del costo de adquisición de los terrenos..

Derogar el artículo 225 de la LISR.

En la práctica, realmente se ha beneficiado a los grandes desarrolladores inmobiliarios, financiando su crecimiento con perjuicio al erario.

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Eliminar la deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo.

El fisco resiente el esquema de diferir permanente los impuestos.

El presupuesto de gastos fiscales (sacrificio fiscal de ISR por diferir este rubro) se estima en 28,836.9 mdp para 2007.

Derogar los artículos 220, 221 y 221-A de la LISR.

La razón de ser de una firma, no es la adquisición de activos fijos.

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Establecer el pago de 7% adicional sobre dividendos y limitar la exención a las herencias, legados y donativos.

México no grava los dividendos, ya que se contempla la misma tasa para este rubro con respecto a la tasa general del ISR.

Por lo tanto, el primero se acredita totalmente, lo que se traduce en una tasa idéntica al ISR corporativo.

Adecuar los artículos 11 y 165 de la LISR.

Los dividendos provenientes de la CUFIN paguen un 7% adicional; y el 28% que corresponde al ISR corporativo no se vea afectado.

Gravar las herencias, legados y donaciones entre familiares, estableciendo un límite de 10 mdp a la exención en la materia de la LISR.

Hacer deducibles los donativos en un 50%, así como reglas de control a campañas de redondeo.

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Modernización del sistema haciendario

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Eficiencia recaudatoria

Las propuestas de transparencia y limitaciones de las facultades discrecionales de la SHCP tienen el propósito de liberar al SAT de la captura de los grupos de interés

Con el fin de elevar un 1% del PIB los resultados de la recaudación al acotar los niveles de evasión y elusión fiscal.

Se propone que las autoridades fiscales de las entidades federativas se desempeñen como auténticos socios del SAT, a fin de que accedan a las operaciones territoriales de los contribuyentes para compulsar los resultados fiscales.

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Hacienda Pública

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Hacienda pública

Modernización

Simplificación

Desregulación

Eliminación de la discrecionalidad

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Limitar las facultades discrecionales del Ejecutivo.

Para: otorgar subsidios, estímulos y regímenes especiales.

Reformar los artículos 33, fracción I, inciso g); el 36 Bis y el 39, fracción III, del Código Fiscal de la Federación y el artículo 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

Se pretende evitar que el Ejecutivo o las autoridades tributarias determinen o autoricen regímenes fiscales de manera discrecional.

Evitar también que concedan subsidios o estímulos fiscales.

Limitar las modificaciones de Miscelánea Fiscal para eliminar la inseguridad jurídica del contribuyente.

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Transparencia y Acceso a la Información

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Evitar la discrecionalidad del gobierno federal en:

La asignación del gasto, así como asegurar que el Congreso de la Unión tenga acceso a la información fiscal.

Modificar el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación y el artículo 25 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

Los diputados integrantes de las comisiones del Congreso de la Unión (HyCP, PyCP, Vigilancia de la ASF y de Investigación) podrán conocer la información fiscal de los contribuyentes.

Se pretende lograr una mayor transparencia, evaluación de la eficiencia recaudatoria, en la gestión del SAT y en las funciones propias de fiscalización.

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Establecer los derechos del contribuyente.

Consolidar estos derechos para su fortalecimiento de manera que el causante deje de ser visto como evasor para considerarlo el sostén principal del Estado.

Creación de la figura de acuerdo previo, para desarrollar esquemas legales de negociación entre el SAT y los contribuyentes.

Reformar la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, para distinguir a los grandes evasores del contribuyente común.

Mejorar la seguridad jurídica del sistema impositivo en sus aspectos procedimentales y fortalecer la simplificación tributaria.

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Homologación de los sistemas y registros contables de los tres órdenes de gobierno.

Reformar los artículos 115, 116, 122 y 126 de la CPEUM, con el objetivo de hacer posible la valoración e integración de las operaciones y su inclusión uniforme en la cuenta pública correspondiente.

Propósito: realizar análisis comparado de los recursos públicos aplicados, su alineación para efectos de estadísticas presupuestales y financieras y requerimientos de información transparente y rendición de cuentas.

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Fiscalización del Gasto Público

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Fortalecimiento de la ASF.

Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Constitución para: leyes en materia de contabilidad gubernamental, modificación en materia de fiscalización superior, cambios en los calendarios de la Cuenta Pública, y evaluación de los recursos transferidos a las entidades federativas.

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Aplicar la jurisprudencia de laSCJN a las autoridades fiscales.

En función de la inconstitucionalidad de leyes.

Se propone, ya que los causantes de mayores ingresos son los únicos que tienen acceso al juicio de amparo lo que les permite liberarse de pagar tributos inconstitucionales.

Objetivo: lograr que este beneficio se extienda a todos los causantes.

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Deuda Pública

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Deuda pública.

Revisión del esquema de amortización de los PIDIREGAS en los próximos años vs proyectos plurianuales.

Reimpulsar la misión de la Banca de Desarrollo en los proyectos de inversión de servicios públicos de los gobiernos locales:

Plazos, nivel de tasas de interés, esquema de calificaciones financieras, programa de reestructuración financiera de las deudas públicas estatales y municipales.

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Federalismo

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Federalismo democráticoAutonomía del INEGI y definición obligatoria para la producción anual y actualizada de los indicadores que determinan el reparto de los recursos federalizados, bajo metodologías transparentes y sujetas a estándares internacionales.

Simplificación en las fórmulas de reparto de las participaciones federales y revisión del monto del reparto de la Recaudación Federal Participable, entre la federación, los estados y municipios.

Incorporar la inflación para actualizar el monto base de las participaciones

Revisión de los parámetros que determinan los incentivos, eficacia y eficiencia en los ingresos propios de estados y municipios.

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Federalismo democrático (2)Reforma constitucional para establecer el pago predial sin exenciones, así como el establecimiento del derecho de alumbrado público a favor de los municipios.

Elevación de los recursos municipales en las participaciones federales desde el 20% al 22%.

Establecimiento del criterio de equidad en el reparto de las aportaciones federales: Educación, salud, lucha contra la pobreza, fortalecimiento de la infraestructura y seguridad pública.

Mayor fiscalización, transparencia y rendición de cuentas en relación a los recursos federales transferidos.

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Propuesta FAPPropuesta FAP Propuesta SHCPPropuesta SHCP

No crea nuevos impuestos.Crea: CETU, ICI, IEPS estatal, Juegos

y Sorteos.

Estima mayor recaudación de manera anual.

Recaudación a 5 años.

Deroga regímenes especiales. Complica el cálculo del impuesto

Maneja la misma plataforma. Crea nuevos sistemas para cobro.

Elimina la discrecionalidad del Ejecutivo y de autoridades fiscales.

Amplía discrecionalidad del Ejecutivo y de autoridades fiscales.

Fortalece la fiscalización y la transparencia.

Fortalece la fiscalización pero evita la transparencia.

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PaísCÉTU

CorporacionesDeducciones

CorporacionesImpuestoP. Físicas

Impuesto al Trabajo

IVA DividendosVenta

de InmueblesGanancia en

bolsa de Valores

Irlanda 12.5% Todas las compras y gastos.

20% con un piso máximo de 34,000 euros después se

paga 41%

20% a 42%

21%, 13.5% y 0% a exportaciones,

comidas y medicinas.

20%Adicional

20%6% en algunos casos puede

disminuir a 3%

España 32.5%Todos los gastos necesarios para la obtención de los ingresos, nomina

registrada.

0% con un piso máximo de

17,360 euros , hasta 43%

15% a 45%

16%, 7% y 4% alimentos y se

excluyen medicamentos

12% a 25%Adicional

5%Incluirán dentro de su ganancia

como personas físicas su ganancia.

Chile17% 1ª . categoría

35% 2ªcategoría.

Materia, mano de obra, gratificaciones dadas a los trabajadores y gastos de

representación.

17%1ª primera categoría y 3.5 % adicional si

pasa a 2ª categoría.

Exentas hasta 13.5 unidades

tributarias después 5% hasta 40%

19% 35% y 42% 15%17% de primera categoría, hasta pagar el 2ª categoría adicional

3.5%

Polonia 19%Todos los gastos menos publicidad y

representación.19% hasta los

40%19% a 40%

22% ,7%, 3% y 0%. Alimentos y

medicinas exentos

15% y 19%Adicional

19% y 15% NO HAY DATOS

Lituania 18%

Gastos reales de producción, distribución y otros costos

descontables de la empresa, justificados mediante cuentas

certificadas.

27% con deduccion. o

15%sin deducción.

33%18%, 5% alimentos, 9% y 0% a salud

15%Adicional

10% NO HAY DATOS

PropuestaMéxico

16% y 19% definitivo

No deduce:-Salarios

- Prestaciones Sociales.- Aportaciones voluntarias a los fondos

de pensiones y jubilaciones.- Las inversiones realizadas en años

recientes.- Cuotas del IMSS, Infonavit y Afores.

16%-19%

1.92% al28%Tabla

progresiva.

15%, 10%, 0% a los alimentos y

medicinasNo esta considerado

Exentos hasta 1,500,000 UDIS

cuando se trate de casa habitación, lo demás paga CETU

Exenta la enajenación de partes sociales y títulos de crédito en

general. Art.4 del CETU, fracción IV, Inciso C

México ISR

vigente.28%

Deducciones: Gastos, Inversiones, Cuotas al IMSS, Pensiones,

deducciones del Art.29. apartados XI.

2% repecosy 3% al 28%

tabla progresiva P.F.

3% al 28%Tabla

progresiva

15%, 10%, 0% y exentos

Tasa 28% y se acredita el ISR pagado por la

empresa.

Exentos hasta 1,500,000 UDIS

cuando se trate de casa habitación, lo demás paga ISR

28%..

Exentos según:Art.109. XXVI.

CETU: COMPARATIVO INTERNACIONAL