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INDICIOS DEL INDICIOS DEL PROCESO PENAL TRIBUTARIOPROCESO PENAL TRIBUTARIO

Diplomado Especializado en Tributación y Cobranza Coactiva

( c ) Dr. Abogado Juan Villagómez Chinchay

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AGENDA

1.Característica esencial del delito tributario.

2. Actos preparatorios3. Concepto de indicios.4. Posición de la Corte Suprema

sobre los indicios5. Casos de ocultamiento de

ingresos y operaciones no reales6. Proceso Penal Tributario

(vigencia)

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Característica esencial del delito tributario

Es un delito doloso (directo o eventual), centrada en el

conocimiento de la afectación del interés recaudatorio

del Fisco. Se requiere de un elemento subjetivo

especial o de tendencia: el ánimo de lucro en provecho

propio como de un tercero, aunque no hace falta que se

alcance efectivamente

Acuerdo Plenario N° 02-2009/CJ-116

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Actos preparatorios

Todos aquellos actos que hacen posible el

inicio de la acción delictuosa, creando

condiciones previas adecuadas para el

comienzo de la ejecución.

Hurtado Pozo

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Concepto de indicio

“Todo hecho cierto y probado con virtualidad, para acreditar otro hecho con el que está relacionado. El indicio debe estar plenamente acreditado. Es el hecho base de la presunción, es un dato fáctico o elemento de hecho que debe quedar acreditado a través de los medios de prueba previstos por la ley. La presunción judicial no puede partir de un hecho dudoso.”

César San Martín

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Prueba indiciaria

Complejo constituido de varios elementos:

a) Un indicio o hecho base indirecto.

b) Un hecho directo o consecuencia.

c) Razonamiento deductivo por el cual se afirma un hecho directo a partir del mediato.

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Posición de la Corte Suprema

La prueba por indicio requiere de:

Un hecho indicador.

Razonamiento correcto en aplicación de las reglas de la ciencia, la técnica y la experiencia.

Pluralidad, concordancia y convergencia de indicios contingentes.

Ausencia de contra-indicios consistentes.

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Posición de la Corte SupremaDe acuerdo al Código Tributario se puede presumir ingresos pese a no contar con la documentación. Pero esta presunción no tiene efectos penales para determinar responsabilidad penal, puesto que se vulneraría la presunción de inocencia e implicaría una prohibida inversión de la carga de la pruebaEn el proceso penal se sanciona hechos concretos y ciertos (acreditar la comisión del delito).

Corte Suprema. Segunda Sala Penal Transitoria RN N° 4444-2006 La Libertad

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Modalidad: Ocultamiento de IngresosEn su declaración de impuestos no consignó

ingresos. Falta de declaración tributaria (medio idóneo para dejar de pagar impuestos). Se debe probar el tributo impago.

Consignó “0” de ingresos. Ejm. Notas de venta, con la nota de “para canjear por comprobante de pago”, pero no ha proporcionado los comprobantes de pago, no se ha presentado declaraciones juradas Exp. 6151-2010 C.S. La Libertad- Condenando a 12 años de pena privativa de libertad con el carácter de efectiva a Ney Gamez como autor del delito de Defraudación Tributaria, en la modalidad de Ocultamiento total de sus ingresos, y por el delito de Lavado de Activos. La Tercera Sala Penal de Apelaciones de la C. S. La Libertad confirmó la sentencia condenatoria, varió a 10 años y una reparación civil 3 millones y medio de soles a favor de SUNAT y otros 250 mil en beneficio de la Procuraduría de Lavado de Activos

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Facturas Falsas

La emisión y uso de facturas falsas, es uno de los principales mecanismos usados para evadir el IGV.

No solo perjudica la recaudación del lGV sino que ocasiona un perjuicio a la recaudación del impuesto a la renta, debido que a que las facturas falsas son contabilizadas para sustentar deducciones indebidas en el costo y gasto en la determinación de este tipo de impuesto.

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Definición de Operación No Real- en Sede Administrativa

RTF 1759-5-2003 Jurisprudencia de Observancia Obligatoria

Es inexistente cuando :

a) Una de las partes ( vendedor y comprador) no existe o no participó en la operación.

b) Ambas partes ( vendedor y comprador) no participaron en la operación.

c) el objeto materia de la venta es inexistente o distinto

d) La combinación de a y c ó b y c

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Modalidad: Obtención indebida de crédito fiscal (Operaciones No Reales)

No demostró tener producción de oro y sus proveedores son informales. En el acto oral afirman que la empresa fue un fracaso, vendían oro que lo adquirían de la mina y de diversos mineros informales. Sin embargo, la documentación contable y el cruce de información (SUNAT), demuestra que las operaciones comerciales cuestionadas son falsas (La empresa no tuvo producción de oro en la cantidad afirmada por las facturas. La prueba documental presentada por los imputados en modo alguno enerva la contundencia de las pruebas de cargo)

Participó en labores de asistencia para concretar la recepción de facturas, contratos, oro y demás trámites funcionales a la finalidad delictiva perseguida por la titular de la empresa. Intervino en actos de falsificación y en la configuración de contratos de préstamo falsosSALA PENAL PERMANENTE R.N. N° 5388 -2008 Lima.

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Absolución por delito tributario

La conducta del acusado no logra subsumirse bajo el título de cómplice primario, al no corroborarse que participó en las actividades contables de la empresa

Si no se ha probado con suficiencia que el acusado participo e manera activa en el inter criminis del delito tributario, es de rigor amparar el fallo absolutorio en todos sus términosSALA PENAL TRANSITORIA - R.N. N° 2064-2011 Lima.

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Delito de defraudación tributaria

Decreto Legislativo N° 813 y modificatorias Decreto Legislativo Nº 1113.

Ministerio Público

PolicíaNacional

PoderJudicial

Particulares

Órgano administrador

del tributo

SUNATInvestigación

administrativa

Comunicaciónde Indicios

anteMinisterio

Público

Etapa de instrucción

judicial

Juzgado Penal

Etapa de juicio oral

Sala Penal

CORTE SUPREMA

Recurso de nulidad

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Delito de defraudación tributaria- Nuevo Código Procesal Penal

Formalización de la

InvestigaciónPreparatoria

Investigación Preparatoria

(No jurisdiccional)______________

Dirigida y conducida

por M. Público

Etapa Intermedia(Acusación)

__________

DirigeJuzgado de

InvestigaciónPreparatoria

Juicio Oraly Sentencia____________

Juzgados Penales

Unipersonalesy Colegiados

(actos de investigación)

Noticia criminalde oficio

o denunciaante M.Público

Diligencias preliminares - M. Público o PN – 20 días

(actos de prueba)

SALA PENAL

CORTESUPERIOR

SALA PENAL

CORTESUPREMA

ApelaciónRecurso

de casación

Requisito de Procedibilidad: Informe motivado del OAT

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PRINCIPIOS QUE REGULAN EL PROCESO PENAL TRIBUTARIO

Garantía del un Juicio Previo: (Nulla Poena sine Previa Juditio).

Garantía del Juez Penal Natural

Principio de Legalidad.

Presunción de Inocencia.

Principio del In dubio Pro Reo.

Principio del Ne Bis in Ídem: (Sustantivo y Procesal).

Principio de Plazo Razonable.

Principio de Inmediación. (Formal – Material)

Principio de la Tutela Judicial Efectiva Derecho de Acceso a la Justicia. Derecho a la gratuidad del proceso penal Derecho a Obtener Resolución Fundadas en Derechos. Derecho a la Instancia Plural Derecho a la Ejecución de las Resoluciones Judiciales.

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NATURALEZA JURIDICA DEL INFORME PREVIO DEL Órgano ADMINISTRADOR DEL TRIBUTO

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EXP. Nº 04343-2009-PHC/TC (HABEAS CORPUS)

EXP. Nº 1679-2005-PA/TC. (DEMANDA DE AMPARO)

EXP. Nº 1680-2005-PA/TC. (DEMANDA DE AMPARO)

En todas ellas, se ha discutido la Constitucionalidad o Legalidad de los artículos 7,8,9 y 10 del Decreto Legislativo 813 (Ley Penal Tributaria).

-VIOLACIÓN DE LA AUTONOMÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO: Pues desplazan a éste de la función de conducir la investigación de los delitos y lo obligan a formalizar la denuncia presentada por la SUNAT.

- VIOLACION DEL DEBIDO PROCESO: Por haberse incorporado como prueba a un proceso penal la investigación administrativa que realiza la SUNAT.

-VIOLACION DE LA PRESUNCION DE INOCENCIA: Por haberse decretado que el Ministerio Público debe formalizar denuncia penal, previo informe del órgano administrador del tributo.

RESOLUCIONES EMITIDAS POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL:

Todas estas demandas han sido declaradas INFUNDADAS.

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BIBLIOGRAFÍABramont Arias-Torres, Luis F. El engaño exigido por el delito de defraudación tributaria. En

Caro Jhon, José Antonio (2007). Diccionario de jurisprudencia penal. Lima: Grijley.

Caro Jhon, José Antonio (2003). La participación objetiva de la participación delictiva. Lima: Grijley.

García Cavero, Percy (2007). Derecho Penal Económico. Parte Especial Tomo II. 1 Ed. Lima: Grijley.

Villavicencio Terreros, Felipe. La imputación objetiva en la jurisprudencia peruana. Instituto de Derecho Penal Europeo e Internacional. Universidad de Castilla La Mancha

Villegas, Héctor. (2002). Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario. Editorial Astrea, Buenos Aires.