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MÁSTER EN SERVICIOS PÚBLICOS Y POLÍTICAS SOCIALES ESPECIALIDAD: PROFESIONAL Estudio comparativo de Ecuador y España: Legislación educativa Autor: Juan Sebastián Jiménez Osorio Tutor: David Doncel 27 de junio de 2012

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MÁSTER EN SERVICIOS PÚBLICOS Y POLÍTICAS

SOCIALES

ESPECIALIDAD: PROFESIONAL

Estudio comparativo de Ecuador y España: Legislación educativa

Autor: Juan Sebastián Jiménez Osorio

Tutor: David Doncel

27 de junio de 2012

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ÍNDICE DE CONTENIDOS

INTRODUCCIÓN .................................................................................................................. 4

Importancia del estudio en la dinámica de los servicios públicos y las políticas sociales 10

CAPÍTULO I: LAS LEGISLACIONES EDUCATIVAS VISTAS DE CRITERIOS DE

INCLUSION SOCIAL EN EDUCACIÓN .......................................................................... 12

Las políticas públicas y las políticas educativas ............................................................... 12

Sostenibilidad en educación ............................................................................................. 16

Ciclo de la política pública ............................................................................................... 17

Aproximación al concepto de Estado ............................................................................... 18

Aproximación al concepto de gobierno ............................................................................ 21

Sistema de partidos ........................................................................................................... 22

Ideología política .............................................................................................................. 23

Inclusión social en educación ........................................................................................... 26

CAPÍTULO II: LA ESTRATEGIA METODOLÓGICA .................................................... 29

CAPÍTULO III: LA COMPARACIÓN NORMATIVA: ECUADOR Y ESPAÑA DESDE

LAS LEYES DE EDUCACIÓN .......................................................................................... 34

Acercamiento a la realidad de Ecuador y España............................................................. 34

El escenario político: LOE/1983, su Reglamento, los 90´s y la LOEI/2011. ................... 37

Generalidades: España en la LOGSE, LOCE y LOE. ...................................................... 40

El análisis comparativo ..................................................................................................... 41

CAPÍTULO IV: CONCLUSIONES FINALES ................................................................... 67

BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................. 71

ANEXOS .............................................................................................................................. 76

Legislaciones educativas en Ecuador ............................................................................... 76

Aproximación histórica a la educación en España ........................................................... 80

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1 Metodología de análisis ........................................................................................... 32 Tabla 2 Principios y fines LOCE/2002 y LOE/1983 ............................................................ 42 Tabla 3 Principios y fines LOGSE/1990 y LOE/2006 y LOEI/2011 ................................... 43 Tabla 4 Obligatoriedad y permanencia en el sistema educativo .......................................... 46

Tabla 5 Deserción escolar según sexo Ecuador.................................................................... 50 Tabla 6 Tipificaciones de gasto público en Educación en las leyes analizadas ................... 54 Tabla 7 Educación infantil en las leyes analizadas............................................................... 57

Tabla 8 Educación primaria en las leyes analizadas............................................................. 58

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Tabla 9 Educación secundaria en las leyes analizadas ......................................................... 61

Tabla 10 Promoción de curso en ESO .................................................................................. 63 Tabla 11 Bachillerato en las leyes analizadas ...................................................................... 64

Tabla 12 Constitución de 1897 y Constitución de 1906 ....................................................... 76 Tabla 13 Evolución de las tipificaciones sobre educación en las constituciones del Ecuador

.............................................................................................................................................. 77 Tabla 14 Constitución de 1931 y Constitución de 1978 ....................................................... 81

ÍNDICE DE FIGURAS

Figura 1 Ciclo de la política pública ..................................................................................... 18

Figura 2 Política conflictiva y política consensual ............................................................... 24

ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1 Evolución del Analfabetismo en el Ecuador ........................................................ 49

Gráfico 2 Abandono temprano en España ............................................................................ 52 Gráfico 3 Evolución del gasto en educación según PIB: Ecuador y España ........................ 55

Gráfico 4 Tasa de escolaridad España .................................................................................. 66

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RESUMEN

Mediante el uso del estudio de caso y del método comparativo, el presente estudio indaga

en las normativas educativas de Ecuador y España, a la luz de los criterios de inclusión

social, relacionando aquellas leyes desarrolladas por gobiernos progresistas en comparación

con las diseñadas por gobiernos conservadores. La característica principal se resume en la

aplicación de posicionamientos ideológicos para la elaboración de normativa que redunda

en una importante variación de las tipificaciones, ocasionando que se imposibilite

estructurar sistemas educativos sostenibles. Asimismo, es posible concluir que la

planificación del sector de la educación se irgue sobre la bases de la ideología partidista y

no sobre el análisis complejo de la realidad social.

Palabras clave:

Legislación – sistema educativo – inclusión social – ideología – progresista – conservador –

sostenibilidad.

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INTRODUCCIÓN

En el mundo occidental y en las regiones del planeta que han sido absorbidas por el modelo

de sociedad moderna (que por efectos de la globalización, este modelo se sigue

extendiendo) se puede encontrar que los Estados han tenido una evolución que señala hacia

un horizonte muy similar. No es cuestión del presente trabajo indagar en las cuestiones

subyacentes sobre la evolución de los diferentes estados y, menos aún, sobre las

especificidades de cada uno al momento de encaminar el progreso. Sin embargo, es posible

indicar que los modelos son comunes en la mayoría de los países Europa y de América.

Este modelo consiste en:

Gobiernos elegidos democráticamente, ausencia de autoritarismos dictatoriales.

Progreso tecnológico: con diferencias de recursos, los Estados apuntan hacia el

progreso tecnológico como mecanismo de desarrollo.

Avance científico: como proceso de innovación y de mejoramiento de diversas

actividades es utilizado en diferentes medidas por los Estados.

Utilización de los beneficios del desarrollo industrial: los beneficios generados por

el avance tecnológico aplicado al progreso tecnológico y al desarrollo industrial es,

comúnmente, utilizado por los Estados para generar mayor industria y

competitividad –a nivel regional y mundial.

Modelo educativos: que cuentan con sistemas educativos similares y con contenidos

parecidos para personas de las mismas edades.

Por supuesto, esto responde a un simple ejercicio de similitudes entre los Estados de las

regiones mencionadas. Se debe tener claridad que existe mayor similitud en ciertos ámbitos

y que en otros las diferencias son sustanciales. No obstante, se requiere mencionar este

acercamiento para dar cuenta de dos contextos parecidos hablando a grandes rasgos.

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Dentro de este modelo que cobija a los países europeos y americanos, existen grandes y

pronunciadas diferencias que tiene que ver con: a) acceso a servicios básicos, b) acceso a

servicios sociales y c) desarrollo científico y tecnológico.1

Entonces, a pesar de que existe un gran paraguas que señala el desarrollo en el mismo

sentido, al interior de ese paraguas existen una multiplicidad de formas de desarrollo y una

amplia variedad de niveles del mismo, que permite la comparación entre casos.

Este breve análisis pretende situar a los dos casos que se desean comparar en la presente

investigación; por un lado, España –país ubicado en el eje del desarrollo- y, por otro lado,

Ecuador –país que puede ser considerado en vías de desarrollo.

Ambos países comparten en parte su historia en común2, al tiempo que mantienen grandes

diferencias en el nivel de desarrollo y en el acceso a servicios y recursos, como por

ejemplo:

PIB per cápita: en Ecuador 8.280 dólares; en España 32.545 dólares.3

Política de salud: Ecuador afrontó durante mediados de los 80´s y comienzos de los

90´s la arremetida neoliberal donde se impusieron una serie de reformas

macroeconómicas y sociales que consistían en “…la privatización de los servicios,

su descentralización, la separación de las funciones de financiación y provisión, y la

universalización del acceso a un paquete de servicios mínimos que cada país debe

definir de acuerdo con sus recursos y estudios de eficiencia en función de los

costos” (Homedes y Ugalde, 2005). Esta reforma neoliberal llegó a Ecuador a

principios de la última década del siglo XX y se mantuvo durante varios años, sin

1 Las diferencias mencionadas responden a un nivel diferenciado de desarrollo social y económico. Las

estadísticas pueden ser un reflejo de dicha diferencia: por un lado, España no requiere recopilar datos en

relación a acceso a servicios básicos como agua potable, alcantarillado o electricidad, mientras que el Estado

La ayuda a domicilio, la teleasistencia, la Renta Garantizada de Ciudadanía (o el nombre que tome de acuerdo

a cada CCAA) son ejemplos claros de servicios sociales que permiten propender hacia la cohesión social en el

estado español. La realidad ecuatoriana no permite, aún, desarrollar servicios sociales a los niveles de los

estados de bienestar europeos. 2 Por la conocida colonización de España de los territorios de América central y de América del Sur, donde se

ubica el actual Estado Ecuatoriano. 3 Datos del Banco Mundial al año 2009.

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embargo, a partir del año 2007, con la llegada al poder de Rafael Correa se ha

retomado el control de los servicios sociales por parte del Estado. Por el otro lado,

se encuentra el sistema de salud español que se ha definido dentro del Estado de

Bienestar como un modelo extensivo a toda la población mediante principios de

universalidad y gratuidad (Murillo, 1998).

Con lo mencionado, pretendo indicar que, a pesar del diferenciado nivel de desarrollo de

Europa con América Latina, también existen similitudes -que permiten realizar análisis

comparativos de casos comprables (Caïs, 1997)-, de entre las cuales quiero destacar la

institución educativa. En los casos específicos de Ecuador y España es posible enfatizar

las siguientes similitudes:

Similitud normativa: la educación es un derecho –irrenunciable- de todas las

personas. Tiene como objetivo el desarrollo de la persona y se promueve el respeto

a los derechos fundamentales. La educación es un deber inexcusable (gratuidad) del

Estado4.

Similitud de diseño: en ambos países el bachillerato alcanza a la población de 17-18

años. Además, permite el acceso a enseñanzas universitarias o a formación

profesional (España) y a bachillerato complementario (Ecuador).

Similitud formal: ambos sistemas cuentan con puntos de corte. En el caso español

hay dos puntos de corte, uno a las 12 años a la entrada en la ESO y otro a los 16

años a la entrada al bachillerato; en el caso ecuatoriano, el primer punto de corte de

da tempranamente a las 5 años a la entrada a la enseñanza general básica y otro a los

15 años a la entrada al bachillerato5.

4 De acuerdo al Art. 27 de la Constitución Española de 1978 y del Art. 66 de la Constitución de Ecuador de

2008. 5 La comparación se basa en el cuadro Estructura de los sistemas educativos: ecuatoriano – español,

desarrollado por el Centro de Recursos para la Atención a la Diversidad Cultural en Educación (CREADE),

tomado de http://bit.ly/JVaoSl.

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El diseño del ciclo educativo completo es muy parecido y solamente difiere en las

edades de los puntos de corte.

Une vez expuestos las singularidades estructurales desde un punto de vista de la

organización del estado en materia educativa, el presente estudio tiene como finalidad

realizar un estudio comparativo de los sistemas educativos de Ecuador y España a la luz de

las políticas públicas educativas –que se traduce en legislación y normativa- de ambos

países en los últimos años. La comparación se centra en la elaboración e implementación de

nueva legislación educativa desde la óptica de la inclusión social. En este sentido, se

pretende comprender la dinámica de la política educativa tomando como referencia clave

de la investigación los cambios de gobiernos (partidos e ideologías partidistas) y, a su vez,

la disociación de la política educativa entre cada uno de ellos.

Las comparaciones de ambos países ofrecen un sin número de alternativas de estudio y

siendo le educación un pilar clave para el desarrollo y progreso de cualquier sociedad, las

conclusiones que se obtengan del análisis comparativo brindan la posibilidad de investigar

con mayor detenimiento las consecuencias de la variabilidad en la norma y las respuestas y

soluciones a esta problemática. Además, la comparación de legislación educativa en dos

contextos diferenciados permite establecer un marco de referencia de la dinámica de los

sistemas educativos –al menos en términos normativos- y su evolución formal en los

espacios europeo (mediterráneo) y andino.

A pesar de que el estudio no se basará en resultados y consecuencias de las variaciones

legislativas por efectos de disponibilidad de información6, a grandes rasgos se intentará

mostrar que los indicadores educativos resienten en términos negativos la variación

legislativa que a su vez implica la variación del sistema educativo: esto se traduce en mayor

6 La Ley Orgánica de Calidad de la Educación (2002) estuvo en vigencia durante un corto periodo de tiempo

no llegando a aplicarse y, por consiguiente, no se posee información sobre indicadores de educación de

mencionada ley. De igual forma, la Ley Orgánica de Educación Intercultural de Ecuador por entrar en rigor a

mediados de 2011 no permite la identificación de datos que respondan a su implementación.

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deserción, repetición, más alumnos/as por clase, menor inversión en el sector, etc.

generando, así, mayor sufrimiento social7.

Cabe decir, que se ha escogido para este trabajo el sistema educativo por considerarlo

esencial en el progresivo desarrollo de las sociedades y por ser central en los debates

actuales con respecto a su evolución y a su contextualización social y geográfica. Además,

teniendo como referencia que la educación marca en gran medida el devenir de una

sociedad, las aportaciones a su estudio revisten una gran importancia y permiten seguir

indagando sobre las actuaciones ligadas a la política educativa. Y sobre todo porque el

sistema educativo es una herramienta poderosa para favorecer la inclusión social.

En concordancia con lo anterior, resta mencionar que los sistemas educativos pueden

condicionar un cierto nivel, grado y tipo de desarrollo de una generación. La población (los

ciudadanos) se enfrenta a la movilidad social condicionada por un modelo educativo y por

las oportunidades de acceso al mismo: este modelo educativo determina el ulterior acceso

al mercado laboral y este, a su vez, establece los trayectos vitales de cada individuo. Las

oportunidades vienen, entonces, definidas por una multiplicidad de variables, pero en

estricto sentido la escuela marca los diferentes caminos permitiendo la distinción de clases

menos y más privilegiadas. Cambios bruscos y aplicaciones de políticas diferenciadas en el

sistema educativo en periodos cortos de tiempo generan, entonces, consecuencias y efectos

no deseados en los sistemas educativos y en las y los destinatarios.

Añado una reflexión que sirve para el concepto de inclusión educativa: la idea de

comprender la inclusión social en educación desde una perspectiva comparativa es para

analizar los objetivos y los mecanismos utilizados para cumplirlos desde las legislaciones y

la normativa educativa de Ecuador y España; por consiguiente, pretendo indicar qué es

7 Entender un problema desde una mirada de sentimiento compartido ayuda a enfréntalo desde lo colectivo.

Cuando un cuerpo sufre es porque ha sentido y resentido alguna acción sobre él, entonces, cuando hablamos

de sufrimiento social se puede comprender que es la sociedad (grupos, conjunto de individuos) la que está

resintiendo alguna acción negativa que le produce malestar y dolor. Este sufrimiento es causado por la

dinámica de la sociedad -del consumo y de la productividad-: el individuo debe cambiar, debe adaptarse

constantemente a los rápidos y continuos cambios de la vida social. Los individuos son juzgados de acuerdo a

las decisiones que toman; los individuos en muchos casos no son conscientes de las variables que implican

cada decisión. Así, se produce sufrimiento compartido.

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inclusión, para afrontar el análisis comparativo desde el posicionamiento ideológico (de

cada gobierno) que actúa de acuerdo a este concepto. Y bajo estas premisas, el objetivo no

es alcanzar a analizar si el sistema educativo es o no inclusivo, sino comprender cómo los

gobiernos han utilizado este término y sus principios y los han plasmado en la legislación.

La pregunta central que guiará la presente investigación queda formulada así:

¿Existen cambios fundamentales entre las legislaciones educativas de Ecuador y España

implementadas por gobiernos de diferente corte ideológico, de acuerdo a criterios de

inclusión social en educación, que redunden en la imposibilidad de generar una política

educativa de Estado?

En relación a este cuestionamiento me he planteado como respuesta general:

Las legislaciones educativas de los gobiernos llamados conservadores responden a la

importancia de la eficiencia y eficacia de la educación y a una lógica de medios y fines,

derivando en la falta o supresión de tipificaciones encaminadas hacia criterios de inclusión

social. Por otro lado, los gobiernos llamados progresistas acuden a criterios de inclusión

social para plasmar su ideología en la normativa. En consecuencia, las diferencias

ideológicas –partidistas- conducen a la formulación y tipificación de diferenciados criterios

de inclusión social en la normativa educativa de Ecuador y España, acarreando como

resultado la reorientación del sistema por diferentes vías y, ocasionando, la imposibilidad

del establecimiento de políticas de estado o institucionalizadas que permitan el

sostenimiento de procesos en el sistema educativo.

Para responder a este problema planteado, la presente investigación se divide en los

siguientes apartados. Se estructura primero de un apartado donde se intenta explicar los

conceptos básicos de política pública, política educativa, ideología e inclusión social. En un

segundo momento, se establecerá la estrategia metodológica que se ha utilizado para

desarrollar el presente trabajo. Como tercer punto, y más importante, se establecerán las

comparaciones necesarias entre las legislaciones, a la luz de las diferencias ideológicas que

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diseñaron cada normativa y de acuerdo a los criterios de inclusión social elegidos. Y, por

último, se incluyen las conclusiones generales del estudio.

Importancia del estudio en la dinámica de los servicios públicos y las políticas

sociales

La posibilidad de mantener una línea de investigación en un área de terminada y/o de

aplicar conocimientos en un ámbito práctico, debe partir de un análisis de la realidad social

y de las complejidades que esta comporta. Para esto, se requiere analizar varios

componentes y factores en una sociedad y las imbricaciones e interrelaciones que se

suceden con los servicios y las políticas públicas.

Para comprender, entonces, la relación entre un fenómeno social (necesidad o problema) y

las respuestas que se están dando desde el Estado, el gobierno y los servicios públicos es

necesario e imprescindible realizar un acercamiento a las bases de la estructuración y la

planificación de los servicios, a los puntos nodales en la toma de decisiones y a los

principios y fines que han guiado su accionar.

He pensado que un análisis fundamental para entender la realidad del sector de la educación

y sus posibilidades a futuro, parten de un razonamiento sobre las bases legales e ideológicas

que han encaminado su diseño y orientación. Así, se establece un problema que es, a la vez,

un problema social –impedimento efectivo de acceder a la educación en igualdad de

oportunidades- y un problema estructural –reencaminar la acción de gobierno desde las

posturas ideológicas y no desde el análisis de necesidades.

El análisis tiene como objetivo, así, ser una herramienta que permita comprender y

acercarse a la realidad de las políticas públicas –en tanto normativa- y sea una base para, en

lo posterior, formular posibles respuestas y soluciones que puedan irse desarrollando y

gestando desde lo micro hacia lo macro, desde los profesionales y su trabajo diario hacia las

estructuras de poder y de toma de decisiones.

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En síntesis, para ser capaces de elaborar un diagnóstico del sector de la educación se

requiere identificar su diseño y su planificación, pero sobre todo, conocer a qué responde

ese diseño, a un análisis de la realidad o a una postura ideológica, para de esta forma

identificar las posibles vías de actuación.

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CAPÍTULO I: LAS LEGISLACIONES EDUCATIVAS VISTAS DE

CRITERIOS DE INCLUSION SOCIAL EN EDUCACIÓN

En este capítulo intentaré realizar un acercamiento general a la definición contextual de las

legislaciones educativas, partiendo de la necesidad de comprender algunos conceptos que

guiarán la investigación:

Primero, es indispensable anotar la formulación de la política pública, su relación

con la política educativa y la manera en cómo esta se expresa mediante el

establecimiento de normativa y legislación.

Segundo, se hará un abordaje teórico sobre el concepto de Estado, su definición

donde se incluirá a la vez el gobierno y la capacidad que tiene como como poder

legislativo para influir sobre la política educativa en términos de normativa. De

igual forma, se establecerá las bases de las comparaciones desde la diferenciación

entre gobierno conservador y gobiernos progresista teniendo como criterio el

concepto de ideología.

Tercero y último, me acercaré al concepto de inclusión social en la educación, a

manera de elemento principal en la comparación.

Las políticas públicas y las políticas educativas

Las políticas públicas en su sentido más amplio y general “…es todo aquello que los

gobiernos deciden hacer, o no hacer” (Dye, citado por Fernández, 1996:432). De esto se

desprenden cuatro elementos fundamentales (Belletini, 2004:88):

a) Acciones y omisiones de los gobiernos,

b) Qué se entiende por gobierno,

c) Inmersión de un proyecto político y

d) Relación Estado-sociedad.

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Estos cuatro elementos permiten realizar un acercamiento a la formulación de políticas

públicas, comprendiendo inicialmente que los gobiernos omiten ciertas cosas

intencionalmente quedando claro que:

…es fácil descubrir lo que la autoridad pública hace, pero resulta mucho más difícil

descubrir lo que se niegan a hacer y por tanto es posible caer en el error de atribuir al actor

no-actos que jamás ha elegido ni considerado (Meny y Thoening, citado por Belletini,

2004:90).

Por otro lado, al decir qué se entiende por gobierno se hace referencia a lo supra-nacional,

nacional, local, etc. Para la presente investigación, se tiene como referencia principal a los

gobiernos nacionales como promotores de políticas –legislaciones- que afectan al conjunto

de un país. Las políticas, además, se encuentran inmersas en un proyecto político, que

responde a una agenda de los gobiernos que se entiende como “…el proceso a través del

cual ciertos problemas o cuestiones llegan a llamar la atención seria y activa del gobierno

como posibles asuntos de política pública” (Elder y Cobb, 1996:77).

Y, por último, las políticas se dirigen hacia la sociedad, es decir, hacia la población que en

diferente medida interviene en la formulación y diseño de las mismas. De igual forma, será

escuchada en mayor o menor medida de acuerdo al tipo de intervención que el gobierno

desee realizar (Belletini, 2004).

A manera de mejor comprensión de qué es una política pública se puede decir que es el

producto de alguna actividad que ha sido conferida, otorgada o proclamada por el poder

público o por el gobierno en funciones (Meny y Thoening, 1992).

Acotando un poco más este término es necesario hacer referencia a la política social como

aquella parte de la política pública que tiene el gobierno –Estado- para crear una sociedad

más cohesionado y equitativa por medio de estrategias y políticas concretas. Es una

perspectiva de integración social donde la política social permite la convergencia entre los

intereses particulares y comunes (Ceja, 2004). La política educativa no se encuentra en

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términos de organización dentro de las políticas sociales, pero es parte del conjunto de

políticas que buscan la igualdad de oportunidades para los individuos.

Para explicar la relevancia de las políticas públicas en materia educativa es menester

mencionar, a su vez, la importancia de la educación como aspecto primordial, fundacional

y esencial del desarrollo humano, “…con ella, el hombre y la mujer tienen posibilidad de

disfrutar una vida más plena y de alcanzar alternativas ocupacionales, de información, de

recreo, de oportunidades de crecimiento” (Rivero, 1999:60).

En la misma línea, y siguiendo a Rivero (1999), la educación tiene como principal función

superar la exclusión social, a través de los objetivos que sustentan ese fundamento:

integración nacional, crecimiento económico y superación de la pobreza. Entendiendo que

hablar de educación es hacer referencia a un término amplio e impreciso y atendiendo a la

necesidad investigativa de centrarme en la legislación que regula el sistema formal de

educación, la escuela será la encargada –en las sociedad modernas- de organizar

institucionalmente la transferencia y “…circulación del conocimiento y la preparación del

individuo para los futuros roles (Ibíd.:102).

En suma, la educación y específicamente la escuela determinan el trayecto de vida de los

individuos y marca su relacionamiento y adaptabilidad al esquema y forma de reproducción

de la vida en un contexto altamente globalizado8 (o cada día más globalizado).

8 Una forma de comprender la globalización de acuerdo a los contextos de la sociedad puede ser el siguiente:

Al analizar “…cuáles son las instituciones necesarias para que un país pueda entrar de lleno en la

globalización, disfrutando de todos sus beneficios… [se deduce que]…no existe ninguna magia al respecto.

Dichas instituciones no difieren de aquellas necesarias para que cualquier mercado funcione. Y la institución

por excelencia para asegurar dicho funcionamiento, es el Estado de Derecho y el Imperio de la Ley. Dicha ley

estará integrada por normas que regulen las conductas de los individuos entre sí, siendo independientes de la

consecución de cualquier fin en particular. Debe ser aplicable a un número ilimitado de casos, así como

también definir la esfera de protección de las libertades individuales, dentro de la cual cada individuo podrá

realizarse libremente haciendo todo el uso de sus habilidades creativas. Y finalmente, dicha ley debe asegurar

la máxima coordinación de expectativas posibles entre las personas para poder orientar lo mejor posible el

comportamiento individual, lo cual presupone la importancia de las costumbres e implica la estabilidad en el

tiempo. El fin hacia el cual una norma o una institución debe apuntar, no puede ser nunca el logro de aquello

que en un momento determinado, tal o cual sociedad crea más importante, sino más bien el mantenimiento de

unos principios generales sobre los cuales el orden social se asienta”. Por tanto, el “…resultado del

establecimiento de este tipo de instituciones es predecible: entrada masiva de inversión extranjera, ilimitadas

oportunidades de desarrollo y de nuevos negocios, apertura de mercados por todo el mundo para colocar todo

tipo de bienes y servicios que cada país logre producir con mayor eficiencia, etc. Sin embargo, el camino

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Así, las decisiones que se tomen sobre la educación y la escuela, las acciones que se

desarrollen a nivel nacional (soberanía en materia educativa) y las consecuencias que se

generen responden a los lineamientos de políticas que para tal efecto se desarrollen y se

implementen. Estos lineamientos, por supuesto, responden a factores ideológicos, a lo cual

haré mención más adelante.

La diferenciación que realiza Pedró y Puig (1998) sobre la Política Educativa (con

mayúsculas) y las políticas educativas (con minúscula) permiten comprender la visión

cambiante y de variabilidad que posee la política pública. Esta diferenciación responde a

los intereses conceptuales de los autores por enmarcar su preocupación en el estudio de la

Política Educativa como la vertiente de la Ciencia Política en materia educativa, en relación

a las acciones concretas que implican las políticas educativas; sin embargo, plasman con

claridad la idea generalizada de la política pública como un elemento vertiginoso,

susceptible de manipulaciones no consensuadas, altamente volátil, que responde a intereses

coyunturales y sin perspectivas estructurales:

…veamos ahora qué pasa con las políticas educativas. En este caso, la evolución es rápida

y, de vez en cuando, vertiginosa. Un cambio de consejero o de ministro de educación –y no

digamos ya un cambio de color del gobierno o un cambio de régimen político- originan

inmediatamente un cambio de orientación de la política educativa oficial, y de rebote, un

reposicionamiento de todos los actores. Ya se ve, pues, cuando hablamos de una política

educativa concreta (así, en minúscula) nos referimos a una línea de actuación específica,

adoptada por una autoridad con competencias educativas, que se dirige a resolver una

determinada cuestión. Dicho de otra manera, una política educativa es el resultado de la

actividad de una autoridad pública (investida de poder público y de legitimidad

gubernamental) en el sector educativo (Pedró y Puig, 1998:22-23).

hacia el logro de este orden interno fundamental, no es fácil, no posee un plan concreto, puede tomar cientos

de diferentes formas, y en muchísimos casos puede fallar en el intento. Por otra parte, como ya venimos

sosteniendo para todo orden espontaneo, la forma específica de este orden, no puede ser producto de una

mente individual, no se puede planificar. Una vez más, el mismo tendrá su origen en las normas de conducta

provenientes de la cultura y la costumbre de cada pueblo”. (Vásquez, 2008:23-24)

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Los autores apuntan también que:

Es cierto que los partidos políticos tienen unos programas de acción que incluyen grandes

orientaciones sobre la política educativa que adoptarían si llegasen al gobierno –y, a veces,

también un cierto número de propuestas muy puntuales-, pero no lo es menos que es dando

respuesta a las necesidades que en cada momento va evidenciando el sistema escolar como

se configuran las políticas educativas concretas (Ibíd.:23).

Esto permite entrever el carácter transformador de la política pública –educativa- desde una

óptica temporal y de respuesta coyuntural y acumulable, más no desde una perspectiva de

establecimiento de lineamientos institucionales que permitan la configuración de políticas

de Estado orientadas hacia el diseño de un sistema educativo asentado en la sostenibilidad

del mismo.

Sostenibilidad en educación

La sostenibilidad es un término que ha sido desarrollado desde la cultura medioambiental

para hacer alusión al desarrollo sostenible, que a su vez se comprende como “…el

desarrollo que satisface las necesidades de la generación presente sin comprometer la

capacidad de las generaciones futuras para satisfacer su propias necesidades” (Commission

on Enviroment and Development, 1987).

Existen bastantes discusiones acerca de la sostenibilidad, y dado que no es el elemento

nodal de la investigación, me centraré en el postulado de sostenibilidad fuerte que pregona:

la preocupación de la salud de los ecosistemas, mismos donde el ser humano está inserto y

la economía desarrollado por él, sin ignorar las repercusiones, consecuencias e incidencias

que el razonamiento monetario tiene sobre el mundo –físico (Naredo, 1996). Así, la

sostenibilidad fuerte pone:

…énfasis en la interacción de estos dos sistemas dinámicos [ecosistema y sistema

socioeconómico], teniendo en cuenta que el sistema socioeconómico es dependiente del

ecosistema en el sentido de que éste podría funcionar autónomamente, mientras que aquél

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no lo podría hacer sin el ecosistema. La interacción consiste en una permanente

coadaptación. Mientras las sociedades se abastecen de recursos y expulsan sus desechos, los

ecosistemas sufren cambios y se reajustan; a menudo tales cambios se vuelven contra el

hombre en forma de problemas ambientales que obligan a modificaciones tecnológicas,

económicas y sociales; así mismo, una serie de eventos naturales condicionan los

asentamientos y actividades humanas. (Luffiego y Rabádan, 2000:476).

De aquí, que Luffiego y Rabadán propongan un concepto más integral de sostenibilidad con

carácter sistémico –que permite su extrapolación, en este caso, a la sostenibilidad del

sistema educativo- y que se expresa como

…aquella relación entre un sistema socioeconómico y un ecosistema cuya generación de

entropía sea compatible con el mantenimiento de dicha relación en el tiempo. Una

formulación más general, como una interacción entre dos sistemas en los que se genera una

entropía compatible con dicha interacción, permitiría elevar el concepto de sostenibilidad a

la categoría de transdisciplinar… (Ibíd.:481)

En este sentido la sostenibilidad en educación se comprendería desde el sistema de la

política formal (gobierno) generador de políticas públicas y el sistema educativo como tal,

de tal forma que sus relaciones se mantengan en el tiempo, evitando que las políticas

educativas varíen con tal intensidad que produzcan efectos contraproducentes y negativos

en el sistema educativo –y por consiguiente en las trayectorias vitales de la personas, en el

mercado de trabajo, etc.-, así como el sistema socioeconómico puede incidir de forma

negativa en el ecosistema.

Ciclo de la política pública

De forma sucinta se debe anotar que la elaboración de normativa y legislación9 está sujeta a

los criterios del ciclo de una política pública (Figura 1): identificación de un problema y

9 Retomando el acercamiento hacia la política pública y educativa debo recalcar que en esta investigación

pretendo dar cuenta de las políticas educativas en tanto legislación y norma; lo cual se comprende desde la

concepción de la política pública como acciones y omisiones de los gobiernos, por tanto, se obviarán

programas, planes, entro otros, a excepción que se requiera realizarlos por efectos de disponibilidad de la

información o por necesidad exclusiva de la comparación.

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agenda de los gobiernos, la formulación de las posibles alternativas, las decisiones respecto

a las alternativas, la implementación (sanción y puesta en vigor de la ley) y la evaluación:

Figura 1 Ciclo de la política pública

Fuente: Adaptación del libro de Subirats et al., 2008.

El ciclo de la política es importante no sólo para efectos de comprender el proceso que lleva

a la puesta en marcha de una legislación –en este caso- sino porque permite que

introduzcamos, ahora, el concepto de gobierno y de Estado. A pesar de parecer un esfuerzo

poco necesario, debido al conocimiento sobre ambos conceptos que se tiene desde la

Ciencia Política, es fundamental esquematizar la diferencia entre mencionados términos,

sobre todo, para comprender y comparar más adelante las diferentes ideologías en los

gobiernos.

Aproximación al concepto de Estado

No pretendo hacer un recorrido por la evolución de los conceptos de Estado y de gobierno,

ni mucho menos, simplemente es la necesidad teórica de ubicar sus definiciones y

principales acepciones en el contexto contemporáneo, de forma tal, que permita el análisis

ulterior de la política educativa.

Indentificación del problema - puesta

en agenda

Formulación de alternativas

Decisiones sobre alternativas

Implementación

Evaluación

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Entonces, por un lado, el Estado moderno se comprende como un nuevo orden político –

que se diferencia de los anteriores por el nivel de desarrollo político10

- que tiene entre sus

principales características las siguientes (Bouza-Brey, 1996):

Tiene un carácter territorial que implica la monopolización del mismo.

Se basa en el principio de monopolización del poder de coerción y regulación.

Institucionaliza el poder soberano a través de un ordenamiento jurídico unitario e

igualitario.

Aparición de instituciones políticas que despersonalizan el poder: parlamentos,

fuerzas armadas, policía, administración pública, hacienda, etc.

Participación de todos y todas las ciudadanas en las instituciones políticas, creadas

por el Estado, en situación de igualdad.

El Estado se ha visto desarrollado desde diferentes posiciones: una fase llamada liberal,

después hacia el estado democrático y a continuación la cristalización del estado

democrático-social. El desarrollo del Estado en la actualidad conduce a diferentes

escenarios de acuerdo al contexto geográfico, político, económico y social donde nos

posicionemos.

Para el caso de Ecuador y España, la Constitución estipula con claridad el tipo de Estado:

Art. 1.- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia social, democrático,

soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. (Constitución del

Ecuador, 2008).

El Art. 1, numeral 1 de la Constitución Española estipula que “España se constituye en un

Estado Social y democrático de Derecho (Constitución Española, 1978).

10

“..se ha considerado desarrollo político, en primer lugar, como la emergencia de las agencias políticas

especializadas, ejecutivas y burocráticas, capaces de definir metas colectivas y ejecutarlas, en el ámbito

nacional e internacional. En segundo lugar, como la aparición de instancias generales de articulación y

agregación, tales como partidos políticos, grupos de interés, y medios comunicación que realicen el objetivo

de vincular a los diversos grupos de la población con las agencias de definición y ejecución de metas

anteriormente mencionadas (Almond y Powell, citado por Bouza-Brey, 1996:51).

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Para matizar ambos contextos, el Estado español se encuentra en el denominado Estado de

Bienestar:

…es una experiencia propia de las economías de mercado, es decir, de los sistemas con

economías capitalistas y regímenes políticos basados en la democracia pluralista….En

primer lugar, las acciones del EB han pretendido garantizar la acumulación capitalista…con

la intención de mantener la paz social. En segundo lugar, el EB ha otorgado una nueva

dimensión a la democracia a partir de la concreción de un conjunto de derechos sociales

(Sánchez, 1996:236).

De esta forma, España ha configurado su modelo de accionar político, económico y social

desde estos principios del Estado de Bienestar. Los pilares de este tipo de estado fueron en

un inicio los sectores de la salud y la educación y, a pesar, de las críticas al modelo y de las

repetidas indicaciones de la crisis que vive (Pedró y Puig, 1998), por el momento, mantiene

su hegemonía en la planificación, control y financiamiento de la educación.

La historia del Estado ecuatoriano ha dependido de los vaivenes políticos de la región –

Latinoamérica-, que se enfrentó al Modelo de Sustitución de Importaciones (ISI), al

llamado Estado Benefactor y a las reformas estructurales del neoliberalismo que aún son

visibles y que contribuyeron a la reducción del papel del Estado y a procesos de

privatización y de focalización de las políticas y del gasto.

Sin embargo, en los últimos años desde el discurso político se ha intentado dar freno a las

políticas neoliberales y retomar la noción de Estado Social. Esto además, se ha podido

evidenciar en la evolución de los presupuestos destinados a los sectores de educación y

salud11

.

11

En educación el presupuesto en relación al PIB ha ido incrementándose a partir del año 2000, no obstante

los cambios más significativos ocurren desde el año 2007: para el año 2006 el porcentaje del presupuesto de

educación en relación al PIB era del 2,6%, aumentando el siguiente año a 3,0% y alcanzando el 4,0% para

mayo del 2010. A pesar de que este incremento no representa en sí un análisis evaluativo de la situación del

sector de educación, permite mirar el marcado incremento presupuestario en educación. En cuanto al

presupuesto en millones de dólares pasó de $ 1.094,60 millones en 2006 a $ 2.302,80 en mayo del 2010. Caso

similar ocurre con el sector de salud donde el presupuesto del año 2006 era de $ 503,90 millones alcanzado la

cifra de $ 1.271,50 para mayo del 2010 (SIISE, 2010).

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Aproximación al concepto de gobierno

Estos estados –tanto el español como el ecuatoriano- han desarrollado un modelo diferente

de gobierno y de organización del poder político, aunque en última instancia están basados

en lo que Caminal dice que por naturaleza es un Estado moderno, es decir, un Estado

representativo (Caminal, 1996). Pero la representatividad adopta diferentes formas de

gobierno.

Primero, gobierno, en términos laxos, es el complejo de órganos que dirige el poder

ejecutivo del Estado. Se conforma del jefe de gobierno (Primer Ministro, Presidente) y de

su brazo político (ministros o gabinete). Así, en general, al hablar de gobierno se intenta

denotar a la formación que ejerce el poder ejecutivo y que varía según el Estado al que nos

refiramos. (Lleixà, 1996).

A pesar de que el gobierno lo constituye el poder ejecutivo, es necesario comprender que el

poder legislativo ejerce un control y tiene unas funciones indispensables para gobernar. Así,

en el parlamentarismo –como es el caso español- el gobierno es “…políticamente

responsable ante el parlamento, o lo que tanto vale: necesita la confianza de éste para

gobernar” (Ibíd.:400). Como LLeixà anota el jefe de Estado que está representando por la

corono no tiene funciones de gobierno, por otro lado, el jefe de gobierno se designa de

acuerdo a la mayoría parlamentaria y requiere que esta mayoría se mantenga, evitando un

voto o moción de censura que lo haría cesar en sus funciones: es así que se configura la

monarquía parlamentaria en España.

A diferencia del parlamentarismo, la forma de gobierno presidencialista (con sus orígenes

en Estado Unidos) implica una separación entre el ejecutivo y el legislativo; es decir, el

presidente no requiere de la confianza del parlamento o congreso, es elegido por sufragio

popular para un periodo determinado de tiempo (4 años o más dependiente el país) y ejerce

la figura de jefe de estado y jefe de gobierno. (Ibíd.)

Esta breve mirada a las dos formas de gobierno que configuran la comparación en este

estudio permite ubicar el escenario legislativo que ha permitido, en ambos países, colocar

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sobre el tapete las diferentes normativas relativas al sistema educativo. Junto a las formas

de gobierno es indispensable realizar una aproximación al sistema de partidos.

Sistema de partidos

El sistema de partidos se basa sobre todo en el problema de contar cuántos partidos existen

en un Estado, problema que Sartori menciona que debe ser resuelta estableciendo algunas

normas para dicho conteo. No obstante, el número es de fundamental importancia porque

“…indica inmediatamente, aunque sólo sea de modo aproximado, una característica

importante del sistema político: la medida en que el poder político está o no fragmentado,

disperso o concentrado” (Sartori, 1999:153). Esto permite entrever con mayor claridad las

posibilidades de cambios legislativos y las dificultades que pueden suponer.

Para explicar lo que Sartori indica como normas para contar partidos es suficiente

comprender que no es cuestión del número de partidos, sino del peso de la interacción

recíproca entre ellos. Por ejemplo, a nivel nacional en España existen más de dos partidos

(Partido Popular –PP-, el Partido Socialista Obrero Español –PSOE-, la Izquierda Unida –

IU-, Unión Progreso y Democracia –UPD) y, a pesar, de que la alternancia en el poder lo

han tenido el PP y el PSOE, el sistema se muestra como un multipartidismo moderado dado

que se deben analizar factores como:

…i) dos partidos de hallan en condiciones de competir por la mayoría absoluta; ii) uno de

los partidos logra efectivamente conseguir la mayoría parlamentaria suficiente; iii) este

partido está dispuesto a gobernar solo; iv) la alternación en el poder sigue siendo una

expectativa creíble” (Ibíd.:239).

Sin embargo, para efectos de analizar las legislaciones en materia educativa es posible

avizorar que el partido que ha obtenido la mayoría ha delineado, en base a su política

partidista (ideología) y las características de la normativa de educación.

Ecuador, por su parte, ha tenido una historia de multipartidismo polarizado donde

confluyen partidos de todo el espectro ideológico izquierda-derecha, estando, también los

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llamados populistas. En mencionado espectro aparece algo menos de 10 partidos que han

configurado el sistema político del país. (Paz y Miño, 2006).

Entonces, para entender el cómo se distribuye el espectro en el caso ecuatoriano y la

alternancia en el caso español es necesario introducir otra dimensión conceptual, que tiene

relación con el posicionamiento ideológico de cada gobierno. Y para esto, a su vez es

imprescindible explicar qué se entiende por ideología.

Ideología política

Sartori explica detenidamente el término y llega a la conclusión que “…la ideología es un

sistema de creencias basado en i) elementos fijos caracterizados por ii) alta intensidad

emotiva y por iii) un estructura cognitiva cerrada” (Sartori, 1992:110). Para esto realiza un

análisis entre opuestos: ideología y pragmatismo, donde la diferencia radica en las

características del sistema de creencias12

. Sartori también señala que la ideología explica

dos cosas (Ibid.:116)

1) El conflicto, el consenso y la cohesión.

2) La movilización y la manipulación de las masas.

Para comprender el primer punto es necesario entender que el conflicto, el consenso y la

cohesión aparecen de acuerdo a la relación entre dos sistemas de creencias; las diferencias o

acercamientos que puedan tener estos sistemas se basan en dos características: los

elementos distintivos (sabiendo que, además, existen elementos comunes) y su intensidad.

Así, a mayor cantidad de elementos distintivos y mayor intensidad en los mismos se está

más cerca del conflicto ideológico y a menor cantidad de elementos distintivos y menor

intensidad se estará en una situación más cercana al consenso. (Ibíd.)

El siguiente gráfico expone de manera visual lo mencionado (Ibíd.:117):

12

Ver más en (Sartori, 1992) de la página 101 a 111.

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Figura 2 Política conflictiva y política consensual

Fuente: (Sartori, 1992)

Elaboración: (Sartori, 1992)

Entonces, se entiende por posicionamiento ideológico el sistema de creencias que mantiene

un partido político y que se transfiere al gobierno y a la politics al momento de tomar

decisiones y de emprender una política educativa. Este sistema de creencias –ideología- se

plasma, en primer lugar, en el discurso político y el plan que un partido presenta como

mecanismo para acceder al poder. En los casos de partidos que han se han forjado una línea

histórica y que sustentan su accionar en un posicionamiento ideológico que ha sido la base

en su conformación, es posible ubicarlos con mayor facilidad dentro de las llamadas

ideologías políticas. Y dicha ubicación genera los cimientos del ulterior diseño de la

política educativa.

Así, por ejemplo el PSOE cuenta con una larga historia, al menos en términos cronológicos,

desde su fundación hacia el año 187913

, y evolucionó como la mayoría de partidos

socialistas de Europa, es decir, teniendo como objetivo mejorar las condiciones de vida de

los obreros y basándose en un estrategia de

13

Véase historia del PSOE en http://bit.ly/q9yXCZ, página oficial de dicho partido.

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…ampliar la representación parlamentaria, hasta poder acceder al gobierno y desde ahí

poder conseguir una cierta redistribución de la renta. En general la actuación de los partidos

socialistas, laboristas y socialdemócratas se ha circunscrito, salvo períodos excepcionales, a

la creación, ampliación y mantenimiento de los Estados de bienestar, sin cuestionar

prácticamente las bases capitalistas de la sociedad. (Guiu, 1996:136).

Esto no quiere decir que su posicionamiento ideológico sea limitado a la definición de un

partido socialista forjado en las bases del movimiento obrero, ha evolucionado y como tal,

es necesario identificar el sistemas de creencias que ahora configura su accionar.

Asimismo, es necesario identificar las posturas conservadoras del PP y del Partido Unidad

Republicana (PUR) –que fue el vínculo al poder del gobierno en el Ecuador entre el año

1992 y 1996- y el posicionamiento progresista del movimiento política Alianza País (AP),

que desarrolló la última legislación educativa en Ecuador y que es fruto de este análisis

comparativo.

Lo primero a mencionar es qué diferencia a un gobierno conservador y a uno progresista.

La diferencia o distinción entre derecha e izquierda es la preocupación por la desigualdad

(Bobbio, 2001). En la dinámica del Estado de Bienestar podría pensarse que, de mantenerse

un discurso y un accionar aparente, todos los gobiernos apuntan hacia la reducción de

desigualdades. Sin embargo, es posible observar cuáles son las principales líneas de acción

para determinar en qué categoría se ubica a un gobierno, al menos en términos analíticos.

Por su parte, los gobiernos conservadores se han desarrollado desde una visión del mundo

donde los seres humanos son en lo más esencial desiguales, debido a que el concepto de

igualdad es la prueba de contradicción de la libertad- intentando denotar la idea de que el

devenir político y social está dado por un orden consuetudinario y que los cambios lentos

son los que mejor se adaptan a la evolución de las sociedad de masas (LLeixà, 1996).

No obstante, lo último solo refleja el nacimiento del conservadurismo, que ha discurrido

por pensamientos antirrevolucionarios, contrarrevolucionarios, fusión con el liberalismo

(liberalismo que se convirtió en conservadurismo económico y social en confrontación con

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el socialismo) hasta las evoluciones más recientes que se acercan más al racionalismo –del

que habían intentado escapar antes- y a las orientaciones tecnocráticas. Así, dado el

debilitamiento de las organizaciones religiosas, la familia y otras instituciones encargadas

del control social; al igual que, la sobrecarga que sufre que el Estado por el desarrollo del

Welfare State; y, las nuevas características de la eficiencia económica y productiva y la

lógica cultural; el (neo)conservadurismo se orienta hacia: la “…limitación más o menos

drástica del <<Welfare State>> y, sobre todo, centralidad del mercado; desregulación de las

relaciones laborales y privatización importante del sector público”14

(Ibíd.:121).

Inclusión social en educación

Una vez que he delineado a grandes rasgos la relación entre ideología política y política

educativa, es momento de explicar la característica básica sobre la cual se perfila la

comparación legislativa: la inclusión social.

La inclusión social en materia educativa es un concepto ambiguo, por este motivo, me es

imprescindible indicar con claridad a qué se hace referencia.

Para comprender la inclusión social es recomendable metodológicamente, primero,

definirla en términos de su opuesto: la exclusión social.

Excluir es lo contrario de incluir, significa dejar fuera. En una sociedad, sea local o global,

se refiere a dejar a un individuo fuera de algunos aspectos del juego social, no dejándole

participar en el mismo. El juego social supone algún tipo de relación con otras personas de

la que se desprende algún tipo de recompensa material o inmaterial…Al formar parte de

una sociedad tengo, como ciudadano, que cumplir con ciertos deberes, tengo que respetar

ciertas normas, aunque también tengo el mismo derecho que todos al reparto de los bienes.

La exclusión social es un instrumento conceptual que sirve para reflexionar sobre el grado

en que se da esta condición básica. Una sociedad muy excluyente sería una sociedad injusta,

poco democrática. O dicho de otra forma, si no hay igualdad de oportunidades, no se logra

la democracia plena y se da la exclusión social (Gil Villa, 2002:16).

14

Desde una definición de política económica se pude hablar de neoliberalismo.

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La importancia del término exclusión social es que hace referencia a los diversos aspectos

de la vida que condicionan a los individuos y a las estructuras. Así, toma en cuenta “…las

situaciones clásicas de pobreza…las condiciones laborales, el reconocimiento de la

ciudadanía, los déficits formativos, las situaciones sociosanitarias más desatendidas o la

inexistencias de redes de protección social o familiar” (Hernández Pedreño, 2008:25). Junto

a esto, también, se debe añadir que la edad, el género, el lugar de nacimiento –o

procedencia-, las costumbres culturales, la situación de salud, el nivel educativo y el

capital cultural acumulado determinan, o mejor dicho condicionan, la situación de

exclusión o inclusión social de una persona. (Subirats et al., 2009).

Entendiendo qué es y qué implica la exclusión social es posible identificar cuáles son los

espacios de inclusión social (Ibíd.:135-137):

1) acceso garantizado a la ciudadanía y a los derechos económicos, políticos y sociales –

junto a la posibilidad de participación en la esfera política;

2) la conexión y solidez de las redes informales (familias, vecinos, amigos),

3) el acceso al mercado de trabajo –espacio de la producción económica.

La escuela –el sistema educativo- actúa en los tres espacios mencionados de diferente

forma y de acuerdo a su diseño. Así, la educación es un derecho social que se inserta en las

máximas legislaciones y en los tratados internacionales; la escuela es un espacio de

socialización y de creación y fortalecimiento de redes de reciprocidad social; y, determina

el trayecto vital que condiciona, en gran medida, el acceso y la ubicación en el mercado de

trabajo.

La inclusión social tiene que ver con la igualdad de oportunidades y esta puede mirarse en

un enfoque de inclusión educativa desde: mayor tiempo de permanencia en estudios

formales en los primeros años de la infancia, tomando en cuenta que las bases de la

igualdad se sientan en esta etapa15

, o en los últimos años anotando la necesidad de

15

“Hay suficientes evidencias respecto de los beneficios que tiene la educación en los primeros años de la

vida para el desarrollo humano, y sus efectos preventivos y de equiparación de oportunidades. En América

Latina existe una mayor conciencia sobre la importancia de la educación de la primera infancia que se refleja

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permanecer un lapso más prolongado en la educación comprensiva16

; esto bajo la premisa

que

Un mayor número de años de estudio es un factor que puede contribuir, aunque no es el

único, a superar el círculo vicioso de la pobreza, ya que ofrece mayores posibilidades para

acceder al mundo laboral y tiene una influencia positiva en la educación de los hijos.

(Blanco, 2006:2)

Así, una legislación puede tipificar más o menos años de educación obligatoria de acuerdo

a los fines que esté persiguiendo. Entonces, la inclusión social en educación tiene que ver

las situaciones personales y de colectivos que había planteado como edad, género,

procedencia, etc., pero, también, con el diseño y finalidad del sistema –y, para este estudio,

de la ley- en el establecimiento de reglas que operen en una vía de menor o mayor

diferenciación entre el alumnado.

en el mayor desarrollo de políticas y en el aumento de cobertura…En muchos países se ha incluido el tramo

de 5 años, incluso el de 4 años en algunos casos, dentro de la educación obligatoria…” (Blanco, 2006:1) 16

Educación comprensiva se comprende como aquella en la cual los/as alumnos/as permanecen el mayor

tiempo posible en el sistema educativo sin diferenciación en los contenidos que reciben.

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CAPÍTULO II: LA ESTRATEGIA METODOLÓGICA

El presente capítulo versa sobre la metodología que se ha utilizado para desarrollar la

investigación, donde cuenta el método, la estrategia y las técnicas usadas para cumplir los

objetivos.

Debido a la característica del trabajo donde se ha optado por dos casos de estudio, Ecuador

y España, la metodología más acertada para la investigación es la comparación.

En primer lugar, la comparación es la base de la distinción y la agrupación…En segundo

lugar, la comparación supone, a la vez, que las cosas son en parte distintas y en partes

semejantes, pues si fueran totalmente uniformes o totalmente diferentes no se podría

establecer ninguna correspondencia entre ellas o ésta no tendría sentido alguno (Bravo,

1984:160).

La estrategia como se ha mencionado está basado en un método comparativo de dos casos.

Como Sartori lo indica “las comparaciones que sensatamente nos interesan se llevan a cabo

entre entidades que poseen atributos en parte compartidos (similares) y en parte no

compartidas…” (Sartori y Morlino, 1994:35). Para esta investigación estamos comparando

dos países –desde su legislación educativa- que poseen atributos compartidos y en parte no,

por lo cual nos da un margen para la comparación deseada.

Así, para establecer un estudio de caso, el método que más herramientas provee es el

método comparativo, mismo que tiene dos características básicas:

…primero, es un método fundado en la lógica y no en las estadísticas. En el análisis

estadístico el investigador/a social se suele concentrar en la relación entre variables,

no en las similitudes y diferencias de los casos estudiados. Segundo, la lógica en

que está basado es inductiva… (Caïs, 1997:24)

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Este método tiene sus ventajas, en tanto, permite explotar varias técnicas de investigación

social que le permiten cumplir sus objetivos, sin embargo, se ve limitada por las

posibilidades instrumentales en los casos de estudio. Así, para este trabajo se han elegido

dos casos: Ecuador y España, en tanto legislaciones educativas. A continuación se exponen

las principales limitaciones que ayudan a explicar el alcance del método comparativo para

este estudio.

Al comparar legislaciones se debe establecer de preferencia una temporalidad adecuada

para cada caso y para la relación entre ambos. Por este motivo, se ha intentado escoger

legislaciones que no disten en gran medida en tiempo. Junto a esto, se ha requerido escoger

legislaciones que respondan a diferentes posiciones ideológicas o partidistas, lo cual

provoca una limitación temporal. Con estos antecedentes proceso a mencionar las

legislaciones que escogí para el estudio y los criterios limitantes que implican dicha

elección.

Por Ecuador. En el caso ecuatoriano existen dos leyes en materia educativa en los últimos

30 años: una de 1983, Ley Orgánica de Educación (LOE/1983) y la última de 2011, Ley

Orgánica de Educación Intercultural (LOEI/2011). Por esta razón, es necesario abordar

ambas leyes, sin embargo, por el criterio de ideología del gobierno se hará un puntual

mención a las reformas ejecutadas en los principios de los 90’s.

Por España. Para el caso español he visto necesario incluir tres legislaciones que responden

a la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE/1990), la Ley

Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE/2002) y la actual Ley Orgánica de Educación

(LOE/2006).

Las limitaciones se entienden entonces por la brecha temporal entre las legislaciones en el

caso ecuatoriano y por la inexistencia de una real aplicación de la LOCE/2002 en el caso

español. Además, de que se mencionará la reforma presupuestaria realizada durante la

primera mitad de los años 90 en Ecuador, por considerarse necesario para explicar la

variabilidad que algunos cambios pueden ocasionar en el sistema educativo.

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El ajustar la investigación a las diferencias temporales entre legislaciones en ambos países,

así como por la no aplicación de una de ellas o la reciente tipificación de otra, limita las

posibilidades de análisis de los datos secundarios (oficiales) que pudiesen desarrollarse.

A pesar de estas limitaciones, el método comparativo nos ofrece dos técnicas que permiten

realizar un estudio sobre los casos propuestos. Por un lado, está la técnica de sistema de

similares que se “…produce escogiendo como objetivos de investigación sistemas que son

similares o idénticos en el máximo de variables posibles, con excepción de la variable que

caracteriza el fenómeno que se quiere examinar” (Ibíd.:25). La segunda técnica es conocida

como sistemas diferentes que es contrario a la anterior, donde “…las variables externas son

eliminadas escogiendo sistemas para comparar que no se diferencien en el fenómeno que se

investiga” (Ibíd.:26).

En consecuencia con lo anterior, y de acuerdo a lo ya mencionada sobre las diferencias

entre los casos, entonces, se ha escogido como técnica la de sistemas diferentes: se parte de

la eliminación de variables como:

Diferencias en el nivel de desarrollo industrial.

Diferencias en el nivel de desarrollo tecnológico.

Estado de bienestar versus variación de modelos (impulso de políticas neoliberales

y acercamiento a propuestas de mayor intervencionismo estatal).

Acceso a servicios básicos.

Acceso a servicios sociales.

Diferencia de evolución del sistema educativo.

Diferencias de indicadores de educación.

Diferencias en el sistema de partidos.

Diferencias en el modelo de gobierno.

Y se espera que una relación sea la constante a través de ambos casos: la ideología y la

reorientación y planificación del sistema educativo, a través, de las legislaciones. Esta

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relación marca la variable dependiente como la ideología y la variable independiente como

la reorientación en la planificación del sistema educativo.

En la primera parte de este documento se habían mencionado las similitudes entre los

sistemas educativos de Ecuador y España, lo cual no implica que exista contradicción entre

estas y el escoger la técnica de sistemas diferentes, simplemente dichas similitudes

responden a un ejercicio para centrarnos en lo que Caïs llama el análisis comparativo de

casos comparables. A pesar de que los casos no sean en sí los sistemas educativos, sino los

países en tanto legislación educativa, ha sido preciso realizar estar aclaración.

Resta mencionar que cuando se realiza una comparación de dos países hay dos opciones: un

análisis binario implícito y un explícito. El primero, se da cuando el investigador/a compara

consciente o inconscientemente algún otro país con el suyo de origen; mientras el segundo,

resalta la importancia de encontrar singularidades de cada uno de los países. En

consecuencia, por las características y motivaciones del presente trabajo, se ha optado por

un análisis binario implícito.

Para resumir de forma esquemática esta sección de la metodología es conveniente detallar

lo siguiente (Tabla 1):

Tabla 1 Metodología de análisis

Lista Descripción

Tipo de Estudio Estudio comparativo

Método Método comparativo

Estrategia Estudio de caso

Técnica Análisis de sistemas diferentes

Técnica Análisis binario implícito

Muestra N=2 (Ecuador y España)

Variable dependiente Ideología

Variable independiente Reorientación de la planificación del sistema educativo y

asignación diferenciada de recursos y esfuerzos

Fuente: Propia.

Elaboración: propia

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En relación a la metodología y, en consecución de lo que se ha mencionado, el análisis es

estrictamente cualitativo y se basa en la normativa-legislación elaborada en materia

educativa en ambos países. Así, la pretensión de este trabajo es un análisis interpretativo de

las leyes, asentado en la base de los criterios de inclusión social que en ellas se manifiestan.

La interpretación se realiza desde el acercamiento a las normativas desarrolladas por

gobiernos de diferente corte ideológico y que, en consecuencia, permiten analizar los textos

desde el concepto de inclusión social e interpretar las orientaciones y la planificación de los

sistemas educativos, desde la comparación.

Para este efecto, y a pesar de que ya se mencionó, los instrumentos de análisis –la muestra-

corresponde a los siguientes textos normativos:

LOE/1983, dentro de la cual se incluye el Reglamento General de Ley de 1985 de

Ecuador.

LOEI/2011 de Ecuador.

LOGSE/1990 de España.

LOCE/2002 de España.

LOE/2006 de España.

Estos textos se han recopilado de las fuentes oficiales de cada país, siendo el Ministerio de

Educación y el Registro Oficial para el caso ecuatoriano, mientras que la fuente de las

normativas españolas ha sido el Boletín Oficial Español (BOE). Como conclusión se

obtiene la fiabilidad y veracidad de los textos, así como de las fuentes y de la publicidad de

las leyes.

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CAPÍTULO III: LA COMPARACIÓN NORMATIVA: ECUADOR Y

ESPAÑA DESDE LAS LEYES DE EDUCACIÓN

Acercamiento a la realidad de Ecuador y España

Las comparaciones que puedan desarrollarse a la luz de la política pública educativa de

España y Ecuador han de tener como sustento una breve contextualización de los sistemas

educativos de ambos países, en otras palabras, se requiere establecer el marco histórico y

evolutivo como punto de partida necesario para establecer con claridad las bases del

estudio. De igual forma, es imprescindible mencionar de forma más general el contexto

político, social y económico en el cual están enmarcados estos estados.

España regresa al régimen democrático tras la dictadura de Francisco Franco que tuvo una

duración de casi 40 años (1936-1975). Esta dictadura ha marcado diferentes escenarios de

la realidad del país, desde la adhesión a destiempo a la Unión Europea –“…la persistencia

del franquismo…significaba un obstáculo insalvable para tal integración…” (Fontana,

2000: 36)-, la implementación tardía del Estado de Bienestar –cuando este modelo

comenzó a cuestionarse en la región (Bericat, 2006)- hasta la permanencia de instituciones

de corte dictatorial. Además, marca el periodo de evolución y desarrollo de los servicios

públicos, donde se incluye la educación.

A partir de 1975 España entra en una etapa de transición donde se constituye como un

Estado social y democrático de Derecho bajo el régimen de monarquía parlamentaria, junto

con la ratificación de la Constitución española de 1978 y con la puesta en vigor de la misma

el 29 de diciembre del mismo año (Golly, 2010); así, se establece una conformación

política parlamentaria (Santos, 2005).

Entonces, a partir de 1975 se han sucedido en el poder político gobiernos de UCD, del PP

(antes Alianza Popular) y del PSOE orientando el diseño e implementación de políticas

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públicas de acuerdo a la ideología partidista y al plan del gobierno en funciones. En este

escenario se ha configurado el desarrollo contemporáneo del sistema educativo español.

En la –década de los ´80s- España se adhiere a la Espacio Económico Europeo (Unión

Europea) generando beneficios por el aperturismo comercial de bienes, servicios y libertad

de movimientos de capitales (Ruiz, 2005).

Por último, en la actualidad la economía española pasa por un periodo de crisis –que afecta

a todas las dimensiones de la vida estatal y de la población-donde 5.639.500 personas están

en paro según las últimas cifras de la Encuesta de Población Activa (EPA, primer trimestre

2012) desarrollada por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

La sociedad española se define, entonces, en el marco de integración europea, en la

dinámica del comercio mundial, en las nuevas tendencias de desfamiliarización (Gil Calvo,

2006) –asociado a servicios sociales- y en un contexto de crisis que ha modificado la

estructura de la composición política, la intervención en el mercado laboral, el diseño de

nuevas políticas que pretenden ser la vía de escape a los problemas económicos y, también,

en propuestas de reforma al sistema educativo desde una mirada de partidismo ideológico.

Este es el escenario donde se ha desarrollado el sistema educativo español y que sirve de

sustento para comprender la evolución de la política educativa y los cambios legislativos

que se establecen en cada gobierno.

En otro contexto –totalmente- diferente se encuentra el estado ecuatoriano. Se constituyó

como república independiente en 1830, después de ocho años de formar parte de la Gran

Colombia (1822 – 1830) y de varios siglos de colonización (Ayala Mora, 2008). La primera

Constitución nace en agosto de 1830 donde se establece el tipo de gobierno

presidencialista, además de irse configurando con el tiempo el multipartidismo (Paz y

Miño, 2006).

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En el desarrollo actual, lo importante para resaltar de la vida política del Ecuador de los

últimos veinte años ha sido la constante crisis y la sucesión constante de jefes de estado por

destitución o abandono del cargo: diez presidentes han ocupado el máximo cargo de

gobierno del país, donde solamente dos han podido terminar su mandato. El clima de

inestabilidad ha pasado por enfrentamientos con sectores de la sociedad civil (Abdalá

Bucaram, 1996-1997), por una reforma constitucional (en 1998, de tendencias de corte

privatista, limitación de la representación política y, a la vez, reconocimiento de grupos

indígenas, mujeres y otros sectores sociales), por una de las crisis económicas más

alarmantes (en el año 1999 se decreta un feriado bancario y congelamiento de depósitos17

;

en el año 2000 se dolariza la economía ecuatoriana), un golpe de Estado (en el año 2000

propiciado por quien sería más tarde elegido Presidente, Coronel Lucio Gutiérrez) y, por

último, -en la actualidad- por una polarización de la sociedad ecuatoriana (Ayala Mora,

2008).

Por supuesto, los vaivenes de la política del país junto con la crisis que se arrastra de los

años 70 (Ibíd.) han influenciado de manera negativa en la economía del país. Es preciso

mencionar, sobre todo, la crisis de finales de siglo: para 1999 se contaba con una inflación

de 60%, el PIB caía a -7,3%, el desempleo se situó en el 16% y el subempleo en el 53%.

Este escenario generó cierre de entidades financieras, salvataje bancario¸ congelamiento de

depósitos –como ya se mencionó-, depreciación de la moneda entonces vigente –el Sucre

que de enero de 1999 pasó de un tipo de cambio para la venta de 7.245 sucres por dólar a

enero de 2000 a 26.000 sucres por dólar- y lo más significativo, la dolarización de la

economía del Ecuador (Espinosa, 2000).

De esta forma, la sociedad ecuatoriano ha configurado en los últimos años su espacio de

vida y se ha visto obligada a convivir con un clima de incertidumbre. Un ejemplo claro de

las consecuencias de la crisis es el alto número de ecuatorianos que han migrado a

17

“La crisis…[del banco] El Progreso, una entidad que tenía cerca de 800 mil depositantes generó, en todo

caso, pánico entre los clientes y ahorristas. Se produjeron sucesivas corridas de depósitos que, luego de varios

días, pusieron a este banco en situación de cierre. Para evitar un pánico generalizado que pudiera influir

negativamente en todo el sistema, el gobierno intervino el banco, y decretó, desde el 1º de Marzo [de 1999],

un "feriado bancario", que congeló por un año los depósitos e inversiones a plazo de todos los bancos del

país” (Espinosa, 2000:3)

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diferentes países de América del Norte y Europa: el país había vivido una ola migratoria en

los años ´70s, siendo la segunda la que por efecto de la crisis de dio entre el 1999 y 2003.

Para el 2002 cerca de 200.000 ecuatorianos se encontraban en España ascendiendo esta

cifra a 400.000 en el año 2004 (Jokisch y Kyle, 2005).

En este delgado hilo de momentos de estabilidad y de inestabilidad se ha configurado el

actual sistema educativo del Ecuador, teniendo como última novedad la Ley Orgánica de

Educación Intercultural de finales del año 2011.

El escenario político: LOE/1983, su Reglamento, los 90´s y la LOEI/2011.

La LOE/1983 se diseña en el gobierno de Oswaldo Hurtado, quien asumió el poder a la

muerte del Presidente Jaime Roldós –electo en las urnas. La ley tenía un carácter genérico y

su Reglamento era, realmente el instrumento donde se abordaban los temas más operativos

y, en general, la organización del sistema educativo. Así, este Reglamento General (1985)

se elabora durante la presidencia de León Febres Cordero, perteneciente al Partido Social

Cristiano (PSC) de claro tinte conservador. Para ser preciso, el nuevo presidente deroga el

reglamento dictado poco antes de su acenso al poder y promulga uno nuevo, amparado en

el Art. 79 de la entonces Constitución vigente.

De esta forma, la organización y funcionamiento del sistema educativo queda marcado por

este nuevo reglamento, que ha tenido un sin número de reformas a lo largo del tiempo.

Algunas reformas implementadas en el gobierno conservador de Sixto Durán Ballén

requieren una breve mención. El inicio de la década del 90 en Ecuador se asocia con la

llamada “arremetida neoliberal”, momento en el cual se establecen las bases para

implementar el Consenso de Washington y las políticas asociadas a flexibilización y

desregulación laboral, proyectos de privatizaciones de empresas y servicios públicos,

liberalización financiera, disciplina presupuestaria, reordenamiento del gasto público, entre

otras18

.

18

Véase: (Homedes y Ugalde, 2005), (Acosta, 2001), (Jiménez, 2010)

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En este escenario, se desarrollaron las elecciones para presidente del Ecuador para el

mandato constitucional de cuatro años (1992-1996), del cual salió electo el Arq. Sixto

Durán Ballén, representante una fracción de la derecha ecuatoriana. Fue fundador del

Partido Socialcristiano, pero cuando este partido decidió colocar como candidato a Jaime

Nebot –representante de la oligarquía guayaquileña-, Durán Ballén decidió formar su

propio partido –UPD-, con el cual afrontó las mencionadas elecciones y consiguió salir

electo.

El gobierno se caracterizó por lanzar

…un programa económico de estabilización financiera y desregulación que supuso la

devaluación de la moneda en un 30%, la congelación de los salarios de los trabajadores

públicos, la subida de las tarifas de los combustibles y la electricidad, y, sobre el papel, la

privatización general de las empresas del Estado… Entre otros aspectos, el marco de

reformas establecía: la racionalización y eficiencia administrativa; la descentralización,

desconcentración y simplificación; la prestación de servicios públicos por parte de la

iniciativa privada; la llamada desmonopolización (léase cancelación del manejo público en

áreas de interés económico); la libre competencia y la delegación de los servicios o

actividades del sector público, y la enajenación de la participación del Estado en las

empresas estatales que no forman parte de las áreas de explotación económica reservadas al

Estado o de las mixtas (Jiménez, 2010).

En el marco de las reformas neoliberales se pretendía una estrategia de privatizaciones

basada en la idea de la insuficiente eficiencia y eficacia del sector público en el manejo y

gestión de las empresas. Además,

…los procesos de privatización fueron entendidos como un mecanismo de reducción y

reestructuración del Estado, y como vía para la desregulación de las economías. Así en el

campo social, las reformas estuvieron dirigidas a sustituir la concepción keynesiana de un

Estado protector, por la de un Estado subsidiario concentrado en el financiamiento,

regulación y diseño de una política social adaptada al modelo de acumulación acelerada, y

ya no a la provisión de servicios, como bienes públicos en el marco de un pacto social

(Breilh y Ilonka, 2009:63).

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Avanzando en el tiempo, en otro contexto diferente, aparece el escenario de la última ley de

educación (LOEI/2011). Hacia el año 2007 el movimiento político Alianza PAIS (AP) gana

las elecciones presidenciales, con la novedad de presentarse sin candidatos a legisladores

por razón del discurso que mantenía en pos de llegar al Ejecutivo -las fuerzas políticas

tradicionales del país habían ocasionado el caos político que llevó a que el Ecuador a tener

seis gobiernos en un periodo menor a diez años19

- y con la promesa de convocar a

referéndum para establecer una Nueva Constitución.

En 2008, se reúne una Comisión Constituyente elegida mediante votación popular, donde

(AP) obtiene mayoría, permitiéndole plasmar su ideología progresista. La Constitución

número 20 de la historia republicana del Ecuador contiene articulado sobre grupos

vulnerables y colectividades discriminadas (un título nombrado Derechos de Las

Comunidades, pueblos y nacionalidades), la creación de un paraguas jurídico para proteger

la justicia indígena, la inclusión de un título denominado Buen Vivir que incluye principios

de inclusión y equidad. En la misma línea, la Constitución recoge una serie de garantías

especiales para las personas y grupos de atención prioritaria (personas adultas mayores,

niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas

privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta

complejidad)20

.

La Constitución establecía la necesidad de convocar nuevamente a elecciones, siendo electo

el representante de AP nuevamente (Rafael Correa) para un periodo de 4 años. De igual

forma, gana la mayoría en la Asamblea (Congreso), lo cual le permite cierta libertad

legislativa.

19

“En 1996 toma el poder, por elección popular, Abdalá Bucarán quien es destituido un año después, siendo

reemplazo por el Gobierno Interino de Fabián Alarcón por un año más. Al término de este último en 1998 es

elegido presidente Jamil Mahuad, repitiéndose la historia con una destitución del mismo a los dos años de

ejercer el ejecutivo, reemplazándolo su vicepresidente Gustavo Noboa por los dos años restantes. En 2002

gana las elecciones Lucio Gutiérrez quien es destituido a los dos años de mandato, para ser reemplazado por

el vicepresidente Alfredo Palacios, hasta el 2006. Entre la presidencia de Bucarán y Alarcón mediaron menos

de dos días de mandato de Rosalía Arteaga; además, a la caída de Jamil Mahuad se estableció un triunvirato,

integrado por Antonio Vargas, Lucio Gutiérrez y Carlos Solórzano, que duró pocas horas” (Jiménez, 2010). 20

A pesar de que en la Constitución/1998 ya se establecen los grupos de atención prioritaria (mencionados

como grupos vulnerables), en la última Constitución se definen más grupos y se establecen más garantías.

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Este escenario y el marco jurídico mencionado en relación a la interculturalidad y la

inclusión, son la base sobre la cual se ha diseñado y se ha configurado la nueva ley de

educación. No es posible indicar las implicaciones y consecuencias de esta normativa, dado

que su tiempo de vigencia es muy reducido, sin embargo, como lo he venido sosteniendo a

lo largo del trabajo, lo importante es comprender los cambios legislativos.

Generalidades: España en la LOGSE, LOCE y LOE.

Como ya he mencionado antes España, a pesar de tener un sistema de partidos llamado

multipartidismo moderado, se caracteriza por tener dos fuerzas políticas -PP y PSOE- que

se han intercambiado el poder del gobierno desde el regreso a la democracia hacia la

segunda mitad de los 70´s.

En el año 1989 el PSOE gana las elecciones generales en España y comienza un gobierno

encabezado por Felipe González. Durante este periodo se promulga la LOGSE/1990,

después de 20 años de la última normativa en la materia, que fue expedida aún en la etapa

de la dictadura.

Después de dos periodos consecutivos que el PSOE estuvo al mando del gobierno español,

en el año 1996 les sucede en el poder el PP dirigido por José María Aznar, quien a su vez

permanece otra legislatura más. En este gobierno se redacta la LOCE/2002, que no llega a

tener una real aplicación por el cambio de gobierno nuevamente al PSOE, en el año 2004

que paraliza algunas acciones desarrolladas, entre las cuales estaba implementación de los

cambios realizados por dicha ley.

Este nuevo gobierno socialista redacta la vigente ley de educación (LOE/2006) y establece

las normas del actual sistema educativo español. En el presente, vuelve el PP a estar en la

cabeza del gobierno –con Mariano Rajoy- y se puede advertir el diseño de nuevas reformas

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educativas, que pueden traer consigo la redacción de una nueva ley que impregne los

ideales –ideología- del partido en el sistema21

.

El análisis comparativo

He mencionado que la comparación se basa en algunas premisas ya expuestas:

Los principios para comparar las normativas son aquellos relacionados con

inclusión social.

Las legislaciones a comparar son: LOGSE/1990, LOCE/2002, LOE/2006 (España),

LOE/1983, su reglamento y LOEI/2011.

Se parte de la diferencia entre gobiernos conservadores y gobiernos progresistas,

basados en las características anotadas en el capítulo I del presente documento.

Así, se comprende que el PSOE –en España- esté en la categoría de gobierno progresista al

igual, que AP –en Ecuador-; mientras que el PP, el PSC y la UDC pertenecen al grupo de

gobiernos conservadores, en España y ecuador respectivamente.

Al momento de analizar una ley, lo primero en lo cual se debe poner especial atención es la

exposición de motivos; sin embargo, este no es el caso, debido a la inexistencia de una

exposición amplia en las legislaciones ecuatorianas, que sobre todo hacen mención a la

normativa que hace posible su tipificación. Entonces, no existe la posibilidad de comparar

la exposición de motivos.

Dicho esto, analizar los principios, fines y objetivos de las leyes permite acercarse a al

enfoque y a la visión que la ley plasmará en el articulado. Para identificar las nociones

principales de esta sección de las leyes –y en general de todo el análisis comparativo-

procedo a elaborar dos tablas (Tabla 2,Tabla 3) con los puntos de mayor relevancia en

21

El objetivo de este apartado, junto al de escenario político de las legislaciones en Ecuador no se basa en

analizar las tendencias ideológicas o la profundización en el espectro derecha-izquierda; tampoco es cuestión

de debatir la existencia o no de dicho espectro. Más bien es un esfuerzo por delimitar cuáles son los gobiernos

que han establecido una legislación de tinte conservador y/o progresista, basados en los principios de

inclusión social. Por lo tanto, basta con mencionar cuáles han sido estos gobiernos o cuáles han sido sus

posturas.

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relación a la inclusión social, de acuerdo a la perspectiva que cada legislación tiene

(conservadora o progresista):

Tabla 2 Principios y fines LOCE/2002 y LOE/1983

Características/

Leyes LOCE/2002 LOE/1983

Principios Garantizar la igualdad de

oportunidades a través de

la equidad.

Eficacia de los centros

escolares.

Responsabilidad y esfuerzo

como elemento esencial del

proceso educativo.

El esfuerzo individual.

Deber primordial del

Estado.

Educación gratuita en

todos su niveles (para

1992-1996 se limita la

gratuidad en educación).

El reglamento indica

vagamente que el Estado

determinará recursos para

la gratuidad pero no

establece los niveles.

Garantizar igualdad de

acceso a la educación.

Fines Fortalecer valores propios

del pueblo ecuatoriano.

Propiciar el conocimiento

de la realidad nacional

para integración.

Fuente: LOCE/2002 y LOE/1983

Elaboración: propia

Se han colocado algunos principios fundamentales que dan cuenta de la orientación de la

ley. Por un lado, la LOCE/2002 establece premisas que se recogen, también, en la

LOGSE/1990, pero añade ciertos fines que se relacionan con el esfuerzo personal y con la

eficacia como sinónimos de la calidad educativa. Por supuesto, y repito, se mantienen

principios de inclusión social, pero se mira una visión y un enfoque más conservador.

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En cuanto a la LOE/1983 es posible decir que marca una nueva etapa en el sistema

educativo. Sin embargo, el Reglamento indica de forma muy laxa que el Estado

determinará los recursos para la gratuidad de la educación, sin desarrollar más articulado al

respecto. Teniendo presente que el Reglamento es un documento extenso de carácter

operativo, se hubiese podido esperar que se tipifique con mayor claridad y detenimiento el

tema de la gratuidad y las herramientas para hacerla efectiva. De igual forma, las reformas

de principios de los 90’s limitaron la gratuidad en la educación básica. A pesar de que las

cifras muestran que no toda la población ha podido ser escolarizada antes de las reformas,

estos cambios generan que los recursos y los esfuerzos se concentren en otras áreas.

Tabla 3 Principios y fines LOGSE/1990 y LOE/2006 y LOEI/2011

Características/

Leyes LOGSE/1990 LOE/2006 LOEI/2011

Principios

Educación básica

permanente.

Formación

personalizada.

Efectiva igualdad de

derechos entre sexos.

Atención

psicopedagógica y

orientación educativa

y profesional.

Relación con el

entorno social,

económico y cultural.

Calidad de educación

para todo el

alumnado.

Garantizar la igualdad

de oportunidades, la

inclusión educativa y

la no discriminación a

través de la equidad.

El esfuerzo individual y

el esfuerzo

compartido (familias,

administraciones,

sociedad).

Desarrollo de igualdad

de oportunidades y

fomento de igualdad

efectiva entre

hombres y mujeres.

Universalidad:

derecho

fundamental y deber

del Estado.

Instrumento para

transformación de la

sociedad.

Aprendizaje

permanente.

Educación libre de

violencia de género.

Corresponsabilidad

(alumnado, Estado,

familia).

Equidad e inclusión

que garanticen el

acceso, permanencia

y culminación.

Garantía de calidad y

calidez.

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Características/

Leyes LOGSE/1990 LOE/2006 LOEI/2011

Fines

Pleno desarrollado de

la personalidad y las

capacidades de los

alumnos.

Ejercicio de la

tolerancia y de la

libertad dentro de los

principios

democráticos.

Formación en el

respeto y

reconocimiento de la

pluralidad lingüística y

cultural de España y

de la interculturalidad

como un elemento

enriquecedor de la

sociedad.

Potenciación de la

educación para

contribuir al cuidado

y preservación de las

identidades

conforme a la

diversidad cultural.

Promoción de

igualdad entre

hombres y mujeres y

personas diversas

para el cambio de

concepciones

culturales

discriminatorias.

Fuente: LOGSE/1990, LOE/2006 y LOEI/2011

Elaboración: propia

En general, se incluyen principios y fines que tienen directa relación con la inclusión social

y con elementos de interculturalidad o de fortalecimiento de la diversidad cultural, lo cual,

es otro aporte hacia lo que se comprende como inclusión. Para entender esto, es necesario

comprender la diversidad cultural de ambos países: en Ecuador los pueblos y

nacionalidades ancestrales (kichwa, shuar, ashuar etc.) y en España, al momento que la

Constitución versa sobre el reconocimiento y la garantía al derecho de las nacionalidades.

Debo anotar que el poseer un apartado de fines permite realizar un mejor análisis de la

direccionalidad de la legislación, al menos como entrada hacia el resto del articulado. Por lo

cual, aquellas legislaciones que no contienen un artículo destinado exclusivamente a los

fines pueden prestarse a varias interpretaciones sobre los objetivos que persiguen.

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45

Lo mencionado en relación a principios y fines responde solamente a un ejercicio de

identificación de las principales características de las normativas, al tiempo que ofrece la

oportunidad de apuntar que las leyes desarrolladas por los gobiernos progresistas atienden a

objetivos de inclusión social, mientras que aquellas elaboradas durante mandatos

conservadores buscan más una relación de medios y fines (cómo seguiré indicando en el en

el sistema educativo.

Por razones de los criterios elegidos para la comparación de normativas, no me guiaré por

el orden del articulado de las mismas, debido a que mantienen diferencias entre ellas y,

sobre todo, porque el objetivo principal es centrarme en las tipificaciones más importantes.

Así, después de haber señalado los principios y los fines, es menester desarrollar uno (quizá

el principal) de los puntos más importantes que diferencian las posturas ideológicas en el

diseño de las leyes y que se ven enfrentadas al tema de inclusión: la enseñanza obligatoria

la permanencia en la misma.

El tiempo de enseñanza obligatoria marca un referente de inclusión, en tanto, determina las

oportunidades para seguir en el sistema educativo y avanzar hacia la educación superior u

otras variantes (formación profesional). Si se conoce que la permanencia en la educación

está condicionada, entre otros factores, por los trayectos de vida familiares o el origen

social de la persona, entonces, existe una mayor probabilidad de deserción de aquellos

individuos que provienen de clases menos favorecidas. En otras palabras, reducir o

aumentar el tiempo de permanencia obligatoria tiene incidencia sobre la reducción se

desigualdades y la inclusión social, sabiendo que

La educación, la formación como su reflejo es una de las tantas dimensiones que afecta y

explica la exclusión social, pero es quizá una de las más determinantes, en la medida en que

la apuesta por ella, aunque no garantiza la solución de ningún problema de manera directa,

sí promueve la ampliación de la oportunidades personales y grupales de los afectados por el

fenómeno de la marginación y la exclusión social (Solano, 2008:110-111).

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En consecuencia, y a riesgo de sonar repetitivo, la permanencia en la escuela viene

condicionada por el origen y, a la vez, condiciona las oportunidades socioprofesionales

futuras; así, la determinación de un tiempo menor o mayor de estancia en la enseñanza

obligatoria define las características del sistema educativo.

La Tabla 4 indica los parámetros de enseñanza obligatoria y de permanencia en las leyes

analizadas:

Tabla 4 Obligatoriedad y permanencia en el sistema educativo

Criterios/Leyes Leyes progresistas Leyes conservadoras

LOGSE/1990 LOE/2006 LOEI/2011 LOE/1983 LOCE/2002

Obligatoriedad 6 a 16 años 6 a 16 años 5 a 17 (18)

años 6 a 15 años 6 a 16 años

Comprensiva 6 a 16 años 6 a 16 años

5 a 15 años

(tronco común

todo el

bachillerato:

científico-

humanístico y

técnico)

6 a 15 años

6 a 16 años

Posibilidad de

iniciación

profesional a

los 15 años

Permanencia Hasta 18 años,

sin restricciones

6 a 18 años,

sin

restricciones

No establece No establece

6 a 18 años,

con

restricciones

Fuente: LOE/1983, LOGSE/1990, LOCE/2002, LOE/2006 y LOEI/2011

Elaboración: propia

La obligatoriedad de permanencia en el sistema educativo para la mayoría de casos es

similar, teniendo en cuenta que la LOEI/2011 establece que el bachillerato es parte de la

enseñanza obligatoria, cuestión que es única en este análisis y que intenta denotar el

enfoque de esta normativa en relación a la inclusión. La educación comprensiva, por otro

lado, invita a realizar otras observaciones.

Las leyes de gobiernos progresistas optan, en el caso español, por mantener la educación

comprensiva a la par de la enseñanza obligatoria, es decir, desde los 6 hasta finalizar la

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ESO (16 años), después de lo cual se divide en los diferentes bachilleratos y la formación

profesional. En el caso ecuatoriano, la educación comprensiva marca el final de los 10 años

de educación básica (hasta los 15 años) y de ahí hay un desprendimiento en dos

bachilleratos: 1) científico-humanístico y 2) técnico. Ambos tienen un tronco común de

asignatura, diferenciándose por ser el segundo el equivalente a la formación profesional. De

esta manera, es posible decir que la educación comprensiva se manifiesta en cierta medida

hasta la finalización de la etapa de bachillerato.

En tanto, las leyes de gobierno conservadores establecen una diferencia fundamental. En el

caso ecuatoriano queda establecido 9 años de educación obligatoria con el mismo periodo

de educación comprensiva. Mientras que en el caso español sea mantenido hasta los 16

años, pero con la posibilidad de que a los 15 años se opte por la iniciación profesional. Esto

último, deja abierto un espacio para que la educación comprensiva se reduzca 1 año según

ciertos criterios que se mencionarán más adelante.

La permanencia es importante mencionar, aunque en el caso de las legislaciones

ecuatorianas no se establezca; no obstante, es una forma de mantener el hilo de lo que se ha

explicado mediante la Tabla 4. Tanto la LOGSE/1990 como la LOE/2006 establecen la

posibilidad de permanencia en la ESO a las personas hasta los 18 años (casos de

repetición), a lo cual la LOCE/2002 establece la misma edad como límite pero con una

salvedad: siempre que el equipo de evaluación considere que, de acuerdo con sus actitudes

e intereses, puedan obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria22

.

Este inciso deja abierta la posibilidad de que la persona no pueda permanecer en la ESO y,

por consiguiente, tenga una elevada probabilidad de deserción escolar.

Recordando la idea de un sistema educativo sostenible, la pregunta que aquí cabe es ¿es

posible la sostenibilidad del sistema cuando existe este tipo de variación de la

obligatoriedad, la educación comprensiva y la permanencia? La respuesta es no. Las

políticas de gobierno, entonces, obligan, indiscutiblemente, a la reformas de currículo y,

22

Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, Título I, Capítulo V, Art. 21, inciso

2.

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por lo tanto, de contenidos para dar respuesta a las diferencias que se crean en cada nueva

legislación.

Se podría pensar que la LOEI/2011 de Ecuador pretende mayor inclusión por declarar

obligatoria todos los niveles educativos hasta el bachillerato, pero como se expone más

adelante, los indicadores de escolaridad y tasas de escolarización están muy por debajo de

presentar cifras alentadoras en los últimos años de la educación básica (12 a 15 años). Así,

quizá sería más real atender a la escolarización de dichas edades antes de formular la

obligatoriedad hasta la finalización del bachillerato, porque, indudablemente, esta

tipificación incurre en una reorientación de los recursos y de los esfuerzos, obligando a

nueva planificación del sistema.

Algunos datos pueden ayudar a reafirmar esta postura. Por ejemplo, cuando se habla de

analfabetismo, todas las legislaciones –ecuatorianas- abogan por su eliminación

(Constituciones que se pueden revisar en el Anexo), sin embargo, las cifras revelan que aún

queda un camino por recorrer; sucediendo lo mismo en otros indicadores, como el nivel de

instrucción de la población.

Así, el indicador principal para la población ecuatoriana en términos de educación ha sido,

hasta hace muy poco, el analfabetismo, debido a las altas tasas y a la problemática que este

representaba para el desarrollo del país. A continuación en el Gráfico 1, se puede apreciar

cuál ha sido la dinámica de este indicador desde la mitad del siglo XX, de acuerdo a los

datos censales de los últimos 60 años (SIISE, 2010) (INEC, 2011):

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Gráfico 1 Evolución del Analfabetismo en el Ecuador

Fuente: SIISE, 2010; Censo de Población y Vivienda-INEC, 2011.

Elaboración: propia

La mayoría de constituciones han estipulado crear estrategias y políticas para erradicar el

analfabetismo, sin embargo, es posible mirar que aunque, la última legislación coloca como

educación obligatoria a todos los niveles hasta el bachillerato (18 años), no concuerda con

una realidad que permanece latente: el analfabetismo se sitúa, aún, sobre el 8% (INEC,

2011).

Es importante, tener en cuenta esta referencia dado que aunque la disminución de este

indicador ha sido significativa en las anteriores décadas, en los últimos diez años apenas se

reducido un 0,6%. Además, se debe anotar que en relación de género las mujeres

representan la mayoría en proporción con los hombres: 569.864 mujeres respecto a 476.551

hombres, es decir, el 54,46% del total (INEC, 2011).

La escolaridad como otro indicador que permite acercarse a la realidad de la educación de

la población ha tenido un desarrollo similar al analfabetismo. Así, se ha incrementado

desde 1950 de 2,3 al 2001 a 7,3 años lectivos aprobados (SIISE, 2010). El dato para el 2010

no se pude obtener como tasa de escolaridad.

Sin embargo, es posible mencionar el nivel más alto de instrucción de la población.

Entonces, el 23,0% de la población había terminado el ciclo secundario (incluido el

44,2

32,5

25,8

16,5 11,7 9,0

8,4

0

10

20

30

40

50

1945 1955 1965 1975 1985 1995 2005 2015

% Analfabetismo

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bachillerato), el 13,5% culminó estudios superiores y apenas el 1,1% finalizó el ciclo de

posgrado, para el año 2010 (INEC, 2011).

En consecuencia, por un lado la legislación declara educación obligatoria hasta el fin del

Bachillerato, pero se enfrenta a un problema práctico: baja escolaridad y porcentajes

considerablemente negativos en relación a tasas de escolarización y deserción escolar.

Para este último indicador, las fuentes oficiales recogen información desde el año 1993-

1994 hasta el año 2003-2004. En la Tabla 5 se realiza una pequeña comparación tomando

como referencia el primer año de disponibilidad de datos, un año intermedio (año censal) y

el último.

Tabla 5 Deserción escolar según sexo Ecuador

1993-1994 (%) 2000-2001 (%) 2003-2004 (%)

Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres

Primaria23

2,87 2,49 2,41 2,15 2,16 1,90

Secundaria24

5,64 3,85 4,24 2,99 3,65 2,57

Fuente: (SIISE, 2010)

Elaboración: propia

Se aprecia con claridad un descenso en los porcentajes de deserción escolar en las fechas

establecidas. Sin embargo, el no contar con datos anteriores y, sobre todo, más actuales

impide realizar un análisis a profundidad sobre las causas de la reducción y la tendencia

que ha mantenido este fenómeno. A pesar de esto, es un indicador del reducido porcentaje

de población que desierta. Pero, este porcentaje se mide por aquellas personas que se han

matriculado en el sistema educativo formal, entonces, lo importante es analizar las cifras de

acuerdo a la tasa neta de escolarización, al menos, para el año 2001 del cual se posee

información por ser año censal.

Así, la tasa neta de escolarización para primaria en el año 2001 correspondía al 90,2% del

total de población de la edad correspondiente. Pero en el nivel secundario la tasa es

23

Corresponde a la etapa educativa que comprende a los niños y niñas de entre 6 y 11 años. 24

Corresponde a la etapa educativa que comprende a la población de entre 12 y 17 años.

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considerablemente baja: 44,9%. De esta forma, se puede inducir que, además, de que el

50% de la población comprendida entre los 12 y los 17 años no se encontraban cursando la

etapa secundaria, el 7,23% -de la población matriculada- había desertado. Esto, por

supuesto, es un indicador más potente que invita a realizar futuros análisis sobre la

situación de la deserción escolar, aunque en la mayoría de los casos responde a condiciones

socioeconómicas –trabajo, falta de recursos o labores domésticas (SIISE, 2010).

Las cifras presentadas son una aproximación a la realidad de los indicadores educativos en

el Ecuador, no pretendiendo ser parte de un análisis más profundo sobre la realidad y, sobre

todo, sabiendo que los datos deben ser tomados con cautela, debido a la temporalidad de los

mismos por no poseer actualizaciones recientes en algunos casos. Tampoco se pretende

generar una relación causa-efecto en concordancia con la variación legislativa y los datos

oficiales, es más una aproximación a la comprensión de la importancia que reviste realizar

análisis de la realidad para formular las tipificaciones normativas, evitando actuar desde el

sesgo ideológico. Debo aclarar que los avances en inclusión social de la LOEI/2011 son

importantes, pero quedan dos dudas: ¿están diseñados de acuerdo a un análisis de la

realidad o de acuerdo al posicionamiento ideológico del gobierno –o ambos? y ¿es posible

sustentar estos cambios, concretándolos y evitando, sobre todo, que nuevos gobiernos en el

futuro realicen diferentes modificaciones que reorienten todo el sistema educativo?

Por otro lado, analizando la LOCE/2002 se desprende que invita a reducir la educación

comprensiva y la permanencia, redirigiendo las tendencias que se mantenían con la anterior

legislación. Es obvio, que esto responde a un análisis de las tipificaciones y de las

fluctuaciones que pueden generar en el sistema educativo y que no pueden ser cotejados

con datos duros por la no aplicación de la LOCE/2002 y por el reducido tiempo de

implementación de la LOEI/2011. Sin embargo, a manera de generalización es posible

colocar algunos datos referentes a abandono temprano y a promoción de curso a manera de

ejemplo de la variabilidad o tendencia este indicador.

El abandono temprano (Gráfico 2), que hace referencia a la población de 18 a 24 años que

no ha completado la educación secundaria 2da. Etapa y no sigue ningún tipo de educación y

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formación, es un indicador que muestra en términos generales el nivel deserción del sistema

educativo en España25

. En este caso los porcentajes de mujeres que abandonan

tempranamente el sistema educativo es menor que el de hombres, llegando a estar 10

puntos porcentuales por debajo (33,5% en hombres y 23,1% en mujeres, para el año 2010).

Gráfico 2 Abandono temprano en España

Fuente: MEC España

Elaboración: propia

Si el abandono temprano mantiene una cifra elevado, por encima del 28% entre hombres y

mujeres, las variaciones en relación a la permanencia y a la obligatoriedad pueden

degenerar en que esta tasa se mantenga en estos niveles, al ser sensible a los cambios

provocados por las tipificaciones normativas.

En general, lo que pretendo mostrar es que un criterio como la inclusión social debe ser

analizado desde la realidad y no desde la ideología del gobierno que está en funciones,

porque se reduce la posibilidad de establecer políticas institucionalizadas o de Estado,

aumentando el riesgo de que un gobierno con diferente ideología reforme la legislación y

provoque nuevas modificaciones, que una vez más impliquen reorientación de todo el

sistema.

25

La fuente (MEC) indica que los datos deben ser tomados con precaución, debido que por ser tamaños

muestrales pequeños están afectado por errores de muestreo; sin embargo, sigue siendo un dato interesante

para la este apartado.

1995 2000 2005 2010

Hombres (%) 39,0 34,6 36,4 33,5

Mujeres (%) 30,2 23,2 25,0 23,1

05

1015202530354045

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Siguiendo este mismo hilo, y atendiendo solamente al caso ecuatoriano, la implementación

de reformas desde una mirada ideológica puede generar cambios inesperados y retrocesos

sociales abruptos. Así, mientras la LOE/1983, aunque de corte conservador, recogía la

gratuidad en todos los niveles educativos, las políticas aplicadas por el gobierno de Sixto

Durán Ballén entre 1992 y 1996, mediante el argumento de reforma estructural y

estabilización de la situación financiera, incidían en la gratuidad de los servicios de

educación básica26

. Es decir, no sólo no se atendía a la promulgación legal, sino que se

orientaba hacia el lado contrario. Esto, incluso, es muestra de los mecanismos de gobiernos

que pueden desarrollar estrategias –como reordenamiento de los recursos- para desatender

criterios de inclusión social, en favor de otros principios ideológicos.

Es necesario hacer mención especial a las características del gobierno de Durán Ballén.

Este escenario muestra, la posibilidad –en algunos contextos y coyunturas- de dejar de lado,

no solo, la ley sino el propio sistema y los avances sociales alcanzados, en pos de una

direccionalidad ideológica. Las posturas conservadoras –neoliberales- de dicho gobierno

implicaron el desmantelamiento de servicios públicos como salud y educación, la

focalización del gasto, la utilización de políticas sociales como medida compensatoria por

las reformas macro estructurales; es decir, se primó un sistema de creencias en detrimento

de lo social.

Por esto, es preciso mencionar la importancia de las tipificaciones que se relacionan con el

gasto público, el presupuesto y los recursos financieros destinados a educación, porque de

acuerdo a los criterios utilizados se desprende la inversión que se destine al sector y, en

general, al sistema educativo.

De esta manera, podemos distinguir las diferencias surgidas entre las legislaciones

progresistas y conservadores. Por un lado, la LOGSE/1990, LOE/2006 y LOEI/2001

contienen aclaraciones en relación al gasto público, mientras que la LOE/1983 y la

LOCE/2002 no hacen referencia al respecto, como se puede apreciar en la Tabla 6:

26

Véase: (Weber, 2008), (Hidalgo, 2001).

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Tabla 6 Tipificaciones de gasto público en Educación en las leyes analizadas

Tipificaciones en relación a presupuesto y/o gasto público

Leyes Progresistas

LOGSE/1990

Poderes públicos dotan al sistema educativo de los recursos necesarios

para dar cumplimiento a la ley y cumplir los objetivos.

Gasto público equiparable al de los países comunitarios

LOE/2006

Poderes públicos dotan al sistema educativo de los recursos necesarios

para dar cumplimiento a la ley y cumplir los objetivos.

Estado con CC.AA acuerdan plan de incremento de gasto público para los

posteriores diez años.

Equiparación progresiva del gasto público hacia la media de los países de

la Unión Europea.

LOEI/2011

Indica que la ley se basa en la disposición Constitucional de incrementar

un mínimo de 0,5% del PIB cada año hasta llegar al 6,0% del PIB en recurso

para educación básica y bachillerato.

Distribución equitativa de los presupuestos.

Leyes Conservadoras

LOE/1983

El Estado determinará los recursos financieros para todos los niveles y

modalidades del sistema.

Reformas LOE/1983

No se reforma en el apartado mencionado (cómo se mencionó la

reducción en la gratuidad se dio como estrategia fuera de reformas

legales).

LOCE/2002 No existe tipificación al respecto.

Fuente: LOE/1983, LOGSE/1990, LOCE/2002, LOE/2006 y LOEI/2011

Elaboración: propia

El establecimiento de indicaciones concretas sobre la evolución del gasto y de los

presupuestos en educación permiten argüir la orientación del sistema hacia el cumplimiento

de la legalidad, ya sea teniendo como objetivo la media de la Unión Europea (LOGSE/1990

y LOE/2006) o dando aplicación a la norma constitucional (LOEI/2011). Por otro lado,

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cuando una ley no advierte un horizonte de gasto, deja abierta la puerta para que los

presupuestos varíen o no, dependiendo de otras prioridades. Por supuesto, cuando se

permite libertad para que los gobiernos definan el presupuesto o el gasto sin un objetivo

claro, existe la posibilidad de variaciones haca arriba (aumento del presupuesto) o hacia

abajo (reducción del presupuesto) que generan como consecuencias la disparidad en la

consecución de los objetivos.

Está claro que sistemas como el educativo requieren de una inversión continua y que se

ajuste al propio desarrollo del país. Además, las conquistas sociales y otros factores –como

migración, interculturalidad, etc.- presionan por presupuestos más elevados; por ende, la

formulación clara y el establecimiento de mínimos permiten orientar el gasto hacia una

meta, que ineludiblemente está ligada con los nuevos procesos de inclusión y cohesión

social.

A manera de dato informativo presento la evolución del gasto en educación de acuerdo al

PIB en Ecuador y España:

Gráfico 3 Evolución del gasto en educación según PIB: Ecuador y España

Fuente: MEC España – SIISE 2010.

Elaboración: propia

4,3

2,3

2,8

1,8

2,5

4,0

4,8 4,6

4,3 4,4

5,1

0,0

1,0

2,0

3,0

4,0

5,0

6,0

1985 1992 1995 2000 2005 2009

Ecuador España

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El afán del Gráfico 3 es demostrar la gran variabilidad que ocasiona no ajustar un horizonte

al gasto en educación. Así, se puede notar que en Ecuador de tener un gasto en relación al

PIB de 4,3% para el año 1985, se redujo a 2,3% en 1992 y se mantuvo por debajo del 3%

hasta el año 1996. El dato de 1,8% del año 2000 responde a la crisis económica que había

mencionado páginas antes.

Por supuesto, si se analizan los datos españoles, tampoco existe una tendencia que marque

su incremento, sin embargo, tiende a ser mucho más estable que el caso ecuatoriano. Todo

lo mencionado con respecto a presupuestos y recursos financieros responde a diversos

factores que no son analizados en este trabajo, no obstante, por ejemplo, la legislación

ecuatoriana no marca un techo hasta la Constitución de 2008, a raíz de la cual el gasto

tiende a aumentar considerablemente (Gráfico 3).

Es fundamental ser reiterativo en indicar que no pretendo generar una discusión sobre las

tipificaciones legales y constitucionales, los discursos políticos y la implementación y

puesta en práctica de las normativas; en otras palabras, puede ocurrir –y de hecho ocurre-

que el discurso político se enmarque en intentar cumplir con la legalidad o mostrar que ese

es su fin y, sin embargo, hacer caso omiso de la misma o apuntar hacia objetivos distintos.

La intención es denotar que la variación normativa implica que el sistema educativo, a su

vez, debe generar reorientaciones y cambios en su planificación, que en muchos casos

implican el desmonte de lo ya instituido.

Y en un escenario de principios de inclusión social, la dirección de la ley en relación al

gasto y al presupuesto condiciona la disponibilidad y ejecución de programas más

universales, con miras al conjunto de ciudadanos, o de focalización de los recursos,

dirigiendo lo esfuerzos hacia políticas subsidiarias y de parche27

.

En síntesis, a mayor estabilidad en el incremento o en la evolución presupuestaria en el

sector de educación mayor facilidad para implementar medidas que permitan dirigir la

acción hacia criterios de inclusión social.

27

Véase: (Jiménez, 2010), (Maingon, 2004).

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Dirigiendo la atención hacia la organización del sistema es conveniente acercarse a los

principios organizativos de cada etapa educativa, para identificar otros elementos en las

variaciones propuestas por las legislaciones28

.

Tabla 7 Educación infantil en las leyes analizadas

Educación infantil

Leyes Progresistas

LOGSE/1990

Comprende hasta los 6 años de edad.

Tiene carácter voluntario.

Dos ciclos: de 0 a 3 años y de 3 a 6 años.

LOE/2006

Etapa educativa hasta los 6 años.

Carácter voluntario.

Dos ciclos: de 0 a 3 años y de 3 a 6 años.

El segundo ciclo es gratuito.

LOEI/2011

La educación de 0 a 3 años corresponde a la familia.

Educación inicial que comprende de 3 a 5 años.

Es obligación del Estado.

Leyes Conservadoras

LOE/1983

Nivel preprimaria que comprende 5 a 6 años.

Los establecimientos que posean la adecuación podrán tener niños y niñas

de 4 a 5 años.

Se garantiza este nivel pero no es requisito para acceder a la educación

primaria.

LOCE/2002

Educación preescolar hasta los 3 años (no educación infantil).

Educación infantil de 3 a 6 años, de carácter voluntario.

La oferta de educación infantil es gratuita.

Fuente: LOE/1983, LOGSE/1990, LOCE/2002, LOE/2006 y LOEI/2011

Elaboración: propia

28

Se incluyen solo elementos que he considera importantes para no sobrecargar la comparación.

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58

La educación infantil (Tabla 7) es la etapa educativa que más difiere entre las legislaciones

españolas y ecuatorianas, sin embargo, es posible identificar ciertos aspectos en relación a

la ideología predominante al momento de la configuración de esta etapa. Así, por un lado,

los gobiernos conservadores han mantenido una línea de restar importancia a la educación

infantil, a pesar de la importancia que la misma tiene en la reducción de las desigualdades

(Blanco, 2006). En el caso ecuatoriano la LOE/1983 identifica como educación preprimaria

a la impartida a los cinco años, desconociendo alguna etapa anterior; para la LOCE/2002 en

España se da un paso hacia atrás identificando la etapa educativa infantil desde los tres

años, entendiendo que a niños y niñas de 0 a 3 años les corresponde una etapa preescolar.

Las normativas progresistas, por su lado, atienden a un fenómeno de mayor inclusión. En

España se comprende educación infantil desde los cero a los seis años, con una división de

dos ciclos, mientras que en Ecuador se estipula la educación inicial de tres a cinco años

(sabiendo que a los cinco años comienza la educación básica).

En cuanto a la educación primaria (Tabla 8), hay menos que analizar que en relación a las

demás etapas. La LOEI/2011 deja un sinnúmero de vacíos, debido a que responde a la

necesidad establecer un Reglamento General su aplicación, reglamento que no está

elaborado al tiempo que la ley está ya en implementación. Las diferencias principales se

atañen a la inclusión de principios de diversidad e interculturalidad en la LOGSE/1990,

LOE/2006 y LOEI/2011, mientras que en la LOE/1983 y la LOCE/2002 no se hace

referencia a estos temas. Por supuesto, un importante punto anotar es que la LOEI/2011 de

Ecuador no identifica primaria y secundaria, solamente versa sobre educación básica como

una etapa completa (desde los cinco hasta los 15 años).

Tabla 8 Educación primaria en las leyes analizadas

Educación Primaria

Leyes Progresistas

LOGSE/1990

Comprende de los 6 a los 12 años.

Tres ciclos de dos cursos académicos cada una.

Áreas obligatorias con carácter global e integrador.

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Metodología adaptada a ritmos de aprendizaje del niño/a.

LOE/2006

Comprende de los 6 a los 12 años.

Tres ciclos de dos cursos académicos cada una.

Áreas obligatorias con carácter global e integrador.

Se incluye educación para la ciudadanía, con especial atención en igualdad

de hombres y mujeres.

Atención a la diversidad.

LOEI/2011

Comprende educación básica desde los 5 hasta los 15 años.

Preparación interdisciplinaria para elaborar proyectos de vida e integrarse

a la sociedad como seres humanos responsables, críticos y solidarios.

Leyes Conservadoras

LOE/1983

Comprende de los 6 a los 12 años.

Tres ciclos de dos cursos (años) cada uno.

Preparación del alumno para su participación activa en el desarrollo socio-

económico y cultural del país.

Evaluación permanente, sistémica y científica.

Obtener en cada asignatura mínimo una nota de 10/20 la finalizar el curso

lectivo.

LOCE/2002

Comprende de los 6 a los 12 años.

Tres ciclos de dos cursos académicos cada una.

Se incluye el área de Sociedad, cultura y religión.

Fuente: LOE/1983, LOGSE/1990, LOCE/2002, LOE/2006 y LOEI/2011

Elaboración: propia

En secundaria (Tabla 9) es posible notar cambios más profundos, sobre todo, entre las

legislaciones españolas, nuevamente sintiendo los vacíos de la LOEI/2011 y su falta de

reglamento para que realizar una mejor comparación con el caso ecuatoriano.

A excepción de la LOEI/2011, las demás legislaciones mencionan como principal

objetivo de la educación secundaria: la preparación para la vida activa y para

estudios posteriores. La LOEI/2011 solo expresa que se refuerzan capacidades y

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competencias adquiridas. A pesar, de no tener más objetivos –que seguramente se

definirán en el reglamento- esta normativa pretende alargar el mayor tiempo

posible la edad de comienzo de la vida laboral del alumnado; diferenciándose, así,

dela LOE/1983 que, incluso, exponía que un objetivo de la educación primaria era

la preparación del alumno para su participación activa en el desarrollo socio-

económico y cultural del país29

.

La comprensividad, a pesar de ya haberla mencionado, es fundamental para

establecer pautas de no diferenciación entre el alumnado. Así, sabiendo que es

necesario la oferta de asignaturas o áreas optativas, es necesario propender por

principios de educación común en pos de un criterio de inclusión social. Entonces,

la organización de la áreas en esta etapa educativa, al igual que el punto de corte

entre la secundaria y el bachillerato marcan las tendencias hacia la diferenciación

del alumnado y sus futuros trayectos de vida.

o Las tipificaciones establecidas por la LOCE/2002 donde se establecen

itinerarios para tercer y cuarto curso de la ESO, así como una orientación

académica a la familia y al alumno para escoger un itinerario, muestra la

característica de pronta diferenciación que se pretende, en otras palabras,

menos tiempo de comprensividad en el sistema educativo. Incluso, es

posible elegir un programa de iniciación profesional a los 15 años, lo cual

marca aún más diferencias tempranas entre la población escolarizada –de

acuerdo a una orientación familiar y personal del alumno/a y de forma

voluntaria. No hay que olvidar que la LOE/2006, también, establece esta

posibilidad, sin embargo, condiciona que el programa se inicie a los 15

años cuando se han dado circunstancias donde el/a alumno/o ha agotado

sus posibilidades de repetición.

29

Reglamento General de la Ley de Educación/1983, Título Tercero, Capítulo I, Art. 19, inciso B, literal f).

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61

o La LOGSE/1990 y la LOE/2006 establecen una línea de educación

comprensiva y común más estable hasta los 16 años.

o En el caso ecuatoriano la LOE/1983 establece una idea de educación

comprensiva hasta los 15 años y de igual forma lo estipula la LOEI/2011,

con la diferencia de que esta última marca el bachillerato como etapa de

educación obligatoria.

Los criterios de promoción están bien definidos en algunas leyes, mientras que en

otras se prestan a múltiples interpretaciones. La LOGSE/1990 no tipifica con

claridad los criterios para promocionar de curso, la LOE/2006 establece que los

profesores aprueban cada asignatura y que es posible la promoción hasta con un

máximo de dos asignaturas negativas. Por otro lado, la LOCE/2002 solamente

indica que el equipo evaluador decidirá sobre la promoción o no de un/a alumno/a.

Y, en cuanto a la LOE/1983 tipifica con claridad los exámenes, la duración de los

mismos y las notas que se deben obtener para la promoción.

Tabla 9 Educación secundaria en las leyes analizadas

Educación Secundaria

Leyes Progresistas

LOGSE/1990

Comprende entre los 12 y 16 años.

Preparación para incorporación a la vida activa o ingreso al bachillerato y a

la formación profesional.

Se divide en dos ciclos de dos cursos cada uno con impartición de áreas de

conocimiento obligatorio.

En el último curso se puede establecer optatividad.

Evaluación continua e integradora.

Al terminar la ESO se obtiene titulación única.

LOE/2006

Comprende entre los 12 y 16 años.

Preparación para incorporación a estudios superiores y para la inserción

laboral.

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Organización de acuerdo a principios de educación común y atención a la

diversidad.

Se establece las materias que deben ser obligatorias en los tres primeros

cursos y la oferta de optatividad.

En uno de estos cursos se impartirá la materia de educación para la

ciudadanía.

Cuarto curso de orientación para estudios posobligatorios o para

incorporación a la vida laboral.

Evaluación continua y diferenciada según las materias.

Programa de iniciación profesional para alumnos de 16 años que no hayan

obtenido el título de la ESO (excepcionalmente para aquellos que no

puedan promocionar a tercero, habiendo ya repetido un curso en

secundaria).

Para promocionar como máximo es posible tener dos materias negativas.

LOEI/2011

Se une con la primaria y como ya mencioné, abarca hasta los 15 años de

edad.

Se refuerzan, amplían y profundizan las capacidades adquiridas en la etapa

anterior.

Introducción de disciplinas básicas garantizando diversidad cultural y

lingüística.

Leyes Conservadoras

LOE/1983

Se lo denomina ciclo básico.

Comprende 3 años, desde los 12 hasta los 15 años.

Consolidación de cultura general para aprovechamiento de

potencialidades.

Crear las condiciones para elección consciente de la carrera profesional y

vinculación al mundo del trabajo.

Evaluación permanente sistémica y científica.

Exámenes parciales de cada asignatura.

LOCE/2002

Comprende entre los 12 y 16 años.

Preparación para incorporación a estudios superiores y para la inserción

laboral.

Se establecen las asignaturas que se imparten.

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63

Se incluye la asignatura de Sociedad, Cultura y Religión.

Para los cursos tercero y cuarto de establecen itinerarios.

Orientación a familias y a alumnos para escoger itinerario.

Programas de iniciación profesional para los alumnos que cumplidos los 15

años no escojan itinerario y voluntariamente deseen participar en los

programas.

Evaluación continua y diferenciada de acuerdo a asignaturas.

Para promocionar es necesaria la aprobación del equipo de evaluación.

Fuente: LOE/1983, LOGSE/1990, LOCE/2002, LOE/2006 y LOEI/2011

Elaboración: propia

No con el ánimo de realizar un análisis causal entre indicadores y tipificaciones, pero a

manera de indicador de variación resulta descriptivo exponer los datos con relación a

promoción de curso de algunos años lectivos en España.

A partir del curso de 1996-1997 hasta el año 2010 se puede establecer una tendencia hacia

aumentar la promoción de curso, lo cual implica menor población en repetición; sin

embargo, aún existe un alto porcentaje de alumnos/as que no promociona de curso llegando

a cifras cercanas al 20% (Tabla 10). ¿Las variaciones legislativas repercuten en este

elevado porcentaje de repetición? Para responde a esta pregunta se requiere contar con

análisis en otros campos, sin embargo, la reorientación en la planificación del sistema

indudablemente repercute en indicadores como este.

Tabla 10 Promoción de curso en ESO

1997 2001 2004 2007 201030

Segundo curso 87,0 81,8 76,4 80,7 81,5

Tercer curso 69,5 73,9 72,0 80,1 82,3

Cuarto curso 69,6 74,8 77,2 79,4 81,7

Fuente: MEC España

Elaboración: propia

30

Corresponden a los datos del año precedente (2008-2009) como última cifra disponible.

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El bachillerato (Tabla 11), como la última etapa educativa a analizar, presenta una

diferencia de gran importancia en las legislaciones de España: la LOCE/2002 es la única en

establecer una prueba para la obtención del título de bachiller. Este es otro de los

mecanismos de esta ley para diferenciar a la población escolarizada y, en consecuencia,

marca una distinción con respecto a las posibilidades de diversos alumnos/as.

En Ecuador, no sólo es necesario la superación de pruebas –llamadas de grado- para

obtener el título de bachiller, sino además se requiere la presentación de un trabajo

investigativo o, en su defecto, de un trabajo comunitario. Esto se ha sido así desde la

promulgación de la LOE/198331

, manteniéndose aún debido a la falta de un reglamento de

la LOEI/2011 que verse sobre los temas más operativos.

Tabla 11 Bachillerato en las leyes analizadas

Educación Bachillerato

Leyes Progresistas

LOGSE/1990

Comprende de los 16 a los 17 años, dos cursos académicos.

Capacita para acceder a formación profesional de grado superior y a

estudios universitarios.

Cuatro modalidades de bachillerato.

Materias comunes para todas las modalidades.

Para obtención del título de bachiller se requiere la evaluación positiva en

todas las materias.

LOE/2006

Comprende dos cursos (se entiende que ordinariamente los 16 y 17 años).

Tres modalidades de bachillerato.

Materias comunes para todas las modalidades

Evaluación continua y diferenciada de acuerdo a materias.

Profesor decide si el alumno ha superado los objetivos.

Promocionar de curso con dos materias negativas como máximo.

Cursar satisfactoriamente el bachillerato faculta la obtención de título de

bachiller.

31

Insisto me refiero a la LOE/1983, pero hago referencia tanto a ella como a su reglamento.

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65

LOEI/2011

Comprende tres años (se entiende que entre los 15 y los 17 años -18).

Dos modalidades de bachillerato: en ciencias y técnico. El segundo, es el

equivalente a la formación profesional.

Leyes Conservadoras

LOE/1983

Comprende tres años (se entiende que entre los 15 y los 17 años -18).

Dos bachilleratos: en ciencias y técnicos.

El primero con cuatro modalidades.

El segundo tres modalidades con diferentes especializaciones.

Asignaturas comunes y de especialización.

Evaluación permanente sistémica y científica.

Para obtener título de bachiller es necesario aprobar exámenes de grado

que guardan relación con las asignaturas de especialización; de igual

forma, se requiere un trabajo investigativo o un trabajo comunitario.

LOCE/2002

Comprende dos cursos (se entiende que ordinariamente los 16 y 17 años).

Tres modalidades de bachillerato.

Materias comunes para todas las modalidades

Se incluye la asignatura de Sociedad, Cultura y Religión.

Para obtención del título de bachiller se requiere evaluación positiva de

todas las asignaturas y la superación de una prueba general de

Bachillerato.

Fuente: LOE/1983, LOGSE/1990, LOCE/2002, LOE/2006 y LOEI/2011

Elaboración: propia

Sabiendo que diversos factores inciden o condicionan las tasas de escolaridad, me permito

exponer los datos referentes a España indicando que la reorientación de la planificación de

sistema educativo, junto a los demás factores, puede generar las variaciones que se

muestran en la evolución de esta tasa desde el año 1993-1994 en el Gráfico 4:

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Gráfico 4 Tasa de escolaridad España

Fuente: MEC España

Elaboración: propia

La evolución más importante en la tasa de escolaridad (escolarización) se da en el grupo de

edad de 3 años, llegando en el año lectivo 2009-2010 casi al 100% de personas de dicha

edad escolarizadas –exactamente 99,1%. En las demás edades existe cierta regularidad,

subiendo para el año 2000-2001, después de lo cual se reduce ligeramente para aumentar de

nuevo en la última actualización del 2010: en 16 años 90,6% en el 2001, reduciendo a

87,6% en el 2007 y siendo 93,7% en el 2010, por ejemplo.

La evolución de estas cifras, repito, no pretende mostrar una causalidad entre los cambios

normativos y la variación en los datos. Pero, sí es una forma de mostrar que el sistema

educativo tiene variaciones que deben ser corregidas, y que estas correcciones no van a

aplicarse, si se tiene como norma actuar teniendo como horizonte una posición ideológica.

404550556065707580859095

100105

1990 1995 2000 2005 2010 2015

3 años 15 años 16 años 17 años

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CAPÍTULO IV: CONCLUSIONES FINALES

En general, es posible obtener algunas observaciones generales con respecto a las

diferencias entre las leyes. La más significativa es la atención que gastan las legislaciones

desarrollados por gobiernos progresistas en atención a la diversidad, la interculturalidad y

temas relacionados. Esto se plasma en principios de educación obligatoria, de educación

común y comprensiva, en las manifestaciones expresas de igualdad entre hombres y

mujeres, etc.

Es verdad que la inclusión social tiene que ver con el género, la procedencia, la situación de

salud, etc. pero, a mi parecer, sobre todo tiene que ver con las diferencias que puede crear

un sistema educativo. En ese sentido, hasta el momento he intentado explicar cómo los

cambios legislativos pueden desarrollar efectos discontinuos en el sistema: durante cierta

coyuntura se atiende a la focalización, se reducen presupuestos y se orienta una política

desde la progresiva diferenciación del alumnado; cuando el gobierno cambia de color, se

realizan cambios hacia mayor inclusión, menor diferenciación, etc. Esto puede convertirse

en un juego ideológico: en Ecuador la LOEI/2011 se sancionó en abril de 2011, más de un

año después no cuenta con un reglamento que pueda darle una real operatividad; en

consecuencia, esto podría generar más desajustes en el sistema. No estoy diciendo que no

se avance hacia criterios de inclusión más consensuados, por el contrario, es importante dar

grandes pasos hacia ese horizonte pero no desde el discurso ideológico, sino desde la

posibilidad de generación de acuerdos sostenidos en el tiempo. Esa generación de acuerdos

sociales son los que permitirán que las políticas de estado se sumen, mientras se van

restando las políticas de gobierno. Por lo tanto, para el caso ecuatoriano se requiere un

reglamento que impida que los principios de inclusión y de interculturalidad queden solo en

el papel.

En el caso español ocurre algo similar. En la actual coyuntura se están desarrollando las

acciones de un nuevo gobierno, con un nuevo color y, claramente, con un enfoque

ideológico diferente. La posibilidad de reformas sustanciales a la LOE/2006 o, incluso, la

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elaboración de una nueva ley de educación no sería una sorpresa. Este es un escenario

potencial que degeneraría en nuevos vaivenes en el sistema educativo, la reorientación de

los esfuerzos, la necesidad de generar cambios en currículo, contenidos, etc. La alternancia

en el poder de fuerzas políticas de diferenciadas ideologías, no debería incurrir en

constantes transformaciones normativas y sociales.

Las diferencias entre países como Ecuador y España son dadas por diversas causas:

históricas, sociales, geográficas y coyunturales. Estas diferencias, de hecho, (pueden)

marcan las realidades que vive la población en estas sociedades; cada una con sus

particularidades, sus problemas y su visión del desarrollo y del progreso. Por supuesto,

existe una gran porción de similitudes, dadas por fenómenos de globalización y de

extensión y difusión del Estado moderno; y, dentro de estas similitudes se encuentra un

sistema educativo moderno. Podría, entonces, pensarse que estos países plasmarían en sus

sistemas educativos respuestas y acciones orientadas desde esas grandes diferencias, en

otras palabras, desde la realidad histórica, económica, social y cultural, no obstante, al

parecer al momento de la toma decisiones prima la realidad política, entendida como la

posición –partidista- ideológica que está en determinada coyuntura en el ejercicio del poder

en el gobierno. Está claro, que la realidad política es otra diferencia entre estos países, pero

en tanto, forma de gobierno, sistema de partidos e historia; sin embargo, entendida como

posición ideológica en el gobierno, mantienen una constante (al menos en lo que se refiere

a la organización del sistema educativo): desarrollar normativa, y en consecuencia,

planificación, desde un sistema de creencias llamado ideología, restando importancia a un

análisis más profundo de las problemáticas y de la situación existente.

Al interpretar las tipificaciones normativas de las leyes analizadas, queda claro que se

establecen diferencias y variaciones que atienden a cambios, en algunos casos, profundos

del sistema educativo; lo cual, repito, no es un inconveniente. El problema radica en la

variabilidad, en el ir y venir de los cambios, en que las reorientaciones son parte intrínseca

al sistema, o mejor dicho, a la planificación que versa en la legislación. Esto implica,

ineludiblemente, que el sistema educativo no pueda engendrar sostenibilidad, no pueda

desarrollarse desde una propuesta de interacción entre el sistema político –gobierno- y el

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sistema educativo donde no se generen efectos contraproducentes para el segundo de

acuerdo a las decisiones o planificaciones que desarrolle el primero. Sucede algo parecido

con el ecosistema: el sistema socioeconómico afecta directa y negativamente sobre el

ecosistema; así, la sobreproducción y los desechos, por ejemplo, afectan a este último y se

producen como consecuencia de las decisiones que se toman en relación al sistema

socioeconómico. La idea fundamental es evitar las incidencias negativas en el ecosistema

por nuestra forma de vida; de igual manera, lo ideal sería que el sistema educativo esté libre

de las consecuencias no positivas que genera el juego de las ideologías políticas en el

gobierno.

La idea fundamental que obtengo del análisis es la necesidad de crear condiciones para la

generación de un sistema educativo sostenible, es decir, crear escenarios de consensos

donde se prime un análisis de la realidad basado en los avances y los logros sociales

obtenidos: como la propensión hacia la inclusión y la cohesión social. Es evidente, que

además es fundamental realizar un esfuerzo investigativo sobre la polarización social, los

posibles escenarios sociales, la estructura social en tiempo de crisis, entre otras, en cada

país para acceder a soluciones consensuadas en la sociedad; siempre insistiendo en no

retroceder con los avances sociales que se han alcanzado. Por supuesto, no estoy hablando

de un diseño de política pública como el incrementalismo de Lindblom (1996) o del fin de

las ideologías, ni mucho menos, por el contrario es cuestión de defender criterios de

inclusión social que deben ser medidos de acuerdo a la realidad y no al discurso político-

ideológico, lo cual no implica de ninguna forma la desaparición de dicho discurso.

Antes de finalizar deseo resaltar dos asuntos de interés. Primero que este esfuerzo debe ser

parte de una investigación más profunda y continuada que permita ofrecer vías de solución

al problema planteado aquí; la investigación no puede ser estática y solo descriptiva o

explicativa, es necesario que se desarrolle en la posibilidad de brindar líneas de acción para

enfrentar los problemas sociales. Y, segundo, es fundamental recalcar en la continuidad y

progresivo desarrollo de las conquistas sociales, impidiendo que la direccionalidad

ideológica cree mecanismos para retroceder socialmente.

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Por último, el/a lector/a puede argüir que presento una postura que podría ser tildada de

conservadora o antirrevolucionaria (desde una posición por mantener el estado de las

cosas y evitar los cambios), sin embargo, puedo asegurar que mi pretensión es mostrar que

los cambios son positivos, siempre y cuando vayan acompañados de análisis profundos de

la realidad social y no desde el apego ideológico y de las posturas cerradas. Es posible

revolucionar las instituciones y los sistemas, pero es necesario, también, desarrollar las

estrategias y las herramientas para que esas revoluciones marquen un horizonte real y

puedan ser sostenibles –mediante la generación de consenso o mediante otras alternativas-,

evitando que terminen siendo solamente variaciones que a la postre sean desechadas.

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ANEXOS

Legislaciones educativas en Ecuador

La historia de la normativa en educación en el Ecuador puede remontarse a periodos

coloniales y pre republicanos, sin embargo, no es necesario para este estudio realizar un

repaso por la legislación ni por la evolución del sistema educativo del país en dichas fechas.

Por lo tanto, lo que haré es mención a los avances constitucionales que se establecieron los

objetivos y el desarrollo de lo que se entendía por educación en Ecuador. Así, quizá uno de

los más importantes puntos de inflexión aparece con la revolución liberal de finales del

siglo XIX y principios del XX, momento en el cual se redacta Constitución número doce

(1906) y trajo avances fundamentales en relación a la anterior Constitución de 1897 (Tabla

12):

Tabla 12 Constitución de 1897 y Constitución de 1906

Constitución de 1897 Constitución de 1906

Art. 12.- la Religión de la República es la católica,

apostólica, romana, con exclusión de todo culto

contrario a la moral. Los Poderes públicos están

obligados a protegerla y hacerla respetar

Se suprimió esta tipificación.

Se suprimió la religión oficial

Art. 36.- La enseñanza es libre; en consecuencia,

cualquiera puede fundar establecimientos de

educación e instrucción, sujetándose a las leyes

respectivas.

Art. 16.- La enseñanza es libre, sin más restricciones

que las señaladas en las leyes respectivas; pero la

enseñanza oficial es laica.

Ni el Estado ni las Municipalidades subvencionarán

ni auxiliarán, en forma alguna, otras enseñanzas que

no fueren la oficial y la municipal.

No existe la prohibición estipulada Art. 42.- No pueden ser Senadores ni Diputados, el

Presidente de la República, los Ministros Secretarios

de Estado, los Magistrados de los Tribunales de

Justicia, y los Ministros de cualquier culto que fuere.

Fuente: Constitución/1897 y Constitución/1906 de Ecuador.

Elaboración: propia

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La educación laica y la separación de Estado e iglesia fueron los cambios fundamentales de

la Constitución liberal de 1906. Esto marca un punto de corte entre una educación que

estaba ligada absolutamente al control de la iglesia y lo que en lo posterior se conoce como

educación laica. Hay que anotar que dada la libertad de enseñanza, las instituciones

religiosas han desarrollado y mantenido numerosos centros educativos hasta la actualidad.

Por supuesto, el cambio consiste en que la enseñanza –educación- pública se estableció

como competencia del Estado.

A lo anterior se debe añadir que la enseñanza primaria se estableció como obligatoria.

Posteriormente, se fueron planteando ideales más positivistas y pragmáticos que trajeron la

concepción de una educación con función utilitaria, lo cual, a su vez, colaboró con la

programación de las ciencias y la experimentación. Igualmente, se avanzó en la idea de una

diferenciación entre el espacio urbano y el espacio rural, estableciendo escuelas en el

segundo y adaptando en cierta medida la enseñanza a las características de lo rural.

Así, a partir de 1946, siguiendo la línea de las constituciones, se fueron desarrollando

diversos avances en la relación que el Estado debía tener con la educación. En

consecuencia, y debido a la extensa historia de constituciones del Ecuador, procedo a

señalar los cambios más importantes que en materia educativa se han ido añadiendo en la

segunda mitad del siglo XX, llegando hasta nuestros días:

Tabla 13 Evolución de las tipificaciones sobre educación en las constituciones del Ecuador

Constitución Cambios en materia educativa

1946

La educación de los hijos es deber de los padres, pero el Estado se

encarga de vigilar y de facilitar el cumplimiento del derecho a la

educación.

Las municipalidades pueden subvencionar la enseñanza particular

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Constitución Cambios en materia educativa

gratuita.

La enseñanza oficial (pública) y privada han de prestar especial

atención a la raza indígena32

.

Las Universidades se establecen como autónomas.

Instauración de establecimientos especiales de artes, oficios,

agricultura y, en general, de prácticas para el trabajo remunerado.

Escuelas y colegios tendrán secciones especiales para desarrollar

aptitudes en el alumnado para el trabajo lucrativo.

Suministro gratuito de materiales a alumnado que careciere de

ellos en establecimientos oficiales (públicos) primarios y de artes y

oficios.

1967

Se establece, como tal, el derecho a la educación.

El Estado es el garante del derecho a la educación.

Se estipula la competencia del Estado, no sólo en educación (fiscal)

sino, también, en educación particular (privada).

Se establece la finalidad de la educación en tanto pleno desarrollo

de la personalidad y respeto a derechos y libertades.

Se establece la educación en quechua o en la lengua aborigen

propia, en zonas donde la población aborigen sea predominante.

Se establece erradicación del analfabetismo.

Estudiantes capaces y meritorios quienes tienen derecho a alcanzar

los niveles más altos de estudios, con el apoyo del Estado mediante

becas.

Estabilidad y justa remuneración de educadores.

1979

Se extiende la gratuidad de la educación a todos los niveles.

Se garantiza la libertad de enseñanza y de cátedra.

La educación promueve la capacidad crítica del educando

(alumno/a) para la promoción de auténtica cultura nacional.

1998 La educación como derecho irrenunciable de las personas y deber

inexcusable del Estado.

32

He utilizado los términos exactos que estipula cada Constitución para dar cuenta, también, de la evolución –

o diferenciación- en la terminología.

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Constitución Cambios en materia educativa

Promoción de la equidad de género y la coeducación.

Estrategias de descentralización y desconcentración financieras,

administrativas y pedagógicas.

Estudiantes en extrema pobreza recibirán subsidios especiales.

El Estado garantiza la igualdad de oportunidades de acceso a la

educación superior.

El Estado fomenta la ciencia y la tecnología especialmente en todos

los niveles educativos.

Se introduce la frase educación de calidad.

2008

La educación como garantía de igualdad e inclusión social.

Educación obligatoria en el nivel inicial, básico y bachillerato.

Gratuidad de la educación hasta el nivel superior.

Promoción del diálogo intercultural.

Fortalecimiento y promoción del sistema de educación intercultural

bilingüe.

Sistema nacional de educación que tenga como centro al sujeto

que aprende.

Sistema nacional de educación que visión intercultural.

Erradicación del analfabetismo digital.

Procesos post-alfabetización para personas adultas y superación

del rezago educativo.

Incorporación de tecnologías de la información y comunicación en

el proceso educativo.

Inclusión en los currículos de estudio la enseñanza de una lengua

ancestral.

Fuente: Constituciones del Ecuador desde 1946 hasta 2008

Elaboración: propia

La Tabla 13 pretende ser una muestra de la evolución del articulado y de las tipificaciones

que ha sufrido el sector de la educación –o mejor dicho la educación en general- dentro de

las constituciones desde la mitad del siglo XX. Así, se puede observar un progreso

constante sobre algunos aspectos clave como: la inclusión de la interculturalidad y la

obligatoriedad hasta el nivel de bachillerato. Además, se establece el carácter de derecho

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irrenunciable que tiene la educación y la obligación del Estado para garantizarla,

promocionarlo y desarrollarla. Asimismo, desde la Constitución/1998 se introduce la idea

de educación de calidad.

Aproximación histórica a la educación en España

Siguiendo a Prats, es posible decir que España se ha caracteriza por vaivenes legislativos en

materia educativa, “…se decía ya a finales del siglo XIX, que no había ministro que se

tuviese por tal que no hubiese redactado su propia reforma educacional” (Prats, 2005:177-

178). La preocupación, sobre todo, se ha centrado en la educación secundaria, que ha sido

la que más cambios ha debido sufrir a través de las diferentes legislaciones; la discusión

sobre la misma versa sobre si el bachillerato es una prolongación de la educación primaria

o la preparación para la etapa superior.

Durante el franquismo, como ciclo previo a la LOGSE/1990, se mantuvo la variabilidad

normativa del sistema educativo,

Ya en 1938, en plena Guerra, se reformó la enseñanza secundaria. En 1953, se hizo una

importante reforma del bachillerato…se establecía la religión en todos los cursos y se

acordaba la imposibilidad real de inspeccionar los centros religiosos. El plan de 1953 fue

reformado en cuanto al contenido de las asignaturas y otros retoques en 1957. Se efectuaron

nuevas modificaciones de pequeño calado en 1959 y en 1963. Durante este período, el rasgo

más importante que define el devenir educativo es la total preponderancia de la Iglesia en la

educación, sobre todo en el bachillerato, y la evidente debilidad de la enseñanza pública. En

los últimos años de la dictadura...[se]…realizó una reforma radical del sistema: la Ley

General de Educación (LGE) de 1970. Los principales cambios fueron: la extensión de la

educación primaria hasta los catorce años, sustituyendo la denominación de educación

primaria por la de Educación General Básica (EGB) con una orientación comprensiva; la

creación de un único bachillerato de tres años (BUP), unificando los diversos tipos de

bachilleratos preexistentes; la reordenación del curso preuniversitario, que ahora se llamaría

Curso de Orientación Universitaria (COU); y, lo más importante, la inclusión en el sistema

educativo de la Formación Profesional, con un primer ciclo de dos años (para los alumnos

de 15 y 16 años) y un ciclo superior. La LGE suprimió, por primera vez en el sistema

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educativo, los exámenes finales de ciclo o etapa (las reválidas), estableciendo un sistema de

evaluación continua. Esta ley, con pequeños cambios en los planes de estudio de la EGB,

tuvo una larga vida, ya que ha estado vigente…hasta la promulgación de la LOGSE en 1990

(Ibíd.:179-180).

El párrafo anterior resume de manera sucinta y clara los cambios durante la dictadura.

Al igual que expuse las tipificaciones educativas en las constituciones ecuatorianas, quizá

sea explicativo mediante la Tabla 14 indicar una lista de los principales artículos, que en

esta materia, recogió la Constitución de 1931 y que estipula la actual Constitución española

pos dictadura de 197833

. Es importante anotar que España después del régimen franquista

intenta, entre otras cosas, estrechar los lazos con Europa y moldear sus políticas y sus

instituciones según las características de la integración regional.

Tabla 14 Constitución de 1931 y Constitución de 1978

Constitución de 1931 Constitución de 1978

Cultura es atribución del Estado y la ejerce

mediante instituciones educativas.

Enseñanza primaria gratuita y obligatoria.

Libertad de cátedra.

Facilidad para acceder a la educación es

personas económicamente necesitadas.

Enseñanza laica.

El trabajo como actividad metodológica de

la enseñanza.

Enseñanza inspirada en ideales de

solidaridad humana.

Derecho a la iglesia a enseñar sus doctrinas

en sus establecimientos.

Expansión cultural de España mediante

Educación como un derecho de todas las

personas.

Libertad de enseñanza.

Objeto de la educación: desarrollo de la

personalidad humana en respeto a

principios democráticos y derechos y

libertades fundamentales.

Se garantiza el derecho que asiste a los

padres para que sus hijos reciban la

formación moral y religiosa que ellos crean

conveniente.

Enseñanza básica es gratita y obligatoria.

Autonomía de las universidades.

33

A pesar de que años después de la promulgación de la Constitución de la segunda república española de

1931, el país se enfrenta a una dictadura, me ha parecido necesario establecer una comparación en relación a

las tipificaciones educativas de las constituciones anotadas.

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Constitución de 1931 Constitución de 1978

delegaciones y centros de estudio en el

exterior, sobre todo, en países

hispanoamericanos.

Fuente: Constituciones españolas de 1931 y 1978

Elaboración: propia.

En general, la actual Constitución recoge los principios generales de la educación y del

sistema educativo, dejando un amplio espectro para que la ley regule los campos

correspondientes y más específicos.