Que Es Basilea (1)

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UNIVERSIDAD MARIANO GLVEZ DE GUATEMALA

CENTRO UNIVERSITARIO: ANTIGUA GUATEMALACURSO: INTRODUCCION A LA ADMINISTRACION DE RIESGOSBASILEAcomit de Basilea

El Comit de Basilea en adelante denominado el Comit, fue establecido en 1974 por los gobernadores de los bancos centrales del Grupo de los Diez (G-10) a raz de serios problemas bancarios, principalmente la bancarrota del Bankhaus Herstatt en Alemania Occidental y del estadounidense Franklin National Bank. Su sede est en la ciudad de Basilea, Suiza y funciona en el edificio del Banco de Pagos Internacionales (BIS, acrnimo en ingls).Quienes integran el comit de BasileaLos miembros del Comit son de Argentina, Australia, Blgica, Brasil, Canad, China, Francia, Alemania, Hong Kong SAR, India, Indonesia, Italia, Japn, Corea,Luxemburgo, Mxico, Pases Bajos, Rusia, Arabia Saudita, Singapur,Surfrica,Espaa, Suecia, Suiza, Turqua, el Reino Unido y los Estados Unidos.

Que riesgos cubre Basilea I

Se trataba de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mnimo que deba tener una entidad bancaria en funcin de los riesgos que afrontaba.El acuerdo estableca una definicin de "capital regulatorio" compuesto por elementos que se agrupan en 2 categoras (o "tiers") si cumplen ciertos requisitos de permanencia, de capacidad de absorcin de prdidas y de proteccin ante quiebra. Este capital debe ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crdito, mercado y tipo de cambio.

Cada uno de estos riesgos se meda con unos criterios aproximados y sencillos. El principal riesgo era el riesgo de crdito, y se calculaba agrupando las exposiciones de riesgo en 5 categoras segn la contraparte y asignndole una "ponderacin" diferente a cada categora (0%, 10%, 20%, 50%, 100%), la suma de los riesgos ponderados formaba los activos de riesgo.

El acuerdo estableca que el capital mnimo de la entidad bancaria deba tener deba ser el 8% del total de los activos de riesgo (crdito, mercado y tipo de cambio sumados). Dicho sistema se conoce con el nombre de Acuerdo de Capital de Basilea o Basilea I.

Que riesgos cubre Basilea II

En respuesta a los avances tecnolgicos, la diversificacin de los mercados financieros, la complejidad de los instrumentos o productos financieros, los modelos de gestin y las tendencias internacionales en materia de riesgos y gobierno corporativo, surgi la necesidad de revisar el Acuerdo de Capital de 1988, razn de ello en los aos 1999, 2001 y 2003, el Comit de Basilea circul los documentos consultivos de un nuevo marco conceptual o nuevo acuerdo de capital, el cual fue aprobado en mayo de 2004 y publicado en junio de dicho ao, bajo el nombre de Convergencia Internacional de Medicin de Capital y Estndares de Capital, un Marco Revisado o Basilea II.

Basilea II tiene como objetivos fundamentales: fortalecer la solidez y estabilidad del sistema financiero internacional y promover la adopcin de prcticas de administracin de riesgos ms fuertes en las entidades bancarias. Asimismo, busca perfeccionar el acuerdo anterior; fomentar la competencia en igualdad de condiciones; determinar el capital mnimo regulatorio en base a criterios ms sensibles al riesgo que permitan alinear ste con el capital econmico; mejorar la eficiencia y el rendimiento de los procesos bancarios; y, mejorar la supervisin bancaria y la transparencia de la informacin.De acuerdo a lo anterior, se estima que lo que el Nuevo Acuerdo de Basilea II persigue es el desarrollo de un sistema de requerimientos de capital que tenga mayor grado de sensibilidad al riesgo en relacin con lo que tiene Basilea I, para lo cual est promoviendo simultneamente una mayor utilizacin de los mtodos internos de medicin de riesgos de las entidades; asimismo, persigue el mantenimiento del nivel global de solvencia del sistema y la necesidad de continuar asegurando la igualdad competitiva. Por otra parte, y complementariamente, esa mayor sensibilidad se lograra mediante un tratamiento ms sofisticado del riesgo de crdito y de mercado (que incluye los riesgos de inters de la cartera de inversin y riesgo operacional) y, mediante una revisin supervisora de la solvencia de las entidades, junto con una mayor disciplina de mercado.

Los pilares 1,2, y 3 de Basilea II.

PILAR 1. REQUERIMIENTOS MINIMOS DE CAPITALEste pilar conforma lo que es el coeficiente de solvencia y supone una importante modificacin del Acuerdo de Basilea I, cuyo contenido est incluido en este pilar. En ese contexto, este pilar define los requisitos mnimos de capital en relacin con los riesgos asumidos, as:

Riesgo de Crdito: Es en este riesgo en donde se concentra el mayor nmero de novedades en los requisitos de capital en sentido tradicional, lo que actualmente se denomina Pilar I de Basilea I.

Riesgo de Mercado: No sufre cambios significativos, permanece tal y como se defini en la primera enmienda del ao 1996 de Basilea I.

Riesgo Operacional: Importante novedad del Nuevo Acuerdo de Capital, donde se fija por primera vez los requisitos de capital por este riesgo.

En ese sentido, en este Pilar 1 se modifica la definicin de activos ponderados por su nivel de riesgo a travs de dos elementos principales: 1) modificaciones sustanciales en el tratamiento del riesgo crediticio con respecto al Acuerdo vigente; y, 2) la introduccin de un tratamiento explcito para el riesgo operativo, midiendo este riesgo e incluyndolo en el denominador del coeficiente de capital del banco, como se aprecia en la frmula siguiente:

Capital Regulatorio_____ >= 8%

Riesgo (RC+RM+RO)

Tanto en el riesgo de crdito y el riesgo operativo, se introducen tres mtodos distintos para el clculo de su riesgo, lo que permite a los bancos y supervisores seleccionar el mtodo o mtodos que consideren ms adecuado al grado de desarrollo de las operaciones del banco y a la infraestructura de su mercado financiero. A continuacin se presentan los tres mtodos principales segn el tipo de riesgo:

RIESGO DE CRDITORIESGO OPERATIVO

1. Mtodo Estndar1. Mtodo del Indicador Bsico

2. Mtodo IRB Bsico2. Mtodo Estndar

3. Mtodo IRB Avanzado3. Mtodo de Medicin Avanzada (AMA)

METODOS DEL RIESGO DE CREDITOS

Como se ha indicado, el Acuerdo de Basilea II introduce con respecto a Basilea I importantes novedades relevantes en los siguientes aspectos del riesgo de crdito:

Introduce los ratings externos de los prestatarios para asignar ponderaciones a los activos.

Adems del enfoque estndar, introduce en forma detallada el enfoque basado en los ratings internos, en dos niveles: bsico y avanzado.

Toma en cuenta las tcnicas de mitigacin del riesgo de crdito, entre ellas los derivados de crditos.

Trata en forma exhaustiva y diferenciada el tema de la titularizacin de activos.

A continuacin se presenta un resumen de las principales caractersticas de los mtodos del riesgo de crdito:

EL METODO ESTANDAR

El enfoque estndar del Nuevo Acuerdo contempla las siguientes modificaciones en comparacin con el Acuerdo de 1988: 1) los factores de ponderacin de riesgo se basan en las calificaciones de crdito externas individuales; 2) ms categoras de ponderacin (50 y 150%) para algunas exposiciones crediticias; 3) se elimina el crdito de calidad crediticia basado en la membresa de la OCDE; 4) se otorgan menores ponderaciones a algunos crditos a corto plazo; y, 5) se da mayor reconocimiento a los diversos factores que ejercen influencia sobre el nivel de riesgo crediticio al que est expuesto un banco.

Las referencias externas de calificacin crediticia de los prestatarios a la hora de asignar ponderaciones a los distintos tipos de activos y riesgos, pueden provenir, bien de las agencias de rating, o bien (slo en el caso de los riesgos soberanos), de las agencias de crdito a la exportacin. A continuacin se resumen las ponderaciones que Basilea II asigna a cada tipo de activo de riesgo.

CALIFICACIN DEL RIESGOAAA

a

AA-A+

a

A-BBB+

a

BBB-BB+

a

B-Por debajo de B-Sin rating

Riesgos Soberanos, Estados y Gobierno Centrales0%20%50%100%150%100%

Bancos (opcin 1)20%50%100%100%150%100%

Bancos (opcin 2)

Crditos de Corto Plazo20%

20%50%

20%50%

20%100%

50%150%

150%50%

20%

Empresas20%50%100%100%150%100%

Activos Titularizados20%50%100%100%150%100%

Es importante mencionar que no cualquier agencia calificadora de riesgo puede ser utilizada para los efectos de este enfoque estndar, y se indica que la responsabilidad acerca de qu agencias son elegibles para los propsitos de las calificaciones, queda depositada en los supervisores bancarios nacionales. El Comit de Basilea considera que las calificadoras deben cumplir con seis criterios bsicos: 1) Objetividad, es decir, que la metodologa debe ser rigurosa, sistemtica y debe estar validada por la experiencia histrica; 2) Independencia, las agencias deben estar libres de todo tipo de conflicto de intereses o presiones polticas y econmicas; 3) Suficiencia de recursos; 4) Transparencia, las calificaciones otorgadas deben estar disponibles para ser conocidas tanto por entidades nacionales como internacionales, y la metodologa usada debe ser del conocimiento pblico; 5) Credibilidad, en general las calificaciones deben ser utilizadas por terceros, inversionistas, entidades financieras, etc.; y, 6) Revelacin, las calificadores deben revelar sus metodologas de evaluacin.

Con respecto a las tcnicas de mitigacin del riesgo de crdito, actualmente slo se reconocen las garantas en efectivo y con deuda pblica. En el Nuevo Acuerdo de Basilea, las tcnicas de reduccin contempladas pertenecen a alguna de estas categoras: a) colaterales: la ponderacin de un activo concreto puede ser reemplazada por la ponderacin de su garanta colateral; b) la compensacin dentro del balance; c) las garantas y derivados de crdito, as los bancos que usen derivados de crdito reciben un bono en trminos de capital exigido, para ello, los derivados de crditos utilizados deben ser emitidos por empresas calificadas A como mnimo.

METODOS DE RATINGS INTERNOS

Bajo este enfoque de ratings internos, la clasificacin de las exposiciones a los riesgos y por ende el capital exigido, depender de las propias estimaciones internas de los riesgos que realicen las instituciones bancarias. As, con este enfoque se pretenden los objetivos: 1) Una mayor sensibilidad al riesgo de crdito por parte de los bancos, adaptndose mejor a las prcticas especficas y habituales de los mismos; y, 2) Una compatibilidad con los incentivos a que estas entidades mejoren sus sistemas internos de medicin, gestin y control del riesgo de crdito.

La principal diferencia entre el mtodo estndar y el enfoque basado en calificaciones internas (internal ratings based, IRB) es que en este ltimo los factores de ponderacin de riesgo incluyen informacin, como ya se dijo, generada por los propios bancos a partir de sus sistemas de calificacin de riesgos de crdito; en ese sentido, el modelo IRB se basa en tres aspectos principales: a) los factores o componentes del riesgo; b) la funcin de ponderacin de riesgo; y, c) los activos ponderados y requerimientos mnimos de capital.

La construccin de los factores estndares de ponderacin de riesgos se basa en la probabilidad de incumplimiento (Probability of Default, PD) y otros factores de riesgo, como lo son: la prdida dado un incumplimiento (Loss Given Default, LGD) y la exposicin al momento del incumplimiento (Exposure at Default, EAD).El Nuevo Acuerdo de Basilea II considera dos mtodos para el clculo del capital requerido dentro del enfoque IRB. La primera conocida con el IRB fundamental, en donde los bancos pueden estimar slo PD con sus propias calificaciones crediticias y los dems factores de riesgo son proporcionados por el supervisor bancario. El segundo, el IRB avanzado, los bancos pueden hacer sus propias estimaciones tanto de PD, LGD, EAD, y otros parmetros como el vencimiento y correlaciones.

Las diferencias entre los dos mtodos IRB se resumen a continuacin:PARAMETROMETODO IRB FUNDAMENTALMETODO IRB AVANZADO

PD (Probability of Default)BancoBanco

LGD (Loss Given Default)SupervisorBanco

EAD (Exposure at Default)SupervisorBanco

VencimientoNoSi

CorrelacionesNoNo

Nota: para los parmetros PD, LGD y EAD las columnas a la derecha indican quin los determina. Para los dems parmetros las columnas a la derecha indican si los mismos se consideran o no para efectos de determinar el requerimiento de capital.

La diferencia principal de los mtodos IRB bsico o fundamental y el IRB avanzado, que presentan con respecto al mtodo estndar, es que los bancos califican a sus clientes y estas calificaciones internas se utilizan para fijar los requisitos de capital; en ese sentido, los bancos deben establecer primero un sistema de calificacin atenindose a un nmero mnimo de categoras de calificacin. Posteriormente, deben asignar a cada categora una probabilidad de incumplimiento. De acuerdo con el IRB bsico o fundamental, estas probabilidades se incorporan en una frmula que se divulga y, teniendo en cuenta un conjunto de otros parmetros que fija el supervisor, se calcula el requisito de capital. En el caso del IRB avanzado, los bancos determinan algunos de los otros parmetros que establece el regulador siguiendo el enfoque del IRB bsico. As por ejemplo, de conformidad con el IRB avanzado, los bancos pueden determinar las prdidas en caso de incumplimiento, la exposicin en caso de incumplimiento y el vencimiento del prstamo.

La metodologa para el clculo de los requerimientos mnimos de capital consiste en los 5 pasos siguientes:1. Clasificar cada exposicin crediticia en seis grandes categoras de activos sobre exposiciones: comerciales, minoristas, soberanas, bancarias, de proyectos e inversiones en acciones.

2. Estimar los factores de riesgo dependiente del mtodo IRB adoptado.

3. Calcular las ponderaciones de riesgo correspondientes.

4. Calcular los activos ponderados.

5. Calcular los requerimientos mnimos de capital (Capital regulatorio/Activos Ponderados > 8%)

A continuacin se pueden apreciar las distintas alternativas y diferentes formas de evaluacin del riesgo crediticio, basado en los tres mtodos mencionados anteriormente; es decir, el enfoque estndar, y los enfoques IRB bsico e IRB avanzado.

ALTERNATIVAS DE EVALUACION DEL RIESGO CREDITICIO BASADO EN LOS METODOS ESTANDAR, IRB BASICO E IRB AVANZADO

AproximacinTcnica bsica para medir el riesgo crediticioMitigacin del riesgo crediticioRiesgo de TitularizacinRiesgo operativo

Mtodo estndar simplificadoAgencias de crdito a la exportacin (www.oecd.org, Trade Directotare, pgina ACE).Simple: ponderacin de riesgo de sustitutos de colateral.Banco slo pueden invertir (no pueden ofrecer mejoras crediticias o facilidades de liquidez . Ponderacin del riesgo = 100%Indicador bsico: Capital = 15% del ingreso bruto.

Mtodo estndarACE o agencias calificados de riesgo. (S&P, Moodys, Fitch).Simple: (como en la anterior). Comprensiva: monto de exposicin reducido sujeto a recortes de crdito y colaterales.Estndar: utiliza agencias de crdito para la exportacin (solo bancos de inversin pueden usar debajo de BB+).Indicador bsico o estandarizado donde el capital del banco = suma ponderada del ingreso bruto por tipos de actividad.

Mtodo IRB bsicoClasificacin interna de los bancos de probabilidad de incumplimiento, y frmula de Basilea II para definir requerimientos de capital (prdida en caso de incumplimiento dado el 45% para senior y el 75% para subordinada) Comprensiva, luego prdida por incumplimiento ajustada por la reduccin en la exposicin y los requerimientos de capital basados en la frmula de Basilea. Bancos de inversin pueden usar clasificaciones de acuerdo a la escala estndar. Bancos generadores de titularizacin pueden emplear la frmula supervisora.Se espera que bancos ms sofisticados apliquen el mtodo avanzado donde los requerimientos de capital se calculan por su propio sistema de medicin de riesgo.

Mtodo IRB avanzadoBancos definen la clasificacin interna (probabilidad de incumplimiento), prdida de incumplimiento, exposicin al incumplimiento, y maduracin. Requerimientos de capital an definidos con la frmula de Basilea.Modelo propio determina la prdida por incumplimiento, requerimientos de capital basados en la frmula.Siguiendo el mtodo IRB bsico.Siguiendo el mtodo IRB bsico

METODOS DEL RIESGO OPERATIVO

La metodologa que el Comit de Basilea propone para la capitalizacin de los riesgos operativos, consiste en un enfoque evolutivo en trminos de sofisticacin y sensibilidad al riesgo; en ese sentido, los mtodos que se proponen son tres: 1) Indicador Bsico; 2) Estandarizado; y, 3) Medicin Avanzada (AMA). Las caractersticas de cada mtodo se resume a continuacin:

ENFOQUE DE INDICADOR BASICO:

Los bancos que utilicen el Enfoque de Indicador Bsico (Basic Indicador Approach) debern cubrir el riesgo operativo con un capital equivalente al promedio sobre los 3 aos anteriores de un porcentaje fijo del 15% del ingreso positivo anual bruto. El cargo de capital se calcula aplicando la siguiente frmula:

Kbia = suma (Gl1...n x a )/n

donde:

Kbia = El cargo de capital en el Mtodo del Indicador Bsico

Gl = Ingreso bruto anual, donde sea positivo, sobre los 3 aos previos.

n = Nmero de los 3 aos anteriores en los cuales el ingreso bruto es positivo.

a = 15% parmetro fijado por el Comit de Basilea

METODO ESTANDARIZADO

En el mtodo estandarizado (Standardised approach) las actividades de los bancos se dividen en 8 lneas de negocio: finanzas corporativas, negociacin y ventas, banca minorista, banco comercial, liquidacin y pagos, servicios de agencia, administracin de activos e intermediacin minorista. El cargo de capital se expresa en la siguiente frmula:

Ktsa = { suma 1-3 aos max (suma (Gl 1 8 x B 1 8),0)}/3

donde:

Ktsa = El requerimiento de capital del Mtodo Estandarizado

Gl 1-8 = Ingreso anual bruto en cada una de las 8 lneas de negocio.

B 1-8 = Porcentaje fijo establecido por el Comit de Basilea segn las 8 lneas de negocios con sus betas respectivas, segn el cuadro siguiente:

LINEAS DE NEGOCIOFACTORES DE CAPITALFACTORES BETA

Finanzas Corporativas(B 1)18%

Negociacin y Ventas(B 2)18%

Banca Minorista(B 3)12%

Banca Comercial(B 4)15%

Liquidacin y Pagos(B 5)18%

Servicios de Agencia(B 6)15%

Administracin de Activos(B 7)12%

Intermediacin Minorista(B 8)12%

METODO DE MEDICION AVANZADA

En este Mtodo de Medicin Avanzada, (Internal Measurement Approach) el requerimiento de capital regulatorio ser igual a la medida de riesgo generada por el sistema interno de medicin del riesgo operativo del banco, mediante la utilizacin de los criterios cuantitativos y cualitativos aplicables a los AMA. Esta metodologa brinda discrecionalidad a los bancos para el uso de data interna de prdidas, mientras que el mtodo para calcular la carga de capital ser impuesto por el supervisor bancario.

PILAR II. EXAMEN DEL SUPERVISOREste pilar es una de las novedades del Nuevo Acuerdo de Capital, aunque en buena medida refleja las prcticas seguidas por los supervisores en su control de la solvencia de la banca, y se apoya en una serie de principios que le permiten al rgano supervisor revisar y evaluar la suficiencia y capital de los bancos y sus estrategias, con respecto a sus riesgos globales. Los supervisores debern adoptar las acciones que sean necesarias para asegurarse que los bancos operen con coeficientes de capital suficientemente amplios y exigir de ser necesario las acciones correctivas del caso.

Es importante mencionar que, en este Pilar se han identificado cuatro principios bsicos del examen del supervisor, que son un complemento de los Principios Bsicos para una Supervisin Bancaria Efectiva y la Metodologa de dichos Principios Bsicos. En ese sentido, a continuacin se resumen los mismos:

Principio 1: Los bancos debern contar con un proceso para evaluar la suficiencia de capital total en funcin de su perfil de riesgo y con una estrategia de mantenimiento de sus niveles de capital.

Principio 2: Las autoridades supervisoras debern examinar las estrategias y evaluaciones internas de la suficiencia de capital de los bancos, as como la capacidad de stos para vigilar y garantizar su propio cumplimiento de los coeficientes de capital regulatorio. Las autoridades supervisoras debern intervenir cuando no queden satisfechas con el resultado de este proceso.

Principio 3: Los supervisores debern esperar que los bancos operen por encima de los coeficientes mnimos de capital regulatorio y debern tener la capacidad de exigirles que mantengan capital por encima del mnimo.

Principio 4: Los supervisores debern buscar intervenir en una etapa temprana con el fin de evitar que el capital descienda por debajo de los niveles mnimos requeridos para cubrir las caractersticas de riesgo de un banco particular, y debern exigir la inmediata adopcin de medidas correctivas si el capital no se mantiene en el nivel requerido o no se restaura a ese nivel.

Adicionalmente, este pilar permitir a los supervisores bancarios asegurarse que los bancos efecten pruebas de sensibilidad stress testing, que les permitan estimar el impacto en los requerimientos de capital de diversos factores de riesgo, entre los que se pueden mencionar el riesgo de crdito, riesgos de concentracin, el tratamiento de los riesgos residuales derivado del uso del colateral, garantas y derivados del crdito, como tambin para el tratamiento de titularizaciones. Los resultados les permitirn asegurarse que mantienen un margen de capital suficientemente amplio o si por el contrario requieren de ms capital. De igual forma con el resultado el rgano supervisor podra requerir que el banco reduzca sus riesgos, que aumente su capital o fortalezca sus procesos de administracin de riesgos y su control interno.

PILAR III. DISCIPLINA DEL MERCADOEl tercer Pilar, relacionado con la informacin al mercado, tambin es novedoso, aunque refleja bastante bien las recomendaciones internacionales que se han elaborado, o que estn en proceso de elaboracin en los distintos organismos sobre el tema, y tiene por objeto completar los requerimientos mnimos de capital del primer pilar y el proceso del examen del supervisor del segundo pilar, a travs de un conjunto de requisitos de divulgacin que permitan a los participantes en el mercado, evaluar las principales informaciones sobre el perfil del riesgo de un banco y sobre su nivel de capitalizacin. Entre estas divulgaciones se incluyen las pblicas que se estimen necesarias por motivos de seguridad y supervisin, as como los informes peridicos exigidos por los rganos supervisores, lo cual depender de la facultad legal que tenga cada supervisor en su pas de origen.

En sntesis, se estima que la idea bsica del Comit de Basilea es que los tres pilares deben de funcionar conjunta e integralmente, y que los mismos no son excluyentes sino que los mismos se complementan entre si, de tal manera que no es posible basarse nicamente en uno o dos de ellos, sin tener presente el tercero.

Por otra parte, las entidades tienen que tener un nivel mnimo de recursos propios calculados de acuerdo con el contenido del Pilar 1; por otra parte, los rganos supervisores deben asegurarse de que, adems, las entidades disponen de sistemas internos adecuados para calcular el capital econmico necesario en relacin con sus riesgos, independientemente del nivel legal mnimo exigido, y deben ser capaces de analizar el perfil de riesgos de cada entidad, con la finalidad de conocer si el nivel de solvencia alcanzado es adecuado, este es el Pilar 2.

Por ltimo, bancos y supervisores deben dar suficiente informacin al mercado para asegurar una cierta disciplina permanente del mismo, que es el Pilar 3, reforzando de esta manera los dos pilares anteriores.

DIFERENCIAS CONCEPTUALES Y METODOLOGAS ENTRE EL ACUERDO DE CAPITAL DE 1988 (BASILEA I) Y EL NUEVO ACUERDO DE BASILEA II

BASILEA I (1988)BASILEA II (2004)

No incorpora la medicin del riesgo operativo.Incorpora la medicin del riesgo operativo.

Incorpora la medicin del riesgo de mercado desde 1996.Permanece igual

Medicin del riesgo crediticio: Aplicacin de ponderaciones dadas por el regulador.Riesgo crediticio: Aplicacin de ponderaciones externas (calificadoras) o por mtodos internos.

Clculo del riesgo crediticio por medio del enfoque estandarizado.Clculo del riesgo crediticio mediante 3 mtodos: 1. Estandarizado; 2. IRB Fundamental; y, 3. IRB Avanzado.

Pases de la OCDE reciben un trato preferencial.No existe trato diferenciado para los pases miembros de la OCDE.

Estructura basada en el requerimiento de capital.Se establecen 3 pilares:

1. Requerimientos mnimos de capital.

2. Revisin de la entidad supervisora.

3. Disciplina de mercado.

No incluye requerimiento adicional por otros riesgos.El pilar 2 da la posibilidad al ente supervisor de requerir mayor capital por otros riesgos (por ejemplo: concentracin de mercado).

Escasos incentivos para lograr una mejor administracin del riesgo en cada banco (ejemplo: poco o nulo reconocimiento para efectos del capital requerido, de diversos factores que afectan el nivel de riesgo crediticio asumido por un banco)Reconocimiento, para efectos del capital requerido, de los diversos factores que determinan el riesgo de crdito asumido por un banco:

a. Garantas y otras tcnicas de mitigacin del riesgo de crdito.

b. Plazo de las exposiciones crediticias

c. Titularizacin de activos (asset securitization)

Que restricciones tiene para el capital Basilea III

Promueve la acumulacin de capital en los buenos momentos para disponer de l en los periodos de tensin. En primer lugar, el nuevo requerimiento de capital ordinario pasa a ser del 7%, incluyendo un colchn de conservacin de capital del 2,5%. Su propsito es asegurar que los bancos mantengan una reserva de capital que sirva para absorber prdidas durante periodos de tensin y evitar as que su capital caiga por debajo del mnimo obligatorio. Esto reducir la posibilidad de que se produzca un crculo vicioso de prdidas y recortes de crdito en comparacin con las normas anteriores.En segundo lugar, un elemento clave de Basilea III para limitar la prociclicidad ser el colchn de capital anticclico, que se ha calibrado en un rango del 02,5%. Este capital se dotar cuando las autoridades nacionales consideren que el crecimiento crediticio agregado est agravando el riesgo sistmico, y se liberar en las fases bajistas del ciclo. De este modo, se reducira por ejemplo el riesgo de que el crdito disponible pueda verse restringido por los requerimientos de capital regulatorio. Su intencin es por tanto mitigar la prociclicidad y atenuar el impacto de los altibajos del ciclo financiero.

Los requerimientos se introducirn en 2013 y su implementacin definitiva no ser hasta finales de 2017. Los instrumentos que ya no puedan considerarse como capital de Nivel 1 distinto del capital ordinario o como capital de Nivel 2 dejarn de reconocerse paulatinamente en un horizonte de 10 aos a partir del 1 de enero de 2013.

Volviendo a los requerimientos mnimos de capital, las nuevas normas para el capital ordinario y el capital de Nivel 1 se aplicarn de forma progresiva a partir de 2013 y entrarn plenamente en vigor a principios de 2015. El calendario ser el siguiente:A comienzos de 2013, los requerimientos mnimos para el capital ordinario y de Nivel 1 pasarn del 2% y el 4% actual al 3,5% y 4,5% respectivamente.

A partir de 2014, el capital ordinario mnimo deber ser del 4% y el de Nivel 1 del 5,5%.

En 2015, se aplicarn los requerimientos definitivos del 4,5% y el 6% respectivamente.

Por su parte, el colchn de conservacin del capital, que estar compuesto de capital ordinario y se aadir al requerimiento mnimo del 4,5%, tambin se aplicar progresivamente a partir del 1 de enero de 2016, hasta entrar plenamente en vigor el 1 de enero de 2019.

Por ltimo, el coeficiente de apalancamiento tambin se introducir por fases. Habr un periodo de aplicacin de paralelo que ir de 2013 a 2017, de modo que su introduccin definitiva en el Primer Pilar el 1 de enero de 2018 se har tras una revisin y calibrado adecuados.