Revista Cánovas nº10 Enero 2015

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Revista digital de pensamiento político, económico y social. Nº10 Enero 2015. Edita Cánovas Fundación.

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2 digital Cánovas

Edita: Cánovas Fundación

Presidente

Joaquín L. Ramírez Rodríguez

Secretario General

Miguel Ángel Ruiz Ortiz

Digital Cánovas

ISSN: 2255-5900

Nº10. Málaga. Enero 2015

Dirección

Francisco M. Castillo Medina

Guillermo Díaz Gómez

Diseño y Maquetación

Rosa López Campos

NOTA: Cánovas Fundación no comparte necesariamente las opiniones expresadas por los diferentes autores.

[email protected]

www.canovasfundacion.com

@CanovasFundac

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ÍNDICE

El año más electoral.

Joaquín L. Ramírez 4

Sobre la financiación pública de los

niveles postobligatorios de enseñanza

Antonio Jurado 6

Punto y seguido

tras el 9 de noviembre

Alfredo Crespo 10

¿Podrán?

Alejandro Ibáñez 14

El diálogo entre tribunales.

Pablo Sánchez 16

¿Ser o no ser? Estoppel, la

tramoyista actuación de los Estados.

Jorge A. Bonilla 18

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El año más electoral

por Joaquin L. Ramírez

@JoaquinRamirez

Pocas veces un año sabe marcar

su destino apenas ha comenzado. Sin

embargo, 2015 sí lo ha hecho

rápidamente. A primeros, en marzo, las

elecciones andaluzas condicionarán y

mucho la política y más cosas en España.

Los líderes políticos y sus respectivas

organizaciones se esforzarán en conseguir

que el espejo andaluz favorezca sus

aspiraciones en otros territorios y, sobre

todo, en las elecciones generales. Las

incógnitas son muchas. Está por ver qué

pasará con un “Podemos”, que aún no se

ha dotado de una estructura en el sur, pero

que ya ha tomado la decisión de formar

parte del llamado tíquet electoral. También

rodea el suspense a UPyD, ¿será esta vez

o volverá a quedar su premio desierto?, y

también “Ciudadanos”, en esta ocasión le

envuelve un cierto halo prometedor del que

hasta aquí carecía y puede irrumpir por vez

primera. UPyD y Ciudadanos se enfrentan

entre sí, contra el resto y contra el voto útil,

tendrán que convencer de que el suyo lo

es. De lo contrario ambas fuerzas pueden

desfallecer ante la polarizada intención de

votar PP, PSOE y, puede que en

sustitución de IU, Podemos. Hay algunos

analistas que piensan que el partido de

Pablo Iglesias no se repondrá de la

sorpresa de Susana Díaz al adelantar las

elecciones y que IU le ganará la partida a

su principal depredador. De ser así, la

composición del Parlamento andaluz

puede resultar no tan original como podría

haber llegado a serlo. PP y PSOE

competirán por la victoria, la ligera ventaja

del partido de la presidenta Díaz no es

definitiva, aparecer de favoritos por una

corta diferencia puede no anunciar

prácticamente nada y su máximo

oponente, el Partido Popular, parte de la

precedente victoria, una amplísima y

experimentada estructura y un músculo

electoral municipal que puede complicarle

la vida o sencillamente vencerle. Perder

por un solo voto frente a Juanma Moreno,

cuyas fundadas opciones no debieran

despreciarse, puede lastrar mucho a un

Partido Socialista hoy personalista que ha

decidido jugársela. En cualquier caso, en

un bipartidismo imperfecto –como

siempre–, IU y Podemos o IU casi sola

será el tercero notable en discordia. Habrá

que ver las encuestas, en Grecia

acertaron, para ver que pronostican. Será

la visualización de una hoja de ruta más

compleja de lo que al principio se ha

supuesto.

Atrás quedarán personajes como

Valderas, cuyo reloj político ha sufrido una

importante avería al producirse su cese.

Un año menos de vicepresidente, de

miembro de un gobierno autonómico al

que, presumiblemente, tiene muy difícil

volver o más bien imposible. Tampoco

Maillo, el actual dirigente de IUCA lo tiene

demasiado claro. El golpe de timón de

Susana Díaz ha sido particularmente duro

Y m

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para con la Izquierda Unida andaluza,

puede que demoledor.

Formar gobierno en Andalucía, tras

el 22 de marzo, será también algo épico, al

menos así lo parece visto desde aquí. Si

no hay mayorías absolutas tendrá que

haber pactos, algunos serán imposibles –

no se vislumbran más pinzas–, otros de los

probables están inéditos y se niega todos

los días –populares y socialistas– y

reeditar el que había puede ser algo

remoto o estar aún más lejos, aunque ya

hemos visto casi de todo. Quizá ante este

horizonte nada claro encaja muy bien la

hipótesis del interés político-personal de la

candidata socialista más que ninguna otra,

pero el cálculo de quien dispuso todo a su

servicio puede no resultar acertado.

Después vendrán las municipales y

autonómicas del resto de España. La

emergente líder Díaz probablemente no

aspira a condicionar las elecciones locales,

pero sí que ha querido evitar que la

elección de los alcaldes andaluces

condicionase sus posibilidades de ganar.

Lo cierto es que no irá demasiado tiempo

de unas a otras elecciones, luego van las

autonómicas catalanas, Mas y su

empecinado debilitamiento progresivo

constante. No es fácil reconocerse

derrotado, Artur Mas va sumando su

pérdida de apoyos al retroceso de su

partido y ahora incrementa su perdedora

deriva con el debilitamiento evidente de

sus tesis independentistas, lo suyo sí que

parece un auténtico suflé. Al fin el 9-N

parece haber sido más un “fin de fiesta”

que el inicio de nada. Al final, cuando los

mossos retiren las urnas escrutadas y se

apaguen unas voces y se enciendan otras

con la mochila de un resultado electoral

apasionante pero desalentador para los

ANC, Junqueras y el resto de los sumados

al vocerío contra la lógica y la historia,

llegarán las campañas para las elecciones

generales. Un año completo.

La democracia es cara y compleja,

pero los que tienen las más altas

responsabilidades pueden y deben

impulsar los procesos del modo más

llevadero, útil y austero, de los posibles. No

es fácil saber qué es más frívolo, convocar

elecciones andaluzas que por dos meses

no coinciden con las municipales y

autonómicas o convocar catalanas por

tercera vez en cinco años.

Respetando el ejercicio de la

facultad de cada cual, andaluzas y

catalanas muy bien podrían haberse

celebrado el 24 de mayo coincidiendo con

municipales y autonómicas. No sólo

costaría mucho menos dinero y recursos al

estado, sino que también lograrían que

2015 sea un año más en el que poder

dedicar a la Administración a trabajar,

invertir e impulsar las más adecuadas

acciones que favorezcan la prosperidad y

la vida de los ciudadanos. No habría

estado mal que los unos y los otros lo

hubieran pensado con otras miras, para

variar.

Joaquin L. Ramírez es Abogado, Senador

y Presidente de Cánovas Fundación.

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Sobre la financiación pública de los

niveles postobligatorios de enseñanza

por Antonio Jurado Navas

@MAGNApolitica

La actual coyuntura de crisis

económica (y quizás también institucional)

ha conllevado la aprobación de medidas de

austeridad en, prácticamente, todos los

estamentos de la sociedad. Y, de entre

ellos, se han visto gravemente afectados

varios de los motores fundamentales e

imperativos para el buen desarrollo de un

país: la educación, la sanidad o la

investigación, entre otros, han venido

sufriendo las consecuencias de esta crisis,

mermando las partidas económicas

destinadas a tales áreas.

Resulta esencial asumir y

comprender que la educación es la base y

el motor de las sociedades, una inversión a

medio plazo que permite avanzar a un país

en las distintas ramas del conocimiento (no

sólo técnico o científico, sino también

humano, social o cultural). Y así, visto

como una inversión a medio plazo, ésta

terminará revertiéndose con creces en el

país en un período de tiempo moderado.

Baste sólo imaginar la situación en que

quedaría un país si se suprimieran tales

estudios superiores. La educación permite

generar conocimiento nuevo y tecnología

que suponen un ahorro para cualquier

sociedad, evitando el gasto que supone su

importación del extranjero. Además, facilita

la adaptabilidad de un país a cualquier

circunstancia de la forma más eficaz

posible, y no sólo en base a unos intereses

concretos de determinados sectores

sociales.

Contextualizando este artículo en el

área educativa, y fundamental-mente en la

etapa postobligatoria, se observa como la

reciente aprobación del Real Decreto

609/2013 de 2 de agosto y del Real

Decreto 472/2014, de 13 de junio dejó

establecidos los umbrales de renta y

patrimonio familiar y las cuantías de las

becas y ayudas al estudio para los dos

últimos cursos académicos, por encima de

los cuales no es posible disfrutar de estas

ayudas económicas. Se ha añadido

además, una variable relacionada con el

rendimiento del estudiante para poder

mantener su condición de becado. Sin

embargo, parece complicado que el

establecimiento de un umbral fijo de renta

pueda adaptarse a las particularidades de

cada familia, por lo que se corre el riesgo

de, finalmente, no cumplir con uno de los

compromisos que adquiere el Gobierno en

dichos reales decretos: la garantía de que

ningún estudiante abandone sus estudios

postobligatorios por motivos económicos,

asegurando así la igualdad de

oportunidades entre sus ciudadanos.

De hecho, siguen existiendo

muchos casos de abandono escolar más

allá de las etapas obligatorias por motivos

estrictamente económicos. Esta

circunstancia puede contravenir el derecho

universal a la educación que tenemos

todos, entendiéndose éste no sólo de

aplicación durante las etapas de

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escolaridad obligatoria (que es, quizás,

hasta donde abarcarían documentos

magnos como nuestra propia Constitución

o la Declaración Universal de Derechos

Humanos), sino más allá de ellas con el fin

de evitar la reproducción tanto social como

del status quo de las clases dominantes.

En particular, el artículo 26 de la

mencionada Declaración Universal indica

que “toda persona tiene derecho a la

educación”, y que ésta “debe ser gratuita,

al menos en lo concerniente a la

instrucción elemental y fundamental”, la

cual, en añadido, será obligatoria. Me

permito la licencia de recalcar las dos

palabras “al menos” para hacer ver que no

es una limitación cerrada y excluyente,

sino que, bien al contrario, debería

tenderse a una educación universal para

todos los seres humanos,

independientemente de su raza, sexo,

religión o estado socioeconómico. Todos,

sin excepción, deberían gozar de las

mismas oportunidades educativas a priori,

y el esfuerzo y el trabajo dedicado

marcarán la posibilidad de mantenerse o

no dentro de un sistema educativo

financiado por el Estado.

Quizás, en un momento de mayor

penuria económica como el actual, fijar un

umbral de renta no parece ser la panacea

que permita ser el garante del derecho a

todos a la educación postobligatoria. Las

familias suelen arrastrar cargas, deudas,

hipotecas o aranceles que reducen su

capacidad de maniobra y actuación y, lo

que es más grave, pueden limitar las

oportunidades que brindan a sus hijos. Lo

ideal sería asegurar un modelo de

educación superior (universitaria o de

formación profesional) de acceso gratuito

para todos, no incompatible con otra oferta

de ámbito privado. Entendiendo que la

actual coyuntura económica nacional no

permitiría tales dispendios, es preciso

buscar alguna fórmula alternativa que

fomente el acceso universal de cualquier

persona a cualquier nivel de educación.

Basándose en los siguientes principios:

a) ninguna persona con

inquietud por continuar aprendiendo debe

quedar excluida de la educación superior

por motivos económicos;

b) toda persona con talento

debe encontrar un espacio en el que pueda

desarrollarlo;

c) vista la educación como una

inversión a medio plazo, nadie debería

pagar por sus estudios hasta que se

incorpore al mercado laboral. Esto es,

hasta que disfrute de una situación de

mayor estabilidad económica de manera

que la devolución de la ayuda no

comprometa su patrimonio. En esto

radicaría una de las acepciones del

concepto de inversión en la educación. El

Estado adelanta una ayuda al ciudadano,

ayuda que después recibe una vez se ha

asegurado que su incorporación al ámbito

profesional ha tenido éxito en cada

ciudadano en particular.

d) los pagos deben vincularse

a la renta percibida, de manera que

quienes obtengan unos bajos ingresos no

tengan que soportar coste alguno. La

ponderación podría realizarse teniendo en

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cuenta la situación económica de su

núcleo familiar cuando fue estudiante y,

esencialmente, la situación económica que

disfruta posteriormente el individuo una vez

acabó sus estudios. Si durante un tiempo

previamente estipulado (por ejemplo, se

puede fijar un período de diez años) el

ciudadano, una vez finalizados sus

estudios, no se ha incorporado al mercado

laboral, o no lo ha hecho con la suficiente

estabilidad, deberá devolver una parte de

la ayuda recibida en función de la renta

que declare o, incluso, su deuda puede

quedar condonada, como se propuso en

Inglaterra, aunque en dicho país el plazo a

considerar para que ese préstamo quedara

condonado se amplió a 25 o 30 años. En

cualquier caso, parece lógico que el

Estado se comprometa a no cobrar ningún

interés en los, al menos, diez años

posteriores a la finalización de los estudios

que dispondría cada ciudadano para

devolver el crédito recibido.

Como se observa, la solución que

se propone aquí implica una especie de

sistema de créditos a través del cual cada

alumno pueda acceder a los niveles

educativos superiores sin ser antes cribado

por la economía de su núcleo familiar,

pudiendo disfrutar de la exención de pagos

durante todo el tiempo que dura su

escolaridad, y cumpliendo, eso sí, unos

requisitos mínimos de esfuerzo

(superación de asignaturas). Este último

aspecto debería ser flexible en aquellas

situaciones específicas de gravedad tanto

en el propio estudiante como en su entorno

familiar (primer e incluso segundo grado)

que comprometan su tiempo disponible

para el estudio.

A algunos puede no serles tan

extraña esta visión de la educación como

inversión a medio plazo. De hecho, toma

parcialmente su idea del informe Browne

elaborado en Inglaterra en 2010. En dicho

informe se indicó que los estudiantes no

tendrían que abonar tasas ni matrículas en

ningún caso y solo pagarían una vez que

se graduaran, y siempre que tuvieran éxito

laboral. Como he comentado, esta sería la

visión de considerar la educación como

una inversión a medio plazo, una inversión

que, como tal, puede salir bien (ciudadano

plenamente incorporado en el mercado

laboral, produciendo y con autonomía

económica) o no tan bien. Y sólo en el

primer caso el Estado tendría el derecho

de reclamar el préstamo que adelantó, sin

intereses, para ofrecer un futuro a su

ciudadanía. En estos casos, los

ciudadanos que hayan conseguido acceder

al mercado laboral gracias a sus estudios

deberán descontar en sus nóminas un

pequeño porcentaje (nunca superior al diez

por ciento) de sus ingresos en función

también, del umbral de renta del que

consigan gozar o hacerse merecedor.

Esta forma alternativa de

financiación de la etapa postobligatoria de

la educación podría considerarse más

equitativa y racional, fundamentalmente

porque las inversiones realizadas hoy día

en becas, en algunos casos, pueden

considerarse, hablando de forma burda, "a

fondo perdido" (y, de hecho, en algún caso

habría que exigir una documentación

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detallada de facturas y gastos para

comprobar su relación con la educación del

ciudadano, evitando posibles fraudes

como, por ejemplo, que el dinero destinado

a ayudas para el estudio termine destinado

en la compra de una motocicleta o de otros

artículos ajenos a la educación). Esta

picaresca podría solucionarse con la

propuesta abordada en este artículo, que

garantizaría al Estado recuperar el 70-80%

del préstamo realizado a la ciudadanía

beneficiaria, y donde el gasto realizado por

el Estado sería, como mucho, equiparable

al que realiza hoy día. Además, el

ciudadano podría devolver el préstamo

concedido para las etapas escolares

postobligatorias en un momento de su vida

en la que goza de mayor solvencia

económica; o incluso, no devolver nada, o

sólo una parte, si queda demostrada su

falta de solvencia en los años posteriores a

la finalización de sus estudios.

En añadido, se propone que parte

de este dinero pueda devolverse

anticipadamente, incluso en la etapa

escolar, si el alumno accede a algún tipo

de beca de colaboración con universidades

u otras entidades públicas, becas cuya

existencia no es, precisamente,

infrecuente. Se puede asumir que la

realización de estos acuerdos de

colaboración (que suele conllevar unas

cinco horas de trabajo por semana)

permitiría el intercambio de tiempo por

dinero, redundando en un beneficio mutuo

para ambas partes (entidad pública y

estudiante, la primera porque ve resueltas

determinadas tareas concretas, y el

segundo porque adquiere una primera

experiencia laboral) permitiendo disminuir

el importe total que el estudiante debe

pagar.

Finalmente, a modo de conclusión,

querría recalcar que, si bien la propuesta

que se hace no implica exactamente un

acceso gratuito a cualquier nivel educativo,

sí que se permite unas facilidades a los

estudiantes (y a las familias más

empobrecidas) para el acceso a tales

niveles, con la correspondiente obligación

de revertir total o parcialmente la ayuda

recibida (sin ningún tipo de interés

aplicado) en los diez años siguientes a la

finalización de los estudios, mediante un

apartado adicional en la correspondiente

declaración de la renta. Las ayudas

recibidas incluirían todos los apartados que

hoy día se contemplan, desde la propia

matrícula en los estudios universitarios,

hasta ayudas por desplazamiento, para

material escolar, etc.

Antonio Jurado Navas es Dr.

Ingeniero de Telecomunicación e investigador

en la Universidad de Málaga, profesor de la

Universidad Internacional Isabel I y Secretario

de la Asociación “Proyecto Magna Política”.

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Punto y seguido

tras el 9 de noviembre

por Alfredo Crespo

Las pulsiones soberanistas,

defendidas y expoleadas por el gobierno

catalán, se han convertido en tema

prioritario tanto de la agenda de los

partidos políticos como en las discusiones

de la ciudadanía.

Actualmente, puede afirmarse que

los interrogantes acerca del resultado final

al que conducirá la deriva secesionista

superan a las certezas. De igual modo, es

cierto que, aunque el independentismo se

ha convertido en la voz hegemónica, no es

la única, siendo cuestionable incluso, que

sea la mayoritaria. Sin embargo, tiene a su

favor que monopoliza el espacio público y

mediático en Cataluña.

En íntima relación con esta idea,

por temor al aislamiento social, aquellos

que no comparten las soflamas

independentistas, se han auto-impuesto

una suerte de silencio, no cuestionando en

público aquello que sí reprochan en

privado1. En efecto, como reflejaba

Carmen Iglesias, el modus operandi del

nacionalismo catalán ha condenado al

exilio a quienes no han comulgado con sus

postulados; complementariamente, ha

pervertido la relación con España,

mediante el uso de expresiones como

“Estado español”2.

Sin embargo, paradójicamente, una

de las excusas, a modo de justificación,

empleada por el nacionalismo catalán, ha

enfatizado sus intentos por cambiar

España, hacerla “plural”, obteniendo como

respuesta la incomprensión o el desprecio.

La realidad, y así la marcan los hechos, es

otra bien diferente: en los últimos tiempos,

CIU ha utilizado más el recurso al

ultimátum (por ejemplo, la exigencia de

pacto fiscal) que la negociación.

Actores y papeles en el nacionalismo

catalán:

Frente al Omnium Cultural o la

Asamblea Nacional de Cataluña (ANC),

plataformas transversales como Sociedad

Civil Catalana o Libres e Iguales, compiten

en clara desventaja de recursos y de

altavoces para transmitir un mensaje que

apuesta por la convivencia y desmonta la

mercadotecnia nacionalista, basada esta

última en la combinación de victimismo y

escaso realismo, en función de la cual, la

confrontación prevalece frente a cualquier

propuesta de diálogo.

Así, personalidades otrora

vinculadas al socialismo catalán, “han

comprado” el argumento repetido de forma

machacona por el nacionalismo. A modo

de ejemplo de esta tesis, el profesor

Germá Bel sostenía que “el encaje” (de

Cataluña en España) resulta imposible:

“sin empatía no hay confianza, y el

depósito de confianza está demasiado

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vacío como para seguir creyendo que un

arreglo federal es posible, a mi juicio. De

ahí que la gran mayoría de catalanes estén

convencidos de que son los ciudadanos

catalanes los que deben tomar las

decisiones pertinentes sobre las

cuestiones fiscales de Cataluña, y en su

caso acordar las relaciones fiscales con

otras comunidades con las que compartan

espacio político”3.

Por tanto, el movimiento

independentista tiene como rasgo

sobresaliente su heterogeneidad. A nivel

del Parlamento de Cataluña, esta idea se

aprecia en la actitud de las CUP, formación

anti-sistema muy alejada en su credo

económico del que ha defendido

históricamente CIU (y gracias al cual, pudo

realizar pactos con el PP, tanto a nivel de

gobierno de la Nación, Pacto del Majestic

en 1996, o de Cataluña, Pacto del Neri, al

inicio de la primera legislatura de Artur

Mas, en el año 2010).

La propia CIU, que vendría a ser el

paradigma del catalanismo clásico,

también ha mutado en sus posiciones, o

así se aprecia cuando menos en la actitud

de sus cuadros dirigentes. Para Joan

Ridao: “la idea de que el catalanismo

moderado manejaba los hilos de la queja,

pero nunca cruzaría determinadas líneas

rojas, ha caducado”4.

Al respecto, cabe matizar que a

partir de 1978, uno de los errores cuya

factura se está pagando actualmente, es

que los partidos de ámbito nacional,

entregaron la interlocución única en

determinadas comunidades autónomas al

nacionalismo, renunciando a subrayar el

carácter reaccionario de tal ideología que

apela a los sentimientos (no a la razón) y

que privilegia a los territorios frente las

personas.

Preguntas sin respuesta:

La legislatura iniciada por Artur Mas

en 2012 ha estado marcada por los

intentos, vanos en cuanto a resultados

aunque efectivos en lo que a las formas se

refiere, de celebrar una consulta

(referendo), amparada en la polisémica

expresión, en cuanto que ambigua,

“derecho a decidir”.

Con el recurso a este subterfugio

léxico, el gobierno de la Generalidad y sus

socios han buscado camuflar el derecho de

autodeterminación y su anhelo

independentista.

El profesor Carlos Taibo, aun

siendo condescendiente con la posibilidad

de que Cataluña realice “su consulta”,

argumenta que “se ha impuesto una

expresión distinta, más suave: la que habla

del derecho a decidir. Salta a la vista las

razones que explican esta opción: entre

ellas se cuenta, a buen seguro, el

propósito de liberarse de los estigmas

negativos y de las muchas disputas

conceptuales que arrastra el derecho de

autodeterminación. Conviene recordar, sin

embargo, que la expresión sustitutoria

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hace uso de un término más bien vago,

que puede emplearse en provecho de

reivindicaciones del orden más dispar.

Nadie negará, en cualquier caso, que

remite a un concepto más comprensible

por el común de las gentes”5.

Con todo ello, desde las posiciones

separatistas, se ha buscado, por un lado,

argumentar jurídicamente que el derecho a

decidir y el derecho de autodeterminación,

aun teniendo nexos en común, son

diferentes6, y por otro, desde una

perspectiva más social, que “decidir” es el

deseo mayoritario de Cataluña.

Esta última premisa niega el

carácter plural que siempre ha

caracterizado a la sociedad catalana.

Además, menosprecia la existencia de las

llamadas terceras vías, representadas por

amplios sectores de la ciudadanía no

nacionalista que abogan por el binomio

negociación-pacto, cuyo objetivo final sería

el mantenimiento de la unión7.

No obstante, a día de hoy, el

independentismo catalán ha logrado que el

mantra basado en identificar a Cataluña

con “el procés” vaya ganando la partida.

En este sentido, el Catedrático de Historia

en la Universidad Complutense de Madrid,

Juan Francisco Fuentes, con motivo de la

presentación de la obra de Santiago

Muñoz Machado Cataluña y las demás

Españas, hacía un análisis tan elegante

como bien documentado del nacionalismo

catalán. Una de las principales

conclusiones que dejó su disertación fue

que las raíces históricas de aquél beben en

las fuentes del absolutismo. El Doctor

Fuentes lamentó que una de las partes, el

nacionalismo catalán, ha impuesto los

términos del debate y la otra parte lo ha

aceptado, bien por ignorancia, bien

cobardía. El resultado es que el

nacionalismo catalán (y el corpus ligado a

su doctrina) ha logrado la meta de ser

percibido como “algo progresista”, cuando

la realidad demuestra que viene actuando

con “notable mala fe”.

La idea lanzada por Juan Francisco

Fuentes debe enlazarse con la defendida

por Cayetana Álvarez de Toledo,

integrante de la Plataforma Libres e

Iguales, que ha puesto de manifiesto las

verdaderas intenciones del nacionalismo,

subrayando su deslealtad a la Constitución

española de 1978 ya que, si bien el Estado

cumplió su parte a través de la

descentralización política, no puede

predicarse lo mismo de formaciones como

CIU, PNV o ERC. Por tanto, como apostilló

la mencionada diputada del Partido

Popular, “la democracia española no está

en deuda con el nacionalismo; en todo

caso, sería al revés”.

En conclusión:

Más allá del hecho objetivo de la

convocatoria de elecciones para el 27 de

septiembre de 2015, sin agotar la

legislatura como ya sucediera también en

2012, vaticinar de manera exacta qué

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escenario será el resultante, se convierte

en tarea compleja.

Las soluciones intermedias, esto

es, aquellas basadas en arreglos puntuales

(por ejemplo, un nuevo sistema de

financiación para Cataluña) difícilmente

convencerán a aquellos sectores para los

que la independencia es una suerte de

bálsamo de Fierabrás y que avalan la

creación de un Estado nuevo, más por

razones socioeconómicas que por aquellas

vinculadas con la salvaguarda de la lengua

o la cultura catalana. Por tanto, ¿qué

pasará si no hay consulta legal? ¿Cómo se

gestionará la posible frustración

resultante? ¿Cobra opciones una

declaración unilateral de independencia?

El 9N ha sido sólo una pieza más

en la hoja de ruta trazada por el

nacionalismo catalán. Esta aseveración no

resta trascendencia a lo que en dicha

jornada realmente ocurrió, esto es, un

desafío a la legalidad constitucional

liderado por las instituciones políticas

catalanas, frente al escenario que ciertas

conductas buenistas describen como un

triunfo del civismo.

Finalmente, existe otro interrogante

al que deliberadamente no han dado

respuesta quienes patrocinan la secesión:

¿Cuántos referendos se celebrarían en

caso de no lograr la victoria en el primero?

La táctica basada en apaciguar al

nacionalismo se ha mostrado, en

consecuencia, errónea puesto que la

voracidad y la permanente insatisfacción

son dos rasgos definidores de aquél.

Alfredo Crespo Alcázar es Licenciado en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense y Licenciado en Ciencias Políticas por la UNED.

1 CRUZ, Manuel: Una comunidad ensimismada. Editado por

Catarata, Madrid, 2014, 174 páginas.

2 IGLESIAS, Carmen: “Nación, Estado y Constitución”. Papeles

FAES, num. 20, 12 de septiembre de 2005.

3 BEL, Gemá: Anatomía de un desencuentro. La Cataluña que es y

la España que no pudo ser. Editado por Destino, Barcelona, 2013,

304 páginas, pág. 185.

4 RIDAO, Joan: El derecho a decidir. Una salida para Cataluña y

España. Editado por RBA, Barcelona, 2014, 192 páginas. Pág. 31.

5 TAIBO, Carlos: En defensa de la consulta soberanista en

Cataluña. Editado por Catarata, Madrid, 2014, 96 páginas, pág.

29.

6 Véase por ejemplo BOSCH, Alfred: Cómo amigos. La

independencia de Cataluña interesa a los españoles. Editado por

Galaxia Gutemberg, 2014, 176 páginas.

RIDAO, Joan: El derecho a decidir. Una salida para Cataluña y

España. Editado por RBA, Barcelona, 2014, 192 páginas.

7 FERNÁNDEZ AGUILÁ, Ricardo: Un Fernandes entre banderas.

Cuando ser catalán y español es una apuesta posible. Editado por

Península, Barcelona, 2014, 184 páginas.

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¿Podrán?

por Alejandro Ibáñez

@Alejandro_Ibago

Bajo el eslogan que hizo ganar a un presidente afroamericano por primera vez las elecciones presidenciales en la historia de los Estados Unidos de América, se postula como el “Gran Salvador” ante los males que aqueja el pueblo español y como amenaza clara al bipartidismo un

señor con las ideas muy claras, o eso al menos es lo que él nos quiere hacer creer. Sí, hablo de él, y usted ya sabe a quién me refiero. Con un programa político condensado en 36 páginas y el cual se basa en seis puntos principales; en los cuales se enumera la palabra recuperar tres veces y la palabra conquistar por tres

veces. Por un momento nos hace creer estar navegando en un artículo de Pérez Reverte versando sobre la reconquista cristiana al Reino nazarí de Granada. Oiga, pero hay algo que me gusta, en cada idea versa también la palabra construir.

Pero a donde de verdad quiero ir es a la propia idiosincrasia del partido de este señor y esto es, economía. A día de hoy es lo que está en boca de todos, en la calle, en tertulias en “debates” (sí, aquello

que denominan en la televisión que se distingue por gritar más alto para así tener la razón por encima del otro) y un largo etc. Se ha criticado (así como defendido) y mucho el programa económico de Podemos, y sin embargo resulta que un 60% aproximadamente de la población española ignora dicho programa. Aquí es donde se me viene la gran frase que pronunció D. Manuel Azaña en su día,

decía así: “Si los españoles habláramos

sólo y exclusivamente de lo que sabemos,

se produciría un gran silencio que nos permitiría pensar.”

Es esa incapacidad de crítica, de desechar del sistema todo aquello que sea nuevo por simplemente conformarnos con lo que tenemos. En estas semanas he oído en distintos entornos una frase que se repite y que me preocupa “Prefiero que me

roben los de siempre a que venga este y nos joda”. Me temo que aquí hay un grave

problema de fondo, de base, de educación

y por eso en otra ocasión escribiré un artículo sobre esto.

Pero sin más preámbulo me gustaría proceder a comentar 3 medidas económicas que proponen:

1) Declaración de impago de un parte de la deuda pública a través de una

auditoría ciudadana. Suena fenomenal, ahora que miramos al pasado sabemos en

qué hemos despilfarrado y en qué no, pero es precisamente ahora cuando nos preocupan nuestros recursos y no antes (sí, me refiero cuando vivíamos y derrochábamos por encima de nuestras posibilidades). Miren, nos guste o no, hoy en día la política económica está marcada en buena parte organismos superiores

(UE, Troika) y los mercados financieros (sobre todo). El dinero se rige por el criterio de la confianza, en ausencia de la misma nadie querrá invertir en usted, nadie querrá prestarle dinero y lo peor, se lo dirá a su/s amigo/s.

2) Renta básica para todos. La pieza

clave del puzle, con 4,5 millones de parados y con 1 de cada 3 niños en riesgo de pobreza o exclusión, dicha medida es claramente la piedra filosofal. ¿Qué se pretende? Primero que las familias tengan una renta (café para todos) básica universal (cuyo coste se estima en 145.000 millones de €, el 14% del PIB español)

para sobrevivir, segundo que dichas familias aumenten su consumo y ahorro y

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tercero que ese aumento de consumo se manifieste en la creación de empleos. ¿Cómo financiarlo? Según Pablo Iglesias con una serie de medidas tales como: En primer lugar una reforma progresiva del

IRPF (Que paguen los que más tienen) y en segundo lugar una lucha a destajo contra el fraude fiscal. No pinta nada mal,

¿Eh? Si se queda aquí está claro que yo también le votaría pero si se para a pensar cómo financiarlo puede hasta que se le cambie el cuerpo, le pongo en sobre aviso.

Y quisiera contarle el porqué del alarmismo, según Gestha (Sindicato de

Técnicos del Ministerio de Hacienda) consideran que se podrían conseguir máximo con la medida de dicho señor 63.000 millones de € (y esto, es un periodo a largo plazo, para nada de la noche a la mañana). Nos siguen faltando por tanto 77.000 millones de €, los cuales vendrían

de una subida de impuestos en base al IRPF y suponiendo que esa renta básica aumente la capacidad de consumo de las familias y de esa forma se recaude más. ¿Le he liado? La idea de Pablo Iglesias es la siguiente: Yo le doy 500€, los cuales no los tengo pero se los doy (mientras al

mismo tiempo digo que no voy a pagar parte de mi deuda, por tanto ya me contará estimado lector de donde va a sacar el Gobierno de este señor el dinero para financiar dicha renta cuando nadie va a confiar en prestarle el dinero que en un futuro irá para usted), de esos 500€ usted

dedica buena parte al consumo (productos básicos, gasolina, ocio etc.) y de esa forma financio mi propia falacia económico-financiera, disculpe por la palabra falacia, entre tanta ironía resulta fácil perderse.

3) Rebaja de la edad de jubilación a

65 años. Otra “café para todos”, no le

discuto que me seduce la idea pero me aterra el pensar al largo plazo y dejarme llevar por la emoción del momento. Esto se

traduce en lo siguiente: Con una tasa de dependencia (relación entre población

dependiente y población productiva) que va en aumento y que se sitúa ya en un 50%, que alcanzará ya en 2022 casi el

58% y sabiendo que ya hemos tocado la hucha de las pensiones; ¿En qué cabeza cabe querer dejar sin ningún tipo de pequeña opción a nuestros hijos o nietos en el futuro?

La palabra con la que definiría estas 3 políticas económico/sociales sería y es; utopía, es un proyecto claramente

irrealizable. Pero déjeme que le diga algo,

Podemos como partido de oposición y de azote al Gobierno me resulta interesante;

ha conseguido cambiar la tendencia insana del bipartidismo en España, ha conseguido que en los últimos meses de manera incesante líderes de los principales partidos hayan pedido literalmente perdón

y se hayan dado cuenta de que están perdiendo de forma incesante popularidad, me gusta la dialéctica (vacía pero dialéctica) y el grado de formación de los líderes de dicho Partido, resultan implacables en los distintos debates que he podido ver.

Pero no se deje engañar, el ejemplo a seguir de este señor es Venezuela; con la tasa de inflación más alta del mundo en donde literalmente no hay comida en los supermercados y en donde cada día resulta ser una batalla para la propia supervivencia de la población.

“No hay nada más fácil que el

autoengaño. Ya que lo que desea cada

hombre es lo primero que cree”

Demóstenes.

Alejandro Ibáñez Gómez es

Licenciado en Administración y Dirección de

Empresas por ETEA (Universidad Loyola

Andalucía) y Auditor en Deloitte SL.

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El diálogo entre tribunales

por Pablo Sánchez Molina

@PabloSMolina

Érase una vez una sociedad que

consumía los días con una velocidad

endiablada, apenas dormía y lucía, con

demasiada frecuencia, unas ojeras cada

vez más prominentes. En esta, el ayer no

existía y el hoy no se disfruta para pensar

en el mañana. Primaba la inmediatez sobre

la sensatez y si podía ser en 140

caracteres, mejor que mejor. Perdón…

Érase una vez un mundo que estaba

presidido por la reflexión, en el que las

experiencias pasadas contribuían a su

avance. En él, a partir del diálogo, la

conversación o el debate se constituían las

bases sobre las que se cimentaba el

desarrollo social.

Estas contradicciones, tan reales

como la vida misma, se dan, también, en el

ámbito jurídico y, concretamente, en el de

los tribunales. Por un lado, encontramos su

frenético día a día para impartir justicia,

estos se enfrentan a la necesidad de dar

respuesta a las demandas interpuestas por

los ciudadanos. Mientras que, por otro,

están obligados a fundamentar sus fallos,

lo que les obliga a reflexionar sobre el caso

concreto (si fuese de otro modo no existiría

una verdadera justicia ya que los casos

pasarían por las manos de los jueces sin

tener en cuenta una serie de factores

específicos que hacen que ese supuesto

sea único) llegando, en muchos casos,

incluso a establecer contacto con otros

órdenes jurisdiccionales en el ámbito

nacional e internacional.

Dicho contacto, que está siendo

objeto de análisis por numerosos juristas

(lo que se conoce como “doctrina”),

responde a la idea de globalización. Si,

están en lo cierto, la era de la globalización

no se limita a tener la posibilidad de

comprar en España un teléfono móvil

diseñado en California y ensamblado en

China o, también, poder suscribirnos a The

Economist y leer sus artículos

tranquilamente desde nuestra tablet

mientras nos desplazamos en el autobús

de nuestra ciudad, sino que su expansión

lo engloba casi todo y, claro está, el ámbito

del derecho no representa ninguna

excepción. En este sentido, la apertura de

canales de comunicación entre diferentes

ordenamientos jurídicos ha producido un

trasvase de información que ha

revolucionado el mundo del derecho. Entre

estos canales se distinguen dos tipos,

mientras que en los primeros la influencia

es unidireccional, en los segundos, la

interacción es mutua.

Dentro del primer tipo, se

encuentran ejemplos de sentencias del

Tribunal Constitucional español en las que

se citan fundamentos jurídicos de otras de

la Supreme Court of the United States, la

Corte Constituzionale della Repubblica

Italiana o el Bundesverfassungsgericht

alemán. Este uso, normal entre los países

de nuestro entorno, ha sido incorporado,

en una medida sin precedentes, a la

Constitución Sudáfricana de 1996 al

permitir a sus tribunales tener en cuenta la

jurisprudencia extranjera. Asimismo,

aunque solo referido a tratados y acuerdos

internacionales ratificados por nuestro

país, el artículo 10.2 de la Constitución

Española prevé la necesidad de interpretar

los derechos y libertades que la

Constitución reconoce de acuerdo con

estos.

Mientras que, en el segundo tipo, la

influencia se trasmite en ambos sentidos.

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Llegados a este punto nos encontramos

ante lo que se conoce como “diálogo

jurisdiccional”. Pero, ¿a qué nos referimos

con este concepto? Con él hacemos

referencia a la conexión mutua entre

diferentes cortes (aunque también, en

menor medida, tiene lugar entre

legisladores y cortes, doctrina y cortes o

legisladores y doctrina). Esta interacción

permite, a través de la puesta en común

de distintos aspectos, la creación de

múltiples escenarios para la adopción de

acuerdos. Dichos escenarios de acuerdo

están presididos por el respeto a las

diferencias, lo que dota a sus soluciones

compartidas de un alto grado de respeto, o

lo que es lo mismo, de auctoritas.

De una manera gráfica, el diálogo

jurisdiccional existe en el momento que

dos tribunales, pertenecientes a

ordenamientos jurídicos diferentes

(Tribunal Constitucional Español y Tribunal

Europeo de Derechos Humanos, por

ejemplo) conocen e intercambian

informaciones en pro del enriquecimiento

mutuo.

Por ello, todo apunta a que el

diálogo como medio para el

enriquecimiento mutuo ha traspasado la

frontera de lo puramente personal para

convertirse en un excelente medio de

interacción en el ámbito jurídico. Este uso

tiene una especial relevancia en la rama de

los Derechos Humanos ya que, al tratarse

de una muy homogénea (con sistemas

homologados como los que instauran el

Convenio Europeo y la Convención

Americana de Derechos Humanos), resulta

sencillo crear estándares comunes de

protección basados en la influencia

recíproca. Por ello, el principal aspecto

positivo (directo) del diálogo consiste en el

intercambio de ideas (cross fertilization)

para la consecución de soluciones jurídicas

comunes.

En mi opinión, la presente forma de

interacción resulta igual de beneficiosa por

sus aportaciones tanto directa (soluciones

jurídicas) como indirectas. A partir de este

aporte colateral los tribunales desarrollan

una cierta interconexión que les permite

escapar de su ensimismamiento,

abandonar su zona de confort y comprobar

que en otros lugares ante unos hechos

similares se puede dar respuestas

diferentes y no por ello erróneas.

Asimismo, con dicha interacción se pone

en valor la importancia del derecho

comparado para el avance (partiendo de la

capacidad de adaptación que el diálogo

aporta frente a la dificultad de extrapolar en

bruto soluciones jurídicas de un país a

otro).

Por último y aplicado a nuestro día

a día, conocer otras formas de pensar y

razonar nos obliga a detenernos para

reflexionar, nos consciencia de que en

ningún caso somos poseedores de la

verdad absoluta sino que, simplemente,

existen diferentes maneras de hacer las

cosas. Igualmente, nos enseña que el

cultivo de la vida personal es

imprescindible para la conquista de una

mayor calidad de vida. Y, quizás, en esta

incesante búsqueda, el diálogo nos da la

oportunidad de empezar la historia de una

forma diferente sin la necesidad de pedir

perdón… Érase una vez…

Pablo Sánchez Molina es Licenciado en Derecho, Máster en Derecho Constitucional

y Becario de Postgrado de la Fundación La Caixa.

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¿Ser o no ser? Estoppel,

la tramoyista actuación de los Estados

por Jorge Armando Bonilla Castro

Ya lo concebía el ilustrísimo

Shakespeare en Hamlet: “Ser o no ser,

porque he aquí la cuestión. ¿Qué es más

digno para el espíritu?, sufrir los golpes y

dardos de la insultante fortuna o tomar

armas contra océanos de calamidades y,

haciéndoles frente, ¿Quizás acabar con

ellas?”.

Acabar con las calamidades.

Intrínsecamente, ese debería ser el objeto

de una vida circunspecta cimentada en el

honor que concede la dignidad. Ahora, y

mucho más tiempo atrás, debemos evocar

al insigne estagirita, Aristóteles. Un

aristócrata, alumno de Platón, que ya

identificaba al hombre como un ser

gregario, que por su propia voluntad tiende

a asociarse.

Asociación que encuentra su

máximo encumbramiento, en el Estado.

Para Kelsen, los problemas de su origen

se encuentran en su propia definición,

pues éste es la sociedad organizada. Para

quien escribe, está organización nace de

su documento primigenio, la Constitución.

Mismo que contempla la organización

político administrativa de un territorio

determinado que contiene una población

sometida a un gobierno.

Esto resulta simple de explicar y

difícil de entender. Se explica, que las

normas establecen sus límites y alcances,

y todo lo que obre en ellas deberá ser

observado ineludiblemente. Pero no se

entiende, por qué las actuaciones (en

determinados lugares y supuestos) refutan

a las primeras. Para ir amalgamando

posturas, ¿qué es la doctrina de los actos

propios? Es un principio general de

derecho que no consiente la contradicción

de los actos. Esto significa que entre las

personas debe ser inaceptable que un

padre adoptivo que reconoce ante la ley a

un hijo, más tarde intente desconocer la

filiación para desentenderse de sus

obligaciones.

Lo mismo sucede en el Derecho

Internacional, con los principios y normas

instituidas en la comunidad global. Un

Estado no debe desconocer actuaciones

que propician la ilusión de ser derechos

adquiridos para otros. De hacerlo, incurre

en estoppel, que es definido como la

manifestación implícita derivada de los

propios actos. Entonces, se establece que

el que ha inducido a otro a actuar de

determinada manera no puede negar lo

dicho o hecho, o volverse atrás cuando las

consecuencias jurídicas de su aseveración

le son desfavorables.

Y para ilustrar lo anterior, es

memorable el caso de la Barcelona

Traction, Light and Power Company,

Limited; desahogado entre España,

Bélgica. En aquél contexto, la Corte

Internacional de Justicia fue el órgano

jurisdiccional encargado de dilucidar el

caso expuesto por Bélgica en contra del

Gobierno Español. La Corte recibió una

demanda en junio de 1962, motivada por la

declaración de quiebra en España de la

Compañía Barcelona Traction. Compañía

constituida en Canadá pero con capital de

inversión Belga.

La constitución de la Barcelona

Traction data desde 1911 en Toronto,

Canadá. Su expansión la llevó hasta

Cataluña, España; con el objeto de crear y

desarrollar un sistema de producción y

distribución de energía eléctrica en dicho

lugar. Para cumplir con su propósito, la

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compañía se vio en la necesidad de crear

filiales con registro en España. Y con el

propósito de proliferar, emitieron bonos

tasados en libras esterlinas. Sin embargo,

la Guerra civil española aporreó la emisión

de bonos.

Culminada la guerra civil, el gobierno

español se negó rotundamente a autorizar

la transferencia de las divisas extranjeras

indispensables para continuar con el

servicio de los bonos. Desde luego que el

gobierno Belga manifestó su desacuerdo

ya que nacionales Belgas invirtieron una

gran cantidad en acciones, a lo que

España contestó que las transferencias

serían autorizadas solamente para

reembolsar deudas derivadas de la

importación de capital extranjero a España.

En 1948 llegaría el golpe más bajo a la

Barcelona Traction. Tres nacionales

españoles, poseedores de bonos emitidos

por la compañía en comento, pidieron al

Tribunal competente que declarara la

quiebra de la sociedad por no pagar los

intereses de los bonos. En febrero de 1948

el tribunal de Reus en Tarragona, declaró

la quiebra de la compañía y además

decretó el embargo de todos sus bienes y

de dos de sus compañías filiales.

En el estudio que hizo la Corte

Internacional de Justicia, se determinó que

en 1948 la Barcelona Traction nunca

recibió una notificación judicial del

procedimiento de quiebra y por lo tanto no

tuvo representación en el Tribunal de

Reus. Por lo que no se presentó sino hasta

el 18 de junio, y por lo tanto no opuso

resistencia a la declaración de quiebra

dentro de los ocho días siguientes a la

publicación del fallo. Ese plazo es fijado

por la legislación española aplicable, por lo

que se presume que España enmarca la

existencia de un debido proceso en sus

códigos procesales.

En su resolución la Corte no se

aventuró a forjar una nueva norma, ya que

imaginó que la teoría del derecho a la

protección diplomática de los accionistas

por parte de su nación, desencadenaría en

miles de demandas que propiciarían

incertidumbre y debilidad a la economía

internacional. En el colofón del caso, la

Corte determinó que el gobierno Belga no

probó su ius standi. Y por lo tanto, procedió

a rechazar su reclamación

Después del estudio del caso, se

determina que España incurrió en estoppel

al proyectar una imagen a la comunidad

internacional de ser un Estado de Derecho,

que observa en todas sus actuaciones el

principio de legalidad, por lo que indujo al

engaño a los nacionales belgas que

decidieron invertir en la Barcelona Traction.

España no estaba justificada para

desconocer sus propias normas procesales

para servirse de sus arbitrarias decisiones

en beneficio propio. Prueba de ello es que

el gobierno español creó nuevas acciones

de las empresas filiales supervivientes de

la Barcelona Traction, que fueron

adquiridas en subasta pública en 1952 por

la sociedad denominada Fuerzas

Eléctricas de Cataluña S. A., que en acto

seguido adquirió el control total de lo que

fue la Barcelona Traction, constituyendo un

verdadero arrebato.

Si el propio Marlon Brandon

rechazó un Oscar por defender sus

ideales, ¿Por qué los Estados no deberían

de morir en la raya al defender los suyos?

Jorge Armando Bonilla Castro es

Maestro en Derecho por la Benemérita

Universidad Autónoma de Puebla y Analista

Jurídico en la Secretaría de Finanzas del

Estado de Puebla, en México.

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