Tips DeclaraSAT2012

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Servicio de Administración Tributaria Av. Hidalgo Núm. 77, Col. Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, México, D. F., C.P. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx 1 RECOMENDACIONES PARA EL USO ADECUADO DEL DECLARASAT VERSIÓN 2012 Contenido Página Aspectos generales 2 Salarios 10 Actividades empresariales y profesionales 14 Régimen intermedio 15 Arrendamiento (uso o goce temporal de bienes inmuebles) 18 Enajenación de bienes 20 Intereses 21 Dividendos 24 Demás ingresos 25 Deducciones personales Pagos por servicios educativos (Colegiaturas) 26 28 Datos complementarios 31 Detalle de cálculo 34 Hoja de ayuda 37 Guías 39 Opción sin cálculo automático de impuestos 40 Servicios 42 Sugerencias 44

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1

RECOMENDACIONES PARA EL USO ADECUADO DEL DECLARASAT VERSIÓN 2012

Contenido

Página

Aspectos generales

2

Salarios

10

Actividades empresariales y profesionales

14

Régimen intermedio

15

Arrendamiento (uso o goce temporal de bienes inmuebles)

18

Enajenación de bienes

20

Intereses

21

Dividendos

24

Demás ingresos

25

Deducciones personales Pagos por servicios educativos (Colegiaturas)

26

28

Datos complementarios 31

Detalle de cálculo 34

Hoja de ayuda 37

Guías 39

Opción sin cálculo automático de impuestos 40

Servicios 42

Sugerencias 44

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Aspectos generales

El programa DeclaraSAT se instala fácilmente en su PC y le ofrece las siguientes opciones: A) Con cálculo automático de impuestos. Sólo aplica para el ejercicio 2011 y en

todos los regímenes fiscales del ISR (excepto enajenación de acciones) ya sea en forma individual o con acumulación de ingresos incluyendo los impuestos adicionales: IVA, IETU e IDE.

B) Sin cálculo automático de impuestos. Para llenar manualmente la Declaración Anual correspondiente a los ejercicios 2002 al 2011 en el formato DID (DeclaraSAT Impresión Didáctica).

Recomendaciones de configuración de su PC En panel de control, elija la opción: Reloj, idioma y región, y seleccione Configuración regional y de idioma, para asegurarse que el idioma sea Español (México); y en la pestaña Formatos, en el apartado Formato de fecha y hora, en el campo Fecha corta elija el formato dd/mm/aaaa. Nota: Es importante que la fecha del sistema esté acorde con la fecha de captura.

Consideraciones generales Permite la captura del RFC integrado con & (Ampersand).

Si ya se tiene capturado un caso y se detecta que existe un error en el RFC del contribuyente cuya declaración se está elaborando, puede seleccionar la opción

Cambio de RFC en el icono y hacer la corrección correspondiente.

Permite verificar el certificado de la Fiel (Firma electrónica avanzada), en cuanto a contraseña correcta, así como la vigencia del mismo. No se puede validar si el certificado esta revocado derivado a que el programa no trabaja en línea.

En caso de contar con un sólo apellido, deberá capturarlo en el campo de apellido paterno.

Si por algún motivo no se cuenta con CURP, el programa se podrá utilizar sin necesidad de su captura.

En Datos del domicilio; si la colonia no se encuentra dentro del catálogo, podrá seleccionar la opción: zzz - Otra - zzz (que se encuentra al final del catálogo), con lo que se habilitarán los campos de colonia y localidad para su captura manual. En caso de que capture su número telefónico, el campo de Lada es obligatorio el cual, dependiendo de la Entidad Federativa correspondiente deberá ser de 2 a 3 dígitos.

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La barra de menú contiene las siguientes opciones:

Principal:

Datos del contribuyente.

Declaración anual.

Tablas:

Art. 177 (Tarifa vigente para el cálculo del ISR anual 2011).

INPC (permite su actualización mensual).

Recargos (cuenta con los recargos hasta el 2011, permitiendo su modificación bajo la responsabilidad del usuario y adición para años posteriores).

Salario Mínimo General (áreas geográficas A, B y C).

Nota: Para consultar las tarifas del ISR de los ejercicios de 2002 a 2011 y las tablas de subsidio de ejercicios 2002 a 2007, puede visualizar el documento que se encuentra en C:\Decl2012\TARIFAS_Y_TABLAS_ISR_ PF_2002_A_2011.pdf

Mantenimiento:

Respaldo (se guarda en disco duro o en dispositivos alternos: USB).

Recuperación (Cuando el archivo por recuperar se encuentre en CD o DVD, primero se grabará en un directorio del disco duro de la PC o en otro medio de almacenamiento).

Carga Colegiaturas (Carga masiva.- Con ayuda del sistema, se estructura el archivo de texto).

Carga Deducciones Personales (Carga masiva.- Con ayuda del sistema, se estructura el archivo de texto).

Carga Retenciones (Carga masiva.- Con ayuda del sistema, se estructura el archivo de texto).

.Nota: En la opción Con cálculo automático de impuestos no aplica carga masiva de retenciones para los regímenes de salarios, enajenación y dividendos. La captura de información debe ser manual.

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Accesorios:

Calendario Fiscal.

Directorio Fiscal.

Calculadora.

Ayuda: El programa DeclaraSAT 2012, cuenta con ligas de acceso al Portal de internet del SAT, donde encontrará información actualizada, sobre las siguientes opciones:

Preguntas y Respuestas.

Ayuda del Sistema.

Ley del ISR 2011.

Ley del IDE 2011.

Ley del IETU 2011.

Ley del IVA 2011.

Acerca del DeclaraSAT.

Salir del Sistema

Opción de captura con cálculo automático de impuestos

Permite capturar la información de Copropietarios, Sociedad conyugal o Sucesión, conteniendo los datos del representante común e información relativa a la participación y RFC de los copropietarios, entre otra.

Impuesto al valor agregado (IVA). En caso de ser sujeto de este impuesto, le permite capturar el impuesto causado en cada uno de los meses del ejercicio, el IVA retenido, acreditable, saldos a favor de periodos anteriores acreditados en el mes, así como el saldo a cargo o a favor determinados y en este último caso si optó por acreditarlo, compensarlo o solicitarlo en devolución. Por otra parte, si presentó durante todos los meses de 2011 la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), podrá optar por no presentar en la Declaración Anual esta información, por lo que en su caso, NO deberá seleccionar esta obligación en el DeclaraSAT.

Impuesto recaudado por concepto de IDE. Se habilita para todos los regímenes, en caso de que se haya seleccionado el citado impuesto. En su captura es importante tener en cuenta lo siguiente:

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Monto de IDE, deberá capturar el monto del IDE que por los depósitos en efectivo efectuados en su cuenta bancaria le haya retenido la institución de crédito correspondiente, o en su caso el IDE que pagó personalmente en las oficinas autorizadas.

Impuesto pagado directamente, no recaudado por la institución del sistema financiero; seleccione el recuadro correspondiente si el monto capturado en el campo Monto del IDE lo pago personalmente en las oficinas autorizadas como resultado de la determinación por parte de la autoridad de un crédito fiscal, en este supuesto se inhabilitará para su captura el campo RFC de la Institución del sistema financiero.

RFC de la Institución del sistema financiero sólo se captura cuando el monto del IDE haya sido retenido y pagado por la institución del sistema financiero en la que tenga su cuenta bancaria.

Datos adicionales del IDE

Relaciona los montos del IDE que acreditó contra el ISR retenido a terceros, compensó, solicitó en devolución o el aplicado por concepto de otras disminuciones del impuesto retenido o pagado directamente por el contribuyente durante el 2011, así como los montos de dicho impuesto que compensó o solicitó en devolución desde el inicio del siguiente ejercicio a la fecha de presentación de la Declaración Anual 2011.

Importante: No deberá considerar dentro del monto de pagos provisionales efectuados a la Federación en el ejercicio, aquellas cantidades que hubiera pagado vía acreditamiento del IDE.

El procedimiento general que aplica el programa para capturar el IDE en la Declaración Anual es el siguiente:

En la página 6 del Anexo 1, apartado IMPUESTO RECAUDADO POR CONCEPTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO, se relacionan los montos por concepto del IDE que se hubieran pagado vía retención por parte de las instituciones del sistema financiero incluyendo, en este caso, el RFC de dichas instituciones, así como los que se hubieran pagado directamente por el contribuyente, reflejando el total de IDE pagado en el campo E.

En la página 6 del Anexo 1 del programa DeclaraSAT, apartado DATOS ADICIONALES DEL IDE, se detallará en los campos G, H, I, J, K y L, la forma en que durante el ejercicio y hasta la fecha de presentación de la Declaración Anual de 2011 se recuperó el IDE, para manifestar cero o en su caso montos pendientes de aplicar contra el ISR del ejercicio, en el campo M. DIFERENCIA DE IDE.

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En el caso de que en el campo M. existiera diferencia del IDE el DeclaraSAT lo

aplicará contra el IMPUESTO A CARGO hasta el monto de éste último, en el campo Z1. (página 1 del formato), o

Si subsistiera una diferencia del IDE del campo M. (página 6 del formato), una vez acreditado conforme al párrafo anterior, ésta se reflejará en el campo BB. IDE pendiente de aplicar del ejercicio (página 1 del formato), cuando resulte ISR pagado en exceso en el ejercicio, o cuando no se hubiera podido acreditar en su totalidad contra el IMPUESTO A CARGO y existiera una diferencia a favor.

El DeclaraSAT 2012, al dar clic en Datos adicionales del IDE, abre el siguiente mensaje:

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Derivado de lo anterior, los contribuyentes que en 2011, NO utilizaron el servicio de Declaraciones y Pagos, y realizaron acreditamientos del IDE contra el ISR propio determinado en los pagos provisionales de 2011, NO capturarán cantidad alguna en el campo Acreditamientos de IDE efectuados contra el ISR a cargo (propio),

Impuesto empresarial a tasa única (IETU). En este apartado se captura la información relacionada con la determinación de la base del IETU del ejercicio, como son: ingresos y deducciones, en la parte inferior se tiene la liga de acreditamientos, la cual nos permite la captura de datos complementarios para la determinación del IETU de acuerdo a las disposiciones fiscales vigentes.

En esta versión 2012 del programa DeclaraSAT, se adicionó el apartado Datos informativos en el que deberá informar ciertos conceptos que intervinieron, como acreditamientos, en la determinación del IETU del ejercicio.

La información de los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única correspondiente al ejercicio 2011, se presentara a través del DeclaraSAT 2012.

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El DeclaraSAT 2012, incluye la mejora de realizar el cálculo del ISR propio del ejercicio que se acredita contra el IETU, cuando se obtienen ingresos por salarios y además se perciben ingresos afectos a pago del IETU, para efectuar el citado acreditamiento, el programa le sugiere el monto del ISR propio del ejercicio acreditable contra el IETU del ejercicio.

Cuando no esté de acuerdo con el ISR propio acreditable contra el IETU que le sugiere el programa, puede determinarlo en papeles de trabajo realizando el siguiente procedimiento:

Total de ingresos acumulables sin incluir salarios (por ejemplo: ingresos por honorarios menos deducciones autorizadas)

( / ) Total de ingresos acumulables incluyendo salarios (cantidad del renglón anterior más los ingresos gravados por salarios que podrá ubicar en el campo F de su constancia de percepciones y retenciones)

( = ) Proporción (considerada hasta diezmilésimo, ejemplo: 0.7566)

( x ) ISR causado en el ejercicio (esta cantidad es la que determina el sistema de manera automática y la puede obtener de la pantalla Detalle de cálculo del DeclaraSAT

( = ) ISR propio del ejercicio proporcional acreditable contra el IETU

Si derivado del acreditamiento de los pagos provisionales del IETU efectuados durante el ejercicio, obtiene diferencias a su favor, el programa le envía un mensaje indicándole que tiene un saldo a favor, el cual puede compensar contra el ISR propio, preguntando Sí desea aplicar o No dicha compensación.

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En la carátula del DeclaraSAT Impresión Didáctica, el campo R. Pagos provisionales efectuados a la federación, se integra por la suma de los montos capturados por concepto de los pagos efectuados en Honorarios, Arrendamiento, Actividades empresariales, etcétera, capturados en el apartado de datos complementarios del ISR, así como con los pagos provisionales efectuados por cuenta de asalariados que perciben ingresos de un organismo no obligado a efectuar retenciones del ISR.

Para los siguientes regímenes, se adiciona en el apartado de deducciones autorizadas el campo Deducción adicional del fomento al primer empleo:

Actividad empresarial y profesional,

Régimen intermedio y

Arrendamiento de inmuebles

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Salarios

1. Si en la constancia de percepciones y retenciones el total de ingresos es igual a la suma de ingresos exentos por salarios, el programa permite continuar con la captura de los ingresos por indemnización o jubilación y con la conclusión de la declaración.

2. El programa permite capturar y realizar el cálculo del ISR de trabajadores de organismos internacionales y estados extranjeros. Al no existir RFC del retenedor, la captura es de acuerdo a lo siguiente:

Los campos de Retenciones y Datos del retenedor se dejan en blanco, considerando que se obtienen ingresos de organismos no obligados a realizar retenciones. Al salvar la información, se abre el siguiente mensaje, dé clic en Aceptar:

Posteriormente en el siguiente mensaje, dé clic en Aceptar:

Si está de acuerdo con la información, el programa asignará un RFC patronal genérico.

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En caso de tener dos o más patrones no obligados a efectuar retenciones del ISR, se asigna un RFC genérico consecutivo; los datos del retenedor no se van a reflejar en el formato.

3. El apartado de Subsidio para el empleo se habilita únicamente cuando se capturan ingresos por concepto de Salarios.

Al momento de ingresar a este apartado, en el primer campo se captura la suma del subsidio que le correspondió al contribuyente durante el ejercicio, sin exceder dicho monto conforme a la tabla, en el segundo campo, se capturan las diferencias que por concepto de dicho subsidio se le entregaron al trabajador en efectivo durante el mismo ejercicio.

Cuando se hubieran prestado servicios por salarios a dos o más patrones de manera simultánea, el subsidio para el empleo en efectivo entregado (diferencias) al trabajador por cualquiera de los patrones, se disminuirá de la suma de las retenciones efectuadas por sus patrones antes de acreditarlas contra el ISR del ejercicio.

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4. El DeclaraSAT considera una liga para capturar los ingresos correspondientes a los ingresos Asimilados a Salarios, a fin de hacer la diferenciación precisa de conceptos y de aplicar correctamente las disposiciones fiscales respecto del subsidio para el empleo.

5. Para evitar duplicar los ingresos exentos como: Aguinaldo, participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) y prima vacacional, se capturan solamente hasta por el monto límite establecido en la Ley del ISR, ya sea de uno o varios patrones, de acuerdo al ejemplo siguiente:

CONCEPTO PATRÓN A PATRÓN B

Ingresos por Salarios $ 230,000.00 $185,300.00

*Aguinaldo $ 1,500.00 $ 400.00

*Prima vacacional $ 200.00 $ 1,300.00

*P.T.U. $ 350.00 $ 450.00

*Otros ingresos exentos $ 12,000.00 $ 11,500.00

Retenciones $ 25,000.00 $ 21,800.00

* Estos conceptos se encuentran incluidos dentro del total de ingresos por salarios.

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Tomando en consideración los datos que anteceden, la captura en el programa se realizará de la siguiente manera:

Como se puede observar, en el patrón A los ingresos exentos son menores a los límites establecidos en la LISR, por lo que se considerarán en su totalidad y en su caso, incluyendo los otros ingresos exentos, es decir, en el campo Exento se capturará la cantidad de $ 14,050.00, como se muestra a continuación:

Una vez capturados los ingresos del patrón A, se capturarán los ingresos correspondientes al patrón B de la siguiente manera:

En atención a la tabla anterior en donde se determina el monto de los ingresos exentos a considerar en el patrón B, se puede observar que únicamente se toma la cantidad necesaria para llegar al límite de los ingresos exentos que establece la LISR para aguinaldo, PTU y prima vacacional, por lo que en el campo Exento del patrón B se capturará la cantidad de $ 12,942.00, misma que incluye los otros ingresos exentos, como se muestra a continuación:

Para ver un ejemplo adicional de la forma en que debe capturar estos datos, cuando el trabajador laboró para dos o más patrones, en la pantalla que antecede, verifique la ayuda del sistema pulsando la tecla F1.

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Actividades empresariales y profesionales

Reducción de ISR

Cuando se trate de actividades empresariales, el apartado de Reducción de ISR sólo aplica a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o de pesca.

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Régimen intermedio

En este apartado al seleccionar ISR correspondiente a Entidades Federativas se abre el siguiente mensaje especificándole que debe capturar cada uno de los meses en los que está obligado a declarar, de clic en Aceptar:

Debe proporcionar la información del ISR correspondiente a la Entidad Federativa donde obtuvo sus ingresos durante 2011, en caso de no determinar base de impuesto seleccione únicamente la Entidad federativa de los meses en los que se encuentra obligado a declarar durante el año y guarde la información.

Los pagos provisionales efectuados a la Entidad Federativa son 100% acreditables contra el ISR, pero únicamente hasta por el monto del ISR causado, es decir, no pueden dar lugar a saldo a favor. La diferencia que en su caso determine, se reflejará en datos informativos obligatorios, en el campo G. Diferencia de pagos efectuados a la Entidad Federativa, que se encuentra en la página 2, del formato “DeclaraSAT Impresión Didáctica”, contenido en el programa.

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Módulos de Cálculo El DeclaraSAT 2012, cuenta con los siguientes módulos de uso optativo:

Cálculo de Deducción de Inversiones. Determina el cálculo de inversiones de acuerdo a la LISR, partiendo del inicio de utilización o del ejercicio siguiente y contemplando si se prescindió del mismo durante el ejercicio que declara (ejemplo; se enajenó, se perdió por caso fortuito o fuerza mayor, etcétera).

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Nota: En este módulo se tiene que considerar el monto deducible de la inversión conforme a los límites señalados en la LISR. Ejemplo; Para efectos del ISR un Automóvil es deducible hasta por el monto de $175,000.00 para el año 2011.

Amortización de Pérdidas Fiscales. Actualiza y aplica las pérdidas fiscales generadas en cada ejercicio.

Al hacer uso de estos módulos, por cada uno de los registros, es importante salvar la información correspondiente y al concluir con la captura seleccione Ver Resultados. Si está de acuerdo elija Transferir Resultados, los cuales se integran automáticamente a los apartados de Deducciones Autorizadas, Pérdidas fiscales aplicadas, y en su caso, Pérdidas pendientes de aplicar actualizadas, en donde es importante Salvar la incorporación al cálculo.

Nota: En el caso de inversiones, cuando los bienes dejen de ser útiles para obtener los ingresos el programa mantiene sin deducción un peso en sus registros.

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Arrendamiento (uso o goce temporal de bienes inmuebles)

En este apartado el programa considera los dos tipos de deducción a que tienen derecho los contribuyentes que tributan bajo este régimen:

Opcional. Es la deducción del 35% del total de los ingresos obtenidos por otorgar el

uso o goce temporal de bienes inmuebles, cantidad que podrá disminuir para determinar la base gravable, además de tomar en cuenta el impuesto predial y en su caso, el estímulo fiscal de las personas con discapacidad y/o adultos mayores.

Comprobable. Es la deducción de acuerdo a los gastos que hayan generado en su actividad como arrendador de bienes inmuebles durante 2011, de los cuales debe contar con los comprobantes correspondientes que cumplan con todos los requisitos fiscales.

Tratándose de ingresos simultáneos por arrendamiento y subarrendamiento, podrá capturar la información correspondiente por separado, como se muestra a continuación: Capture la información correspondiente a los ingresos como Arrendador:

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Posteriormente ingrese al apartado Subarrendador y capture la información correspondiente:

Por último seleccione Salvar para guardar la información capturada.

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Enajenación de bienes

En este apartado, el programa determina el ISR en la enajenación de:

Bienes inmuebles.

Bienes muebles (excepto acciones).

Seleccione el tipo del bien enajenado durante el ejercicio.

Asimismo, el programa calcula el ISR en enajenación a plazos (recibiendo el pago en parcialidades), partiendo del ingreso efectivamente percibido en el año de la declaración.

También realiza el cálculo de enajenaciones exclusivamente del terreno (sin construcción), es importante que cuando se encuentre en este supuesto en el tipo de captura seleccione Integrados y en datos de adquisición del inmueble el rubro de costo de la construcción deberá estar en blanco o en cero.

El DeclaraSAT 2012 considera los casos de enajenación de inmuebles que son parcialmente deducibles (casas habitación enajenadas a un precio superior a 1’500,000 UDIS. En estos casos el programa determina automáticamente las cantidades deducibles proporcionales al monto del ingreso gravado).

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Intereses

Si cuenta con varias inversiones, el DeclaraSAT 2012 determina la pérdida o el interés real acumulable, para tal efecto bastará con capturar el total de intereses reales, así como en su caso, el total de las pérdidas obtenidas y se reflejará automáticamente en el formato la pérdida o el interés real acumulable.

El DeclaraSAT versión 2012 en el apartado de intereses, considera además un campo para manifestar pérdidas obtenidas en ejercicios anteriores.

En este campo deberá capturar la totalidad que de las pérdidas de ejercicio anteriores haya aplicado en el ejercicio que declara.

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Al visualizar el formato “DeclaraSAT Impresión Didáctica”, en su página 7, en el apartado de intereses, campo q1, se refleja el monto de la pérdida inflacionaria aplicada en primer término, contra el interés real acumulable que se hubiere manifestado.

En el detalle de cálculo, el DeclaraSAT 2012 según sea el caso, detalla el remanente de la pérdida inflacionaria o acumula el interés real del ejercicio.

En su caso podrá optar por que el DeclaraSAT no realice el cálculo del interés real acumulable o la pérdida inflacionaria, para lo cual deberá realizar su cálculo manualmente, disminuyendo las pérdidas a los intereses reales, para obtener así el valor neto del interés real acumulable o la pérdida inflacionaria correspondiente.

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Para los intereses pagados por aseguradoras (Art. 158 de la LISR), deberá señalar las tasas correspondientes a cada uno de los cinco ejercicios inmediatos anteriores para determinar la tasa promedio del ejercicio que declara; cuando la tasa promedio del ISR sea igual a cero, implica que no se ha causado impuesto hasta por los cinco ejercicios inmediatos anteriores, por lo que no existe tasa promedio y no se causará impuesto.

En caso de que se determine impuesto correspondiente a retiros de primas de seguro, antes de que ocurra el riesgo amparado, se reflejará en el campo V. IMPUESTO SOBRE EL INTERÉS REAL POR RETIROS PARCIALES como se muestra en la siguiente imagen:

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Dividendos

Tratándose de dividendos o utilidades percibidos, el DeclaraSAT 2012, refleja de manera automática el ISR pagado por la sociedad y lo considera ingreso acumulable para efectos del cálculo del ISR del ejercicio.

Si opta por no acreditar el ISR pagado por la sociedad que distribuyó el dividendo contra el ISR del ejercicio, en el campo Monto del ISR acreditable capture cero, o bien, deje en blanco el espacio, así el ISR pagado por la sociedad no se acumulará a sus ingresos.

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Demás ingresos

En la pantalla de los DEMÁS INGRESOS, capture los ingresos registrados en cada uno de los apartados que los integran y en su caso incluir los obtenidos por los demás ingresos no considerados en dichos apartados y que correspondan a éste capítulo.

Además, deberá proporcionar la información que corresponda al ingreso percibido, en los siguientes apartados: Ingresos provenientes de Planes personales de retiro o de la subcuenta de

aportaciones voluntarias al SAR.

Intereses reales y ganancia/pérdida cambiaria. Considera intereses provenientes de depósitos o préstamos al extranjero conforme a la fracción IV del artículo 168 de la LISR, misma que tiene dos opciones de cálculo:

Procedimiento de acuerdo al último párrafo del artículo 168 de la LISR. Interés nominal menos ajuste anual por inflación.

Procedimiento opcional del artículo 221 del RLISR.

Ingresos obtenidos por el condómino o fideicomisario, provenientes de inmuebles destinados al hospedaje. Cuenta con la opción de acumular este ingreso al total de los ingresos del ejercicio, utilizando el factor 1.4286 y acreditando la cantidad que resulte de aplicar sobre el ingreso acumulable la tasa máxima del artículo 177 de la Ley del ISR (30%).

Operaciones financieras derivadas de deuda y de capital.

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Deducciones personales

En el rubro de deducciones personales, establece límites en la captura de Gastos funerales, aportaciones voluntarias al SAR y Depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas contratadas de seguro que tengan como base planes de pensiones, así como adquisición de acciones de sociedades de inversión, conforme a los montos máximos deducibles establecidos en las disposiciones fiscales.

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Para los pagos efectuados por concepto de gastos médicos y funerarios que se realicen a una persona física o moral ubicada en el extranjero y los mismos sean realizados por funcionarios del Estado o trabajadores del mismo, deberán utilizar para la captura en el DeclaraSAT 2012, los siguientes RFC: Para personas morales extranjeras: EXT990101NI9

Para personas físicas extranjeras: EXT990101NI4 También se podrán utilizar los RFC citados cuando se trate de donativos otorgados a donatarias extranjeras.

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Pagos por servicios educativos (colegiaturas)

El DeclaraSAT 2012, incluye un apartado especial para que las personas físicas que durante 2011 efectuaron pagos por concepto de servicios educativos a nivel preescolar, primario, secundario, profesional técnico y bachillerato, para sí mismas, para su cónyuge o la persona con quien vivan en concubinato, para sus ascendientes o descendientes en línea recta, realicen la captura correspondiente:

En este apartado, es obligatorio señalar el beneficiario de los servicios educativos y anotar la CURP del mismo, de lo contrario NO podrá guardar la información y continuar con la captura de su Declaración Anual:

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Si el contribuyente que presenta la Declaración Anual, es el beneficiario del servicio educativo, el DeclaraSAT 2012 automáticamente transfiere el dato de la CURP, en virtud de que ya fue capturado en el apartado Datos Contribuyente, de lo contrario, deberá capturarlo en este apartado ya que de no hacerlo, al igual que el punto que antecede, NO podrá guardar la información y continuar con la captura de su Declaración Anual.

En el apartado Detalle de pagos, capture el RFC de la Institución educativa y el monto pagado durante el 2011, sin exceder los límites establecidos en cada uno de los niveles correspondientes. El DeclaraSAT 2012, permite la captura de más de un beneficiario, para el mismo nivel educativo.

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El monto del estímulo aplicado, se reflejará en la página 5 del Anexo 1, Deducciones personales, identificado como tipo de deducción con la letra J, Pagos por servicios educativos (colegiaturas).

Derivado de lo anterior, en la citada página 5 del Anexo 1, se adicionan dos columnas:

II. Nivel Educativo y

III. CURP del beneficiario.

En el apartado Detalle de Cálculo los montos declarados se incluyen en el total de Deducciones Personales:

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Datos complementarios

En el régimen de actividades empresariales debe señalar además de la fecha de presentación de la declaración, lo siguiente:

Si es obligado o no a dictaminar sus Estados Financieros; si opta o no por dictaminarlos. El DeclaraSAT por default señala que no se está obligado y que no opta por dictaminarlos.

Si es obligado a dictaminar sus estados financieros deberá seleccionar además, si opta o no por presentar la información alternativa al dictamen conforme a lo establecido en el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 30 de junio de 2010.

La opción señalada en el párrafo anterior, es únicamente para los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros, en el supuesto de señalar que opta por dictaminar sus estados financieros, la opción comentada se inhabilita.

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El tipo de declaración que se presenta:

Normal.

Complementaria.

Complementaria por dictamen.

Corrección Fiscal.

Crédito parcialmente impugnado.

Tratándose de declaraciones complementarias, deberá señalar Sí o No, según sea el caso.

En el apartado de Cantidades a compensar, en su caso, indique contra qué impuesto se aplica el saldo a favor; capture el monto y la fecha en que se manifestó dicho saldo a favor en la declaración correspondiente. El DeclaraSAT realiza de manera automática la actualización del saldo a favor, el cual no debe tener una antigüedad superior a 5 años.

En copropiedad o sociedad conyugal en Detalle de información se captura a todos los integrantes, incluyendo al contribuyente que presenta la declaración.

En sucesión si se presenta la declaración del de cujus1, se anota el RFC del representante de la sucesión y en Detalle de información el de los herederos o legatarios que hayan optado por acumular en su Declaración Anual a sus demás ingresos los que les correspondan de la sucesión.

1 Autor de la Herencia. Testador.

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Cuando los herederos o legatarios presenten su Declaración Anual, y opten por acumular los ingresos de la sucesión, deben manifestar el RFC del representante de la sucesión y en Detalle de información capturar el RFC del de cujus y los ingresos que le correspondan en la sucesión.

Contiene ligas del ISR y del IETU para capturar los acreditamientos a que se tiene derecho por cada impuesto.

En la liga del ISR, en el campo Pagos provisionales efectuados a la federación para capturar el monto correspondiente:

No deberá considerar aquellas cantidades que hubiera pagado vía acreditamiento del IDE, toda vez que estos montos se aplican contra el ISR del ejercicio.

Se mantiene el campo para aquellos contribuyentes que durante el ejercicio generaron ingresos sujetos a Regímenes Fiscales Preferentes.

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Detalle de cálculo

En caso de determinar ISR a cargo, el DeclaraSAT 2012 le permite, en su caso, aplicar el acreditamiento por concepto de Crédito al Salario y Subsidio para el Empleo:

Así mismo, podrá acreditar contra el citado ISR a cargo, los acreditamientos o estímulos a que tenga derecho.

En esta versión 2012 del DeclaraSAT, se adiciona un apartado para manifestar el acreditamiento del ISR propio del ejercicio aplicado contra el IETU del ejercicio.

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En caso de determinar ISR a cargo en su Declaración Anual, el programa le permite la opción para realizar el pago correspondiente hasta en 6 parcialidades iguales y sucesivas. Si opta por pagar en parcialidades, el programa abre el mensaje en donde le informa sobre la excepción de presentar el escrito libre.

A continuación, capture el número de parcialidades elegidas.

La primera parcialidad será la cantidad que resulte de dividir el monto total del adeudo, entre el número de parcialidades que haya elegido, sin que dicho número exceda de seis, cantidad que deberá cubrir al presentar su Declaración Anual. Las posteriores parcialidades se cubren durante cada uno de los siguientes meses de calendario, utilizando para ello exclusivamente la forma oficial FMP-1 que debe solicitar ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal. La última parcialidad debe cubrirse a más tardar en septiembre de 2012. En el apartado Detalle de cálculo puede observar que en Cantidad a pagar se señala exclusivamente el monto correspondiente a su primera parcialidad que se origina de dividir el ISR total a cargo entre el número de parcialidades elegidas.

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Importante Se debe prestar atención a la pantalla que se abre para complementar los datos de las hojas de ayuda de los impuestos causados (ISR, IETU e ISR REFIPRES), el programa le sugiere datos de acuerdo al llenado realizado previamente, sin embargo se pueden modificar de acuerdo a las necesidades del contribuyente. Las hojas de ayuda no forman parte de la Declaración Anual, por lo que puede generar el archivo de envío sin el llenado total de las hojas, ya que, el Número de operación de recibido en el SAT y la Fecha de la declaración del ejercicio son datos que tendrá hasta que obtenga el acuse de recibo electrónico emitido por la autoridad una vez enviada la declaración vía internet.

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Hoja de ayuda

Para imprimir la hoja de ayuda, dé clic en Formatos y continúe hasta llegar a la siguiente

pantalla, donde seleccionará el icono .

Enseguida, seleccione del lado superior izquierdo el impuesto por el cual obtuvo el saldo a

cargo y dé clic en el icono .

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Inmediatamente se abre la hoja de ayuda correspondiente, dé clic de nueva cuenta en el

icono para imprimirla.

PERA850423130

ISR

La Hoja de ayuda contiene el importe a cargo y en su caso, los acreditamientos aplicables por crédito al salario, subsidio para el empleo, estímulos a los que tenga derecho, así como las compensaciones realizadas y la debe presentar ante cualquier institución de crédito (banco) para realizar el pago correspondiente; sin embargo, el documento que debe conservar como comprobante es el recibo de pago debidamente sellado que le proporciona dicha institución.

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Guías

La guía no es un formato válido para la presentación de la Declaración Anual, únicamente muestra la información que contiene el archivo *.DEC; misma que puede imprimir:

Reimpresión de la hoja de ayuda: Contiene información de apoyo para la captura dentro de la aplicación bancaria (detalle de impuestos, accesorios y otras aplicaciones).

Imprimir la Consulta de la Guía: Refleja el reporte de información que se envío por internet.

Nota: Los reportes antes señalados no se presentan en el banco, sólo son de carácter informativo.

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Opción sin cálculo automático de impuestos

Este apartado muestra pantallas de captura de formato electrónico para la Declaración Anual, de acuerdo a lo siguiente: Captura de información de 10 ejercicios incluyendo 2011 (2002 a 2011); indicando el

tipo de declaración: normal, complementaria, de corrección fiscal, complementaria por dictamen o crédito parcialmente impugnado.

Captura de la información en cada uno de los campos del formato DID (DeclaraSAT Impresión Didáctica) de acuerdo al régimen y obligaciones fiscales del contribuyente.

Salvar los datos capturados en cada una de sus páginas.

Si únicamente se encuentra obligado a declarar información correspondiente a la sección de Datos Informativos Obligatorios y no tributa en ninguno de los regímenes establecidos en la LISR, deberá ingresar a la opción Sin Cálculo Automático de Impuestos y capturar sus datos generales, capturando un cero en los campos del Impuesto Sobre la Renta Causado (campo L) y en el campo ISR a cargo (campo AA), así como los datos informativos obligatorios según corresponda.

Ejemplo: Una ama de casa que enajenó su casa habitación por un monto mayor a $ 500,000.00 pero menor a 1’500,000 UDIS, por tal motivo se encuentra obligada a declarar la información correspondiente en la sección Datos Informativos Obligatorios, asimismo, es conveniente declarar la operación por la cantidad correspondiente en el Anexo 2, en la página 7 del formato DID, como ingreso total y a la vez como ingreso exento para obtener como ingreso acumulable cero.

Las pantallas de prellenado son:

PANTALLAS DE PRELLENADO

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La información que se captura en los rubros antes citados, se refleja de manera automática en el formato, inhabilitando los campos para llenado directo (campos en color azul claro). En caso de detectar errores, deberá corregirlos desde la pantalla de prellenado.

Ejemplo:

Nota: El DeclaraSAT permite cambiar la opción de SIN Cálculo a CON Cálculo o viceversa, conservando solamente la siguiente información:

ISR correspondiente a entidades federativas.

Pagos por servicios educativos (colegiaturas).

Deducciones personales.

Copropietarios, sociedad conyugal o sucesión.

Información del IVA.

Información del IDE.

Marque o desmarque la información que desee conservar o eliminar al cambiar la opción.

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Servicios

Declaración Impresión Didáctica (DID). Para uso exclusivo del contribuyente el DeclaraSAT 2012 realiza la impresión de la Declaración Anual únicamente por el anverso en hojas blancas (Bond estándar). Genera archivo por internet. Ingrese al apartado Detalle de Cálculo en la opción Vista previa de formato o en Formatos y dé clic al icono de generación de archivo, durante este procedimiento el DeclaraSAT despliega una ventana que indica que se generará el formato DID en archivo PDF.

El archivo .DEC que genera el programa DeclaraSAT se guarda en la carpeta en donde se guardaron los archivos de instalación del programa o bien puede seleccionar la ruta donde desea que se guarde el archivo generado.

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Importante Consideraciones al enviar la Declaración Anual por internet: Sin Impuesto a Cargo, Sin Cantidad a Pagar, Con saldo a Favor. Con el simple

envío de su Declaración Anual a través del Portal de internet del SAT, concluye con el procedimiento y cumplimiento de su obligación.

Con Impuesto a Cargo, Sin Cantidad a Pagar. Derivado de la aplicación de crédito al salario pagado al trabajador, compensaciones o estímulos; independientemente de aplicarse en la Declaración Anual enviada al SAT, debe reflejarse a través del Portal bancario por internet o ventanilla bancaria, posterior a la recepción del número de operación emitido por el SAT.

Con Impuesto a Cargo, Con Cantidad a Pagar. Debe ingresar al Portal bancario para realizar el pago por internet o presentar la hoja de ayuda que genera el DeclaraSAT en ventanilla bancaria, posterior a la recepción del número de operación proporcionado por el SAT.

Con Saldo a Favor. Al generar su archivo de envío puede presentarla con clave CIEC actualizada2, sin embargo se recomienda utilizar Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente para agilizar el trámite de devolución.

En saldos a favor iguales o mayores a 13,970 pesos, deberá utilizar su Fiel al generar su archivo de envío y en caso de proceder su devolución se llevará a cabo de manera automática.

En saldos a favor mayores a 150,000 pesos deberán solicitarse mediante el FED (Formato Electrónico de Devoluciones) disponible en “Mi portal” en la página principal del Portal de internet del SAT, y deberán contar con certificado de Fiel vigente para realizar su envío, acompañando la documentación correspondiente.

Concluida la generación del archivo .DEC, el sistema de manera automática envía un mensaje señalando el nombre del archivo, así como la ruta en donde quedo guardado. Asimismo, señala el nombre del archivo .pdf de la impresión didáctica de la declaración:

Si el archivo generado es igual o mayor a 100 Kb, guarde en disco el archivo con extensión *.DEC para presentarlo en la Administración Local de Servicios al Contribuyente.

2 Actualmente para generar o actualizar la clave CIEC, el trámite se realiza ante las Administraciones Locales

de Servicios al Contribuyente o si cuenta con su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente, también lo podrá hacer a través del Portal de internet del SAT www.sat.gob.mx

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Sugerencias

Al registrar el RFC de un contribuyente, el programa no permite volver a capturar un

registro igual, por lo que no es posible manejar diferentes tipos de Declaración Anual de un mismo contribuyente en la misma base de datos.

Ejemplo; si se tiene registrada una Declaración Anual normal, no se puede realizar una complementaria en la misma base de datos con el mismo RFC de un contribuyente.

Lo que se puede hacer es trabajar con la misma información de la Declaración Anual que desea modificar, sustituyendo los datos y el tipo de declaración que va a presentar.

Se recomienda no utilizar ninguna otra aplicación, ni minimizar el programa, al imprimir el formato, ya que puede ocasionar que la impresión se interrumpa.

Para mayor información de los temas expuestos, se sugiere consultar la ayuda incluida en el programa DeclaraSAT, utilizando en cada pantalla el botón F1.

Importante Preste especial atención a los mensajes que le envía el programa, mismos que pueden variar en función de los resultados que se generan con cada declaración elaborada.