Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México...

15
Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Agricultura El capítulo de Agricultura mantiene el libre comercio de productos agrícolas y agroindustriales mexicanos al mercado de Estados Unidos y Canadá. La agricultura es uno de los aspectos centrales de la economía de México: es el 3er principal destino de los productos agrícolas estadounidenses y su segundo proveedor. El crecimiento del comercio bilateral en el sector de 1993 a 2017 fue de 598%. Disposiciones generales Los productos agrícolas originarios de los tres países se mantienen libres de arancel. Se elimina la propuesta de Estados Unidos de estacionalidad sobre la posibilidad de adoptar en el futuro cualquier restricción en el sector, como lo intentaba la “cláusula de temporalidad” que EEUU buscaba imponer. Se incorporó por primera vez la Cooperación Internacional como disciplina, lo que permitirá la cooperación de las 3 partes para promover la transparencia y desarrollar disposiciones que reduzcan de manera progresiva y sustancial los apoyos y subsidios que distorsionan el comercio de bienes agrícolas. Se establece un Comité Agrícola para dar seguimiento a la implementación del Capítulo. Anexo de biotecnología agrícola Se incluyen disposiciones que aseguran una mayor transparencia y cooperación en actividades relacionadas con la biotecnología agrícola. Busca que esta modalidad incentive la innovación en el sector e incluye todas las biotecnologías. Anexo de bebidas alcohólicas El Anexo busca facilitar la comercialización de vinos, bebidas destiladas, cerveza y otras bebidas alcohólicas. Las medidas de distribución y venta deberán establecerse conforme a las disposiciones de Trato Nacional del Capítulo de Acceso a Bienes. La Charanda, el Sotol y el Bacanora en Estados Unidos son reconocidos como productos distintivos. Se mantiene el reconocimiento del Bourbon Whiskey, Tennessee Whiskey, Tequila, Mezcal y Canadian Whiskey como producto distintivo. This Relates to Agenda Item No. 4 Committee on Binational Regional Opportunities May 7, 2019

Transcript of Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México...

Page 1: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

Agricultura

El capítulo de Agricultura mantiene el libre comercio de productos agrícolas y agroindustriales mexicanos al mercado de Estados Unidos y Canadá.

La agricultura es uno de los aspectos centrales de la economía de México: es el 3er principal destino de los productos agrícolas estadounidenses y su segundo proveedor. El crecimiento del comercio bilateral en el sector de 1993 a 2017 fue de 598%.

Disposiciones generales

Los productos agrícolas originarios de los tres países se mantienen libres dearancel.

Se elimina la propuesta de Estados Unidos de estacionalidad sobre la posibilidadde adoptar en el futuro cualquier restricción en el sector, como lo intentaba la“cláusula de temporalidad” que EEUU buscaba imponer.

Se incorporó por primera vez la Cooperación Internacional como disciplina, lo quepermitirá la cooperación de las 3 partes para promover la transparencia y desarrollardisposiciones que reduzcan de manera progresiva y sustancial los apoyos y subsidiosque distorsionan el comercio de bienes agrícolas.

Se establece un Comité Agrícola para dar seguimiento a la implementación delCapítulo.

Anexo de biotecnología agrícola

Se incluyen disposiciones que aseguran una mayor transparencia y cooperaciónen actividades relacionadas con la biotecnología agrícola. Busca que estamodalidad incentive la innovación en el sector e incluye todas las biotecnologías.

Anexo de bebidas alcohólicas

El Anexo busca facilitar la comercialización de vinos, bebidas destiladas, cervezay otras bebidas alcohólicas. Las medidas de distribución y venta deberánestablecerse conforme a las disposiciones de Trato Nacional del Capítulo deAcceso a Bienes.

La Charanda, el Sotol y el Bacanora en Estados Unidos son reconocidos comoproductos distintivos.

Se mantiene el reconocimiento del Bourbon Whiskey, Tennessee Whiskey, Tequila,Mezcal y Canadian Whiskey como producto distintivo.

This Relates to Agenda Item No. 4 Committee on Binational Regional Opportunities

May 7, 2019

Page 2: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

Anticorrupción

El objetivo del capítulo es combatir las prácticas y actos de corrupción que puedan afectar el intercambio comercial y la inversión entre las partes. En México, el objetivo es reforzar el combate a la corrupción mediante una cultura de prevención y combate en la Administración Pública Federal e Industria Privada para fortalecer y consolidar el Sistema Nacional Anticorrupción.

Disposiciones generales:

Promueve la participación activa del Gobierno, empresas, sociedad civil y ONGs mediante los siguientes compromisos:

A nivel gobierno, adoptar o mantener legislación o medidas para:o Penalizar actos de corrupción que afecten el comercio e inversión,

incluyendo malversación o peculado.o Prevenir actos de corrupción en el servicio público mediante la

capacitación de funcionarios públicos, identificación de conflictosde interés y elaboración de declaraciones patrimoniales, entre otros.

o Proteger a los denunciantes. A nivel de empresas, incentivar a las empresas para:

o Prohibir pagos de facilitación.o Adoptar programas de cumplimiento para identificar y combatir la

corrupción dentro de sus estructuras. A nivel intergubernamental, fortalecer o facilitar:

o Cooperación y coordinación entre autoridades.o Intercambio de experiencias y mejores prácticas.

El capítulo está sujeto a solución de controversias con modificaciones yexcepciones que atienden a la naturaleza de los compromisos adoptados.

Ninguna parte podrá recurrir a la solución de controversias paracualquier asunto que surja bajo el artículo 27.6 o el artículo 27.9.

o El artículo 27.6 sobre Aplicación de Leyes Anticorrupción señalaque ninguna parte dejará de aplicar sus leyes u otras medidaspara combatir la corrupción de forma sostenida o mediante lainacción como incentivo para el comercio y la inversión.

o Cada parte conserva el derecho de las autoridades de ejercer sudiscreción respecto a la aplicación de las leyes anticorrupción.

Hay compromisos explícitos para fortalecer la obligación de los paísesParte sobre las responsabilidades que derivan de conveniosinternacionales, con énfasis en las convenciones anticorrupción de laOEA, la OCDE y la ONU. También se mencionan otros mecanismos queimplican el cumplimiento del sector privado de compromisos suscritosen los grupos de trabajo anticorrupción del G-20 y APEC.

2

Page 3: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

Competitividad

Este capítulo es nuevo en el Tratado y fue propuesto por México, con base en la idea de que el crecimiento y desarrollo del país están estrechamente relacionados a la competitividad de los socios de América del Norte, por lo que es indispensable profundizar la integración económica de la región.

Disposiciones generales:

Se reconocen los lazos económicos y comerciales únicos, la proximidady la importancia de flujos comerciales a través de las fronteras de la región.

Este capítulo establece un mecanismo de intercambio de información yla implementación de acciones en favor de la competitividad de Américadel Norte. Un ejemplo es la constitución de un foro internacional paradiscutir la competitividad de América del Norte.

Se establece un Comité de Competitividad compuesto porrepresentantes gubernamentales de las partes, con el objeto de promoverla integración económica entre los países de la región. Este Comité secoordinará con las Secretarías y Organismos correspondientes de laspartes para lo que resulte pertinente en materia de competitividad.

o Discutirá y llevará a cabo actividades de cooperación queincentive la producción en América del Norte; facilitará elcomercio y las inversiones regionales, promoverá la circulaciónde bienes y servicios en la región, y responderá a los desarrollosdel mercado y tecnologías emergentes.

o El Comité podrá presentar recomendaciones a la Comisión deLibre Comercio para mejorar la competitividad de la región.

o Identificará proyectos y políticas prioritarias a fin de desarrollarinfraestructura física y digital para mejorar la circulación demercancías.

o Discutirá acciones colectivas para combatir prácticasdistorsionantes para el mercado por parte de otros países no-Partes del tratado que afecten la competitividad de la región.

o Promoverá actividades de cooperación en materia de innovacióny tecnología.

3

Page 4: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

Energía

El capítulo sobre Energía del T-MEC tiene el objetivo de promover y garantizar el pleno respeto a la soberanía de México sobre sus hidrocarburos, mediante el reconocimiento de su propiedad directa, inalienable e imprescriptible sobre dichos recursos.

Disposiciones generales:

Se confirma la soberanía del país en el sector energético, dejando claraslas facultades del Estado mexicano. Es uno de los aspectos centrales puesel capítulo reconoce el derecho soberano de México a regular ymodificar sus leyes.

México logra el reconocimiento pleno de su soberanía y de su capacidadde reformar el marco jurídico, incluida la Constitución.

Reafirma la propiedad directa, inalienable e imprescriptible sobre sushidrocarburos.

Establece mecanismos para brindar certidumbre jurídica a losprestadores de servicios, exportadores, importadores e inversionistasque participan en el sector energético.

Se eliminan del Tratado el texto y las referencias a la reforma energética

Se asegura un tratamiento cuidadoso del tema a través de un criteriogenérico de equidad, asegurándole a las Partes del T-MEC eltratamiento otorgado bajo cualquier otro acuerdo internacionalsuscrito por México, hasta la entrada en vigor del T-MEC.

4

Page 5: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

Inversión y Mecanismo de Solución de Controversias Inversionista-Estado

El objetivo del capítulo fue mejorar el contenido y alcance de la protección a la inversión extranjera en materia de arbitraje y negociación de acuerdos, así como mantener un mecanismo de solución de controversias inversionista-Estado moderno y con reglas procesales claras para dar certidumbre.

Disposiciones generales:

• El TLCAN incluye numerosas obligaciones sustantivas del Estado otorgadasa la inversión y los inversionistas extranjeros. Además, contiene un recurso dearbitraje que establece paneles binacionales para la resolución de conflictosinversionista-Estado.

• El T-MEC conserva las mismas obligaciones sustantivas y el recurso dearbitraje para inversiones en contratos con el gobierno en sectores de:petróleo y gas, generación de energía, telecomunicaciones, transporte yproyectos de infraestructura.

• Para otros sectores (sin contratos), las causales que reciben este trato sereducen a tres grandes rubros: Trato Nacional; Trato de Nación MásFavorecida y Expropiación Directa. Para iniciar una disputa contra el Estadoen estos sectores, primero se debe haber acudido a las cortes nacionales yque hayan pasado al menos 30 meses desde el inicio del procedimiento.

• La violación de contratos como materia de arbitraje fue eliminada.

• Cualquier violación a las demás disciplinas previstas en el Capítulo deInversión podrá recurrirse en el procedimiento de solución de controversiasEstado – Estado.

• Para poder recurrir al mecanismo, el inversionista deberá contar con uncontrato firmado por las autoridades del Estado receptor de la Inversión. Elcontrato únicamente es la “llave de acceso” al arbitraje. Las disposiciones delpropio contrato no podrán ser arbitrales al amparo del Tratado.

• El mecanismo de solución de controversias Inversionista-Estado entre Méxicoy Estados Unidos tiene dos modalidades:

I. Violación a las obligaciones de Trato Nacional, Nación más Favorida yExpropiación Directa; y

II. Violación a cualquier incumplimiento del Capítulo de Inversión.

• Se acordó que el mecanismo de solución de controversias inversionista –Estado no aplicará para Canadá.

5

Page 6: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

Laboral

El T-MEC será el tercer acuerdo comercial internacional en el que México incorpora un capítulo específico en materia laboral. Su objetivo es reafirmar y actualizar el contenido del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN) y a su vez los compromisos asumidos por las partes en el marco de la Declaración de 1998 de la Organización Internacional del Trabajo. El capítulo laboral del T-MEC es el más avanzado que se haya negociado en cualquier acuerdo comercial.

Disposiciones generales: Las partes se comprometen a combatir el trabajo forzoso u obligatorio, incluyendo el

trabajo infantil forzoso, en países fuera de Norteamérica. Incorpora un artículo en contra de la violencia hacia los trabajadores. Las partes

deben prestar atención a los casos o amenazas de violencia, los cuales estándirectamente relacionados con el ejercicio de los derechos laborales fundamentales.

Protege a los trabajadores contra la discriminación de género, mediante la adopciónde políticas relativas al embarazo, licencia de maternidad, acoso sexual, entre otros.

Por primera vez, incluye un artículo que asegura que los trabajadores migrantesmexicanos cuenten con protección de las leyes laborales de Estados Unidos yCanadá.

El capítulo garantiza transparencia y participación pública al incluir un mecanismode comunicación que permitirá presentar consultas respecto a cualquier asuntorelacionado con él. Este mecanismo facilita la identificación de fallas en la aplicaciónde la legislación y normatividad laboral.

Establece disposiciones en materia de solución de controversias, las cualesconstituyen etapas consultivas previas a un panel arbitral. El objetivo de estas etapas,las cuales comprenden un Diálogo Cooperativo Ministerial, es facilitar la solución decontroversias por vía cooperativa antes de la contenciosa.

Anexo 23-A

Se incluyó un anexo en materia de representación de los trabajadores y negociación colectiva en México. Se concretarán las Reformas a la Constitución en materia de justicia laboral publicadas el 24 de febrero de 2017 en el DOF.

Dichas medidas promoverán la resolución pronta y expedita de conflictos laborales, eimpulsarán la contratación colectiva en México, con el fin de mejorar lascondiciones laborales de los trabajadores.

Disposiciones específicas para México en materia de negociación colectiva:o Garantizar el derecho de los trabajadores a participar en actividades de

negociación colectiva y a formar o afiliarse al sindicato de su elección

6

Page 7: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

o Establecer órganos independientes e imparciales para registrar eleccionessindicales y resolver disputas relacionadas con contratos colectivos;

o Establecer requisitos para el registro de contratos colectivos;o Garantizar la transparencia de los contratos colectivos negociados; yo Sistema efectivo para verificar que las elecciones de los líderes sindicales sean

llevadas a través del voto personal, libre y secreto.

7

Page 8: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

Medio ambiente

El objetivo del capítulo es promover la protección del medio ambiente en un contexto de apertura comercial, a través de compromisos que fortalezcan la capacidad de las partes en la aplicación de su legislación ambiental y de sus obligaciones en acuerdos multilaterales en medio ambiente. El T-MEC será el tercer acuerdo comercial internacional en el que México incorpore un capítulo específico en materia ambiental.

Disposiciones generales:

Promover la calidad del aire, el uso sostenible de la diversidad biológica, el combate altráfico de especies, asegurar el esquema institucional, la participación pública y lacooperación regional que las autoridades de la región han desarrollado en el marco de laComisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte (CCAAN).

Protección a especies marinas, tales como: ballenas, tortugas marinas, hábitats marinos eincluye la prohibición de la práctica del aleteo de tiburón.

Mejorar los procedimientos en inspecciones aduaneras en embarques que contenganfauna y flora salvaje.

Las partes reconocen la importancia del comercio y la inversión en bienes y serviciosambientales, incluidas las tecnologías limpias y se esforzarán en su facilitación y promoción.

En caso de incumplimiento a lo establecido en el capítulo, México podrá recurrir a distintasinstancias de consulta de Alto Nivel o Ministerial o se sujetarán al mecanismo de soluciónde controversias.

Mantiene el mecanismo de comunicación del Acuerdo de Cooperación Ambiental deAmérica del Norte (ACAAN), fortaleciendo la transparencia al recibir preguntas ocomentarios de la sociedad respecto a la implementación del Capítulo.

Incluye disposiciones específicas no contempladas en el ACAAN, relacionadas con acuerdosmultilaterales de medio ambiente como:

o Protección a la capa de ozonoo Protección al ambiente marino de la contaminación de buqueso Combate a la basura marinao Conservación y uso sostenible de la biodiversidado Fomento a la pesca sostenible; entre otros

La inclusión de este tipo de disposiciones demuestra el interés de los países por atender los retos de la agenda ambiental, así como su compromiso por cumplir con las obligaciones acordadas en el contexto multilateral.

8

Page 9: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

Política de competencia

Con este capítulo se asegurará que las autoridades encargadas de la política de competencia en la región de América del Norte cooperen con el objetivo de vigilar, promover y garantizar la libre concurrencia en los mercados y la eficiencia de éstos en los tres países.

Disposiciones generales:

Cada parte mantendrá e implementará leyes de competencia queprohíban las prácticas de negocios anticompetitivas, a fin de aumentarla eficiencia económica y el bienestar del consumidor.

Cuenta con disciplinas en materia de cooperación, protección alconsumidor, transparencia y consultas.

Establece compromisos para negociar instrumentos bilaterales decooperación entre autoridades, así como para adoptar o mantener leyessobre la protección del consumidor.

El capítulo no está sujeto a solución de controversias.

Equidad procesal en la aplicación de la ley de competencia establecida:o Plazos definitivos y razonables.o Representación legal y acceso a información para preparar una

defensa adecuada.o Derecho de presentar pruebas en su defensa, incluyendo pruebas

de impugnación o el análisis de un experto calificado.o Derecho de participar con la autoridad nacional de sobre cuestiones

significativas de derecho y procedimiento.o Derecho a impugnar una alegación de violación de leyes ante la

autoridad judicial o administrativa imparcial.

Con relación a las revisiones de las transacciones de una fusión, sepermiten consultas anticipadas entre la autoridad nacional decompetencia y las personas involucradas en la fusión para dar susopiniones relativas a la transacción.

Las autoridades nacionales de competencia procurarán cooperar enrelación con sus leyes y políticas de aplicación, incluso medianteasistencia a la investigación, asistencia legal mutua, notificaciones,consultas e intercambio de información.

9

Page 10: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

o La cooperación será mediante los organismos públicosnacionales o relevantes de política de protección al consumidor yautoridades nacionales de competencia.

Las partes podrán celebrar consultas con una parte solicitante respectoa un asunto que afecte al comercio o inversión y para mejorar elentendimiento entre las autoridades de competencia.

10

Page 11: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

Propiedad intelectual

El capítulo comprende mejoras para asegurar un nivel de protección adecuado de protección a los derechos de propiedad intelectual, tomando en cuenta el balance entre los titulares de derechos, usuarios y sociedad en general.

El capítulo incluye 7 disposiciones principales:

1. Protección a marcas no tradicionales, como es el caso de la marca Sonora.2. Procedimiento de oposición de marcas con un sistema transparente. Por lo cual se

puede oponer al registro de la marca, evitando el acaparamiento o registro de mala fede una marca.

3. Establece criterios claros que deben incluirse en los procedimientos para otorgar unreconocimiento o protección a una indicación geográfica.

4. Fundamentos de oposición al reconocimiento y protección a indicaciones geográficas;es decir, permite a los titulares de las marcas evitar la protección de una indicacióngeográfica que cause confusión a su marca.

5. Protección de mercado a productos farmacéuticos innovadores. Fomenta quenuevos productos farmacéuticos lleguen pronto a México, sin limitar la posibilidad deque se desarrollen medicamentos genéricos. La protección para fármaco químicoses de 5 años y de 10 años para productos agroquímicos y biológicos, a partir de laprimera autorización de las autoridades de salud.

6. Limita la responsabilidad del proveedor de internet por violaciones de derechos deautor y derechos ocurridos en línea.

7. Procedimientos penales para la grabación de películas (CamCording)

11

Page 12: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

PyMEs

El objetivo del capítulo es promover mecanismos que permitan a las PyMEs de la región beneficiarse del acuerdo y participar en los flujos de comercio e inversión regionales.

Disposiciones generales:

Se incorporan Memorandos de Entendimiento que amplían el margende acción de políticas públicas de cooperación para incrementar lasoportunidades de las PyMEs.

Creación de vehículos de acceso a crédito, capital y mecanismos decooperación para infraestructura de PyMEs exportadoras.

Cooperación en infraestructura de soporte para PyMEs incluyendoincubadoras, aceleradoras, centros de asistencia a las exportaciones.

Creación de redes internacionales para compartir mejores prácticas ypromover la participación de PyMEs en el comercio internacional.

Mecanismo de intercambio de información a nivel de gobiernosrespecto a las mejores prácticas de acceso a capital y crédito, así comola participación de compras de gobierno cubiertas por el tratado.

Para ayudar a las PyMEs a adaptarse a las cambiantes condiciones delmercado, cada país establecerá un sitio de internet con informaciónsobre reglamentos aduaneros, de propiedad intelectual, programas definanciamiento, reglamentos laborales, información impositiva,reglamentos sobre IED, entre otros.

Promover las PyMEs propiedad de mujeres, pueblos indígenas y jóvenes,así como start-ups y PyMEs agrícolas y rurales.

Creación del Comité de PyMEs con representantes de cada país, el cualllevará a cabo su primera reunión dentro de un año de la entrada envigor del Tratado. Algunas de las tareas del Comité son:

o Promover la participación de las PyMEs en el comercio digital yen las cadenas de abastecimiento regionales y globales.

o Desarrollar y promover seminarios, talleres, webinars y otrasactividades sobre los beneficios del Tratado.

o Facilitar el intercambio de información sobre emprendimiento,para grupos con baja representatividad.

o Convocar a un Diálogo Trilateral de PyMEs anual que incluya alsector privado, empleados, ONGs, académicos y grupos de bajarepresentación como mujeres, pueblos indígenas y jóvenes.

12

Page 13: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

Reglas de Origen Específicas

El objetivo es establecer disposiciones esenciales, claras y específicas para determinar las condiciones o requisitos que un determinado bien debe cumplir para considerarlo originario y goce de las preferencias arancelarias del T-MEC. Se acordaron reglas más estrictas con procedimientos que facilitan la certificación y verificación de las reglas de origen con nuevas disposiciones de cooperación y aplicación.

Dentro de los sectores en los que se hicieron cambios a las reglas de origen actuales destacan los sectores de químicos, manufacturas de vidrio, productos de titanio, acero y fibra óptica, televisiones y manufacturas eléctricas.

Sector automotriz

El sector automotriz es uno de los pilares de la economía regional. México yEE.UU. intercambian anualmente 131 mmdd en automóviles y autopartes; el13% de los vehículos ligeros en EE.UU. son producidos en México y es el principalproveedor de autopartes en EE.UU.

Incremento gradual del valor de contenido regional (VCR) para vehículos ligerosde 62.5% a 75%, bajo la metodología de Costo Neto para autos y camionetas,aplicable en 4 incrementos. Se otorga un plazo de ajuste de dos años adicionalesa las nuevas plantas automotrices.

Se identificaron siete autopartes definidas como esenciales que deben seroriginarias de la región: motor, transmisión, suspensión, dirección, chasis,baterías y carrocería.

Las compras de acero y aluminio de las armadoras de vehículos ligeros dentro dela región deben ser de un nivel mínimo del 70% originario de la región.

Se establece un índice regional salarial con el que se requiere un valor decontenido laboral (VCL) de 40% en la fabricación de vehículos ligeros, aplicableen 4 incrementos. El 40% del contenido debe provenir de regiones que utilizansalarios mínimos de US$16/hr, 25% materiales y costos de manufactura, y 15%por Investigación y Desarrollo, servicios de Tecnologías de la Información, yoperaciones de ensamble de motores, transmisiones o baterías avanzadas.

Los vehículos que no cumplan con la regla de origen pagarán el arancel deNación Más Favorecida (NMF) de 2.5% hasta un cupo máximo de 1.6 millonesde unidades.

México y Canadá firmaron una carta paralela con EUA otorgando exención aambos ante la posibilidad de que se impongan nuevos aranceles al amparo de

13

Page 14: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962, la cual entró en vigor a partir de la firma del Tratado en noviembre de 2018.

Químicos

En el sector químico, la mayoría de las reglas fueron simplificadas yflexibilizadas, excepto para algunos productos sensibles. Se permiten saltosarancelarios y en algunos casos se mantienen o disminuyen los porcentajes deVCR vigentes.

A diferencia del Tratado original, el T-MEC incluye procesos alternativos paraconferir origen, como: reacción química, purificación, mezclas, cambio entamaño de partícula, estandarización de materiales, separación de isómeros yprocesos biotecnológicos. De esta manera se adaptan cambios tecnológicos enlos procesos productivos realizados.

Televisores y Manufacturas eléctricas

Se actualizaron las reglas para ser acordes a las tecnologías actuales y facilitar ellenguaje técnico.

Se eliminan reglas de origen inoperantes por avances tecnológicas y semantienen opciones de reglas denominadas de “salto arancelario”,relacionadas con transformación sustancial de materiales en bienes finales oValor de Contenido Regional (VCR) con variación en los porcentajes.

Goma Arábiga, fibra óptica, manufacturas de vidrio, titanio y productos intensivos en acero

Se flexibiliza la regla de origen para la goma arábiga, considerando que no hayabasto para la región pero se requiere que ciertos procesos como la pulverizacióny el refinado se lleven a cabo en la región.

Con la finalidad de promover el desarrollo de cadenas de valor de América delNorte, para determinados productos de vidrio y titanio se modificó la regla deorigen. Con esta regla los insumos deben ser originarios de la región.

Para ciertos productos manufacturados intensivos en acero, se requiere que elproducto sea originario. Se incluyen alternativas de VCR donde los porcentajesvan del 65% al 75%. Tendrán periodos de transición para su implementación de2 a 5 años dependiendo del bien.

14

Page 15: Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC)Subsecretaría para América del Norte Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC) Competitividad Este capítulo es nuevo en

Subsecretaría para América del Norte

Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC)

Cláusula de revisión

El Tratado tiene una duración inicial de 16 años, es decir, incluye una “Cláusula de revisión” de largo plazo.

Establece las bases de un mecanismo de revisión y extensión del acuerdo, lo cual permitirá evitar su “muerte súbita” y permitirá actualizarlo para contraponerse a los nuevos retos económicos y políticos que se presenten.

Los elementos generales del mecanismo son:

Vigencia: 16 años prorrogables por periodos similares. Las partesconfirman mantener el acuerdo, a través de su Jefe de Estado o Gobierno.

Revisión y extensión automática: las revisiones serán conjuntas. Laprimera se realizará al 6° año después de la firma del Tratado y la siguienteserá 6 años después.

o Al final de cada revisión, las partes podrán confirmar su decisiónde extender el acuerdo por otros 16 años; o

o Si alguna de las partes no confirma su decisión de extender elacuerdo durante la revisión de 6 años;

Se llevará a cabo una revisión conjunta cada año,durante 10 años. Se busca solucionar los elementos queno permitan extender el acuerdo. En el escenario de quese llegue al año 16 sin confirmar la extensión del acuerdo,se concluiría.

Con este mecanismo, se logró evadir la propuesta de EEUU de terminación del Tratado pasiva y fácil a los 5 años de la entrada en vigor, a menos que hubiese acuerdo escrito y unánime de las partes de continuarlo.

Una aportación fundamental del equipo de transición durante las negociaciones fue el hecho mismo de abrir el tema para negociación, y de diseñar y proponer la contrapropuesta ganadora de “la cláusula de revisión” de largo plazo, que evita la acumulación de tensiones.

Sin duda fue uno de los temas más difíciles de la negociación, puesto que no había sido tratado en absoluto una semana antes del cierre de la negociación EEUU-México.

15