derecho a una muerte digna

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DERECHO A MORIR DIGNAMENTE

JESSICA ALEJANDRA BONILLA JUAN SEBASTIAN ARIAS GUZMAN

MARIA FERNANDA JIMENEZ BEJARANO

MUERTE

1er. transplante cardiaco… 1967… ¿“un proceso” o “un instante único”?

“... la muerte no es un momento, sino un proceso de

cesación progresiva del funcionamiento de los distintos

órganos comenzando por la paralización irreversible de

alguna función vital y terminando con la muerte

celular”(determinación del momento de la muerte y la

presunción legal del consentimiento del dador en el

transplante cadavérico de órganos-ll 1994-E-1338).”

DIGNIDAD “Realce, Excelencia”

“Gravedad o decoro de las personas en la manera de

comportarse”

EUTANASIA, DISTANASIA Y ORTOTANASIA

“eu”, bien y “tanasia” muerte

diccionario terminológico de Ciencias Médicas

“muerte suave, indolora y sin agonía”

“muerte provocada sin sufrimiento, por medio de

agentes adecuados”

Conferencia Episcopal Española

“homicidio

por compasión”

“art.73-1 se impondrá prisión de 2 a 6 anos... c) al que

matare a otro, motivado con móviles humanitarios con el

fin de concluir con los padecimientos físicos irrevisibles

previamente certificados y con el consentimiento de las

víctimas”. (Proyecto de código penal aprobado por la

comisión de legislación del senado, orden del día

numero 19, 16-5-90 fecha de publicación).

AUTONOMIA

BENEFICENCIA

NO MALEFICENCIA

“primum non nocere”

"Haré uso del régimen de vida para ayuda del enfermo, según mi capacidad y recto entender. Del daño y de la injusticia me preservaré".

JUSTICIA

¿Se justifica mantener artificialmente la vida de un paciente terminal, sometiéndolo a tratamientos inútiles, sin una esperanza

razonable de recuperación?.

En la actualidad el derecho a morir dignamente es una posición que no suele ser acogida religiosa, moral y jurídicamente.

Prima el respeto por

la vida, fundamento ético

de la profesión médica

"No daré una droga mortal a

nadie si me lo solicitare,

ni sugeriré este efecto".

velar con sumo interés

y respeto por la vida

humana

"velar con sumo interés y

respeto por la vida humana (...)".

ESTATUTOS Y NORMAS

CODIGO INTERNACIONAL DE

ETICA MEDICA

Artículo 28.1. El médico nunca provocará

intencionadamente la muerte de un paciente ni por

propia decisión, ni cuando el enfermo o sus

allegados lo soliciten, ni por ninguna otra exigencia.

La eutanasia u "homicidio por compasión" es

contraria a la ética médica.

CODIGO PENAL COLOMBIANO

Artículo 326. Homicidio por piedad. El que Matare a

otro por piedad, para ponerle fin a intensos

sufrimientos provenientes de lesión corporal o

enfermedad grave e incurable, incurrirá en prisión

de seis meses a tres años".

DERECHOS DEL PACIENTE

Resolución No.13437 de Noviembre 1 de 1991

Derecho a recibir la mejor asistencia médica

disponible durante el proceso de la enfermedad,

respetando sus deseos, en caso de enfermedad

irreversible

DERECHOS QUE DEBEN SER CONSIDERANDOS

EN LA CONSTITUCIÓN COLOMBIANA

1. Recibir cuidados suministrados con

consideración y respeto.

2. Recibir información suficiente y clara

acerca de su enfermedad, el curso del

tratamiento y las perspectivas de su recuperación..

4. Ser consultado y obtener su consentimiento

sobre procedimientos diagnósticos y terapéuticos,

advirtiéndosele los riesgos a que puede exponerse

si se omiten o se practican

5. Aceptar a rehusar los procedimientos diagnósticos

o terapéuticos que le hayan sido propuestos.

6. Señalar la o las personas en quienes pueda

delegar la autoridad y la responsabilidad en la toma

de decisiones relativas a esos procedimientos.

DERECHO A MORIR DIGNAMENTE Y LA

RELIGIÓN

El tema de la eutanasia se plantea como un

dilema ético con fuertes raíces en valores

religiosos y en concepciones de la vida

humana.

“ no se puede olvidar la dignidad y calidad de vida cuando se esta batallando entre la vida y la muerte”