Principios procesales

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PRINCIPIO DE INICIATIVA DE PARTE Y CONDUCTA PROCESAL Este principio informa sobre la facultad de las partes para promover el inicio del proceso, con el uso de su derecho de acción (demandante o denunciante) y el derecho de contradicción (demandado o denunciado); derecho de ofrecer su sus pruebas El proceso solo se promueve a iniciativa de parte, la que invocara interés y legitimidad para obrar. Todos los partícipes en el proceso, adecuan su conducta a los deberes de veracidad, probidad, lealtad y buena fe.

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PRINCIPIO DE INICIATIVA DE PARTE Y CONDUCTA PROCESAL

Este principio informa sobre la facultad de las partes para promover el inicio del proceso, con el uso de su derecho de acción (demandante o denunciante) y el derecho de contradicción (demandado o denunciado); derecho de ofrecer su sus pruebas

El proceso solo se promueve a iniciativa de parte, la que invocara interés y legitimidad para obrar.

Todos los partícipes en el proceso, adecuan su conducta a los deberes de veracidad, probidad, lealtad y buena fe.

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LA CONDUCTA PROCESAL.- Conjuntos de principios destinados a regular la corrección de los intervinientes en el proceso, para lo cual se ha incorporado una serie de sanciones que aseguren la vigencia real de este principio. Sanción pecuniaria, resarcir los perjuicios ocasionados.

LEALTADcumplimiento de lo que exigen las leyes de la fidelidad y las del honor.

PROBIDADHonradez e integridad en el obrar, la rectitud de ánimo.

BUENA FEHonradez, rectitud, el buen proceder. Una conducta sin intención de dañar dolosamente.

VERACIDADActuación y expresión con arreglo a la verdad de los hechos y las cosas. Actuar dentro de la verdad

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PRINCIPIO DE INMEDICACIÓN, CONCENTRACIÓN, ECNONOMÍA Y CELERIDAD PROCESAL

Principio de Inmediación

Trato directo e inmediato con todos los elementos subjetivos y objetivos que conforman el proceso.

Principio de Concentración

El desarrollo del proceso

menor uso posible de actos procesales

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Procura la obtención de mayores resultados con el empleo de la actividad procesal que sea necesaria. Está referido al ahorro de tiempo, gastos y esfuerzos.

Los actos procesales deberán realizarse en el menor tiempo posible respetando las normas del debido proceso.

Principio de Economía Procesal

Principio de Celeridad Procesal

• El proceso debe resolverse en un tiempo prudencial y oportuno.

• Lo costos del proceso no impidan que las partes hagan efectivos sus derechos.

• Concretar el fin del proceso, evitando la realización de actos regulados, pero que resultan innecesarios para alcanzar el objetivo.

(Ahorro de tiempo)

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PRINCIPIO DE SOCIALIZACIÓN DEL PROCESO

Evitar la desigualdad entre las personas por razones de:

Para que no afecte el desarrollo o resultado del proceso

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JUEZ Y DERECHO (IURA NOVIT CURIA)

El Juez conoce mejor el derecho que las partes

El juzgador se encuentra en la obligación de aplicar la norma jurídica que corresponda a la situación concreta. Sin que ello signifique un pronunciamiento ultra petita.

Se aplica en 2 supuestos: cuando las partes han invocado erróneamente la norma, y cuando no han invocado la norma.