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    Coln comete muchos errores + )uel)e preso del segundo )iae, muere po!re + enfermo en 1;?ordesillas firmado el de unio de 1(. Este tratado fia la l*nea de separacin a 3?leguas al oeste de las 2zores, o sea, unos 1

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    /os portugueses se adentraron mucho mas all de lo pactado, pues los castellanos aun no llega!an aesos lugares. En estas zonas formaron po!lados + Castilla tu)o que reconocer esto ur*dicamente. En 1;?am!os reinos firman el tratado de Iadrid donde se reconoce la so!eran*a portuguesa en el territorio delactual 9rasil. Huedan !ao Castilla: rugua+, -aragua+ + la ri!era del ri de la -lata. Ionte)ideo se creocomo un fuerte para e)itar que los portugueses a)anzaran + tomaran el ri de la -lata.

    C%n&e!uen!'a& Ju($'!a& $e la D%na!')n *%nt'+'!'a/as tierras que 2leandro 4$ don a los @e+es Catlicos terminan por incorporarse en formaperpetua a la corona castellana. "Corona J @e+es%. Estas tierras fueron donadas a los re+es, peroquedaron incorporadas a la corona.

    egn el derecho comn, )igente en esa poca, si los monarcas no enaena!an en )ida esas tierras,al fallecer se incorpora!an de pleno derecho a la corona que representa!an. Esto ocurri con la muertede $sa!el en 1;? + luego de don Aernando en 1;1< en que las tierras pasan a ser de la corona.

    Carlos 4, nieto de los @e+es Catlicos, para no dear dudas so!re esta incorporacin, con una le+de 1;1( las declara expresamente incorporadas a la corona de Castilla, le+ que es reiterada en 1;'? + en

    1;'3 + que se agreg a la @ecopilacin de /e+es de $ndias de 1

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    pueda go!ernar: el poder )uel)e a la comunidad de cada reino + de!en elegir untas con s!ditos de esereino. Estas untas eran go!iernos pro)isorios leales al re+.

    /a primera unta elegida fue la castellana en Cdiz, para reemplazar al re+ + expulsar a losfranceses, pero en ningn caso pod*a go!ernar los reinos indianos, por eso es que cada reino indiano de!*aelegir su propia unta.

    P%l/'!a $e l%& Ju&t%& T(tul%&

    Aue un de!ate p!lico que se inicia en Castilla a principios del siglo 74$ luego del descu!rimientode 2mrica + donde se discuten ' cuestiones fundamentales:1.= qu t*tulos de so!eran*a tiene la corona de Castilla so!re 2mrica, es decir cul es el fundamentour*dico de la ocupacin "aspecto terico%.'.= qu condicin ur*dica se de!e reconocer a los indios, es decir que derechos + que o!ligaciones tienefrente a la corona "aspecto practico%.

    Este de!ate se inicia en diciem!re de 1;11 cuando un sacerdote dominico fra+ 2ntonio deIontesinos, que hace una acusacin pu!lica en una misa mu+ concurrida con las mas altas autoridadesenca!ezadas por don Diego Coln0 dice que ciertos espa&oles que tienen ind*genas tra!aando con ellos,!ao la forma de la institucin del @epartimiento han cometido a!usos gra)es + les dice que estn enpecado mortal + se )an a condenar. Esta denuncia causo un gran impacto en la poca0 don Aernando alinformarse cita a una unta de telogos + uristas para escuchar a Iontesinos + poner solucin a estepro!lema.

    Esa unta se conoce como K#unta de 9urgosK, pues se reuni en esa ciudad en fe!rero de 1;1'0 deesta unta se o!ser)an las siguientes consecuencias:

    1.= se formulan una serie de declaraciones que sern los principios !sicos en los que se construir elderecho indiano

    '.= la #unta redacta un documento llamado @equerimiento, que ten*a por o!eto notificar a los indios desu condicin de s!ditos del re+ de Castilla + de los derechos + o!ligaciones que ten*an como tal.

    3.= Dictacin de las le+es de 9urgos.

    1.- De!laa!'%ne& $e la Junta $e Bu#%&/a #unta formula una serie de principios !sicos que )an a ser el fundamento de las le+es dictadaspara 2mrica.a.= e declara que los re+es de Castilla tienen so!eran*a so!re 2mrica en )irtud de la donacin papal +que los indios son sus s!ditos pero como hom!res li!res.

    !.= /a segunda declaracin profundiza el tema de la li!ertad ind*gena, su condicin en lo pu!lico quedandodescartada la escla)itud + ser)idum!re0 todas las le+es para 2mrica, entonces, tienen que tomar comopremisa que son para personas li!res.

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    c.= /a tercera declaracin se refiere a la e)angelizacin de los indios0 se declara que la corona tiene elde!er de e)angelizar + para esto tendr que otorgar todos los medios que sean necesarios para lograrlopor medios pac*ficos. o!re esto hu!o una discusin so!re si se hacia con soldados o sin ellos.

    d.= na cuarta declaracin se&ala que los ind*genas, como todo s!dito, tienen la o!ligacin de tra!aar lacorona de!er reglamentar el tra!ao de tal manera que el tra!ao del ind*gena no impida la

    e)angelizacin + adems de!e tener tiempo para tra!aar sus propias tierras.e.= /a quinta declaracin se&ala que se reconoce el derecho de los indios que tra!aan a un salario usto +ese salario se puede pagar en dinero o en especies tasadas por la usticia.

    f.= En una sexta declaracin la unta reconoce la propiedad ind*gena so!re sus !ienes mue!les, lo que serconstante en el derecho indiano0 esto se )e cuando la Corona entrega tierras a personas siempre queestas tierras no sean ind*genas.

    ".- Re$a!!')n $el Reue''ent%

    Es un texto que la unta le ordena redactar a un urista de derecho comn llamado #uan /pez de -alacios@u!io. Con el requerimiento se pretende notificar a los indios de su condicin de s!ditos de la coronacastellana + que en consecuencia tiene o!ligaciones + derechos0 el documento se !asa en el titulo de ladonacin pontificia. El requerimiento tiene por finalidad e)itar, en lo posi!le, el uso de la fuerza con losindios, por lo que la unta dispone que o!ligatoriamente cuando los espa&oles tomen contacto por primera)ez con los indios de!ern leerles este documento en presencia de sus caciques + se les de!e dar tiempopara que respondan. e utiliza por primera )ez en -anam desde 1;13 hasta 1;'0 se sa!e que don -edrode 4aldi)ia cumpli con este trmite al llegar al )alle del Iapocho.

    C%nten'$% $el Reue''ent%

    Comienza se&alando que Dios ha creado todo lo que existe, al uni)erso + al hom!re, luego que loshom!re por di)ersas razones se di)idieron formando pue!los + naciones diferentes, incluidos los pue!losind*genas + que en uno de esos pue!los naci #esucristo hio de Dios, quien luego de estar en la tierraregresa al -adre, pero antes funda la $glesia deando como efe + sucesor a -edro + ste + sus sucesorestienen poder so!re la tierra + que en )irtud de ese poder el -apa 2leandro, sucesor de -edro, hizodonacin de esta tierras a los re+es de Castilla, todo lo cual consta en las !ulas, + por eso los ind*genaseran s!ditos de los re+es + ten*an derechos + o!ligaciones + una de ellas es la fidelidad + o!ediencia alre+0 se agrega!a que si los s!ditos o!edecen sus o!ligaciones, los re+es los protegern + si no, se lescastigar como a los dems s!ditos. -ara que la aceptacin de la autoridad del re+ fuera )alida de!*anhacerlo frente a sus caciques, efes de la comunidad.

    i !ien el @equerimiento tiene una finalidad positi)a ha sido criticado pues se !asa en un derecho que losind*genas no entienden ni conocen que es el derecho comn, por lo que se dio que de!i ha!erse !asadoen el derecho natural que es aplica!le a todos los hom!res, sean o no cristianos.

    0.- D'!ta!')n $e la& Lee& $e Bu#%&Con este nom!re se conoce a 3( le+es redactadas por la unta entre 1;1' + 1;13, le+es que tienen

    por o!eto proteger los derechos de los indios que tra!aan en el sistema de repartimiento0 eran mu+detalladas con la idea de proteger lo ms posi!le a los tra!aadores

    F!eti)os

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    B fortalecer la condicin de los indios como personas li!resB reforzar e incenti)ar la e)angelizacin de los indios, por lo que se esta!lece como responsa!ilidad de losempleadores e)angelizar a los indios, por lo que de!en construir un templo + lle)ar a un cura doctrinero,etc.B regular el tra!ao ind*gena de manera que no impida la e)angelizacin + adems sea compati!le con eldescanso de los indios + su recreacin + tiempo para tra!aar sus propias tierras0 estas le+es disponen

    que esta prohi!ido el tra!ao de mueres + ni&os sal)o en la!ores domesticas, se regula tam!in el salario+ los elementos que el empleador de!e entregarles, como semillas + animales de crianza.

    e puede decir que estas son las primeras le+es dictadas por la corona en materia ind*gena, luegose dictan otras le+es, como las /e+es ue)as de 1;'./as le+es no siempre se cumpl*an por lo que la corona !usca!a como hacerlas cumplir0 uristas inglesescre+eron que estas le+es eran !astante a)anzadas para su tiempo, pues los tra!aadores europeos notu)ieron una legislacin similar sino hasta el siglo 7$7, o sea, ?? a&os despus.

    /a polmica de $ndias ha sido uzgada como un de!ate producti)o, o sea, que dio frutos + uno de

    ellos es la legislacin protectora de los indios americanos. En esta polmica de $ndias, inicialmente, seutiliz el derecho comn para resol)er tanto el aspecto prctico como el terico0 en una segunda etapa losuristas !uscarn las respuestas en el derecho natural, porque se dice que este es un derecho aplica!le atodo ser humano. El primer autor que utiliza el derecho natural fue el dominico fra+ 9artolom de laCasas, pero el ms famoso es el gran dominico Arancisco de 4itoria que fue el gran exponente del derechonatural en la -olmica + que la lle)a a una solucin ur*dica, incluso se considera el fundador del derechointernacional pu!lico moderno.

    ace el a&o 18< + fallece en 1;

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    a+ que se&alar que la propiedad exist*a en 2mrica antes de llegar los espa&oles0 los ind*genasten*an un rgimen de propiedad el que cam!ia al llegar los espa&oles + al surgir el derecho $ndiano.

    C%n!e*t% $e P%*'e$a$ In$(#ena

    Esta propiedad est reconocida + protegida por el derecho $ndiano0 por propiedad ind*gena en el sistemaur*dico indiano, se entend*a aquellas que tienen los ind*genas so!re !ienes mue!les + !ienes ra*ces a lallegada de los espa&oles a 2mrica0 aunque hu!ieron pue!los ind*genas que solo conocieron la propiedadso!re !ienes mue!les, como los pue!los nmades o cazadores el sur de 2mrica.

    /a corona reconoce la propiedad tanto de los nmades como la de los pue!los sedentarios + as*fueron consideradas tierras ind*genas todas aquellas donde los indios ten*an sus )i)iendas, sus tierras deculti)o indi)idual o colecti)a, + los sitios rituales, incluidos los cementerios.

    En el derecho indiano encontramos ' o!eti)os que se !uscan so!re las tierras de $ndias:1.= @econocimiento de las tierras ind*genas'.= -roteccin de la propiedad ind*gena con la intencin de que esas tierras no salgan de manos ind*genas,

    sino que los mismos indios las tra!aen.C%n!e*t% $e P%*'e$a$ Realen#a

    Es la propiedad que tiene la corona so!re las tierras de 2mrica, so!re las aguas dulces + so!re+acimientos mineros. on realengas, en principio, todas las tierras que no son ind*genas, pues son, en esemomento, las ' nicas formas de propiedad.

    3un$aent% Ju($'!% $e la P%*'e$a$ Realen#a

    Esta propiedad de la corona tiene un origen en la donacin pontificia, pero no surge directamente0 se dice

    que la donacin dio a los re+es, so!eran*a + de sta surge a su )ez la propiedad so!re los !ienes indianospor lo que tendr*a un fundamento de derecho -u!lico. /os uristas de la poca dec*an que la corona ten*aun Dominio Eminente con la intencin de distinguirlo del dominio pri)ado o particular.

    $nicialmente, la ma+or parte de las tierras de 2mrica eran realengas, porque la tierra ocupadapor los indios era porcentualmente menor a las tierras que ocupa!an. a+ datos de la poca que dicen queen la zona de ocupacin castellana ha!*a solo 13 millones de indios, siendo los focos ms amplios Ixico +-er.

    C%n!e*t% $e P%*'e$a$ P'4a$a % $e Pat'!ulae&

    En el siglo 74$ surge este tipo de propiedad, principalmente a tra)s de las mercedes de tierras,que son concesiones que hace la corona de tierras realengas a los particulares0 es un acto ur*dico a titulogratuito.

    $nicialmente, las mercedes se otorgaron por la corona para pagar un compromiso o !ien parapremiar a los s!ditos que ha!*an participado en las empresas de descu!rimiento + po!lacin. /asmercedes pod*a otorgarlas el efe de la empresa0 tam!in el go!ernador, el )irre+ + por algn tiempo sefacult a los ca!ildos para donar tierras. Esta facultad de los ca!ildos dur solo hasta 1;8? cuando Aelipe$$ los pri)a por ha!er irregularidades en esta entrega, como la entrega de tierras a familiares de losregidores.

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    TRAMITES PARA OBTENER UNA MERCED DE TIERRA REALEN5A

    El particular de!*a realizar ; trmites:

    1.= -eticin de Ierced'.= $n)estigacin

    3.= Donacin.= >oma de -osesin;.= @eal Confirmacin

    1.- Pet'!')n $e Me!e$:>rmite que se realiza por escrito dirigida al go!ernador o al )irre+ pidiendoque le haga donacin de una propiedad realenga. /a peticin de!*a se&alar las caracter*sticas del terrenoque se esta!a pidiendo0 adems, se de!e decir para qu se pide la tierra.

    En los documentos de la poca se )e que se ped*an tierras para sem!rar cereales, para huertospara criar ganado ma+or o menor, para realizar comercio agr*cola, etc.

    olo puede pedir tierras el que tiene condicin o calidad ur*dica de )ecino del lugar que se ped*a,

    pues la corona quiere que las personas se esta!lezcan en un lugar para po!lar0 adems, la corona quiereque todos los lugares de 2mrica sean prsperos. En la peticin de!*a pro!arse la condicin de )ecino, que se hacia con un certificado que entrega!ael Ca!ildo, pues ste lle)a!a un registro de todas sus )ecinos. Este documento se llama!a Carta de4ecindad.

    En esa poca las personas ten*an ' caracter*sticasB aturaleza: como sinnimo de nacionalidadB 4ecindad: )inculo con un lugar determinado

    Era con)eniente agregar a la peticin un Iemorial de er)icio, lo que ho+ ser*a un Curriculum

    4itae, donde se destaca, especialmente, los ser)icios que la persona ha+a ofrecido al re+, incluso sepod*an in)ocar ser)icios de los antepasados, pero esto ha!*a que pro!arlo. El encargado de reunir,conseguir + trasladar estos documentos p!licos se denomina olicitador.

    ".- In4e&t'#a!')n

    Es una diligencia que se hace en terreno con el o!eto de )erificar que la tierra que se pide es realenga +que no pertenece a particulares o a ind*genas. /a ordena la autoridad que de!e otorgar la merced ennom!re del re+.

    #unto con la peticin, el pregonero pu!lica!a la peticin en forma oficial0 el pregonero pertenece

    al Ca!ildo. El pregonero de!*a certificar que los pregones se ha!*an cumplido.Cuando se hace la in)estigacin se )a al lugar + se le pregunta a los dems )ecinos o ind*genas si elterreno es de ellos0 si no ha+ oposicin, se le indica al agrimensor que mida el terreno0 este documento demensura se agrega al expediente, el que es de)uelto al go!ernador para )er si hace la donacin.0.- D%na!')n

    Es el acto ur*dico por el cual la autoridad transfiere el dominio de propiedad realenga a unparticular0 la donacin solo es posi!le cuando se trata de una peticin de merced donde no ha ha!idooposicin o sta ha sido rechazada.

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    e materializa a tra)s de una resolucin de la autoridad que representa al re+, quien, a tra)s deuna resolucin su+a "real% transfiere el dominio de tierra realenga a un particular.

    /e resolucin donde consta esta transferencia dea!a expresa constancia de que esta!a prohi!idodonar o ceder la tierra a comunidades eclesisticas0 esto se de!e a que la iglesia tenia sus tierras"construccin de iglesia, monasterios, etc% + fue una pol*tica de la corona e)itar la formacin de grandespropiedades en manos de una persona "natural o ur*dica%.

    En la resolucin + el titulo que tiene el particular, se se&ala la calidad + cantidad de la tierradonada, su u!icacin + generalmente se se&ala!a el uso que le dar*a a la tierra "culti)o, ganader*a, etc%.

    6.- T%a $e P%&e&')nEs un acto ur*dico importante, solemne que se realiza en presencia de la autoridad real local0 de!e

    estar presente el interesado + de todo lo que se hace se le)anta!a un acta de toma de posesin lo quetiene gran importancia ur*dica.Es un acto ritual donde el particular en presencia de testigos realiza una serie de actos con los quemanifiesta la )oluntad de hacerse due&o. ormalmente se marca!a el lugar, se realiza una la!or delimpieza sim!lica, etc.

    2 partir de la fecha de esa 2cta comenza!a a correr un plazo que tenia el !eneficiado paraconstruir la propiedad, si es ur!ana, o tra!aar la tierra, si es rural, plazo que era de a ; a&os,dependiendo del lugar de 2mrica0 si no se cumple opera una condicin resolutoria + el terreno )uel)e a lacorona que puede entregarlo a otra persona.

    7.- Real C%n+'a!')n

    >ramite indispensa!le para que el titulo fuera perfecto. /e corresponde realizarlo al re+ enestricto rigor unto al Conseo de $ndias0 sin em!argo, en la practica, por la lean*a del re+, normalmentequienes lo hac*an eran los )irre+es o go!ernadores en representacin del monarca, firma!an la merced,

    por cierto teniendo en cuenta que se han cumplido todos los tramites legales +a enunciados./as mercedes de tierras no eran todas iguales ni ten*an el mismo tama&o0 as* hu!o mercedesur!anas, semi=ur!anas + otras de carcter eminentemente rural, leos de la ciudad./a t*pica merced de tierra ur!ana es el olar, que es una extensin de tierra dentro de la ciudad deaproximadamente 18?? metros cuadrados que se equi)al*a a un cuarto de manzana, que es un cuadradocortado por calles con una dimensin legal de no mas de 1'; metros cuadrados por lado.El solar, segn los textos de la poca, se otorga!a para construir casa, molino o esta!lecimientocomercial. ormalmente se reser)a!a una manzana completa a la iglesia, otra para el ca!ildo o municipio +los tri!unales que esta!an destinados por le+ alrededor de la -laza de 2rmas.

    /as propiedades semi=ur!anas o Chcaras o Chacras se u!ica!an cerca de la ciudad, pero no en el

    radio ur!ano, se entrega!an para que los conquistadores realizaran sus culti)os, alimentaran a su familia.2l fundarse antiago hu!o un !arrio para espa&oles + uno para ind*genas0 4aldi)ia trao unos mil indiosperuanos los que fueron u!icados en el orte Chico + otros se u!icaron en antiago, al norte delIapocho, en lo que ho+ es @ecoleta o Chim!a "!arrio de la 4ega%.

    /a propiedad @ural, o Extensa es la que se u!ica leos de las ciudades destinadas para la!oresagr*colas + ganaderas0 en la poca se les llam aciendas o Estancias.

    $nicialmente hu!o poco inters en Chile por esa propiedad, pues se tra!aa!a principalmente en laminer*a0 esto comienza a cam!iar a fine del siglo 74$ + comienzos del siglo 74$$, pues existe ma+orinters por la propiedad extensa, esto por )arios moti)os:

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    B en Chile hu!o un alzamiento ind*gena en el sur, por lo que muchos espa&oles hu+eron al norte del 9*o= 9*o+ comenzaron a pedir tierras.B se a!re un importante mercado para productos agr*colas hacia -er "cereales, carne, ce!o, cueroincluso animales )i)os%.

    Existi tam!in lo que los autores llaman la -ropiedad Comunal, o sea la corona entreg tierras a los

    ca!ildos o municipios para que estas instituciones las administraran0 estas tierras comunales reci!*an elnom!re de Eidos + Dehesas. Estos terrenos eran regulados en su uso por el ca!ildo quien:B pod*a autorizar su uso gratuito por parte de los )ecinos para cortar le&a, hacer pastar animalesB pod*a co!rar por su uso para ganar dinero para el Ca!ildo.

    Estos terrenos no se pod*an ceder a los particulares para e)itar la so!repo!lacin presente ofutura

    C%*%&'!')n $e t'ea&

    Aue un mecanismo administrati)o creado por la corona para regularizar la tenencia de la tierra,

    e)itando as* la ocupacin de tierras sin titulo, e)itando una ocupacin ilegal o contraria a derecho ousurpacin. /a corona se preocupa de este tema desde fines del siglo 74$ a tra)s de la composicin. Elderecho castellano era especialmente riguroso en cuanto a castigar a los usurpadores o precaristasa!*a normas que castiga!an a estos usurpadores de tierras sin t*tulos. Este es un pro!lema que existehasta ho+, pues la repu!lica tam!in ha creado mecanismos para e)itar el desorden en la tenencia detierras. En Chile ha+ un decreto le+ M 'ierras, tam!in llamadoComisario de >ierras. Este funcionario ten*a la o!ligacin de recorrer el distrito exigiendo a losocupantes de tierras sus t*tulos0 para esto se apo+a!a en algunos registros de propiedad que el ca!ildo

    tenia adems de un plano del lugar. El comisario utiliza!a esta documentacin para compararla con lost*tulos. De!*a coincidir el titulo con la mensura que se hacia. -od*a ocurrir que la persona estu)ieraocupando la tierra sin titulo, o !ien que estu)iera ocupando ms tierra de lo que dec*a el titulo0 en estos 'casos esta tierra se llama!a KDemas*aK que ur*dicamente es tierra realenga, sal)o que un particular lograacreditar que le pertenece. Esta declaracin de demas*a la hacia el comisario, declaracin que pod*a serapelada ante la @eal 2udiencia por los que sintieran afectados.

    i era declarada la demas*a el #uez de!*a hacer lo siguiente:B hacer una tasacin por peritos + se le ofrece esa tierra al ocupante para que lo compre por el )alor deesa tasacin0 esto era una preferencia de compra con la intencin de e)itar conflictos entre personas0 el

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    ocupante tiene un plazo + se permit*a pagar en cuotas con garant*a hipotecaria0 si el ocupante no comprala tierra, la corona queda facultada para )ender en pu!lica su!asta a K)ela + pregnK, pues el martilleropon*a en su mesa una )ela + acepta!a posturas hasta agotar la )ela.

    En Chile la primera composicin de tierras se realizo en 1

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    corona pretendi esta!lecer con )ecinos ind*genas a los que se entrega tierras en esos lugares, en lasle+es de la poca se ha!la de -ue!los de $ndios o Aundos /egales.

    El primer paso lo dio la corona en el a&o 1;?? cuando se crearon algunos de estos pue!los enCentroamrica0 en Chile, la primera norma ur*dica que se refiere a los pue!los de indios es la >asa de5am!oa de 1;8?, regulando la organizacin de estos pue!los.En detalle podemos se&alar que la corona pretende con los pue!los de indios es que los ind*genas que )i)en

    dispersos )i)an en pue!los similares a los de los espa&oles, con ma+ores comodidades, siempre !ao laautoridad de su cacique "que siempre fue reconocido%, pues la corona nunca reemplazo a la autoridadind*gena por autoridades espa&olas, por eso en las le+es de indias se ha!la de K@epu!lica de $ndios +@epu!lica de Espa&olesK.

    -or otro lado con los pue!los de indios se !usca facilitar la e)angelizacin, pues se de!*a construiruna capilla.

    /a corona exig*a para fundar un pue!lo de indios la existencia de a lo menos 3?? )ecinos, que noes lo mismo que ha!itantes, pues )ecino es el efe de familia, por lo que ha!*an aproximadamente 1?personas por )ecino. Estos pue!los comprend*an un radio ur!ano, pero adems una zona aleda&a con

    tierras de culti)o. 2 cada )ecino se le de!*a entregar un solar en el pue!lo + ,; hectreas en la zonaaleda&a./os pue!los de indios ten*an como primera institucin para el go!ierno del pue!lo un Ca!ildo o

    Iunicipio en el que de!*an estar presentes:

    B el caciqueB un cura predicador o doctrinero, que esta!a a cargo de la e)angelizacinB un administrador del pue!lo que representa!a a la corona en el aspecto econmicoB el protector de naturales "criollo a!ogado%>odos ellos sin peruicio de los dems miem!ros del Ca!ildo.

    /os pue!los de indios esta!an suetos al control de la autoridad real en cuanto a los ingresos, serend*a cuenta a los oficiales reales que son funcionarios de acienda, que re)isa!an las cuentas de lospue!los./a corona esta!leci un marco legal para estos pue!los de indios donde claramente se )e ereconocimiento + proteccin, por E. respecto de los pue!los de indios:B exist*a prohi!icin a!soluta de )enta de sus tierrasB si un ind*gena fallec*a sin dear herederos sus tierras + sus !ienes pasa!an al pue!lo del que forma!aparte.

    /a corona trat de que se alterara lo menos posi!le la tranquilidad en la )ida de estos pue!los, porlo que un espa&ol o criollo no pod*a entrar sin la autorizacin de la autoridad del pue!lo, una excepcineran los hios de mueres ind*genas o mestizos que pod*an entrar a )isitar a sus familiaresFtra norma es que la corona dispuso que todos los territorios ind*genas de!*an estar aleados depropiedades no ind*genas en un per*metro de a lo menos 1??? )aras, la idea de esto es e)itar los litigiospor deslindes.

    En Chile se dictaron normas especiales so!re la propiedad ind*gena chilena, E.:= un auto acordado de la @eal 2udiencia de antiago de 1

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    cacique, ; al indio comn, 3 a la india )iuda + de!*an adems reser)arse ' de tierras para tra!ao comnpor cada 1? indios. Esto se caracteriza por ser costum!re ind*gena transformada en le+.

    P%*'e$a$ &%8e la& a#ua& en el Dee!2% In$'an%

    Es la !ase de la actual legislacin so!re las aguas terrestres. egn el cdigo de las partidas,

    texto ur*dico que se aplica!a en 2mrica como supletorio, tam!in en materia de aguas, las aguas dulcesen 2mrica pod*an constituir di)ersos tipos de !ienes + as* hu!o algunas aguas que fueron consideradaspor las partidas !ienes comunes a todos los hom!res "aguas llu)ias + el agua de los r*os%, por eso laspartidas prohi!*an en los r*os realizar cualquier o!ra que impidiera la li!re na)egacin o que des)iara elcurso natural del r*o.-or otro lado las partidas declara!an como agua de dominio pri)ado el agua de pozo "su!terrnea% cuandoeste esta u!icado en propiedad pri)ada.

    egn las partidas otras aguas eran !ienes sagrados + fuera del comercio humano "agua !endita oconsagrada para el culto%. Ftras aguas son para uso de una comunidad determinada "fuentes p!licas

    construidas por los ca!ildos%. -or otro lado segn las partidas ciertas aguas eran !ienes realengos quepertenecen a la corona, a esta corresponden las aguas dulces de 2mrica, es decir, las aguas dulcespertenecen a la corona, lo que esta puede hacer es ceder a particulares el derecho de uso a tra)s de unamerced de agua, con las limitantes que la corona estimara necesario esta!lecer. /a corona pod*a otorgarel derecho a usar el agua a un ca!ido o !ien a particulares, cuando era a particulares era una mereced deaguas, esta se pod*an otorgar para consumir el agua "riego% sin de)ol)erla, ha!*a otras que o!liga!an ade)ol)erla "mo)er un molino%./os derechos de apro)echamiento de aguas actualmente se de!en inscri!ir en el registro de !ienesra*ces.

    P%*'e$a$ &%8e a!''ent%& 'ne%& en el $ee!2% 'n$'an%Este tema sir)e de !ase al estudio del derecho de Iiner*a actual. En el derecho de castilla + en la

    doctrina castellana hasta principios del 74$ hu!o poca claridad so!re el derecho de propiedad so!re lasminas, ni en legislacin ni en doctrina.

    olo en 1;;(, a partir de aqu*, con una le+ del re+ Aelipe $$ se dispone clara + categricamente quelos +acimientos mineros en general pertenecen a la corona, la que ten*a un dominio eminente so!re ellas,pudiendo otorgar un derecho de explotacin a particulares !ao una serie de requisitos. Esta norma seaplica en 2mrica./a razn de llegar a ese principio es que desde siempre se considero que los +acimientos mineros eran

    mu+ importantes para el progreso econmico de una comunidad, as* como su explotacin, de!en serexplotados, por lo que no se puede entregar a la )oluntad de un particular.En 2mrica la corona a tra)s de una merced de minas otorga!a el derecho a explotar un

    +acimiento, pudiendo otorgarlo a cualquier ha!itante de 2mrica, incluso a extraneros domiciliadoslegalmente en 2mrica, queda!an excluidos las altas autoridades territoriales de la corona, los quefiscaliza!an la miner*a + tam!in los eclesisticos.

    C%n&t'tu!')n $e la *%*'e$a$ 'nea

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    -ara empezar toda persona tenia derecho a !uscar +acimientos mineros en tierras de cualquierpropiedad, incluso se esta!lec*a una multa de mil pesos de oro para quien entorpec*a los tra!aos de!squeda, quien descu!r*a un +acimiento minero de!*a cumplir con el tramite de registro ante el uez mascercano para luego poder pedir la merced, hecho el registro existe un plazo en que puede pedir la mercedsolo esa persona, pasado pod*a pedirlo cualquiera, el plazo era de 3? d*as + que en el caso de los indios seamplia!a a (?.

    /a corona al otorgar la merced otorga el derecho a explotar, extraer el material, ese derecho queda!asueto a una condicin resolutoria, si no cumpl*a con ciertas o!ligaciones0 pod*a quedar sin efecto lamerced + la corona pod*a otorgrsela a otro.

    Reu'&'t%&

    = pagar los impuestos que gra)a!an la miner*a, como el 1N; real "'?O de la cantidad de metal extra*do enun a&o%0 el 1,;O anual para pagar a los funcionarios fiscalizadores + un 1O al due&o de la propiedad si elterreno era de un particular o de la corona.El ;M real se paga!a en el mismo momento en que el metal era refinado se dea!a una ;M parte para la

    corona + se odia refinar solo en los lugares de la corona, el metal se entrega!a quintado. Era castigado,incluso con pena de muerte trasladar metal no quintado a lugares que no son la fundicin legal= tra!aar el +acimiento en el plazo que esta!lezca la le+, en Chile + -er era de un a&o + un d*a desde quese otorga!a la merced, en Ixico era de meses.

    egn el derecho indiano una persona pod*a pedir + registrar hasta < +acimientos mineros./a corona se reser)o para si la explotacin de ciertos minerales en los que no pod*an pedir merced

    particulares que eran el azogue + el mercurio, esto por una razn tcnica pues eran indispensa!les paraaliar oro + plata, para acu&ar monedas, acti)idad que la corona quer*a e)itar que realizaran losparticulares0 esta acu&acin ilegal era sancionada con pena de muerte0 Chile pudo acu&ar sus monedassegn las le+es de $ndias en el siglo 74$$$.

    o+ en Chile el estado se reser)a la explotacin del litio por utilizarse en energ*a nuclear./a corona pu!lico le+es so!re miner*a:B en el siglo 74$ las mas importantes son las Frdenanzas de >oledo de 1; del )irre+ del -er Aranciscode >oledoB recopilacin de la le+es de los reinos de indias de 1

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    Re#ula!')n ,u($'!a $e la& e*e&a& $e $e&!u8''ent% !%nu'&ta $e A/'!a

    Estudiaremos:

    1.=normas ur*dicas que regula!an la actuacin de los representantes de la corona en la poca dedescu!rimiento + conquista "siglo 74$%.

    a=. ueste indiana!=. Capitulacionesc=. $nstrucciones

    a.- Hue&te In$'ana

    5rupo humano que acompa&a al conquistador en el descu!rimiento + conquista, se ha dicho quetiene ra*ces medie)ales, pues en la edad media en Espa&a grupos similares realizaron conquistasmar*timas + terrestres, el ingreso era )oluntario, pero una )ez que una persona se inscri!*a queda!ao!ligado a participar hasta el final de la empresa hasta el final, quedando sueto a sanciones del derecho

    militar si se retira, por lo que se aplican una serie de normas castrenses, mu+ estrictas, por em cuandocomienza el )iae + alguien a!andona comete desercin "pena de muerte%.El ingreso es )oluntario, pero una )ez registrado queda!a o!ligado a participar hasta el final de laempresa quedando sueto a sanciones militares si se retira!a pues esta institucin esta!a regulada portal derecho. -or E.:B si a!andona!a la empresa la falta coincide con el delito castrense de la desercin lo que era penado conla pena de muerte0 o sea, ha+ pena militar en una institucin que no lo es, + esto para asegurar el xito dela empresa.

    El caudillo o autorizado por la corona para realizar la empresa de!e preocuparse de conseguir a

    alguien que lo acompa&e, para esto el efe de la empresa normalmente lo que hacia era di)ulgar laautorizacin que se le ha!*a dado, para que se supiera que el esta!a autorizado + la gente se acercara, seusa!a pregonarlo, o poner la !andera en la casa, los interesados se enrola!an.

    Estas eran empresas pri)adas financiadas por el particular. El que se enrola!a pod*a aportaralgunos !ienes "armas, ca!allos, etc.% en ese caso el efe de la empresa se compromet*a a pagarlo.

    /a corona financio mu+ pocas empresas0 ha+ 3 importantes:B la de ColnB la expedicin de IagallanesB la conquista de -anam.

    i el efe de la empresa ni quienes lo acompa&an reci!en sueldo, la retri!ucin es en !ase a lospremios o mercedes si la empresa tiene xito./a razn de que la corona ha+a preferido la empresa pri)ada segn Aelipe $$ es que las personas cuidanmucho ms el dinero propio que el derecho pu!lico, seguramente la corona tenia escasez de recursos.2dems durante el siglo 74$ la corona espa&ola gasto muchos recursos defendiendo al papado en lasguerras religiosas contra otros estados como olanda en $nglaterra.

    /as huestes se organiza!an en 2mrica, no en Castilla + participan en ella americanos "nacidos en2mrica o que han )i)ido mucho tiempo en 2mrica%. /a nica organizada en Castilla fue la de Coln + la dela conquista de Cu!a0 pero todas las dems se organiza!an en 2mrica.

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    El 8?O de la hueste son ind*genas0 eemplo claro est en las conquistas de Ixico + de -er. /a conquistade Ixico se organiza en -anam, un '?O son !lancos, pero la gran ma+or*a eran ind*genas cercanos a losaztecas.

    4aldi)ia llega a Chile con 1;? espa&oles + 1;?? indios, estos indios ten*an fuero de conquistador"prcticamente los mismos derechos%

    4aldi)ia tam!in tra*a +anaconas "un tercio aprox.%, que segn el derecho incsico eran indios con

    una li!ertad restringida por lo que no ten*an tantos derechos. Estos +anaconas eran indios al ser)icio deotros indios, pero no de los espa&oles por lo que )en*an )inculados a otros indios. En los textos no senom!ra mucho a estos indios de ser)icio sin los cuales no hu!iera podido ser posi!le la conquista, puesha!*a que traer una gran cantidad de instrumentos.

    En cuanto al ni)el social de los espa&oles que )ienen en la hueste son un ;?O hidalgo, una no!lezamenor en Castilla + el otro eran pecheros, no no!les.

    u!o limitaciones con respecto a las mueres que participaron en la hueste, ms que nada paraprotegerlas. /a Casa de Contratacin no permit*a )enir a mueres solteras + para )enir de!*an tener unaautorizacin del padre o del tutor. Esto produo en un principio escasez de mueres espa&olas en los

    primeros a&os, lo que fue causal del fuerte mestizae en 2mrica."K4aldi)ia + sus compa&erosK, >ha+er Feda%

    8.- Ca*'tula!'%ne&

    Contratos que fia!an los derechos + o!ligaciones de los particulares + de la corona. Es un contratofuturo entre la corona + un particular para la prestacin de un ser)icio p!lico o la eecucin de unadeterminada empresa.

    Capitulacin: -acto o ContratoEs un contrato distinto al contrato entre particulares0 ha!*a una prerrogati)a exclusi)a de la

    corona para realizar este contrato. El re+ deleg esta funcin en la Casa de Contratacin radicada ene)illa0 todo el proceso de redaccin + preparacin del contrato se realiza!an en la Casa de Contratacin./as primeras capitulaciones referentes a las 2mricas son las que firm Coln en a!ril de 1('denominadas Capitulaciones de anta Ae.

    Cl9u&ula& e&en!'ale& $e la !a*'tula!')n

    1.= autorizacin para descu!rir, conquistar o po!lar un determinado territorio.'.= esta!lec*a los derechos o facultades del efe de la empresa0 generalmente era:B facultades udiciales, o sea, actua!a como uez en lo ci)il + en lo penal

    B = tenia facultades militares, lo que le permit*a, en ciertos casos, actuar como uez militarB = tenia la facultad de hacer mercedes en nom!re de la corona.

    3.= se&ala!a las o!ligaciones del efe de la empresa0 la importante era la financiera0 adems se le o!liga!aa lle)ar a unos sacerdotes, oficiales reales que cuidan los intereses de la corona

    .= -remios que reci!ir*an el efe de la empresa + los dems si esta ten*a xito. Como no reci!*an sueldose les compensa!a entregndoles premios0 en relacin a los premios la corona esta!lece o!ligacionesnaturales por lo que uno queda!a o!ligado a cumplirla. 2dems estas mercedes o premios estn suetas auna condicin suspensi)a que la empresa cumpliera sus o!eti)os.

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    2dems en toda capitulacin se de!*an insertar las le+es protectoras de los indios que estu)ieren)igentes a la fecha de la capitulacin.

    !.- In&tu!!')n.

    Detallan al mximo tanto las facultades del efe de la empresa como sus o!ligaciones. Eran

    )erdaderos contratos de mandato donde se delega!an una serie de facultades + atri!uciones de derechop!lico.Ftra funcin que cumpl*an estas instrucciones era referirse con detalle a las o!ligaciones del efe

    de la empresa0 encontramos normas que le dicen que de!e preocuparse de los expedicionarios guarden una!uena conducta como no !lasfemar o no amance!arse con mueres ind*genas.

    De!*a preocuparse de impedir los uegos de azar, pues de estos surgen deudas las que si no sepagan producen conflictos. De!*a preocuparse adems de que los expedicionarios no despoaran de sus!ienes a los indios.

    /as instrucciones tam!in se refieren a la forma en que el expedicionario de!*a informar a lacorona de lo que esta!a ocurriendo. e conser)an 1; cartas en)iadas por -edro De 4aldi)ia al re+ en las

    que se o!ser)a esta normati)a0 ha!la de la flora la fauna la geograf*a las costum!res de los indios de laminer*a etc.Detalla!a la forma de tomar posesin de las tierras l que era un acto solemne + que ha!*a que

    dear por escrito a tra)s del acta de toma de posesin.e refiere a la forma de realizar las relaciones geogrficas o mapas.

    >odo esto esta!a contenido en ' cuerpos legales:1.= real pro)isin de descu!rimiento dictada por Carlos 4 en 1;'

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    cuando esta peticin interesa a muchos de!e hacerse a tra)s del Ca!ildo + el funcionario de stellamado -rocurador del Ca!ildoB derecho a la seguridad personal: que tiende a proteger al s!ditoB derecho a la defensa en uicio: !sicamente al derecho de defensa de los ms po!res, los que no ten*anrecursos para defenderse + la corona se encarga!a de ellos. -or E.: la corona creo el cargo de 2!ogado +-rocurador de po!res

    B derecho a la in)iola!ilidad del domicilio, de la correspondencia + li!ertad de desplazamiento omo)imiento: la monarqu*a esta!a integrada por )arios reinos, por lo que cada persona era )ecino de unaciudad + natural de un reino0 hu!ieron normas que prohi!ieron la li!ertad de mo)imiento dentro de losreino para e)itar ciertas conductas como la )ulneracin de pagos de impuestos. u!ieron restriccionespor resguardar la fe pu!lica, como normas que restring*an el desplazamiento de tra!aadores minerospara e)itar que defraudaran a los empresarios mineros, pues a )eces ped*an adelanto de sueldo por )ariosmeses + se i!an antes del plazo, por esto si quer*a mo)erse de!*a presentar un documento o certificadopara demostrar que tenia al d*a su situacin la!oral.

    >odas estas normas son comunes a todos los s!ditos.Me!an'&%& $e 5aant(a& $e e&t%& Dee!2%&:

    1.= #uicio de @esidencia: que luego pasa a las constituciones. F!liga!a a toda autoridad que ha!*a eercidoun cargo pu!lico a quedarse por un tiempo en ese lugar para a)eriguar si alguien tenia alguna quea encontra su+a.

    '.= 4isita: que se realiza a la autoridad para fiscalizarla durante su mandato que se pod*a ordenar deoficio por una autoridad superior. El )isitador era un uez que llega!a al lugar sin necesidad de

    identificarse, por lo que la )isita pod*a ser secreta + luego remit*a los antecedentes a la autoridadcompetente. Este mecanismo no existe en el derecho )igente, pues existe el derecho administrati)o. i elcaso era mu+ gra)e, el )isitador pod*a recomendar la remocin del funcionario in)estigado. En generalestas )isitas eran ordenadas por los )irre+es.

    3.= Iedidas de -ro!idad 2dministrati)a: hu!ieron normas que !uscaron el !uen desempe&o de losfuncionarios p!licos. /a pro!idad era el o!eti)o de la corona:B esta!a prohi!ido a las autoridades realizar negocios con los s!ditos de su distritoB ha!*a prohi!icin de reci!ir regalos o donati)osB ha!*a o!ligacin de hacer una declaracin urada de los !ienes que tenia al comenzar a eercer, esto

    ante un notario. /uego, al final de su tra!ao se compara!a esta declaracin con la cantidad de !ienes quetenia al terminar su periodo. Era fcil sa!er si ha!*a una posi!le irregularidad que ho+ se denominamal)ersacin de fondos.

    i !ien hu!o normas comunes aplica!les a todos los s!ditos, tam!in hu!o normas especiales paracada estrato, por lo que no exist*a el principio de igualdad ante la le+, pues estamos en una poca anteriora la re)olucin francesa. -or el contrario, exist*a un principio de desigualdad que crea!a normasespeciales para proteger a ciertos s!ditos:B las le+es protectoras de los indios era para protegerlos de enga&os o fraudes.B /a corona creo 3 instancias de proteccin para los indios:

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    B 1.= proteccin institucionalB '.= proteccin AuncionariaB 3.= -roteccin /egal

    1.= -roteccin institucional: la corona protegi a los ind*genas a tra)s de todas las instituciones +autoridades del derecho indiano:

    B el Conseo de $ndias tenia muchas funciones para 2mrica + entre ella proteger a los indios, por esocuando se reci!*a un a)iso de a!usos con los indios, el fiscal, de oficio, de!*a comenzar la in)estigacinpertinente para conocer al responsa!le. 2s* como el Conseo, todas las autoridades e instituciones de!*anhacer lo mismo

    '.= proteccin funcionaria: la corona creo ciertos cargos p!licos dedicados nicamente a la proteccin delos indios:a.= -rotector de aturales!.= Corregidor de $ndios

    3.= -roteccin /egal: la corona dicto le+es ci)iles, procesales, penales, de @eal acienda + de derechominero, entre otras, para proteger a los indios.>odo este sistema protector del ind*gena se !asa!a en el principio de que ha!*a igualdad ur*dica en elderecho pu!lico, es decir, el ind*gena era un s!dito desde el punto de )ista del derecho p!lico, sinem!argo, en el terreno del derecho pri)ado, el ind*gena comn fue declarado incapaz relati)o, no paradiscriminarlo, sino que para protegerlo. /a representacin de indios de!*a darla el -rotector deaturales.

    R/#'en $e #%8'en% en el Dee!2% In$'an%

    a+ que tener en cuenta que tiene importancia para entender la estructura del go!ierno en larepu!lica. >anto las instituciones de go!ierno temporal como las del temporal en la repu!lica esta!anestructuradas en el siglo 74$, con una fisonom*a !ien definida en cuanto a sus atri!uciones + funciones.En el siglo 74$$$ los 9or!ones impulsan algunas reformas de go!ierno que son importantes para larepu!lica. -or eso este capitulo podr*a llamarse Fr*genes de las $nstituciones #ur*dicas + -ol*ticas de la@epu!lica. 4eremos la concesin de cada institucin con el presente.En el derecho $ndiano exist*an ' reas distintas:1.= go!ierno temporal'.= go!ierno espiritual: se ha!la de este go!ierno porque desde que se funda el estado en 2mrica el re+

    tu)o atri!uciones so!re la iglesia catlica, por eso es que el go!ierno comprende estas ' reas.

    5%8'en% Te*%al

    En cuanto a este go!ierno, comprend*a funciones pu!licas:

    1.= funcin de go!ierno propiamente tal: como no ha!*a separacin de poderes encontramos las funcionesde administracin + legislacin'.= funcin de usticia

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    3.= funcin de Defensa o de 5uerra "igual denominacin que ho+ tienen los ministerios o secretarias%..= funcin de acienda o @eal acienda

    En !%n&e!uen!'a el e ta8a,a en t%n% a e&ta& 6 9ea&.

    El re+ para eercer estas funciones, en cada reino tiene autoridades delegadas que lo representan

    En 2mrica, el go!ierno temporal se eerc*a a tra!es de instituciones superiores que esta!an f*sicamenteen Castilla que eran el Conseo de $ndias + la Casa de Contratacin0 pero adems tiene autoridadesterritoriales en 2mrica que eran los )irre+es, go!ernadores, corregidores, @eal 2udiencia + el Ca!ildo oIunicipio.

    Este ltimo es una autoridad territorial0 en toda ciudad de importancia ha!*a un ca!ildo + lospue!los chicos que no tu)ieran se acerca!an a las ms grandes. En Chile ten*an Ca!ildo antiago, /aerena, Concepcin, $mperial, 4illarrica, Fsorno, Castro./a nica diferencia del ca!ildo con las dems autoridades territoriales es que el ca!ildo no representa alre+, sino que representa al os )ecinos de una comunidad, a los s!ditos.D'4'&')n $el te't%'% Ae'!an% *aa e,e!e la& 6 +un!'%ne& *u8l'!a&

    D'4'&')n en !uant% a la 3un!')n $e 5%8'en%2mrica se di)ide en.B go!ernaciones, como Chile desde 4aldi)ia. Cada go!ernacin se di)ide en -artidos o Corregimientos"pro)incias%. Chile se di)id*a en ; partidos, + en 1?? eran 1; ms 3 go!ernaciones su!ordinadas quedepend*an del go!ernador de Chile + una del )irre+ peruano: #uan Aernndez, que era un presidio04aldi)ia, que era una go!ernacin su!ordinada donde ha!*a presidio + tenia un emplazamiento militar0Chilo que dependi del )irre+ del -er hasta 1(8.B Chilo por esto siempre ha sido distinto, incluso los archi)os de Chilo, hasta antes de este a&o, estnen -er, por lo que cuesta acceder a ellos.

    B En cada -artido manda!a un corregidorD'4'&')n en !uant% a la +un!')n $e Ju&t'!'a

    El territorio de 2mrica se di)ide en Distritos de @eal 2udiencia0 en cada distrito una @eal2udiencia que es un tri!unal de apelacin o segunda instancia, colegiado e integrado por lo menos por ueces letrados o a!ogados que reci!en el nom!re de Fidores "ministro de corte de apelaciones ouprema%.

    e les llama!a oidores pues de!*an o*r al relator + luego el alegato de los a!ogados para dictarsentencia. De sus fallos, en ciertos casos, se pod*a apelar al Conseo de $ndias.

    En cada distrito de @eal 2udiencia existen ueces de primera instancia0 Chile fue distrito de @eal2udiencia + !ao sta ha!*a ueces de primera instancia.En antiago se esta!leci en 1

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    i ocurr*a un delito en el l*mite se aplica el principio de -re)encin, o sea, el primero que conozca seguircon el asunto.

    D'4'&')n en !uant% a la +un!')n $e De+en&a % 5uea

    El territorio americano se di)id*a en Capitan*as 5enerales a cargo de un Capitn 5eneral0 cada

    capitan*a se di)id*a en Capitan*as de 5uerra a cargo de un capitn de guerra0 son equi)alentes en suextensin en cuanto a su territorio a un partido

    3un!')n $e Ha!'en$a % Real Ha!'en$a

    Es el sistema de ingresos + gastos de la corona. e di)ide en Distritos de acienda, donde en cadauno ha!*a una Caa @eal, que es una institucin que tiene como funcionario encargados de ella a unContador, Aactor, un 4eedor + un >esorero. Ellos no son los nicos, sino que son efes de ser)icios confunciones espec*ficas.

    El )eedor de!*a fiscalizar todos los lugares importantes para la recaudacin de impuestos.

    El Aactor es quien de!e liquidar, )ender o reducir a dinero todo lo que se paga a la corona en especies,pues a la caa real solo ingresa dinero.

    >odo este esquema del go!ierno real funciona!a en !ase al principio de la 2cumulacin de Fficios,que consist*a en que una misma persona eerce simultneamente )arias funciones p!licas temporalesem:B el go!ernador, que acumula la funcin de usticia al ser presidente de la @eal 2udiencia + ademsacumula funcin de Defensa o 5uerra al ser Capitn 5eneral.B El Corregidor es la autoridad de go!ierno en un partido, pero acumula funcin de usticia Ia+or al seruez de primera instancia en la zona rural0 adems era capitn de guerra al acumular funciones de

    defensa./a nica funcin que nunca se acumulo fue la de @eal acienda, pues siempre estu)o sometida ale+es especiales a las que reg*an al resto del go!ierno + esta!a a cargo de funcionarios reales.

    El )irre+ es una institucin que esta so!re esta estructura de go!ierno temporal0 se u!ica so!reella en una la!or de coordinacin.e esta!lecen en 2mrica cuando han transcurrido ;? a&os de la llegada de Colon. El primer )irre+ seesta!lece en 1;3; para Ixico llamado 2ntonio de Iendoza.El segundo fue en -er en 1;3 + su primer )irre+ fue 9lasco &ez 4ela.

    En el siglo 74$$$ la corona creo ' nue)os )irreinatos: el de ue)a 5ranada "Colom!ia + 4enezuela

    en 1?% + el del @*o de la -lata o de 9uenos 2ires en 1

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    B defensa del territorio americanoB pol*tica de recaudacin fiscal eficiente, etcEn esto consiste esta la!or de coordinacin del )irre+.

    -or otro lado el )irre+ es la otra cara del re+ en 2mrica0 como el re+ no pod*a )enir a 2mrica,de!*a tener funcionarios representndolo como si el re+ estu)iera en 2mrica0 por esto el )irre+ ten*a

    funciones que eran pri)ati)as del monarca L HE E#E@C$2 el )irre+, E.:B solo el )irre+ puede otorgar mercedesB facultad de gracia o de indulto frente a ciertos delitos, que es una in)asin a las facultades del poderudicialB facultad de legitimar hios.

    5%8'en% E&*''tual

    E&tu!tua $el #%8'en% e&*''tual en el #%8'en% 'n$'an%.

    El monarca tenia atri!uciones so!re la iglesia catlica en 2mrica0 estas atri!uciones lo que sedenomino @eal -atronato $ndiano, puesto que el re+ asume el rol de protector de la iglesia catlica./a relacin entre la iglesia + la corona se enmarco dentro de este real patronato indiano, o sea,

    esta!an unidos la iglesia + el estado unin que no termina con la independencia + que en Chile termina en1('; despus de un proceso que )iene desde fines del siglo 7$7.

    O'#en $el Real Pat%nat%

    El re+ ten*a atri!uciones so!re la iglesia de Castilla con anterioridad al descu!rimiento, otorgadopor el -apa para una meor direccin de la iglesia. 2l producirse el descu!rimiento de 2mrica se pide al

    -apa que haga donacin de las tierras descu!iertas0 es la poca del derecho comn en que se le permite a-apa donar tierras de los infieles. Castilla al hacer esta peticin a tra)s de sus diplomticos, estos lafundamentaron diciendo que el re+ castellano iniciar*a la e)angelizacin de estas tierras. /e piden al -apaque haga eercicio de este poder temporal donando estas tierras.

    El -apa unto con la donacin, encarga a los re+es la e)angelizacin de 2mrica0 para que los re+espudieran cumplir con esta tarea, el -apa les entrega atri!uciones so!re la iglesia catlica de 2mricaconocido como @eal -atronato $ndiano. En los textos se encuentra la afirmacin de que el estado surge en2mrica con un fin misionero relacionado con la e)angelizacin0 para cumplir con este fin es que el -apales otorga a los re+es estas atri!uciones so!re la iglesia.

    /a @ecopilacin de /e+es de $ndias de 1

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    Esta facultad fue otorgada a los re+es catlicos por una !ula de 1;?10 el Diezmo era un impuestoque desde mu+ antiguo se co!ra!a en !eneficio de la iglesia, que en Europa lo co!ra!a la iglesiadirectamente, + que gra)a la )enta de productos agr*colas en un a&o + que corresponde a un 1?O del total.En 2mrica lo co!ra la corona que administra estos dineros para financiar la e)angelizacin. En laprctica, la corona a tra)s de le+es reales regula!a por eemplo las tareas de co!ros + la distri!ucin dedineros entre los sacerdotes.

    El diezmo lo pagan todos los que produc*an tanto los laicos como los clrigos0 se exceptua!an deeste pago los que produc*an para su su!sistencia./a corona a tra)s del diezmo a )eces gra)o productos no agr*colas, como los ganaderos: la carne,

    la grasa de los animales o con la produccin de ladrillos que tam!in quedo afecta al diezmo.

    ".- Dee!2% $e Pe&enta!')nAue otorgado a don Aernando el Catlico + sus sucesores por una !ula papal de 1;?8, que consist*a

    en la facultad del re+ de proponer o KpresentarK al papa los candidatos para ocupar cargos eclesisticosen 2mrica. Dentro de esta presentacin esta!an los cargos de arzo!ispos, o!ispos, cannigos decatedral + curas prrocos. En un comienzo se dec*a que era para e)itar conflictos entre la iglesia + la

    corona.En el caso de los curas prrocos la presentacin la hace el go!ernador o el )irre+ al o!ispo dellugar + ste lo nom!ra.Esta facultad de presentacin la ten*a el re+ de Castilla so!re la iglesia castellana desde 18 + desde1;?8 so!re la iglesia americana.

    0.- 3a!ulta$ $e +',a l%& l''te& $e l%& %8'&*a$%&Aue otorgado por el -apa a Carlos 4 en 1;180 es importante pues no solo inclu*a la fiacin de los

    limites sino que el re+ propon*a la creacin de un nue)o o!ispado. e alcanzaron a crear 3 o!ispados sin lainter)encin real.

    6.- 3a!ulta$ $e !%8a l%& $'ne%& $e la 8ula Santa Cu;a$ae otorgo por una !ula de 1;3 a Aelipe $$0 era un documento antiguo en el que se regula!a una

    autorizacin que pod*a dar la iglesia a ciertas personas para no a+unar durante las fechas en que erao!ligatorio hacerlo, como los ancianos + los enfermos. -ara esto de!*an pagar a la corona + la autorizacindura!a ' a&os + en Castila 1 a&o. El dinero lo recolecta!a la @eal acienda.

    /a relacin entre la iglesia + la corona en 2mrica no fue siempre fcil, fundamentalmente por queel re+ + la corona incurrieron en algunos excesos en materia de patronato haciendo una interpretacindemasiado amplia so!re las facultades que el -apa les ha!*a dado. Estos excesos son 3:

    1.= 5o!ierno de los -resentados o istema de Cartas de ruego + encargo.'.= Exequtur o -ase @egio o @eal3.= @ecurso de Auerza.

    1.- 5%8'en% $e l%& Pe&enta$%&Es deri)ado del derecho de presentacin0 la corona interpreto el derecho de presentacin de una

    manera extensa, lo que origino este a!uso constituido por una practica que consist*a en que la coronaunto con proponer a un candidato para un cargo eclesistico en 2mrica + antes de que el -apa lonom!rara, le hacia entrega de una carta firmada por una autoridad real dirigida al ca!ildo eclesistico delugar en que se i!a a desempe&ar + adems la ordena!a dirigirse de inmediato a ese lugar antes de ser

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    nom!rado por el -apa. En esa carta se le ped*a al ca!ildo eclesistico que le hiciera entrega del cargo deinmediato, antes de ser nom!rado por el -apa. En la practica, los ca!ildos eclesisticos siempre accedi aesta peticin real0 lo que ocurr*a era que esta persona empeza!a a hacer todo lo que el derecho cannicono le prohi!*a./os ca!ildos acced*an pues la carrera de los clrigos depend*an del re+ + si estos no acced*an, su carreraeclesistica se pod*a )er afectada.

    ".- Pa&e Re#'% % E

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    ".- $%!t'na $el Re#al'&% B%8)n'!% ue &u#e en el &'#l% >=III.

    D%!t'na $el ='!a'at% Real ?&'#l% >=I@

    urge en poca de los 2ustrias en los siglos 74$ + 74$$0 se !asa en la idea de que los re+es en

    )irtud de las !ulas papales ha!r*an reci!ido del -apa el carcter de 4icarios o delegados papales para2mrica al encargarles el -apa la e)angelizacin + el !ienestar espiritual de los ha!itantes de 2mricaEste encargo tra*a consigo estas atri!uciones que nosotros hemos llamado a!usos.

    Como )icarios tendr*an estas facultades + por lo tanto no serian a!usos pues estar*an dentro de sucondicin de )icarios.

    u!o importantes autores )icarialistas tanto laicos como clrigos. e dice que el iniciador de estadoctrina es un sacerdote franciscano radicado en Ixico llamado #uan Aocher que era de origen francs0a principios de siglo 74$$ escri!e una o!ra llamada K$tinerario CatlicoK que expresa la idea del )icariato.

    El mas famoso urista indiano fue )icarialista que fue don #uan de olrzano + -ereira que pu!licoen 1

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    $glesia. $ncluso en Arancia en 1;( se pu!lico un li!ro so!re el tema denominado Kli!ertades de la iglesiagalicanaK.

    El re+ de Arancia aspira!a a una iglesia mu+ li!re del papa + ms sueta al re+. egn los autoresesto lograr*a una ma+or disciplina so!re los clrigos, fin que lograr*a el re+ + no el -apa. El re+ controla alos o!ispos + cada o!ispo se preocupa de las rdenes religiosas.

    En Espa&a + en 2mrica surgen autores regalistas siendo uno de los mas importantes don 2ntonio#os 6l)arez de 2!reu, quien escri!i un li!ro en 1;'< donde expone su doctrina regalista llamadoK4ictima @eal /egal discurso nico, ur*dico, histrico pol*tico, so!re que las )acantes ma+ores + menoresde las iglesias de las indias occidentales pertenecen a la corona de Castilla + /en, con pleno + a!solutodominioK. Este li!ro esta di)idi en ( argumentaciones o art*culos0 sostiene que todas las facultadesque tiene el re+ so!re la iglesia, incluidas las denominadas como excesos, son K@egal*asK o facultadespropias inherentes del poder real, por lo que no ha+ necesidad de concesin papal, pues su origen no espapal sino que Dios le entrega el poder al pue!lo + ste al re+.

    Rea!!')n $e la I#le&'a +ente a e&ta& $%!t'na& a8u&%&El -apa reacciono de la nica manera que pod*a hacerlo0 no pod*a entrar en un conflicto a!ierto con

    el re+ pues o!staculizar*a la e)angelizacin. Entonces el -apa inclu+e en el $ndex cannico muchos deestos li!ros )icarialistas o regalistas. El $ndex era una lista de li!ros que un catlico no pod*a leer nieditar. /a K-ol*tica $ndianaK en 1

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    En $nglaterra con esto se goza!a de ma+or li!ertad + en este am!iente surgen nue)as ideas. nade las li!ertades que exist*an era la li!ertad de pensamiento + dentro de estas nue)as ideas que surgense u!ica un grupo de intelectuales que formaron lo que se conoce como Escuela Emp*rica o Empirista. Estaescuela se caracteriza por impulsar el desarrollo de las ciencias naturales.

    Estos autores dec*an que las ciencias naturales eran importantes en el progreso de la humanidad

    por que todos los misterios de la ciencia se podr*an descu!rir a tra)s de estas ciencias naturalesapo+ndose para esto en 3 elementos1.-o!ser)ado la naturaleza".-apo+ndose en sus sentidos0.-apo+ndose en su razn + esta era el elemento mas importante.

    Esta gente comienza a )alorar a la razn + so!re esto comienzan a escri!ir. no de estos autoresempiristas es #ohn /ocG autor ingles + parte de esta escuela nace en 1

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    -ara los ilustrados la razn del hom!re es entendida como Kluz + gu*a de la humanidadK. En estesentido cre*an que la razn permitir disipar o despear las tinie!las del pasado + dar inicio a un futuroKluminoso de felicidad + de perfeccin siempre en aumentoK. 2dems esto trae como consecuencia quesolo se acepta como )erdadero aquello que la razn por si misma es capaz de demostrar, porque de todo lodems no se puede tener ninguna certeza pues no se sa!e si existe o no.

    ".-e4'&'%n'&% !'t'!% $e l%& tea& $el 2%8e.a.-D'%&

    /os ilustrados postulan una religin natural, es decir, una religin !asada solo en lo que la raznpuede pro!ar o demostrar. 2 los oos de los ilustrados no ten*an !ase las religiones re)eladas, !asadas enla fe como lo son el uda*smo, el cristianismo + el islamismo. De acuerdo con este planteamiento losilustrados afirman que la razn solo demuestra que existe un Dios, pero no demuestra que Dios se hare)elado al hom!re, pues de la o!ser)acin de la naturaleza se deduce que todo pro)iene de una fuerzasuperior que seria Dios, pero este nunca se ha re)elado.

    /a )isin que tienen de Dios se conoce como De*smo. -ara el de*smo Dios es un ser superiorcreador de todo lo que existe, el uni)erso + al hom!re, pero es un Dios que no inter)ino mas despus de lacreacin + deo al hom!re + al uni)erso entregado a sus le+es naturales, por eso lo llaman K-rimer Iotor$nm)ilK, es un Dios leano al hom!re pues lo deo solo entregado a sus le+es naturales. /o llaman Kel granconstructor o gran arquitectoK./o que !uscan es crear un concepto de Dios que quepa en la mente del hom!re. De esta )isin de Diossurgen consecuencias0 la razn guiara al hom!re para descu!rir como puede adorar a Dios + as* surgieronlos mo)imientos filantrpicos, los que surgieron del De*smo. El hom!re puede acercarse a Dios realizandoactos !uenos para agradar a Dios.

    /a ma+or*a de los ilustrados eran de*stas pero hu!o una minor*a que dec*an que la razn no ser)iapara conocer a Dios pues este no exist*a. Estos eran ateos, pero que ho+ es solo una doctrina filosficaque no tiene muchos seguidores.

    8.-o!re el hom!re la ilustracin destaca que el hom!re en su estado de naturaleza anterior al contratosocial el hom!re es !ueno por naturaleza + la sociedad lo corrompe. >odos nacen con la idea del !ien + quetodos los hom!res son los mismos en todo tiempo + lugar, por esto no tienen importancia conceptos comotradicin, patria, idioma, raza. -or esto son partidarios de eliminar todas las diferencias que nacen de lale+ + que crean los pri)ilegios por eso estn a fa)or de la eliminacin de los pri)ilegios. -ara los lustradosel uni)erso es una sola patria + esto es conocido como Cosmopolitismo.

    !.-aturaleza los ilustrados exaltan las ciencias naturales las que permitirn al hom!re re)elar lossecretos del mundo. Esta importancia so!re las ciencias naturales es conocida como Cientificismo lo quetendr gran influencia en la educacin so!re todo uni)ersitaria

    0.- Ceen!'a en el *%#e&% 'n$e+'n'$% $el 2%8e en la a;)n/os ilustrados creen en el progreso sin l*mite de la humanidad a tra)s de la razn. a!la!an solo

    de un progreso meramente natural !asado en la ciencia + que se reflea!a en !ienes concretos. Cre*an quela felicidad del hom!re se dar*a con el progreso de lo material sin considerar el progreso 4alrico. Esta

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    es una parte de la lustracin que ha quedado de lado, pues solo en la actualidad el concepto de progresotam!in o!ser)a los )alores.

    6. In!%*%a!')n $e la +el'!'$a$ *u8l'!a !%% +'n $el #%8'en%El concepto de !uen go!ierno es ms amplio ahora para los ilustrados. Este concepto exist*a antes

    de la ilustracin, que significa!a una limitacin al go!ernante como hacer usticia, amparar a sus s!ditos

    haciendo respetar sus derechos, proteger a la iglesia + difundir la fe, dictar le+es ustas. 2hora seagrega la funcin del go!ernante de lograr la felicidad pu!lica que consiste en meorar las condicionesmateriales de )ida de los go!ernados lo que se logra a tra)s de una accin directa del go!ernante, porem os ilustrados dicen que el go!ernante de!e incenti)ar las acti)idades econmicas. Esto se reflea enlos 9or!ones en 2mrica facilitando a los campesinos la utilizacin de semillas de meor calidad.

    Ftra rea en que se logra la felicidad es la Educacin la que !usca una igualdad en la sociedad.>am!in de!e actuar en o!ras p!licas + o!ras de adelanto.F sea ahora el !uen go!ierno exige otras funciones a los go!ernantes0 en Espa&a esta forma fue

    o!ser)ada en los 9or!ones.>odas estas ideas del Despotismo $lustrado se resumen en la frase Ktodo para el pue!lo, pero sin

    el pue!loK. El go!ernante de!e hacer todo lo que se requiere para alcanzar la felicidad p!lica, pero node!e consultarle al pue!lo pues son innecesarias. Este es el $deal $lustrado de 5o!ierno o Despotismo$lustrado. egn el profesor 9ernardino 9ra)o /ira este ideal se desarrollo en Chile hasta 18

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    teor*a de la Desamortizacin de lo !ienes de la iglesia. En el antiguo rgimen los !ienes de la iglesiaesta!an fuera del comercio.

    Ca8'%& en E&*aa en A/'!a &%8e la E$u!a!')n

    Dentro de los 9or!ones destaca Carlos $$$ quien encarno los ideales de la $lustracin. e haescrito mucho so!re este re+ + su o!ra en Europa + en 2mrica0 fue un re+ preocupado de todo lo dichoso!re la felicidad pu!lica. $ncluso se preocupo de los asuntos de ma+or detalle0 como era go!ernador dela mitad de $talia se descu!ren en el siglo 74$$$ las ruinas de -ompe+a + personalmente se encargo delos tra!aos de exca)acin lo que demuestra que era un re+ acti)o + mu+ culto.

    -ara lograr sus ideas se rodeo de un grupo de ministros + asesores entre los que destaca -edro@odr*guez de Campomanes quien fue fiscal + presidente del Conseo de Castilla0 conde de 2randa que fuepresidente del mismo conseo0 conde de Alorida 9lanca0 un gran asesor econmico fue el marqus de

    Ensenada que postula!a eliminar las tra!as que dilata!an el comercio.na de las ma+ores medidas tomadas por los 9or!ones fue flexi!ilizar el monopolio con 2mricaha!ilitando ms de ? puertos en 2mrica para meorar el comercio. /as tra!as que exist*an facilita!anel contra!ando de productos lo que no reporta!a impuestos a las arcas fiscales.

    En las uni)ersidades espa&olas o!ser)amos cam!ios importantes. En las uni)ersidades se dioimportancia al as ciencias naturales + experimentales meorando por eemplo la ense&anza de la medicinae comienza a estudiar en las uni)ersidades los textos de los meores autores en !otnica, astronom*a +en general de todas las ciencias naturales. e meora adems los estudios de antropolog*a, astrolog*a +f*sica. e o!ser)a la creacin de las 2cademias Culturales espa&olas cu+o o!eti)o es agrupar a los ms

    destacados especialistas de cada rama "filosof*a, historia, medicina, idioma%. -or eemplo se crea la realacademia espa&ola de la historia + la real academia espa&ola de la lengua.

    El sector pri)ado en estos cam!ios tam!in esta preocupado por la cultura + hace sus aportes, + esas* como surgen en toda Espa&a las llamadas ociedades de 2migos del -a*s. /a primera de estassociedades surgi en el pa*s )asco + esta!an destinadas a fomentar la ense&anza de la econom*a + afomentar la educacin, por E., en educacin financiaron nue)os colegios + !i!liotecas que esta!anadscritas a estos colegios. urgieron estas sociedades en Espa&a + en 2mrica.

    -or E. en la ense&anza del derecho hu!o cam!ios en los que los 9or!ones quisieron que los

    estudiantes estudiaran el derecho )igente que era el derecho castellano + el derecho indiano. asta esapoca solo se estudia!a derecho romano + derecho cannico + para que tam!in se estudiara el derecho)igente se crearon las 2cademias de /e+es @eales + -ractica Aorense.

    /a 2cademia de antiago se esta!leci en 18 para los estudiantes de la ni)ersidad @eal de anAelipe0 esta academia reci!*a a los egresados de la uni)ersidad, a los licenciados en cnones + en le+es, endonde estudia!an el derecho castellano + el derecho indiano, adems se les ense&a!a a alegar ante lostri!unales. -or esto solo el que hu!iera cursado estos ' cursos pod*a dar examen ante la @eal 2udiencia.Esta tradicin se mantiene + ho+ se ura ante la Corte uprema + el examen se da en la uni)ersidadcorrespondiente.

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    En la repu!lica las facultades de derecho unen las antiguas facultades de derecho + las academias+ comienza la ense&anza del derecho como lo es ho+.Aue un pro+ecto iniciado por los re+es 9or!ones + conclu+eron los presidentes de Chile.

    La Ilu&ta!')n &u 'n+luen!'a en el Dee!2%

    El $ee!2% natual Ra!'%nal'&ta % Iu& natual'&% Ra!'%nal'&taEste es una nue)a )isin que aporta la ilustracin + que se manifiesta este derecho natural

    racionalista en ' m!itos distintos: en el derecho p!lico + en el derecho pri)ado.En el derecho p!lico se manifiesta en la Constitucin o Doctrina Constitucional + en el derecho pri)adose manifiesta a tra)s de la Codificacin.

    /a ilustracin se manifiesta en el derecho a tra)s del $usnaturalismo o derecho naturaracionalista.

    El derecho natural racionalista es un nue)o concepto del derecho natural aportado por la

    ilustracin0 este concepto de derecho natural +a exist*a antes de la ilustracin + era entendido en su)ertiente catlica como un conunto de principios ur*dicos superiores deri)adas de la naturaleza delhom!re + en ultimo termino de Dios pues Dios ha creado al hom!re con esa naturaleza. Dentro de esta)ertiente destaca santo tomas de 2quino que distingue entre le+ positi)a + le+ natural en la uma>eolgica diciendo que la le+ positi)a es una extensin de los principios del derecho natural por o quede!e estar de acuerdo con el.

    En el siglo 74$ en Espa&a surge esta l*nea de telogos + uristas que actualizan la doctrina desanto >omas + lo modifican para la realidad de 2mrica.

    /os ilustrados aportan un nue)o concepto de derecho natural + al elemento teolgico agregan elelemento K@azn del hom!reK.

    Esta nue)a corriente surge en el mundo protestante siendo sus autores holandeses e ingleses0segn estos autores el derecho natural esta constituido por un conunto de principios superiores +anteriores a cualquier le+ escrita, principios que son inmuta!les + )lidos para todo tiempo + lugar. Estosprincipios naturales deri)an de la naturaleza del hom!re + en ultimo termino de Dios + agregan que elhom!re los conoce o los capta a tra)s de la razn0 agregan que como la razn es autnoma "tiene )idapropia% para la )alidez d estos principios, !asta la razn para captarlos + para )alidarlos + en consecuenciaestos principios son )alidos aun para aquellos que niegan la existencia de Dios.

    L%& *'e%& aut%e& $e e&ta !%'ente &%n:B @ene Descartes

    B ugo 5rossio "ugo )an de 5rotte%B >homas o!!esB -uffendorf 4olf + /ie!niz.

    Esta l*nea de pensamiento se conoce como $usnaturalismo que tu)o gran influencia en occidentedando origen con posterioridad al positi)ismo ur*dico.

    D%!t'na C%n&t'tu!'%nalC%n!e*t% $e C%n&t'tu!')n

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    /a constitucin es un nue)o modelo de organizacin del estado inspirado en la ilustracin que sepretendi tu)iese )alidez uni)ersal par reemplazar al estado del 2ntiguo @gimen.

    Este modelo conocido como Doctrina Constitucional se !asa en ciertos principios necesarios paraque el estado sea constitucional que en doctrina se conocen como principios del ConstitucionalismoClsico. /a ma+or*a de estos principios no son enteramente nue)os, pues algunos +a esta!an en el

    ordenamiento ur*dico indiano. /os ms importantes son:1.= -rincipio de la Di)isin de los -oderes -!licos, o sea, las autoridades p!licas se organizan en poderesseparados e independientes. Este es un principio )erdaderamente nue)o del constitucionalismo clsico.

    '.= -rincipio de que la organizacin del poder estatal + los derechos indi)iduales de!en constar en undocumento escrito solemne con carcter de per /e+ + producto del poder constitu+ente. Este tam!ines un elemento nue)o de la doctrina constitucional

    3.= $ncorporacin de una ta!la o listado de derechos fundamentales incorporados al go!ierno para

    asegurar su proteccin..= -rincipio de que se conci!e el estado como un ente sueto a la le+, lo que algunos llaman Estado deDerecho, elemento que +a se o!ser)a en el derecho indiano e incluso en el reino )isigodo.

    ;.= >eor*a del pue!lo o nacin como titulares de la ciudadan*a lo que da origen al mecanismo derepresentacin. an $sidoro de e)illa ha!*a se&alado que el poder reca*a en el pue!lo + ste lo delega!aen la autoridad, por lo que este tampoco es un elemento nue)o, pero si esta modificado.

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    Con los Cdigos se pretende corregir estos defectos0 el Cdigo es una forma de fiar el derechoque se puede definir como un texto integrado por una sola le+ di)idida en muchas normas que regulan unrea del derecho. Estas normas se llaman art*culos + se redactan todas simultneamente + entran en)igencia todas untas, por lo que no existen le+es de distintas pocas lo que facilit la harmonizacin de lale+.

    Ota& !aa!te(&t'!a& $e l%& !)$'#%&1.= el cdigo se caracteriza tam!in porque las normas ur*dicas se redactan tomando como !ase unsistema de aplicacin general del derecho + no un sistema casu*stico, es decir, la le+ que constitu+e elcdigo es una le+ general que permite resol)er cada caso particular que se presente en la practica.

    '...= el lenguae de las normas ur*dicas del cdigo de!e ser claro, simple, uni)oco + nacional, o sea, unlenguae que permita aplicarlo en al territorio nacional.

    3.= tiene como o!eti)o la unidad del derecho nacional, es decir, son textos nacionales. Cada cdigo de!e

    contener normas aplica!les a todos los ciudadanos del estado en un rea del derecho. o son normasclasistas o estamentales sino que normas sociales. Es por esto que se dice que cada estado de!e tener suspropios cdigos. /os cdigos en un comienzo por esto fueron apo+ados por los grupos sociales que notienen pri)ilegios ante la le+, como la !urgues*a.

    /a codificacin como mo)imiento ur*dico comienza en 2lemania0 es as* como el primer cdigo ci)ies el de 9a)iera de 1;

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    pol*tico: $nglaterra + el !loque Aranco=Espa&ol. Espa&a inicia una alianza con Arancia en 1?? con lallegada de un 9or!n al trono espa&ol0 al unirse comienzan a luchar contra $nglaterra. /a sociedadespa&ola apo+a!a esta alianza con Arancia, que se logra con Aelipe de 2nou. >odo el. siglo 74$$$transcurre de esta forma: $nglaterra dominando el mar + Arancia con Espa&a dominndolo.

    El primer golpe dado por esta alianza a $nglaterra es la $ndependencia de las 13 colonias

    norteamericanas, guerra que dur a&os entre 1< + 183 donde $nglaterra perdi mucho dinero +soldados. /as colonias fueron apo+adas por la alianza franco=espa&ola tanto desde Europa, como deCanad + Ixico. El !eneficio de Espa&a fue recuperar !uena parte de la Alorida que ha!*a estado !aodominio ingles0 estos dominios los mantiene hasta 18? en que se decide )ender estas tierras a los EE..

    eis a&os despus de la guerra de independencia norteamericana, se inicia e Arancia un mo)imientoli!eral en Arancia cu+o o!eti)o era transformar la monarqu*a en una monarqu*a constitucionaimponindole al re+ de Arancia una constitucin0 este proceso termina por suprimir la monarqu*a +transformar a Arancia en una rep!lica, todo esto a tra)s de distintos hechos que se fueron suscitando.

    -ara Espa&a esta situacin de Arancia se transformo en un pro!lema, tanto de decisin como derelaciones internacionales, pues no pod*an romper su alianza con Arancia0 por esto los re+es nocondenaron la re)olucin + mantu)ieron su pacto. 2 la llegada de apolen al poder el re+ espa&ol ratificaesta alianza.

    apolen significo un pro!lema para Espa&a pues aspira a dominar Europa para difundir las ideasde la re)olucin dando una serie de argumentos para fundamentar su intento de dominio. El pro!lema esque exige a Espa&a su apo+o para derrotar a $nglaterra. Dec*a que era !eneficioso para Espa&a consolidarsu poder en Europa derrotando a $nglaterra. El re+ Carlos $4 de Espa&a trato de e)itar in)olucrarse en elconflicto, pues Espa&a ten*a otros pro!lemas como mantener sus dominios en 2mrica pues ha!*a s!ditos

    que pensa!an que era momento de separarse de la corona. -ero Carlos $4 no supo mantener la situacin +finalmente se )era incluido en esta guerra, pues apolen logro el apo+o espa&ol para desafiar a$nglaterra en el mar. apolen quer*a terminar con este poder mar*timo ingls + para esto de!*a destruirla flota inglesa + para esto se forma una flota franco=espa&ola0 esta flota se enfrenta con los ingleses en>rafalgar frente a Cdiz el '1 de octu!re de 18?; de las que se dice que fue una de las !atallas na)alesms formida!les de la historia, aqu* $nglaterra pierde a su almirante elson, pero derrot a la alianzaesta derrota podr*a considerarse como el inicio de la declinacin del poder espa&ol0el poder na)al ingles como consecuencia adquiri poder por 1?? a&os ms, + por esto se pudieron dar elluo de dominar 6frica + China.

    /a declinacin de Espa&a afecta su relacin con sus reinos americanos pues pierde contacto constos, pues los !arcos por )arios a&os no cruzaron el 2tlntico0 incluso los ingleses intentaron conquistarIonte)ideo donde fueron derrotados por las milicias.

    >odo esto pro)oca el deterioro de la corona espa&ola: se ha!la de ineficiencia en el go!ierno, demala administracin.

    apolen despus de >rafalgar no se da por )encido para )encer a %os ingleses + su ultimopro+ecto es !loquear econmicamente a los ingleses a partir de 18?

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    poniendo tropas en todos los puertos europeos. Esto es lo que los historiadores denominan 9loqueoContinental. /os ingleses ten*an un gran comercio con el transporte desde China.

    apolen comenza!a a lograr su o!eti)o, pero su pro!lema fue el re+ de -ortugal que mantu)o sucomercio con los ingleses manteniendo sus puertos a!iertos0 el re+ lusitano pens que apolen no podr*alle)ar sus tropas a -ortugal pues sus ' alternati)as eran por mar, pero esta!an los !uques de guerra

    ingleses + la otra opcin era a)anzar por Espa&a, pues de!*a transportar 3??.??? hom!res. -ara esode!*a tener la autorizacin del re+ de Espa&a, pero este no pod*a autorizar esto, pues significar*a unarendicin )oluntaria a los franceses. -ero por otro lado los espa&oles ten*an solo unos 1??.??? hom!res.

    Carlos $4 ha!*a cometido un error al delegar funciones en sus ministros conocidos como Aa)oritosde la Corte, lo que ale del go!ierno al re+0 incluso se dec*a que ten*an mas poder que el re+. apolen seapro)echo de esto + a tra)s de estos ministro logro la autorizacin para entrar en Espa&a0 Ianuel 5odo+fue uno de estos ministros + se dice que tcitamente se permite al los franceses a lle)ar tropas a Espa&a0esto pro)oco una crisis pol*tica pues el pue!lo espa&ol se manifest en contra de esta situacin culpandoal go!ierno, no al re+, sino que a sus ministros. /os espa&oles reaccionan saliendo a la calle hasta que se

    produce una masacre en 2ranuez el 3 de ma+o de 1(?8 cuando las tropas francesas fusilaron a ci)ilesque esta!an en contra de la presencia francesa en Espa&a, incluso los franceses cometieron a!usos que nose ha!*an )isto antes como el uso de la guillotina.

    apolen decide tomar preso al re+ de Espa&a unto a su hio + lo lle)o a la frontera con Arancia en9a+ona donde los deo recluidos + dicto una constitucin pro)isoria para Espa&a donde legitima ungo!ierno de ocupacin + nom!ra a su hermano #os 9onaparte para que presida este go!ierno. /osespa&oles reaccionan formando untas reconociendo como nica autoridad a Carlos $4 el que a!dic afa)or de su hio Aernando 4$$ + apolen lo o!ligo a a!dicar en fa)or de #os 9onaparte, lo que losespa&oles no aceptan.

    Entonces en esta poca nos encontramos con ' go!iernos:1.- #%8'en% $e J%&/ B%na*ate".- la Junta $e C9$'; a*%a$a *% l% ue ue$a8a $el e,e!'t% e&*a%l.

    Esta es la situacin en Espa&a hacia fines del siglo 74$$$.

    3un$aent% Ju($'!% $e la Junta $e C9$';

    in duda su fundamento se encuentra en el derecho castellano, particularmente en el cdigo de las

    -artidas, concretamente en la segunda partida que dispone que cuando el re+ no puede go!ernar porausencia, por enfermedad u otra causa, el poder )uel)e a la comunidad + sta de!e elegir una untapro)isoria de go!ierno que estar en funcioneshasta que el re+ )uel)a a go!ernar.

    Esa unta organizada en Castilla + las que se forman luego en 2mrica tienen todas este mismofundamento tomado de la egunda -artida en su titulo 1; le+ tercera: K los re+es )ienen de Dios por manodeQ pue!lo + para !ien del pue!lo "o!ligaciones del re+% + estos mismos re+es dispusieron que cuando notu)iesen tiempo de nom!rar o no pudieren hacerlo por muerte enfermedad u otra causa, se unten losprincipales + elian suetos formales para que go!iernenK. Esta le+ adems dispon*a que la unta de!*a

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    elegirse por los ca!ildos, se ha!la de un Ca!ildo 2!ierto, o sea, todos los )ecinos de la ciudad, + losmiem!ros de la unta de!*an ser un nmero impar para efectos de las )otaciones.

    /o importante de esta unta es que el re+ +a no go!ierna sino que lo hace el pue!lo, pero esta untaera competente para go!ernar el reino de Castilla + ningn otro reino.

    En 2mrica un sector de los s!ditos se )a a inclinar a formar untas para reemplazar a losgo!ernadores + a los )irre+es segn el caso. /os #untistas se&ala!an para fundamentar esta decisin quelos poderes de los )irre+es + go!ernadores ha!*an caducado, no esta!an )igentes desde que el re+ ha!*aca*do preso pues el poder ha!*a )uelto al pue!lo, por lo que era imperati)o elegir untas para podergo!ernar.

    Eran indiscuti!les estas argumentaciones de los #untistas pues esta!an acorde a derecho0 elpro!lema fue que en 2mrica surgi un sector que en principio fue ma+oritario que se opon*a a las untasdenominados los @ealistas contrarios a los #untistas. En realidad lo que los realistas tem*an era que deluntismo se pasara al separatismo, o sea, independencia total del re+.

    El untismo en 2mrica +a tiene una diferencia con el untismo peninsular pues en Castilla no ha!*apeligro de separatismo + adems fue apo+ado en forma general. El temor de separatismo en 2mrica entodo caso era fundado pues +a exist*an personaes con estas ideas independentistas como #os IiguelCarrera + otros que pensa!an en formar rep!licas imitando a los EE.. + otros ha!la!an de monarqu*aconstitucional.

    En Castilla los que formaron la unta luego se separan entre 2!solutistas, partidarios de lamonarqu*a del antiguo rgimen, + otros partidarios del -arlamentarismo.

    En 2mrica el mo)imiento untista logra triunfar en algunos lugares, as* como en otros triunfan losrealistas. /as primeras untas se dan en 18?( en Qa -az + en Huito, pero fueron disueltas por el sectorrealista + apo+ados por el )irre+0 sin em!argo en 181? se )an a formar )arias untas que )an a triunfarso!re los realistas. /a primera unta es la de 9uenos 2ires que depuso al )irre+ del @*o de la -lata el ';de ma+o de 181?. En ulio del mismo a&o se organizan las untas de Caracas + 9ogot que reemplazaron al)irre+ de ue)a 5ranada + en septiem!re de 181? el ca!ildo de antiago en un ca!ildo a!ierto elige unaunta que reemplazo el go!ernador don Iateo de >oro + Ram!rano.

    /os realistas tu)ieron razn en sus miedos pues en todos los reinos indianos donde se formaronuntas tarde o temprano se independizaron a partir de 181< con la declaracin de independencia de las

    pro)incias del @*o de la -lata0 la declaracin de independencia de Chile fue en 18180 la ultima declaracinfue la de 9oli)ia en 18'; despus de la !atalla de 2+acucho. El nico territorio sudamericano que semantu)o dentro de la monarqu*a hasta 18'< fue Chilo0 caso aparte fue Cu!a que se mantu)o hasta 18(8cuando por presiones de EE.. so!re Espa&a se logro la independencia de la isla0 aqu* comienza elpredominio norteamericano so!re la isla que llega hasta la re)olucin.

    Detalle& &%8e la +%a!')n $e la ,unta en Sant'a#% $e C2'le

    na serie de hechos en Chile a partir de 18?8 facilitaron la formacin de la unta. El primer hechoes que en 18?8 al fallecer el go!ernador don /uis Iu&oz de 5uzmn se aplico una le+ que dec*a que el

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    cargo queda!a acfalo + de!*a asumir el cargo interino un militar que no tu)iera rango inferior al decoronel. egn las le+es antiguas el cargo de!*a asumirlo la @eal 2udiencia + por esto asumi comogo!ernador de Chile 2ntonio 5arc*a Carrasco que fue !rigadier de Concepcin asume el go!ierno enuna situacin dif*cil pues el re+ +a esta!a preso por apolen + adems +a se ha!la!a de formar una unta+ adems la @eal 2udiencia tam!in manifestaron su rechazo, o sea, fue rechazado por los #untistas +por los realistas. 2dems cometi errores gra)es en el go!ierno:

    = nunca pudo aclarar la muerte de la tripulacin de un !arco mercante ingles + posterior desaparicin dela carga deQ !arco. e culpo a la guardia del puerto + se dice que el go!ernador los protegi. Esto seconoce como caso del corpio

    = e maneo mu+ mal contra el !ando untista al amedrentarlos0 se sa!e que tenia comunicacin directacon el )irre+ de 9uenos 2ires + se informa!an de posi!les principios de untas. 2 los pocos d*as de launta de 9uenos 2ires se puso ner)ioso + tomo preso a 3 )ecinos de antiago "los 3 2ntonios%0 los en)*a a4alpara*so u luego al Callao para uzgarlos por traicin. El ca!ildo le exige la renuncia + la 2udiencia sepleg a esa peticin. /a renuncia se produce el 1< de ulio de 181? + asume en )irtud de la misma le+ de

    18?< don Iateo de >oro L Ram!rano de 83 a&os que era !rigadier de milicias con el apo+o de todos lossectores.

    >enia que decidir si se manten*a en el go!ierno o declina!a a fa)or de los #untistas. /o cierto esque decide llamar a un Ca!ildo 2!ierto cu+a citacin fue para el 18 de septiem!re a las ( de la ma&ana enel >ri!unal del Consulado para decidir si forma!an una unta o segu*an con el go!ernador.

    En esos d*as en antiago en otras ciudades de Chile circularon documentos apo+ando emo)imiento0 uno de ellos era el Dialogo de los -orteros de don #os Ianuel de alas.

    2l ca!ildo asisten unos ;?? )ecinos de antiago, entendiendo que son las personas ms famosas dela ciudad. En Chile )i)*an aproximadamente 1;?? espa&oles + (?? de ellos )i)*an en antiago + de!er*anha!er asistido a este ca!ildo0 pero solo asistieron 1 pues los #untistas se las arreglaron para que nofueran.

    /a unta estu)o integrada por 8 miem!ros mas un presidente que fue don Iateo que se le eligicomo reconocimiento. /a unta comienza a eercer de inmediato declarndose leal al re+ de Espa&a + comogo!ierno pro)isorio. u nom!re fue #unta 5u!ernati)a del @eino de Chile ams existi una #untaacional de 5o!ierno%.

    Me$'$a& t%a$a& *% la Junta *aa a4an;a 2a!'a el C%n&t'tu!'%nal'&%

    Esta unta se elige por un ca!ildo a!ierto0 da un primer paso para organizar a Chileconstitucionalmente al dictar un reglamento electoral. Este reglamento es del 1? de diciem!re de 181?.Este reglamento tiene por o!eto elegir un Congreso acional0 de!*a elegirse ' diputados para queeerzan el poder legislati)o.

    En definiti)a, se !usca separar los poderes. Esto nos lle)a a pensar que dentro de la unta eranma+or*a los partidarios de una monarqu*a constitucional, cuestin que se estima al leer los reglamentosconstitucionales de la -atria 4iea.

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    Este primer congreso nacional fue elegido durante los primeros meses de 1811. /a eleccin enantiago fue ms dif*cil, +a que los realistas con el coronel >omas de Aigueroa impidieron que serealizaran las elecciones. -roducto de esto, las elecciones se suspenden hasta ma+o.

    El de ulio de 1811 se cele!ro la primera reunin o sesin del congreso nacional. Este primer

    congreso se a!oca a redactar una constitucin para Chile que finalizar la separacin de los poderes +organizar los poderes p!licos.

    Iart*nez de @ozas enca!eza la redaccin del primer reglamento constitucional que entra en)igencia el 1 de agosto de 1811. Esta constitucin fue redactada por el congreso nacional.

    P'e Re#laent% C%n&t'tu!'%nal $e C2'le?Re#laent% *aa el ae#l% $e la aut%'$a$ e,e!ut'4a *%4'&%'a $e C2'le@

    Este primer reglamento constitucional chileno ten*a en total 1( art*culos + 1 prem!ulo !astante

    confuso porque en este prem!ulo se anuncia la separacin de poderes + sin em!argo, en el reglamentomuchas funciones eecuti)as se las entregan al congreso. Esta confusin se de!e a que en e