CCE 2332 todos unidad amar CCE 2333 físico y psíqui-...
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SEXTO MANDAMIENTO, 1
CCE 2332: “La sexualidad abraza todos los as-
pectos de la persona humana, en la unidad de su
cuerpo y de su alma. Concierne particularmente
a la afectividad, a la capacidad de amar y de
procrear y, de manera más general, a la actitud
para establecer vínculos de comunión con otro”.
“La diferencia y la complementariedad físicas, morales y espiritua-
les (del hombre y de la mujer) están orientadas a los bienes del ma-
trimonio y al desarrollo de la vida familiar” (CCE 2333). “Cuando
el Génesis habla de ‘ayuda’ no se refiere solamente al ámbito del
obrar, sino también al del ser. Femineidad y masculinidad son entre
sí complementarios no sólo desde el punto de vista físico y psíqui-
co, sino ontológico” (Carta a las mujeres (IV Conferencia de Pe-
kín), 29.06.1995).
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La sexualidad concierne la totalidad de la persona. Su estudio íntegro
abarca, al menos, siete amplios campos
Cromosómico: hombre y mujer se diferencian en los
cromosomas sexuales (xx / xy).1
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Morfológico: los cuerpos masculino y femenino difieren
no sólo en los genitales, sino también en otras marcadas
diferencias somáticas.
Racional: no sólo nivel instintivo. Tanta es la carga racio-
nal de la condición sexuada del ser humano que incluso ha
hecho ciencia de la sexualidad.
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Voluntario: por ello el hombre y la mujer son responsa-
bles de su práctica sexual y de sus consecuencias.
Afectivo-sentimental: la sexualidad humana no es pura-
mente biológica, sino que hace relación muy directa al
amor.
Placentero: placer sensitivo, afectivo y emocional.
Procreador: una de las finalidades más marcada de la se-
xualidad es la procreación de nuevas vidas.
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CCE 2348: “Todo bautizado es llamado a la castidad”: hace relación
al amor. El célibe por el “reino de Dios” entrega su amor indiviso a
Dios; la castidad del soltero antes de casarse se orienta al amor en el
futuro matrimonio; la castidad en el matrimonio se concreta en la
vocación a la unión amorosa esponsalicia.
La Iglesia ha recomendado siempre para mantener una vida casta:
disciplina de los sentidos y de la mente, prudencia atenta a evitar las
ocasiones de caídas, guarda del pudor, sobriedad en las diversiones,
ocupación sana, recurso frecuente a la oración y a los sacramentos de
la Penitencia y de la Eucaristía. Los jóvenes, sobre todo, deben
empeñarse en fomentar su devoción a la Inmaculada Madre de Dios y
proponerse como modelo la vida de los santos y de aquellos otros
fieles cristianos, particularmente jóvenes, que destacaron en la práctica
de la castidad. (Declaración acerca de ciertas cuestiones de Ética
Sexual, n. 12)
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Para vivir la castidad, “el dominio de sí es una obra que dura
toda la vida. Nunca se la considerará adquirida de una vez para
siempre. Supone un esfuerzo reiterado en todas las edades de la
vida. El esfuerzo requerido puede ser más intenso en ciertas
épocas, como cuando se forma la personalidad, durante la in-
fancia y la adolescencia” (CCE 2342).
Para vivir la castidad es preciso educar la pureza, lo
que exige la práctica de otras virtudes íntimamente
relacionadas con la pureza, como es la templanza y
la fortaleza. Asimismo, exige fomentar las disposi-
ciones del pudor y de la modestia. Se requiere la
ayuda de los medios sobrenaturales, cuales son la
oración, la devoción a la Virgen y la recepción de
los sacramentos.
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El matrimonio es el estado que garantiza
el sentido pleno de la sexualidad entre el
hombre y la mujer: sólo él protege la do-
nación plena que entraña la vida conyu-
gal, y supone el compromiso de entrega
mutua, estable y exclusiva entre un
hombre y una mujer. Por eso la relación
sexual lícita es la que tiene lugar en el
ámbito del matrimonio.
La unidad y la indisolubilidad del matrimonio es lo que justifica
que la esposa dé al marido toda su realidad como mujer y, a su
vez, el marido entregue a su esposa su especificidad como hom-
bre. Sólo en él se justifica la entrega amorosa y mutua de lo que
tienen como específico en su ser de varón y de mujer.
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CCE 2357: “Apoyándose en la sagrada Escritura que los presenta
como depravaciones graves, la Tradición ha declarado siempre
que los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados.
Son contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la
vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva
y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso”.
CCE 2358: “Un número apreciable de hombres y mujeres presenta
tendencias homosexuales profundamente arraigadas. Esta inclina-
ción, objetivamente desordenada, constituye para la mayoría de
ellos una auténtica prueba. Deben ser acogidos con respeto, com-
pasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de dis-
criminación injusta. Estas personas están llamadas a realizar la
voluntad de Dios en su vida, y, si son cristianas, a unir al sacrifi-
cio de la cruz del Señor las dificultades que pueden encontrar a
causa de su condición”.
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CCE 2352: “Tanto el Magisterio de la Iglesia, de acuerdo con una
tradición constante, como el sentido moral de los fieles, han afir-
mado sin ninguna duda que la masturbación es un acto intrínseca
y gravemente desordenado. El uso deliberado de la facultad sexual
fuera de las relaciones conyugales normales contradice a su fina-
lidad, sea cual fuere el motivo que lo determina. Así, el goce se-
xual es buscado aquí al margen de la relación sexual requerida por
el orden moral; aquella relación que realiza el sentido íntegro de
la mutua entrega y de la procreación humana en el contexto de
un amor verdadero”.
Idem: “Para emitir un juicio justo acerca de la responsabilidad moral
de los sujetos y para orientar la acción pastoral, ha de tenerse en
cuenta la inmadurez afectiva, la fuerza de los hábitos contraídos,
el estado de angustia u otros factores psíquicos o sociales que pue-
den atenuar o tal vez reducir al mínimo la culpabilidad moral”.
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La fornicación 1) niega la relación esencial de la sexualidad huma-
na que, por su propia naturaleza, está orientada a la intimidad del
matrimonio y con un fin procreador; 2) es un escándalo para la
vida social y es contraria a la dignidad de las personas, pues se
prostituyen ya que no están casados. Además, si se engendra una
nueva vida, se enturbia el origen de los hijos nacidos de una relación
no esponsalicia.
La pornografía indica una profunda degeneración del valor sexual
de la persona humana. “Ofende la castidad porque desnaturaliza la
finalidad del acto sexual. Atenta gravemente a la dignidad de quie-
nes se dedican a ella (actores, comerciantes, público), pues cada uno
viene a ser para otro objeto de un placer rudimentario y de una ganan-
cia ilícita. Introduce unos a otros en la ilusión de un mundo ficticio.
Es una falta grave. Las autoridades civiles deben impedir la pro-
ducción y la distribución de material pornográfico” (CCE 2354).
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El matrimonio es una institución natural (se fundamenta en la
naturaleza misma del hombre y de la mujer). Toda unión estable
entre un hombre y una mujer, nacida de un compromiso firme e
irrevocable del amor esponsalicio (entrega y fidelidad) merece
un aprecio y un reconocimiento social. Esa dignidad del matri-
monio natural goza en todas las culturas y en todos los tiempos
de general valía y consideración.
El matrimonio cristiano añade a esa di-
gnidad una mayor excelencia: “sacra-
mento grande” (Ef 5, 32), que comunica
una gracia especial para que el amor hu-
mano se engrandezca con el amor sobre-
natural y para ayudar a los cónyuges a
cumplir las obligaciones del matrimonio.
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CCE 2350: “Los novios están
llamados a vivir la castidad en
la continencia. En esta prueba
han de ver un descubrimiento
del mutuo respeto, un apren-
dizaje de la fidelidad y de la
esperanza de recibirse el uno
y el otro de Dios. Reservarán
para el tiempo del matrimonio
las manifestaciones de ternura
específicas del amor conyugal.
Deben ayudarse mutuamente
a crecer en la castidad”.
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El amor está en el origen de la unión de dos vidas para siempre.
Pero la esencia del matrimonio está en el vínculo que se origina
del pacto conyugal entre los esposos, no en el amor.
Mediante la presencia de Cristo entre los espo-
sos cristianos, el amor sensible y el amor afec-
tivo son elevados y sublimados por el amor
sobrenatural, gracia especial que da el sacra-
mento: los esposos están capacitados para vi-
virlos en su integridad, purificados de los egoís-
mos que siempre acompañan al querer humano.
Si los esposos llegaran a agotar el amor sensible y el afectivo, el
amor sobrenatural (que fructifica por la oración y la recepción de
los sacramentos) podrá ayudar a que los recuperen.
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CCE 2366: “La fecundidad es un don, un fin
del matrimonio, pues el amor conyugal tiende
naturalmente a ser fecundo. El niño no viene
de fuera a añadirse al amor mutuo de los espo-
sos; brota del corazón mismo de ese don recí-
proco, del que es fruto y cumplimiento”. El
cristiano sabe además que los padres son coo-
peradores con Dios que crea el alma del niño.
Es cierto que “el matrimonio no es solamente para la procreación,
sino que la naturaleza del vínculo indisoluble entre las personas y
el bien de la prole requieren que el amor mutuo de los esposos
mismos se manifieste ordenadamente, progrese y vaya madurando”
(Gaudium et spes 50). Pero tal perfección no se alcanza si se evi-
tan los hijos sin motivos suficientes (dimensiones unitiva y pro-
creadora del acto conyugal que el hombre no puede disociar).
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Moral católica: los padres deben hacer un juicio práctico cuando, por
serios motivos, decidan distanciar el nacimiento de un nuevo hijo,
bien sea por un tiempo determinado o por un espacio indefinido
(mientras perduren las causas de esta decisión).
Gaudium et spes 50: “Con responsabilidad humana y cristiana los
esposos cumplirán su misión (...) de común acuerdo y común es-
fuerzo, por formarse un juicio recto, atendiendo tanto a su propio
bien personal como al bien de los hijos, ya nacidos o todavía por
venir, discerniendo las circunstancias de los tiempos y del estado
de vida tanto materiales como espirituales, y, finalmente, la socie-
dad temporal y de la propia Iglesia. Este juicio, en último término,
deben formarlo ante Dios los esposos personalmente. En su modo
de obrar, los esposos cristianos sean conscientes de que no pueden
proceder a su antojo”. Regirse por la conciencia, según la ley divina.
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La grandeza del matrimonio está sometida a todo genero de degra-
daciones y aparece un esfuerzo por desvirtuar la familia y el ma-
trimonio al identificar cualquier unión sexual con el matrimonio.
Ejemplo de las “parejas de hecho”. Dos vicios corrompen la natu-
raleza de la familia: el adulterio y la plaga del divorcio.
El adulterio es un pecado por dos razones:
1) tal relación sexual se realiza fuera del
matrimonio entre ambos (contra la castidad);
2) se comete uno o dos pecados graves contra
la justicia de una o dos personas que están
casadas con los adúlteros, porque sus derechos
son violados por quienes cometen el adulterio.
Graves deberes de justicia si hay un nacimien-
to ilegítimo.
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Argumentos complementarios sobre el aborto considerado ya
en el quinto mandamiento:
Desde el momento de la fecundación, se inicia una vida humana,
de forma que lo concebido no es una mera masa gelatinosa ni un
cúmulo de células, sino una vida distinta del óvulo y del espermato-
zoide, que inicia un proceso biológico de intensa actividad y que
está destinada a desarrollarse hasta la edad adulta.
Este ser vive independientemente de la madre,
la cual sólo le ofrece el alimento. Es, pues, un
individuo. Pero no cabe hablar de un individuo
de la especie humana que no sea persona: el feto
no es “algo” sino “alguien” (“persona” es un con-
cepto filosófico y no biológico).
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A menudo se oye afirmar que existe en ciertos supuestos un “con-
flicto de derechos”: vencería el derecho de la madre frente al de-
recho a nacer del feto aún no nacido, por ejemplo cuando se trata
de una violación que ocasiona un embarazo no deseado, o cuando
corre riesgo la vida de la madre (en este caso cabría considerar al
no nacido como “injusto agresor”).
PERO no cabe hablar de conflicto de derechos cuando se trata de la
vida de una persona. La madre tiene derechos sobre el hijo, pero no
puede disponer del derecho fundamental a vivir de un ser distinto
del suyo, cual es el hijo. Además, en ningún caso cabe hablar de “in-
justo agresor”, dado que el hijo es totalmente inocente. Si interven-
ción médica a la mujer absolutamente necesaria para su vida y con-
lleva la muerte del feto: puede lícitamente someterse a ella (muerte
del hijo soportada, tolerada, sufrida, no directamente querida).
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Humanae vitae 14: “Debemos declarar una vez
más que hay que excluir absolutamente, como
vía lícita para la regulación de los nacimientos, la
interrupción directa del proceso generador ya ini-
ciado, y sobre todo el aborto directamente queri-
do y procurado, aunque sea por razones terapeúti-
cas. Hay que excluir igualmente (...) la esteriliza-
ción directa, perpetua o temporal, tanto del hom-
bre como de la mujer; queda además excluida to-
da acción que, o en previsión del acto conyugal,
o en su realización, o en el desarrollo de sus con-
secuencias naturales, se proponga, como fin o co-
mo medio, hacer imposible la procreación”.
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“Desgraciadamente, a menudo se entiende mal el
pensamiento católico, como si la Iglesia sostuvie-
se una ideología de la fecundidad a ultranza, esti-
mulando a los cónyuges a procrear sin discerni-
miento alguno y sin proyecto” (Juan Pablo II,
Alocución, 17.07.1994).
Además de la abstención, es lícita la “continencia periódica” y
el recurso a los “métodos naturales” por motivos graves.
“La Iglesia anima a las parejas a ser generosas y confiadas, a com-
prender que la paternidad y la maternidad son un privilegio y que
todo niño es el testimonio del amor existente en una pareja de uno
hacia otra, por su generosidad y su apertura hacia Dios” (Juan Pa-
blo II, Discurso, 24.09.1983).
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