Contrato de Seguro PDF

20
Becerra Gaspar, Ghino Díaz Huamán, Janeth Mendoza Villegas, Alexandra Paredes Navarro, Yenifer Sánchez Mendoza, Patricia INTEGRANTES CONTRATO DE SEGUROS

description

Es solemne ya que su perfeccionamiento se produce a partir del momento en que el asegurador suscribe la póliza, la firma del asegurador sirve para solemnizar el acuerdo precio de voluntades entre las partes contratantes, respecto a los elementos del seguro.

Transcript of Contrato de Seguro PDF

Page 1: Contrato de Seguro PDF

Becerra Gaspar, Ghino

Díaz Huamán, Janeth

Mendoza Villegas, Alexandra

Paredes Navarro, Yenifer

Sánchez Mendoza, Patricia

INTEGRANTES

CONTRATO

DE SEGUROS

Page 2: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN .............................................. 3

II. Definición y Utilidad ....................................... 4

Según Montoya Mandredi

Según Vivante

Según la Empresa de Seguros SANTANDER CENTRAL HISPANO

III. Breve Evolución Histórica ............................. 5

IV. Características ................................................ 5

Es un Acto de Comercio

Es un Contrato Solemne

Es un Contrato Bilateral

Es un Contrato Oneroso

Es un Contrato Aleatorio

Es un Contrato de Ejecución continuada

Es un Contrato de Adhesión

V. Objetivo Social ............................................... 6

VI. Naturaleza Jurídica ....................................... 7

VII. Fundamentos .................................................. 7

Estadística

Probabilidad

Ley de los Grandes Números

VIII. Elementos Reales ........................................... 7

El Interés Asegurable

El Riesgo Asegurable

La Prima

Obligación del Segurador de Indemnizar

IX. Elementos Personales.................................. 10

El Asegurador

El Tomador

El Beneficiario

El Asegurado

X. Elementos Formales ..................................... 10

Proposición

Póliza

XI. Clases de Seguros ....................................... 11

Page 3: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

XII. La Póliza de Seguro ..................................... 12

XIII. Clasificación de las Pólizas ....................... 14

Con relación al ámbito de aplicación

En relación con el sujeto a favor del cual se extienden

En cuando a la manera de redactarlas

XIV. Corredor de Seguros (Insurance Broker) 14

XV. Derechos y Obligaciones del

Asegurador .................................................... 15

XVI. Derechos y Obligaciones del

Asegurado ..................................................... 16

XVII. CONCLUSIONES ............................................ 17

XVIII. ...................................................................................................................................... B

IBLIOGRAFÍA .................................................. 18

Page 4: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

INTRODUCCIÓN

º El presente trabajo de investigación busca hacer un análisis completo sobre el

contrato de seguro, debido a que en la actualidad existe muy poca bibliografía

actualizada sobre el tema.

Primero debemos entender que el contrato de seguro, es aquel mediante el cual

una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una suma de dinero,

conocida como prima, a indemnizar a otra llamada asegurado o a la persona

que este designe, de un perjuicio o daño que pueda causar un suceso incierto.

A partir de este concepto podemos establecer cuales son los sujetos que

intervienen en el contrato de seguro que son: el asegurador, el asegurado –

tomador y el beneficiario.

Cabe mencionar también algunas de las principales características del contrato

de seguro: es consensual, bilateral y aleatorio. Es consensual porque se

perfecciona por el mero consentimiento de las partes y produce sus efectos

desde que se ha realizado la convención; es bilateral puesto que origina

derechos y obligaciones recíprocas entre asegurador y asegurado, y es aleatorio

porque se refiere a la indemnización de una pérdida o de un daño producido

por un acontecimiento o un hecho incierto, pues no se sabe si se va a producir y

en el caso contrario – como ocurre con la muerte – no se sabe cuándo ello ha

de acontecer.

A lo largo del trabajo de investigación también se tocan otras temas que resultan

relevantes para poder entender el contrato de seguro, como los elementos del

contrato de seguro que son: el interés asegurable, el riesgo asegurable, la prima

y la obligación de indemnizar.

Finalmente tenemos que el contrato de seguro da origen necesariamente a una

póliza, que es el instrumento probatorio por excelencia del contrato celebrado

entre el asegurado y el asegurador, en él se reflejan las normas que de forma

general, particular o especial regulan la relación contractual convenida.

Page 5: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

Definición y Utilidad

Es importante mencionar que ni el Código de Comercio, ni la Ley General del

Sistema Financiero y de Seguros (Ley 26702) definen el contrato de seguro, es por

ello que es necesario recurrir a la doctrina para encontrar una definición uniforme

y precisa de lo que es verdaderamente el contrato de seguro.

Según Montoya Mandredi

“… un contrato por el cual una persona (asegurador) se obliga, a cambio de una

suma de dinero (prima), a indemnizar a otra (asegurado), satisfacer una

necesidad de esta o entregar a un tercero (beneficiario) dentro de las

condiciones convenidas, las cantidades pactadas para compensar las

consecuencias de un evento incierto, cuando menos en cuanto al tiempo

(riesgo)”.

Según Vivante

“… el contrato por el cual una empresa, constituida para el ejercicio de estos

negocios, asume los riesgos ajenos mediante una prima fijada anticipadamente”.

Según la Empresa de Seguros SANTANDER CENTRAL HISPANO

“Por el Contrato de Seguro, el Asegurador (Compañía de Seguros), al recibir una

prima en concepto de pago, se obliga frente al Asegurado a indemnizarle según

lo pactado, si deviene el evento esperado. Todo esto debe quedar claramente

establecido entre el Asegurado y la Compañía de Seguros en una póliza o

contrato”.

Después de haber analizado las diferentes definiciones que dan los autores, es

necesario suponer que: El contrato de seguro, es aquel contrato mediante el cual

una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una suma de dinero,

conocida como prima, a indemnizar a otra llamada asegurado o a la persona

que este designe, beneficiario, de un perjuicio o daño que pueda causar un

suceso incierto. De tal manera que la suma objeto de indemnización, que fue

pactada expresamente, sea pagada cuando ocurra el suceso o riesgo cubierto

por el seguro.

Page 6: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

Breve Evolución Histórica

La historia del Seguro se remonta a antiguas civilizaciones de donde se utilizaban

prácticas que constituyeron los inicios de nuestro actual Sistema de Seguros.

Probablemente las formas más antiguas se Seguros fueron iniciadas por los

Babilonios y los Hindús. Se dice que estos primeros contratos eran conocidos como

Contratos a la Gruesa y se efectuaban entre los banqueros y los propietarios de

los barcos. Con frecuencia, el dueño de un barco tomaría prestados los fondos

necesarios para comprar carga y financiar un viaje. El contrato de Préstamos a la

Gruesa especificaba que si el barco o carga se perdía durante el viaje, el

préstamo se entendería como cancelado. Naturalmente, el costo de este

contrato era muy elevado; pues, si el banquero financiaba a propietarios cuyas

pérdidas resultaban mayores que las esperadas, este perdía todo ese dinero.

Por otra parte, los vestigios del Seguro de Vida se encuentran en civilizaciones

como la romana, donde por ejemplo, se acostumbraba que las asociaciones

religiosas, colectaran y distribuyeran fondos entre sus miembros en caso de

muerte de uno de ellos.

Finalmente, las sociedades con objeto asegurador aparecieron alrededor de

1720, y en las etapas iniciales los especuladores y promotores ocasionaron el

fracaso financiero de la mayoría de estas nuevas sociedades. Eventualmente, las

repercusiones fueron tan serias que el Parlamento restringió las licencias, de tal

manera, que solo hubo dos compañías autorizadas, una de ellas es Lloyd’s, que

aún es una importante compañía de Seguros en Londres.

Características

Es un Acto de Comercio

Efectivamente el contrato de seguro constituye un contrato mercantil, regulado

en el Código de Comercio y en otros aspectos supletoriamente por la legislación

civil.

Es un Contrato Solemne

Es solemne ya que su perfeccionamiento se produce a partir del momento en que

el asegurador suscribe la póliza, la firma del asegurador sirve para solemnizar el

acuerdo precio de voluntades entre las partes contratantes, respecto a los

elementos del seguro.

Es un Contrato Bilateral

En razón de que genera derechos y obligaciones para cada uno de los sujetos

contratantes, el tomador de seguros se obliga a pagar la prima y el asegurador

se obliga a una prestación pecuniaria: si bien esta prestación está subordinada a

un evento incierto, cual es la realización del siniestro.

Page 7: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

Es un Contrato Oneroso

Es oneroso, porque significa para las partes un enriquecimiento y

empobrecimiento correlativos. “Por cuanto al tomador del seguro se le impone la

obligación de pagar la prima y al asegurador la asunción del riesgo de la que

deriva la prestación del pago de la indemnización de la que queda liberado si no

se ha pagado la prima antes del siniestro.

Es un Contrato Aleatorio

Es aleatorio porque tanto el asegurado como el asegurador están sometidos a

una contingencia que puede representar para uno una utilidad y para el otro una

pérdida. Tal contingencia consiste en la posibilidad de que se produzca el

siniestro.

Es un Contrato de Ejecución continuada

Por cuanto los derechos de las partes o los deberes asignados a ellas se van

desarrollando en forma continua, a partir de la celebración del contrato hasta su

finalización por cualquier causa.

Es un Contrato de Adhesión

El seguro no es contrato de libre discusión sino de adhesión. Las cláusulas son

establecidas por el asegurador, no pudiendo el asegurado discutir su contenido,

tan sólo puede aceptar o rechazar el contrato impuesto por el asegurador. Sólo

podrá escoger las cláusulas adicionales ofrecidas por el asegurador, pero de

ninguna manera podrá variar el contenido del contrato. Pero todo esto

dependerá de la voluntad y de la flexibilidad que tenga cada empresa

aseguradora.

Objetivo Social

El seguro contribuye a dar tranquilidad al asegurado toda vez que siente que

elimina el riesgo que se traslada al asegurador.

Forma una conciencia de solidaridad social para afrontar en común las

adversidades en el futuro, además de lograr la captación de recursos por medio

de la percepción de las primas.

El Estado asume un papel regulador de la actividad aseguradora, dictando las

normas para orientar dicha actividad.

Page 8: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

Naturaleza Jurídica

Existe la necesidad de celebrarlo por escrito, para fines de prueba, aunque se

admite expresamente la confesional, la perfección del contrato es consensual, y

no puede sujetarse a la condición suspensiva de la entrega de la póliza o de

cualquier otro documento en que conste la aceptación, ni a la condición del

pago de la prima.

Fundamentos

Estadística

El riesgo asumido debe tener determinada frecuencia en relación a la masa de

asegurados. Por ejemplo, en el caso de seguros contra accidentes de tránsito.

Podría ser que 5 de cada 50 asegurados, sufre un accidente con su automóvil.

Probabilidad

El siniestro del contrato no debe ser ni muy raro ni muy frecuente. Si es muy raro se

constituiría como una “improbabilidad”, por lo que no habría interés de

asegurarse; y si es muy frecuente se constituiría en una “habitualidad”, por ende,

no sería rentable para la aseguradora.

Ley de los Grandes Números

Debe existir suficiente extensión, en espacio y tiempo, del campo de observación.

Los objetos deben ser observados con cierta homogeneidad. Por ejemplo, la

cantidad de accidentes de tránsito (carros, motos, etc.) que diariamente se

suscitan en la Región Ayacucho.

Elementos Reales

El Interés Asegurable

Por interés asegurable se entiende la relación lícita de valor económico sobre un

bien. Cuando esta relación se halla amenazada por un riesgo, es un interés

asegurable. El interés asegurable es un requisito que debe concurrir en quien

desee la cobertura de algún riesgo, reflejado en su deseo verdadero de que el

siniestro no se produzca, ya que a consecuencia de él se originaría un perjuicio

para su patrimonio.

El principio del interés asegurable se entenderá fácilmente si se tiene en cuenta

lo que se está asegurando, esto quiere decir, el objeto del contrato no es la cosa

Page 9: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

amenazada por un peligro incierto, sino el interés del asegurado en que el daño

no se produzca.

En efecto si tomamos en cuenta estas premisas, tendríamos que la existencia de

contratos sin interés asegurable, produciría necesariamente un aumento en la

siniestralidad y esto motivaría una elevación de las primas y el verdadero

asegurado tendría que pagar un precio superior al que realmente correspondería

su riesgo, perjudicándose así no sólo a él, sino también la economía del país.

Para que la cosa sea susceptible de ser asegurada debe cumplir con los siguientes

requisitos:

Debe tratarse de una cosa corporal o incorporal.

La cosa debe existir al tiempo del contrato, o al menos al tiempo en que

empiecen a correr los riesgos o daños.

La cosa debe ser tasable en dinero.

La cosa debe ser objeto de estipulación lícita.

La cosa debe estar expuesta a perderse por el riesgo que corre el

asegurado.

El Riesgo Asegurable

Es un evento posible, incierto y futuro, capaz de ocasionar un daño del cual surja

una necesidad patrimonial. El acontecimiento debe ser posible, porque de otro

modo no existiría inseguridad, lo imposible no origina riesgo. Debe ser cierto,

porque si necesariamente va a ocurrir, nadie asumiría la obligación de repararlo.

“Sin riesgo no puede haber seguro, porque al faltar la posibilidad de que se

produzca el evento dañoso, no existiría daño y tampoco indemnización alguna”.

El riesgo presenta ciertas características que son las siguientes:

Es incierto y aleatorio.

Posible.

Concreto.

Lícito.

Fortuito.

De contenido económico.

En el contrato de seguro el asegurador no puede asumir el riesgo de una manera

abstracta, sino que este debe ser debidamente individualizado, ya que no todos

los riesgos son asegurables, es por ello que se deben limitarse e individualizarse,

dentro de la relación contractual.

La Prima

Constituye la suma que debe pagar el asegurado a efecto de que el asegurador

asuma la obligación de resarcir las pérdidas y daños que ocasione el siniestro, en

caso de que se produzca. Este monto se fija proporcionalmente, tomando en

Page 10: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

cuenta la duración del seguro, el grado de probabilidad de que el siniestro ocurra

y la indemnización pactada.

Existen distintos tipos de primas:

1. Prima Natural: En los seguros de vida es la prima que depende del

cómputo matemático del riesgo. Por esta razón, a mayor riesgo, mayor

será la prima natural, y viceversa.

2. Prima Pura: Es la prima de riesgo de las otras ramas de seguros.

3. Prima Comercial: Es la prima que paga efectivamente el asegurado y se

compone de dos partes: la primera natural o pura por un lado y los gastos

de explotación y la ganancia del asegurador por el otro. De estos gastos

los más importantes son:

a) Comisión a favor de los productores que colocan los seguros.

b) Comisión de cobranza que se paga a los colaboradores por la

percepción de las primas.

c) Gastos de administración y propaganda.

d) Recargo por fraccionamiento de la prima. La prima puede

fraccionarse mediante cuotas periódicas, y ello da origen a un

recargo, como suele ocurrir con las ventas a plazo.

e) Margen de seguridad. Se trata de un recargo para prever

cualquier aumento de gastos y en particular la posibilidad de un

riesgo mayor.

Obligación del Segurador de Indemnizar

Esta obligación constituye otro de los elementos necesarios del contrato ya que si

no se indica el contrato no surte efecto, resultando ineficaz de pleno derecho.

Este elemento resulta trascendente porque representa la causa de la obligación

que asume el tomador de pagar la prima correspondiente. Debido a que este se

obliga a pagar la prima porque aspira que el asegurador asuma el riesgo y

cumpla con pagar la indemnización en caso de que el siniestro ocurra.

Esta obligación depende de la realización del riesgo asegurado. Esto no es sino

consecuencia del deber del asegurador de asumir el riesgo asegurable. Y si bien

puede no producirse el siniestro, ello no significa la falta del elemento esencial del

seguro que ahora nos ocupa.

“La indemnización, es la contraprestación a cargo del asegurador de pagar la

cantidad correspondiente al daño causado por el siniestro, en virtud de haber

recibido la prima”.

Page 11: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

Elementos Personales

El Asegurador

Es la persona jurídica que está autorizada expresamente por ley a prestar servicios

como tal y es además quien asume el riesgo y en virtud de ello se obliga a

indemnizar al tomador o al beneficiario del seguro por la producción de un

evento previamente determinado e incierto, a cambio de percibir una retribución

que es conocida como prima.

El Tomador

Es la persona natural o jurídica que busca trasladar un determinado riesgo a un

tercero (empresa aseguradora) a efecto de que sean resarcidos a él o a un

tercero los daños o pérdidas que puedan derivar del acaecimiento de un suceso

incierto a la fecha del contrato de seguro. Con tal objeto deberá abonar una

retribución (prima) al asegurador.

El Beneficiario

Es la persona que sin ser asegurado, recibe el importe de la suma asegurada. En

consecuencia, no está obligado a satisfacer las primas a la compañía.

El Asegurado

Puede ser definido como el titular del área de interés que la cobertura del seguro

concierne, y del derecho a la indemnización que en su día se satisfaga que, en

ciertos casos, puede trasladarse al beneficiario. Es aquel en cuya cabeza o bienes

van a recaer las consecuencias del siniestro.

Elementos Formales

Proposición

Es un contrato de buena fe, donde la compañía cree lo que declara el

proponente (cliente) para apreciar el riesgo y así determinar el coste y alcance

del seguro.

Póliza

Es el documento principal que instrumenta el contrato de seguro, en donde

constan los derechos y obligaciones de las partes, es un documento privado,

redactado en varios folios. Las condiciones generales están impresas, mientras las

condiciones particulares son personalizadas.

Page 12: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

Clases de Seguros

Existen innumerables clases de seguros, pero después de hacer un análisis de la

clasificación que hacen diversos autores sobre el particular, la clasificación más

acertada es la siguiente :

Seguros de personas: comprenden todos los riesgos que puedan afectar

a la existencia, integridad física o salud del asegurado. Puede

establecerse, en función del objetivo de la cobertura, la siguiente

clasificación:

MODALIDADES DE SEGUROS DE PERSONAS

SEGURO OBJETIVO DE LA COBERTURA

Sobre la vida Seguros que afectan a la existencia de las

personas: seguros en caso de muerte y/o

supervivencia.

De accidentes Seguros sobre riesgos que afectan a la

integridad corporal de las personas: daños

provocados por un accidente.

De enfermedad y asistencia sanitaria Seguros sobre riesgos que afectan a la salud

de las personas: situaciones de enfermedad

y asistencia sanitaria.

Seguros contra daños: son aquéllos que cubren al asegurado de posibles

accidentes o hechos que afecten a los elementos patrimoniales de la

persona que suscribe el seguro. Entre ellos, podemos destacar los que se

recogen en la siguiente tabla:

MODALIDADES DE SEGUROS CONTRA DAÑOS

SEGURO OBJETIVO DE LA COBERTURA

De incendios Daños producidos por un incendio en el objeto

asegurado.

De hogar Daños acontecidos en el contenido o

continente de una vivienda.

Page 13: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

Contra el robo Sustracción ilegítima por terceros de las cosas

aseguradas.

De transportes terrestres Daños materiales de mercancias, medios de

transporte u otros objetos.

De lucro cesante Pérdida del rendimiento económico que

hubiese podido alcanzarse en un acto o

actividad de no haberse producido el siniestro.

De caución Incumplimiento de obligaciones legales o

contractuales del tomador del seguro. Ej.:

seguro que garantiza las cantidades pagadas

a cuenta para la adquisición de una vivienda.

De crédito Pérdidas como consecuencia de la insolvencia

definitiva de los deudores.

De responsabilidad civil Daños y perjuicios a terceros de los que sea

civilmente responsable el asegurado. Ej.:

seguro obligatorio de vehículos a motor.

Decenal de daños a la edificación Daños ocasionados en un edificio como

consecuencia de vicios o defectos que

aparezcan en la construcción y que afecten

directamente a la estabilidad del mismo.

De defensa jurídica Servicios de asistencia jurídica y extrajudicial.

La Póliza de Seguro

Es el instrumento escrito en el cual constan las condiciones del contrato. Aunque

no es indispensable para que exista el contrato, la práctica aseguradora la ha

impuesto sin excepciones.

Aquí constan los derechos y obligaciones de las partes, es un documento privado

redactado en varios folios. Subjetivamente la póliza es la promesa que hace una

compañía aseguradora a la persona (natural o jurídica) de resarcir la pérdida

Page 14: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

ocasionada por algún riesgo amparado bajo el documento aceptado por ambas

partes. La póliza de seguro es un contrato de buena fe, donde la compañía cree

lo que declara el proponente (cliente) para apreciar el riesgo y así determinar el

costo y alcance de seguro.

En el Perú se encuentra comprendido en el Código de Comercio, Sección

Octava, Título I, Artículos 375 al 380, bajo denominación del Contrato de Seguro

General.

La póliza de seguro debe contener:

La información necesaria para identificar al asegurado y al asegurador, y

de ser necesario el nombre del beneficiario.

Fecha de emisión de la póliza, periodo de vigencia.

Descripción del seguro, los riesgos cubiertos y las sumas aseguradas.

La designación y el estado de los objetos que son asegurados.

La especificación de la prima que tiene que pagar el asegurado así como

la forma y el lugar de pago.

Las causales de resolución del contrato.

El procedimiento para reclamar la indemnización en caso ocurra el

siniestro.

Cláusulas que aclaren o modifiquen parte del contenido del contrato de

póliza.

La definición de los términos más importantes empleados en la póliza.

La indicación de los seguros existentes sobre el mismo objeto y riesgo.

A su vez las pólizas de seguros contienen ciertas condiciones que son las siguientes

1. Condiciones Generales: Aquellas establecidas para ser aplicadas a todos

los contratos de seguros de una misma clase expedidos por la entidad

aseguradora, estas representan el conjunto de reglas que establece el

asegurador para regular la operación jurídica de cada contrato que

emita, las condiciones generales son uniformes para todos los contratos

de seguros de un mismo tipo emitidos por la misma empresa de seguros.

2. Condiciones Particulares: Aquellas que individualizan el seguro y respecto

de las cuales surgen voluntades que generan el acuerdo de los sujetos

contratantes y da origen al correspondiente contrato de seguro.

Prevalecen sobre las condiciones generales por su carácter específico.

3. Condiciones Especiales: Estas condiciones suelen introducirse en

determinadas clases de pólizas de acuerdo a su función específica, a la

naturaleza de los objetos o a las personas aseguradas. Estas condiciones

tienen a delimitar determinada cláusula o conjunto de cláusulas, también

prevalecen sobre las cláusulas generales.

Page 15: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

Clasificación de las Pólizas

Con relación al ámbito de aplicación

Simples: Son aquellas en las que el objeto se determina con precisión, sin

que pueda ser reemplazado.

Flotantes: Son aquellas que cubren una pluralidad de objetos, sustituibles,

mientras dure el contrato.

En relación con el sujeto a favor del cual se extienden

Nominativas (persona determinada).

A la orden (persona determinable).

Al portador (persona indeterminada).

Individuales y colectivas (según el número singular o plural de los

asegurados).

Automáticas (sin fecha de la asunción del riesgo)

De revalorización (reajustables para prevenir la inflación).

En cuando a la manera de redactarlas

Con cláusulas impresas: contienen condicionado general utilizado para

toda clase de riesgos. Deben ser aprobadas por la autoridad competente.

Con cláusulas manuscritas: contienen el condicionado particular

conforme a la naturaleza específica de cada riesgo. En caso de que surjan

discrepancias entre ambas formas.

Corredor de Seguros (Insurance Broker)

Persona física o jurídica que realiza la actividad mercantil de mediación de

seguros privados sin mantener vínculos contractuales que supongan afección con

entidades aseguradoras, y que ofrece asesoramiento independiente, profesional

e imparcial a quienes demanden la cobertura de los riesgos a que se encuentran

expuestos sus personas, sus patrimonios, sus intereses o responsabilidades.

Los corredores de seguros deberán informar a quien trate de concertar el seguro

sobre las condiciones del contrato que a su juicio conviene suscribir y ofrecer la

cobertura que, de acuerdo a su criterio profesional, mejor se adapte a las

necesidades de aquel; asimismo, velarán por la concurrencia de los requisitos que

ha de reunir la póliza de seguro para su eficacia y plenitud de efectos.

Page 16: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

Igualmente, vendrán obligados durante la vigencia del contrato de seguro en

que hayan intervenido a facilitar al tomador, al asegurado y al beneficiario del

seguro la información que reclamen sobre cualquiera de las cláusulas de la póliza

y, en caso de siniestro, a prestarles su asistencia y asesoramiento.

El pago del importe de la prima efectuado por el tomador del seguro al corredor

no se entenderá realizado a la entidad aseguradora, salvo que, a cambio, el

corredor entregue al tomador del seguro el recibo de prima de la entidad

aseguradora.

Para ejercer la actividad de corredor de seguros, será precisa la previa inscripción

en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de

reaseguros y de sus altos cargos.

Las relaciones con las entidades aseguradoras derivadas de la actividad de

mediación del corredor de seguros se regirán por los pactos que las partes

acuerden libremente, sin que dichos pactos puedan en ningún caso afectar a la

independencia del corredor de seguros.

Las relaciones de mediación de seguros entre los corredores de seguros y su

clientela se regirán por los pactos que las partes acuerden libremente y

supletoriamente por los preceptos que el Código de Comercio dedica a la

comisión mercantil.

Derechos y Obligaciones del Asegurador

Rescindir el contrato cuando el asegurado agrave las circunstancias

esenciales del riesgo, aunque prácticamente no lo modifiquen (Art. 63º

LCS).

Resarcir el contrato dentro de los quince días siguientes en caso de

cambio de dueño de la cosa asegurada (Art. 107º LCS).

Rescindir el contrato en caso de omisiones o declaraciones inexactas de

los hechos (8º, 9º y 10º de la LCS).

Reducir la prestación debida, en caso de que no se le notifique con

oportunidad la ocurrencia del siniestro (Art. 66º LCS).

Adquirir los efectos salvados del siniestro, mediante el pago al asegurado

(Art. 116º LCS).

Elegir como forma de cumplir con la obligación principal, entre el paso, la

reposición o la reparación de la cosa asegurada (Art. 116º LCS).

Exigir al asegurado o beneficiario toda la información sobre los hechos

relacionados con el siniestro por los cuales se puede determinar las causas

y circunstancias de su realización y sus consecuencias (Art. 69º LCS).

Page 17: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

Derechos y Obligaciones del Asegurado

Proceder de buena fe al declarar y describir con claridad y la totalidad

de los elementos del riesgo que pretende asegurar.

Pagar la prima correspondiente al seguro.

Comunicar al asegurador las agravaciones esenciales del riesgo, dentro

de las 24 horas siguientes al momento en que las conozca (Art. 52º LCS).

Informar a la empresa aseguradora, por escrito, tan pronto como tenga

conocimiento, de la realización del siniestro (Art. 66º LCS).

Hacer del conocimiento por escrito de los diversos aseguradores, la

existencia de otros seguros respecto del mismo riesgo y por el mismo

interés (Art. 100º LCS).

Manifestar al asegurador el cambio de dueño del objeto asegurado (Art.

107º LCS).

Ejecutar los actos que tienden a evitar y disminuir los daños que puedan

surgir del siniestro (Art. 113º LCS).

Mantener es estado de las cosas después del siniestro (Art. 114º LCS).

Abstenerse de realizar actos, o de incurrir en omisiones, que impidan la

subrogación de la empresa en los derechos del asegurado contra

terceros con motivo del siniestro (Art. 111º LCS).

Page 18: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

CONCLUSIONES

Tenemos que el objeto del contrato es el de indemnizar al asegurado,

previo pago de una prima al asegurador, hay que tomar en cuenta que

esta indemnización es variable ya que está sujeta a que el siniestro

ocurra.

La clasificación que dan los autores sobre el contrato de seguro es

diversa, sin embargo dentro del trabajo se ha buscado unificar la

clasificación en dos grandes ramas que son: los seguros de interés y los

seguros de personas.

Finalmente tenemos que la póliza, es el instrumento probatorio por

excelencia del contrato celebrado entre el asegurado y el asegurador.

Es aconsejable ante de celebrarlo, leer todas las cláusulas contenidas en

el mismo, para tener una información completa de sus términos y

condiciones.

Page 19: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN

BIBLIOGRAFÍA

Gonzales Barrón, Gunther H. (2002) “ El contrato de seguro en el Perú”

Jurista Editores. Lima.

Montoya Manfredi, Ulises (1986). “Derecho Comercial” Tomo II. Cultural

Cuzco S.A. Lima.

Rodríguez Pastor, Carlos (1987) “Derecho de Seguros y Reaseguros”.

Fundación MJ. Bustamante de la Fuente. Lima.

JV Corredor de Seguros. “Historia del Seguro”.

GARRIGUES, Joaquín; "Curso de Derecho Mercantil"; Tomo IV; Editorial

Temis; Bogotá; 1987; pág. 64.

Page 20: Contrato de Seguro PDF

CONTRATO DE SEGURO – E.A.P. ADMINISTRACIÓN