Impacto de BEPS en Chile

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Impacto de BEPS en Chile Relator: Marcos Bravo Catalán Socio Salcedo & Cía. 2016

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Page 1: Impacto de BEPS en Chile

Impacto de BEPS en Chile

Relator: Marcos Bravo CatalánSocio Salcedo & Cía.

2016

Page 2: Impacto de BEPS en Chile

DIRECTRICES GENERALES DE OCDE

“PLAN DE ACCION BEPS”

• ORIGEN

• DESARROLLO• IMPLEMENTACION

Page 3: Impacto de BEPS en Chile

DIRECTRICES GENERALES DE LA “OCDE”

La Organización para la Cooperación yDesarrollo Económico (“OCDE”), comoorganizacion internacional creadoraDerecho Internacional Tributario, habiadesarrollado su programa e instrumentosde accio n en torno a la idea de evitar ladoble imposicio n internacional, centrandotal objetivo en el cumplimiento de losprincipios tributarios incluidos en dos desus documentos esenciales: la «Guia dePrecios de Transferencia», cuya últimaedicio n se remonta a julio de 2010, y elconocido Modelo de Convenio para evitar laDoble Imposicio n sobre la Renta y elPatrimonio.

PLAN ACCION BEPS

El objetivo primordial es apoyar los esfuerzos de lospaíses para dar forma a los sistemas fiscales justos,pues se necesitan cambios fundamentales para evitarla doble exención o baja imposición o el diferimientoasociados a prácticas que separen en forma artificiallos resultados o beneficios imponibles de lasactividades que la generan.

Soft law – Tax GapLey Suave y Brecha Tributaria

Page 4: Impacto de BEPS en Chile

¿QUE ES “BEPS” ?

Page 5: Impacto de BEPS en Chile

ProfitTax Base

ShiftingBase Erosion

International Tax Rules

GLOBALIZACION

1890192019501980201020131869

Page 6: Impacto de BEPS en Chile

¿QUE ES EL PLAN BEPS?

PLAN DE ACCION PARA COMBATIR

En total 15 planes de acción de la OCDE para evitar abusos, problemáticassobre residencia y fuentes de la renta o bene ficios, precios detransferencias, operaciones de financiamientos intra-­‐grupos, etc.

LA EROSION DE LA BASE IMPONIBLE (FISCAL)

(Detrimento, menoscabo, disminución de forma evasiva, ilícita y elusiva(abuso, fraude ley y/o simulación) de los resultados tributarios ( I – C = MB– GO = utilidad antes de impuestos +-­‐ Ajustes tributarios = Base Imponible)

Y TRASLADO ARTIFICIAL DE UTILIDADES

A países de baja o nula tributación, paraísos tributarios, regímenesespeciales de exenci ones, incentivos y franqui cias, abusos de convenios,planificaciones tributarias agresivas, etc.

Page 7: Impacto de BEPS en Chile

• EN UN MUNDO GLOBALIZADO

ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES

Page 8: Impacto de BEPS en Chile

PLAN DE ACCION BEPS

Combatir prácticas tributarias agresivas (perjudiciales) (HTP)

Limitar erosión por deducciones de intereses de financiamiento

Normas sobre entidades extranjeras controladas “CFC Rules”

Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos

Desafío Economía Digital

PT en otras áreas de alto riesgo

PT en Asignación de riesgo y capital

PT en trasacciones que involucran intangibles

Prevención artificial de EP

Prevención de utilización abusiva de convenio

Instrumento Multilateral

Resolución de controversias

Documentación de Precios de Transferencia

Revelación de mecanismos de planificación fiscal agresiva

Medición y monitoreo de BEPS

Page 9: Impacto de BEPS en Chile

15 ACCIONES ALREDEDOR DE 3 PRINCIPIOS

9

Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos

(2)

Prácticas tributarias agresivas (5)

Normas sobre entidades extranjeras controladas

“CFC Rules”(3)

Deducciones de intereses (4)

Prevención de utilización abusiva de convenio (6)

Prevención artificial de EP (7)

PT: trasacciones queinvolucran intangibles (8)

PT: Asignación de riesgosy capital (9)

PT: Otras áreas de riesgo(10)

Medición y monitoreo de BEPS (11)

Revelación de mecanismos de

planificación fiscal agresiva (12)

Documentación de precios de transferencia

(13)

Resolución de controversias (14)

Economía Digital (1)

Instrumento Multilateral para modificar los Convenios bilaterales(15)

Sustancia TransparenciaCoherencia

Page 10: Impacto de BEPS en Chile

¡Implementación de BEPS!

10

Otras recomendaciones

1. Entidades Hibridas

2. Normativa de Limitación deBeneficios (LOB) y/o Test delPrincipal Propósito (PPT)

3. Preámbulo

4. Otras medidas de anti-abuso detratados o convenios.

5. Definición de EstablecimientoPermanente.

6. Normas mínimas de soluciónde controversias. (Arbitraje)

Cambios en los Modelosde Convenios

1. Informe País por País ( CbyC) yDocumentación de PT

2. Prácticas fiscales perjudiciale s(HPT)

3. Desajustes por Hibridos

4. Deducciones de intereses

5. Reglas CFC

6. Reglas de divulgación obligatoria(información Adm. Tributarias)

1. Capit ulo I: Reconocimiento deingresos reales, alocación de riesgos ,sinergias de grupo, características delmercado local, etc.

2. Capít ulo II : Materias primas(Commodities)

3. Capít ulo V: Documentación de PT eInforme país por país (CbyC)

4. Capítulo VI: Intangibles

5. Capít ulo VII: Servicios de bajo valoragregado (sin creación de valor)

6. Capít ulo V III: Acuerdos deasignación de costos.

Aplicación inmediata dependiendo del sistema legal y fiscal

Modificar los tratadosbilaterales, firma de instrumentomultilateral durante el año 2016.

Cambios de leyes y prácticasnacionales dependiendo del

sistema.

Cambios en lasDirectrices de PT

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Gran GrupoMultinacional

Plan N° 13 Reporting

HQ

SubSub

Sub1 Sub2

Grupo Multinacional

Master file Local File CbC Report

cbccbccbc

LF

LFMF

LF

MF

MF

Descripción general de los negocios del

Grupo (Creación de Valor)

Información más detallada de las transacciones

intercompañía que afecta a la jurisdicción local

Información país por país financiera y

tributaria del Grupo Multinacional

Page 12: Impacto de BEPS en Chile

Country by Country Report• Reporte CbC información para las administraciones tributarias y otros muchos

países.

Page 13: Impacto de BEPS en Chile

ESPECTATIVAS REPORTING CbC

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“Análisis de Casos”(BEPS)

14

Page 15: Impacto de BEPS en Chile

Ø Evitar la retención de impuestos de propiedad de C en favor de B

Ø No hay impuesto de retención sobre los pagos de regalías a las entidades con sede en los Países Bajos

Ø C puede pagar regalías a D por el uso de sub-­‐licencias.

Ø B es el residente en un paraíso fiscal y por lo tanto no hay impuesto, por regalías recibidas.

Ø Al final la utilidad o beneficio cambió a una jurisdicción sin tasa impositiva significativa.

¿PLANIFICACION FISCAL O GESTIÓN PARA LA EVASION?

-­‐ Abuso de Convenios. (Acción 6)-­‐ Utilización de país de baja o nula tributación

(Acción 11 (MyM))-­‐ Mecanismo Híbridos (Acción 2) ¿Dividendos o

Royalties?-­‐ Planificación agresiva (Acción 5 HPT y Acción 12

Informar HPT)

¿Es una PlanificaciónTributaria?

CASO BEPS “ABUSO DE CONVENIOS-­‐PLANIFICACIÓN AGRESIVA

Page 16: Impacto de BEPS en Chile

País de baja Tributación

• Andorra, no es un paraíso fiscal.• Impuesto a las sociedades 10%

• Impuesto general indirecto 4,5% (IVA)• CDT con España y Francia

• Sigue modelo de Irlanda y Luxemburgo

Page 17: Impacto de BEPS en Chile

Ultimas Noticias OCDE

• Release of BEPS discussion drafts on attribution of profits to permanent establishments and revised guidance on profit splits 4 July 2016

• Public comments received for the discussion draft on the multilateral instrument for BEPS tax treaty measures 4 July 2016

• New steps to strengthen transparency in international tax matters: OECD releases guidance on the implementation of country-­‐by-­‐country reporting29 June 2016•

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“PLAN DE BEPS EN CHILE”

Page 19: Impacto de BEPS en Chile

PLAN BEPS EN CHILE

5/7/2016 SII recibió 7.832 declaraciones voluntarias de capitales en el exterior

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Santiago, 4 de Enero de 2016Monto de Impuesto Determinado llegó a US$1.502 millones:

SII recibió 7.832 declaraciones voluntarias de capitales en el exteriorNorma incluida en la Reforma Tributaria estableció como plazo hasta el 31 de diciembre de 2015 para declarar voluntariamente bienes o rentasque se encuentren en el extranjero, pagando un impuesto único del 8%.

Un total de 7.832 declaraciones recibió al 31 de diciembre el Servicio de Impuestos Internos por parte decontribuyentes que se acogieron al sistema voluntario y extraordinario de declaración de bienes o rentas que seencuentren en el exterior, que estableció el artículo 24 Transitorio de la Reforma Tributaria. Los impuestosdeterminados e ingresados en arcas fiscales por este concepto alcanzaron los US$1.502 millones.

La norma estaba orientada a los contribuyentes domiciliados, residentes, establecidos o constituidos en Chilecon anterioridad al 1 de enero de 2014, quienes pudieron optar voluntariamente por declarar ante el Servicio deImpuestos Internos ciertos bienes y rentas que se encuentren en el extranjero o en el país, cuando habiendoestado afectos a impuestos en el país, no hayan sido oportunamente declarados y/o gravados con los tributoscorrespondientes.

Lo anterior, pagando un impuesto especial de 8%, único y sustitutivo de los demás impuestos que pudierenhaber afectado a los bienes o rentas declarados.

Para dar curso al procedimiento, el interesado debía presentar al SII el Formulario N°1920 de DeclaraciónJurada Extraordinaria de Bienes, Divisas y Rentas, mecanismo excepcional se mantuvo vigente hasta el 31 dediciembre último, fecha a partir de la cual empezó a regir el régimen obligatorio de declaración de rentas

pasivas extranjeras que estableció la misma Ley. Cabe destacar que el proceso de declaración de capitales en el exterior se efectuó con absoluta normalidad, tanto desde el punto de vista de los procedimientos ysistemas diseñados para la recepción de los formularios, como del pago del impuesto sustitutivo.

De hecho el peak del proceso se registró el 30 de diciembre, con la recepción de 933 declaraciones juradas a través de la aplicación habilitada en internet para facilitar elprocedimiento, lo que se verificó sin inconvenientes.

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5/7/2016 Director del SII viajó a Japón para participar en reunión clave de la OCDE para combatir evasión

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Santiago, 29 de Junio de 2016

Cita se desarrollará desde mañana en Kioto:

Director del SII viajó a Japón para participar en reunión clave de la OCDE

para combatir evasión

Representará a Chile en el Comité de Asuntos Fiscales del organismo internacional, que permitirá el ingreso de todos los países y jurisdiccionesinteresadas en participar y poner en marcha nuevo marco inclusivo de implementación del Proyecto BEPS contra la erosión de la base imponible yel traslado de beneficios.

Rumbo a Japón viajó el Director del Servicio de Impuestos Internos, Fernando Barraza, para participar como

representante de Chile en la reunión del Comité de Asuntos Fiscales de la Organización para la Cooperación y el

Desarrollo Económicos, OCDE, cita que se desarrollará en la ciudad de Kioto los días 30 de junio y 1 de julio

próximos.

El Comité de Asuntos Fiscales encabeza el Centro de Política y Administración Tributaria de la OCDE y es la

instancia líder a nivel internacional en material de estándares tributarios, y en él participan autoridades

tributarias de 44 países.

La importancia de esta reunión en Kioto radica en que el Comité de Asuntos Fiscales permitirá el ingreso en

calidad de asociados de todos los países y jurisdicciones interesadas en participar y poner en marcha las

medidas del Proyecto BEPS, que busca limitar los vacíos normativos que existen a nivel internacional y que

permiten que los beneficios de las empresas desaparezcan o sean trasladados artificialmente a jurisdicciones de

baja o nula tributación, en las que dichas empresas desarrollan una escasa o inexistente actividad económica.

En particular, se revisará la implementación de las 15 acciones previstas en el Plan de acción BEPS bajo el

marco de los 4 estándares o lineamientos acordados sobre prácticas tributarias nocivas, el abuso de los tratados

para evitar la doble tributación internacional, la entrega de información de las multinacionales por país y

mecanismos para facilitar la resolución de disputas que involucran a más de una jurisdicción tributaria. Lo anterior, incluyendo los desafíos fiscales que plantea la

economía digital.

Cabe precisar que según estimaciones conservadoras, la pérdida recaudatoria derivada de la erosión de las bases imponibles y del traslado de beneficios (BEPS, por sus

siglas en inglés), se calcula entre los US$100 mil y US$240 mil millones al año.

Finalmente, cabe tener presente que la Reforma Tributaria introdujo mecanismos de prevención y control que se alinean con las acciones del Plan BEPS, como por

ejemplo, las nuevas normas de introducidas en la Ley de la Renta sobre tributación de las rentas pasivas de fuente extranjera y los criterios para reconocer un régimen de

nula o baja tributación.

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5/7/2016 Chile firmó acuerdo para intercambiar información sobre operaciones globales de empresas multinacionales

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Santiago, 27 de Enero de 2016

Esta tarde, en la sede de la OCDE:

Chile firmó acuerdo para intercambiar información sobre operacionesglobales de empresas multinacionales

Convenio multilateral, suscrito en París por autoridades tributarias de 34 países, permitirá obtener por primera vez una visión global de lasoperaciones de estas compañías, la distribución territorial de sus ingresos, sus actividades económicas y los impuestos que han pagado endistintas jurisdicciones.

Chile suscribió hoy en París, el primer Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes para el

Intercambio de Informes país por país sobre operaciones globales de empresas multinacionales, lo que

permitirá obtener por primera vez una visión global de las operaciones de estas compañías, la

distribución territorial de sus ingresos, sus actividades económicas y los impuestos que han pagado en

distintas jurisdicciones.

El convenio fue firmado por las autoridades tributarias de 34 países, entre ellos el Director del Servicio de

Impuestos Internos chileno, Fernando Barraza, en la sede de la Organización para la Cooperación y el

Desarrollo Económicos, y su concreción forma parte de la implementación de las medidas del Plan de

Acción Contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios–BEPS por sus siglas en inglés­

una iniciativa de la OCDE y el G­20 que identifica acciones para abordar la erosión de la base imponible y

el traslado de beneficios.

El Informe País por País exige a las empresas multinacionales que declaren anualmente, por cada

jurisdicción fiscal en la que operan, la cuantía de sus ingresos y beneficios antes del impuesto sobre

sociedades, así como el importe del impuesto sobre sociedades percibido y devengado. Esto permitirá a las

autoridades tributarias obtener información sobre la distribución territorial de los ingresos de las

compañías, sus actividades económicas y los impuestos que han pagado en distintas jurisdicciones.

Cabe señalar que funcionarios de diversas áreas y divisiones del SII participaron, entre los años 2014 y 2015, en las distintas instancias de trabajo de la OCDE en que se

preparó el plan de 15 acciones que buscan entregar a los Estados soluciones para limitar los vacíos normativos que existen a nivel internacional, los cuales permiten que

los beneficios de las empresas desaparezcan o sean trasladados artificialmente a jurisdicciones de baja o nula tributación, en las que dichas empresas desarrollan una

escasa o inexistente actividad económica.

En el caso chileno, la firma de este acuerdo viene a complementar una serie de medidas estructurales que el SII ha estado implementando con el objetivo de proteger

adecuadamente la base tributaria nacional, entre las cuales destacan las nuevas normas de control fiscal internacional de la Reforma Tributaria, la nueva Declaración

Jurada de Caracterización Tributaria Global que deben presentar en abril las grandes empresas, el fortalecimiento de las metodologías de análisis de riesgo en materia

internacional y la creación desde diciembre último de la Oficina de Análisis de la Elusión.

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5/7/2016 Director del SII viajó a Europa para participar en reunión de la OCDE

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Santiago, 26 de Enero de 2016

Cita se desarrollará en París:

Director del SII viajó a Europa para participar en reunión de la OCDE

Representará a Chile ante el Comité de Asuntos Fiscales del organismo internacional, donde se analizarán materias relacionadas con política tributaria y administración.

Rumbo a París, Francia, viajó ayer el Director del Servicio de Impuestos Internos, Fernando Barraza, para

participar como representante de Chile en la primera reunión del año del Comité de Asuntos Fiscales de la

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, OCDE, cita que se desarrollará en la capital Gala

los días 27 y 28 de enero próximos.

El Comité de Asuntos Fiscales encabeza el Centro de Política y Administración Tributaria de la OCDE y es la

instancia líder a nivel internacional en material de estándares tributarios, en él participan autoridades tributarias

de 44 países.

Durante la reunión, los países planean avanzar en el mecanismo de implementación del Proyecto OCDE/G20

para la lucha contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (BEPS por sus siglas en inglés).

Funcionarios de distintas divisiones del SII participaron, entre 2014 y 2015, en las distintas instancias de trabajo

de la OCDE en que se preparó el plan de 15 acciones que buscar entregar a los Estados soluciones para limitar

los vacíos normativos que existen a nivel internacional y que permiten que los beneficios de las empresas

desaparezcan o sean trasladados artificialmente a jurisdicciones de baja o nula tributación, en las que dichas

empresas desarrollan una escasa o inexistente actividad económica.

Cabe señalar que Fernando Barraza, quien viaja acompañado por la Jefa del Departamento de Normas

Internacionales del SII, LiseLott Kana, sostendrá en París una serie de reuniones paralelas al encuentro, entre ellas, una con la embajadora permanente de Chile ante la

OCDE, Claudia Serrano, y otra con el Director del Centro de Política y Administración Tributaria del organismo, Pascal Saint­Amans.

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5/7/2016 SII recibió la visita del Director del Centro de Política y Administración Tributaria de la OCDE

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Santiago, 18 de Marzo de 2016Reunión se enmarca en la etapa de implementación del Proyecto BEPS

SII recibió la visita del Director del Centro de Política y Administración

Tributaria de la OCDE

El Director del Servicio de Impuestos Internos, Fernando Barraza, recibió en visita oficial al Director del Centrode Política y Administración Tributaria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE),Pascal Saint­ Amans, en el marco de la etapa de implementación de los resultados del Proyecto contra la Erosiónde las Bases Imponibles y el Desvío de Beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés). El proyecto BEPS es una iniciativa global impulsada por el G20, la OCDE y otros países, que busca combatir laevasión y elusión tributaria internacional. Su foco apunta a mejorar las reglas y principios de tributacióninternacional, a partir de un Plan de Acción de 15 acciones o metas concretas. En la cita, en la que estuvieron presentes Alberto Cuevas, coordinador de Política Tributaria del Ministerio deHacienda, y Néstor Venegas, abogado de Normas Internacionales de la Subdirección Normativa del SII, PascalSaint­Amans explicó los desafíos propios de esta implementación y la necesidad de hacerlo extensivo a otraseconomías en vías de desarrollo. Además, recalcó la importancia de crear un instrumento internacionalmultilateral, que incorpore eficazmente las normas y recomendaciones resultantes del proyecto BEPS, demanera simultánea y con la mayor cantidad de convenios tributarios bilaterales posibles. Saint­Amans destacó también que los esfuerzos del proyecto BEPS van de la mano de otras iniciativasinternacionales, en materia de transparencia e intercambio de información para fines fiscales. Puntualmente, serefirió a los logros del trabajo del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria

(GFTEOI, por sus siglas en inglés) y la importancia de sus avances recientes en términos de implementación del intercambio automático de información bancaria, bajo unestándar común de reporte (CRS o Common Reporting Standard), trabajo en el que también participa activamente Chile.

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5/7/2016 SII profundiza seguimiento exhaustivo de chilenos con sociedades Offshore en paraísos fiscales

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Santiago, 4 de Abril de 2016Caso Panamá Papers:

SII profundiza seguimiento exhaustivo de chilenos con sociedades Offshore

en paraísos fiscales

La denominada “Lista Panamá” podrá ser utilizada para complementar las diferentes iniciativas de fiscalización y colaboración con otros países. Precisamente en enero último Chile firmó en la sede de la OCDE convenio multilateral de intercambio de información sobre operaciones globales.

El Servicio de Impuestos Internos informó hoy que se encuentra realizando un seguimiento exhaustivo de loschilenos mencionados en la divulgación simultánea a nivel mundial del caso denominado Panamá Papers, en elmarco de la fiscalización que el organismo realiza permanentemente a los contribuyentes vinculados consociedades Offshore radicadas en paraísos fiscales para verificar el correcto y cabal cumplimiento de lasobligaciones que les correspondan en materia de tributación internacional.

Cabe tener presente que la política del SII en éstas materias está alineada con las prácticas internacionalesconstruidas a lo largo del tiempo con otros países, con la experiencia interna recogida en los procesos defiscalización y con las recomendaciones de la OCDE, las que ponen el foco en la obtención de información parafines tributarios y el tratamiento de situaciones que se consideren nocivas desde una perspectiva fiscal. Así,por ejemplo:

Nuestro país cuenta a la fecha con más de una veintena de convenios para evitar la doble tributacióninternacional que tienen como un objetivo esencial el prevenir la evasión y la elusión tributaria a través dediferentes cláusulas que limitan sus beneficios.

El SII tiene vigentes más de una decena de convenios específicos y automáticos de intercambio de información,incluyendo a países como México y España. Se solicita periódicamente información de tipo internacional a los contribuyentes del país a través de declaraciones juradas como la N°1861 sobre transferencia defondos desde y hacia el exterior; la N°1851 sobre inversiones en el exterior, y la N°1912 de impuesto adicional sobre rentas remesadas al extranjero. Se agrega a lo anterior, la participación activa del SII en grupos especiales promovidos por la OCDE, por ejemplo, en el Grupo N°11 del Comité de Asuntos Fiscalesque se aboca al estudio de la planificación agresiva y en el Grupo JITSIC, que se utiliza como una instancia de colaboración en materias de fiscalizacióninternacional. Se suman los cambios legales de la Reforma Tributaria, que fortalecen el control del exceso de endeudamiento, los criterios para reconocer territorios ojurisdicciones de nula o baja tributación, y el control de las rentas pasivas de fuente extranjera, entre otros. Por último, en lo referente al año tributario 2016, el SII hizo obligatoria la presentación de la declaración jurada N°1913 sobre Caracterización tributaria global, enla que se solicita información relacionada con la base tributaria nacional.

Con todo lo anterior, el Servicio prepara planes de fiscalización que consideran diferentes tipos de acciones, las que han sido advertidas tanto en el Plan de CumplimientoTributario dado a conocer el año 2015, como en los énfasis de fiscalización para la Operación Renta 2016.

Cabe señalar que entre el año 2013 y 2015 se han realizado más de mil fiscalizaciones, detectándose diferencias impositivas superiores a los $348.000 millones. En estosplanes se han revisado materias de precios de transferencia, uso de convenios para evitar la doble tributación, rentas de artistas y deportistas, utilización deestablecimientos permanentes en el exterior, entre otros, en los que aparece de manera frecuente la utilización de paraísos tributarios y regímenes fiscales de nula o bajatributación.

Sin embargo, al igual que otras administraciones tributarias, el SII enfrenta restricciones de acceso a la información internacional lo que se evidencia en varios reportesde la OCDE y, recientemente, en el Plan de acción BEPS que promueve lineamientos para tratar situaciones que lesionan la base tributaria nacional. Bajo el alero de ésteplan, Chile se ha adherido a una plataforma global de intercambio de información bancaria y de transacciones entre empresas relacionadas, que comenzará a funcionar elaño 2017.

En este contexto, la denominada “Lista Panamá” podrá ser utilizada para complementar las distintas iniciativas de fiscalización y colaboración con otros países. En estepunto y en el marco del Grupo JITSIC mencionado anteriormente, la Administración Tributaria de Australia (ATO) había solicitado a fines de marzo al SII iniciar unprocedimiento de colaboración que ya se encuentra en curso.

Así por ejemplo, cuando tomó conocimiento de la llamada Lista Falciani, con los nombres de potenciales evasores fiscales con cuentas no declaradas en la sucursalen Ginebra del banco británico HSBC, funcionarios del SII viajaron especialmente a Francia para reunirse con la Administración Tributaria de ese país y obtener losantecedentes, lo que dio lugar a una serie de procedimientos de fiscalización específicos sobre contribuyentes chilenos que aparecían mencionados en la nómina.

Asimismo, y en conformidad con el plazo de 12 meses que le otorga la ley, el SII se encuentra fiscalizando en detalle las declaraciones recibidas por parte decontribuyentes domiciliados, residentes, establecidos o constituidos en Chile que se acogieron al sistema voluntario y extraordinario de declaración de bienes o rentas enel exterior, que estableció el artículo 24 Transitorio de la Reforma Tributaria para regularizar la tributación correspondiente.

Finalmente, cabe tener presente que la utilización de esquemas internacionales como la creación de sociedades Offshore en regímenes fiscales preferenciales noconstituye en sí misma una conducta ilegal, mientras ello no implique una vulneración de la normativa vigente.

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5/7/2016 SII aplicará acciones acordadas en reunión de coordinación internacional por caso Panamá Papers

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Santiago, 15 de Abril de 2016

Países buscan mejorar mecanismos de cooperación a escala Global:

SII aplicará acciones acordadas en reunión de coordinación internacionalpor caso Panamá Papers

Equipo multidisciplinario del organismo participó vía streaming en cita de Administraciones Tributarias de la OCDE y del G20 efectuada esta

semana en París.

Bajo la coordinación del Grupo JITSIC (Unión Internacional de Información y Colaboración sobre Paraísos

Fiscales), oficiales y delegados de las administraciones tributarias de los países miembros de la OCDE y del G20

se juntaron el miércoles recién pasado en Paris, de manera remota y presencial, para analizar las acciones

globales y colaborativas en situaciones como aquellas que pudieran observarse en el caso conocido como

“Panamá Papers”.

En la oportunidad, el Subdirector de Fiscalización del SII, Victor Villalón, junto a funcionarios de esa repartición

y de la Subdirección Normativa, participaron de manera remota en la extensa jornada de análisis y discusión,

que básicamente perseguía buscar acciones conjuntas para mejorar la transparencia fiscal, potenciando la

cooperación y el intercambio de informaciones relevantes para identificar riesgos de fraude.

En la cita se destacó que el caso de “Panamá Papers” representa una oportunidad para cerrar ciertos vacíos

tributarios, para compartir la inteligencia y práctica fiscal y para generar sinergias en la resolución operativa de

casos susceptibles de ser considerados como evasivos o elusivos, conductas que de acuerdo a variados reportes

e instituciones pueden generar impactos negativos en los presupuestos nacionales, ventajas artificiales de

mercado y, en suma, al interés general de la ciudadanía.

En ese contexto, a la lista de actividades informadas por el SII el 04 de Abril se adicionarán las acordadas en

ésta reunión, lo que se desarrollará con estricto respeto a la normativa vigente y convenios para evitar la doble

tributación internacional y prevenir la evasión y elusión tributaria:

Fiscalizar los casos que se tome conocimiento con motivo de las diferentes fuentes de información disponibles,

Compartir información acerca de los diferentes esquemas que se observan en cada país, de manera innominada,

Recabar información y compartir información sobre los roles que se observan para los intermediarios tributarios que facilitan tales esquemas,

Priorizar los intercambios de información, relevando los recursos necesarios para una acertada colaboración y utilizando los mecanismos e instrumentos legales

vigentes.

A propósito de esta reunión en París, la OCDE emitió un comunicado que puede ser revisado aquí.

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5/7/2016 Director del SII participa en México en conferencia Internacional de Administraciones Tributarias

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Santiago, 25 de Abril de 2016Asamblea anual del CIAT:

Director del SII participa en México en conferencia Internacional deAdministraciones Tributarias

Cita coincide con el Quincuagésimo Aniversario del organismo que reúne a 38 países de América, Europa, África y Asia.

En Ciudad de México se encuentra el Director del Servicio de Impuestos Internos, Fernando Barraza, paraparticipar como representante de Chile en la Quincuagésima Asamblea Anual del Centro Interamericano deAdministraciones Tributarias, CIAT, cita que se desarrollará en la capital Azteca entre los días 25 y 28 de abril.

El tema Central de la reunión será el “Pasado, presente y futuro de la Administración Tributaria”, y tiene unsignificado especial ya que coincide con el aniversario número 50 de la organización tributaria internacional.

Barraza viajó acompañado por el Subdirector de Desarrollo de la Personas del SII, Christian Hansen, con quienefectuará una presentación sobre Los Recursos Humanos y la profesionalización de las administracionestributarias.

Se espera que al margen de analizar en profundidad el estado actual de las Administraciones Tributarias, laAsamblea aborde los caminos a seguir para prevenir y combatir todas las formas de fraude, evasión y elusióntributaria y facilitar el cumplimiento voluntario.

Además de los representantes de los países miembros y miembros asociados, la reunión contará con laparticipación de organismos internacionales como el Banco Mundial, la Organización para la Cooperación y elDesarrollo Económico, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Interamericano de Desarrollo y la

Organización Mundial de Aduanas, entre otras.

Para mayor información seleccione aquí.

Mi SIIRegistro de

Contribuyentes

Impuestos

Mensuales

Factura

Electrónica

Boleta de

HonorariosRenta

Declaraciones

Juradas

Bienes

Raíces

Situación

Tributaria

Tasación de

Vehículos

Libros

Contables

Infracciones y

Condonaciones

Page 20: Impacto de BEPS en Chile

PLAN DE GESTIÓN CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO 2016 SII

PLAN DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO 2016

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lo que permitió evidenciar altos niveles de incumplimiento tributario. Este incumplimiento se profundiza aún más en el caso de sociedades privadas que administran flujos de terceros.

Durante este año, por lo tanto, se continuará reforzando la caracterización de estos instrumentos financieros y, especialmente, el rol y las responsabilidades que le caben a los agentes financieros o de valores donde se observan en algunos casos, desconocimientos de la normativa tributaria, o bien, errores severos de interpretación y en algunos casos conductas negligentes.

Declaraciones juradas y formulario 22 de impuesto a la renta.

Se intensificarán las acciones preventivas para la presentación de Declaraciones Juradas y Formulario 22 de Impuestos Anuales a la Renta. En este caso, se puede mencionar a modo de ejemplo:

x Disposición de acciones preventivas para informar a los contribuyentes los errores comunes que usualmente afectan sus declaraciones y a terceros con el objetivo que le den solución.

x La utilización de un formulario de renta en pantalla adaptable a las características tributarias del contribuyente, de modo que no cometa errores en la utilización de códigos.

ESTRATEGIA EN LA FISCALIZACIÓN INTERNACIONAL

Comercio internacional (exportadores / importadores).

El control y seguimiento a los contribuyentes que realicen actividades de comercio internacional son un foco de interés tanto para el Servicio Nacional de Aduanas, como para el SII. Dado lo anterior, el plan de tratamiento para el sector considera acciones complementarias entre sí, tales como: la actitud hacia el cumplimiento del contribuyente en la selección de casos a revisar y su respectivo alcance; la caracterización y análisis de contribuyentes exportadores de servicios; y la aplicación de acciones de tratamiento a contribuyentes importadores que operan en la informalidad.

Contribuyentes con operaciones en el exterior.

Considerando la especial importancia de estos contribuyentes, durante este año los temas a controlar se relacionan con precios de transferencia, uso de convenios para evitar la doble tributación, rentas de artistas y deportistas, utilización de establecimientos permanentes en el exterior, aquellos que declaran créditos por impuestos pagados en el exterior, la correcta inclusión de las rentas de bienes en el exterior y la contabilización de intangibles en el área de servicios, entre otros.

PLAN DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO 2016

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Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que se aplicarán Revisiones de Riesgo en aquellos casos en que no se tenga un adecuado nivel de información o certeza, de la existencia o de las causas que explican ciertos incumplimientos o riesgos. Así, la revisión de riesgo, cualquiera sea su naturaleza, remota o presencial, en oficina o terreno, tiene como propósito recabar información del contribuyente, de su segmento, o de la situación bajo análisis, pudiendo en el contexto de su aplicación constatar el incumplimiento o incrementar la certeza de éste. En este mismo sentido, se podrán desplegar acciones de tipo aleatorio o exploratorias, cuyo objetivo puede estar ligado a aumentar la percepción de control sobre un segmento determinado, o bien, como un mecanismo de identificación de un riesgo del que se quiera indagar con mayor profundidad respecto de las causas del posible incumplimiento.

Las acciones de tratamiento señaladas, ya sean preventivas, correctivas o estructurales, así como las revisiones de riesgo, configuran una amplia gama de posibilidades para gestionar y mejorar los niveles de comportamiento tributario, lo que a su vez se estima redundará en mayores beneficios para el interés fiscal, para los mercados y para la comunidad, puesto que su armonización con los niveles de riesgo promueve un uso eficiente de los recursos. Adicionalmente, la proporcionalidad de la aplicación de las acciones de tratamiento, en consideración al perfil de cumplimiento de los contribuyentes, en términos de su disposición a cumplir con las obligaciones tributarias, promueve mayores niveles de justicia y equidad en la labor fiscalizadora.

MARCO GENERAL DEL MODELO GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO.

El Plan 2016 considera un conjunto de focos de cumplimiento tributario que se valen de los siguientes elementos relevantes o estructurales:

Análisis de segmentos. Para avanzar en una medición de los niveles de riesgo y brechas tributarias, se ha definido profundizar el conocimiento de grupos de contribuyentes relevantes, que comparten una serie de atributos comunes, con el objetivo de identificar, analizar y caracterizar factores de riesgos con un mayor nivel de certeza y definir acciones de tratamiento acordes a su conducta y actitud hacia el cumplimiento tributario. Un segmento puede ser relevante por el impacto que posee en la recaudación, de interés por las conductas observadas, u otros factores, y pueden ser de alcance nacional o regional.

PLAN DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO 2016

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Fuente: OECD

Fuente: OECD

Cumplimiento tributario en terreno. Este año se fortalecerá aún más este tipo de acciones con la adecuación de estrategias conforme al riesgo de los contribuyentes y la incorporación de nuevas tecnologías que permitirán al funcionario recabar información en terreno.

De esta manera, se robustecerá la fiscalización preventiva y las revisiones de riesgo de determinados perfiles de contribuyentes, de modo tal que se apliquen tratamientos preventivos y correctivos in situ, incluyendo la aplicación de multas y clausuras, toda vez que fuere pertinente, frente a incumplimientos reiterados y una actitud negativa frente al cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Control del comportamiento agresivo. En línea con las acciones iniciadas durante el año 2015, y considerando los recursos adicionales de fiscalización provistos con motivo de la reforma tributaria, como la norma general anti elusiva, la coordinación global en materias de fiscalización internacional, a contar del segundo semestre de 2016 comenzarán a desplegarse en las Direcciones Regionales trabajos especiales dedicados al monitoreo y control del comportamiento agresivo.

Destaca en éste ámbito el denominado Plan de Acción BEPS, de alcance internacional, y en el que el SII se encuentra participando activamente.

Colaboración y coordinación internacional. En octubre de 2015 se aprobó por los Ministros de Hacienda de los países miembros de la OECD y del G20, el Plan de Acción BEPS (Erosión de la base imponible y traslado de beneficios), que considera la implementación y coordinación global de 15 medidas destinadas a proteger la base tributaria nacional y combatir el comportamiento agresivo.

En este contexto, se darán a conocer las medidas en materias de precios de transferencia y se implementarán las adecuaciones necesarias para la correcta fiscalización de los nuevos artículos 41F, sobre exceso de endeudamiento, 41G sobre régimen de rentas pasivas extranjeras y 41H sobre regímenes de nula o baja tributación, introducidos por la Ley N° 20.780 y modificados por la Ley N° 20.899 que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias.

PLAN DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO 2016

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Fuente: OECD

Fuente: OECD

Cumplimiento tributario en terreno. Este año se fortalecerá aún más este tipo de acciones con la adecuación de estrategias conforme al riesgo de los contribuyentes y la incorporación de nuevas tecnologías que permitirán al funcionario recabar información en terreno.

De esta manera, se robustecerá la fiscalización preventiva y las revisiones de riesgo de determinados perfiles de contribuyentes, de modo tal que se apliquen tratamientos preventivos y correctivos in situ, incluyendo la aplicación de multas y clausuras, toda vez que fuere pertinente, frente a incumplimientos reiterados y una actitud negativa frente al cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Control del comportamiento agresivo. En línea con las acciones iniciadas durante el año 2015, y considerando los recursos adicionales de fiscalización provistos con motivo de la reforma tributaria, como la norma general anti elusiva, la coordinación global en materias de fiscalización internacional, a contar del segundo semestre de 2016 comenzarán a desplegarse en las Direcciones Regionales trabajos especiales dedicados al monitoreo y control del comportamiento agresivo.

Destaca en éste ámbito el denominado Plan de Acción BEPS, de alcance internacional, y en el que el SII se encuentra participando activamente.

Colaboración y coordinación internacional. En octubre de 2015 se aprobó por los Ministros de Hacienda de los países miembros de la OECD y del G20, el Plan de Acción BEPS (Erosión de la base imponible y traslado de beneficios), que considera la implementación y coordinación global de 15 medidas destinadas a proteger la base tributaria nacional y combatir el comportamiento agresivo.

En este contexto, se darán a conocer las medidas en materias de precios de transferencia y se implementarán las adecuaciones necesarias para la correcta fiscalización de los nuevos artículos 41F, sobre exceso de endeudamiento, 41G sobre régimen de rentas pasivas extranjeras y 41H sobre regímenes de nula o baja tributación, introducidos por la Ley N° 20.780 y modificados por la Ley N° 20.899 que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias.

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Consulta pública y consulta previa. En el marco de los cambios introducidos por la Ley N° 20.780, el SII ha dispuesto

de una plataforma electrónica para publicar los borradores de instrucciones y

circulares, que permite a los contribuyentes o a los intermediarios tributarios

hacer llegar sus inquietudes, consultas y propuestas de adecuación de los

mismos, enfoque participativo de trabajo que pone a Chile a la vanguardia en

materias colaborativas de cumplimiento tributario. De manera similar, y por

aplicación de lo dispuesto en el Art. 26 bis del Código Tributario, los contribuyentes podrán formular

consultas sobre determinadas planificaciones tributarias, de manera específica y/o general.

Rol de los intermediarios y colaboradores tributarios. Tomando en consideración reportes internacionales y prácticas observadas en diversas

administraciones tributarias, a contar del presente año se desplegarán diferentes acciones sobre la

base de la caracterización de roles e impacto que pueden tener en los niveles de cumplimiento

tributario los intermediarios o colaboradores tributarios, tales como contadores, asesores legales,

agentes de inversión o financieros.

ESTRATEGIAS 2016 PARA EL CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO.

Teniendo presente los elementos y focos descritos anteriormente, el Servicio ha establecido 6

estrategias generales de fiscalización, a saber:

x Estrategia integral en el IVA

x Estrategia integral en la renta

x Estrategia en la fiscalización internacional

x Estrategias para segmentos específicos

x Estrategias regionales

x Estrategia para el comportamiento agresivo

ESTRATEGIA INTEGRAL EN EL IVA

Sub-declaración de IVA.

La sub-declaración de IVA se controlará a través de diversas acciones de tratamiento que

abarcan sectores con una propensión mayor a evidenciar altos niveles de incumplimiento, tales

como comercio al detalle, prestadores de servicio o de mano de obra, sectores primarios y

transacciones por internet, entre otros.

Además, el Servicio velará porque aquellos contribuyentes no declarantes de IVA, que se

encuentren obligados a pagar el impuesto a través del formulario 29, se pongan al día con sus

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lo que permitió evidenciar altos niveles de incumplimiento tributario. Este incumplimiento se profundiza aún más en el caso de sociedades privadas que administran flujos de terceros.

Durante este año, por lo tanto, se continuará reforzando la caracterización de estos instrumentos financieros y, especialmente, el rol y las responsabilidades que le caben a los agentes financieros o de valores donde se observan en algunos casos, desconocimientos de la normativa tributaria, o bien, errores severos de interpretación y en algunos casos conductas negligentes.

Declaraciones juradas y formulario 22 de impuesto a la renta.

Se intensificarán las acciones preventivas para la presentación de Declaraciones Juradas y Formulario 22 de Impuestos Anuales a la Renta. En este caso, se puede mencionar a modo de ejemplo:

x Disposición de acciones preventivas para informar a los contribuyentes los errores comunes que usualmente afectan sus declaraciones y a terceros con el objetivo que le den solución.

x La utilización de un formulario de renta en pantalla adaptable a las características tributarias del contribuyente, de modo que no cometa errores en la utilización de códigos.

ESTRATEGIA EN LA FISCALIZACIÓN INTERNACIONAL

Comercio internacional (exportadores / importadores).

El control y seguimiento a los contribuyentes que realicen actividades de comercio internacional son un foco de interés tanto para el Servicio Nacional de Aduanas, como para el SII. Dado lo anterior, el plan de tratamiento para el sector considera acciones complementarias entre sí, tales como: la actitud hacia el cumplimiento del contribuyente en la selección de casos a revisar y su respectivo alcance; la caracterización y análisis de contribuyentes exportadores de servicios; y la aplicación de acciones de tratamiento a contribuyentes importadores que operan en la informalidad.

Contribuyentes con operaciones en el exterior.

Considerando la especial importancia de estos contribuyentes, durante este año los temas a controlar se relacionan con precios de transferencia, uso de convenios para evitar la doble tributación, rentas de artistas y deportistas, utilización de establecimientos permanentes en el exterior, aquellos que declaran créditos por impuestos pagados en el exterior, la correcta inclusión de las rentas de bienes en el exterior y la contabilización de intangibles en el área de servicios, entre otros.

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lo que permitió evidenciar altos niveles de incumplimiento tributario. Este incumplimiento se profundiza aún más en el caso de sociedades privadas que administran flujos de terceros.

Durante este año, por lo tanto, se continuará reforzando la caracterización de estos instrumentos financieros y, especialmente, el rol y las responsabilidades que le caben a los agentes financieros o de valores donde se observan en algunos casos, desconocimientos de la normativa tributaria, o bien, errores severos de interpretación y en algunos casos conductas negligentes.

Declaraciones juradas y formulario 22 de impuesto a la renta.

Se intensificarán las acciones preventivas para la presentación de Declaraciones Juradas y Formulario 22 de Impuestos Anuales a la Renta. En este caso, se puede mencionar a modo de ejemplo:

x Disposición de acciones preventivas para informar a los contribuyentes los errores comunes que usualmente afectan sus declaraciones y a terceros con el objetivo que le den solución.

x La utilización de un formulario de renta en pantalla adaptable a las características tributarias del contribuyente, de modo que no cometa errores en la utilización de códigos.

ESTRATEGIA EN LA FISCALIZACIÓN INTERNACIONAL

Comercio internacional (exportadores / importadores).

El control y seguimiento a los contribuyentes que realicen actividades de comercio internacional son un foco de interés tanto para el Servicio Nacional de Aduanas, como para el SII. Dado lo anterior, el plan de tratamiento para el sector considera acciones complementarias entre sí, tales como: la actitud hacia el cumplimiento del contribuyente en la selección de casos a revisar y su respectivo alcance; la caracterización y análisis de contribuyentes exportadores de servicios; y la aplicación de acciones de tratamiento a contribuyentes importadores que operan en la informalidad.

Contribuyentes con operaciones en el exterior.

Considerando la especial importancia de estos contribuyentes, durante este año los temas a controlar se relacionan con precios de transferencia, uso de convenios para evitar la doble tributación, rentas de artistas y deportistas, utilización de establecimientos permanentes en el exterior, aquellos que declaran créditos por impuestos pagados en el exterior, la correcta inclusión de las rentas de bienes en el exterior y la contabilización de intangibles en el área de servicios, entre otros.

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Para la correcta evaluación tributaria el SII está realizando coordinaciones e intercambios de información con otras administraciones tributarias, en base a los diferentes convenios generales y específicos para evitar la doble imposición internacional y/o el intercambio de información.

Asimismo, se considera la fiscalización de 12 meses que considera el artículo 24 transitorio de la Ley N°20.780 sobre las declaraciones voluntarias de bienes y rentas en el exterior.

Análisis sobre empresas relacionadas extranjeras.

Implementación de estudios y caracterizaciones para la Acción BEPS N°4 sobre intereses y gastos financieros internacionales entre empresas relacionadas. Esta actividad implica la simulación de indicadores de desempeño tributario en el marco de las recomendaciones efectuadas en el referido Plan.

Acciones focalizadas para aquellos contribuyentes que incumplan con la presentación de la Declaración Jurada 1913 sobre Caracterización tributaria global.

ESTRATEGIA PARA SEGMENTOS ESPECÍFICOS

Grupos económicos.

Se elaborarán planes de tratamiento para grupos nacionales e internacionales a partir de la realización de planes pilotos sobre segmentos específicos, y cuya ejecución incluirá tanto acciones presenciales como remotas. Este ejercicio gradual incluirá sectores relacionados con construcción de viviendas y explotación de minas y canteras, y aspectos relacionados a la tributación internacional, entre otros. Como aspecto clave del análisis y selección de casos se considerará la observancia que los contribuyentes evidencien sobre la obligación de informar, en particular de la información contenida en la declaración jurada 1913 sobre caracterización tributaria global, y de la Declaración Jurada Anual 1907 sobre Precios de Transferencia.

Personas naturales de alto patrimonio.

Monitoreo continuo y despliegue de acciones de tratamiento dirigidas a personas naturales de alto patrimonio que muestran una baja relación de cumplimiento tributario, con especial foco en aquellos contribuyentes que teniendo un patrimonio determinado no presentan declaración anual de impuesto a la renta.

Impuestos al patrimonio.

El desarrollo de los trabajos técnicos coordinados por la OECD en el marco del Plan de Acción BEPS; la información coherente con esos estudios obtenida con motivo del régimen voluntario de declaración de bienes y rentas en el exterior, dispuesto por el Art. 24 Transitorio de la Ley N°

Page 21: Impacto de BEPS en Chile

PLAN BEPS V/S DJ Nº 1913

Sección C. Reorganizaciónempresarial

Sección B. Holding

Empresarial

Sección D. Instrumentosfinancieros y derivados

Nombre del Grupo Empresarial

Posee personal y activos relevantes

% Sobre Ingresos con EERR

Plan Nº 5transparencia y sustancia

Plan Nº 10Otras operacionesriesgosas de PT

Procesos de fusióncon Goodwuill o

Badwill

Planificación fiscal con asesores

Creación y disolución de empresas

relacionadas

Plan Nº 3CFC

Plan Nº 5transparencia y sustancia

Plan Nº 9PT, riesgo y capital

Decisión financiera y estratégica

Toma de decisiónlocal o del grupo

Instrumentos para especulación o cobertura

El beneficiario se encuentra en un paraíso fiscal

Plan Nº4Exceso de

endeudamiento

Plan Nº 10Otras operacionesriesgosas de PT

Plan Nº 12PT agresivas

Plan Nº 9PT, riesgo y capital

Page 22: Impacto de BEPS en Chile

PLAN BEPS V/S DJ Nº 1913

Fuentes de financiamiento local

o extranjero (relacionado, filial o

matriz)Información de gastos con

relacionadas % EBITDA >30%

Internación de bienes de capital a la medida, sea por aporte, compra o proyecto de inversión

Costos adicionales incluidos en el

precio, tales como interés, asesoría técnica, servicios,

etc.

Esquemas generadoras de

beneficio económico o tributario?

Participaciónasesores

Sección E. Resultados antes de

impuestos

Plan Nº 8Operaciones de Intangibles

Sección G. Operac.ionesInternacionales

Sección F. Bienes de capital

Plan Nº4Exceso de

endeudamientoPlan Nº 3

CFC

Plan Nº 10Otras operacionesriesgosas de PT

Plan Nº 5transparencia y sustancia

Plan Nº 5transparencia y sustancia

Plan Nº 10Otras operacionesriesgosas de PT

Plan Nº 10Otras operacionesriesgosas de PT

Plan Nº 12PT agresivas

Page 23: Impacto de BEPS en Chile

Información de inversiones en

chile(Art. 14.E: DJ

2017)

Información de inversiones en

paraísos fiscales: Art. 41 H

Fiscalización y DJ AT 2018

Inversiones Pasivas Art. 41 G

Plan Nº 10Otras operacionesriesgosas de PT

Plan Nº 3CFC

Plan Nº4Intereses excesivos

(Exc. Endeu.)

Plan Nº 9PT, riesgo y capital

Plan Nº 8Operaciones de Intangibles

Plan Nº 2Neutralizar los efectos

de los mecanismos híbridos

Plan Nº 6 Prev. utilización

abusiva de convenio

Plan Nº 12PT agresivas

Información de Trusts

(Res. Ex. 47/2014)AT 2018

Precios de Transferencia (DJ 1907)

Art. 21 LIR35%

10 a 50 UTA tope 15% CPITy 5% C.Efec.

Art. 33 Nº 1 LIRpago, abono en cuentao puesta a disposición.

Chile Firma Acuerdo Multilateral

intercambio de informes:

27 /01/2016: (CbC)

Caracterización tributaria global

del contribuyente. (DJ 1913)

Art. 59 C.T : Nuevas situaciones de excepciónen que no rigen las limitaciones

temporales

Auditoria de conductas elusivas (Art. 4 bis, 4 ter, 4

quater y 4 quinquies C.T.)

Fiscalizaciónexceso de

endeudamiento(Art. 41 F. ¿DJ?)

Fiscalización al impuesto

adicional Art. 59 LIR y DJs.

Modificación Art. 38 y 58 Nº1 de la

LIR EP

Facultad de tasación Art. 64 LIR sobre activos asignados por la matriz.a otro EP o al exterior (Art. 38 LIR)

ARTÍCULO 41 E LIR sobre Precios de Transferencia

(Normas de relación, metodología, EPT, DJ)

Plan Nº 5transparencia y sustancia

Plan Nº 7Prev. Artifical EP

Plan Nº 11Medición y monitoreo

de BEPS

Plan Nº 13Documentación

PT

Plan Nº 14Solución de Controversias

Plan Nº 15Convenios

Multilaterales

Comercio InternetArt. 8 letra H

Utilizado o prestaciónen Chile (Of. 300 del

31/01/2012)

Plan Nº 1Desafío Economía

Digital

ARTÍCULO 8 Letra H y Art. 12 letra E

Nº 7 de la Ley de IVA(Ver Art. 59)

PLAN BEPS EN CHILE

Page 24: Impacto de BEPS en Chile

DECLARACIONES JURADAS Y NORMATIVA TRIBUTARIA VINCULADAS CON “BEPS”

• DECLARACIONES JURADAS:

• Declaración Jurada Nº 1913 Caracterización Global del Contribuyente.• Declaración Jurada Nº 1907 Precios de Transferencia• Otras declaraciones juradas relacionadas con el impuesto adicional Nºs:1851-­‐ 1852-­‐1853-­‐ 1854-­‐1856-­‐

1861 (ART. 41 F)-­‐ 1862-­‐ 1864 –1865 y 1912. • Otras DJ AT 2018 Inversiones en Chile y en el exterior, Art 14 E. D Trust, probablemente modificación o

nueva DJ de PT “CbC”, entre otros de fiscalización global.

• PLAN DE ACCIÓN BEPS Y NUEVA NORMATIVA EN CHILE

• Artículos 41 E, 41 F, 41 G (Sanción de 10 a 50 UTA) 41 H, Art. 59, Art. 38, Art. 14. LIR• Modificaciones futuras de clausulas de convenios para evitar la doble tributación • Convenio o instrumento multilateral

Page 25: Impacto de BEPS en Chile

BEPS Y RELACION PT• ¡¡Gran intercambio de información entre Países,

miembros y no miembros OCDE!!•¿Nos adelantamos a la discusión de los BEPS y

PT?• Evita que las empresas chilenas mantengan indefinidamente las utilidades en el exterior para nopagar impuestos en Chile.

• Ahora existirán “Presunciones de Distribución”

• Esto pegará fuerte a los holdings chilenos que mantengan excedentes de caja en el exterior parainvertir en otros países.

Page 26: Impacto de BEPS en Chile

Impacto de BEPS en Chile

Relator: Marcos Bravo CatalánSocio Salcedo & Cía.

2016