Propuesta de Reforma Tributaria Provincial - Ministerio de Economía

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SISTEMA TRIBUTARIO PROVINCIAL SISTEMA TRIBUTARIO PROVINCIAL PROPUESTA 2012 PROPUESTA 2012 MINISTERIO DE ECONOMÍA Secretaría de Ingresos Públicos

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SISTEMA TRIBUTARIO PROVINCIALSISTEMA TRIBUTARIO PROVINCIAL

PROPUESTA 2012 PROPUESTA 2012

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

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Secretaría de Ingresos Públicos

La Provincia de Santa Fe atraviesa un problema estructural: PÉRDIDA de AUTONOMÍA FISCAL.

En el año 2011:

* Recursos Tibutarios Nacionales: Recursos Tibutarios Nacionales: 63,25%63,25%

* * Recursos Tributarios Propios: Recursos Tributarios Propios: 36,75%36,75%

ESTRUCTURA FISCAL DE LA PROVINCIAESTRUCTURA FISCAL DE LA PROVINCIAEvolución Recursos propios y Nacionales

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Secretaría de Ingresos Públicos

ESTRUCTURA FISCAL DE LA PROVINCIAESTRUCTURA FISCAL DE LA PROVINCIAEvolución Recursos Propios y Nacionales

Año

Nacionales Provinciales Total

Impuestos Nacionales

Fondo Federal

SolidarioTotal % Monto % Monto %

2000 1.360.535,20   1.360.535,20 59,36% 931.351,23 40,64% 2.291.886,43 100,00%

2001 1.370.259,56   1.370.259,56 62,69% 815.339,71 37,31% 2.185.599,27 100,00%

2002 1.126.298,65   1.126.298,65 55,54% 901.763,37 44,46% 2.028.062,02 100,00%

2003 1.662.784,91   1.662.784,91 58,53% 1.178.103,40 41,47% 2.840.888,32 100,00%

2004 2.425.410,35   2.425.410,35 62,01% 1.485.784,16 37,99% 3.911.194,51 100,00%

2005 2.986.454,57   2.986.454,57 63,17% 1.741.461,58 36,83% 4.727.916,16 100,00%

2006 3.672.782,47   3.672.782,47 64,07% 2.059.835,71 35,93% 5.732.618,18 100,00%

2007 4.819.212,39   4.819.212,39 65,22% 2.569.988,21 34,78% 7.389.200,60 100,00%

2008 6.071.371,63   6.071.371,63 64,95% 3.276.506,93 35,05% 9.347.878,55 100,00%

2009 6.609.337,02 253.947,32 6.863.284,34 65,01% 3.693.553,40 34,99% 10.556.837,74 100,00%

2010 8.909.492,42 643.754,76 9.553.247,18 63,71% 5.441.674,63 36,29% 14.994.921,81 100,00%

2011 11.831.509,74 625.771,73 12.457.281,47 63,25% 7.238.153,8

0 36,75% 19.695.435,27 100,00%

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ESTRUCTURA FISCAL DE LA PROVINCIAESTRUCTURA FISCAL DE LA PROVINCIAComposición de los Recursos Provinciales

El Sistema Tributario Provincial es cada vez más

REGRESIVO REGRESIVO

((Crecimiento de la participación de Ingresos Brutos y disminución del Impuesto Inmobiliario)Crecimiento de la participación de Ingresos Brutos y disminución del Impuesto Inmobiliario)

En el Año 2011:En el Año 2011:

* Recaudación de Ingresos Brutos: 70,93%

* Recaudación de Impuesto Inmobiliario: 7,83%

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AñoIngresos Brutos Inmobiliario Actos Jurídicos Patente Ap. Soc. y Otros

Monto % Monto % Monto % Monto % Monto %

2000 433.484,03 46,54% 214.127,78 22,99% 144.232,39 15,49% 80.323,45 8,62% 59.183,58 6,35%

2001 381.133,99 46,75% 179.501,45 22,02% 126.218,25 15,48% 72.287,68 8,87% 56.198,34 6,89%

2002 459.860,96 51,00% 204.076,52 22,63% 116.085,41 12,87% 71.936,04 7,98% 49.804,45 5,52%

2003 659.143,80 55,95% 225.120,08 19,11% 142.743,38 12,12% 91.724,97 7,79% 59.371,18 5,04%

2004 853.690,51 57,46% 253.239,22 17,04% 186.027,11 12,52% 113.849,09 7,66% 78.978,23 5,32%

2005 1.050.321,24 60,31% 231.386,55 13,29% 223.631,61 12,84% 151.945,47 8,73% 84.176,71 4,83%

2006 1.270.406,59 61,68% 245.440,33 11,92% 274.698,77 13,34% 187.297,85 9,09% 81.992,17 3,98%

2007 1.668.497,31 64,92% 244.199,88 9,50% 363.706,47 14,15% 227.751,72 8,86% 65.832,83 2,56%

2008 2.263.229,14 69,07% 266.908,57 8,15% 433.970,08 13,24% 289.829,94 8,85% 22.569,19 0,69%

2009 2.645.707,14 71,63% 259.632,14 7,03% 438.796,29 11,88% 333.322,45 9,02% 16.095,37 0,44%

2010 3.759.485,71 69,09% 557.474,18 10,24% 611.451,78 11,24% 495.069,56 9,10% 18.193,40 0,33%

2011 5.133.672,79 70,93% 567.022,31 7,83% 873.535,41 12,07% 644.251,47 8,90% 19.671,82 0,27%

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ESTRUCTURA FISCAL DE LA PROVINCIAESTRUCTURA FISCAL DE LA PROVINCIAComposición de los Recursos Provinciales

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SISTEMA TRIBUTARIO PROVINCIALSISTEMA TRIBUTARIO PROVINCIAL

¿Por qué es necesaria esta adecuación? Armonización tributaria con la Región Centro. Necesidad de dotar de justicia y equidad tributaria al Sistema

Tributario – Principio de capacidad contributiva. Buscar mayor equilibrio sectorial en la carga tributaria del

sistema – Revisión de determinadas exenciones. Simplificación del Sistema Tributario para los pequeños

contribuyentes – Régimen Simplificado. Sentar las bases de un Sistema Tributario Progresivo –

Crecimiento de la importancia de los impuestos patrimoniales.

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IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOSBRUTOS

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COMPARATIVO ALICUOTAS INGRESOS BRUTOS

ACTIVIDADES SANTA FE CÓRDOBA ENTRE RÍOS BUENOS AIRES CABA

Alícuota General 3,5%

4% 3,50%

3% 3%

(alícuotas diferenciales por ingresos brutos totales

anuales superiores a…)

3,8% +30mill

4,5% +30mill

3,75% +30mill

4,2% +40mill 4% +40mill

Industria EXENTO 0,5% exenta 1%EXENTO -20mill

1% +20mill

Industria extraña jurisdicción

3,5% 3,5% 3,50% 3%3%

3,75% +30mill4% +40mill

Construcción EXENTO 2,5% 3,50%3,50%

3%3,75% +30mill

4,5% +30mill 4% +40mill

Agropecuaria EXENTO 1% 1% 1% 1%Agropecuaria extraña

jurisdicción1%   1% 3% 3%

Comercio alimentos y bebidas por mayor

2,5% 4% 3,5% 4,5% 3%

Seguros 4% 3,5% 5% 4,5% 5,50%Intermediación 4,50% 2,30% 4,00%  6% 4,50%

Actividad financiera 5% / 5,5% 5% 5% 6% 6,00%

Comercio medicamentos

1%4,00%

1,6% (mayorista)2% (mayorista)

3% (mayorista)4,5% (mayorista extraña

(por mayor y menor)2,5% (minorista)

jurisdicción) 1% (minorista)

2,5% (minorista)

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IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOSIMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Mayor justicia y equidad tributariaMayor justicia y equidad tributaria

ALÍCUOTA GENERAL 3,5%

110 contribuyentes con ingresos brutos totales entre $30.000.000 y $40.000.000: incremento al 3,8%.

275 contribuyentes con ingresos brutos totales superiores a $40.000.000: incremento al 4,2%.

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Mayor equilibrio intersectorialMayor equilibrio intersectorial

TASA 0% - NO PAGAN

Construcción de obra pública

Empresas Constructoras santafesinas (ingresos brutos devengados anuales no superan $1.500.000 en el año fiscal anterior)

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOSIMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

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Empresas constructoras radicadas (construcción en Sta Fe) en Santa Fe y con ingresos brutos anuales mayores $1.500.000. TASA 2,5%

VUELVEN A PAGAR DESPUÉS DE MÁS DE 15 AÑOS

Empresas constructoras NO radicadas en Santa Fe (construcción en Sta. Fe) y con ingresos brutos anuales mayores $1.500.000. TASA 3,5%

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOSIMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

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Mayor equilibrio intersectorialMayor equilibrio intersectorial

Actividades con tratamientos promocionales

TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS. Exención

CLÍNICAS Y SANATORIOS. Reducción al 2%

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOSIMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

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Secretaría de Ingresos Públicos

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Mayor equilibrio intersectorialMayor equilibrio intersectorial

Actividades con tratamientos diferenciales

SECTOR FINANCIERO (5% al 6%)SEGUROS (4,5% al 5%)

INTERMEDIACIÓN (4,5% al 5,5%)SERVICIO DE TELEFONÍA (4,5% al 6%)

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOSIMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

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Nueva concepción del vínculo Estado – CiudadanoNueva concepción del vínculo Estado – Ciudadano(hoy 45.000 pagan mínimo)

Beneficia a más de 90.000 pequeños contribuyentes santafesinos.

Pago de cuota fija mensual. Se armoniza con el Monotributo Nacional. Inscripción y categorización “on line” vía web. Actualización de padrones.

FACILITA Y SIMPLIFICA EL CUMPLIMIENTO(Ciudad Autónoma de Bs. As., Entre Ríos, Río Negro, San Juan, etc)

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOSIMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

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DEDUCCIÓN DREIDEDUCCIÓN DREI

10% sobre el ISIB - Crédito Fiscal. Norma que NO existe en ninguna otra Provincia, desde

hace 20 años. Gasto tributario de $440 millones para 2012. Recaudación estimada para 2012 de DReI en MM y CC

de 954 millones – la Provincia aporta el 46%. Ante tal impacto sería importante analizar una reducción

de tal deducción al 50%. Estímulo fiscal por mayor copa.

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOSIMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

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DEDUCCIÓN DREIDEDUCCIÓN DREI

¿Porqué se instauró este sistema de crédito fiscal? Inexistencia de sistemas informáticos para seguimiento de

los contribuyentes. MM y CC no disponían de información con organismos

fiscales (API+AFIP). Inexistencia de interdependencia para cruzamiento de

datos. Inexistencia de normas exigentes sobre DReI y cuerpos de

fiscalizadores en los MM y CC.

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOSIMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

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IMPUESTO INMOBILIARIOIMPUESTO INMOBILIARIO

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IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURALCOMPARATIVO VALOR FISCAL/VALOR MERCADOCOMPARATIVO VALOR FISCAL/VALOR MERCADO

DEPARTAMENTO DISTRITOVALOR FISCAL $/Ha

VALOR MERCADO $/Ha

RELACIONMAX MIN

9 DE JULIO POZO BORRADO 245 20 6000 24 VERA CALCHAQUI 460 25 12000 26 GRAL. OBLIGADOAVELLANEDA 470 35 12400 26 SAN JAVIER ROMANG 470 45 12000 25 GARAY COLONIA MASCIAS 784 55 20000 25 SAN JUSTO SAN JUSTO 980 85 32000 32 SAN CRISTOBAL VILLA TRINIDAD 700 15 24000 34 CASTELLANOS SAN VICENTE 1250 520 48000 38 LAS COLONIAS ESPERANZA 1176 200 48000 40 LA CAPITAL MONTE VERA 1960   60000 30 SAN JERONIMO CENTENO 1470 190 60000 40 SAN MARTIN EL TREBOL 1411 339 56000 40 BELGRANO ARMSTRONG 1904 551 60000 31 IRIONDO CAÑADA DE GOMEZ 2044 715 60000 29 SAN LORENZO SAN LORENZO 2800 952 64000 23 ROSARIO FUNES 2800 700 64000 23 GRAL. LOPEZ CHOBET 1960 196 56000 28 CASEROS AREQUITO 2000   60000 30 CONSTITUCION VILLA CONSTITUCION 2140 896 60000 28

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IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURALCOMPARATIVO VALOR FISCAL/VALOR MERCADOCOMPARATIVO VALOR FISCAL/VALOR MERCADO

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IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURALCOMPARATIVO VALOR FISCAL/VALOR MERCADOCOMPARATIVO VALOR FISCAL/VALOR MERCADO

0

10.000

20.000

30.000

40.000

50.000

60.000

70.000

1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Valor de la hectárea de campo

(en dólares)

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IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

ACUERDO SECTORIALACUERDO SECTORIAL

POLÍTICA DE ESTADO – trasciende la gestión y se acuerda un tratamiento para los próximos años, según un esquema de actualización e implementación.Se crea un ADICIONAL A GRANDES PROPIETARIOS RURALES.

Se mantiene la EXENCIÓN en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a la Producción Primaria

NO EXISTE EN OTRAS PROVINCIAS(Valor estimado: $130 M anuales)

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EMISIÓN 2012 CUOTAS 1 y 2

DEPARTAMENTOCANTIDAD PARTIDAS

EMITIDAS% sobre total

CANTIDAD EMITIDOTOTAL IMPORTE

EMITIDO% sobre total

EMITIDO

LA CAPITAL 4.005,00 2,54 931.670,00 1,14 ROSARIO 8.019,00 5,09 4.408.726,00 5,39 GRAL. LÓPEZ 16.037,00 10,19 24.802.982,00 30,30 CASTELLANOS 15.514,00 9,85 4.825.350,00 5,89 LAS COLONIAS 15.826,00 10,05 3.716.172,00 4,54 SAN MARTÍN 10.217,00 6,49 3.784.118,00 4,62 SAN CRISTOBAL 11.091,00 7,04 3.955.062,00 4,83 SAN GERÓNIMO 8.439,00 5,36 2.843.432,00 3,47 SAN LORENZO 4.806,00 3,05 4.215.380,00 5,15 CONSTITUCIÓN 8.566,00 5,44 5.268.132,00 6,43 IRIONDO 8.721,00 5,54 5.826.864,00 7,12 BELGRANO 4.798,00 3,05 4.151.152,00 5,07 CASEROS 9.770,00 6,21 6.442.752,00 7,87 GRAL. OBLIGADO 10.307,00 6,55 979.734,00 1,20 VERA 4.255,00 2,70 1.161.432,00 1,42 9 DE JULIO 4.700,00 2,99 1.342.396,00 1,64 SAN JUSTO 5.316,00 3,38 2.112.120,00 2,58 GARAY 2.932,00 1,86 415.396,00 0,51 SAN JAVIER 4.124,00 2,62 687.354,00 0,84 TOTAL PROVINCIA 157.443,00 100,00 81.870.224,00 100,00

IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

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Comparativo resumen entre provincias

PROVINCIA ENTRE RIOS(Victoria)

CORDOBA(Marcos Juarez)

SANTA FE(Funes)

BUENOS AIRES(Pergamino)

$/HA/año 150 82,19 79,9 167

IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

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IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

Se establecen NUEVAS VALUACIONES FISCALES• Valuación Fiscal: 2.800$/ha (U$S 700)• Observatorio valores: 64.000 $/ha (U$S 16.000)

Se toma con efecto tributario el 15% sobre el observatorio de valores (9.600 $/ha) para el año 2012.

Se proponen NUEVAS TABLAS DE ALÍCUOTAS acorde a las nuevas valuaciones.

Se establecen TOPES al incremento por rangos de valuación. Se eliminarán progresivamente año a año.

Contribuyentes titulares de menos de 50ha se establece un TOPE del 50% de incremento. Son 52.436 partidas (35,6% del total)

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ADICIONAL A GRANDES PROPIETARIOS RURALES (GPR)ADICIONAL A GRANDES PROPIETARIOS RURALES (GPR)

¿¿Qué esQué es? Un incremento % y progresivo del impuesto ? Un incremento % y progresivo del impuesto determinado.determinado.

¿¿A quiénes se aplicaA quiénes se aplica? Sujetos que acumulan más de 5 Unidades ? Sujetos que acumulan más de 5 Unidades Económicas Agropecuarias (UEA) s/ Ley 9.319 y Decreto Económicas Agropecuarias (UEA) s/ Ley 9.319 y Decreto 242/94.242/94.

ADICIONAL UEA ACUMULADAS PROPIETARIOS PARTIDAS

50% 5 a 10 731 3.273

75% de 10 a 15 120 713

100% mas de 15 8.571 10.821

9.422(13%)

14.807(s/ total de 147.140)

IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

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IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

Incremento Cantidad Partidas % Partidas % Acumulado

Menos de 1 vez 106.073 72% 72%

De 1 a 1,5 veces 6.939 5% 77%

De 1,5 a 2 veces 11.772 8% 85%

De 2 a 2,5 veces 13.720 9% 94%

De 2,5 a 3 veces 8.636 6% 100%

147.140 100%

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Secretaría de Ingresos Públicos

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DPTO Nombre PARTIDAS SUP Ha IMPUESTO ACTUAL Imp/Ha ACTUAL PROMEDIO IMP. SIMULADO Imp/ Ha NUEVO

PROMEDIO % Incr

17 GENERAL LOPEZ 15.258 1.078.414,91 $ 32.059.076,00 $ 29,73 $ 112.027.723,82 $ 103,88 249%

7 SAN CRISTOBAL 10.409 1.376.822,82 $ 7.828.476,00 $ 5,69 $ 23.409.406,25 $ 17,00 199%

19 CONSTITUCION 8.035 292.292,16 $ 10.261.436,00 $ 35,11 $ 31.689.569,25 $ 108,42 209%

16 ROSARIO 7.739 153.921,15 $ 8.557.980,00 $ 55,60 $ 25.624.484,33 $ 166,48 199%

15 SAN LORENZO 4.473 163.711,36 $ 8.192.056,00 $ 50,04 $ 26.338.073,93 $ 160,88 222%

18 CASEROS 9.123 319.852,86 $ 12.268.380,00 $ 38,36 $ 38.079.998,55 $ 119,05 210%

9 LAS COLONIAS 14.531 570.878,45 $ 7.125.732,00 $ 12,48 $ 19.811.705,29 $ 34,70 178%

6 SAN JUSTO 4.991 516.034,74 $ 4.040.880,00 $ 7,83 $ 12.064.889,11 $ 23,38 199%

12 SAN MARTIN 9.417 449.543,11 $ 7.188.332,00 $ 15,99 $ 21.714.260,39 $ 48,30 202%

14 IRIONDO 8.041 293.668,66 $ 11.103.404,00 $ 37,81 $ 35.096.020,72 $ 119,51 216%

1 9 DE JULIO 4.451 1.627.968,40 $ 2.592.828,00 $ 1,59 $ 7.165.515,15 $ 4,40 176%

8 CASTELLANOS 14.470 609.359,96 $ 9.285.880,00 $ 15,24 $ 25.884.652,73 $ 42,48 179%

13 BELGRANO 4.267 225.214,73 $ 7.958.272,00 $ 35,34 $ 26.114.390,21 $ 115,95 228%

11 SAN JERONIMO 7.884 388.075,86 $ 5.498.720,00 $ 14,17 $ 16.270.402,36 $ 41,93 196%

2 VERA 4.025 1.929.591,01 $ 2.293.980,00 $ 1,19 $ 6.038.178,78 $ 3,13 163%

10 LA CAPITAL 3.686 217.878,21 $ 1.783.696,00 $ 8,19 $ 5.111.076,29 $ 23,46 187%

5 GARAY 2.855 358.209,99 $ 814.416,00 $ 2,27 $ 2.117.459,35 $ 5,91 160%

4 SAN JAVIER 3.816 566.557,53 $ 1.296.580,00 $ 2,29 $ 3.120.543,68 $ 5,51 141%

3 GRAL OBLIGADO 9.669 952.152,59 $ 1.872.752,00 $ 1,97 $ 3.785.724,80 $ 3,98 102%

Totales x Departamento 147.140 12.090.149 $ 142.022.876,00 $ 441.464.074,99

IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

Page 28: Propuesta de Reforma Tributaria Provincial - Ministerio de Economía

IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

DEPARTAMENTO DISTRITO Imp/Ha/año ACTUALImp/ Ha/año PROPUESTO % Incremento x Dto

GARAY Helvecia $ 2,71 $ 5,09 88%

VERA Tartagal $ 2,02 $ 3,92 94%

GENERAL OBLIGADO Ingeniero Chanourdie $ 2,18 $ 4,51 107%

SAN JAVIER Romang $ 3,70 $ 7,83 111%

CASTELLANOS Humberto 1º $ 12,24 $ 31,08 154%

ROSARIO Uranga $ 78,81 $ 208,13 164%

SAN LORENZO Ricardone $ 57,33 $ 156,83 174%

LAS COLONIAS San Carlos Centro $ 14,80 $ 40,73 175%

SAN CRISTOBAL Hersilia $ 6,44 $ 17,91 178%

SAN JERONIMO Barrancas $ 11,27 $ 31,84 182%

SAN JUSTO Videla $ 16,47 $ 50,16 204%

9 DE JULIO Santa Margarita $ 2,51 $ 7,67 205%

CONSTITUCION Alcorta $ 35,17 $ 107,66 206%

LA CAPITAL Nelson $ 14,98 $ 46,77 212%

SAN MARTIN Piamonte $ 20,33 $ 64,04 215%

CASEROS San José de la Esquina $ 33,50 $ 106,97 219%

IRIONDO Bustinza $ 46,78 $ 150,09 221%

BELGRANO Bouquet $ 32,88 $ 110,83 237%

GENERAL LOPEZ Christophersen $ 26,28 $ 97,55 271%

Page 29: Propuesta de Reforma Tributaria Provincial - Ministerio de Economía

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

DPTO Nombre PARTIDAS Partidas con Adicional UE Part.Dpto./Part.UE Dpto. Total Adicional UE

17 GENERAL LOPEZ 15.258 2.838 18,60% $ 36.283.112,45 7 SAN CRISTOBAL 10.409 1.001 9,62% $ 7.080.034,22

19 CONSTITUCION 8.035 867 10,79% $ 4.935.779,79 16 ROSARIO 7.739 943 12,19% $ 4.767.801,46 15 SAN LORENZO 4.473 410 9,17% $ 4.660.852,21 18 CASEROS 9.123 617 6,76% $ 4.227.122,81 9 LAS COLONIAS 14.531 946 6,51% $ 3.667.653,13 6 SAN JUSTO 4.991 529 10,60% $ 3.582.963,36

12 SAN MARTIN 9.417 571 6,06% $ 3.081.334,71 14 IRIONDO 8.041 593 7,37% $ 2.701.349,60 1 9 DE JULIO 4.451 798 17,93% $ 2.456.920,47 8 CASTELLANOS 14.470 995 6,88% $ 2.249.414,10

13 BELGRANO 4.267 248 5,81% $ 2.122.001,50 11 SAN JERONIMO 7.884 677 8,59% $ 1.990.818,08 2 VERA 4.025 774 19,23% $ 1.856.888,80

10 LA CAPITAL 3.686 341 9,25% $ 1.003.012,11 5 GARAY 2.855 366 12,82% $ 925.266,50 4 SAN JAVIER 3.816 544 14,26% $ 569.565,22 3 GENERAL OBLIGADO 9.669 749 7,75% $ 458.939,80

Totales x Departamento 147.140 14.807 $ 88.620.830,32

IMPUESTO INMOBILIARIO RURALIMPUESTO INMOBILIARIO RURAL

Page 30: Propuesta de Reforma Tributaria Provincial - Ministerio de Economía

IMPUESTO INMOBILIARIO URBANOIMPUESTO INMOBILIARIO URBANODesactualización valores construcción al 31/12/2011Desactualización valores construcción al 31/12/2011

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

Page 31: Propuesta de Reforma Tributaria Provincial - Ministerio de Economía

IMPUESTO INMOBILIARIO URBANOIMPUESTO INMOBILIARIO URBANO

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

EMISIÓN 2012 CUOTAS 1 y 2

DEPARTAMENTOCANTIDAD PARTIDAS

EMITIDAS% sobre total

CANTIDAD EMITIDOTOTAL IMPORTE

EMITIDO% sobre total

EMITIDO

LA CAPITAL 196.831,00 15,32 32.673.132,00 13,42 ROSARIO 475.556,00 37,02 116.063.256,00 47,67 GRAL.. LÓPEZ 91.748,00 7,14 17.121.294,00 7,03 CASTELLANOS 68.184,00 5,31 10.351.574,00 4,25 LAS COLONIAS 45.021,00 3,50 5.712.514,00 2,35 SAN MARTÍN 29.582,00 2,30 3.251.930,00 1,34 SAN CRISTOBAL 28.064,00 2,18 2.279.942,00 0,94 SAN GERÓNIMO 35.947,00 2,80 3.491.354,00 1,43 SAN LORENZO 78.378,00 6,10 16.971.712,00 6,97 CONSTITUCIÓN 35.011,00 2,73 6.687.308,00 2,75 IRIONDO 39.346,00 3,06 6.377.160,00 2,62 BELGRANO 19.839,00 1,54 4.110.928,00 1,69 CASEROS 40.307,00 3,14 7.486.374,00 3,07 GRAL. OBLIGADO 46.991,00 3,66 6.338.894,00 2,60 VERA 13.846,00 1,08 1.096.212,00 0,45 9 DE JULIO 8.702,00 0,68 601.388,00 0,25 SAN JUSTO 16.392,00 1,28 1.825.082,00 0,75 GARAY 7.118,00 0,55 360.460,00 0,15 SAN JAVIER 7.881,00 0,61 677.164,00 0,28 TOTAL PROVINCIA 1.284.744,00 100,00 243.477.678,00 100,00

Page 32: Propuesta de Reforma Tributaria Provincial - Ministerio de Economía

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

Se modifica el Coeficiente Uniforme de Actualización de 3 a 4,5. Valor Fiscal actual promedio a $ 1300

Se establece una nueva TABLA DE ALÍCUOTA.

Se elevan los MÍNIMOS. Son 500.000 partidas (+50%)

• Municipios 1ª y 2ª Categoría: de $44,85 a $68

• Resto de los municipios: de $40 a $60

Se establece un TOPE para el incremento: hasta el 100%, EXCEPTO para los rangos 7 y 8.

IMPUESTO INMOBILIARIO URBANOIMPUESTO INMOBILIARIO URBANO

Page 33: Propuesta de Reforma Tributaria Provincial - Ministerio de Economía

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

Rango

Valuación Fiscal Desde

Valuación Fiscal Hasta Basico

Alicuota %0 Sobre el Excedente

1 $ - $ 17.250,00 - 0,88 -

2 $ 17.250,01 $ 28.463,00 18,98 2,182 17.250

3 $ 28.463,01 $ 46.962,00 49,56 2,976 28.463 4 $ 46.962,01 $ 77.487,00 118,38 4,059 46.962

5 $ 77.487,01 $ 127.853,00 273,25 5,536 77.487

6 $ 127.853,01 $ 210.955,00 621,78 7,551 127.853 7 $ 210.955,01 $ 348.077,00 1.757,71 10,299 210.955

8 $ 348.077,01 $ 999.999.999,00 3.964,29 14,047 348.077

IMPUESTO INMOBILIARIO URBANOIMPUESTO INMOBILIARIO URBANO

Dentro de los rangos 7 y 8 están comprendidas el 7,96% de la totalidad de las partidas. Valores de Mercado $2millones.

Significan el 59,29% de la recaudación estimada.

Page 34: Propuesta de Reforma Tributaria Provincial - Ministerio de Economía

ADICIONAL A ADICIONAL A GRAN PROPIETARIO DE SUELO URBANO VACANTE GRAN PROPIETARIO DE SUELO URBANO VACANTE (GPSUV)(GPSUV)

Se define como gran propietario de suelo urbano vacante, a quien sea titular o poseedor de un inmueble o grupo de inmuebles identificados como Suelo Urbano Vacante (baldío), que en su conjunto superen 3000 m2 de superficie

Adicional equivalente al 100% del impuesto inmobiliario determinado para cada partida.

Se aplica a 40.637 partidas (baldío) sobre un total de 156.984.

IMPUESTO INMOBILIARIO URBANOIMPUESTO INMOBILIARIO URBANO

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IMPUESTO INMOBILIARIO URBANOIMPUESTO INMOBILIARIO URBANO

INCREMENTO PARTIDAS %Mantienen 12.889 1,03%

Minimo 467.013 37,25%Hasta 80% 524.350 41,83%80% - 100% 185.346 14,78% mas 100% 64.117 5,11%

1.253.715 100,00%

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OTRAS PROPUESTASOTRAS PROPUESTAS

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IMPUESTO A LAS EMBARCACIONESIMPUESTO A LAS EMBARCACIONES

Se INCORPORA dentro del Título de Patente Automotor.

Comprende embarcaciones deportivas o de recreación propulsadas a motor, RADICADAS EN LA PROVINCIA (guardería, amarre).

Se aplica alícuota sobre VALOR DE MERCADO de la embarcación.

Se establece una TABLA DE ALÍCUOTAS progresiva que va desde 1,40% a 2,75%.

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La propuesta es que administren y controlen MMyCC.

Lo recaudado se distribuirá:

• Rentas Generales: 10%

• Municipios y Comunas: 90%

IMPUESTO A LAS EMBARCACIONESIMPUESTO A LAS EMBARCACIONES

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Secretaría de Ingresos Públicos

LA REFORMA A LA PARTE LA REFORMA A LA PARTE GENERAL DEL CÓDIGO FISCALGENERAL DEL CÓDIGO FISCAL

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MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

Significa, más allá de los contenidos que se

incorporan a esta herramienta fundamental de

toda Administración Tributaria, un ejemplo de

forma de trabajo, un ejemplo de diálogo, un

ejemplo de cómo un gobierno cree

verdaderamente en la participación.

¿POR QUÉ LA REFORMA DEL CÓDIGO FISCAL?¿POR QUÉ LA REFORMA DEL CÓDIGO FISCAL?

Page 41: Propuesta de Reforma Tributaria Provincial - Ministerio de Economía

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

Se propuso la coordinación de acciones con los representantes de

diversos sectores y actividades y lo público.

Mediante la Resolución del Ministro de Economía Nº 267/2011

se constituyó la Comisión de Reforma del Código Fiscal,

integrada por:

•Subsecretaría de Ingresos Públicos, A.P.I. y SCIT

•Facultades de Ciencias Económicas –Santa Fe y Rosario-

•Facultades de Derecho de Rosario y de Ciencias Jurídicas y Sociales

de Santa Fe

•Consejos Profesionales de Ciencias Económicas - Cámara 1ra y 2da-

•Colegios de Abogados - 1ra. y 2da.Circunscripción.

¿CÓMO SE TRABAJÓ LA REFORMA DEL CÓDIGO ¿CÓMO SE TRABAJÓ LA REFORMA DEL CÓDIGO FISCAL?FISCAL?

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MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

Se envió un Proyecto con una totalidad de 117 artículos, HOY

APROBADOS.

Se modifica, a grandes rasgos:

Título relativo a los sujetos pasivos de las obligaciones tributarias.

Título relativo al domicilio fiscal, incorporándose el domicilio fiscal

electrónico

Se crea el Título Quinto “De los derechos y deberes del sujeto

obligado”, incorporándose una enunciación de derechos de los

contribuyentes así como el instituto de la consulta vinculante.

Se incorpora procedimiento de determinación de oficio y de instrucción

de sumario en la aplicación de sanciones

Institutos de la prescripción, compensación y devolución.

EL TRABAJO REALIZADOEL TRABAJO REALIZADO

Page 43: Propuesta de Reforma Tributaria Provincial - Ministerio de Economía

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

Han quedado para una segunda etapa de trabajo:

La discusión de las vías recursivas y en particular el

análisis de la conveniencia o no de la creación de un

Tribunal Fiscal.

La revisión del juicio de ejecución fiscal.

Revisión integral de la Parte Especial del Código

Fiscal.

QUÉ FALTA POR HACERQUÉ FALTA POR HACER

Page 44: Propuesta de Reforma Tributaria Provincial - Ministerio de Economía

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Secretaría de Ingresos Públicos

Podemos afirmar que hoy que se trabaja para que la política fiscal se transforme en una verdadera política de Estado en la Provincia de Santa Fe, cuyo sustento sea la coordinación de acciones entre lo público y lo privado, dotando a la Administración de las herramientas legales necesarias para cumplir sus fines, que garanticen por sobre todas las cosas los derechos de los santafesinos.