Provision de Cobranza Dudosa
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DOCENTE : MGR. FREDDY LAURENTE GAUNA
INTEGRANTES :
ARCHAMPURI RODRIGUEZ, CYNTHIA FIORELAANDRADE AGUILAR, JOSSELYN PAMELLACARRASCO SANTISTEBAN, FIORELLA GIANINAHUANCO TICONA, CLAUDIA KATHERINEJANAMPA PILCO, ROSA MARÍALLANTOY DE LA CRUZ, GREBALY ANGELICA
3ro “B”

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
ÍNDICE
INDICE…………………………………………………………………………………………...….2
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………......3
OBJETIVOS…………………………………………………………………….……………..……4
FINALIDAD…………………………………………………………………………………………4
BASE LEGAL………………………………………………………………………………………4
ALCANCE………………………………………………………………………………….……….4
FACTORES………………………………………………………………………………………...4
CONDICIONES Y RECONOCIMIENTO POR DETERIORO DEL VALOR………………….4
ANÁLISIS Y CONTROL PARA EFECTÚAR LA PROVISIÓN……………………………...5
MÉTODO Y PORCENTAJE………………………………………………………………………6
DETERMINACIÓN DEL CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES DE
PROCEDENCIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA…………………………………………15
DETERMINACIÓN DEL CASTIGO DIRECTO……………………………………............15DETERMINACIÓN DEL CASTIGO INDIRECTO………………………………………….17
DISPOSICIONES VARIAS………………………………………………………………………19
ANEXO 1 CASO PRÁCTICO DEL HOSPITAL “LA PODEROSA”………………………..20
ANEXO 2 TRABAJO DE CAMPO……………………………………………………………..37

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
INTRODUCCIÓN
La provisión y castigo de cuentas incobrables es un proceso contable muy importante, que es realizado por todas las empresas para poder cubrir el deterioro de las cuentas incobrables, el proceso empieza provisionando un porcentaje de todas las ventas hechas al crédito, esto se realiza ya que Existe un riesgo normal de que algunos clientes no paguen sus deudas, así que estas personas no pagarán sus deudas a la empresa, por lo que éstas perderán esos recursos. Lo que busca la provisión de cartera, es precisamente prever y reconocerse riesgo constante de perder parte de lo vendido al crédito. Después de haber realizado la provisión y haber realizado el debido proceso, gestiones de cobro pertinentes y probando que son cuentas definitivamente perdidas, además de contar con la autorización por la junta de socios, asamblea general o por la autoridad competente, se procede a realizar la respectiva reclasificación, contabilización de las provisiones y posteriormente castigo de las cuentas incobrables la cual se decide dar de baja.
De acuerdo al Plan Contable Gubernamental, la provisión para cuentas de cobranza dudosa se define como valores agrupados en cuentas o rubros que representan acumulaciones de estimaciones que se realizan al cierre del ejercicio o de un período determinado y corresponden a derechos exigibles provenientes de la cobranza de ingresos tributarios y no tributarios que han entrado en morosidad y se encuentran en situación de riesgo por su incobrabilidad.
Las cuentas de cobranza dudosa son valores provenientes de cuentas y documentos por cobrar a favor de la entidad que han incurrido en morosidad, cuyo incumplimiento ha generado un riesgo de incobrabilidad en un futuro previsible debido a varios factores concurrentes.
Se utiliza para diferenciar a los deudores que vienen cumpliendo sus obligaciones en su oportunidad de aquellos que han incurrido en morosidad de retraso en su cumplimiento, generando un deterioro en las cuentas por cobrar.
PROVISION Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
I. OBJETIVOS
Dictar las normas que reglamenten la provisión y castigo de las cuentas incobrables para las entidades del Sector Público (Excepto Empresas).
II. FINALIDAD
Que las entidades usuarias del Sistema de Contabilidad Gubernamental, cuenten con los lineamientos a considerar para efecto de determinar la provisión y castigo de las cuentas incobrables.
III. BASE LEGAL
Ley Nº 24680 Sistema Nacional de Contabilidad Resolución CNC. Nº 010-97-EF/93.01 que aprueba el Nuevo Plan Contable
Gubernamental.
IV. ALCANCE
Comprende a las entidades del Gobierno Central e Instancias Descentralizadas del Sector Público, excepto Empresas Públicas.
V. FACTORES
a) Que haya efectuado la respectiva información para las cuentas de cobranza dudosa.
b) Que se haya ejecutado la acción administrativa hasta establecer su incobrabilidadc) Que dicha deuda haya permanecido impaga por un tiempo menor de un año
contado a partir de su exigibilidad.d) Que el monto exigible por cada deuda no supere la remuneración mínima vital
mensual vigente al momento de determinar el castigo (D.U. Nº 016-2005-TR)e) Pronunciamiento expreso de la autoridad administrativa competente, que acredite
la exigibilidad de su cobranza (D.S.Nº 036-2001-EF).
VI. CONDICIONES Y RECONOCIMIENTO POR DETERIORO DEL VALOR
De acuerdo al párrafo N° 59 de la NIC 39.Instrumentos Financieros, se específica que un activo financiero o un grupo de ellos estará deteriorado, incobrable y se habrá producido una pérdida por deterioro del valor, si existiera evidencia objetiva de su incobrabilidad como consecuencia de uno o más eventos causantes de la pérdida, entre las cuales tenemos:

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a) Haber efectuado un análisis selectivo de las deudas pendientes de cobran- za así como otros análisis por otros medios y demuestre su morosidad del deudor mediante los documentos que sustenten y evidencien las gestiones de la cobranza, luego del vencimiento de la deuda.
b) Que la deuda se encuentre vencida y se demuestre fehacientemente la existencia de dificultades financieras del deudor que haga previsible el riesgo de incobrabilidad.
c) Haber efectuado gestiones administrativas de cobranza o el inicio de procedimientos judiciales de cobranza o cobranza coactiva.
d) Que la deuda haya permanecido impaga por más de doce (12) meses desde la fecha de obligación de vencimiento sin que esta ha sido satisfecha.
e) Que la provisión al cierre de cada ejercicio figure registrado en libros y los estados financieros en forma discriminada.
VII. ANÁLISIS Y CONTROL PARA EFECTÚAR LA PROVISIÓN
Para efectuar la provisión de cuentas de cobranza dudosa, consideramos los siguientes aspectos:
a) Realizar la circularizacion de cartas, comunicaciones, notificaciones, etc., a los contribuyentes y usuarios deudores con la finalidad de confirmar y comprobar los saldos registrados.
b) Realizar la verificación de los importes registrados en las cuentas por cobrar que correspondan a los derechos vencidos a favor de la entidad.
c) Efectuar un corte documentario de recibos de ingresos y efectos por cobrar a una fecha dada a fin de realizar los análisis respectivos y cruce de información con los diversos elementos como: documentación, información y registro, para cerciorarse de su veracidad y exactitud.
d) Efectuar verificaciones y comprobaciones si las cuentas pendientes de cobranza estaban registradas y reveladas correctamente, en cuanto al monto período y concepto.
e) Verificar y separar los saldos de las cuentas pendientes de cobranza provenientes de operaciones diferidas como: tributos diferidos, venta de bienes y servicios diferidos, etc., los mismos que serán clasificados en la cuenta 49

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Ingresos diferidos.
f) Verificar y analizar el muestreo de las conciliaciones entre los recibos de ingresos emitidos por el área de rentas y los recibos cobrados por caja a fin de provisionar su cobranza o, de lo contrario, anular los recibos no cobrados.
g) Analizar el crecimiento o la permanencia de las cuentas por cobrar de ingresos tributarios y no tributarios señalando las causas de su evolución, crecimiento y permanencia estática y su incidencia en la liquidez de la entidad.
h) Efectuar el análisis de las cuentas pendientes de cobranza, así como su reclasificación y tomar como base el período de antigüedad de la mis- ma.
VIII. MÉTODO Y PORCENTAJE
Provisión de las Cuentas de Cobranza Dudosa de Procedencia Tributaria y no Tributaria
a) El funcionario responsable de la cartera de cobranza, comunicará cada mes al Contador General o quien haga sus veces, respecto a las cuentas por cobrar que vencida la fecha de pago no se hayan hecho efectivas durante este período, para su reclasificación como cuentas de cobranza dudosa en las divisionarias 129, 139 y 179 según sea el caso.
b) Para estimar la provisión de cuentas de cobranza dudosa se aplicará indistintamente el método de porcentaje, que consiste en determinar la parte proporcional de la provisión que se efectuará en base a la antigüedad de la deuda, tomando como base el total de las cuentas por cobrar, luego de efectuar el análisis correspondiente tanto para las deudas de procedencia tributarias y no tributarias.
Tenemos:
1. En el caso de cobranza dudosa de cuentas por cobrar de procedencia tributaria y de prestación de servicios públicos en forma masiva, así como deudas por arbitrios, materializado a través de la emisión de chequeras, se calculará la provisión tomando en con- sideración la antigüedad razonable.
Ejemplo

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Nota
- Los días que se computan son a partir de la fecha de vencimiento de la deuda.
- Cada entidad estimará el porcentaje de su aplicación de la provisión respectiva.
2. Para el caso de cobranza dudosa de cuentas por cobrar de procedencia no tributaria por la prestación de otros servicios, multas, sanciones, de re- cursos directamente recaudados, etc., se aplicará los siguientes porcentajes, como son:
Los porcentajes que se fijen en cada entidad pública se deberán establecer luego de un estudio de grado de morosidad; por tanto, los porcentajes de provisiones establecidas y aprobados mediante una Directiva, de acuerdo a la aplicación del Instructivo N° 03
c) Los porcentajes que se fijen en cada Entidad Pública se deberán establecer luego de un estudio del grado de morosidad de las cuentas por cobrar.
Descripción Clasificación Porcentaje
Cuentas por vencer A 0
Vencimiento a 180 días B 20
Vencimiento a 360 días C 30
Vencimiento a 720 días D 50
Vencimiento 1080 días E 75
Vencimiento a más de 1080 días
F 100
Descripción Clasificación Porcentaje
Cuentas por vencer A 0
Vencimiento a 180 días B 20
Vencimiento a 360 días C 30
Vencimiento a 720 días D 50
Vencimiento 1080 días E 75
Vencimiento a más de 1080 días
F 100

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Considerando igualmente una tasa de probable incobrabilidad para las cuentas pendientes de cobro que aún no han vencido.
Los porcentajes de provisión establecidos en aplicación al presente Instructivo deberán ser comunicados a la Contaduría Pública de la Nación para su conocimiento1.
1. Procedimientos administrativos
Todo funcionario responsable de la cartera de cobranza o quien haga sus veces de la gerencia de rentas, ingresos o SAT se comunicar mediante informe al finalizar el período calendario de cada año respecto de las cuentas por cobrar en forma individual, que vencida a la fecha de pago no se ha hecho efectiva durante ese período; por lo tanto, organizará la información y los requisitos pertinentes para su provisión y se comunicará al contador general para que realice la provisión respectiva, así como su reclasificación a las cuentas (1209, 1310 y 1508. respectivamente).
2. Tratamiento Contable
Las cuentas cuyos términos hayan excedido el tiempo considerado como normal de crédito por la entidad, y que éstas se califiquen de cobranza dudosa, serán reclasificados transfiriéndolos a la subcuenta 1201.99 – Cuentas por Cobrar de Dudosa Recuperación.
Excepto deuda del personal, depósitos en garantía y deuda asumida. Si parte de estas cuentas se espera que sean cobradas a largo plazo, deberán ser mostradas en el Estado de Situación Financiera formando parte del concepto Otras Cuentas por Cobrar a Largo Plazo.Los saldos que resulten acreedores, específicamente por la subcuenta 1201.0302 Anticipos a Clientes, deben ser presentados como parte del pasivo como deudas operacionales.
La reclasificación se contabilizará con cargo a las respectivas cuentas divisionarias que reflejan las cuentas de cobranza dudosa, con abono a las cuentas por cobrar correspondientes.El registro anual de la provisión para cuentas de cobranza dudosa, se efectuará con cargo a la cuenta que refleja las provisiones del Ejercicio.
Las cuentas que inciden en la reclasificación y provisión son las siguientes:
1209 Estimación de cuentas de cobranza dudosa y Reclamaciones (CR) 1310 Desvalorización de Bienes corrientes1508 Depreciación, Amortización y Agotamiento (CR)5801Estimaciones del Ejercicio
1 Instructivo Nº3 PROVISION Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES , R.C.Nª 067-97- EF/93.01, 31-12-1997

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2.1 Cuentas Suceptibles a la Estimación Contable de Cuentas Incobrables
1209 Estimación de cuentas de cobranza dudosa y Reclamaciones
Son aquellas cuentas que se estiman durante el ejercicio para reconocer como un gasto del período, su incobrabilidad o inseguridad en su posible recuperación, por imposibilidad del deudor a pagar y representan pérdidas no realizadas por deterioro de valor en su composición,
Por tanto, con la finalidad de representar en forma razonable y real la situación financiera de las cuentas por cobrar y disminuir su valor, se reclasifican en esta cuenta al no generar beneficios económicos para la entidad.
En un sentido más simple podemos afirmar que son aquellas deudas de cobranza dudosa respecto de la cual no existe certeza o seguridad razonable en su posible recuperación, y se requiere que se realicen las estimaciones o cálculos correspondientes para mostrar el deterioro de su valor2.
Son las estimaciones realizadas por cobranza dudosa o deterioro de valor de los derechos de cobro adquiridos por la entidad por conceptos relacionados con la captación de ingresos tributarios y no tributarios asociados a la determinación y/o recaudación de ingresos, así como la venta de bienes y servicios públicos a través de tasas, rentas de la propiedad financiera, de la propiedad real y otros ingresos asociados a la actividad principal de la entidad que se perciben en el desarrollo de funciones sus competencias debido a causas.
Son las estimaciones realizadas por cobranza dudosa o deterioro de valor de los derechos de cobro adquiridos por la entidad por conceptos distintos a la determinación y/o recaudación de ingresos tributarios, no tributarios y otros ingresos asociados a la actividad principal de la entidad (Desarrollo de funciones y competencias), nos estamos refiriendo a los conceptos generados por operaciones no usuales que están más relacionados a la venta de activos, la cobranza por garantías en efectivo proporcionados al momento de suscribir un contrato,
2 Criterios para Establecer las Estimaciones y el Deterioro del Valor, Actualidad Gubernamental, C.P.C. Juan Francisco Alvarez Illanes, Nº 15 – Enero 2010.

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cuentas por cobrar por deuda asumida de otras entidades en calidad de garante, etc. Por tanto, son aquellos activos financieros que, no siendo instrumentos de patrimonio, no tienen origen en las actividades principales del rubro de la entidad, cuya cobranza se ha deteriorado.
Son las estimaciones por cobranza dudosa o deterioro de valor realizadas por la entidad (SUNAT y Gobiernos Locales) por conceptos relacionados con la deuda tributaria. Tributos que se cobran a través de resoluciones de determinación, órdenes de pago u otros medios.
Son las estimaciones realizadas por cobranza dudosa o deterioro de valor de los derechos de cobro adquiridos por la entidad por conceptos de Préstamos dados por la Entidad.
5801 Estimaciones del Ejercicio3
2.2 Análisis y Clasificación
La oficina de rentas así como los órganos competentes de generación de ingresos emiten el informe respectivo después de realizar el análisis de morosidad y haber efectuado la cobranza respectiva.
3 PLAN CONTABLE GUBERNAMENTAL, Versión Actualizada (Resolución Directoral Nº 004-2013-EF/51.01)

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El análisis y la clasificación de la cobranza dudosa se realiza deudor por deudor identificado y con la documentación sustentatoria de cobranza respectiva, para luego, transcurrido al año, se pueda efectuar el castigo directo o indirecto según corresponda4.
———————— x ———————— DEBE HABER58 PROVISIONES DEL EJERCICIO XXXXX681 Ventas de cobranza dudosa1209 ESTIMACIÓN DE CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA XXXXXPor la provisión de cobranza dudosa que se efectuará al final del ejercicio, en que se adjunta el informe y la documentaciónSustentatoria respectiva.
2.3 Reclasificación de Cuentas
———————— x ———————— DEBE HABER1201 CUENTAS POR COBRAR XXXXX1201.99 Cuentas Por Cobrar De Dudosa Recuperación1202 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS YYYYY1202.99 Cuentas Por Cobrar Diversas De Dudosa Recuperación1201 CUENTAS POR COBRAR XXXXX1201.01 Impuestos Y Contribuciones Obligatorias 1201.02 Contribuciones Sociales1202 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS YYYYY1202.09 Multas y sancionesPor la reclasificación de las ventas efectuadaspor efectos de la provisión de cobranza dudosa.
Ejemplo Nº 1
El análisis y control de las provisiones de beneficios sociales
Representa las deudas de la entidad con sus trabajadores, por concepto de compensación por tiempo de servicios y que deben ser liquidados en la fecha determinada.
El tratamiento contable es:———————— x ———————— DEBE HABER58 PROVISIONES DEL EJERCICIO XXXXX5802.02 Provisiones Diversas 2102 REMUNERACIONES, PENSIONES Y BENEFICIOS POR PAGAR XXXXX2102.03 Compensación Por Tiempo De Servicios Por Pagar
4 Provisiones de de Cuentas de Cobranza Dudosa de acuerdo al Instructivo Nº 3, Actualidad Empresarial, Área Sector Público, , C.P.C. Florencio Bernal Pisfil, Nº 164-Primera Quincena de Agosto 2012

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3. Realización de ingresos diferidos
Representa los ingresos cuya liquidación parcial total debe realizarse en el ejercicio o ejercicios posteriores.De acuerdo al plan contable gubernamental se acredita en la cuenta 49.Ingresos Diferidos por el importe percibido por concepto de otros ingresos con vencimiento en ejercicios posteriores, por el importe percibido de tributos sujetos a liquidación futura, se carga el costo correspondiente a ingresos diferidos y la transferencias de las ventas de otros ingresos diferidos, aplicables al ejercicio tales como anticipos recibidos por venta a futuro por alquiler de maquinaria5.
Ejemplo Nº2
Por el pago recibido de la venta de bienes y servicios
———————— x ———————— DEBE HABER1101 CAJA Y BANCOS XXXXX1101.0101 Caja M/N 2501 INGRESOS DIFERIDOS XXXXX2501.01 Venta De Bienes Y Servicios Por el registro por el pago inicial por el alquilerde una maquinaria.
Por el devengado
———————— x ———————— DEBE HABER2501 INGRESOS DIFERIDOS XXXXX2501.01 Venta de bienes y servicios4303 VENTA DE SERVICIOS XXXXX4303.050202 Maquinarias Y Equipos Por el devengado de parte del alquiler de la maquinaria.
4. Deterioro de incobrabilidad de los activos
Cuando exista evidencia de deterioro de las cuentas por cobrar, el importe en libros se reducirá mediante una cuenta de valuación (1209 Estimación de cuentas de cobranza dudosa), por lo tanto, la entidad evaluará en cada fecha el deterioro de valor (PCG).
De acuerdo al Párrafo N° 58 de la NIC 39 “Instrumentos Financieros reconocimiento y medición”, señala que una entidad evaluara en cada fecha de balance, la existencia de evidencias objetivas de que un activo financiero o un grupo de ellos este deteriorado.
5 INSTRUCTIVO DE CIERRE FISCAL, Dirección Nacional de Contabilidad – Sistema Integrado de Información Financiera

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Si tal evidencia existe (condiciones para efectuar la provisión de cobranza dudosa), la entidad determinará el importe de la pérdida por deterioro del valor (provisión de para cuentas de cobranza dudosa) aplicando lo dispuesto en el párrafo N° 63 de la NIC 39 (activos financieros contabilizados al costo amortizado).
5. Estimación contable
Son operaciones contables financieras que se efectúan para reflejar los hechos económicos que señalan deterioros, desvalorización, fluctuaciones, etc., durante el ejercicio que requieran ser mostrados en los estados financieros, como consecuencia de suponer o estimar operaciones complementarias necesarias, muchas veces que muestran el valor neto para la presentación de los estados financieros, e implican la aplicación de un juicio profesional sobre la base de los hechos económicos y evidencias de información disponible, como resultado de las incertidumbres inherentes a las actividades u operaciones que realiza la entidad, algunas de las partidas de los estados financieros no pueden ser valuadas con precisión, sino sólo estimarse. Por lo tanto, el proceso de estimación involucra criterios basados en la información disponible pueden requerir de estimaciones, por ejemplo, las cobranzas dudosas, desvalorización de existencias, depreciación de activos, provisión de beneficios sociales, etc6.
Según el Plan Contable Gubernamental, la provisión para cuentas de cobranza dudosa son valores agrupados en cuentas o rubros que representan acumulaciones de estimaciones que se realizan al cierre del ejercicio o de un período determinado y corresponden a derechos exigibles provenientes de la cobranza de ingreso tributarios y no tributarios que han entrado en morosidad y se encuentran en situación de riesgo por su incobrabilidad.
i. Condiciones para efectuar la estimación de cobranza dudosa y reconocimiento por pérdida por deterioro de valor
El párrafo 59 de la NIC-SP 39 “Instrumentos financieros” señala que un activo financiero o un grupo de ellos estará deteriorado (incobrable) y se habrá producido una pérdida por deterioro del valor si existiera evidencia objetiva de su incobrabilidad, como consecuencia de uno o más eventos causantes de la pérdida tales como:
Que la deuda se encuentre vencida y se demuestre fehacientemente la existencia de dificultades financieras del deudor que haga previsible el riesgo de incobrabilidad.
Que se haya efectuado análisis periódicos de las deudas pendientes de cobranza, así como otros análisis por otros medios y se demuestre la morosidad del deudor mediante la documentación que sustente y
6 Provisiones de de Cuentas de Cobranza Dudosa de acuerdo al Instructivo Nº 3, Actualidad Empresarial, Área Sector Público, , C.P.C. Florencio Bernal Pisfil, Nº 164-Primera Quincena de Agosto 2012

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evidencie las gestiones de cobranza, luego del vencimiento de la deuda.
Que se hayan efectuado gestiones administrativas de confianza o el inicio de procedimientos judiciales de cobranza o cobranza coactiva.
Que la deuda haya permanecido impaga, por más de doce (12) meses desde la fecha de obligación del vencimiento sin que ésta haya sido satisfecha.
Que la estimación al cierre de cada ejercicio figure registrado en libros y los EE. FF. en forma discriminada.
Artículo 21º lit. f) D.S. Nº 122-94- EF, p. 21.09.94, Reglamento de la Ley Impuesto a la Renta.
ii. Análisis y control de las cuentas por cobrar para efectuar la estimación
Para cumplir una de las condiciones para efectuar la provisión de cuentas de cobranza dudosa se debe considerar los siguientes aspectos:
Verificar que los importes registrados en las cuentas por cobrar (12, 13, 17) correspondan a los derechos vencidos a favor de la entidad.
Efectuar circularización de cartas, comunicaciones, notificaciones, etc., a los contribuyentes y usuarios deudores con la finalidad de confirmar y comprobar los saldos registrados.
Efectuar el corte documentario de recibos de ingresos y efectos por cobrar a una fecha dada a fin de realizar los análisis respectivos y cruce de información con los diversos elementos, documentación, información y registros y cerciorarse de su veracidad y exactitud.
Realizar verificaciones y comprobaciones, si las cuentas pendientes de cobranza están registradas y reveladas correctamente en cuanto a monto, período y concepto.
Revisar por muestreo los montos, naturaleza, identificación y antigüedad de las cuentas pendientes de cobranza, clasificándolas por rubros de ingresos tributarios, no tributarios, y de personal (préstamo al personal, responsabilidades fiscales, adelanto por tiempo de servicios, devolución de viáticos y otras rendiciones de cuenta).
Revisar y separar los saldos de las cuentas pendientes de cobranza provenientes de operaciones diferidas (tributos diferidos, venta de bienes y servicios diferidos, etc.), los mismos que serán reclasificados en la cuenta 49 “Ingresos diferidos”, analizar por muestreo las

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
conciliaciones entre los recibos de ingresos emitidos por el área de rentas y los recibos cobrados por caja a fi n de ratificar o provisionar su cobranza o de lo contrario anular los recibos no cobrados.
Analizar la evolución, crecimiento o la permanencia estática de las cuentas por cobrar de ingresos tributarios y no tributarios, señalando la causa de su evolución y crecimiento y permanencia estática y su incidencia en la liquidez de la cantidad.
Efectuar el anticuamiento de las cuentas pendientes de cobranza, así como su reclasificación tomando como base el período de antigüedad de la misma.
6. Provisión, estimación, deterioro del activo (cuentas por cobrar)
De acuerdo al párrafo N° 19 de la NIC-SP 19. “Provisiones, activos contingentes y Pasivos contingentes”, se definen también como provisiones aquellos pasivos de cuantía o vencimientos inciertos, aclarando que algunos países el término“Provisión” se utiliza en el contexto de partidas tales como depreciación sistemática, así como también para denominar el reconocimiento de la pérdida de valor por el deterioro del activo financiero como desvalorización de existencias o cobranza dudosa; por lo tanto, estas partidas no se tratan con la presente norma, en conclusión la NIC-SP 19, no es aplicable al caso en estudio.Por el contrario, la NIC-SP 19, “Instrumentos Financieros reconocimiento y medición”, párrafo N° 58 al 63. Lo reconoce como deterioro de activos financieros. Sin embargo, para aclarar más debemos establecer el criterio de reconocimiento.
Las provisiones se reconocen cuando:
La entidad tiene una obligación presente de carácter implícito contractual o legal como resultado de un suceso ocurrido, ejemplo, garantía sobre las ventas.
Es necesario para materializar la obligación, que la entidad tenga que desprenderse de recursos que involucre beneficios económicos y se pueda estimar de manera fiable el importe de la obligación correspondiente.
Por lo tanto, el importe reconocido como provisión debe ser la mejor estimación de desembolso necesario para materializar la obligación presente.
IX. DETERMINACIÓN DEL CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES DE PROCEDENCIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA.
A)DETERMINACIÓN DEL CASTIGO DIRECTO
1) FACTORES CONCURRENTES

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Que se haya efectuado la respectiva provisión para cuentas de Cobranza Dudosa;
Que se haya ejecutado la acción administrativa hasta el estado de establecer la incobrabilidad;
Que la deuda haya permanecido impaga por un tiempo no menor de un año, contado a partir de su exigibilidad.
Que el monto exigible por cada deuda no supere una remuneración mínima vital mensual vigente al momento de determinar el castigo.7
2) PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Habiéndose efectuado el registro contable de la provisión para cuentas de cobranza dudosa, el Contador General o quien haga sus veces, solicitará al funcionario responsable de la cartera de cobranza, inicie el trámite del castigo directo.
El funcionario responsable de la cartera de cobranza organizará la documentación pertinente y proyectará la resolución que autoriza el castigo directo, la elevará para la visación del Contador General o quien haga sus veces y del Director General de Administración, según el caso, o al Intendente Administrativo de las Oficinas captadoras de recursos financieros, quien a su vez la remitirá al Titular de la entidad o persona a quien este designe a fin de que emita la resolución que respalde el registro contable.
El castigo directo es un tratamiento contable que no significa extinción de la deuda, por lo que las cuentas continuarán con el procedimiento de cobranza que corresponde, mientras no se extingan.
3) TRATAMIENTO CONTABLE
El Contador General o quien haga sus veces, recibirá una copia autenticada de la resolución y de la documentación de cobranza que sustentará el registro contable del castigo directo, el mismo que efectuará con cargo a la cuenta 19 Provisión para Cuentas de Cobranza Dudosa y Reclamaciones8 y abono a las cuentas del activo correspondiente, reclasificados como cobranza dudosa, de manera que el adeudo quede saldado.
Los documentos fuente que sustenten estos registros, se mantendrán debidamente archivados para efectos de auditorías que realicen los órganos de control interno, así como la Contraloría General, en su caso.
7 “Que el monto de la cobranza dudosa, por cada deuda, supere una (1) Unidad Impositiva Tributaria vigente al momento de determinarse el castigo”. Monto modificado por la R.D. Nº 011-2009.EF/93.01- artículo 2º.8 1209 Estimación de Cuentas de cobranza Dudosa y Reclamaciones según Plan Contable Gubernamental Versión Actualizada – Resolución Directoral N° 004-2013-EF/51.01

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
Las cuentas de cobranza dudosa castigadas directamente y cuyo derecho a cobro no se ha extinguido, se controlará a través de las cuentas de orden 05.07 Documentos y Valores en cobranza entregados, y 06.07 Control de Documentos y Valores en cobranza entregados.9
B)DETERMINACIÓN DEL CASTIGO INDIRECTO
1) FACTORES CONCURRENTES:
Que se haya efectuado la respectiva provisión para cuentas de cobranza dudosa
Que la deuda, haya permanecido impaga por un tiempo no menor de un año, a partir de su exigibilidad
Que se haya efectuado la(s) acción(es) judicial(es), a la que corresponde según ley, hasta establecer la incobrabilidad; y
Que el monto de la cobranza dudosa, por cada deuda, supere una remuneración mínima vital mensual, vigente al momento de determinar el castigo.
2) PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO:
Habiendo efectuado el registro contable de la provisión, el Contador General o quien haga sus veces, informará por escrito de este hecho, al Director General de Administración o Gerente Administrativo según el caso, o a Intendente Administrativo de las oficinas captadoras de recursos financieros.
El funcionario responsable de la cartera de cobranza, después de haber agotado las gestiones administrativas sin haber logrado hacer efectivo el adeudo, el que no excederá del plazo de 6 meses a partir de su exigibilidad,
9 9103.06 Valores y Documentos en Cobranza - Entregados y 9104.06 Control de Valores y Documentos en Cobranza – Entregados según Plan Contable Gubernamental Versión Actualizada – Resolución Directoral N° 004-2013-EF/51.01

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
remite lo actuado al Director General de Administración o Gerente Administrativo, según el caso, o al Intendente Administrativo de las oficinas captadoras de recursos financieros, para su remisión al titular de la entidad o quien haga sus veces, quien a su vez lo remite a la Procuraduría General competente o quien haga sus veces, a fin de que inicie la demanda judicial correspondiente.
El funcionario responsable de la cartera de cobranza, desarrollará las acciones que permitan al titular de la entidad solicitar la información pertinente de las causas judiciales iniciadas, así como el informe resultado de la gestión de la Procuraduría General competente o quien haga sus veces.
El funcionario responsable de la cartera de cobranza organizará la documentación original de cobranza y los que prueban la incobrabilidad del adeudo, procediendo a proyectar la resolución que autoriza el castigo indirecto; luego la eleva para la visación del Contador General o quien haga sus veces y del Director General de Administración o Gerente Administrativo, según el caso, o al Intendente Administrativo de las oficinas captadoras de recursos financieros, quien a su vez la remitirá al titular de la entidad a fin de que emita la resolución que respalde el registro contable.
3)TRATAMIENTO CONTABLE:
Para la contabilización del castigo indirecto, se utilizará el mismo procedimiento normado para el castigo directo, en lo que corresponda.
4) CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL CASTIGO INDIRECTO
La Resolución que sustenta los castigos indirectos, considerará según el caso, los criterios siguientes:
a) En la Deuda no Tributaria:
Criterios de "Insolvencia Sustentada"
Se considera como prueba de incobrabilidad, la resolución que emita el Juez competente, en un procedimiento judicial concluido y/o considerado dentro del informe del Procurador, según sea el caso.
Criterios de "Extinción de la Deuda"
Se considera prueba de incobrabilidad, los diversos medios de extinción de las obligaciones señaladas en el Código Civil y/o Ley especial sobre la materia.
b) En la Deuda Tributaria

19
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
Se considera prueba de incobrabilidad, los diversos medios de extinción de las obligaciones tributarias señaladas en el Código Tributario y/o Ley especial sobre la materia.
X. DISPOSICIONES VARIAS
a) Para efecto del castigo, el control administrativo de la cobranza se hará porcada deudor.
b) La normatividad del presente Instructivo comprende las deudas de origen tributario y no tributario, en favor de la entidad.
c) Independiente al cumplimiento de los factores concurrentes expuestos anteriormente, no se considerará efectuado el castigo para cuentas incobrables, si no existe documentación sustentatoria del derecho a cobro.
d) Los funcionarios responsables del cumplimiento del presente Instructivo, para cada acto del procedimiento administrativo indicado, comunicarán y remitirán los expedientes o actuados dentro de los 15 días útiles de haberlo recibido, a los niveles respectivos.
e) Los funcionarios y servidores de la Administración Pública en General, que por acción u omisión infrinjan los plazos dispuestos en este Instructivo, serán sometidos a procesos administrativos disciplinarios.
f) Las entidades obligadas a aplicar el presente Instructivo, que por cualquier razón estén utilizando criterios distintos a los normados, deberán proceder a su regularización.
g) Las entidades obligadas a aplicar el presente Instructivo, elaborarán ya probarán el instructivo interno correspondiente, adecuándolo a sus propias funciones, para su posterior remisión al Órgano Rector del Sistema de Contabilidad Gubernamental.
ANEXO N°1
CASO PRÁCTICO DE PROVISIÓN, RECUPERACIÓN Y ASIENTO DE PROPORCIONALIDAD DE LA COBRANZA DUDOSA

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
Lima, 4 de Julio del 2011
Vistos, los Expedientes Nº 10-065252-001 y 10-070324-0001, que contienen el Memorando Nº 2491-2010-OGA/MINSA de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 370-2011-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el Nuevo Plan Contable Gubernamental del Consejo Normativo de Contabilidad, aprobado por Resolución Nº 010-97-EF/93.01, rige a partir del 1 de enero de 1998, y forma parte de la Resolución de Contaduría Nº 067-97-EF/93.01, a través de la cual se aprueba el compendio de Normatividad Contable.
Que, el Nuevo Plan Contable Gubernamental se aplica a través de Instructivos Contables;
Que mediante Instructivo Nº 3 Provisión y Castigo de las Cuentas Incobrables, se dictan que reglamentan la provisión y castigo de las Incobrables para las entidades del Sector Publico;
Que, en ese sentido, se requiere aprobar una Directiva Administrativa que establezca los porcentajes que debe aplicarse para el cálculo de la provisión de Cobranza Dudosa y el Tratamiento Contable, a fin de uniformizar la Dinámica, forma y presentación de dichas cuentas en los Estados Financieros;
Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Administración del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Viceministra de Salud;
De conformidad con el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y l Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
SE RESUELVE:
Articulo 1º .- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 179 – MINSA/OGA-V.01 “DIRECTIVA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL PORCENTAJE PARA EL CALCULO DE LA ESTIMACION DE

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
COBRANZA DUDOSA Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES”, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Articulo 2º .- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 0386-98-0GA-DEE-SA que aprobó la Directiva OGA-OEE-CG-Nº 004-98 “Procedimiento para la Aplicación de Porcentaje para el calculo de la provisión de Cobranza Dudosa”, y todas aquellas disposiciones que se opongan o resulten incompatibles con la Directiva Administrativa aprobado por la presente Resolución Ministerial;
Articulo 3º Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud.
Regístrese y comuníquese.
DIRECTIVA ADMINISTRATIVA Nº179-MINSA/OGA-V-01
DIRECTIVA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL PORCENTAJE PARA ELCÁLCULO DE LA ESTIMACIQ.N DE
COBRANZA DUDOSA Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
1. FINALIDAD
Establecer los lineamientos a considerar para efecto de determinar la Estimación y el Castigo de las Cuentas Incobrables y el tratamiento contable, por parte de las Unidades Ejecutoras conformantes del Pliego 011-Mínisterio de Salud,
2. OBJETIVO
Dictar los procedimientos que reglamenten la Estimación y Castigo de las cuentas incobrables en las Unidades Ejecutoras conformantes del Pliego 011Ministerio de Salud,
3. ÁMBITO DE APLICACIÓN
La presente Directiva Administrativa es de aplicación por las Unidades 'Ejecutoras del Pliego 011 • Ministerio de Salud que formulan Estados Financieros
4. BASE LEGAL
Ley N° 28708- Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad Ley N° 28112
Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público
Resolución de Contaduría 067-97-EF/ 93,01 - Aprueba el Compendio de
Normatividad Contable, Instructivo N° 3 "Provisión y Castigo de las Cuentas
Incobrables" y sus modificatorias,
Resolución Directoral- N° 001-2009-EF/93,01 y sus modificatorias, Resolución
Directoral N° 002-2010-EFl93,01 - Aprueban el Uso Obligatorio del Plan Contable
Gubernamental 2009,
Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público - NICs -SP;
aprobado por el Comité del Sector Público de la Federación Internacional de
Contadores IFAC.
5. DISPOSICIONES GENERALES
5.1 Definiciones Básicas 5.1.1 Cuentas Incobrables
Se refiere a las Cuentas por Cobrar que vencido su plazo de cobranza no han sido canceladas.
5.1.2 Cuentas de Valuación
DIRECTIVA ADMINISTRATIVA N'179 ·MINSA/OGA·V.G1
DIRECTIVA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL PORCENTAJE PARA EL CALCULO DE LA ESTIMACION DE
COBRANZA DUDOSA YCASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
Aquellas que sirven para determinar el valor contable de ciertos activos, comprende la estimación para Cuentas de Cobranza Dudosa, la estimación para desvalorización de existencias, estimación para fluctuación de valores, depreciación de activo fijo. amortización acumulada de inversiones intangibles y agotamiento de bienes agropecuarios.
5.1.3 Estimación Contable
Es un ajuste en el importe de libros de un activo o de un pasivo, o en el importe del consumo periódico de un activo, que se produce tras la evaluación de la situación actual del elemento, así como de beneficios futuros esperados y de las obligaciones asociadas con los activos y pasivos correspondientes. Los cambios en las estimaciones contables son el resultado de nueva información o nuevos acontecimientos y, en consecuencia, no son correcciones de errores. Esta definición se utiliza en vez de "Provisión".
5.1.4 Estimación de Cuentas de Cobranza Dudosa
Es una cuenta de valuación. Este un nuevo término y definición señalado en el Plan Contable Gubernamental Nueva Versión PCGNV; que reemplaza a la Cuenta 19 - Provisión para Cuentas de Cobranza Dudosa y Reclamaciones.
5.1.5 Castigo
Eliminación o retiro de la contabilidad de un importe previamente reconocido como activo. En una Cuenta por Cobrar por la que se agotaron los medios de cobro y que previamente fue registrada en una cuenta de valuación (estimación de cobranza dudosa). En ese caso se elimina tanto la cuenta por cobrar con o la cuenta de valuación.
6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
6.1 Procedimiento:
6.1.1. El funcionario responsable de la Cobranza Pre coactiva ó quien haga sus veces comunicará al Contador General dentro de los ocho (08) días hábiles del mes siguiente, respecto de las cuentas por cobrar que luego transcurridos treinta (30) días de la fecha de su exigibilidad no se hayan hecho efectivas, debiendo reclasificarse como cuentas de cobranza dudosa en las divisionarias 1201.99 Cuentas Por Cobrar de Dudosa Recuperación y 1202.99 Cuentas Por Cobrar Diversas de Dudosa Recuperación, según sea el caso.

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
DIRECTIVA ADMIINISTRATIVA N° 179 ·MINSAlIOGA·V.01
DIRECTIVA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL PORCENTAJE PARA EL CÁLCULO DE LA ESTLMACION DE
COBRANZA DUDOSA YCASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES

25
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
6.1.2. No se estiman las deudas de personal, adelanto por tiempo de servicios, depósitos en garantía, deuda asumida y responsabilidad fiscal.
6.1.3 El registro de la estimación se efectuará mensualmente tomando coma referencia el saldo de las cuentas por cobrar. Debiendo reflejarse razonablemente en el Balance de Comprobación de cada mes,
6.1.4 El porcentaje que se debe aplicar para el cálculo de La Estimación de Cobranza antigüedad del vencimiento de las Cuentas por Cobrar y la probabilidad de la incobrabilidad de las no vencidas; según la escala siguiente:
- Vencimiento a 30 días 10 %
- Vencimiento a 60 días 20%
- Vencimiento a 90 días 50%
- Vencimiento más de 90 días 100%
6.1.5 Con relación a las cuentas por cobrar de años anteriores estimadas con la tasa anterior, que no hayan sido cobradas al finalizar el mes, se procederá a efectuar el asiento de Ajuste -de Proporcionalidad al resultado obtenido en función al saldo de las cuentas por cobrar clasificadas según escala de vencimiento, cargando a la cuenta 1209 Estimación de Cuentas de Cobranza Dudosa y Reclamaciones, con la divisionaria respectiva y abonando a La cuenta 4505 Ingresos Diversos divisionaria 4505.010499 Otros Ingresos.
6.2 PROCEDIMIENTO CONTABLE
6.2.1 CONTABILIZACION DE LA RECLASIFICACION
Se contabilizará con cargo a las respectivas cuentas divisionarias que reflejan las cuentas de cobranza dudosa, con abono a las cuentas por cobrar correspondientes.
Ejemplo
A.- CUENTAS POR COBRAR
DEBE HABER
1201 CUENTAS POR COBRAR 1,000.00
1201.99 Cuentas por Cobrar de
Dudosa Recuperación
1201CUENTAS POR COBRAR 1,000.00

26
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
1201.03 Vta de Bienes y Servicios y
Derechos Administrativos
1201.0301 Vta de Bienes
1201 0302 Derechos y Tasas Administrativos
1201.0303 Vta de Servicios
Por Reclasificación de Cuentas por
Cobranza Cuenta de Cobr. Dudosa.
B.- CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS
DEBE HABER
1202 CUENTAS POR-COBRAR DIVERSAS 1,000.00
1202.99 Cuentas por Cobrar Diversas de.
Dudosa Recuperación
1202 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS 1,000.00
120209 Multas y Sanciones
12020901 Multas
12020902 Sanciones
1202.98 Otras Cuentas por Cobrar
Por Reclasificación de Cuentas por Cobrar
Diversas a la Cuenta de Cobranza Dudosa.
6.2.2 CONTABILLZACION DE LA ESTIMACION
El registro mensual de la Estimación para cuentas de Cobranza Dudosa, se efectuará con cargo a la cuenta que refleja las Estimaciones del Ejercicio.
Ejemplo:
DEBE HABER
5801 ESTIMACIONES DEL EJERCICIO 2,000.00
5801.05 Estimaciones de Cobranza

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
Dudosa y Reclamaciones
1209 ESTIMACIÓN DE CUENTAS DE COBRANZA 2,000.00
DUDOSA (CR)
1209.01 Cuentas por Cobrar 1,000.00
1209.02 Cuentas por Cobrar Diversas 1,000.00
Para la Estimación del Ejercicio de las Cuentas
de Cobranza Dudosa
6.2.3 CONTABILIZACIÓN DEL AJUSTE DE PROPORCIONALIDAD
El saldo de la Cuenta 1209 Estimación de Cuentas de Cobranza Dudosa y Reclamaciones; correspondiente a ejercicios anteriores al iniciar el ejercicio de cada año fiscal se dividirá entre doce meses y se rebaja proporcionalmente cada mes:
Ejemplo:
DEBE HABER
1209 ESTIMACION DE CUENTAS DE
COBRANZA DUDOSA (CR) 1,000.00
120901 Cuentas por Cobrar
1209.02 Cuentas por Cobrar Diversas
4505 INGRESOS DIVERSOS 1,000.00
4505.010499 Otros Ingresos
De igual forma se contabilizará para sucesivos ejercicios
6.2.4 CONTABILIZACIÓN DE RECUPERACIÓN DE LA COBRANZA DUDOSA
Cuando una cuenta de cobranza dudosa o por vencer se ha recuperado o cobrado total o parcialmente. se rebajará la Estimacíón correspondiente, en el importe de la cobranza realizada tomando en consideración el porcentaje de la inicial.
Ejemplo
DEBE HABER

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PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
1209 ESTIMACION DE CUENTAS DE
COBRANZA DUDOSA (CR) 1,000.00
1209.01 Cuentas por Cobrar
120902 Cuentas por Cobrar Diversas
5801 ESTIMACIONES DEL EJERCICIO 500.00
5801.05 Estimaciones de Cobranza
Dudosa y Reclamaciones
(Ejercicio Vigente)
4505 INGRESOS DIVERSOS 500.00
4505.010499 Otros Ingresos
(Ejercicios Anteriores)
6.3 DETERMINACION CASTIGO DIRECTO
6.3.1 Requisitos Indispensables
Que se haya efectuado la respectiva Estimación de Cuentas de
Cobranza Dudosa
Que se haya ejecutado la acción administrativa hasta el estado de
establecer la incobrabilidad. (Existencia de Medios Probatorios)
Que la deuda haya permanecido impaga por un tiempo no-menor a un
año, contado a partir de su exigibilidad.
Que el monto exigible por cada deuda no supere una Unidad
Impositiva Tributaria vigente al momento de determinarse el castigo.
6.3.2 Requisitos Administrativos
Habiéndose efectuado el registro contable de la Estimación de
Cuentas de Cobranza Dudosa, el Contador General o quién haga sus
veces. solicitará al funcionario responsable de la cartera de cobranza,
inicie el trámite del castigo directo.
El funcionario responsable de la cartera de cobranza organizará la
documentación pertinente y proyectará la Resolución que autoriza el
castigo directo, la elevará para la visaclón del Contador General o
quién haga sus veces y del Director General de Administración, según

29
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
el caso, quién a su vez remitirá al Titular de la entidad o persona a
quién éste designe a fin que emita la Resolución que respalde el
registro contable.
El castígo directo es un tratamiento contable que no significa extinción
de la deuda, por lo que las Cuentas continuarán con el procedimiento
de cobranza que corresponde, mientras no se extingan.
6.3.3 Tratamiento Contable
El Contador General o quién haga sus veces, recibirá una copia
autenticada de la Resolución y de la documentación de cobranza que
sustentará el registro contable del castigo directo. el mismo que
efectuará con cargo a la cuenta 1209 Estimación de Cuentas de
Cobranza Dudosa y Reclamaciones y abono a las cuentas del activo
correspondiente, reclasificados como cobranza dudosa, de manera
que el adeudo quede saldado.
Las cuentas de cobranza dudosa castigadas directamente y cuyo derecho a cobro no se ha extinguido se controlarán a través de las cuentas de orden 9.103.06 Valores y Documentos en Cobranza - Entregados y 9104.06 Control de Valores y Documentos en Cobranza - Entregados.
6.4 DETERMINACIÓN DEL CASTIGO INDIRECTO
6.4.1 Requisitos Indispensables
Que se haya efectuado la respectiva Estimación de Cuentas de
Cobranza Dudosa.
Que la deuda haya permanecido impaga por un tiempo no menor de un
año, contado a partir de su exigibilidad.
Que se haya efectuado las acciones judiciales, a la que corresponde
según ley, hasta establecer la incobrabilidad; y
Que el monto de la cobranza dudosa, por cada deuda, supere una (1)
Unidad Impositiva Tributaría vigente al momento de determinarse el
castigo.
6.4.2 Requisitos Administrativos
Habiendo efectuado el registro contable de la Estimación de Cuentas de
Cobranza Dudosa, el Contador General o quién haga sus veces. informará

30
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
por escrito de ese hecho al Director General de Administración. Para
efectos de control de Cuentas Incobrables es necesario' que el
Responsable de Cobranza Pre coactiva o quien haga sus veces, informe
mensualmente a través de la Oficina de Economía, el cobro de las Cuentas
por Cobrar, que han estado en proceso de Castigo o como Cobranza
Dudosa.
El funcionario responsable de Cobranza Pre coactiva o quien haga sus
veces después de haber agotado los procedimientos administrativos sin
haber logrado hacer efectivo el adeudo, remite a través de.la Dirección
Ejecutiva de Economía los actuados al Director General de Administración
para su remisión al titular de la entidad, quien solicitará la información
pertinente de las causas judiciales iniciadas ylo de la determinación
adoptada por la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud,
El funcionario responsable de la cartera de cobranza organizará la
documentación original de cobranza y los que prueban la incobrabilidad del
adeudo, procediendo a proyectar la Resolución que autoriza el castigo
indirecto, luego la eleva para la visación del Contador Generala quién haga
sus veces y del Director General de Administración, quién a su vez las
remitirá al Titular de la Entidad a fin que emita la Resolución que respalde
el registro contable,
6.4.3 Tratamiento Contable
Para la contabilización del castigo indirecto se utilizará el mismo procedimiento normado para el castigo directo, en lo que corresponda,
6.4.4 Criterios para la determinación del castigo indirecto:
La Resolución que sustenta el castigo indirecto considera el criterio siguiente
En la deuda no Tributaria:
Criterios de "Insolvencia Sustentada",- Se considera como prueba de incobrabilidad, la Resolución que emita el juez competente en su procedimiento judicial concluido y/o informe emitido por el Procurador según sea el caso,
6.4.5 Criterios de, Extinción de la Deuda:

31
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
Se considera prueba de incobrabilidad, los diversos medios de extinción de las obligaciones señaladas en el Código Tributario y/o Ley Especial sobre la materia, En la Deuda Tributaria,- Se considera prueba de incobrabilidad, los diversos medios de extinción de las obligaciones tributarias señaladas en el Código Tributario y/o Ley especial sobre la materia.
7. RESPONSABILIDAD
Son responsables de velar por el cumplimiento de la presente Directiva Administrativa, el Director General de la Oficina General de Administración, El Director Ejecutivo de Economía. El Contador General, El Tesorero y el Jefe del Equipo de Cobranza Pre coactiva o quienes hagan sus veces.
8.- DISPOSICIÓN FINAL
La presente. Directiva Administrativa es de aplicación a partir de su aprobación.
CASO PRÁCTICO
I. OPERACIÓN N° 1
El 02 de Enero del 2011, la Unidad Ejecutora El Hospital “La Poderosa” inicia sus
operaciones con los siguientes saldos:
Al 31 de Diciembre del 2010.
1. ACTIVO DEBE HABER
1201 Cuentas por cobrar 484 298.261201.03 Venta de bienes y Servicios y
derechos administrativos1201.0301 Venta de bienes 177.781201.0303 Venta de servicios 22 739.00 1201.99 Cuentas por cobrar
De dudosa recuper 461 381.48
1209 Estimación de cuentas 430 884.51De cobranza dudosa y reclam
1209.01 Cuentas por cobrar
Apertura de las Operaciones al inicio del Ejercicio 2011.
II. OPERACIÓN N° 2
Con fecha 15 y 16 de Enero del 2011, recauda por venta de Medicinas la suma S/. 3 558.87.

32
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
Fase de Determinado DEBE HABER
1201 Cuentas por cobrar 3 528.971201.03 Venta de bienes y Serv. y der. adm.1201.0301 Venta de bienes
4301 Venta de bienes 2 990.654301.06 Venta de productos de salud4301.0606 Venta de productos de salud4301.060602 Medicinas
2101 Impuestos, contribuciones y otros 538.322101.01 Impuestos y contribuciones2101.0105 IGV
Por la venta de medicinas
Fase de Recaudado DEBE HABER
1101 Caja y bancos 3 558.871101.03 Depósitos en Instituciones Finan Pub 1101.0301 Cuentas Corrientes
1201 Cuentas por cobrar 3 558.871201.03 Venta de bienes y Servicios y derechos adm1201.0301 Venta de bienes
CUENTAS DE PRESUPUESTOFase de Recaudado DEBE HABER
8501 Ejecución de ingresos 3 558.878501.02 Recursos directamente recaudados 8501.0201 Recursos directamente Recaudados
8201 Presupuesto de ingresos 3 558.878201.02 Recursos directamente recaudados8201.0201 Recursos directamente recaudados
Financieramente
2101 Impuestos, contribuciones y otros 30.002101.01 Impuestos y contribuciones2101.0105 Impuesto general a las ventas
1101 Caja y Bancos 30.001101.03 Depósitos en Instituciones Finan. Públicas1101.0301 Cuentas Corrientes1101.030102 Recursos Directamente Recaudados

33
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
PRESUPUESTALMENTE
8501 Ejecución de ingresos 30.008501.02 Recursos directamente recaudados 8501.0201 Recursos directamente Recaudados
8201 Presupuesto de ingresos 30.008201.02 Recursos directamente recaudados8201.0201 Recursos directamente recaudados
III.OPERACIÓN N° 03
Los Pacientes que deben al Hospital “La Poderosa” cancelan sus deudas anteriores por
la suma de S/. 16 056.87 nuevos soles.
Se verifica que el cobro de deudas de años anteriores por la suma de S/. 16 056.87
nuevos soles corresponde a las siguientes cuentas de origen:
CUENTAS MES DE ORIGEN
S/.
1201.0301 Venta de bienes1201.0302 Venta de servicios1201.99 Cuentas por cobrar de dudosa recuperación
Dic-2010Dic-2010Meses
anteriores
177.78 6 071.22 9 807.87
16 056.87
ASIENTO DE RECUPERACIÓN POR COBRO DE DEUDAS- CUENTAS DE ORIGEN MES DICIEMBRE-2010
Fase Recaudado DEBE HABER
1101 Caja y bancos 6 249.001101.03 Depósitos en Instituciones Finan Pub 1101.0301 Cuentas Corrientes1101.030102 Recursos directamente Recaudados
1201 Cuentas por cobrar 6 249.001201.03 Venta de bienes y Serv. y derechos adm1201.0301 Venta de bienes 177.781201.0302 Venta de servicios 6 071.22

34
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
CUENTAS DE PRESUPUESTOFase Recaudado DEBE HABER
8501 Ejecución de ingresos 6 249.008501.02 Recursos directamente recaudados 8501.0201 Recursos directamente Recaudados
8201 Presupuesto de ingresos 6 249.008201.02 Recursos directamente recaudados8201.0201 Recursos directamente recaudados
ASIENTO DE RECUPERACIÓN DE LAS CUENTAS DE ORIGEN MESES ANTERIORES
Financieramente DEBE HABER
1101 Caja y bancos 9 807.871101.03 Depósitos en Instituciones Financieras Públicas 1101.0301 Cuentas Corrientes1101.030102 Recursos directamente Recaudados
1201 Cuentas por cobrar 9 807.871201.99 Cuentas por cobrar de dudosa recuperación
Por el ingresos a caja de la cobranza dudosa.
Presupuestalmente DEBE HABER
8501 Ejecución de ingresos 9 807.878501.02 Recursos directamente recaudados 8501.0201 Recursos directamente Recaudados
8201 Presupuesto de ingresos 9 807.878201.02 Recursos directamente recaudados8201.0201 Recursos directamente recaudados
ANÁLISIS DE LA RECLASIFICACIÓN Y SALDO DE LA CUENTA
a. Reclasificación
Al inicio del ejercicio 2011 de las operaciones teníamos
CUENTAS SALDO INICIAL
CANCELARONMES DE EN-11
SALDO PORRECLASIF. AL 31/01/11

35
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
1201.0301 Venta de bienes1201.0302 Venta de Servicios
177.7822
739.00
177.786 071.22
0.0016 667.78
6 249.00 16 667.78
Este saldo se reclasifica como cobranza dudosa DEBE HABER
1201 Cuentas por cobrar 16 667.781201.99 Cuentas por cobrar de dudosa recuperación
1201 Cuentas por cobrar 16 667.781201.03 Venta de bienes y Serv y derechos adm1201.0301 Venta de bienes1201.0302 Venta de servicios
Por la reclasificación de cuentas por cobrar a la cuenta de cobranza dudosa.
b. Determinación del saldo
CUENTAS SALDO INICIAL
2011
CANCELARONENERO-11
SALDO AL 31/01/11
1201.99 Cuentas por cobrar
de dudosa recuperación
461 381.48
9 807.87 451 573.61
9 807.87 451 573.61
Se suman dos saldos: A 16 667.78
B 451 573.61Saldo al 31/01/11 que debe reflejar en el Estado de situación Financiera 468 241.39
CÁLCULO PARA EL ASIENTO DE ESTIMACIÓN MENSUAL
MESES AÑO IMPORTE % SALDO AL 31/01/2011
2005
200
29 821.30
64 435.70
100
100
29 821.30
64 435.70

36
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
Enero-Set
Octubre
Noviembre
Diciembre
6
2007
2008
2009
85 035.51
67 172.35
94 971.20
85 090.81
10 580.40
14 466.34
16 667.78
100
100
100
100
50
20
10
85 035.51
67 172.35
94 971.20
85 090.81
5 290.20
2 893.27
1 666.78
SALDO AL 31/01/11
468 241.39
PROVISIÓN 436 377.12
Estimación anual/12 x N° de meses436 377.12/12x1 = 36 364.76
DEBE HABER
5801 Estimaciones del ejercicio 36 364.765801.05 Estimaciones de cobranza dudosa y recl. 5801.0501 Cuentas por cobrar
1209 Estimaciones de cuentas de cobranza dudosa y reclamaciones 36 364.76
1209.01 Cuentas por cobrar
RECUPERACIÓN DE LA ESTIMACIÓN AL 31/01/11
CUENTA
129
SALDO AL
31/12/2010
COBRO DE
DEUDAS AL
31/01/11
SALDO AL
31/01/2011
%
PROVISIONADO
EN DIC. 2010
%
RECUPERADO
2011
Año 2005
Año 2006
29 850.80
64 435.70
29.50
-
20.0
29 821.30
64 435.70
100
-
100
29.50
-
20.00

37
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
Año 2007
Año 2008
Año 2009
Enero-Agos-10
Set-10
Oct-10
Nov-10
Dic-10
85 055.51
69 409.70
95 150.54
75 193.84
12 914.14
12 483.91
16 887.34
22 916.78
0
2 237.35
179.34
2 106.50
910.67
1 903.51
2 421.00
6 249.00
85 035.51
67 172.35
94 971.20
73 087.34
12 003.47
10 580.40
14 466.34
16 667.78
100
100
100
100
50
20
10
2 237.35
179.34
2 106.50
910.67
951.76
484.20
624.90
TOTAL 484 298.26
16 056.87
468 241.39
7 544.22
RECUPERACIÓN DE LA PROVISIÓN DEBE HABER
1209 Estimaciones de cuentas de cobranza dudosa y reclamaciones 7 544.22
1209.01 Cuentas por cobrar
4505 Ingresos diversos 7 544.224505.010499 Otros Ingresos
ANEXO N°2

38
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
PROCEDIMIENTO DE LA PROVISION Y CATIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
ENTIDAD : Municipalidad Distrital de Pocollay
ÁREA : Unidad de Contabilidad
CONTADORA: CPC Norys
Actualmente la Municipalidad Distrital de Pocollay no cuenta con una Directiva Interna especializada en la Provisión y Castigo de las cuentas Incobrables. Para poder aplicar de acuerdo a su Entidad.
La Municipalidad aplica la Provisión de acuerdo al Instructivo Nº3 PROVISION Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES.
La Contadora pudo acotar que era nueva en la Unidad de Contabilidad, dándose con la sorpresa, que el anterior Contador, no realizaba la Provisión respectiva, por consiguiente ella está empezando a desarrollar la correcta provisión a estas cuentas Incobrables.
Para ello afirma que están evaluando profundamente todas las cuentas pendientes que tiene la Municipalidad, informándose también de todas las operaciones y movimiento de cuentas incobrables realizados anteriormente.
Para poder Castigar tienen que evaluar estas cuentas, sabiendo que existe una gran número de cuentas incobrables al año.
Realizan: Análisis de Morosidad (Dependiendo del año), De acuerdo al instructivo Nº 3, sacan un Porcentaje para poder reclasificarlo.
La evaluación la realizan haciendo un análisis por cada deudor tomando en cuenta:
- Desde que año debe.- Cuanto debe.- Los pagos que realizo en el año.- Etc.
Sacando del Análisis:
- Quienes son los Deudores

39
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
- Cuanto es lo que tiene que pagar (Varia, mientras pasa el tiempo, aumenta los intereses)
La contadora afirma que es un riguroso procedimiento el realizar la contabilización de estas cuentas por cobrar, los pagos y su respectiva Provisión, ya que no tiene la información suficiente, puesto que los deudores solo presentan el Boucher de pago (Consignando el monto total y año) que en muchos casos no especifica detalle de pago, en consecuencia la unidad de Contabilidad elabora una hoja de trabajo por cada deudor (Día a Día un deudor es una caso distinto) al detalle con los datos necesarios, para poder llevar un bueno control, afirman también que tiene que cruzar información tanto con la Unidad de Caja como la Unidad de Tributación (Renta).
Nos ofrecieron la Información de que cuentas por cobrar tienen hasta el primer semestre:

40
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
CONCLUSIÓN
1. Se debe destacar la labor que realiza la Unidad de Contabilidad de la Municipalidad Distrital de Pocollay, encabezado por la Contadora Norys, por empezar a aplicar el Instructivo Nº 3 PROVISION Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES, en la Contabilización de sus deudas incobrables.
2. La Municipalidad Distrital de Pocollay viene efectuando una evaluación profunda de sus deudores, tomando bastantes puntos de información para realizar la correcta Provisión.
3. De acuerdo con su exhaustivo análisis de morosidad cumplen también con sacar un porcentaje, que se fija en la Entidad, aplicado para el cálculo de la provisión de cobranza dudosa.
4. Al elaborar una Hoja de Trabajo por cada deudor, cumple con lo especificado en el Instructivo Nº 3, realizándolo Deudor por Deudor.
Cabe señalar el profesionalismo de la unidad de Contabilidad y la Amabilidad que tuvieron con nosotras en atendernos brindarnos la información.
CONCLUSIONES

41
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
1. Cada Entidad del Sector Público está obligada a conocer y aplicar el presente instructivo para no ser sancionado administrativamente.
RECOMENDACIONES
1. Aplicar y actualizar los cambios que apruebe al Sistema Nacional de Contabilidad, sobre el Instructivo N°003 “Estimación y castigo de cuentas incobrables”.

42
PROVISIÓN Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES
WEBSITE
- INSTRUCTIVO N°3 PROVISIÓN Y COBRANZA DE LAS CUENTAS
INCOBRABLES
- PROVISIONES PARA CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA DE ACUERDO AL
INSTRUCTIVO N°3 – ACTUALIDAD EMPRESARIAL
- CRITERIOS PARA ESTABLECER LAS ESTIMACIONES COTABLES Y EL
DETERIORO DEL VALOR – ACTUALIDAD GUBERNAMENTAL