REFORMA TRIBUTARIA

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REFORMA TRIBUTARIA Relator: Carlos González Allendes Contador Auditor PUCV

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Relator: Carlos González Allendes Contador Auditor PUCV. REFORMA TRIBUTARIA. Modificación Ley del IVA modifica Art 12 Letra e) Número 7. DL 825/74. IVA: Elimina impuesto al lujo (Casas rodantes) Art.37 Letra H. B: Modificaciones Ley de Timbres y Estampillas. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: REFORMA TRIBUTARIA

REFORMA TRIBUTARIA

Relator: Carlos González AllendesContador Auditor PUCV

Page 2: REFORMA TRIBUTARIA

Modificación Ley del IVA modifica Art 12 Letra e) Número 7. DL 825/74.

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Remuneraciones afectas a Impuesto Adicional, percibidas por personas sin domicilio o residencia en Chile, por servicios prestados en CHILE.

EXENTOS DE I VA

AFECTOS A IVA SI SE CUMPLEN LAS SIGUIENTES CONDICIONES:1.- Servicio Prestado en Chile.2.- Renta se exime de tributación debido a convenios firmados con Chile.

FECHA DE VIGENCIA : 01.01.2013

Page 3: REFORMA TRIBUTARIA

IVA: Elimina impuesto al lujo (Casas rodantes) Art.37 Letra H

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Impuesto Adicional a los

artículos Suntuarios, ley

del IVA, Tasa 15%Casas Rodantes.

Vigencia :

01.01.2013.-

Se gravan con IVA Tasa 19% y

adicionalmente con tasa 15% .

Se deroga impuesto

Adicional tasa 15%.

Page 4: REFORMA TRIBUTARIA

B: Modificaciones Ley de Timbres y Estampillas.

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Disminución de la tasa de Ley de

Timbres y Estampillas.

Tasa: 0,05 % con un máximo de 0,6 % (con vencimiento).

Tasa: 0,25 %

Tasa: 0,033 %a 0,4 %.

Tasa: 0,166 % sin vencimiento.

Vigencia : 01.01.2013

Norma: Modifica artículos 1,2 y 3 de la Ley de Timbres y Estampillas.

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C: Modificaciones a la Ley de la Renta DL 824/74 (Aumento tasa de 1era Categoría).

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Aumento de la Tasa de Impuesto de 1era

categoría, esta norma modifica el Art. 20 LIR.

17% como norma permanente y 18,5%

como norma transitoria.

Tasa 20% a partir del AT 2013 , (01.01.2012) ,salvo las siguientes operaciones:

a) Término de Giro : Tasa 20% desde publicada la ley o mes de Septiembre del 2012.

b) Rentas afectas a Impuesto Único de 1era categoría pagado vía F29 , Tasa 20% desde publicada la ley o mes de Septiembre del 2012.

Vigencia : 01.01.2013Salvo las excepciones de lospuntos a) y b) indicadas.

Page 6: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 828 Art.4(Aumento tasa Impuesto a Tabacos).

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Aumento de la Tasa de Impuesto al Tabaco.

Tasa Art. 4 DL 828, es en la actualidad

0,0000675 UTM por cada cigarrillo más un

62,3%

Tasa Art 4 DL 828, será 0,000128803 por cada cigarrillo más un 60,5%.

Vigencia : 01.01.2013.

Page 7: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Rebaja Renta Bruta de Global o Adicional, ART. 55 LIR.)

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Rebaja Impuesto de 1era categoría pagado en línea

11 del F22 de Renta.Modifica Art. 55 LIR

La rebaja es por el monto del impuesto

actualizado (IPC Abril – Diciembre) declarado

en línea 3 del F22.

Se elimina la rebaja por impuesto de 1era categoría pagado a través de línea 11 del F22.

Vigencia : 01.01.2013.

Page 8: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Modificación tasa de PPM, LEY 20455)

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

PPM Se aplica ley 20.455 que determina el procedimiento de cálculo de tasas

anuales.

A contar de la publicación de la Ley, los PPM se deberán ajustar utilizando la tasa de Agosto del 2012 multiplicada por el factor 1,081.

Vigencia : Desde la fecha de publicación de la Ley..

Page 9: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Modifica Retención de Impuesto Adicional Art.74 N.-4).

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Dividendos o remesas al exterior , el Impuesto Adicional debe ser retenido he ingresado en arcas fiscales, en el caso de Gastos Rechazados relacionados con personas sin domicilio o residencia en Chile, opera retención de Impuesto Adicional.

Dividendos y Remesas al Exterior, el Impuesto Adicional se retiene con tasa del 35% deduciendo el crédito de primera categoría pagado por las rentas remesadas.

Los Gastos rechazados que se relacionan con personas sin domicilio o residencia en Chile, se retienen con una tasa provisional del 20%.

En el caso de los Dividendos y Remesas al Exterior, el Impuesto Adicional se retiene con tasa del 35% y con crédito por concepto de Impuesto de 1era categoría señalado en art 63.

En el caso de los Gastos Rechazados la retención operará con tasa efectiva del 35%.

Vigencia : Desde el 01-01-2013.-.

Page 10: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74Rebaja de tasa efectiva del Impuesto Único de 2da categoría y Global Complementario Art.43 y Art 52 LIR.

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

TABLA DE I.ÚNICO DE 2DA CATEGORÍA Y GLOBAL COMPLEMENTARIO.

TABLAS DE ACTUALES(VER ANEXO ADJUNTO)

NUEVAS TABLAS, SE REBAJAN TODOS LOS TRAMOS CON EXCEPCIÓN DEL TRAMO CUYAS RENTAS SUPERAN LAS 150 UTM O 150 UTA CUYA TASA ES DEL 40%

Vigencia : Desde el 01-01-2013.-.

Page 11: REFORMA TRIBUTARIA

Modificación Tramos I.Único de 2da

Categoría. RENTA

IMPONIBLE

ACTUALES

TASAS NUEVAS TASAS

DESDE HASTA TASA REBAJA TASA REBAJA

0 13,5 0 0

13,51 30 0,05 0,675 0,04 0,54

30,01 50 0,10 2,175 0,08 1,74

50,01 70 0,15 4,675 0,135 4,49

70,01 90 0,25 11,675 0,23 11,14

90,01 120 0,32 17,975 0,304 17,8

120,01 150 0,37 23,975 0,355 23,92

150,01 Y más 0,40 28,475 0,40 30,67

Page 12: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Reliquidación por Impuesto Único Art.47.

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Reliquidación de Impuesto Único.

Si existen rentas simultaneas de más de 1 empleador, éstas se reliquidan mes a mes con valores nominales.

Se agrega la opción de hacerlo en forma anual con valores reajustados y con derecho a devolución del saldo a favor del contribuyente.

Vigencia : AT 2013

Page 13: REFORMA TRIBUTARIA

MES RENTA E.1 I.ÚNICO RENTA E 2

I.UNICO

AGOSTO 2011

700.000 9.001 950.000 21.501

SEPT. 2011

700.000 8.975 950.000 21.475

OCTUB 2011

700.000 8.923 950.000 21.423

NOVIE. 2011

950.000 21.292

DIC. 2011

TOTALES TOTALES AC.

$ 133.751=========

===========26.899

950.000 21.161=========106.852

C: Modificaciones DL 824/74(Reliquidación por Impuesto Único Art.47)

Page 14: REFORMA TRIBUTARIA

MES RENTAS DE LOS 2 EMPLEADORES

I.ÚNICORELIQ.

I.ÚNICOPAGADO

DIFERENCIAA PAGAR

AGOSTO 2011

1.650.000 81.223 30.502 50.721.-

SEPT. 2011

1.650.000 81.139 30.450 50.689.-

OCTUB 2011

1.650.000 80.972 30.346 50.626.-

TOTAL A PAGAR

151.941.-

C: Modificaciones DL 824/74(Reliquidación por Impuesto Único Art.47) VÍA F22 SOLUCIÓN ACTUAL AT 2012

Page 15: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Reliquidación por Impuesto Único Art.47) VÍA F22 NUEVA SOLUCIÓN AT 2013

MESES RENTAS E1+E2

IMPUESTOPAGADO

FACTORACTUALIZACIÓN

RENTASACTUALIZ

IMPUESTOACTUALIZ

AGOSTO 1.650.000

30.502 1,015 1.674.750

30.960.-

SEPTIEMB 1.650.000

30.450 1,013 1.671.450

30.846.-

OCTUBRE 1.650.000

30.346 1,008 1.663.200

30.589

NOVIEMBRE

950.000

21.292 1,003 952.850

21.356

DICIEMBRE

950.000

21.161 1,000 950.000

21.161

=========

=========

=========

========

TOTALES 6.850.000

133.751.-

6.912.250

134.912

TABLA GLOBAL C.

1ER TRAMO

IMPUESTO $ 345.613

REBAJA$ 316.070

IMPUESTO29.543.-

DEVOLUCIÓN$ 105.369

Page 16: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Créditos Gastos de Educación Nuevo Art 55 Ter LIR).

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Gastos en educación ejecutados por personas naturales. (Padre o Madre)

No existe norma Crédito de 4,4 UF por Hijo cuyo promedio de asistencia a clases sea igual o superior al 85% (Información vía DJ), el Crédito es imputable al Impuesto Global Complementario sin derecho a devolución por los eventuales excedentes. Límite 792 UF de Renta anual afecta a Global C.

Vigencia : 01.01.del 2012 proporcional.

Page 17: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Impuesto Adicional a los programas computacionales Art. 59 inciso primero.

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Impuesto Adicional por la compra de programas computacionales desde el exterior a Chile.

Tasa 15% o 30% Se eximen; del Impuesto Adicional sólo si es para uso de la empresa o para utilizarlo en el servicio a clientes, en el caso de existir ventas asociadas al giro del contribuyente el impuesto adicional debe ser cancelado.

Vigencia : 01.01.2013.-

Page 18: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74( Reembolsos a taxistas y transporte escolar)

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Taxistas y Transporte Escolar

No existe norma Reembolso 4 UTM para taxistas y 2 UTM para Transporte Escolar. POR UNA SOLA VEZ Y POR CADA VEHÍCULO DEBIDAMENTE INSCRITO AL 30-09-2012

Vigencia: Artículo 3ero Transitorio.

Page 19: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Enajenaciones de Derechos Sociales, modifica Art 17 Número 8 letra a) y 41 inciso 3ero y siguientes)

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Enajenación de Derechos Sociales.

Mayor valor sobre costo reajustado se afecta con el régimen general del Impuesto de 1era Categoría.

Mayor valor sobre el costo reajustado se afecta con el mecanismo que grava a la venta habitual o no de acciones.

Impuesto Único de 1era categoría(No habitualidad)Impuesto de 1era categoría y Global Complementario(habitualidad).

Vigencia: 01.01.2013

Page 20: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Enajenaciones de Bienes Raíces. Modifica Art.17 número 8 letra b) LIR. ASPECTO EN LA

ACTUALIDADCON LA REFORMA

Enajenación de Bienes Raíces.

El mayor valor de venta no constituye RENTA, siempre y cuando el B.Raíz enajenado no forme parte del Activo Fijo de la empresas que tributan con renta efectiva.

Salvo: Cuando exista habitualidad u operaciones con E. Relacionadas.

Se agregan las siguientes salvedades a objeto de aumentar las alternativas de tributación:

1.- Si el enajenante en el ejercicio anterior u el ejercicio de la enajenación tributaba con renta efectiva.

2.- Si la sociedad enajenante esta formada por personas jurídicas.

3.- si el enajenante nace de la división de una empresa que tributa en renta efectiva.==========================La excepción de tributación rige para contribuyentes que tributan en base a renta PRESUNTA.

Vigencia: 01.01.2013

Page 21: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Rentas presuntas, modifica Art. 20,34 y 34 bis. ASPECTO EN LA

ACTUALIDADCON LA REFORMA

Rentas Presuntas :- Agrícolas. (8.000 y 1000 UTM)- Transporte de carga y pasajeros (3.ooo y 1.000 UTM)- Minería ( 500 UTA)

Para determinar el limite de 1.000 UTM o 500 UTA, a objeto de mantener la calidad de renta presunta de la actividad con giro adicional afecto a renta efectiva, NO SE SUMAN LAS VENTAS DE EMPRESAS RELACIONADAS.

Se suman las ventas de las empresas con las cuales se encuentra relacionada en proporción a su participación social.

La relación existe cuando la participación es igual o superior al 10% del Capital de la empresa en la cual se invierte o ejerce actividades de control

Vigencia: 01.01.2013

Page 22: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Rentas presuntas transporte de pasajeros, Art. 34 bis.

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Rentas presuntas Empresas de Transporte de Pasajeros

Tributan con Renta Presunta, mientras no se constituyan como S.A. u opten por Renta Efectiva.

Deben cumplir los mismos requisitos de las empresas de Transporte de Carga Ajena, es decir :

3.000 UTM de ventas anuales o 1.000 UTM sumando ventas proporcionales de las empresas con las cuales se encuentren relacionados.

Vigencia : 01.01.2013.-

Page 23: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Retiros presuntos Art 21) ASPECTO EN LA

ACTUALIDADCON LA REFORMA

Retiros Presuntos-Uso de bienes de la empresa.-

Se afectan con Impuesto Global Complementario o Adicional con tasa 35% dependiendo del causante y se rebajan del FUT.

Se afectan con Global Complementario y su monto será :- Monto del retiro presunto más un 10% sobre dicho monto., y no se rebajan del FUT.

Vigencia : 01.01.2013.-

Page 24: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Retiros presuntos Art 21) ASPECTO EN LA

ACTUALIDADCON LA REFORMA

Préstamos a Socios en Sociedades de Personas o Accionistas en el caso de S.A. (Retiros encubiertos )

Se afectan con Global Complementario y se rebajan del FUT, en las S.A. se gravan con el 35% en calidad de Impuesto Único.

Se afectan con Global Complementario + un 10% sobre el monto del beneficio y NO SE REBAJAN DEL FUT.

Vigencia : 01.01.2013.-

Page 25: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Gastos rechazados Art. 21) ASPECTO EN LA

ACTUALIDADCON LA REFORMA

Gastos Rechazados Sociedades de personas y empresarios individuales :a) Se afectan con

1era Categoría y Global Complementario o Adicional, rebajándose del FUT.

b) En las S.A. se afectan con el 35% en carácter de único

Gastos rechazados en que no sean beneficiarios los socios o accionistas se afectan con un 35%.

Gastos rechazados en donde los beneficiarios sean : E. individual, Socios, Accionistas se afectan con :Global Complementario + 10% sobre el gasto

- NO SE AFECTAN CON 1ERA… NI SE REBAJAN DEL FUT

Vigencia : 01.01.2013.-

Page 26: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74(Créditos Externos, modifica Art 41 A.) ASPECTO EN LA

ACTUALIDADCON LA REFORMA

Impuesto de 1era categoría pagado con Créditos Externos

Constituye crédito con derecho a devolución y genera PPUA..

No tiene derecho a devolución ni genera PPUA.

Vigencia : 01.01.2013.-

Page 27: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74( Precios de Transferencias, Art. 41 E)

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Precios de transferencia entre empresas relacionadas.

No existen disposiciones legales.

Se incorpora Art 41 E.

Racionalidad de los precios de transferencia.

Vigencia : 01.01.2013.-

Page 28: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74( Rentas gravables de las agencias, Art 58 N.- 1)

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

Agencias Extranjeras

Tributan sólo por rentas de fuente nacional

Tributan por todas las rentas que les sean atribuibles.(Ventas : desde Chile en el extranjero, Préstamos al extranjero que generen rentas)

Vigencia : 01.01.2013.-

Page 29: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74( Fusión Impropia : Goodwill modifica 31 inciso 3ero N.9 ASPECTO EN LA

ACTUALIDADCON LA REFORMA

Goodwill ( Mayor valor pagado por lo que se recibe )

Activos : 100 Pagado : 120 Mayor valor $ 20

Se prorratea entre el valor tributario de los activos no monetarios ( Existencias, Activos Fijos )

Se prorratea entre el valor de mercado de los activos no monetarios recibidos y la diferencia se prorratea en 10 ejercicios.) como un Gasto diferido.

Vigencia : 01.01.2013.-

Page 30: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74( Fusión Impropia: Goodwill modifica Art 31 inciso 3ero N.9 Activos V.

TributarioV. Mercado

Ajuste V. Contable

Banco 300.000 300.000 0 300.000

Existencias 500.000 600.000 100.000 600.000

A. Fijo 800.000 1.000.000 200.000 1.000.000

Acciones 100.000 80.000 0 100.000

Totales 1.700.000 1.980.000 300.000 2.000.000VALOR PAGADO

Mayor Valor

ASIGNADO

Gasto Diferido

2.100.000 400.000.-

( 300.000 ) 100.000 en 10 años.

Page 31: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74( Fusión Impropia : Badwill modifica Art 15 LIR.

ASPECTO EN LA ACTUALIDAD

CON LA REFORMA

BADWILL ( Menor valor pagado por lo que se recibe ).

Activos : 100 Pagado : 80 Menor valor : $ 20

No existe disposición Legal

Se prorratea entre el valor de mercado de los activos no monetarios recibidos y la diferencia se prorratea en 10 ejercicios.) como un Ingreso diferido.

Vigencia : 01.01.2013.-

Page 32: REFORMA TRIBUTARIA

C: Modificaciones DL 824/74( Fusión Impropia: Badwill Artículo 15 Lir.

Activos V. Tributario

V. Mercado

Ajuste V. Contable

Banco 300.000 300.000 0 300.000

Existencias 500.000 400.000 (100.000) 400.000

A. Fijo 800.000 600.000 (200.000) 600.000

Acciones 100.000 120.000 100.000

Totales 1.700.000 1.420.000 (300.000) 1.400.000VALOR PAGADO

Menor valor

ASIGNADO

Ingreso Diferido

1.300.000 400.000

( 300.000 ) 100.000 en 10 años.

Page 33: REFORMA TRIBUTARIA

FIN PRESENTACIÓN