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REGLAMENTODE CONVIVENCIA ESCOLAR ESCUELA “CARLOS VIAL ESPANTOSO HUENTELAUQUÉN SUR (2017) INTRODUCCION Por tratarse el Colegio de una institución inmersa en la sociedad y responsable complementario del rol formador de la familia, tiene la obligación de involucrarse en acciones que permitan reforzar y afianzar en cada persona normas de conductas personales que tiendan siempre al desarrollo individual y por ende al bien común de la sociedad. Es altamente necesario pensar que la profundización y práctica de correctos hábitos de vida y convivencia, necesariamente permitan mejorar las relaciones humanas al interior de nuestra Unidad Educativa y tratar de mantenerlas en el corto y mediano plazo. El presente Manual de Convivencia Escolar, tiene como base jurídica fundamental los siguientes cuerpos legales: Constitución Política, artículo N° 2 sobre igualdad y no discriminación, el Decreto Supremo de Educación N o 8.144.190, la Ley N o 19.070 / 91, el Decreto de Educación N o 453.191. Política de Convivencia Escolar del MINEDUC, Convención sobre los Derechos del Niño en su artículo 2. Derechos Humanos, y el Proyecto Educativo Institucional del Establecimiento. Este Reglamento contiene un conjunto de normas que regulan las vinculaciones, funciones, deberes y derechos de los distintos estamentos que conforman este Establecimiento. Incluye disposiciones relativas a la disciplina de los alumnos y alumnas; un capítulo sobre el acoso escolar o bullying (o matonaje) elaborado según las orientaciones del MINEDUC; normas sobre la seguridad escolar y del funcionamiento de las salas de informática, biblioteca CRA. Capítulo I Objetivos: Promover los principios de sociedad que permitan relacionarse de una manera sana y justa. Inspirar y desarrollar los más elevados valores morales. Desarrollar el pensamiento reflexivo, que permita al educando desenvolverse en forma autónoma y responsable. Contribuir a la formación integral del educando. Preparar al educando para servir con dignidad en su contexto social y a la Patria. Inspirar en todos los miembros de la comunidad, la valoración y el respeto con el prójimo. Aprender a practicar e internalizar normas de disciplina, como preparación para la vida adulta. Capítulo II Del perfil del alumno: Dentro de los objetivos de la Escuela “Carlos Vial Espantoso” de Huentelauquén Sur y relacionados directamente con las capacidades que deben activar los distintos métodos y técnicas didácticas del ejercicio docente, se destacan las siguientes cualidades que debe alcanzar el alumno y alumna, que lo llevará a satisfacer su correspondiente perfil. Reflexivo: Capaz de someter sus acciones al imperio de la razón, de modo que sus actos sean fiel reflejo de una vida ordenada, y no simple fruto de las circunstancias.

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REGLAMENTODE CONVIVENCIA ESCOLAR

ESCUELA “CARLOS VIAL ESPANTOSO

HUENTELAUQUÉN SUR (2017)

INTRODUCCION

Por tratarse el Colegio de una institución inmersa en la sociedad y responsable

complementario del rol formador de la familia, tiene la obligación de involucrarse en acciones que

permitan reforzar y afianzar en cada persona normas de conductas personales que tiendan siempre

al desarrollo individual y por ende al bien común de la sociedad.

Es altamente necesario pensar que la profundización y práctica de correctos hábitos de vida

y convivencia, necesariamente permitan mejorar las relaciones humanas al interior de nuestra

Unidad Educativa y tratar de mantenerlas en el corto y mediano plazo.

El presente Manual de Convivencia Escolar, tiene como base jurídica fundamental los

siguientes cuerpos legales: Constitución Política, artículo N° 2 sobre igualdad y no discriminación,

el Decreto Supremo de Educación No 8.144.190, la Ley N

o 19.070 / 91, el Decreto de Educación

No 453.191. Política de Convivencia Escolar del MINEDUC, Convención sobre los Derechos del

Niño en su artículo 2. Derechos Humanos, y el Proyecto Educativo Institucional del

Establecimiento.

Este Reglamento contiene un conjunto de normas que regulan las vinculaciones, funciones,

deberes y derechos de los distintos estamentos que conforman este Establecimiento. Incluye

disposiciones relativas a la disciplina de los alumnos y alumnas; un capítulo sobre el acoso escolar o

bullying (o matonaje) elaborado según las orientaciones del MINEDUC; normas sobre la seguridad

escolar y del funcionamiento de las salas de informática, biblioteca CRA.

Capítulo I Objetivos:

Promover los principios de sociedad que permitan relacionarse de una manera sana y justa.

Inspirar y desarrollar los más elevados valores morales.

Desarrollar el pensamiento reflexivo, que permita al educando desenvolverse en forma

autónoma y responsable.

Contribuir a la formación integral del educando.

Preparar al educando para servir con dignidad en su contexto social y a la Patria.

Inspirar en todos los miembros de la comunidad, la valoración y el respeto con el prójimo.

Aprender a practicar e internalizar normas de disciplina, como preparación para la vida

adulta.

Capítulo II Del perfil del alumno:

Dentro de los objetivos de la Escuela “Carlos Vial Espantoso” de Huentelauquén Sur y relacionados

directamente con las capacidades que deben activar los distintos métodos y técnicas didácticas del

ejercicio docente, se destacan las siguientes cualidades que debe alcanzar el alumno y alumna, que

lo llevará a satisfacer su correspondiente perfil.

Reflexivo: Capaz de someter sus acciones al imperio de la razón, de modo que sus actos sean fiel

reflejo de una vida ordenada, y no simple fruto de las circunstancias.

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Consciente: De su papel protagónico en la defensa de los valores de la fe, de la nacionalidad, de la

cultura que nos rodea y de la importancia de la realidad geográfica que enmarca la historia de Chile,

y así se predispone hacia un futuro mejor.

Respetuoso: De sí mismo, de los demás, evitando la discriminación, pese a las naturales diferencias

de pensamiento o de sentimientos, del medio ambiente, de las normas que regulan la vida colegial

en particular, y de la vida social en general. De modo que su comportamiento dentro y fuera del

Colegio sea armoniosa y fructífera.

Responsable: Frente al quehacer académico, cumpliendo con sus deberes como estudiante, con el

propósito de trascender dichas conductas a los otros ámbitos en los cuales deberá desenvolverse.

Creativo: Capaz de manejar y transferir el conocimiento y las destrezas adquiridas, estableciendo

nuevas fórmulas que permitan el bien individual y colectivo.

Generoso: Ser capaz de dar y de darse por los demás, sin esperar otra recompensa que la

satisfacción de haber servido desinteresadamente.

Honesto: Veraz consigo mismo y con los otros, tanto en su vida escolar y en su proyección a la vida

familiar y social.

Justo: Capaz de obrar siempre bajo la inspiración de la justicia, en su relación con los demás.

Capítulo III De los horarios:

La jornada de trabajo del establecimiento se extenderá de la siguiente forma: Horas de clases de 45

minutos, con recreos cada dos horas. Los alumnos y alumnas en las horas de recreos quedan bajo la

responsabilidad de los docentes, inspectores u otros miembros de la escuela.

Primer y segundo nivel de transición: 08:15 a 13:00 horas.

Primero a octavo año básico: 08:15 a 15:45 horas, los días lunes, martes y

miércoles.

08:15 a 17:20 horas, el día jueves.

08:15 a 13:30 horas, los viernes.

Capítulo IV.- Derechos y deberes de la comunidad educativa:

Todos los integrantes de la comunidad educativa: directivos, profesores, asistentes de la educación,

alumnos, padres y apoderados deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar

sus actividades bajo las máximas normas de respeto mutuo y la tolerancia.

Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a

recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se

cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir

que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a

colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los

integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

Capítulo V.- FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA ESCUELA:

Del Director:

Es el docente responsable de la Gestión de la escuela. Deberá cumplir con los estándares descritos

en el “Marco de la Buena Dirección”, en las cuatro áreas de la acción directiva: Liderazgo, Gestión

Curricular, Gestión de Recursos Humanos, y Gestión de Clima Institucional y Convivencia. El

Director es el docente responsable de la administración y funcionamiento del Establecimiento,

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impulsando su marcha general, de acuerdo a los objetivos planteados y la colaboración de todos los

estamentos que la conforman. Está bajo su responsabilidad:

1. Lograr las metas del establecimiento establecidas en su PME y en el PEI, coordinando las

acciones con la comunidad.

2. Contemplar acciones destinadas a la implementación de estrategias de mejoramiento

académico del personal docente.

3. Motivar el trabajo en equipo.

4. Gestionar recursos materiales y financieros de manera de potenciar las actividades de

enseñanza, los resultados institucionales y los aprendizajes de calidad para todos los

estudiantes.

5. Favorecer en el establecimiento un ambiente estimulante al trabajo, promoviendo relaciones

humanas basadas en el respeto, la confianza y el compromiso, que permitan una relación

armónica y un trabajo en equipo.

6. Crear canales de comunicación expeditos y efectivos que favorezcan el mejoramiento del

Proceso Educativo.

7. Convocar y presidir los consejos de profesores, administrativos, técnicos, de evaluación y

coordinación de los diferentes departamentos y redes de apoyo.

8. Cautelar el cumplimiento de los acuerdos del Consejo de Profesores.

9. Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del

recinto escolar.

10. Remitir informes, actas, estadísticas, comunicación y toda otra documentación que le sea

requerida por el MINEDUC, JUNAEB, DEPTO. EDUC, entre otras.

11. Informar oportunamente a la autoridad pertinente respecto de las necesidades surgidas en el

establecimiento y sugerir medidas que sean necesario adoptar.

12. Tomar decisiones frente a situaciones no contempladas en el presente reglamento y que

requieran una respuesta o intervención inmediata.

Del Jefe Técnico:

Es el docente encargado de:

1. Coordinar y conducir los procesos de planificación curricular, evaluación y orientación.

2. Articular la puesta en práctica del Proyecto de Mejoramiento Educativo de la Escuela.

3. Detectar necesidades en el desempeño docente y programar su capacitación.

4. Diseñar planes de reforzamiento a los aprendizajes deficitarios detectados en las

evaluaciones externas, programar su seguimiento y evaluación.

5. Revisar los instrumentos de evaluación preparados por los profesores de cada sector de

aprendizaje y realizar las observaciones para que sean reformuladas, si fuese necesario.

6. Programar y conducir los talleres técnicos de planificación, metodología, evaluación y

orientación.

7. Coordinar los talleres por ciclos o por sectores de aprendizaje, conducentes a mejorar e

innovar las prácticas pedagógicas.

8. Conducir los talleres de análisis y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, el

Reglamento de Convivencia Escolar, el Proyecto de Mejoramiento Educativo, Reglamento

de Evaluación.

9. Informar y difundir los proyectos antes mencionados frente a la comunidad escolar.

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10. Revisar los libros de clase, para comprobar que se encuentren al día en actividades,

objetivos, calificaciones, fechas de las evaluaciones y el registro de la hoja de vida del

alumno y exigir a los docentes el cumplimiento de esta función, cuando proceda.

11. Programar las evaluaciones externas y cautelar que sean conducentes a mejorar los

aprendizajes.

12. Atender las situaciones emergentes o programadas que tengan que ver con el tema

curricular.

13. Cautelar el cumplimiento de los compromisos asumidos por las asesorías externas y

coordinar sus acciones.

Del Profesor Jefe:

Son funciones del Profesor Jefe:

1. Asumir las funciones de orientación en su curso, siendo guía y promotor del desarrollo

personal.

2. Mantener una constante comunicación con los padres y apoderados en forma individual y

colectiva para informarles adecuada y oportunamente toda clase de logros, superaciones,

triunfos y dificultades de los estudiantes, dentro del horario establecido.

3. Abordar problemas e inquietudes que afecten al curso y resolverlos en conjunto ya sea con

la dirección o con los docentes que ejerzan en el curso.

4. Cautelar que los alumnos reciban oportunamente la información de sus logros

académicos, actuando como mediador con los docentes de los diversos sectores de

aprendizaje.

5. Elaborar actas, planillas, informes de rendimiento y personalidad, mantener al día la

documentación de sus alumnos.

6. Citar en forma individual o general, cuando lo estime conveniente, a padres y apoderados de

su curso y dejar consignada dicha atención en libro de clase.

7. Planificar actividades que respondan a intereses propios de los alumnos y encausarlos hacia

el reforzamiento de valores y formación de hábitos.

8. Cautelar y hacer cumplir las normativas establecidas en relación a los deberes y derechos de

los alumnos.

9. Crear instancias de sana convivencia entre los alumnos del curso y los apoderados.

10. Orientar la formación personal de los alumnos de acuerdo al Proyecto Educativo

Institucional: educando, corrigiendo, encausando, creando un vínculo positivo del alumno/a

con el establecimiento de modo de generar la identificación del alumno con la escuela.

11. Incentivar la buena disciplina de los alumnos de su curso en todo momento, especialmente

en actividades como veladas, celebraciones, actos y otros.

12. Contribuir al buen funcionamiento de la escuela, resguardando los bienes y

responsabilizarse de aquellos que se le confía.

13. Informar al Director situaciones del curso que transgredan el Reglamento de Convivencia.

14. Realizar reuniones mensuales con los apoderados del curso para entregar informe

pedagógico.

15. Atender a padres y apoderados del curso en un horario establecido e informado, para

abordar temas específicos.

16. Cautelar la correcta presentación personal de los alumnos/as de su curso.

Del Docente de Asignatura:

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1. Cumplir el horario para el cual está nombrado: horas de clases y horas de trabajo no lectivo

distribuido en trabajo técnico, actividades de colaboración, talleres y/ o funciones que la

dirección le asigne.

2. Dar un trato justo y digno a los alumnos y, en casos de amonestaciones queda estrictamente

prohibido el empleo de correctivos físicos o psicológicos, (golpear, tirar el pelo, empujar,

uso de apelativos, ridiculizarlos frente al grupo curso), aún cuando tuviese como única

finalidad el obtener mayor dedicación de los alumnos en la clase.

3. Es de responsabilidad de cada docente el manejo de la disciplina al interior de la sala de

clase y evitará enviar alumnos fuera de la sala por este motivo y sólo en casos muy

justificados solicitará la intervención del Director.

4. Mantener en su clase, un clima afectivo y de confianza que permita el desarrollo de la

interacción, participación, espíritu crítico y el respeto hacia el otro, permitiendo la

autonomía y toma de decisiones en los alumnos.

5. Retirar personalmente los libros de clase de la sala de profesores, como así mismo dejarlos

allí al término del período de clases.

6. Mantener el libro de clases al día: asistencia, firma y registro de contenidos u objetivos

tratados. Dejándolos en el lugar designado para ellos.

7. Planificar, ejecutar, evaluar las actividades propias del proceso enseñanza aprendizaje,

respetando el calendario de evaluaciones propuesto a los alumnos.

8. Asistir puntualmente a los Consejos y reuniones previamente citados, avisando con

anterioridad cualquier problema que le impida su cumplimiento.

9. Los profesores monitores de los talleres de libre elección deben: llevar un registro de las

actividades ejecutadas con los alumnos en sus respectivos libros de clases. En caso de salida

a terreno deben comunicar a la Dirección, registrándose en el libro de salida cuando ella se

ejecute dentro de la localidad. Cuando ésta se realiza fuera de ella, deben solicitar el permiso

correspondiente a la SECREDUC con, a lo menos, 15 días de antelación.

10. Velar por el cuidado de los bienes del establecimiento, y responsabilizarse de aquellos que

se le confieren por inventario.

Del Profesor de turno:

El Profesor de turno es el docente designado según la programación anual de actividades internas, y

le corresponde:

1. Dirigir el acto cívico de los días lunes de cada semana.

2. Asumir reemplazo temporal del director en caso de que no se encuentre presente ningún

integrante del equipo directivo.

Del personal asistente de la educación:

Los asistentes de la educación son personas con formación para-docente, que colaboran

directamente al profesor en su función pedagógica, dentro de un curso. Sus funciones son:

1. Atender situaciones conflictivas que sean generadas por los alumnos/as durante sus tiempos

de recreación o derivarlas a la dirección, si éstas fuesen graves.

2. Realizar turnos de vigilancia durante los recreos y horas libres en patios y pasillos

asumiendo una actitud de trato respetuoso y cordial con los /las estudiantes.

3. Evitar asumir actividades riesgosas que conlleven a perjudicar su salud.

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4. Contribuir con su presencia y consejos oportunos a la prevención de accidentes escolares

durante la permanencia de los estudiantes fuera de la sala.

5. Informar al director o profesor acerca de alumnos/as que deambulen fuera de la sala en

horario de clase.

6. Realizar el aseo de las salas de clases, dependencias y pasillos de la Escuela.

7. Acompañar a los alumno/as que son enviados a su casa o la asistencia pública por problemas

de salud.

8. Colaborar en actividades complementarias del proceso educativo.

De los asistentes de aula:

Se refiere al personal docente, de contrato a plazo fijo, que colabora con los docentes de NT1 a 4°

año básico. Sus funciones serán las siguientes:

1. Cumplir con las instrucciones de colaboración dadas por la educadora o por el docente de

aula.

2. Colaborar en actividades pedagógicas complementarias a la función docente.

3. Colaborar en salidas pedagógicas con los alumnos fuera del establecimiento.

4. Requerir del docente instrucciones metodológicas precisas en el caso de colaborar en

talleres de reforzamiento de determinados aprendizajes de alumnos.

5. Atender preferentemente a los alumnos prioritarios.

6. Realizar turno de patio durante los recreos y horario de almuerzo.

7. Colaborar en cuidado de curso en casos de ausencia imprevista del docente de cualquier

nivel.

Del Consejo General de Profesores:

Es un organismo colaborador de la Dirección de la escuela. Está integrado por personal docente

directivo, técnico-pedagógico y docente. Tiene carácter consultivo. El Consejo de Profesores es

resolutivo en materias técnico-pedagógicas, en conformidad al proyecto educativo del

establecimiento y su Reglamento de Convivencia. Podrá ser convocado por el Director para

consultar a los docentes materias relevantes para el funcionamiento de la escuela.

Sus principales funciones son:

1. Encauzar la participación de los docentes en el cumplimiento de las metas de la escuela y

de los objetivos de sus programas.

2. Resolver materias de carácter técnico pedagógicas que le sean consultadas teniendo en

consideración, fundamentos que lo sustenten y la realidad del contexto escolar.

3. Constituirse en consejo de evaluación en forma semestral, para analizar los resultados de

aprendizaje de los alumnos y tomar decisiones para superar las debilidades detectadas.

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Del Encargado de la Sala de Informática.

La Sala de Informática se encuentra a cargo del Coordinador que tendrá las siguientes obligaciones

y responsabilidades:

1. Supervisar el uso de la Sala de Informática de todos los cursos del establecimiento cuando

se encuentren en ella.

2. Supervisar el cumplimiento de las actividades a desarrollar allí.

3. Planificar y supervisar la distribución de los cursos para el uso de la sala, organizándolo en

un cronograma semestral.

4. Evaluar las actividades que se realicen.

5. Asistir a las reuniones requeridas en relación a su quehacer educativo.

6. Realizar su gestión profesional de manera coordinada con el Jefe de la Unidad Técnico

Pedagógica.

7. Ejecutar su gestión con manejo preciso y riguroso de los componentes tecnológicos a su

cargo.

8. Cautelar el correcto uso del recinto y de los recursos tecnológicos de los cuales dispone la

Sala de Informática.

9. Mantener en buen funcionamiento los equipos computacionales, las impresoras, el scanner y

equipos multimedia.

10. Permanentemente deberá hacer chequeos de los equipos y programas y actualización de la

base de datos de los antivirus.

11. Abrir la Sala de Enlaces y, al término de la actividad, cerrar personalmente la sala con llave

cautelando que todos los equipos queden apagados.

12. Mantener al día el registro de novedades (bitácora) de la sala y tenerlo a disposición de los

docentes que lo requieran.

13. Mantener al día el inventario de los implementos de la sala, dando aviso inmediato de

cualquier pérdida y/o deterioro de equipos y programas.

14. Supervisar responsablemente el uso de Internet, llevando un registro permanente de las

páginas visitadas por los usuarios para prevenir el acceso sitios en la web que atenten contra

la moral y las buenas costumbres.

15. Cautelar los aspectos éticos legales asociados a la informática.

16. Bloquear de forma permanente redes sociales (chat, foto Log, Facebook, etc.) para evitar la

distracción al interior de la clase.

Obligaciones y responsabilidades de los alumnos al interior de la sala de informática:

1. Los alumnos /as ingresarán a la sala de informática siempre en compañía de un docente.

2. Mantener en todo momento una conducta disciplinada que no interfiera con el trabajo

planificado.

3. Observar el pleno cumplimiento de las instrucciones dadas por el encargado técnico de la

sala, en cuanto a la manipulación de los equipos y recursos tecnológicos, como de los

programas computacionales dispuestos para el trabajo planificado.

4. Velar por la limpieza, cuidado y mantención de la sala.

5. Asumir responsable y diligentemente por cualquier daño o deterioro ocasionado por uso

negligente y / o malicioso de los recursos tecnológicos.

6. Durante la permanencia en la sala, los alumnos/as no podrán ingerir alimentos ni bebidas.

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Normas generales para uso de la sala de informática:

1. Los usuarios no podrán tener acceso directo a servidores, copiar software o modificar los

archivos.

2. El coordinador pondrá a disposición de los usuarios los recursos informáticos con que se

cuenta.

3. Tanto la sala informática como los servicios de red se dispondrán exclusivamente para uso

pedagógico.

4. Queda estrictamente prohibido el uso de los servicios para juegos, chat, foto Log, Facebook,

utilización comercial y otros.

5. Los docentes podrán crear archivos y carpetas de uso académico, las cuales deberán ser

respaldadas.

6. Las carpetas y archivos se mantendrán por un período de tres meses, luego serán borrados

por el coordinador.

7. El coordinador está autorizado para borrar todo aquello que no corresponda a aspectos

propios del trabajo académico, sin previo aviso a los afectados, quienes no podrán

desconocer el Reglamento de la sala de Informática.

8. Para los alumnos queda prohibido descargar material que no sea estrictamente pedagógico.

Capítulo VI: Del Consejo Escolar:

Definición:

La ley 19.979 de Jornada Escolar Completa Diurna crea Los Consejos Escolares para todos

los establecimientos subvencionados del país. Su formación es obligatoria por lo que no se

podrá prohibir su constitución.

El Consejo Escolar debe ser una instancia en la cual se reúnen y participan representantes de los

distintos actores que componen la comunidad educativa, y obedece a la necesidad de hacer de la

educación una tarea de todos. Su constitución es una invitación a hacer de la escuela un espacio de

formación ciudadana, que acoja la diversidad e integre las opiniones y necesidades de sus

miembros, enriqueciendo así su proyecto educativo.

En esta instancia padres madres y apoderados estudiantes, docentes, asistentes de la educación,

centro de alumnos, sostenedor, red de apoyo, podrán a través de sus representantes, informarse,

proponer y opinar sobre materias relevantes para el mejoramiento de la calidad de la educación en

su escuela.

Integrantes.

El Consejo Escolar estará compuesto, al menos, por los siguientes integrantes:

1. El director,

2. Un representante de los docentes.

3. El/la presidente/a del Centro de Alumnos, y

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4. El/la presidente/a del Centro de Padres.

5. El/la representante de asistentes de la Educación.

Atribuciones

El consejo tendrá atribuciones de tipo consultivo, informativo, propositivo y resolutivo (Sólo

cuando el sostenedor así lo determine). Específicamente deben ser informados y consultados sobre

las siguientes materias:

Deben ser informados sobre:

1. Informes de las visitas inspectivas del Ministerio de Educación.

2. El presupuesto anual de todos los ingresos y gastos del establecimiento.

Deben ser consultados sobre:

4. El programa anual y las actividades extracurriculares.

5. Las metas del establecimiento y sus proyectos de mejoramiento.

6. El informe anual de la gestión educativa del establecimiento, antes de ser presentado por

él/la director/a a la comunidad educativa.

7. La elaboración y modificaciones al Reglamento Interno y la aprobación del mismo si se le

hubiese otorgado esta atribución.

Importante: El Consejo Escolar no tiene atribuciones sobre materias técnico-pedagógicas,

las que son responsabilidad del equipo directivo.

Organización y funcionamiento del Consejo Escolar

El Consejo Escolar es un órgano que puede favorecer notablemente la convivencia y el clima

institucional, por lo que no basta con “crearlo” en el papel, sino que es fundamental hacerlo

funcionar con la participación de todos. Para esto, es importante estar informados sobre los aspectos

más relevantes de su funcionamiento y organización, tales como:

1. Incorporación de nuevos miembros: Atendiendo a la diversidad de asuntos que trata el

Consejo, debe dejarse abierta la posibilidad para integrar, de manera transitoria o definitiva,

a nuevos miembros a petición de cualquier integrante del Consejo o por iniciativa del/la

director/a. Para esto se deberá definir un procedimiento.

2. Sesiones ordinarias: Se deberá realizar a lo menos 4 sesiones ordinarias durante el año. Se

pueden establecer más sesiones ordinarias, de acuerdo a los objetivos, temas y tareas que

asuma el Consejo.

3. Reuniones extraordinarias: Las citaciones a reuniones extraordinarias deben ser realizadas

por el Director de la escuela, a petición de una mayoría simple de los miembros del Consejo.

4. Información a la comunidad: Se debe definir un mecanismo para informar a la comunidad

escolar lo discutido y acordado en las sesiones del Consejo (Ej. Circulares, publicación del

acta en diario mural, reuniones de consejos de delegados, radio escolar, página web de la

escuela, entre otras).

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5. Toma de decisiones: En el caso que el sostenedor otorgue al Consejo facultades resolutivas,

es necesario definir la forma en que se tomarán los acuerdos, estableciendo un quórum

mínimo.

6. f. Organización interna: La organización interna del Consejo debe ser el resultado del

acuerdo y participación conjunta y activa de todos sus integrantes.

Capítulo VII: De las situaciones de atenciones diferenciadas:

Apoyo psicopedagógico:

1. Al comenzar o finalizar el año escolar, los profesores deberán pezquizar a los alumnos y

alumnas que presentan algún grado de dificultad de aprendizaje. Se informará a los

apoderados de esta situación y se pedirá a especialistas del Proyecto Integración que sea

evaluado por un profesional del área.

2. En caso que sea necesario un informe o evaluación profesional externo del alumno, para

determinar un trabajo o cualquier situación psicopedagógica, el apoderado tendrá la

obligación de facilitar este requerimiento.

Los informes médicos solicitados por el psicopedagogo, tienen vigencia máxima el año escolar en

curso. Por lo que, de continuar el siguiente año, deberá presentar un nuevo informe en caso de ser

solicitado.

Trabajo psicopedagógico:

El profesional que se desempeñe en el colegio, será el responsable de determinar la necesidad del

apoyo que requiere el estudiante. También él o la estudiante podrán acceder a este apoyo, portando

un informe elaborado por otro profesional del área. En caso de ser necesario, podrá pedir al

apoderado que el alumno sea evaluado por algún profesional médico. El que algún alumno trabaje

durante el semestre con apoyo psicopedagógico, no significa, que podrá ser evaluado en forma

diferenciada. Esto último lo determina el psicopedagógico. Si el alumno o alumna no asiste al taller

psicopedagógico ofrecidos por el establecimiento en forma voluntaria o por decisión del apoderado;

la responsabilidad del rendimiento en cuestión, es de exclusiva responsabilidad del apoderado y no

podrá ser evaluado en forma diferencial, en caso de que el psicopedagogo lo haya determinado. Si

el alumno no asiste a tres sesiones sin justificación, quedará excluido del taller.

Capitulo VIII: De los derechos:

De los Profesores y personal no docente

1. Disponer de un espacio físico acogedor y amplio que le permita un buen desempeño.

2. Gozar del respeto y consideración a su persona y a la función que desempeña.

3. Presentar peticiones, quejas o recursos formulados en forma oral y por escrito si requiere

mayor análisis o estudio, respetando el conducto regular que en cada caso corresponda.

4. Tener un horario asignado, avisándosele con anticipación de los cambios, con la excepción

de situaciones emergentes.

5. Ser atendido cuando sufre un accidente en la escuela y ser derivado a un centro médico si la

situación así lo amerita.

6. Ser notificado con anticipación de los consejos y/o reuniones, salvo situaciones emergentes.

7. Conocer el contenido de acusaciones, quejas o denuncias planteadas en forma oral o por

escrito de apoderados o terceros, previa investigación del Director del establecimiento antes

de ser cursados al Presidente o Directorio de la Fundación.

8. Participar de las actividades, eventos, celebraciones programadas por la escuela.

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9. Ser representado ante los cuerpos colegiados de la escuela.

10. Solicitar al director permiso administrativo por seis días durante el año, con goce de

remuneraciones, quien cautelará que esto no sean otorgados en los meses de Marzo,

Diciembre, lunes o antes y después de un feriado, para permitir el normal funcionamiento de

la escuela.

De los alumnos:

1. El alumno será tratado como persona sin excepción ni discriminación por motivo de raza,

idioma, religión o posición económica.

2. El alumno gozará de protección y dispondrá de oportunidades y servicios para desarrollarse,

física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en

condiciones de libertad y dignidad.

3. Él y la estudiante tendrá derecho a atención y orientación constante en formación de hábitos

personales, mediante el cual el educando se conoce y se acepta a sí mismo.

4. El alumno y alumna tendrá derecho a recibir una educación gratuita que favorezca su cultura

general y le permita en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes,

su sentido de responsabilidad moral-social y llegar a ser un miembro útil en la sociedad.

5. Derecho a expresar su opinión y ser oído dentro de un marco de respeto.

6. El Alumno o Alumna tendrá derecho a solucionar sus conflictos a través del diálogo,

seguimientos conductuales, atención de especialistas, según las disposiciones y necesidades;

en un marco de respeto y donde no se violen los derechos propios, ni de los demás.

7. Recibir los beneficios asistenciales de la JUNAEB, ley SEP u otra instancia, según las

prioridades establecidas en las normas.

8. El alumno que presente conflictos disciplinarios, tendrán derecho a someterse a un

seguimiento a través calendario de conductas que consideren un compromiso, a mantener en

el tiempo. Al cumplirse, se registrarán en constancias positivas en su hoja de vida,

felicitaciones públicas y comunicación de ellas al apoderado.

9. Hacer uso, de acuerdo a las normas establecidas, de: la biblioteca, sala de informática,

implementos deportivos, juegos, radio escolar, instancias que son un apoyo para lograr

mejores aprendizajes.

10. Conocer el resultado de sus evaluaciones en forma oportuna, según lo especificado en el

Reglamento de Evaluación de la escuela, y atender a sus objeciones en caso de no estar de

acuerdo con ellas.

11. Retirarse antes del término de la jornada, por enfermedad o problemas familiares, siempre

que su apoderado lo retire personalmente o sea acompañado a casa por un asistente, previa

comunicación telefónica al apoderado.

12. Recibir información relacionada con sus actividades académicas; calendarización de las

evaluaciones, sistema y procedimientos evaluativos, ya sea pruebas, actividades asignadas,

trabajos.

13. Plantear respetuosamente preguntas sobre diferentes aspectos del proceso enseñanza –

aprendizaje, las cuales deben ser contestadas con interés y respeto por parte de los

profesores o personal de la escuela.

14. Ser informado de las investigaciones internas que les afecten y de sus resultados.

15. Ser informado acerca de la posibilidad de participar en programas y proyectos educativos

destinados a fortalecer su excelencia académica, tanto como conocer el beneficio que el

estado otorga en relación a becas, útiles escolares u otros.

16. Ser informado del Reglamento de Evaluación y del Reglamento de Convivencia Escolar y

de participar en su formulación.

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17. Los alumnos y alumnas, tendrán derecho a rendir sus evaluaciones pendientes en casos

justificados (enfermedad o situaciones autorizadas), de acuerdo a fechas a horarios

dispuestos por el establecimiento, siendo ésta comunicada con anticipación al alumno.

18. Recibir orientación educativa y vocacional de parte de los profesores.

19. Dispondrá de un aula adecuada para el desarrollo del Proceso Enseñanza Aprendizaje.

20. El alumno y alumna tendrá derecho a una atención en caso de accidente producido dentro

del establecimiento.

21. En caso de que una alumna se embarace durante el periodo escolar tendrá derecho a terminar

sus estudios de la siguiente manera:

a) Comunicar su situación al Profesor Jefe u otro funcionario de confianza al interior de la

escuela.

b) Resguardar su permanencia en el Establecimiento, con el fin de completar su enseñanza

obligatoria.

c) Permanecer en su hogar durante el periodo pre y posnatal.

d) Rendir pruebas y presentar trabajos en forma y fecha indicada por los docentes.

e) Los Alumnos y Alumnas en riesgo social o de salud, serán apoyados en sus dificultades

citando a sus apoderados para conocer el caso, derivar a especialistas y realizar seguimiento,

elaborando una ficha con la información obtenida y la toma de decisiones.

22 Tendrán derecho a organizarse y participar activamente dentro de los organismos internos

del colegio, tales como Centro de Alumnos, Consejo Escolar y talleres.

De los Padres y Apoderados:

1. Exigir el tipo de educación definido por el PEI, dentro del marco de las leyes vigentes.

2. Conocer el funcionamiento de la escuela; su PEI, el Reglamento de Convivencia y el

Reglamento de Evaluación.

3. Ser atendido por los profesores del establecimiento en los horarios establecidos para recibir

información periódica sobre la situación de su pupilo en los aspectos académicos y en el

proceso de maduración afectiva y social.

4. Celebrar reuniones mensuales o extraordinarias en el establecimiento para tratar asuntos

relacionados con la educación de sus pupilos.

5. Formar parte del Centro General de Padres y Apoderados de la Escuela y participar en las

reuniones que éste organice.

6. Participar en actividades programadas por la Escuela.

7. Presentar propuestas o aportar recursos que permitan elevar la calidad de la enseñanza.

8. Estar representado en los cuerpos colegiados que la normativa señale.

Capítulo VIII: De los deberes

De los alumnos:

1. Asistir diariamente a clases, participando activamente de todas ellas, sin excepción.

2. Debe tener responsabilidad en el cumplimiento de los horarios de clases.

3. De las tareas, trabajos y materiales; el alumno debe cumplir responsablemente toda vez que

se le solicite. Estas obligaciones se consignarán por escrito en áreas específicas del libro de

clases en forma diaria, firmando el apoderado el conocimiento de ellas en reuniones de

subcentro. Los alumnos y alumnas que no cumplan con estas normas se le consignarán una

anotación en su hoja de vida. De reiterar la conducta se le citará a su apoderado quien

tomará conocimiento del hecho firmando el libro de clases.

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4. Actuar con deferencia con todas las personas con quienes interactúe y mantener una actitud

de respeto con los docentes; en caso de no ser así, se considerará una falta grave, con las

sanciones que se estipulan para ellas.

5. Integrarse en forma activa y entusiasta en los actos cívicos y campañas de bien general, que

organice el Establecimiento.

6. Asumir responsablemente sus compromisos.

7. Velar por el cuidado de la infraestructura, mobiliario y material educativo del colegio, como

también por el orden y aseo de su sala y del Establecimiento.

Normas de evaluación

a) Durante el año escolar, el alumno y alumna será evaluado de diversas formas en cada una de las

unidades de aprendizaje planificadas mensualmente, por lo cual deberá existir una nota mensual,

especialmente en los subsectores principales del plan de estudio (Lenguaje, matemática y ciencia).

Estas se promediarán, obteniendo la calificación semestral y final.

b) En algunos casos específicos y previo informe de algún profesional (Psicopedagogo, psicólogo,

neurólogo, etc), los alumnos o alumnas que así lo ameriten, serán evaluados en forma diferenciada

al resto de sus compañeros.

c) Según lo establecido en el decreto 511 de 1997, serán promovidos los alumnos y alumnas que

tengan una asistencia igual o superior al 85%; no obstante; se faculta al Director para promover a

alumnos con asistencia inferior a lo requerido, cuando existan razones de peso para que ello

ocurriera.

d) De igual forma, serán promovidos los alumnos que tengan un ramo con nota inferior a cuatro,

pero que su promedio general sea igual o superior a 4,5 o que tengan hasta dos notas inferiores a

4,0, pero que su promedio general sea igual o superior a 5,0.

e) El Director de la escuela, previo informe fundado, podrá no promover a alumnos y alumnas (1º,

2º, 3º o 4º) que presenten un retraso significativo en aprendizajes de lectura, escritura o matemática.

f) Si un Alumno o alumna falta a una prueba fijada con anterioridad sin justificación o previo aviso,

no podrá acceder a una evaluación en día pactado y será evaluado con la nota mínima (2,0).

Atrasos e inasistencias:

1. La asistencia es obligatoria, tanto en la jornada de la mañana, como de la tarde.

2. Los alumnos deberán llegar al establecimiento a lo menos cinco minutos antes de la hora de

inicio de las clases.

3. El atraso de de los alumnos y alumnas, quedará registrado en el libro escolar. Al tercer

atraso, se citará por escrito al apoderado para que tome conocimiento de la situación y deje

constancia escrita en un libro dispuesto para ello. En caso de reiterarse los atrasos, se

registrará estos en la hoja de vida del alumno(a), adquiriendo calidad de falta leve.

4. Los alumnos y alumnas que por algún motivo de fuerza mayor lleguen atrasados, podrá

ingresar a clases acompañado de su apoderado, quien justificará el atraso en la oficina de la

dirección. En caso de llegar atrasado por estar en una atención médica, podrá ingresar con

un justificativo y/o la orden de atención médica respectiva.

5. Los Alumnos y alumnas no podrán retirarse antes del término de la jornada escolar y quién

lo haga sin autorización del profesor o director de la escuela, será considerada una falta

grave, con la sanción que le corresponda.

6. De los permisos solicitados por el apoderado y debidamente justificado, se realizarán

personalmente por él y se consignará en el libro de salidas bajo firma del apoderado y del

profesor que autorice la salida. En caso de no asistir personalmente, podrá mediante una

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comunicación vía agenda, solicitar el permiso (de 5º a 8º), quedando una copia de esta

solicitud en la dirección. Los alumnos(as) de pre-kinder a 4º básico, sólo serán autorizados

en compañía de su apoderado.

7. En caso de suspensión de clases o salida antes de los horarios estipulados y conocidos; la

dirección de la escuela, deberá informar con anticipación esta situación al apoderado,

mediante comunicación escrita o vía teléfono.

8. Los alumnos que por razones de salud no puedan asistir a clases, deberá ser justificados

personalmente por su apoderado o vía agenda y con el respectivo certificado médico o de la

posta que lo atendió, considerando la causa de su ausencia. Para efectos de promoción

escolar, en casos de tener menos del 85% de asistencia anual, deberán existir los certificados

médicos que justifican la inasistencia, para que el director de la escuela pueda determinar la

promoción o repitencia de él.

Presentación personal de los alumnos(as):

1. Los alumnos y alumnas deberán concurrir al establecimiento vistiendo el uniforme

oficial que consiste:

De Pre-kinder a octavo año básico:

a.- Damas: Falda a cuadrillé (azul, celeste, amarillo y rojo), polera azul con insignia, medias

gris, zapatos escolares negros, sweater azul piedra con insignia. En periodo de invierno,

podrá usar pantalón azul marino recto y parka o abrigo color azul marino.

Las alumnas deberán mantener su pelo tomado o con trenzas y no podrán usar joyas o

accesorios ornamentales innecesarios, ni pinturas de pelo, ojos, uñas y rostro.

Para educación física, deberán usar buzo azul, polera azul marino con insignia de la escuela

y zapatillas negras.

b.- Varones: pantalón gris, polera azul, sweater azul marino con insignia de la escuela y

zapatos negros. El pelo deberá tener corte colegial, que no sobrepase el cuello de la camisa.

En periodo de invierno podrá usar parkas, guantes, bufandas o abrigo color azul marino.

No se aceptarán pelos teñidos, picsis u otro ornamento innecesario.

Para educación física, deberán usar buzo de la escuela, polera azul con insignia y zapatillas

negras.

c.- Los alumnos y alumnas deberán mantener el uso del uniforme escolar en todas las

actividades relacionadas con el quehacer educativo y el buzo se utilizará sólo cuando el

colegio lo determine.

d.- Los alumnos y alumnas deberán mantener su aseo y presentación personal en forma

intachable y es responsabilidad del apoderado y del profesor jefe, supervisar de que ello no

sea transgredido.

e.- Los alumnos y alumnas deberán mantener entre sus utensilios personales un cepillo

dental, pañuelo y papel higiénico.

f.- Los alumnos y alumnas deberán procurar mantener su cabello libre de pediculosis y es

responsabilidad del apoderado y del profesor jefe velar por el cumplimiento de ello.

g.- Los alumnos y alumnas no podrán llevar al establecimiento Educacional implementos

tecnológicos (celulares, computadores, MP3, radios, entre otros), a no ser que hayan sido

requeridos por algún profesor, para lo cual deberá usarse sólo y exclusivamente en el

desarrollo de esa clase. Aquellos alumnos que no respeten esta disposición, quedan

propenso a que se les confisque este objeto tecnológico por parte del profesor, el cual deberá

devolverlo sólo al apoderado.

h.- Los alumnos y alumnas no podrán mantener utensilios corto punzantes o que adquieran

algún tipo de peligro en su integridad física o el de otro compañero. En el supuesto que ello

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ocurra, cualquier trabajador de la escuela podrá requisarlo e informarlo a la Dirección quien

tomará las medidas al respecto.

i.- Las y los alumnos, no podrán mantener dentro de sus utensilios escolares la silicona

líquida, la cual debe ser reemplazada por otro tipo de pegamento. En caso de darse esta

situación, cualquier integrante de la escuela debe requisar el producto e informar al profesor

jefe o a la dirección.

2. El nexo entre la escuela y el hogar, se mantendrá mediante comunicaciones procesadas en

el establecimiento o mediante llamadas telefónicas.

Ética y comportamiento social:

1. Los alumnos y alumnas se harán cargo de las consecuencias que sus propias conductas

tienen sobre los demás. Con lo anterior, se hará responsable de todos sus actos en la

convivencia con todos los integrantes de la escuela. Dicha conducta y grado de

responsabilidad será evaluada por la Dirección y el Consejo de Profesores, quienes

determinarán la sanción acorde a la falta del alumno y a su edad.

2. La interacción entre los estudiantes con el personal del establecimiento, debe ser en un clima

de respeto mutuo. Ante la posibilidad de agresiones físicas o verbales de profesor a alumnos

o de los alumnos hacia los profesores, será considerada falta grave y se procederá a las

denuncias respectivas considerándolas faltas de carácter gravísima.

3. Todos los alumnos y alumnas, deberán utilizar un lenguaje y actitudes respetuosas consigo

mismo, con sus compañeros, con sus profesores y con todos los funcionarios del colegio.

4. Los alumnos y alumnas deberán exhibir conductas acorde con su calidad de estudiantes y

que se encuentren establecidas en este manual de Convivencia, al interior del Colegio, con

instituciones u organismos de la comunidad.

5. El comportamiento de los alumnos y alumnas en actividades extra-programáticas y actos

oficiales, deberá guardar relación con el respeto de los valores del Establecimiento

expresados en el P.E.I. y los valores patrios.

Los bienes del establecimiento:

1. Los alumnos y alumnas deben cuidar y mantener el ornato y aseo del Establecimiento y

abstenerse de producir daños a la propiedad privada y pública.

2. Los estudiantes deben cuidar y mantener el buen estado de los bienes e infraestructura del

establecimiento, debiendo el Apoderado responder económicamente por su deterioro, en los

casos en que éstos sean de responsabilidad de su pupilo.

Capítulo IX. Del Protocolo ante las denuncias

Obligación de denuncia de delitos y su respectivo protocolo:

Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista

caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones,

amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias

ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las

fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que

se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del

Código Procesal Penal, para lo cual se deberá:

Siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción

disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

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Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las

medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,

privacidad y respeto por su dignidad y honra.

De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios

del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se

podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción

de la autoridad pública competente.

En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el

derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad

de impugnarlas.

Si el afectado fuere un alumno, se le brindará protección, apoyo e información durante todo

el proceso.

Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le otorgará protección

y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones,

salvo que esto último ponga en peligro su integridad.

Mediante todo proceso en el que sea parte un estudiante, se notificará a sus padres o

apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, deberá dejarse

constancia de la misma.

Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la

represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o

los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un

acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que sean

pertinentes tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.

En caso de existir acuerdo entre las partes, registrado por escrito, se podrá suspender el

curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones

por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas

se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia.

Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar

todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la

materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.

Resolución.

La autoridad que trate el caso deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una

sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos

que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes.

Medidas de reparación.

En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así

como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por

ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, u otra que se

tome como mediación entre las partes.

Difusión.

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La escuela realizará una oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la

convivencia escolar a través de todos sus medios disponibles: paneles informativos, radio escolar,

comunicaciones a apoderados, reuniones de sub centro, consejo de profesores, consejos de cursos y

otros, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus

derechos.

Capítulo X. De la Prevención de Riesgos:

1. La escuela tendrá un Plan de Seguridad el que será actualizado anualmente, a cargo de un

comité en el que estarán representados todos los estamentos de la escuela. Este Plan incluye

demarcación de áreas de seguridad, ensayos preventivos a cargo de un profesor (Plan

Cooper). Un comité de seguridad.

2. La escuela adoptará todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la integridad

física y la salud de toda persona que colabore en ésta. Para ello solicitará el apoyo del

sostenedor.

3. Todo trabajador deberá conocer y cumplir fielmente las normas de prevención de riesgos

dispuestas por el establecimiento. Así mismo si sufriere un accidente sea del trabajo o

durante su trayecto o viceversa, por leve o sin importancia que le parezca, deberá informar a

su jefe directo para la realización de los trámites pertinentes y recibir atención médica si las

circunstancias así lo requieren.

4. Para los efectos de accidente del trayecto se entenderá como tal el recorrido entre trabajo y

la casa habitación del trabajador y viceversa (trayecto directo).

5. Todo alumno que sufriere un accidente en la escuela o en el trayecto de ida o de regreso a su

hogar tiene derecho a recibir los beneficios del seguro escolar, siendo atendido de

inmediato.

Medidas de prevención:

En el Establecimiento deberán existir, como mínimo, las siguientes medidas y elementos de

prevención de riesgos:

1. Listado con los números telefónicos y direcciones de bomberos, carabineros, hospital,

consultorio más cercano, colocados en un lugar visible y estratégico, Inspectoría General.

2. Letreros visibles y con indicaciones claras acerca de las zonas de seguridad y las formas de

evacuar el edificio escolar en caso necesario.

3. Extintores de incendio del tipo adecuado para combatir incendios de primeros auxilios

colocados en lugares de fácil acceso en cantidad suficiente y en buenas condiciones de uso.

4. Comunicar las normas que regulan la prevención de riesgos.

5. Adoptar, en forma general, medidas para educar en cuanto a identificar, prevenir y afrontar

en forma rápida ordenada y segura, circunstancias potenciales de riesgos.

Capítulo XII. Objetivos normas de convivencia:

Desarrollar en las y los estudiantes, la capacidad para llevar a cabo una convivencia basada en el

respeto mutuo, en el saber escuchar y dialogar, en el trabajo cooperativo, en la responsabilidad y en

la permanente búsqueda de soluciones a problemas y conflicto del diario vivir.

1. El Establecimiento no se responsabiliza de la pérdida y/o deterioro de dinero u objeto de

valor que el Alumno(a) traiga a la escuela, sin habérselo solicitado.

2. La situación disciplinaria de los y las estudiantes será analizada y evaluada por la Dirección,

profesores Jefes y profesores de los distintos subsectores de aprendizaje, cuando el problema

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lo amerite en Consejos disciplinarios. De las resoluciones tomadas, los Apoderados serán

informados en entrevistas personales con el profesor Jefe. Las citaciones serán hechas por

escrito y de no asistir el apoderado se le citará telefónicamente.

Resolución de conflictos escolares:

El colegio determinará las siguientes medidas como alternativas para solucionar al interior de la

escuela problemas escolares relacionados con la convivencia y faltas disciplinarias.

En el caso de convivencia, los conflictos que puedan surgir entre los propios alumnos y alumnas, se

mediará con la intervención del profesor jefe en primera instancia, siempre y cuando se relacionen

con Faltas Leves o Graves, señaladas expresamente. De no resolverse el problema, se acudirá al

Director de la escuela. Se registrarán en forma escrita las medidas adoptadas para solucionar el

conflicto. Se observará mediante un tiempo adecuado, si las medidas adoptadas en la mediación han

sido positivas. En caso de ser favorable, se dejará constancia en la hoja de vida de los alumnos(as)

involucrados, el cambio positivo; por el contrario, si no se resuelve el conflicto, se citará a los

apoderados de los Alumnos(as) involucrados, para buscar en ellos el apoyo necesario. Si no hay

cambios positivos, se procederá a aplicar los artículos 41 y 42 relacionados con las medidas.

Con relación a las faltas disciplinarias, se aplicará lo que se señala en el título “Medidas

disciplinarias” en todo aquello que no se relacione con Convivencia entre pares.

Medidas disciplinarias:

El control disciplinario, tiene por objeto corregir y orientar a los alumnos y alumnas de nuestro

colegio, en aquellas manifestaciones erradas de la conducta en las que pueden incurrir. El

Establecimiento aplicará las siguientes escalas de sanciones, según la falta cometida y la edad de los

niños y niñas involucrados:

1. Amonestación y avisos verbales.

2. Anotaciones en la hoja de vida y comunicación al Apoderado, cada tres anotaciones negativas,

para que se presente a firmar en el leccionario la toma de conocimiento de la situación particular

de su pupilo.

3. Pérdida de las horas de recreo o quedando con repaso o en otras labores en horario ajeno a las

clases. (Después de las cuatro de la tarde por tres o más días, dependiendo de la gravedad de la

falta)

4. Suspensión temporal de tres días, perdiendo la posibilidad de rendir pruebas fijadas con

anterioridad y recibiendo la nota mínima.

5. Condicionalidad de la matrícula.

6. Caducación de la matrícula al finalizar el primer semestre o al finalizar el año escolar.

7. Denuncias a fiscalías o carabineros, según lo amerite la gravedad de la falta cometida,

Con relación a las faltas, éstas se clasifican en: leves, graves y gravísimas. El tipo de sanción que

se aplique al alumno o alumna, tendrá directa relación con el tipo de falta cometido.

a.- Faltas leves: Serán sancionadas con medidas sustanciales como: amonestaciones verbales,

anotaciones en la hoja de vida del alumno o alumna, citaciones del apoderado, pérdida de las horas

de recreo o quedando con repaso o en otras labores en horario ajeno a las clases. (Después de las

cuatro de la tarde por tres o más días, dependiendo de la gravedad de la falta)

b.- Faltas graves: Serán sancionadas con anotaciones en la hoja de vida, citación de apoderados,

pérdidas de horas de recreos o quedando con repaso u otra labor después del horario de clases.

c.- faltas Gravísimas: Debido a su calidad, éstas implicarán la suspensión de clases,

condicionalidad o caducación de matrícula, denuncias a fiscalía según protocolo que se menciona

en este reglamento.

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Faltas leves:

Se considerarán faltas leves las siguientes:

a. Portar o usar al interior del Establecimiento, en clases o durante los recreos, elementos

distractores de la actividad escolar, como: walkman, MP3, IPED, juegos electrónicos,

celulares, revistas, chicles, etc. Los cuales deberán ser requisados y entregados

posteriormente al apoderado.

b. Desobedecer instrucciones del Director, profesor u otro miembro de la comunidad escolar,

interfiriendo con ello negativamente en la actividad escolar.

c. Usar un lenguaje soez (Garabatos) y/o ademanes groseros.

d. No traer materiales de trabajos solicitados para el desarrollo de la actividad pedagógica.

e. Distraer una clase o actividad escolar con ruidos molestos.

f. Permanecer a la entrada del establecimiento antes o después de la jornada de clases,

atentando contra la integridad de las personas o afectando el prestigio del colegio.

g. Negarse a cooperar sin razón justificada. (Convivencia escolar).

h. No cumplir con devolución de libros en los plazos estipulados.

i. No cumplir con tareas y trabajos asignados.

j. No utilizar el uniforme de acuerdo a lo estipulado.

k. Llegar atrasado a las horas de clases.

l. Faltas a la presentación personal exigida por el Establecimiento.

m. Presentarse sin justificativo después de una ausencia escolar.

n. No entregar o no informar al apoderado de la comunicación escrita enviada por un profesor

o director.

o. Tener una conducta inadecuada en el comedor. (Convivencia).

p. Desperdiciar los alimentos entregados en la escuela.

q. Jugar en lugares prohibidos.

r. Rayar intencionalmente paredes, mobiliario y dependencias en general del colegio.

s. Faltar en forma injustificada a las clases.

t. Ocasionar molestias a los compañeros en horas de recreos, tales como: insultos, gritos,

gestos o lanzamiento de objetos.

u. Faltar en jornada de la tarde, después de acudir al almuerzo.

v. Uso de aros en varones y colgantes en damas; piercing, mechas de color, maquillaje y

vestuario inadecuado o no oficial.

Faltas graves: Se considerarán faltas graves las siguientes:

a. Suplantar al apoderado y/o falsificar la firma de éste.

b. Adulterar notas en los libros de clases, pruebas o informes de notas.

c. Negarse a rendir una prueba, examen o control oral o escrito, de acuerdo a las normas fijadas

oportunamente por el profesor.

d. No entregar la prueba o control al profesor al término de su aplicación.

e. Utilizar el nombre del curso o la escuela sin autorización en actividades hacia la comunidad,

comprometiendo el prestigio de la escuela.

f. Participar en desórdenes y peleas de tipo físico al interior del establecimiento o en sus

alrededores, con daños a las personas (Convivencia).

g. Faltar el respeto al director, profesor u otro funcionario de la escuela, tales como romper

pruebas en presencia del profesor, salir de la sala sin autorización, desobedecer órdenes de

alguno de ellos, no realizar las actividades planificadas en el desarrollo de la clase.

h. Deshonrar el trabajo o nombre de algún miembro de la comunidad educativa.

i. Salir del establecimiento sin autorización.

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j. Destruir o rayar textos de la biblioteca.

k. Destruir la vestimenta, materiales, elementos de estudio, etc. a otra persona de la escuela.

l. Apropiarse ilícitamente de objetos, materiales, dinero u otras especies; de otros alumnos,

profesores u otro miembro de la escuela. (Previa investigación y comprobación de los

hechos).

m. Realizar juegos donde se daña o se pone en peligro la integridad física o moral de otros

alumnos.

n. Manifestar públicamente expresiones amorosas entre parejas dentro del establecimiento,

(besos en la boca, tomarse de la mano, caricias en partes del cuerpo que no corresponda).

o. Fumar al interior del colegio.

p. Copiar o prestar ayuda en una prueba o examen.

q. Exponer material pornográfico.

Faltas gravísimas:

Se considerarán faltas gravísimas las siguientes:

a. Portar o usar sustancias alucinógenas o alcohol.

b. Estar bajo la influencia de alguna droga o alcohol.

c. Portar o usar algún tipo de arma (Fuego o blanca).

d. Provocar intencionalmente daño físico y/o a la honra de las personas.

e. Provocar intencionalmente daño físico al local del establecimiento y que ponga en peligro la

seguridad de las personas.

f. Sustraer o destruir documentos públicos y/o privados a un profesor o funcionario del

establecimiento; debiendo comprobar objetivamente dicha falta.

g. Agredir física y verbalmente a un profesor o personal del Establecimiento.

h. Destruir o provocar daños intencionalmente al mobiliario escolar, dependencias, equipos

electrónicos, herramientas, instalaciones, etc. responsabilizándose a su apoderado de su

reposición inmediata.

De las sanciones

Las faltas leves serán sancionadas según el siguiente criterio:

1. Amonestación verbal y/o escrita.

2. Citación del apoderado para su toma de conocimiento.

3. En caso de reincidencia, se citará al apoderado para comunicar la suspensión temporal

del alumno(a) del establecimiento.

4. De mantener una actitud reincidente, se citará al apoderado para que firme una carta

compromiso de condicionalidad, en la cual, junto a su pupilo se comprometen a terminar

con este tipo de actitudes.

5. A pesar de haber firmado esta carta y el alumno prosigue con esta actitud, se analizará

en Consejo de Profesores la situación y éste determinará los pasos a seguir. Su decisión

podrá ser apelada al mismo Consejo por parte del Alumno(a) o por su apoderado.

Las faltas graves serán sancionadas según el siguiente criterio:

1. Si las faltas corresponden a las letras b, f, i, j, k, l, o y p, del acápite Tipos de Faltas Graves

del presente Manual de Convivencia, el Apoderado del Alumno(a) será citado por el

profesor jefe o Director, en la cual se informará sobre la sanción para el alumno (Suspensión

temporal, eliminación de recreos, salida más tarde, etc) y se firmará una carta compromiso

del accionar del alumno en el transcurso del año escolar.

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2. Si las faltas corresponden a la letra a, c, d, e, g, h, m, n y ñ del acápite Tipos de Faltas graves

del presente Manual, se citará al apoderado y se le informará de la sanción que ha recibido el

alumno al interior del colegio.

3. En caso de reincidir algún alumno(a) sancionado con una nueva falta, cualquiera sea según

el acápite Faltas Graves; el Consejo de profesores determinará la sanción a la cual se verá

afectado, que incluye la opción de condicionar la matrícula, citándose al apoderado para que

tome conocimiento de dicha medida. El apoderado podrá apelar ante el Consejo de

profesores.

4. El alumno(a) sancionado(a), que vuelva a registrar una falta grave, en su hoja de vida,

firmará junto a su apoderado una carta compromiso de condicionalidad y en la cual se

compromete a que no se repetirá esta actitud.

5. En caso que el Alumno(a) o el apoderado, no quieran firmar la carta de compromiso, de

igual forma operará este Manual de Convivencia Escolar.

6. Las faltas gravísimas serán determinadas por el Consejo de Profesores, el cual en sesión

extraordinaria fijará la sanción que le corresponda. Ésta podrá ser apelable al mismo consejo

por escrito.

Capítulo XIII: De la vinculación con los padres y apoderados:

PERFIL DEL APODERADO

1. Los padres en su rol protagónico y divino de primeros educadores de sus hijos, tienen la

responsabilidad ineludible, que en ninguna instancia debe esperarla en su totalidad sólo del

colegio; como así mismo, esta misión de iniciar y terminar la formación de los hijos debe ser

de acción y palabra, pues los niños y los jóvenes sólo aprenden de la congruencia valórica y

formativa de los adultos.

Cuando se tiene absolutamente clara la responsabilidad como primer educador, entra a

interactuar ese importante complemento de dicha labor que es el Colegio.

La unión Hogar-Colegio es un trabajo mancomunado, es la única capaz de producir una

energía que permita luchar contra las amenazas valóricas que rodean a la familia y su

descendencia.

Del mismo modo, la lealtad debe darse en una interacción Hogar-Colegio, pues el

crecimiento de uno depende del otro y el de ambos enriquecerá a los Educandos y a esta

noble tarea educativa. Por ello, el apoderado lo podemos situar frente al siguiente perfil:

Comprometido: Con la acción valórica-formativa y académica de sus hijos.

Respetuoso: De las políticas generales del Colegio.

Leal: A la organización y a la labor académica formativa que desarrolla el Educando.

Comunicativo: Capaz de establecer comunicaciones directas, francas y fluidas, respetando

las jerarquías, el conducto regular y las normas del Colegio.

Objetivo: Frente a situaciones de anormalidad que puedan rodear el crecimiento social,

psicológico, formativo y académico de su pupilo, con el objeto de prestar soluciones de

fondo a dichas situaciones y no entrar a buscar responsabilidades posibles que no

correspondan.

2. El matricularse en la Escuela “Carlos Vial”, es una decisión adoptada libre y

voluntariamente por el apoderado, e implica la aceptación y cumplimiento de normas

internas que rige a la organización de este Establecimiento Educacional.

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El apoderado no interviene en materias relacionadas con la organización técnica, prácticas

pedagógicas, psicopedagógicas, régimen administrativo y disciplinario del colegio.

Son apoderados los padres de los alumnos(as), los guardadores legales o aquella persona

mayor de edad previa autorización de los padres, que realiza el contrato de servicio con la

institución, quedando registrada su firma y nombre en registros del colegio.

3. Los apoderados, al matricular se comprometen a cumplir con las disposiciones del Manual

de Convivencia Escolar del establecimiento y el reglamento del Centro de Padres.

4. Artículo 46º: Los apoderados deberán dejar firmada una hoja de registro de la escuela,

certificando o dando fe, que conocieron este Manual de Convivencia en reuniones de

subcentro. Una vez finiquitado este evento, se da por conocida y aceptada las disposiciones

que de este manual.

4. Los apoderados tienen la responsabilidad de apoyar constantemente el proceso de formación

personal y académica de sus pupilos.

5. Los apoderados deben velar por el cumplimiento diario de tareas, estudios y trabajos de los

niños y niñas.

6. Los apoderados proporcionarán a sus pupilos útiles y materiales requeridos, para el

desempeño del trabajo escolar.

7. Los apoderados deberán preocuparse de la higiene y presentación personal de sus pupilos.

8. Los apoderados deben velar para que los niños y niñas lleguen puntualmente a clases.

9. El apoderado deberá poner en conocimiento de la Dirección del colegio situación de

enfermedad, situaciones legales o de otra índole que afecten el normal desenvolvimiento del

alumno dentro del establecimiento.

10. El apoderado deberá firmar un compromiso de disciplina o de responsabilidades académicas

de su hijo, toda vez que el consejo de profesores lo solicite.

11. No podrán retirar documentos oficiales del establecimiento, las personas que no tengan

registrada su firma como apoderado titular o suplente, quedando constancia del retiro de

ésta.

12. El establecimiento estará en permanente comunicación con el apoderado, por medio de

informativos generales e informe de los avances de aprendizaje de sus pupilos.

13. Es obligación del apoderado asistir a reunión o entrevista cada vez que sea solicitado por el

profesor jefe o la Dirección. En caso de no asistir y no justificar esta, será registrado en la

hoja de vida del alumno y para efectos de este Manual de Convivencia, será considerado una

falta leve.

14. El apoderado se compromete a respetar los conductos regulares establecidos en el

establecimiento, para consultas y/o reclamos.

15. El apoderado sólo podrá solucionar problemas relacionados con su pupilo en el horario de

atención establecido por la Dirección y de ninguna forma en horas de clases. Dicho horario

de atención será comunicado previamente en la primera reunión anual. Los apoderados

deben seguir el siguiente conducto regular en las atenciones de sus inquietudes:

1º Profesor Jefe

2º Director.

16. El deterioro de bienes del establecimiento causado por el alumno, será de responsabilidad

del apoderado el reparar el daño causado en un tiempo estipulado por la Dirección.

17. Es responsabilidad del apoderado, verificar que su pupilo traiga sus materiales y útiles

correspondientes a su horario, no se recibirán encargos ni se autorizarán alumnos para salir a

buscarlos.

18. La Dirección podrá exigir cambio de apoderado en casos como: actuación irrespetuosa con

el personal del establecimiento, situaciones que provoquen menoscabo a la imagen del

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colegio o en caso de incumplimiento reiterado de algunas de las disposiciones contempladas

en este reglamento.

19. Las disposiciones o medidas no contempladas en el siguiente Manual será resuelta por la

Dirección del Colegio y la determinación deberá ser refrendada por el Consejo de profesores

para su aplicación.

20. El presente Manual de Convivencia Escolar, será evaluado por el Consejo de Profesores a lo

menos cada tres años, considerando posibles modificaciones de acuerdo a la realidad del

Establecimiento y a las necesidades que subsistan. Estas deben ser presentadas al Consejo

Escolar, para su toma de conocimiento.