PROTOCOLO DE ACTUACION EN CASOS AGRESION ESCOLAR · Escolar, dentro de la comunidad educativa del...

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1 PROTOCOLO DE ACTUACION EN CASOS AGRESION ESCOLAR COLEGIO CENTENARIO DE TEMUCO. VERSION, Nº I DEL 2013. ESTE DOCUMENTO FORMA PARTE INTEGRA DEL REGLAMENTO INTERNO DEL COLEGIO CENTENARIO DE TEMUCO.

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PROTOCOLO DE ACTUACION

EN CASOS AGRESION

ESCOLAR

COLEGIO CENTENARIO DE TEMUCO.

VERSION, Nº I DEL 2013.

ESTE DOCUMENTO FORMA PARTE INTEGRA DEL REGLAMENTO

INTERNO DEL COLEGIO CENTENARIO DE TEMUCO.

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INDICE.

CONTENIDO PAG.

CONSIDERACIONES GENERALES 3 PROTOCOLO DE ACTUACION

4

FASE 1º: RECOGIDA DE INFORMACIÓN 5 FASE 2º: ANÁLISIS Y ADOPCIÓN DE MEDIDAS 5 FASE 3º SEGUIMIENTO. 7

GLOSARIO TECNICO

8

ESTRATEGIA DE PREVENCION

11

TABLA DE VINCULACION FALTA-SANCION-RESPONSABLE

12

ARBOL DE DESICIONES

19

FLUJOGRAMA

20

ANEXOS

23

FORMULARIO DE RECOJIDA DE INFORMACION 24

CUESTIONARIO MI VIDA EN EL COLEGIO

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CUESTIONARIO PARA ANALIZAR LA CONFLICTIVIDAD DE UN GRUPO

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CUESTIONARIO DE PROFESORES

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CONSIDERACIONES GENERALES.

El presente documento, describe una serie de elementos que serán socializados y

aplicados cuando se sospeche o se tenga certeza concreta de algún acto de Agresión

Escolar, dentro de la comunidad educativa del Colegio Centenario de Temuco.

Para ello, el presente protocolo contempla un Glosario, desde el cual se plantean las

diferentes acciones las cuales deberán ser entendidas de igual forma por todos los

miembros de la comunidad educativa y de las cuales según la contundencia de los hechos

acaecidos, deberán citarse como marco de referencia para entender las diferentes

causales de investigación y sanción.

Por otro lado, el protocolo también contempla una serie de acciones encadenadas que

identifican claramente los procesos a desarrollarse en medida y contexto en que sucedan

los hechos. Los procedimientos descritos en el protocolo son copulativos, por tanto nadie

podrá evadir en ningún caso, los pasos en este documento descrito.

Finalmente el protocolo identifica claramente los responsables para cada atapa y acción

dentro del proceso, como así mismo y los plazos que cada una de dichas acciones posee

como máximo de ejecución.

El protocolo además identifica las derivaciones OBLIGADAS por Ley.

Como anexo, el protocolo detalla un documento de Registro, el cual podrá ser modificado

por el centro educativo, en la medida que lo estime conveniente, para resguardar de la

forma más fidedigna, veraz y precisa posible, los antecedentes que constituyan el hecho

en cuestión.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN.

En la actualidad, en los centros educativos, como reflejo de lo que ocurre en el resto de la

sociedad, se está viviendo una situación de cierto auge de la violencia en sus distintas

vertientes. Son muchas las manifestaciones de la misma en nuestro entorno, hoy en día a

nadie nos resulta ajeno la existencia de casos de violencia doméstica, acoso moral en el

trabajo, acoso inmobiliario y, el fenómeno que nos ocupa en este documento: el Bullying

o acoso escolar. Las tensiones que frecuentemente se dan en la convivencia escolar,

normalmente reflejan los conflictos que viven las personas y que no encuentran sana

orientación, lo que fomenta la agresividad y facilita el surgimiento de la violencia, ya sea

entre pares o en relaciones verticales, de adultos a estudiantes y viceversa.

La existencia de los conflictos, su entendimiento, aprender a afrontarlos y resolverlos

exige de todos, y particularmente del sistema educativo un aprendizaje en integración día

a día de la cultura de la convivencia y la paz.

El fenómeno del bullyng o acoso escolar, viene definido como “una conducta de

persecución física y/o psicológica realiza un alumno/a contra otro u otra, al que elige

como víctima de varios ataques” (Dan Olweus). Se trata por tanto, de una situación

continuada en el tiempo y gran intensidad, en la que una de las partes se siente poderosa

y asume el papel de agresor, en tanto que la otra, más vulnerable, asume el papel de

víctima. Por tanto, pese a la alarma social creada por ciertos medios de comunicación, no

debe confundirse una situación de acoso con peleas puntuales o con situaciones en que

las dos partes se encuentran en situaciones de igualdad.

El presente documento, viene a detallar las actuaciones relativas a todas aquellos actos

vinculados a situaciones intencionadas de Acoso (agresión, violencia, acoso o bullying u

otra forma de manifestación) entre los miembros de la comunidad educativa, explicitando

su modo de enfrentar las situaciones, los responsables y los plazos que están involucrados

en cada acción.

Para poder identificar una situación de acoso, es necesario conocer tanto sus formas,

como sus consecuencias. En cuanto a las formas de acoso, tenemos que tener presentes

manifestaciones de maltrato tanto verbal -a través de insultos, sobre nombres,

desprestigio...- como físico, bien contra la persona de la víctima o con sus objetos

personales. También hay tener en cuenta posibles situaciones de intimidación, tales como

amenazas, chantajes, robos… y por último, situaciones de aislamiento.

En cuanto a la víctima, son múltiples los síntomas que puede sufrir, pero

fundamentalmente se concretan en una pérdida de confianza y autoestima, fobia al

centro, ansiedad y depresión y incluso problemas físicos como consecuencia de la

somatización. Para la identificación de estos síntomas resulta fundamental la colaboración

de las familias.

Una vez detectados indicios de la existencia en nuestro Centro de una situación de acoso

escolar, es necesario conocer cuáles son las medidas que deben ser adoptadas, puesto

que una intervención rápida y efectiva que implique a toda la comunidad escolar

(alumnado, familia y docentes) puede evitar un agravamiento de la situación. Para ello, es

conveniente tener establecido un claro conjunto de medidas destinadas a frenar y paliar la

situación de acoso, tal y como se especifica en el próximo apartado.

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Una vez que el centro tiene conocimiento de una posible situación de acoso, bien a través

del propio alumno bien a través de una observación directa, es preciso adoptar una serie

de medidas que podemos agrupar en tres fases:

1. RECOPILACION DE INFORMACIÓN,

2. ANÁLISIS Y ADOPCIÓN DE MEDIDAS,

3. SEGUIMIENTO PERIÓDICO.

1ª FASE: RECOPILACION DE INFORMACIÓN:

Se trata de una fase en la que el principal objetivo es recabar los datos necesarios para

dilucidar si los hechos denunciados constituyen o no una situación de agresión o acoso

escolar.

1. Nombrar a un responsable de la tramitación:

Este responsable será la persona encargada de comunicarse con todos los sujetos

implicados, de recabar la información necesaria y comunicarla a los efectos de tomar las

medidas necesarias. Igualmente debe ser el referente de alumno agredido o acosado en el

centro. Puede tratarse de algún encargado de la Unidad de Convivencia Escolar o un

Coordinador de Ciclo Correspondiente u otro que se establezca. Su nombramiento debe

ser conocido por el equipo docente, de forma que se le comunique cualquier incidencia

que pudiera acaecer con respecto a la situación denunciada.

2. Citar al alumno acosado en una entrevista individual. Es importante que en esta

primera toma de contacto se genere en un clima de confianza, por lo que, si es necesario,

deberá repetirse hasta que el alumno se encuentre en disposición de comentar y

enfrentar el problema.

3. Citar a los componentes del Equipo de Convivencia Escolar para su Ayuda y Mediación

con el curso y establecer una entrevista con los alumnos acosado o acosador (si los

hubiere).

4. Citar al alumno/a acosador/a en una entrevista individual.

5. Citar a los demás alumnos implicados en entrevista individual.

6. Citar, en entrevista individual, a las familias de acosador y acosado.

7.Convocar al Equipo Docente y a la Unidad de Convivencia Escolar: El objetivo de esta

convocatoria es explicar la situación, de forma que el profesorado se encuentre implicado

y pueda manifestar si es conocedor de alguna circunstancia relevante, especialmente

aquellos que se encuentran en contacto más directo con el alumno. Igualmente resulta

conveniente solicitar colaboración adoptar medidas consensuadas.

Nota: Para la toma de datos de prevista en esta fase, es posible hacer uso de la “Hoja de

recogida de información” que se adjunta como anexo I en la que se recogen los

indicadores a tener en cuenta para detectar una situación de agresión o acoso.

2ª FASE: ANÁLISIS Y ADOPCIÓN DE MEDIDAS.

Una vez recabada toda la información sobre los hechos acontecidos, el Encargado de

Convivencia Escolar, deberá convocar una nueva Junta de Profesores, en las que se

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valorará si los mismos realmente son constitutivos de agresión, acoso o bullyng y en su

caso, se acordarán las medidas a adoptar, siempre de acuerdo con las previsiones

recogidas en el Reglamento de Interno, por el que se regulan los derechos y deberes del

alumnado y las correspondientes normas de convivencia.

Entre las medidas que se adopten, debemos distinguir entre aquellas tendentes a la

protección de la víctima, las medidas correctoras de los agresores y la comunicación a la

situación a los organismos correspondientes.

1. Medidas de protección a la víctima: Las posibilidades de protección son múltiples y

variarán en función de las necesidades peculiares del alumno en concreto, pudiendo

aplicar entre otras las siguientes:

a) Cambio de grupo.

b) Vigilancia específica de acosador y acosado.

c) Tutoría individualizada con el equipo de Convivencia al acosado, dándole

pautas de autoprotección, técnicas de relajación y control del estrés.

d) Asignación de una “persona de confianza1” dentro del equipo docente.

e) Solicitud de colaboración de la familia de víctima y agresor, manteniéndoles en

todo momento informados de la situación.

f) Sesiones grupales, en todos los cursos del establecimiento, respecto al tema de

convivencia escolar.

g) Según la gravedad de los hechos recomendar la asistencia del agredido a un

profesional del área de la psicología externo al centro con el fin de reforzar la

labor efectuada por el equipo docente.

2. Medidas correctoras de los agresores:

a) Tramitación del oportuno expediente sancionador e imposición de las

sanciones correspondientes.

b) Petición de disculpas a la víctima.

c) Realización de una labor de concienciación de lo ocurrido y sus consecuencias.

d) Tutoría individualizada, con enseñanzas de técnicas de autocontrol y relajación.

e) Mostrarle estrategias de resolución de conflictos, mostrándole soluciones

alternativas a la agresión.

3. Otras medidas:

a) En aquellos casos en quela agresión o el acoso no haya consistido en

agresiones físicas, se podrá iniciar un proceso de mediación u otra medida de

resolución de conflictos.

b) Igualmente, es conveniente informar a la inspección educativa de la situación

detectada y de las medidas adoptadas.

Nota: Tal y como se expondrá en el apartado referido a consecuencias jurídicas, es

necesario documentar por escrito todas y cada una de las medidas y de los acuerdos

adoptados, así como el calendario de aplicación de los mismos y sus resultados. Para ello

se establecerá frente a cada caso tratado un acta de acuerdos y acciones implementadas,

como mecanismo de “Prueba” y respaldo.

1Se sugiere establecer esta medida para que el alumno/a acosado/a y su familia, sienta que el centro

Educativo, presta la atención a lo sucedido y realiza acciones preventivas ante posibles nuevas situaciones. Esta medida deberá ser de público conocimiento generando además una estrategia disuasiva ante nuevos actos por parte del acosador o acosadores.

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3ª FASE: SEGUIMIENTO.

Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la fase anterior, es importante

continuar llevando a cabo, a través del Director de Convivencia Escolar del Colegio, un

seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse, quedando

totalmente erradicada cualquier conducta agresiva.

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GLOSARIO TÉCNICO.

EDUCACION:

Proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las

personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral,

afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la trasmisión y el cultivo de valores,

conocimientos y destrezas.

Se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades

fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional,

capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar

en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad y para

trabajar y contribuir al desarrollo del país.

(Ley General de Educación.)

LA COMUNIDAD EDUCATIVA:

Es una agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran una

institución educativa.

Ese objetivo común es contribuir a la formación y el logro de aprendizajes de todos los

alumnos que son miembros de ésta, propendiendo a asegurar su pleno desarrollo

espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico.

El propósito compartido de la comunidad se expresa en la adhesión al proyecto educativo

del establecimiento y a sus reglas de convivencia establecidas en el reglamento interno.

Este reglamento debe permitir el ejercicio efectivo de los derechos y deberes señalados

en esta Ley.

La comunidad educativa está integrada por alumnos, alumnas, padres, madres,

apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes

directivos y sostenedores educacionales.

(Ley General de Educación.)

CONVIVENCIA ESCOLAR

Entendemos por convivencia la potencialidad que tienen las personas para vivir con otras

en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca. La Convivencia Escolar se

genera en la interrelación entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa de

un establecimiento educacional que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético,

socio-afectivo e intelectual de las y los estudiantes. Esta concepción no se limita sólo a la

relación entre las personas, sino que incluye las formas de interacción entre los diferentes

estamentos que conforman la Comunidad Educativa, por lo que constituye una

construcción colectiva y es responsabilidad de todos quienes participan del proceso

educativo

CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNIDAD EDUCATIVA

La Comunidad Educativa es un espacio privilegiado para aprender a vivir con otras

personas. La convivencia social se vive y se experimenta en la escuela y liceo. La

institución escolar, como espacio de formación, permite vivenciar el ejercicio de la vida

democrática, preparando a las y los estudiantes para el diálogo social, cultural y político

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que se requiere en el mundo actual; por eso, es también el lugar donde se aprende la

convivencia ciudadana.

AGRESIÓN O MALTRATO ESCOLAR (Titulo I, Art. 2,5 R. I.)

Cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma

escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier

integrante de la Comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, y

de la cual se siga:

1. temor razonable en la víctima de sufrir un menoscabo considerable en su integridad

física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;

2. un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo;

3. dificultad o impedimento en la víctima frente a su desempeño académico, desarrollo

afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

4. En consecuencia, se considerarán constitutivas de agresión o maltrato escolar, entre

otras, las siguientes conductas:

5. Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender a

cualquier miembro de la comunidad educativa;

6. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier

otro miembro de la comunidad educativa;

7. Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;

8. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un

alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, condición sexual y de

género, etc.) aun cuan do el afectado acepte o consienta en ello.-

9. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,

situación económica, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre,

nacionalidad o defectos físicos;

10. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de

la comunidad educativa a través de chats, twiter, facebook, blogs, fotologs, mensajes

de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías,

sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;

11. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato

escolar;

12. Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de

delito;

13. Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o

contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya

hecho uso de ellos.

CONFLICTO

El conflicto, entendido como oposición o desacuerdo de intereses entre una o más

personas, es inherente a la condición humana; se da en cualquiera y en todos los grupos

sociales, desde la familia, el grupo de amigos/as, el barrio y en los espacios sociales

formales e informales; entre los jóvenes y entre los adultos; entre niños/as y jóvenes con

los adultos.

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AGRESIVIDAD

La agresividad corresponde a un comportamiento defensivo natural en los seres vivos

como una forma de enfrentar situaciones de riesgo que se presentan en el entorno. Por lo

tanto, el comportamiento agresivo es esperable en toda persona que se ve enfrentada a

una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. Por eso, en beneficio de la

convivencia, es indispensable aprender a canalizar la energía y a discernir adecuadamente

los potenciales riesgos y amenazas. Una respuesta agresiva no es, necesariamente,

violencia.

ACOSO ESCOLAR O BULLYING. (Título I, Art. 2.4 R. I.)

Toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera

o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o

colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de

superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último,

maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya

sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y

condición.

VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y/O EMOCIONAL.

Amenazas; insultos; aislamiento; burlas frecuentes; hostigamiento permanente;

VIOLENCIA FÍSICA.

Golpes de cualquier tipo, patadas, tirones de pelo, etc.

VIOLENCIA FÍSICA CON USO DE ARTEFACTOS O ARMAS.

Utilización de Palos, cadenas, arma blanca o de fuego, en contra de algún menor.

VIOLENCIA DE CONNOTACIÓN SEXUAL.

Tocaciones, insinuaciones, abuso sexual.

VIOLENCIA A TRAVÉS DE MEDIOS TECNOLÓGICOS.

Insultos, amenazas o burlas a través de mensajes de textos, Internet, correos electrónicos,

Facebook, Messenger, teléfonos celulares, etc.

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ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN.

Dando cuenta del Art. 1.4 y del Titulo VIII Art. 35 del Reglamento Interno del Colegio

Centenario de Temuco, consideramos prioritario establecer criterios y acciones

preventivas que permitan evitar situaciones conflictivas o de faltas a la convivencia

escolar, por ello se plantea la concienciación del mayor número de personas vinculadas al

centro escolar en torno a dos aspectos:

La comprensión lo más objetiva posible del tipo de incidentes y utilizar elementos

de medición que permitan prevenir posibles agresiones.

Crear una conciencia colectiva de las normas mínimas que todo miembro de esta

comunidad ha de seguir.

Estos serán los pilares bajo los cuales se basará la estrategia de prevención.

Para lograr el primer aspecto anteriormente descrito, es importante valorar la posibilidad

de objetivar las impresiones a través de herramientas que ayuden a prevenir o a intervenir

con la mayor certeza y en el menor plazo. En el Anexo se recogen tres cuestionaros para

que la recogida de información sea lo más sistemática posible y están dirigidos a:

1. Acosado en particular.

2. De análisis de la conflictividad del grupo.

3. Para profesores.

Estos cuestionarios serán de utilidad para estimular el desarrollo de la acción preventiva

contextualizando su accionar en torno alas siguientes pautas:

a) Definir el ambiente de convivencia.

b) Resumir los incidentes más comunes, insistiendo en los tiempos y lugares donde se

dan.

c) Valoración de dichos incidentes.

d) Medir en lo posible las actitudes y conductas de los incidentes.

Con respecto al segundo aspecto, denominado crear conciencia colectiva, es parte de la

cultura escolar elaborar una serie de normas que faciliten la organización y la

responsabilidad compartida.

Al trabajar con docentes problemas de disciplina o abusos entre iguales lo primero que

surge como necesidad es la creación de un código común de formas de actuar, que

incidirán en la coherencia para abordar un conflicto. Evidentemente el Reglamento

Interno juega aquí un papel destacado ya que tienen la función de regular el conjunto de

la realidad educativa del centro.

En base a todo lo anterior podemos decir que el protocolo de Prevención y actuación de

acoso escolar se ejecutará mediante los siguientes aspectos preventivos y las siguientes

estrategias de intervención:

ASPECTOS PREVENTIVOS

Presentación de normas a los padres, buscando su apoyo y colaboración (Talleres de

fortalecimiento del rol parental en reuniones de apoderados).

Entrevistas a los padres de los alumnos (as) que presenten problemas disciplinarios,

para informarle la situación, de los acuerdos con el alumno(a) y establecer acciones de

apoyo de su parte.

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Entrevistas de alumnos con el profesor, y/o el psicólogo(a) del Colegio, con la finalidad

de detectar posibles problemas que los afecten y ayudarlos en su desarrollo y/o

inserción a la comunidad educativa

Buscar los contenidos específicos del currículum donde se pueda insistir en el

Reglamento de Régimen Interno.

Cuidado de aspectos lingüísticos referidos al racismo, integración sexismo, violencia

interpersonal, etc.

Fomento de cooperación, comunicación, expresión positiva de las emociones (Talleres

preventivos para alumnos en consejos de curso).

Promoción de tareas con procedimientos cooperativos.

Realización de Talleres de capacitación y desarrollo personal para los funcionarios del

Colegio.

ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN.

• Creación de un sistema de méritos, premios por las buenas acciones.

• Creación de un sistema de comunicación interna. Mediadores, alumnos consejeros,

buzón de sugerencias.

• Realización de estudios a través de cuestionarios. Test con cierta periodicidad para

tantear las relaciones dentro del centro.

• Fomento de contacto con familias.

• Inclusión de un programa de Habilidades Sociales para alumnos y profesores.

• Revisión y puesta en práctica del Reglamento de Régimen Interno y cambio de aquello

que se considere oportuno.

TABLA DE VINCULACIÓN FALTA-SANCION-RESPONSABLE.

Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los

involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad

de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor

protección y reparación del afectado y la formación del responsable (Titulo XII, Art. 46 –

49, R.I.)

Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, las

circunstancias atenuantes o agravantes de la responsabilidad del autor de la falta.-

Se considerará como circunstancias ATENUANTES en la responsabilidad de los alumnos,

las siguientes variables:

a) La edad, el desarrollo psicoafectivo, volitivo y las circunstancias personales,

familiares y sociales.

b) El haber tenido buena conducta anterior.

c) El haber sido inducido a cometer una falta por alguien de mayor edad.

d) El haber manifestado voluntariamente arrepentimiento y/o haber efectuado

algún acto de reparación de la falta cometida.

e) El apoyo brindado por el apoderado al proceso educativo y formativo del alumno

y su a la comunidad educativa.

Se consideran como circunstancias que AGRAVANTES en la responsabilidad de los

alumnos, las siguientes variables:

a) Ser reincidentes en la ejecución de una misma falta.

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b) Cometer una falta para ocultar o ejecutar otra.

c) Producir un efecto perturbador en la Comunidad Educativa.

d) Cometer una falta aprovechando la confianza depositada en ellos.

e) Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas.

f) Colocar en incapacidad de resistir o en condiciones de inferioridad física o

psíquica a la persona sobre quien se ejerce la acción.

g) Emplear, en la ejecución del hecho, un objeto expresamente prohibido en este

Reglamento o cuyo uso pueda resultar peligroso.

h) Cometer una falta con premeditación y/o con complicidad de otras personas.

i) Agravar la falta cometida aumentando sus consecuencias.

j) Negar la falta a pesar de la evidencia.

k) Culpar y/o involucrar injustamente a otros.

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FALTA TIPO

(Titulo X, Art. 40 - 42 R.I.) SANCION

(Titulo XI, Art 43 R.I.) RESPONSABLE

RECURSO (Titulo XIV, Art.

55-60) PLAZO

LEVE

a) Llegar impuntualmente a la jornada escolar y a otras actividades pedagógicas.

b) Ingresar al Colegio implementos no relacionados con las actividades escolares, tales como

aparatos tecnológicos o electrónicos, juegos u otros objetos de valor.

c) Usar en el aula objetos o aparatos tecnológicos no autorizados u otros elementos ajenos a la

asignatura en desarrollo

d) Mostrar una inadecuada presentación e higiene personal.

e) No usar o usar inadecuadamente el uniforme o buzo escolar según corresponda.

f) No justificar debidamente la inasistencia a clases o el ingreso atrasado al Colegio.

g) No presentar debidamente firmadas por los padres o apoderado las comunicaciones, citaciones

y evaluaciones respecto de las cuales expresamente se ha requerido dicha firma.

h) Interferir con el normal desarrollo de la clase. Entre otras conversar durante el desarrollo de la

clase, molestar, levantarse sin permiso, distraer a otro compañero, hacer desorden con conductas

indebidas o inapropiadas, comer o beber en clases, mascar chicle, Tirar papeles o basura.

i) No trabajar en clases o no realizar los deberes y tareas asignadas.

j) No dar cumplimiento a los requerimientos o compromisos asumidos frente al curso o al Colegio.

k) Incumplimiento en la fecha de entrega de trabajos.

l) Salir de la sala durante el desarrollo de las clases sin autorización.

m) No llevar a clases los útiles o materiales necesarios.

n) No portar su Agenda Escolar.

ñ) Usar inapropiadamente la agenda Escolar.

o) La destrucción no intencionada de vidrios, mesas, escritorios u otros bienes de menor valor del

colegio

a) Amonestación verbal b) Amonestación por escrito c) Expulsión de la sala de

clases. d) Reparación del daño

ocasionado. e) Citación al apoderado. f) Servicios comunitarios a

favor del establecimiento educacional.

g) Suspensión temporal.

h) Condicionalidad de la matrícula del alumno.

i) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar

j) Expulsión del establecimiento educacional.

El Profesor Jefe, Coordinación de Ciclo, el Director de Convivencia Escolar o la autoridad que corresponda. Quien haya aplicado la medida. El Rector, en caso que la medida haya sido aplicada por el Director de Convivencia Escolar; o por el Consejo General de Profesores cuando esta haya sido aplicada por el Rector.

REPOSICION REPOSICION APELACION APELACION ANTE EL CONSEJO GENERAL DE PROFESORES.

5 días hábiles a contar de la Notificación de la Sanción. 5 días hábiles a contar de la Notificación de la Sanción. 5 días hábiles a contar de la Notificación de la Sanción. 5 días hábiles a contar de la Convocatoria del CGP.

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GRAVE

a) La reiteración de faltas Leves (tres)

b) Inasistencia sin justificación a actividades académicas obligatorias de manera reiterada o

ausentarse a horas de clases sin autorización estando dentro del colegio.

c) Ofender o faltar al respeto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa ya sea de

manera verbal, (decir improperios, groserías, etc.), gestual (gestos groseros o amenazantes,

etc.) o escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, comentarios etc.)

d) Dañar infraestructura, materiales o bienes del Colegio, de los compañeros o de cualquier

miembro de la comunidad educativa.

e) Ensuciar y/o rayar murallas, suelos, baños o pegar carteles con consignas de cualquier índole

o expresiones ofensivas a la institución o a las buenas costumbres.

f) Intentar y/o copiar en prueba, exámenes, trabajos de investigación, etc. o de intentar y/o

ayudar de cualquier forma en pruebas escritas u orales.

g) Falta de respeto a los símbolos patrios y del colegio.

h) No acatar una instrucción dada por el personal del colegio.

i) Colusión para cometer actos contrarios al reglamento.

j) Ausentarse, sin justificación, a actividades fuera de horario que impliquen representación

oficial del establecimiento.

k) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro

miembro de la comunidad educativa cuyos resultados no sean de la entidad para ser

consideradas gravísimas.-

l) Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa ya sea

que se realice o intente realizar a través de cualquier medio en contra de cualquier miembro

de la comunidad educativa.

a) Amonestación verbal b) Amonestación por escrito c) Expulsión de la sala de

clases. d) Reparación del daño

ocasionado. e) Citación al apoderado. f) Servicios comunitarios a

favor del establecimiento educacional.

g) Suspensión temporal.

h) Condicionalidad de la matrícula del alumno.

i) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar

j) Expulsión del establecimiento educacional.

El Profesor Jefe, Coordinación de Ciclo, el Director de Convivencia Escolar o la autoridad que corresponda. Quien haya aplicado la medida. El Rector, en caso que la medida haya sido aplicada por el Director de Convivencia Escolar; o por el Consejo General de Profesores cuando esta haya sido aplicada por el Rector.

REPOSICION REPOSICION APELACION APELACION ANTE EL CONSEJO GENERAL DE PROFESORES.

5 días hábiles a contar de la Notificación de la Sanción. 5 días hábiles a contar de la Notificación de la Sanción. 5 días hábiles a contar de la Notificación de la Sanción. 5 días hábiles a contar de la Convocatoria del CGP.

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m) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u

otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes o

peyorativos, mofarse de características físicas, etc.) aún cuando el afectado consintiere en

ello;

n) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,

situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre,

nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia;

ñ) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la

comunidad educativa a través de twiter, facebook, chats, blogs, fotologs, mensajes de texto,

correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs,

teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

o) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar;

p) Fumar al interior de las dependencias del Colegio

q) Participar en actos propios de la política contingente o partidario dentro de los recintos del

colegio o donde se realicen actividades curriculares, salvo que se trate de una actividad

coordinada y organizada por el colegio con estrictos fines pedagógicos.-.

r) Manifestarse de manera amorosa (andar, pololear, poncear) al interior de los recintos del

Colegio.-

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GRAVISIMAS

a) Incurrir tres veces en faltas consideradas graves.

b) Adoptar conductas constitutivas de acoso escolar o bullying

c) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro

miembro de la comunidad educativa con resultado de lesiones.

d) Adulterar, hurtar, robar, destruir o falsificar justificativos, notas o anotaciones en el Libro de

Clases u otros documentos oficiales.

e) Hurtar o robar, cualquier objeto o bien del Colegio o de propiedad de cualquier miembro de

la comunidad educativa.-

f) Calumniar o Levantar falso testimonio a miembros de la comunidad educativa

g) Organizar y/o participar en actos vandálicos dentro o fuera del Colegio.

h) Poseer o difundir material pornográfico dentro del Colegio.

i) Ingresar, portar, vender, comprar, distribuir y/o consumir bebidas alcohólicas, o encontrarse

bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades

organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste. Si llegare un Alumno en

estado de intemperancia, podrá ingresar al Colegio, pero no a clases, y se llamará

inmediatamente al Apoderado para que lo retire del colegio.

j) Introducir al Colegio o portar en sus dependencias cualquier implemento que pueda causar

daño a los demás. En consecuencia queda prohibido portar armas de fuego verdaderas o

falsas, de aire comprimido, armas cortantes, corto punzantes, contundentes y de cualquier

otro tipo, artículos explosivos, corrosivos o peligrosos, como asimismo, cualquier otra

sustancia o elemento que pongan en riesgo la seguridad propia, así como la de otras

personas.

k) Ingresar, portar, vender, comprar, traficar y/o consumir cualquier tipo de drogas dentro del

a) Amonestación verbal b) Amonestación por escrito c) Expulsión de la sala de

clases. d) Reparación del daño

ocasionado. e) Citación al apoderado. f) Servicios comunitarios a

favor del establecimiento educacional.

g) Suspensión temporal.

h) Condicionalidad de la matrícula del alumno.

i) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar

j) Expulsión del establecimiento educacional.

El Profesor Jefe, Coordinación de Ciclo, el Director de Convivencia Escolar o la autoridad que corresponda. Quien haya aplicado la medida.

REPOSICION REPOSICION

5 días hábiles a contar de la Notificación de la Sanción. 5 días hábiles a contar de la Notificación de la Sanción.

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Colegio. (Esta conducta podrá significar para el Alumno su Expulsión inmediata, en

conformidad a la Ley, además, sus antecedentes serán puestos a disposición de los Tribunales

de Justicia).

l) Impedir por cualquier medio el ingreso al Colegio de directivos, docentes, administrativos,

auxiliares y Alumnos, salvo las actividades consideradas como tradición del colegio.

m) Abandonar el colegio durante la jornada escolar sin la autorización correspondiente.

n) Escribir frases pornográficas, palabras soeces o dentro de la índole (lista negra u otro), en

paredes, mesas, sillas, estantes, casilleros, diarios murales o red digital (Internet) del

establecimiento.

o) Atentar gravemente contra la dignidad de cualquier miembro de la comunidad escolar

mediante actitudes de acoso o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean

constitutivos de delito;

p) Participar en actividades violentas, tales como riñas o golpizas dentro del recinto escolar o

comportamientos externos que atenten contra la dignidad de terceros o la imagen del

Colegio.

q) Provocar daños graves a la propiedad privada, ya sea, del Colegio, de sus alumnos, de

apoderados o de funcionarios, dentro o fuera del establecimiento.

r) Comportarse inadecuadamente durante las salidas a terreno que impliquen un daño a

personas, instituciones, medios de transporte, lugares visitados y/o al prestigio del colegio o

país.

s) Alterar las actividades propias del establecimiento, como consecuencia de conductas individuales o colectiva de alumnos(as), y que atenten contra la integridad de terceros y de los bienes de la propiedad del Colegio.

El Rector, en caso que la medida haya sido aplicada por el Director de Convivencia Escolar; o por el Consejo General de Profesores cuando esta haya sido aplicada por el Rector.

APELACION APELACION ANTE EL CONSEJO GENERAL DE PROFESORES.

5 días hábiles a contar de la Notificación de la Sanción. 5 días hábiles a contar de la Convocatoria del CGP.

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ARBOL DE DECISIONES.

Situaciones

de Acoso

INFORMACION AL DIRECTOR DE

CONVIVENCIA ESCOLAR PARA INICIO

DE INVESTIGACION (FALTAS

GRAVES/GRAVISIMAS):

1. Nombrar a un responsable de la tramitación.

2. Citar al alumno acosado en una entrevista

individual.

3. Citar a los componentes del Equipo de

Convivencia Escolar

4. Citar al alumno/a acosador/a en una

entrevista individual.

5. Citar a los demás alumnos implicados en

entrevista individual

6. Citar, en entrevista individual, a las familias

de acosador y acosado

7. Convocar al Equipo Docente y al Equipo de

El profesor o inspector

que sorprenda algún

alumno que esté

incurriendo en una

falta LEVE deberá

llamar la atención al

alumno infractor, y en

su caso aplicar la

medida que

corresponda.

ANÁLISIS Y ADOPCIÓN DE MEDIDAS.

1. Medidas de protección a la víctima.

2. Medidas correctoras de los agresores.

3. Otras medidas.

Encargado de

Convivencia

Escolar

SEGUIMIENTO

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FLUJOGRAMA.

SITUACION DE ACOSO ESCOLAR SOBRE FALTAS GRAVES Y GRAVISIMAS (TITULO XIII, ART. 52, b)-54 R.I.)

PLAZO FASE 1º: 10 máximo días. PLAZO FASE 2º: 5 días PLAZO FASE 3º: PERMANENTE. PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN: 15 días.

ENTRADA ACTIVIDADES RESULTADOS RESPONSABL

E

FASE 1º

Quien la detecte la Falta deberá dar cuenta de inmediato a la Unidad de Convivencia Escolar, o a la Coordinación de Ciclo correspondiente la que se encargará de realizar la investigación correspondiente para esclarecer los hechos que la constituyen, y establecer la correspondiente sanción, de todo lo cual se dejará constancia por escrito, en el Formulario de Registro de Acoso Escolar ANEXO. La investigación tendrá por objeto comprobar la existencia de una infracción y la participación en el (los) acto (s) del (los) alumno(s). Dicha investigación no podrá durar más de diez días hábiles a menos que existan causas fundadas que justifiquen prórrogas Citación a padres para búsqueda de acuerdos. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia.

Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que

Unidad de Convivencia Escolar o Coordinación de Ciclo. Psicologo/a del establecimiento Unidad de Convivencia Escolar o Coordinación de Ciclo. Psicologo/a del establecimiento.

INICIO

INICIO DE INVESTIGACION:

Conversación y registro de la situación con

niño/a involucrado/a

Citar al alumno acosado en una entrevista

individual.

Citar a los componentes del Equipo de

Convivencia Escolar

Citar al alumno/a acosador/a en una

entrevista individual.

Citar a los demás alumnos implicados en

RECOPILACION

DE

INFORMACION

BUSQUEDA

DE

ACUERDOS

ENTRE LAS

NO

SUSPENDE

INDAGACION: Archivo

de antecedentes.

SI

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estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto. Si los hechos revisten una gravedad que amerite la aplicación de las Sanciones h), i), j) identificadas en la Tabla de Falta- Sanción -Responsable los antecedentes serán puestos a disposición del Rector del Colegio, quien previo proceso de revisión de todos los antecedentes, en conjunto con el Equipo de Gestión Directiva podrá imponer las sanciones y medidas disciplinarias previstas en el reglamento y en este Protocolo. La aplicación de la medida o sanción disciplinaria deberá ser notificada a los padres o apoderados de manera escrita o personal. Dejándose constancia de ello en el expediente que se forme para tal efecto. Toda resolución que aplique una medida disciplinaria será recurrible: REPOSICION: solicitar, fundadamente, ante quien haya adoptado dicha medida, que este deje sin efecto la medida disciplinaria aplicada y que esta sea modificada o cambiada por otra. APELACION: solicitar, fundadamente, ante EL SUPERIOR Jerárquico de quien haya adoptado dicha medida, que este deje sin efecto la medida disciplinaria aplicada y que esta sea modificada o cambiada por otra Ante una apelación que deba ser conocida por el Consejo General de Profesores, el Rector citará a dicho consejo para un día y hora determinada, el que podrá sesionar con una asistencia de al menos 2/3 de los profesores del Colegio Centenario de Temuco y será presidido por un integrante del Equipo de Gestión Directiva

.

Unidad de Convivencia Escolar o Coordinación de Ciclo.

Unidad de Convivencia Escolar o Coordinación de Ciclo.

Padres y/o Apoderados

Unidad de Convivencia Escolar o Coordinación de Ciclo.

RECTOR. Padres y/o Apoderados

RECTOR.

APLICACIÓN DE

SANCION O

SOBRESEIMIENTO

NOTIFICACION A PADRES

Interposición de Recursos:

(5 días hábiles)

a) REPOSICION

b) APELACION

FASE 2º

ANALISIS Y

ADOPCION

DE MEDIDAS

Convocatoria CGP por

APELACION sanción letra h),

i), j) R.I

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determinado por el propio Equipo de Gestión Directiva. En la audiencia el Rector comunicará al Consejo los hechos y la consideraciones tenidas a la vista para la aplicación de las medidas y por otra parte se podrá escuchar los descargos o alegaciones a favor del alumno, las que podrán ser realizadas por el mismo alumno, por su apoderado o por un profesor de confianza del alumno y de sus apoderados, que acepte voluntariamente defender al alumno, quien no podrá formar parte, para este caso, del Consejo de Profesores. En todo caso la defensa debe ser asumida sólo por una de estas personas

Terminada la vista de la apelación, el Consejo General de Profesores debatirá en privado (sin presencia de alumnos, apoderados, Rector y profesor defensor) el asunto sometido a su conocimiento El consejo de profesores adoptará su resolución por mayoría de los asistentes, y deberá ser resuelta en la misma audiencia o a más tardar dentro de un plazo de 5 días desde dicha audiencia. Esta resolución no es susceptible de recurso alguno. La apelación deberá ser resuelta en la misma audiencia o a más tardar dentro de un plazo de 5 días hábiles desde dicha audiencia, en cuyo caso quien la presidió deberá fijar una nueva reunión del consejo de Profesores al cual solo podrán concurrir y votar los profesores que estuvieron presentes en la primera audiencia. El consejo de profesores adoptará su resolución por el voto de la mayoría de los asistentes a la primera audiencia Se realizará seguimiento de las acciones y medidas implementadas.

Consejo General de Profesores.

Unidad de Convivencia Escolar o Coordinación de Ciclo. Unidad de Convivencia Escolar o Coordinación de Ciclo.

APLICACIÓN DE

SANCION O

SOBRESEIMIENTO

POR C.G.P.

FASE 3º

SEGUIMIENTO

FIN