Protocolo y Ceremonial Escolar

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PROTOCOLO Y CEREMONIAL ACTOS ESCOLARES Actos Forma 1 y 2 Se consideran "actos Especiales" (Forma I y II) aquellos previstos en la Reglamentación vigente en estrecha relación con la actividad escolar, iniciación y término del período lectivo, homenaje al Patrono de la escuela o al país cuya nominación ostenta, celebración de los 25, 50, 75 años o centenario de la fundación del establecimiento, imposición del nombre a la escuela o a sus dependencias; cambio de Bandera de Ceremonia, muestras dinámicas, exposiciones, etc. Cuando por razones de programación estos actos requieren la suspensión de las restantes actividades , la Dirección de la escuela solicitará con no menos de treinta días hábiles de anticipación la autorización correspondiente. Las direcciones de las escuelas harán llegar a la Supervisión escolar con una antelación de diez días hábiles una copia del programa a desarrollar , incluyendo la hora de iniciación y tiempo estimado de duración del acto. (Conforme texto Art. 11 de la Ordenanza Nº 39.768, B.M. 14.256). Las escuelas que tienen nombre de países extranjeros o de organizaciones internacionales llevarán a cabo el acto de homenaje el mismo día de la fecha patria o aniversario de fundación del organismo según sea el caso. Si la fecha recayera en día inhábil o compromisos protocolares de los respectivos representantes diplomáticos que hubieran comprometido su asistencia no permitirán realizarlo en fecha coincidente, el acto se efectuará con una antelación o postergación no mayor de tres días hábiles. Si la efemérides se produjera durante el receso escolar, la dirección de la escuela convendrá la fecha de realización. Los Directores deberán solicitar a la Superioridad con una anticipación no menor de treinta días hábiles a la fecha de realización del acto, la autorización necesaria para invitar a representantes diplomáticos acreditados en nuestro país. La atención de los aspectos protocolares quedará a cargo de Ceremonial de la Secretaría de Educación. El Director elevará a la misma, copia del discurso a pronunciarse. Los actos de esta

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PROTOCOLO Y CEREMONIAL ACTOS ESCOLARES

Actos Forma 1 y 2

Se consideran "actos Especiales" (Forma I y II) aquellos previstos en la Reglamentación vigente en estrecha relación con la actividad escolar, iniciación y término del período lectivo, homenaje al Patrono de la escuela o al país cuya nominación ostenta, celebración de los 25, 50, 75 años o centenario de la fundación del establecimiento, imposición del nombre a la escuela o a sus dependencias; cambio de Bandera de Ceremonia, muestras dinámicas, exposiciones, etc. Cuando por razones de programación estos actos requieren la suspensión de las restantes actividades, la Dirección de la escuela solicitará con no menos de treinta días hábiles de anticipación la autorización correspondiente. Las direcciones de las escuelas harán llegar a la Supervisión escolar con una antelación de diez días hábiles una copia del programa a desarrollar, incluyendo la hora de iniciación y tiempo estimado de duración del acto. (Conforme texto Art. 11 de la Ordenanza Nº 39.768, B.M. 14.256). Las escuelas que tienen nombre de países extranjeros o de organizaciones internacionales llevarán a cabo el acto de homenaje el mismo día de la fecha patria o aniversario de fundación del organismo según sea el caso. Si la fecha recayera en día inhábil o compromisos protocolares de los respectivos representantes diplomáticos que hubieran comprometido su asistencia no permitirán realizarlo en fecha coincidente, el acto se efectuará con una antelación o postergación no mayor de tres días hábiles. Si la efemérides se produjera durante el receso escolar, la dirección de la escuela convendrá la fecha de realización. Los Directores deberán solicitar a la Superioridad con una anticipación no menor de treinta días hábiles a la fecha de realización del acto, la autorización necesaria para invitar a representantes diplomáticos acreditados en nuestro país. La atención de los aspectos protocolares quedará a cargo de Ceremonial de la Secretaría de Educación. El Director elevará a la misma, copia del discurso a pronunciarse. Los actos de esta naturaleza incluirán en su desarrollo la presencia de la Bandera del país extranjero o del organismo internacional, la ejecución de su himno y números especiales de su folcklore. No podrán superponerse a los Actos Conmemorativos ningún otro festejo, a excepción del que se realiza el Día del Maestro a cuyo cierre podrá despedirse a los docentes que se han acogido a la jubilación en el transcurso del año.

Acto de Iniciación del ciclo lectivo

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El Acto de iniciación del termino lectivo se realizará en la primera hora de cada turno, con la asistencia de todo el personal, padres y alumnos de la escuela. Luego de entonarse el Himno Nacional Argentino, el Director explicará mediante una exposición breve, adecuada a las circunstancias el plan de actividades elaborado para el período escolar y formulará las observaciones y comentarios que considere pertinentes. Las informaciones e instrucciones de mayor interés, serán reproducidas y entregadas a los responsables de los alumnos. Acto homenaje al Patrono

El Acto de homenaje al patrono se realizará en la fecha del aniversario de su nacimiento o de su fallecimiento. La elección de una de las fechas excluye a la otra durante el término lectivo. En caso de que el patrono fuera una institución, la celebración coincidirá con el día de su fundación. En ambos casos no habrá suspensión de actividades.

Actos Oficiales

Sin perjuicio de las conmemoraciones de las fechas en el ámbito de las escuelas, podrán enviarse delegaciones de docentes y alumnos a actos públicos que organicen las autoridades civiles, militares y eclesiásticas de su jurisdicción, previa autorización de la Supervisión Escolar. En ninguna circunstancia se autorizarán asuetos compensatorios. Acto de fin de curso

Al finalizar el término lectivo, se realizará un acto de fin de curso que reúna a los docentes, alumnos y miembros de la comunidad. Este encuentro se adecuará al nivel de la enseñanza, circunstancias y modalidades, de cada lugar. Actos Escolares en Jardines de Infantes y anexos a escuelas primarias

Los actos que se realicen en los jardines de infantes y secciones anexas a escuelas primarias deberán ajustarse a las siguientes normas: a) Se realizarán el día hábil anterior al que fija el Calendario Escolar, sin suspensión de actividades. b) El alumnado de las secciones anexas no participarán de los actos de la escuela primaria pero su personal no quedará relevado de asistir a los mismos. c) La Bandera de Ceremonias del establecimiento presidirá los actos de jardín de infantes, portada y escoltada por alumnos del ciclo primario. d) La maestra jardinera tendrá a su cargo la narración alusiva dirigida a los niños e ilustrada con medios

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audiovisuales cuyo texto será supervisado por la Dirección. e) El programa del acto se presentará para su conocimiento con anticipación de diez días a la Supervisión Escolar del nivel. (Conforme texto Art. 12 de la ordenanza Nº 39.768, B.M. 17.256) f) La duración será breve y las actividades el fiel reflejo del trabajo del aula. Quedan terminantemente prohibidos los ensayos prolongados y los trajes especiales que ocasionen gastos a los hogares.

Conmemoraciones Patrióticas

Normas de Protocolo

a) Armar las filas en número impar de butacas b) En el centro de la primera fila, o en el grupo de la derecha si hubiere pasillo en el centro, debe ubicarse la autoridad de mayor jerarquía educacional, o su representante. c) El invitado de honor (embajador, descendiente del patriota o patrono del establecimiento) debe ser ubicado a la derecha de la máxima autoridad. d) A la izquierda de dicha autoridad el Director de la Escuela. e) El resto de los invitados especiales tomarán ubicación alternada de acuerdo con su jerarquía (un invitado y un funcionario de educación o cooperador) cuidando siempre la derecha para el de mayor jerarquía o cargo. f) El orden de precedencia entre diplomáticos extranjeros se determina por el rango funcional o por la fecha de presentación de sus cartas credenciales en caso de igual rango. g) El orden para miembros de las FFAA es el que corresponde a sus grados respectivos y para personal civil, el de su escalafón jerárquico. h) Cuando concurran funcionarios de nivel con sus respectivos secretarios, estos últimos deben ser ubicados en la fila siguiente y exactamente detrás del funcionario. i) Cuando se armen las filas con pasillo en el medio cada una debe tener un centro, con la autoridad de jerarquía que corresponda al mayor nivel en el centro. j) Exceptuando los invitados especiales y autoridades superiores, todos los demás concurrentes deben tomar ubicación entes de comenzar el acto, cuidando no ocupar los lugares reservados para aquellos en las primeras filas, los que harán su entrada guiados por autoridad de la escuela o personal de ceremonial, instantes antes de dar comienzo. k) Si se halla presente un representante del clero o miembro de la Asociación Cooperadora que deba invertir directamente en el acto, debe ser ubicado en la primera fila de la derecha. l) En todas las filas ubicadas siempre en el centro a la mayor autoridad que haya sido especialmente invitada.

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m) Los pergaminos recordatorios y libros de actos deben ser firmados al término del acto; en primer lugar por las autoridades superiores, luego por los invitados especiales y a continuación por los demás asistentes. n) El coro, piano y micrófono para el locutor deben ubicarse preferentemente a la derecha del publico. ñ) El abanderado y sus escoltas, a la izquierda. Deben evitarse la circunstancia en este sector de la izquierda y por ningún motivo, el abanderado debe desplazarse una vez ubicado en el lugar prefijado. o) Cuando el abanderado o escoltas se hayan hecho acreedores a premio o mención, deben recibirlos en su nombre familiares o compañeros, dado que es incorrección grave abandonar la bandera por ese motivo. p) Si asisten abanderados invitados en representación de otras escuelas, deberán presentarse abriendo el acto, quedando para el final el abanderado de la propia escuela. El retiro debe hacerse a la inversa, saliendo en primer termino la bandera de la escuela organizadora. q) Cuando asistan abanderados de escuelas con pabellón extranjero se procurará organizar la entrada por orden alfabético de países para evitar susceptibilidades. r) Cuando en el sitial de las banderas deba ubicarse además de la Enseña Nacional una bandera extranjera, esta última deberá colocarse siempre a la izquierda de la bandera argentina, cada una con sus respectivos escoltas. s) Procedimiento similar al anterior debe seguirse cuando se ornamente con emblemas o colores patrios de otras naciones. t) La Bandera de Ceremonia se colocará en la cuja, únicamente en los siguientes casos: cuando se iza la bandera en el mástil; al entonar el Himno Nacional; al ejecutarse o entonarse el himno de otro país; cuando se desfila ante la Bandera; cuando entra la bandera Argentina en caso de que ya hubieren entrado banderas extranjeras; en todos los actos de bendición; al paso del Presidente de la Nación o cuando se desfila ante él; durante la elevación de las dos Especies en las misas; en el momento de pasar el féretro en los sepelios; en el momento de pronunciarse la promesa de lealtad a la Bandera; cuando se dedique como homenaje un minuto de silencio. u) La bandera se apoyará en el hombro solamente cuando el abanderado se desplace. v) En todos los casos no consignados expresamente en los puntos anteriores la bandera permanecerá con el asta vertical y apoyada en el suelo, con el regatón tocando la punta exterior del pie derecho, tomada con la mano del mismo lado en forma tal que el abanderado no quede oculto Comportamiento del personal

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a) El Director dispondrá la presencia de dos o más miembros del personal docente, para alternarse en la recepción y acompañamiento de los invitados hacia la dirección o hacia el salón de actos, según correspondiera. b) El director de la escuela permanecerá en su despacho con las visitas hasta la iniciación del acto. c) Los maestros de grado, no afectados a tareas específicas atenderán al alumnado. d) Se designaran dos docentes para cumplimentar las disposiciones anteriores. e) El Vicedirector supervisará el cumplimiento de las disposiciones anteriores. f) Al finalizar el personal docente concurrirá a la dirección a fin de saludar a las autoridades invitadas. g) El Director acompañará a los invitados hasta la salida de la escuela. Colocación de placas y bustos en las escuelas

El procedimiento, de acuerdo a la normativa vigente es el siguiente: a) La Dirección solicitará autorización a la Superioridad, para su colocación. b) Fundamentará dicho pedido mediante breve reseña de los méritos que acrediten el homenaje. c) Elevará dos fotografías de la placa o del busto y el esquema del lugar y ámbito en que serán colocados. d) determinará las medidas y el material con que se hallan confeccionados. e) En caso de placas indicará el texto que contiene.

Descubrimiento.

En el acto oficial se procederá al descubrimiento de acuerdo al orden siguiente:

a) Presentación de la Bandera de Ceremonia. b) b) Himno Nacional Argentino. c) Bendición (según el caso) d) Descubrimiento (a cargo del que ofrece, de un familiar y del que recibe la donación). e) Palabras del oferente f) Palabras del Director.

La organización de los ActosDel reglamento escolar de las escuelas dependientes de la Secretaría de Educación conocemos que:

Bandera Nacional

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La Bandera Nacional de los establecimientos educativos dependientes de la Secretaría de Educación, para uso en actos públicos, tendrá las siguientes características: Color: Celeste y blanco, distribuidos en tres franjas horizontales, de igual tamaño, dos de ellas celestes y una blanca en el medio. Se reproducirá el sol en el centro de la franja blanca. Material: De tela, gros de seda, en paño de doble confección, lisa o con costura, sin fleco alguno en su contorno, ni emblemas. Llevará el sol, bordeado en una faz y adherido en la otra, sin ninguna inscripción en el paño. Dimensiones: La bandera tendrá un metro y cuarenta centímetros de largo por noventa centímetros de ancho, correspondiendo a cada franja treinta centímetros. En el lado destinado a la unión con el asta llevara un refuerzo de tela resistente a la que estarán cosidas cada treinta centímetros dos cintas de tejido fuerte de quince centímetros de largo, cada una, de color blanco, destinados a unir la bandera con el asta. Sol: Será el figurado de la moneda de oro de ocho escudos y de la plata de ocho reales, que se encuentra grabado en la primera moneda argentina, por ley de la Soberana Asamblea General Constituyente de la Provincias Unidas del Rio de la Plata del 13 de abril de 1813, con los treinta y dos rayos flamígeos y rectos colocados alternativamente y en la misma posición que se observa en esas monedas, el color del sol será el amarillo del oro, bordado en relieve sin relleno, tendrá diez centímetros de diámetro en su interior, y de veinticinco centímetros en sus rayos. Asta: Será de madera de «guayahiví» u otra similar de dos piezas, desarmable, lustrado, color natural, con un largo de un metro cada pieza y un diámetro de tres y medio centímetros; llevará cuatro grapas colocadas a treinta centímetros de distancia entre ellas, en las que irán las cintas anteriores indicadas. 'Corbata': Será de iguales colores que la bandera de cincuenta centímetros de largo por diez de ancho, y llevará como ornato fleco de gusanillo de siete centímetros de largo y como única inscripción el nombre y el numero del establecimiento, localidad o jurisdicción a que pertenece, bordado en letras mayúsculas de oro, de seis centímetros de altura. Cuando la inscripción fuera muy extensa será de cinco centímetros. 'Tahalí': Será de terciopelo de seda de diez centímetros de ancho, terminado en una cuja forrada. Ambos tendrán los mismos colores de la bandera. Moharra: Será de acero, de veinte centímetros de largo y llevara como base una medialuna, que medirá de vértice a vértice doce centímetros. Regatón: Será de acero, de diez centímetros de largo. Bandera de izar: La Bandera Nacional que se ice en el frente del edificio escolar y en los mástiles será la nacional, de lanilla, con un refuerzo de tela resistente de color blanco, cosida en el borde destinado a unirla con el asta. Las dimensiones de esta bandera guardaran entre si

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la razón 1/2 y las del sol serán 2/ 5 entre los diámetros y de 5/6 entre el diámetro mayor y el ancho de la franja. Bandera de ornato: Para la ornamentación de los locales escolares se usarán los colores nacionales en forma de bandera, sin sol; de escarpelo o de estandarte o gallardete. Estas ornamentaciones no podrán ser colocadas nunca a mayor altura que la Bandera Nacional. Bandera de Ceremonia para Escuelas de Jardín de Infantes: Color: Celeste y Blanco Material: De tela, grados de seda de paño simple, de confección lisa, sin fleco en su contorno. Llevará el sol bordado en una faz y adherido en la otra, sin ninguna inscripción en el paño. Dimensiones: La bandera tendrá setenta centímetros de largo por cuarenta y cinco centímetros de ancho, correspondiendo a cada franja quince centímetros. En el lado destinado a la unión con el asta llevara un refuerzo de tela resistente, a la que estarán cocidas, cada quince centímetros, dos cintas de tejido fuerte de diez centímetros de largo, cada una, de color blanco, destinadas a unir la bandera con el asta. Sol: Será el figurado de la moneda de oro de ocho escudos y de la de plata de ocho reales, que se encuentra grabada en la primera moneda argentina, por ley de la Soberana Asamblea General Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata del 13 de abril de 1813, con los treinta y dos rayos flamígeos y rectos colocados alternativamente y en la misma posición que se observa en esa moneda. El color del sol será el amarillo oro. El sol será bordado en relieve (sin relleno), tendrá cinco centímetros de diámetro en su interior y doce y medio centímetros en sus rayos. Asta: será de madera de «guayahiví» u otra similar de una pieza, lustrada de color natural, con un largo de un metro y un diámetro de dos centímetros; llevará cuatro grapas colocadas a quince centímetros de distancia entre ellas en las que irán las cintas anteriormente indicadas. Corbata: Será de iguales colores que la corbata, de veinticinco centímetros de largo por cinco de ancho, y llevara como ornato fleco de gusanillo de cuatro centímetros de largo y como única inscripción el nombre y número del establecimiento, localidad o jurisdicción a que pertenece, bordado en letras mayúsculas de oro, de tres centímetros de altura (cuando la inscripción sea muy extensa será de dos centímetros). Tahalí: Será de terciopelo de seda, con iguales colores que la bandera, de cinco centímetros de ancho, terminando en una cuja forrada con los mismos colores. Moharra: Será de acero, de diez centímetros de largo, llevando como base una medialuna, que medirá, de vértice a vértice, seis centímetros. Regatón: Será de acero, de cinco centímetros de largo.

Tratamiento y uso.En todo momento se rendirá a la Bandera Nacional el máximo honor como afirmación de educación patriótica, dando el ejemplo el personal del establecimiento que suspenderá toda tarea u ocupación a su paso,

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para rendirle el homenaje que se le debe. La Bandera de Ceremonia, la del frente del edificio y la bandera del mástil, será conducida, izada o arriada por los alumnos en todos los actos. Cuando el establecimiento cuente con mástil se realizará simultáneamente las ceremonias de izar y arriar las banderas al frente del edificio y en el mástil por comisiones de alumnos acompañados por miembros del personal docente. Los alumnos formarán dando frente al mástil. Cuando por razones climáticas los alumnos no puedan hacerlo, se pondrán de pie en el lugar que se encuentren, dando frente al lugar de la ceremonia. Al paso de la Bandera las personas deberán ponerse de pié y acompañarla con un aplauso. El abanderado entra con la Bandera al hombro (derecho), tomando el asta con la mano del mismo lado. Se ubicará en un lugar preferencial apoyando el regatón al lado del pié derecho y sostenido por la mano del mismo lado, quedando la izquierda en posición de firme. Los escoltas se ubicarán detrás del abanderado, a un metro de distancia, formando con éste un triángulo equilátero. Bandera en cujaDe acuerdo al reglamento escolar, el abanderado, con ayuda de la mano izquierda, llevará la Bandera en cuja (ubicada en el frente derecho de la pelvis) e inmediatamente volverá su brazo izquierdo al lado del cuerpo. En este movimiento la mano derecha no será desplazada de su lugar primitivo” La Bandera se colocará en cuja: Cuando se ice la Bandera del mástil. Al entonar el Himno Nacional. Al escuchar o entonar el Himno de otro país. Cuando haya Banderas de Ceremonia invitadas, al entrar la Bandera del Establecimiento. Al paso de otra Bandera. En todos los Actos de Bendición. Al paso del Presidente de la Nación, o cuando desfila ante él. En los sepelios, en el momento de pasar el féretro. Cuando los alumnos del Nivel Primario realicen la promesa de lealtad a la Bandera Nacional. Cuando se guarda un minuto de silencio. Otras normativas acerca de la bandera A la Bandera en desuso se la deberá conservar en un cofre, en vitrina o en otro lugar apropiado, como reliquia, con una tarjeta en la que constarán las fechas de recepción y retiro. Cuando termina el Acto se llevará a la Bandera al lugar apropiado para ser guardada. El abanderado será el único responsable de la Bandera y no podrá ser reemplazado, salvo alguna indisposición del momento. En ese caso el primer escolta ocupará su lugar. La profesora de Educación Física es la persona indicada para enseñar el manejo de la Bandera de Ceremonias. Podrá instruir a los alumnos, en forma individual o colectiva, con un tiempo prudencial antes del acto. La elección del abanderado y escoltas

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De acuerdo al artículo 136 del Reglamento Escolar, serán abanderados y escoltas los alumnos de 9° Año. Para la designación de los alumnos que tendrán el honor de conducir o acompañar la Bandera, se procederá de la siguiente manera: Los alumnos de séptimo grado se reunirán una semana antes de cada acto escolar y elegirán por voto secreto al abanderado y escolta para ese acto. Los criterios que los alumnos deberán tener en cuenta para la elección, serán los siguientes:

a) Mayor dedicación al estudio. b) Sentido de solidaridad y compañerismo. c) Esfuerzo para lograr buen compañerismo en la escuela.

El docente, previo a la elección, hará conocer a los alumnos los criterios enunciados precedentemente. Asimismo, el docente proporcionará a cada alumno el día de la elección, una boleta donde se especificará: Elijo para abanderado: ................ Elijo para primer escolta: ................ Elijo para segundo escolta: ................ Elijo para escolta suplente:................ Serán elegidos por simple mayoría. En caso de empate se hará una nueva votación entre los dos alumnos más votados. En caso de persistir el empate de dejará librado al azar entre los dos alumnos más votados en cualquiera de las categorías donde se produjo el empate. Un alumno no podrá ser elegido dos veces en el mismo año cualquiera haya sido su designación. Si hay varias secciones en la escuela la elección se hará cada una de ellas en forma rotativa, haciéndose un sorteo la primera vez para determinar el orden. '''No se privará del honor de conducir o acompañar a la Bandera al alumno extranjero.''' El personal directivo y docente, a través de la una acción educativa permanente, deberá inculcar en los alumnos el amor y el respeto por los Símbolos Nacionales, de tal manera que se sienta con legítimo orgullo el ser designado abanderado.

Canciones y Marchas Patrias .

El reglamento escolar de las escuelas dependientes de la Secretaría de Educación, con respecto al Himno Nacional Argentino e himnos extranjeros, dice lo siguiente: Himno NacionalLa letra oficial del Himno Nacional será el texto de la canción compuesta por Vicente López y Planes. Su música del maestro Blas Parera, será la versión editada por Juan Pedro Esnaola en 1860 con el título "Himno Nacional Argentino". En cuanto a la tonalidad:

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a) Adoptar la del si bemol que determina para la parte del canto el registro adecuado a la generalidad de las voces. b) Reducir a una sola voz la parte del canto. c) Dar forma rítmica al grupo correspondiente a la palabra "vivamos". d) Conservar los compases que interrumpen la estrofa, pero sin ejecutarlos. Tratamiento y uso.a) Solamente se entonará el Himno Nacional en los Actos que presida la Bandera Nacional. b) Será entonado sin excepción por todos los asistentes inclusive abanderados y escoltas. c) Al iniciarse la introducción, la Bandera de Ceremonia será colocada en la cuja por el abanderado y permanecerá en ella hasta el término del mismo. d) Todos los asistentes permanecerán de pie. Los alumnos mantendrán correcta posición de firmes. e) A su término, aplaudirán todos los asistentes, excepto abanderados y escoltas. Himno de países extranjerosa) Los himnos de países extranjeros solamente se entonarán en los actos que presida la bandera Nacional de Ceremonia y la del país al que pertenece el Himno. b) Al iniciarse su introducción la Bandera Nacional y la extranjera serán colocadas en la cuja y permanecerán en ella hasta el termino del mismo. c) Todos los asistentes permanecerán de pie. Los alumnos mantendrán correcta posición de firmes. d) Todos los asistentes aplaudirán a su termino, excepto abanderados y escoltas

SÍNTESIS DEL CEREMONIAL, PROTOCOLO Y EQUIPARACIONES JERÁRQUICAS FUNDACIÓN “CHRISTIAN GASTÓN POMA” CEREMONIAL Proveniente del latín caeremonia “Serie de actos para celebrar algo solemnemente”. También se lo utiliza como sinónimo de protocolo – pompa – celebración. Conjunto de formalidades. También se deriva la “Identidad” de las personas u organizaciones. Quien participa se identifica con la comunidad a la que pertenece. No sólo crea identidad propia sino que considera la del otro. El ceremonial es formador de identidades. Por ej. Las fechas patrias nos identifican con nuestras raíces, los aniversarios escolares nos identifican con el objeto mismo de su creación, etc. La ausencia de la participación en ceremonias produce un rechazo a nivel social y luego se materializan en agresiones, decepciones, etc., por ello debe ser considerado por nuestras instituciones escolares.

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Es reconocer autoridades y propósitos. Una ceremonia formal indica la disciplina, la formación recibida, la seriedad institucional y el propósito de la misma (por ej. Una institución escolar que demuestra un enorme prestigio y requiere ayuda económica, un desfile militar puede tener un propósito disuasorio respecto a otro país, etc.). También suele definirse como “acción o acto exterior con arreglo a la ley, estatuto o costumbre para dar culto a lo divino y reverencia y honor a las profanas”. Etiqueta: “es el ceremonial de los estilos, usos y costumbres que se deben observar en actos públicos o privados”. Protocolo: “regla ceremonial diplomática y palatina establecida por los usos y costumbres”. Se basa en dos pilares fundamentales que son: el tiempo y el lugar de desarrollo. Es la aplicación de las normas de ceremonial y cortesía que se deben cumplir en las ceremonias derivadas de la actividad oficial o pública de gestión privada. Los eventos de aplicación protocolar: los actos oficiales externos, los actos académicos, los actos sociales, las invitaciones, las visitas (visitar o ser visitado), efectuar presentaciones o ser presentado, durante disertaciones y discursos, en recepciones o despedidas y en toda otra ocasión formal. Precedencia: significa la preeminencia social o el orden jerárquico que corresponde a los participantes. Quien preside el conjunto o un grupo menor, quien es el que sigue, etc. autoridad civil, militar y eclesiástica según cargo, jerarquía y jurisdicción, estas varían según cada situación y acá encontramos que debemos respetar lo siguiente: La ley de la derecha y la ley de la izquierda, lo que significa que luego del que preside continúa a su derecha el que sigue en jerarquía, el tercero a su izquierda, el cuarto a la derecha del segundo, el quinto a la izquierda del tercero y así sucesivamente. Se entiende por el reconocimiento de una determinada jerarquía en una escala de valores determinados por el Poder Ejecutivo Nacional y derivado por la Provincia, Municipio y Comunidad, en ello se considerarán los títulos y honores que le correspondan, el cargo o funciones que desempeñen y los méritos que hubiera adquirido por los servicios prestados a la Nación, Provincia, Municipio, Comunidad o el bien humanitario brindado. Si bien la Nación ha establecido por Decreto 2072/93 todo lo relacionado al orden de precedencia, su competencia, etc., la Provincia puede o no regirse exactamente a lo establecido por Nación dado el sistema federal que otorga las autonomías provinciales, vale decir, que el orden de precedencia puede variar por decreto provincial Preeminencia social: se refiere al lugar que debe ocupar cada jerarquía ya sea en un palco o tarima de autoridades, ya sea en una mesa o vino de honor. Es muy importante dar el lugar adecuado a cada autoridad pues ello hablará muy bien de los organizadores de las

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ceremonias y eventos. En un auto la preeminencia máxima es en el asiento de atrás a la derecha, luego atrás a la izquierda, adelante a la derecha es para el acompañante

CONOCIMIENTOS BÁSICOS EN CEREMONIAL: Ante el pedido de audiencia: debemos conocer al solicitante y el tema a tratar de manera de no tomar con liviandad a quien la solicita, en contraposición, si nosotros solicitamos la audiencia, facilitamos la misma brindando de antemano nuestro currículo (breve y sencillo) y el tema a tratar. Ante un discurso: cuando somos designados para una disertación pública o privada con características similares, debemos ser breves e impactantes, centrar el tema en aspectos innovadores; no utilizar papel brinda mayor credibilidad, la lectura no tiene la misma pasión y dominio; el final debe ser la “estocada” magistral al público. La oratoria debe ser practicada en los siguientes términos: hablar como se piensa, entonación de la voz según el recinto o tecnología empleada, calidad y excelencia en la terminología acorde al público, enseñar y persuadir, agradecer la invalorable presencia de . ., hablar con paz interior, etc., lo fundamental es llegar a la gente. Si existiera más de un orador debe respetarse la precedencia inversa de la preeminencia social, vale decir, de menor a mayor. Ante la invitación a un palco: se respetarán las leyes de preeminencia social, vale decir, la ley de la derecha y la ley de la izquierda, recordemos que ante un representante de una jerarquía mayor, éste debe ocupar el lugar como si se encontrara el titular. Si somos nosotros los receptores

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Es más agradable el uso de tarimas o escenarios con las autoridades al centro y el resto en abanico. Todo ello según el tipo de ceremonia. Es posible que ante una promoción o egreso sea conveniente que los alumnos ocupen el escenario y las autoridades las primeras filas del auditórium. Ante las presentaciones formales: se presenta al de mayor jerarquía con una breve descripción o perfil que se le expresa al de menor jerarquía, siempre se espera la actitud del de mayor jerarquía para materializar el saludo extendiendo la mano o una pequeña venia o movimiento de cabeza al que debe brindarse inmediata respuesta del mismo tenor. Los saludos exagerados no son bien vistos. Ante ceremonia con bendiciones: antes de la bendición de placas u objetos, los mismos deben ser descubiertos primero, no se debe bendecir algo sin haberlo mostrado antes. Ante el descubrimiento de placas, bustos, etc.: debe ser sencillo de fácil acceso a las cintas y su ejecución delicada, no sea que se enganche y las autoridades terminen cinchando por nuestras improvisaciones. Ante el llamado corte de cinta no es apropiado el uso de tijera sino un moño distinguido que suavemente se desarme tirando de las cintas, éstas últimas deben ser tomadas por algún auxiliar para rebatirlas a su lugar sin que caigan al piso y sean pisoteadas, no olvidemos que normalmente poseen colores patrios o provinciales, como también de instituciones con alto arraigo, no sería agradable a los ojos sensibles de los participantes. Ante el muestreo o recorrida de lugares inaugurados: siempre respetar la preeminencia social según las leyes de derecha e izquierda, si son muchos se dividirán por grupos aglutinando equiparaciones jerárquicas. Ante la solicitud de dirección o teléfono: no olvidemos poseer siempre nuestras tarjetas personales. La mismas podrán ser portadas en un estuche sencillo pero de calidad en la presentación. El contenido de la tarjeta será sencillo con un diseño sobrio evitando recargados y garabatos, sin enmiendas ni raspaduras, prolija y con papel acartonado de calidad. Ante un brindis: si bien es difícil satisfacer a todos, debemos tratar que sean servidos todos al mismo tiempo, evitamos de este modo que autoridades por ser servidas primero tomen el champagne no tan frío por la espera. Ante una mesa: la preeminencia social de acuerdo a las leyes ya atribuidas de derecha e izquierda desde la cabecera a los costados o en caso de mesas redondas desde la principal con observancia a la masa de los participantes y centrada, pasamos a la mesa de la derecha, luego a la de la izquierda, pasando adelante y respetando estas leyes. Ante la entrega de obsequios: no es conveniente abundar en obsequios porque pierden jerarquía, uno al actor principal o bien dos o tres a personalidades prominentes, todo según la situación y el objeto

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del evento. Distinto es una promoción o egreso que se debe entregar masivamente los certificados o diplomas, asimismo, luego de esa entrega masiva y de rutina, quizás sea conveniente distinguir a dos o tres destacados, los que tendrán mayor valor y serán más ovacionados. Si el obsequio trata de un ramo de flores, éste debe ser maniobrable, no por suntuoso anulará y pondrá en aprietos a quien lo recepciona. Ante la recepción de autoridades: el anfitrión recepcionará en la entrada de la institución a las autoridades de jerarquía superior a él y dispondrá de recepcionistas designados para acompañar al resto de los invitados. No olvidemos que la recepción es un problema institucional no sólo del Director, Presidente, Jefe, Rector o Representante Legal, etc., constituye un trabajo en equipo con responsables, coordinadores, supervisores y otros roles necesarios para que todo se encuentre bajo el propio control. Ante necesidades de guardarropas: debe existir uno o varios responsables de la recepción, custodia y devolución impecable de la ropa de los invitados. Las mismas deben encontrarse en lugar muy bien protegido y colgado prolijamente. Las invitaciones formales: Hacer sentir bien a una persona invitada es un desafío que debemos superar, saber sus gustos, sus amistades preferidas de las que pueden ser rodeadas y aquellas conflictivas para mantenerlas alejadas, considerar correctamente su cargo y jerarquía, que no tenga dudas sobre la vestimenta, etc., son aspectos que no debemos omitir en una invitación. Debemos recordar que el éxito de una reunión reviste en la formación de grupos humanos cordiales o compatibles, un grave error es reunir compulsivamente a personas en conflicto como si fuéramos los hacedores de reconciliaciones, ello es una decisión de ellos. Es conveniente que las invitaciones se distribuyan con suficiente antelación y tengamos la plena seguridad de su correcta recepción, para ello estableceremos sistemas de firmas de responsables de la distribución y recepción. Existen mil formatos de invitaciones, casi todos por festividades tradicionales como casamientos, bautismos, cumpleaños, etc., pero en invitaciones formales deben guardarse algunas reglas: Ministerio de Educación, rama de la enseñanza (a la izquierda), logos y nombre de la Institución (a la derecha), el texto debe expresar el nombre del funcionario que cursa la invitación, nombre y cargo de quien se invita, tipo de acto al que se invita, vestimenta con la que se debe asistir, etc.. En el sobre, debe figurar el logos de la Institución y el nombre y cargo de la persona a la que se invita. Si la pieza se envía por correo debe agregarse la dirección, código postal y remitente completo y sello ovalado de la Institución.Puede incluirse una solicitud de confirmación de asistencia para evitar espacios vacíos, en tal caso como en el modelo consta “S.R.C.: teléfonos” y que significa “Se ruega confirmar” asistencia a los teléfonos que figuran.

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El papel empleado debe ser grueso (aproximadamente de 120 grs. o más), puede o no poseer filigrana y su fondo ser debe ser blanco o de colores claros (sobrios). El uso del don o “D” anteponiendo al nombre es discutido por: prejuicio argentino y rumores que el “don” significa “de origen noble” y por tradición que se emplea con su verdadera etimología (del latín dominus que significa señor y su derivado doña). Cada uno elige o se rige por normas de cada institución, en unas se prohíbe y en la Justicia se emplea. Si el invitado no puede concurrir es deber de exquisita sensibilidad social enviar una tarjeta similar al modelo de invitación pero con las formalidades de disculpas por no asistencia pues “. . . . compromisos adquiridos con anterioridad . . . . .”, etc. Existe todo un ceremonial sobre la escrituras de tarjetas, esquelas, notas, etc., que encontramos modelos en archivos de cualquier organización seria, no es motivo de este documento, cabe sí decir que el criterio, la correcta redacción, sencillez y la buena intención nos permitirá obrar siempre bien. TIPOS DE CEREMONIAS Formaciones en jurisdicción civil: preside la autoridad civil, puede ser acompañada por una autoridad militar o eclesiástica pero todos los aspectos concernientes al posicionamiento, saludos, extensión de autorizaciones y rendición de honores corresponde a la autoridad que preside. Por ejemplo: un gobernador preside un acto en una ciudad, es acompañado por el intendente como figura siguiente y la autoridad militar como tercera, el orden de precedencia así debe ser establecido. Formaciones en jurisdicción militar: preside la autoridad militar (recuerden que el presidente es militar y el Ministro de Defensa el principal asesor castrense que son los únicos que vestidos de civil pueden presidir dentro de jurisdicción militar), puede ser acompañado por autoridad civil invitada, pero todos los aspectos concernientes al posicionamiento, saludos, extensión de autorizaciones y rendición de honores corresponde a la autoridad que preside. Por ejemplo: un gobernador y un intendente es invitado a un cuartel para una formación aniversario de la fuerza armada que se trate, quien comanda la organización militar preside el acto, es acompañado por el gobernador o representante como figura secundaria y por el intendente o representante como figura tercera. Observemos que en este punto sacamos a relucir la figura de representante y esto se va a comprender cuando nos traslademos al conocimiento de las equiparaciones jerárquicas y orden de precedencia. Ceremonias en el templo: preside el eclesiástico, la autoridad civil es secundaria y la militar terciaria. Se debe respetar los usos y costumbres religiosas. Cabe aclarar que existirán ceremonias cívico militares que incluyan actos litúrgicos en tal caso preside la autoridad civil o militar

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según corresponda al acto o jurisdicción y se coordinará con el religioso que participará. Ceremonia cívico – militar: podrán llevarse a cabo como acto central o acto local. El acto central es una responsabilidad de la Dirección Nacional de Ceremonial en cambio los actos locales son una responsabilidad provincial o municipal. En ambos casos debe respetarse el orden de precedencia. La organización y coordinación de las ceremonias cívico – militar son una responsabilidad de la autoridad civil y la organización y coordinación de la participación de las Fuerzas Armadas, Seguridad y Policiales son una responsabilidad del Estado Mayor Conjunto en los actos centrales a nivel Nacional y de la máxima Autoridad Militar en los actos locales (provincial o municipal). Se consideran ceremonias cívico militares para toda la Nación las siguientes: Aniversario de la Revolución de Mayo (25 de mayo); Reafirmación de los Derechos Soberanos sobre las Islas Malvinas, Islas y Sector Antártico Argentino (actualmente Día del Veterano de Guerra – 02 de abril); Día de la Bandera; Aniversario de la Independencia Nacional (09 de julio); Aniversario del Fallecimiento del Libertador General San Martín (17 de agosto); Entrega de Condecoraciones (fecha a determinar); Otras que expresamente se ordenen o autoricen (fecha a determinar). Vinos de honor: debe prepararse la mesa principal bien distinguida de las secundarias, en lo posible con pequeñas tarjetas indicadoras para evitar mezclas no deseadas, no por discriminación sino por un protocolo real y necesario para la correcta atención de todos. El personal que sirve estará uniformado como se acostumbra en lugares de categoría, además se dividirá el salón en tercios, cuartos, octavos, según el nivel del evento, para darle la responsabilidad a los camareros por sectores y estarán atentos a que nadie quede insatisfecho. Contenido General de una ceremonia: Se denomina ceremonia cívico-militar a todo acto público en el que participan una o más Fuerza Armada, Instituciones Civiles, Eclesiásticas, Fuerzas de Seguridad, Policiales, etc., cuya organización está dentro del ámbito civil, con el objetivo de resaltar fechas históricas y toda otra circunstancia que revista importancia en la vida Nacional, Provincial, Municipal o de la Comunidad. El organizador responsable deberá promover las reuniones de coordinación con todos los participantes con la finalidad de aunar detalles del evento.

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Pero en general, la programación de una ceremonia contemplará los siguientes aspectos:

Objetivo perseguido. Lugar, día y horario más convenientes. Invitaciones a cursar. Sucesión de actos. Participantes, dispositivo, lugares de emplazamiento, autoridades,

sectores, responsables, servicio de mucamas, de mesa, mozos, maestranza, previsiones por corte de luz, agua, baños, etc.

Maestro de ceremonia y responsable del acto. Autoridad que preside el acto. Instalaciones para invitados, ornamentación y red amplificadora. Instalaciones para espectadores o público en general. Instalaciones para representantes de la prensa. Seguridad, tránsito del público, limpieza del lugar,

estacionamiento de vehículos. Personal destacado para recepción y acompañamiento de

autoridades. Lugar de espera para los elementos de seguridad de autoridades. Aspectos de apoyo ante emergencias (sanidad, transporte,

comunicaciones, etc.). Previsiones para caso de lluvia u otra eventualidad que obligue a

modificar el desarrollo programado. Coordinación con otras autoridades. Difusión previa y posterior del acto.

DESPLAZAMIENTOS Y SALUDOS DE LAS BANDERAS EN LAS CEREMONIAS: La Bandera Nacional siempre debe encontrase a la derecha y a su izquierda la Bandera Provincial, de existir otras banderas como la municipal o Papal (del Vaticano) continuarán hacia la izquierda. Respecto a banderas extranjeras, deberá encontrarse a la izquierda de la Bandera Nacional y si son muchas las representaciones, se colocarán por orden alfabético evitando susceptibilidades. Respecto al saludo de las Banderas de Ceremonias, deben levantarse y colocarse en la cuja de la banda. Tales actitudes se adoptan ante el Himno Nacional, pasaje de otras banderas, durante el desfile (aquellos que puedan levantarla y mantenerla erguida) ante el palco oficial saludando a la autoridad que preside y toda rendición de honores cuya envergadura merezca colocarse de pié a las autoridades, saludo militar, despedidas fúnebres, etc. En aquellas ceremonias donde la autoridad invitada (Gobernador, Ministro, etc.) efectúen revista del o los institutos escolares formados (por ejemplo el 9 de julio) las Banderas de Ceremonia ya deben encontrarse en la formación.

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En aquellas ceremonias en las que no se efectúen la revista y el consecuente desfile, las mismas se iniciarán con el ingreso de las Banderas de Ceremonia y finalizarán cuando las mismas sean retiradas de la formación antes que lo haga la autoridad que presidió la misma. La revista de la formación en su recorrida comenzará por la cabeza donde se deben encontrar las banderas de cada institución escolar y se extenderá hasta la última fracción. La autoridad principal del lado de la formación la que sigue en jerarquía a la izquierda de la principal y sucesivamente. Ante el paso de las autoridades los que presiden cada institución escolar saludará con un leve movimiento de cabeza y las Banderas de Ceremonia se colocarán en la cuja. Los dispositivos normales de presentación de una formación escolar podrán ser en cuadro o lineal, dependerá del lugar (espacio o arquitectura), por lo general el cuadro se utiliza frente a los mástiles y el dispositivo lineal en la calle (por ejemplo el 25 de Mayo). Los frentes y las profundidades de los niveles que participan podrán variar, de acuerdo al lugar a utilizar y el desfile tendrá mayor prestancia al demostrar un pasaje prolijo, sobrio y seguro, ello demuestra seriedad y disciplina de la institución. Durante la marcha por calles, las distancias podrán estrecharse antes y después del pasaje frente al palco oficial a fin de evitar interrupciones o largas esperas. Asimismo debe calcularse el tiempo que se tardará en leer la síntesis histórica del instituto que se hubiera entregado a ceremonial del organizador del evento a los efectos de obtener un pasaje acorde a ese tiempo. Las prácticas normalmente a cargo de un profesor de educación física deberán encontrarse apoyadas por marchas apropiadas a la fecha o aquellas que se sabe con antelación utilizarán las bandas en cada caso. También será conveniente solicitar un tambor a una de las Fuerzas Armadas, Seguridad o Policial del lugar para desarrollar prácticas apropiadas. Demás está sugerir la presentación impecable de los uniformes de cada instituto y los abanderados en lo posible con guantes blancos. El orden que corresponde en los desfiles será el siguiente: en primer lugar el portaestandarte con la finalidad de ser identificado por el locutor y maestro de ceremonia, a continuación el rector o autoridad representante del instituto, seguidamente las Banderas de Ceremonia, la Nacional del lado de las autoridades, vale decir, a la derecha y a la izquierda o detrás la Bandera Provincial. Todo ello dependerá del lugar y el espacio disponible. A continuación lo harán los diferentes niveles de mayora menor con su docente o administrativo al frente o a la derecha del dispositivo de formación elegido. El frente estará compuesto por seis alumnos como mínimo, según el lugar, podrán coordinarse los acuerdos previos con ceremonial del

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responsable del evento, pero cuanto mayor es el frente y la prolijidad del pasaje, se muestra mayor disciplina escolar. De las Banderas en el mástil : Dos aspectos debemos tener en cuenta: primero si nos encontramos frente al mástil y segundo si nos encontramos con el mástil a nuestras espaldas. Frente al mástil: la Bandera Nacional estará a la nuestra derecha y la Bandera Provincial a nuestra izquierda, si hay más banderas se respeta la ley de derechas e izquierdas. El caso del mástil a nuestras espaldas es exclusivo para las Autoridades, parecería una contradicción ver la Bandera Nacional en el mástil a la derecha y la Provincial a la izquierda con respecto a las Banderas de Ceremonia que se presentan exactamente al revés. Es el caso de las banderas con movilidad y siempre que se mueve la Bandera Nacional, la sigue siempre a su izquierda o detrás la Bandera de la Provincia y las que sigan según el lugar (hay banderas de intendencias y la Papal). En los desfiles, normalmente, se desplazarán al frente de la formación e inmediatamente detrás del Representante Legal o Rector las Banderas Nacional a la derecha y Provincial a la izquierda en una sola fila. En caso que el espacio o disposiciones particulares que deban desplazarse en columna una detrás de otra, primero lo estará la Bandera Nacional, luego la Provincial, luego la Municipal o Papal. Banderas a media asta: se adoptará esta conducta cuando lo disponga la Nación o la Provincia. En caso de cada Institución se adoptará este criterio cuando a juzgar por las autoridades escolares sea conveniente la implementación del mencionado procedimiento (por ejemplo: fallecimiento de algún integrante de la comunidad escolar u otro caso que por su trascendencia emotiva se encuadre en este concepto), en todos los casos se informará a las autoridades ministeriales de las que dependen. Izamiento y arrío del Pabellón Nacional y Provincial: el izamiento se producirá a primera actividad de la mañana con el personal de alumnos, docentes o padres designados diariamente o en eventos especiales con la canción “Aurora” o “A Mi Bandera” u otra de preferencia en la Institución Escolar, los presentes deberán encontrarse de pié, con una postura erguida con los brazos naturalmente caídos y los pié juntos, mirando con respeto a las banderas en el mástil. El arrío se producirá en silencio o con un toque sencillo, con las mismas posturas que para el izamiento y como última actividad y antes del crepúsculo vespertino como rutina diaria, excepto en días festivos o de eventos especiales que se regirá por la sucesión de actos resuelta. Del Cambio de Abanderado y Escolta: Se llevará a cabo en los eventos de promoción, egreso o graduación según corresponda, tanto para la Bandera Nacional como de la Provincia. Luego de la lectura de la Resolución de Designación de Abanderados y Escoltas y tras breves palabras relacionadas con el

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significado de portar la Bandera de Ceremonia, el Representante Legal o Rector de la Institución Escolar tomará la Banda Argentina del Abanderado saliente y la colocará en el Abanderado entrante, luego tomará la Bandera Nacional y se la entregará al Abanderado entrante. A continuación hará lo propio con la Bandera de la Provincia. Guarda de las Banderas de Ceremonia: Serán colocadas en el despacho del Representante Legal o Rector, según corresponda, en una vitrina triangular o rinconera inmediatamente detrás del escritorio principal en cada rincón. Mirando de frente a la pared detrás del escritorio, la Bandera Nacional será colocada a la derecha y la Provincial a la izquierda. EL CEREMONIAL Y LAS BUENAS COSTUMBRES EN EL AULA: La buena educación proviene primariamente del hogar, pero en los institutos ayudamos a formar a los alumnos en un marco de respeto mutuo. La disciplina no es rigidez, puede entenderse en una interacción de respeto mutuo, pero sin temores ni inhibiciones. Existen algunas normas a las que el ceremonial le brinda un barniz de buenas costumbres, como pararse ante la presencia del docente o autoridad que presidirá. Disponer de un Bedel (Alumno) designado semanalmente para que adquiera sentido de la responsabilidad en velar por las normas que aquí se expresan. Consecuentemente a lo señalado el saludo deberá ser una demostración de respeto y seguridad consigo mismo (por ejemplo: “Buenos días señor rector” o bien “Buenos días señor Perez”). Bien vestidos cuya pulcritud ideal es una ardua tarea de docentes y administrativos, sumado a esas formas de respeto demostradas al colocarse de pié y saludar, hace que en otras ocasiones que se presenten el alumno obre por añadidura con la misma disposición de respeto. Si logramos que cada alumno tenga siempre el mismo banco y silla, le damos una responsabilidad de cuidado del patrimonio escolar y lo cuidará, de otro modo veremos bancos y sillas sucias, paredes impresentables, etc., con las consecuentes erogaciones económicas que se producen. Almorzando con alumnos: Existen instituciones oficiales y privadas que suelen tener comidas de trabajo (almuerzos, cenas, desayunos de trabajo o simplemente una copa). Aquellos institutos cuyo rector suele almorzar en el mismo, sería conveniente incorporar este modo de educar en forma rutinaria. En tal sentido debe implementarse las formalidades de una mesa con servicio completo, piense que quizás los alumnos que compartan con usted sea su única vez y el modelo quedará para siempre. No comparta con un alumno solo sino en grupos mixto de alumnos. Mantenga una conversación previamente elaborada para que no existan espacios silenciosos.

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No corrija sus errores al tomar los cubiertos o en la masticación, colocación de servilleta, corte de pan, tamaño del bocado, etc., sólo observe con delicadeza y vaya incorporándolo en su memoria para que en la próxima clase al respecto se incorporen y reiteren estas deficiencias. Obviamente se respetarán las normas de urbanidad ya mencionadas con anterioridad y cabe agregar que con alumnos se servirá sólo agua mineral o gaseosas, nada de alcohol ni cigarrillo. Debe haber un modo de selección o turno que puede llevar el preceptor o bedel, respetando la diversidad de todos los niveles sociales de donde provienen, sin armado de grupos sectarios, vale decir, que se deben mezclar aquellos provenientes de hogares de clase media, alta, humildes, etc., de todo tipo para que compartan la mesa. Sería conveniente pensar en una mesa de no más de 6 a 8 integrantes. Adquiera experiencia al respeto y verá resultados maravillosos en el comportamiento de sus alumnos. ORDEN DE PRECEDENCIA PROTOCOLAR: (derivado del Decreto del PEN Nº 2072 de fecha 07de octubre de 1993). Ceremonias públicas sin la presencia del Cuerpo Diplomático Extranjero: - Presidente de la Nación. - Vicepresidente de la Nación. - Presidente Provisional del Senado. - Presidente de la Cámara de Diputados. - Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - Ex Presidentes Constitucionales de la Nación. - Gobernadores de Provincia, Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, Secretario General de la Presidencia de la Nación e Intendente de la Ciudad de Buenos Aires. - Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y Jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas. - Ministros de la Corte Suprema de la Nación, Procurador General de la Nación y Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas. - Secretarios de la Presidencia de la Nación y Jefe de la Casa Militar. - Secretarios de los Ministerios, Procurador del Tesoro de la Nación y Síndico General de la Nación. - Vicepresidentes de las Cámaras Legislativas. - Vicegobernadores. - Embajadores Argentinos con funciones en el exterior. - Cardenales. - Presidente de la Conferencia Episcopal. - Arzobispo de Buenos Aires. - Presidentes de los Bloques del Senado y de la Cámara de Diputados de la Nación. - Senadores y Diputados.

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- Presidente del Consejo Deliberante. - Arzobispos. - Vicepresidentes Primeros de los Senados Provinciales y/o Presidentes de de las Cámaras de Diputados Provinciales. - Presidentes de Superiores Tribunales de Justicia Provinciales. - Ministros Provinciales, Generales de División, Vicealmirantes y Brigadieres Mayores. - Embajadores Argentinos con funciones en el País. - Presidente de la Cámara Nacional de Casación Penal. - Presidentes de las Cámaras Federales y Nacionales de Apelaciones. - Obispos Católicos y Dignatarios de Iglesias, Confesiones o Comunidades Religiosas. - Secretarios de las Cámaras Legislativas. - Jueces de la Cámara Nacional de Casación Penal. - Jueces de las Cámaras Federales y Nacionales de Apelaciones. - Subsecretarios de la Presidencia de la Nación. - Subsecretarios de los Ministerios del Poder Ejecutivo Nacional y Subprocuradores del Tesoro de la Nación. - Jefe de la Policía Federal, Director Nacional de Gendarmería y Prefecto Nacional Naval. - Generales de Brigada, Contralmirantes y Brigadieres. - Ministros Plenipotenciarios Argentinos de Primera Clase. - Ministros Plenipotenciarios Argentinos de Segunda Clase. - Secretarios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Jueces Federales y Nacionales de Primera Instancia y Representantes del Ministerio Público Fiscal ante la Cámara de Apelaciones. - Directores Nacionales. - Rectores de Universidades Nacionales y Presidentes de Academias Nacionales. - Presidente del Banco Central. - Presidentes de Bancos Nacionales. - Titulares de Reparticiones Autárquicas. - Vicerrectores de Universidades Nacionales. - Directores Generales. - Jefe del Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín, Coroneles, Capitanes de Navío y Comodoros. - Cónsules Generales Argentinos con Funciones en el Exterior. - Consejeros de Embajada Argentinos. - Director de la Biblioteca Nacional y Directores de Museos Nacionales. - Decanos de Facultades Nacionales. - Presidentes de Colegios Profesionales Nacionales.

Ceremonias públicas con la presencia del Cuerpo Diplomático Extranjero: - Presidente de la Nación. - Vicepresidente de la Nación.

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- Presidente Provisional del Senado. - Presidente de la Cámara de Diputados. - Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - Ex Presidentes Constitucionales de la Nación. - Gobernadores de Provincia. - Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Nuncio Apostólico, Embajadores Extranjeros Acreditados ante el Gobierno Argentino. - Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, Secretario General de la Presidencia de la Nación e Intendente Municipal de la Ciudad de Buenos Aires. - Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y Jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas. - Ministros de la Corte Suprema de la Nación, Procurador General de la Nación y Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas. - Secretarios de la Presidencia de la Nación y Jefe de la Casa Militar. - Secretarios de los Ministerios, Procurador del Tesoro de la Nación y Síndico General de la Nación. - Vicepresidentes de las Cámaras Legislativas. - Vicegobernadores. - Embajadores Argentinos con funciones en el exterior. - Cardenales. - Presidente de la Conferencia Episcopal. - Arzobispo de Buenos Aires. - Presidentes de los Bloques del Senado y de la Cámara de Diputados de la Nación. - Senadores y Diputados. - Presidente del Consejo Deliberante. - Arzobispos. - Vicepresidentes Primeros de los Senados Provinciales y/o Presidentes de de las Cámaras de Diputados Provinciales. - Presidentes de Superiores Tribunales de Justicia Provinciales. - Ministros Provinciales, Generales de División, Vicealmirantes y Brigadieres Mayores. - Embajadores Argentinos con funciones en el País. - Presidente de la Cámara Nacional de Casación Penal. - Presidentes de las Cámaras Federales y Nacionales de Apelaciones. - Obispos Católicos y Dignatarios de Iglesias, Confesiones o Comunidades Religiosas. - Secretarios de las Cámaras Legislativas. - Jueces de la Cámara Nacional de Casación Penal. - Jueces de las Cámaras Federales y Nacionales de Apelaciones. - Subsecretarios de la Presidencia de la Nación. - Subsecretarios de los Ministerios del Poder Ejecutivo Nacional y Subprocuradores del Tesoro de la Nación.

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- Jefe de la Policía Federal, Director Nacional de Gendarmería y Prefecto Nacional Naval. - Generales de Brigada, Contralmirantes y Brigadieres. - Ministros Plenipotenciarios Argentinos de Primera Clase. - Ministros Plenipotenciarios Argentinos de Segunda Clase. - Encargados de Negocios Extranjeros con Cartas de Gabinete y Encargados de Negocios Extranjeros A.I. - Secretarios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Jueces Federales y Nacionales de Primera Instancia y Representantes del Ministerio Público Fiscal ante la Cámara de Apelaciones. - Directores Nacionales. - Rectores de Universidades Nacionales y Presidentes de Academias Nacionales. - Presidente del Banco Central. - Presidentes de Bancos Nacionales. - Titulares de Reparticiones Autárquicas. - Vicerrectores de Universidades Nacionales. - Directores Generales. - Jefe del Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín, Coroneles, Capitanes de Navío y Comodoros. - Cónsules Generales Argentinos con Funciones en el Exterior. - Consejeros de Embajada. - Director de la Biblioteca Nacional y Directores de Museos Nacionales. - Decanos de Facultades Nacionales. - Presidentes de Colegios Profesionales Nacionales.

Ceremonias públicas con la presencia de autoridades extranjeras: - Jefes de Estado. - Jefes de Gobierno. - Vicepresidentes. - Presidentes de Poderes. - Ministros de Relaciones Exteriores. - Ministros de Estado. - Enviados de la Santa Sede Apostólica. Embajadores en Misión Especial.

Modo de Establecer las Precedencias:

Los Ex Presidentes Constitucionales de acuerdo a la duración de sus mandatos. Los Gobernadores por orden alfabético de sus Provincias. Los Ministros del PEN: Interior; Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; Justicia; Defensa; Cultura y Educación; Economía y Obras y Servicios Públicos; Trabajo y Seguridad Social; y Salud y Acción Social; Ministerios a ser creados por el PEN en el futuro. Los Jefes de Estados Mayores de las Fuerzas Armadas de acuerdo a lo estipulado por el Jefe del Estado Mayor Conjunto.

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Los Secretarios de la Presidencia de la Nación: Secretaría de Inteligencia de Estado; Secretaría Legal y Técnica; Secretaría de Turismo; Secretaría de Ciencia y Tecnología; Secretaría de Deportes; Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico; Secretaría de Medios de Comunicación; Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano; y Secretaría de la Función Pública. Los Secretarios Ministeriales de acuerdo al orden establecido para los Ministerios. Los Vicepresidentes de las Cámaras de Senadores tendrán precedencia sobre los de las Cámaras de Diputados. Los Embajadores Argentinos con funciones en el exterior de acuerdo a la antigüedad de su nombramiento. Los Presidentes del Bloque de Senadores de la Nación, de acuerdo a la representación de su partido en la Cámara en orden decreciente y ante la paridad el de mayor antigüedad tendrá precedencia. Los Senadores Nacionales de acuerdo al orden alfabético de sus Provincias y dentro de la misma por la antigüedad de su mandato. Los Presidentes del Bloque de Diputados de la Nación, de acuerdo a la representación de su partido en la Cámara en orden decreciente y ante la paridad el de mayor antigüedad tendrá precedencia. Los Diputados Nacionales: de acuerdo al orden alfabético de sus apellidos. Los Vicegobernadores de acuerdo al orden alfabético de sus Provincias. Los Ministros Provinciales: de acuerdo al orden alfabético de sus Provincias. Los Presidentes de los Superiores Tribunales de Justicia Provinciales: de acuerdo al orden alfabético de sus Provincias. Presidentes de las Cámaras de Apelaciones: de acuerdo al orden alfabético del nombre del tribunal que presiden. Los Subsecretarios de la Presidencia de la Nación: de acuerdo al orden de precedencia de las Secretarías de las que dependen y dentro de la misma Subsecretaría por orden alfabético de sus apellidos. Los Representantes del Ministerio Público Fiscal: de acuerdo al orden alfabético del Tribunal ante el que representan el Ministerio Público y dentro de éstos de acuerdo al número de nominación. Los Jueces de Cámaras de Apelaciones: de acuerdo al orden alfabético del nombre del Tribunal al que pertenecen y entre los del mismo Tribunal por orden de antigüedad. Los Secretarios de las Cámaras Legislativas de Senadores tendrán precedencia por las de Diputados. Las Reparticiones Autárquicas por orden alfabético del nombre de la Repartición. Los Rectores de las Universidades Nacionales: por orden de antigüedad de la fundación de la Institución.

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Los Presidentes de las Academias Nacionales: de acuerdo a la antigüedad de la fecha de creación. Los Presidentes de Bancos Nacionales: de acuerdo al orden alfabético del nombre de la Institución. Los Vicerrectores de las Universidades Nacionales por similitud a los Rectores. Los Decanos de las Facultades: por orden alfabético de las Facultades. Los Directores Nacionales de la Presidencia: tienen precedencia por los del resto de la Administración Pública Nacional y entre ellos de acuerdo al orden alfabético de la denominación de su cargo. Los Jueces Nacionales y Federales: de acuerdo al orden alfabético del Tribunal a que pertenecen y dentro del mismo de acuerdo al orden alfabético o numérico de los juzgados. Los Directores Generales: por similitud a lo establecido para los Directores Nacionales. Los Directores de Museos Nacionales: por orden alfabético del nombre de los museos. Los Presidentes de los Colegios Profesionales: por orden alfabético del nombre del Colegio. Dentro de su Provincia: el Gobernador sigue en precedencia al Presidente de la Nación. En caso que la jerarquía diplomática. Eclesiástica o militar sea menor a la del cargo que ocupa: la precedencia corresponde al cargo. El funcionario que ocupa dos cargos: la precedencia se la brinda el de mayor jerarquía. El Ministro o Secretario tendrá precedencia por sobre sus similares si la ceremonia corresponde a su área. En un dispositivo de palcos: el palco central será el presidencial, a su derecha el palco diplomático y el de la izquierda el de autoridades nacionales. Dentro del palco de acuerdo al orden de precedencia que establece esta reglamentación. Representación Protocolar: Ningún Funcionario podrá hacerse representar en los actos al que asiste el Presidente de la Nación. El funcionario que representa al Presidente de la Nación constituye la máxima autoridad del acto por lo que será ubicado a la derecha del que preside el acto. Salvo lo expresado anteriormente, el funcionario que represente a otro de mayor jerarquía, no gozará de la precedencia de quien representa sino la suya propia y será ubicado con sus pares y dentro de ellos tendrá precedencia por quien representa. En los actos que asista el Presidente de la Nación: el Director de Ceremonial, los Edecanes y Secretario Privado será ubicados cercanos al Presidente para cumplir con premura sus funciones.

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A los actos que asista el Vicepresidente: si existe un representante del Presidente de la Nación, el Vicepresidente tendrá la precedencia sobre el representante y será ubicado a la derecha del que preside el acto. Competencia Protocolar: Cuando algún Funcionario se encontrare fuera de precedencia de esta reglamentación: la Dirección General de Ceremonia de la Presidencia los ubicará de acuerdo al principio de analogía con sus similares o fuera de este principio de acuerdo a los servicios prestados a la Nación y a la humanidad. La ubicación de los invitados a un acto: estará a cargo del organismo de ceremonial o relaciones públicas de la repartición invitante. El organismo de ceremonial de la repartición invitante se limitará a la comunicación y supervisión de la ubicación de las autoridades según precedencia. En los actos no organizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores pero que asistan representantes del Cuerpo Diplomático Extranjero, la comunicación y supervisión se encontrará a cargo de ceremonial del Ministerio de referencia. En los actos provinciales o municipales a los que asisten autoridades nacionales, la ubicación de los mismos estará a cargo de protocolo de la Nación. En las ceremonias de carácter cívico – militar en la que participan más de una fuerza, el Estado Mayor Conjunto será la autoridad de coordinación. Orden de precedencia de comensales: como norma general se adoptará el criterio de: autoridad que preside en la cabecera y luego el sistema de derecha el que sigue en jerarquía a la izquierda el siguiente, a la derecha el que continúa y sucesivamente izquierdas y derechas hasta completar la mesa. Para mesas con dos cabeceras el mismo criterio pero alternando el orden de precedencia el primero con la autoridad de mayor jerarquía invitante, el segundo en precedencia con la autoridad invitante que sigue en la cadena jerárquica y así sucesivamente hasta completar la o las mesas. La mesa cabecera deberá encontrarse frente a la entrada principal y no se debe dar la espalda a este acceso. Por regla general los asistentes a banquetes no deberán sentarse ni levantarse antes que la autoridad que preside. En un automóvil la precedencia mayor será en el asiento trasero a la derecha y el siguiente lugar preferencial será a la izquierda de la autoridad principal, la tercera persona en jerarquía se ubicará adelante a la derecha. En un aeronave la persona de mayor jerarquía ocupará el primer asiento delantero derecho, las que le siguen en jerarquía se irán ubicando a su izquierda hasta agotar la primer fila de asientos, luego la segunda fila con el mismo criterio y sucesivamente. Para ascender a la aeronave la persona de mayor precedencia lo hará en último término, en contraposición, para descender lo hará en primer lugar.

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EQUIPARACIONES JERÁRQUICAS A NIVEL NACIONAL Y PROVINCIAL Cuerpo Diplomático

P. Ejecutivo C. de BS .AS.

Poder Legislativo

Poder Judicial

Cuerpo Consular

Autoridades Eclesiásticas

Cuerpo Militar

P.Ejecutiivo Provincial

P.Ejecutivo Municipal

Nuncio. Embajador Extranjero.

Vicepresidente. Jefe Gabinete Ministros. Ministro. Secretario de Estado. Intendente Bs. As.

Presidente Provisional del Senado. Presidente de la Cámara de Diputados.

Presidente Corte Suprema.

Cardenal Primado. Cardenales.

Jefe del Estado Mayor Conjunto y Jefes de Estados Mayores de las Fuerzas Armadas. (3)

Gobernador. (4)

Intendente. (5)

Embajador Argentino con funciones en el Exterior.

Secretarios de la Presidencia de la Nación.. Jefe de la Casa Militar. Secretarios de Ministerios. Procurador del Tesoro de la Nación.. Síndico General de la Nación. Presidente del Consejo Supremo de las FA.

Vicepresidente del Senado. Vicepresidente de la Cámara de Diputados. Presidentes de Bloque Cámara Senadores y Diputados.

Ministro de la Corte Suprema de Justicia. Procurador General de la Nación. Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas.

Cardenal. Presidente de la Conferencia Episcopal. Arzobispo de Bs. As.

Vicegobernador.

Presidente del Consejo Deliberante.

Embajador Argentino con funciones en el País Ministro Plenipotenciario Extranjero.

Presidente del Consejo Deliberante de la Ciudad de Bs. As.

Senadores y Diputados.

Presidente de la Cámara Nacional de Casación Penal.

Arzobispo.

General de División (tres estrellas). Vicealmirante. Brigadier Mayor.

Vicepresidente 1º del Senado. Presidente Cámara de Diputados. Presidente Superior Tribunal de Justicia. Ministro.

Cuerpo Diplomático

P. Ejecutivo C. de BS .AS.

Poder Legislativo

Poder Judicial

Cuerpo Consular

Autoridades Eclesiásticas

Cuerpo Militar

P.Ejecutiivo Provincial

P.Ejecutivo Municipal

Ministro Plenipotenciario 1º Clase Argentino. Ministro Plenipotenciario 2º Clase. Encargado de Negocios Extranjero con Carta de Gabinete. Encargado de Negocios Extranj. A.I.

Subsecretario Presidencia de la Nación. Subsecretarios Ministerios. Subprocurador del Tesoro. Director General de Gendarmería y Prefectura Naval. Jefe de la Policía

Secretarios de Cámaras Legislativas.

Presidente de Cámara Federal y Nacional Apelaciones. Juez Cámara Casación Penal. Juez Cámara Federal y Nacional de Apelaciones.

Obispos. Ordinario Castrense para las Fuerzas Armadas. (1)

General de Brigada (dos estrellas). Contralmirante. Brigadier.

Secretario General.

Secretario Municipal. Concejal.

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Federal. Agregado Militar Extranjero con el grado de Coronel/Capitán de Navío/Comodoro.

Director Nacional. Rector Universidad Nacional. Presidente Academia Nacional. Presidente Banco Central. Presidente Banco Nacional. Titular Repartición Autárquica. Vicerrector Universidad Nacional. Director General.

Prosecretario de Cámaras Legislativas.

Secretario Corte Suprema de Justicia. Juez Federal y Nacional de 1º Instancia. Representante del Ministerio Público Fiscal ante Cámara de Apelaciones.

Cónsul General.

Preordinario Castrense para las Fuerzas Armadas (2). Capellán Mayor de las Fuerzas Armadas. Secretario General del Vicariato.

Jefe del Reg.o de Granaderos Coronel. Capitán Navío. Comodoro. Teniente Coronel, Capitán de Fragata y Vicecomodoro con cargo de Jefes Guarnición Militar.

Jefe de Policía.

Page 30: Protocolo y Ceremonial Escolar

Consejero de Embajada.

Director de Biblioteca Nacional. Director de Museo Nacional. Decano Facultad Nacional.

Teniente Coronel. Capitán de Fragata. Vicecomodoro.

Intendente.

Cuerpo Diplomático

P. Ejecutivo C. de BS .AS.

Poder Legislativo

Poder Judicial

Cuerpo Consular

Autoridades Eclesiásticas

Cuerpo Militar

P.Ejecutiivo Provincial

P.Ejecutivo Municipal

Secretario de Primera Extranjero. Secretario de Primera Argentino.

Presidente Colegio Profesional Nacional.

Mayor del Ejército. Capitán de Corbeta. Mayor Fuerza Aérea.

Secretario de Segunda Extranjero.

Cónsul 1º Clase. Capitán del Ejército. Teniente de Navío. Capitán Fuerza Aérea.

Consejero de Segunda Clase. Cónsul 2º Clase. Teniente Primero. Teniente de Fragata. Primer Teniente.

Secretario de Tercera extranjero. Cónsul 3º Clase. Teniente del Ejército. Teniente de Corbeta. Teniente Fuerza Aérea.

Agregado de Embajada extranjero. Subteniente. Guardiamarina. Alférez.

De existir dudas o no encontrarse contemplado alguna jerarquía en esta reglamentación, se obrará por criterio de acuerdo al principio de analogía o trayectoria en beneficio de la Nación o la Humanidad. Por ejemplo: las Autoridades de Enseñanza Privada deben encontrarse inmediatamente debajo del Ministro Provincial, debajo de éstas los Representantes Legales de las Instituciones escolares, luego los Rectores y Directores de 1ra Categoría y así sucesivamente. REFERENCIAS: (1) Si no es Cardenal es Arzobispo. (2) Si no es Obispo. (3) En la Capital Provincial el Jefe de Guarnición deberá considerarse en el mismo nivel que las Autoridades Provinciales. (4) En sus respectivas provincias. (5) En sus respectivos municipios.