Responsabilidad civil

27
INDEMNIZACIÓN POR INDEMNIZACIÓN POR NEGLIGENCIAS MÉDICAS NEGLIGENCIAS MÉDICAS RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA: RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA: INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS PERJUICIOS Conferencista: Conferencista: JOHN ALBERT NAVARRO CARRILLO JOHN ALBERT NAVARRO CARRILLO ABOGADO ABOGADO ESPECIALISTA EN NEGLIGENCIA MÉDICA ESPECIALISTA EN NEGLIGENCIA MÉDICA . . ASESOR LEGAL DE LA FEDERACION MEDICA PERUANA ASESOR LEGAL DE LA FEDERACION MEDICA PERUANA

Transcript of Responsabilidad civil

Page 1: Responsabilidad civil

INDEMNIZACIÓN POR INDEMNIZACIÓN POR NEGLIGENCIAS MÉDICASNEGLIGENCIAS MÉDICAS

RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA:RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA: INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOSINDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS

Conferencista:Conferencista:JOHN ALBERT NAVARRO CARRILLOJOHN ALBERT NAVARRO CARRILLO

ABOGADO ABOGADO ESPECIALISTA EN NEGLIGENCIA MÉDICAESPECIALISTA EN NEGLIGENCIA MÉDICA..

ASESOR LEGAL DE LA FEDERACION MEDICA PERUANAASESOR LEGAL DE LA FEDERACION MEDICA PERUANA

Page 2: Responsabilidad civil

RESPONSABILIDAD MEDICA

Es la expresión que se refiere a la Es la expresión que se refiere a la responsabilidad en general del médico responsabilidad en general del médico en el ejercicio de su profesión. en el ejercicio de su profesión.

Es tan amplia que no sólo se refiere a Es tan amplia que no sólo se refiere a la responsabilidad civil sino también a la responsabilidad civil sino también a la responsabilidad penal y la responsabilidad penal y disciplinaria.disciplinaria.

Page 3: Responsabilidad civil

RESPONSABILIDAD MEDICA:RESPONSABILIDAD MEDICA:

ámbitosámbitos RESPONSABILIDAD ETICA.RESPONSABILIDAD ETICA.

RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA.RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA.

RESPONSABILIDAD CIVIL.RESPONSABILIDAD CIVIL.

RESPONSABILIDAD PENAL.RESPONSABILIDAD PENAL.

Sigue…>Sigue…>

Page 4: Responsabilidad civil

RESPONSABILIDAD FRENTE A LOS RESPONSABILIDAD FRENTE A LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR (INDECOPI)DERECHOS DEL CONSUMIDOR (INDECOPI)Instituto Nacional de Defensa de la Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual.Intelectual.

D.Leg. N° 716 LEY DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDORArt. 7°.-Art. 7°.- Los proveedores están obligados a Los proveedores están obligados a cumplir con las normas de seguridad y calidad cumplir con las normas de seguridad y calidad de… servicios.de… servicios.Art. 8°.-Art. 8°.- Son responsables, además, de la Son responsables, además, de la idoneidad y calidad de los servicios, en lo que idoneidad y calidad de los servicios, en lo que corresponde.corresponde.

RESPONSABILIDAD MEDICA:RESPONSABILIDAD MEDICA: ámbitosámbitos

Page 5: Responsabilidad civil

RELACION MEDICO PACIENTERELACION MEDICO PACIENTE(Aspectos que inciden en la (Aspectos que inciden en la

Responsabilidad)Responsabilidad)

1.- TRATO CÁLIDO.1.- TRATO CÁLIDO.

2.- DEDICAR TIEMPO NECESARIO A ATENCIÓN.2.- DEDICAR TIEMPO NECESARIO A ATENCIÓN.

3.- RESPETO A LOS DERECHOS DE LA PERSONA.3.- RESPETO A LOS DERECHOS DE LA PERSONA.

4.- CALIFICACION DEL MEDICO.4.- CALIFICACION DEL MEDICO.

5.- INFORMACIÓN ADECUADA Y PERMANENTE. 5.- INFORMACIÓN ADECUADA Y PERMANENTE.

>>>>>>>>>>>>>>>>

Page 6: Responsabilidad civil

INFORMACIÓN ADECUADA Y PERMANENTE.

ES UN DERECHO: Ley General de Salud: Ley N° 26842

Art. 15.-Toda persona usuaria de los servicios de salud tiene derecho: (...)

g) A que se le dé en términos comprensibles información completa y continuada sobre su proceso, incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento, así como sobre los riesgos, contraindicaciones, precauciones y advertencias de los medicamentos que se le prescriban y administren.

Page 7: Responsabilidad civil

INFORMACION ADECUADA Y INFORMACION ADECUADA Y PERMANENTEPERMANENTE

ES UNA OBLIGACIONES UNA OBLIGACION::Ley General de SaludLey General de SaludArt. 26.-Art. 26.- Sólo los médicos pueden prescribir Sólo los médicos pueden prescribir medicamentos...medicamentos...

Asimismo Asimismo están obligados a informar al están obligados a informar al pacientepaciente sobre los riesgos, contraindicaciones, sobre los riesgos, contraindicaciones, reacciones adversas e interacciones que su reacciones adversas e interacciones que su administración puede ocasionar y sobre las administración puede ocasionar y sobre las precauciones que debe observar para su uso precauciones que debe observar para su uso correcto y seguro.correcto y seguro.

>>>>>>>>>>>>

Page 8: Responsabilidad civil

INFORMACION ADECUADA Y INFORMACION ADECUADA Y PERMANENTEPERMANENTE

ES UNA OBLIGACION:ES UNA OBLIGACION:

LEY DE PROTECCION AL CONSUMIDOR LEY DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

Art. 9°.- Obligaciones de los Proveedores.- Art. 9°.- Obligaciones de los Proveedores.-

En caso que, por la naturaleza del producto o En caso que, por la naturaleza del producto o del servicio, el riesgo sea previsible, deberá del servicio, el riesgo sea previsible, deberá advertirse al consumidor de dicho riesgo, (…)advertirse al consumidor de dicho riesgo, (…)

Page 9: Responsabilidad civil

REALIZACION DE DOCUMENTOSREALIZACION DE DOCUMENTOS1.- LA HISTORIA CLÍNICALA HISTORIA CLÍNICA: :

a.-Ley General de Salud:a.-Ley General de Salud: art.29:art.29: ““El acto médico debe estar El acto médico debe estar sustentado en sustentado en una historia clínica veraz y suficienteuna historia clínica veraz y suficiente que que contenga las prácticas y procedimientos contenga las prácticas y procedimientos aplicados al paciente para resolver el aplicados al paciente para resolver el problema de salud diagnosticada”.problema de salud diagnosticada”.

b.-Delegación del desarrollo de la b.-Delegación del desarrollo de la historia.historia.

Sigue…>Sigue…>

Page 10: Responsabilidad civil

REALIZACION DE DOCUMENTOSREALIZACION DE DOCUMENTOS

c.-La Historia c.-La Historia ClínicaClínica::PRE ANESTESIAPRE ANESTESIA

--CONSIGNAR ANTECEDENTES, MÁS AUN CONSIGNAR ANTECEDENTES, MÁS AUN ALÉRGICOS O SU NEGACIONALÉRGICOS O SU NEGACION

-DEFINIR ESTADO CLÍNICO ACTUAL -DEFINIR ESTADO CLÍNICO ACTUAL (CLASIFICACIÓN ASA).(CLASIFICACIÓN ASA).

-REVISIÓN DE EXÁMENES AUXILIARES, -REVISIÓN DE EXÁMENES AUXILIARES, INTERCONSULTAS.INTERCONSULTAS.

-SOLICITAR LOS QUE A SU JUICIO HAGAN -SOLICITAR LOS QUE A SU JUICIO HAGAN FALTA.FALTA.

-DEFINIR SI REQUIERE PRE-MEDICACIÓN.-DEFINIR SI REQUIERE PRE-MEDICACIÓN.

Page 11: Responsabilidad civil

REALIZACION DE DOCUMENTOSREALIZACION DE DOCUMENTOSc.-c.- La Historia ClínicaLa Historia Clínica::

PRE ANESTESIAPRE ANESTESIAESTABLECE EL RIESGO ANESTÉSICO QUIRÚRGICO.

INFORMA AL PACIENTE O FAMILIARES O RESPONSABLES.

OBTENER EL CONSENTIMIENTO INFORMADO. ANTES INICAR INDUCCIÓN, CONFIRMAR SI NO

HAY CAMBIOS CLÍNICOS QUE CONTRAINDIQUEN PROCEDIMIENTO. EN TODO CASO ANESTESIOLOGO DECIDE , DE SER NECESARIO, SUSPENDER CIRUGIA.

Page 12: Responsabilidad civil

REVISAR BUEN FUNCIONAMIENTO DE REVISAR BUEN FUNCIONAMIENTO DE MAQUINAS ANESTESIA Y MONITORESMAQUINAS ANESTESIA Y MONITORESREVISAR EQUIPO DE REANIMACION REVISAR EQUIPO DE REANIMACION REVISAR EXISTENCIA DE MATERIALES Y REVISAR EXISTENCIA DE MATERIALES Y FARMACOS. FARMACOS.

PERI-ANESTESIA:PERI-ANESTESIA: PERMANENTE EVALUACION MONITORIZADA:PERMANENTE EVALUACION MONITORIZADA: -Cantidad y momento de drogas administradas.-Cantidad y momento de drogas administradas. -Tipo y cantidad de líquidos administrados.-Tipo y cantidad de líquidos administrados. -Técnica empleada-Técnica empleada -Presentación de eventos no usuales en el INTRA-Presentación de eventos no usuales en el INTRA.. -Estado del paciente al finalizar el acto anestésico.-Estado del paciente al finalizar el acto anestésico. --Permanencia del anestesiólogo en Permanencia del anestesiólogo en quirófanoquirófano. .

Page 13: Responsabilidad civil

POST-ANESTESIA: POST-ANESTESIA: -Control de recuperación:-Control de recuperación:-Evaluación y entrega de paciente a otro -Evaluación y entrega de paciente a otro anestesiólogo en URA o UCI, definiendo su puntaje anestesiólogo en URA o UCI, definiendo su puntaje post-anestésico.post-anestésico.

-Evaluación de signos vitales y nivel de conciencia.-Evaluación de signos vitales y nivel de conciencia.-Drogas y dosis administradas.-Drogas y dosis administradas.-Tipo y cantidad de líquidos administrados (sangre, -Tipo y cantidad de líquidos administrados (sangre, derivados, etc.)derivados, etc.)

-Consignar las visitas-Consignar las visitas..

Page 14: Responsabilidad civil

EL CONSENTIMIENTO INFORMADOEL CONSENTIMIENTO INFORMADO- - ES UNA OBLIGACIÓN LEGALES UNA OBLIGACIÓN LEGAL. .

Ley General de saludLey General de salud: : Art. 4°.-Art. 4°.- Ninguna persona puede ser sometida a tratamiento médico o quirúrgico, sin su consentimiento previo o el de la persona llamada legalmente a darlo, si correspondiere o estuviera impedida de hacerlo. Se exeptúa de este requisito las intervenciones de emergencia.La negativa a recibir tratamiento médico o quirúrgico exime de responsabilidad al médico tratante y al establecimiento de salud, en su caso.

Page 15: Responsabilidad civil

EL CONSENTIMIENTO INFORMADOEL CONSENTIMIENTO INFORMADO

ES UN DERECHO: Ley General de Salud:Art. 15°.- Toda persona usuaria de los servicios

de salud tiene derecho: h) A que se le comunique todo lo necesario para

que pueda dar su consentimiento informado, previo a la aplicación de cualquier procedimiento o tratamiento, así como negarse a éste;

Page 16: Responsabilidad civil

EL CONSENTIMIENTO NFORMADOEL CONSENTIMIENTO NFORMADO

Es un Derecho RETRACTABLE.

Por ello, el paciente o su representante legitimado pueden retractarse del consentimiento dado en cualquier momento (C Art. 9).

Page 17: Responsabilidad civil

RESPONSABILIDAD EN LA LEY RESPONSABILIDAD EN LA LEY GENERAL DE SALUDGENERAL DE SALUD

Art. 36.-Art. 36.- Los profesionales, técnicos y auxiliares Los profesionales, técnicos y auxiliares del campo de la salud, son responsables por los del campo de la salud, son responsables por los daños y perjuicios que ocasionen al paciente daños y perjuicios que ocasionen al paciente por el ejerciciopor el ejercicio negligente, imprudente e negligente, imprudente e imperitoimperito de sus actividades.de sus actividades.

a.-a.-ImprudenciaImprudencia:: Falta de precaución y Falta de precaución y discreción. Realizar un acto intrépido, discreción. Realizar un acto intrépido, riesgoso e injustificado. riesgoso e injustificado.

b.- b.- ImpericiaImpericia:: Incapacidad profesional o Incapacidad profesional o técnica.técnica.

c.-c.-NegligenciaNegligencia::Obrar con descuido o Obrar con descuido o abandonoabandono

Page 18: Responsabilidad civil

RESPONSABILIDAD EN LA LEY RESPONSABILIDAD EN LA LEY GENERAL DE SALUDGENERAL DE SALUD

Art. 4.- La negativa a recibir tratamiento médico o quirúrgico exime de responsabilidad al médico tratante y al establecimiento de salud.

Page 19: Responsabilidad civil

INDEMNIZACIÓNINDEMNIZACIÓN Consiste en el resarcimiento o reparación patrimonial por el daño y perjuicios ocasionado.

Comprende las consecuencias que se deriven de la acción o inejecución dañosa. Estas consecuencias se refieren al daño patrimonial como al daño a la persona y moral.

En realidad la indemnización es una deuda de valor(en todo caso supuesta deuda).

Page 20: Responsabilidad civil

INDEMNIZACIÓN Y INDEMNIZACIÓN Y RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

Responsabilidad civil contractual. Es la derivada de la inejecución de obligaciones asumidas voluntariamente

Responsabilidad civil extracontractual. Es la derivada del daño producto de una conducta carente de vínculo obligacional o contrato.

Se basa en la noción de culpa y en la noción del riesgo creado (peligrosidad).

Page 21: Responsabilidad civil

INDEMNIZACIÓN Y INDEMNIZACIÓN Y RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

Código Civil Art. 1317.-Código Civil Art. 1317.- Considera dos supuestos de Considera dos supuestos de responsabilidad civil contractual:responsabilidad civil contractual:

1.1.La inejecución de la obligación.La inejecución de la obligación.2.2.El cumplimiento parcial, tardío o El cumplimiento parcial, tardío o defectuosodefectuoso..

Page 22: Responsabilidad civil

INDEMNIZACIÓN Y INDEMNIZACIÓN Y RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

Código Civil Art. 1321.-Código Civil Art. 1321.- Queda sujeto a la Queda sujeto a la indemnización de daños y perjuicios quien no indemnización de daños y perjuicios quien no ejecuta sus obligaciones por ejecuta sus obligaciones por dolo, culpa dolo, culpa inexcusable o culpa leve.inexcusable o culpa leve.

El resarcimiento por la inejecución de la El resarcimiento por la inejecución de la obligación o por su incumplimiento parcial, obligación o por su incumplimiento parcial, tardío o defectuoso, comprende tanto el tardío o defectuoso, comprende tanto el daño daño emergente como el lucro cesanteemergente como el lucro cesante,, en en cuanto sean consecuencia inmediata y directa cuanto sean consecuencia inmediata y directa de tal inejecución. de tal inejecución.

Page 23: Responsabilidad civil

INDEMNIZACIÓN Y INDEMNIZACIÓN Y RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

Código Civil Art. 1318.-Código Civil Art. 1318.- Procede con Procede con dolodolo quien deliberadamente no ejecuta la quien deliberadamente no ejecuta la obligación.obligación.

Código Civil Art. 1319.-Código Civil Art. 1319.- Incurre en Incurre en culpa culpa inexcusableinexcusable quien por negligencia grave no quien por negligencia grave no ejecuta la obligación.ejecuta la obligación.

Código Civil Art. 1320.-Código Civil Art. 1320.- Actúa con Actúa con culpa culpa leveleve quien omite aquella diligencia ordinaria quien omite aquella diligencia ordinaria exigida por la naturaleza de la obligación y exigida por la naturaleza de la obligación y que corresponde a las circunstancias de las que corresponde a las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar.personas, del tiempo y del lugar.

Page 24: Responsabilidad civil

INDEMNIZACIÓN Y INDEMNIZACIÓN Y RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

Código Civil Art. 1314.-Código Civil Art. 1314.-INIMPUTABILIDAD:INIMPUTABILIDAD: Quien actúa con la diligencia ordinaria Quien actúa con la diligencia ordinaria requerida, no es imputable por la inejecución de requerida, no es imputable por la inejecución de la obligación, o por su cumplimiento parcial, la obligación, o por su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso.tardío o defectuoso.

Código Civil Art. 1315.-Código Civil Art. 1315.-Caso Fortuito o Caso Fortuito o Fuerza Mayor: Fuerza Mayor: es la causa no imputable, es la causa no imputable, consistente en un evento consistente en un evento extraordinario, extraordinario, imprevisible, e irresistibleimprevisible, e irresistible, que impide la , que impide la ejecución ejecución de la obligación o determina su de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuosocumplimiento parcial, tardío o defectuoso. .

Page 25: Responsabilidad civil

INDEMNIZACIÓN Y INDEMNIZACIÓN Y RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

Es Es extraordinarioextraordinario porque sale de lo común. porque sale de lo común. Es Es imprevisibleimprevisible aquello que no puede ser previsto aquello que no puede ser previsto

en el orden normal de los sucesos y del en el orden normal de los sucesos y del pensamiento humano.pensamiento humano.

Es Es irresistibleirresistible es aquello a lo que no se puede es aquello a lo que no se puede oponer, por ser superior a los recursos y oponer, por ser superior a los recursos y posibilidades de contenciónposibilidades de contención..

Código Civil Art. 1315.- Nulidad de límites de Código Civil Art. 1315.- Nulidad de límites de responsabilidad.- responsabilidad.- Son nulos los convenios que Son nulos los convenios que excluyan o limiten anticipadamente la excluyan o limiten anticipadamente la responsabilidad por dolo o culpa inexcusable.responsabilidad por dolo o culpa inexcusable.

Ejm:Ejm: Consentimiento informado y cláusula de Exoneración de Consentimiento informado y cláusula de Exoneración de responsabilidad. responsabilidad.

Page 26: Responsabilidad civil

INDEMNIZACIÓN Y INDEMNIZACIÓN Y PROCESO CIVILPROCESO CIVIL

La Indemnización de daños y perjuicios La Indemnización de daños y perjuicios se resuelve en un se resuelve en un proceso de proceso de conocimientoconocimiento, ya que la complejidad de , ya que la complejidad de la pretensión hace necesaria una etapa la pretensión hace necesaria una etapa probatoria acorde con el tema de probatoria acorde con el tema de responsabilidad. responsabilidad.

Es un Juicio de dos instancias donde Es un Juicio de dos instancias donde cabe el recurso de casación.cabe el recurso de casación.

Importancia de las pericias.Importancia de las pericias.

Page 27: Responsabilidad civil

GRACIAS PORGRACIAS POR

SUSU

ATENCIONATENCION