Módulo 2. Dividendos y Superávit de Capital

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Sociedades de Capital, Decreto y pago de dividendos, suprávit.

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DIVIDENDOS Y SUPERAVIT DE CAPITAL

Definición: Es la distribución que en dinero o en especie haga un ente económico a favor de sus accionistas, producto de los excedentes o exceso del aporte invertido en acciones.El representante legal deberá presentar ante la asamblea de accionistas un proyecto de distribución de utilidades repartibles.

De la propuesta de las utilidades a repartir se derivan tres momentos o fechas especiales para este particular:

1. Fecha de declaración: Es el momento o la fecha en que la asamblea general toma la decisión de pagar el dividendo.AsientoUtilidades de ejercicio débito Reserva Legal

créditoDividendos por pagar

crédito

2. Fecha de registro del dividendo: Es el momento en el cual se determina el listado de los socios que recibirán el dividendo, se da a conocer el beneficiario del dividendo. Causación

Asiento

Se muestra lo que le corresponde a cada socio y el valor que se le pagara en el mes. El plazo para pago de dividendos es un año.

Dividendos por pagar Global debitoDividendos por pagar detallado para 3ero

crédito

3. Fecha de pago: Es el momento en el cual se desembolsa el dividendo.

Los dividendos pueden ser en dinero (la forma mas común) ó en especie en forma de acciones liberadas de la misma sociedad, lo decide la asamblea.

Dividendos por pagar por 3erodébitoBancos cheque por 3erocrédito

Dependiendo de la oportunidad de la declaración de los dividendos estos también se pueden clasificar como ordinarios y extraordinarios

Ordinarios: Son decretados por la asamblea al finalizar un periodo o ejercicio.

Extraordinarios: Son repartos extra o excepcionales de reservas, o de utilidades acumuladas de otros periodos, se podrán declarar en asambleas ordinarias o extraordinarias.

Código de comercio Art. 155: Salvo que en los estatutos se fijare una mayoría decisoria superior, la distribución de utilidades la aprobará la asamblea o junta de socios con el voto favorable de un numero plural de socios que representan, cuando menos, el 78% de las acciones, cuotas o partes de interés representadas en la reunión.

Cuando no se obtenga la mayoría prevista en el inciso anterior, deberá distribuirse por lo menos el 50% de las utilidades liquidas o el saldo de las mismas, si tuviere que en jugar perdidas de ejercicios anteriores.

Art. 454 Co. de Co. Si la suma de la reserva legal, estatutaria u ocasionales excediere del ciento por ciento del capital suscrito, el porcentaje obligatorio de utilidades liquidas que deberá repartir la sociedad conforme el articulo 155, se elevará al 70%.

Art.455:Forma y época del pago de los dividendos.

Art. 456: Absorción de pérdidas. Art. 451: Requisitos para efectuar el

reparto de utilidades.

Mantener su estructura y posición financiera.

Reducir el valor comercial de la acción.

Por política.Por iliquidez.Para capitalizar utilidades. Concentrar el capital y desplazar a

los pequeños inversionistas.

Cuando se decretan dividendos en acciones los asientos serán los siguientes:

Utilidad del ejercicio débitoDividendos decretados en acciones crédito

Dividendos decretados en acciones débitoCapital por suscribir crédito

Definición: Conjunto de incrementos patrimoniales ajenos al objeto social de la entidad, estos son:

Pagado- Prima en colocación de acciones Donado Adquirido o creado- Goodwill Valorizaciones Saneamiento Fiscal Revalorización del patrimonio Método de participación

Se considera así cuando la donación en bienes y/o valores recibidos son susceptibles de incrementar el patrimonio del ente económico.

Si se reciben bienes o valores cuya destinación sea atender los gastos de funcionamiento del ente, estos se consideraran como ingresos del periodo.No hay contraprestación económica. Gratuito.

Cuando una empresa recibe un activo sin contraprestación económica, y este es susceptible de incrementar el patrimonio el asiento seria:

No se registra como un ingreso por las normas básicas de la realización y la prudencia, en este caso el bien no se ha vendido y no por lo tanto no se ha generado el ingreso y no se debe sobreestimar los ingresos.Como estos activos no tienen costo para la empresa que los adquiere no deben depreciarse y tampoco son objeto de ajustes por inflación, pues no son producto de una adquisición efectiva. CTCP

Activo – (el activo recibido) débitoSuperávit Donadocrédito

Cuando el ente económico reciba valores o bienes con el fin de atender los costos o gastos de funcionamiento, el registro será:

Activo débito(429509)Ingresos no operacionales

crédito

Se refiere a una activo intangible, que se genera como desarrollo de la empresa; Goodwill conocido como crédito mercantil.

Este Good Will se puede generar por la influencia en la clientela, reputación, desarrollos industriales y buen manejo de las políticas internas de la administración y del recurso humano, estabilidad laboral y beneficios sociales, calificación por entidades crediticias o financieras favorables, certificaciones entre otras.-Good will de consumidor, industrial y financiero-

El Good will es un activo intangible, es decir, que carece de sustancia física.Puede ser:

Adquirido o comparado: Es el valor que se esta dispuesto a pagar por las características del ente económico, características que hacen que su precio sea superior respecto a otros similares.

Creado o estimado: Es generado por el mismo ente económico mediante un avalúo técnico u oficial.

El crédito mercantil o Good Will estimado no es susceptible de ajustarse por inflación, ni amortizarse. Decreto 2649 de 1993 artículos 68 y 54. Decreto 2649 de 1993 Definición de activos intangibles artículo 66.

Se define como la diferencia entre el valor de los activos en libros o el costo neto y su valor de realización. Art.85 Decreto 2649 de 1993.Se incluye en el patrimonio por que representa una utilidad potencial, hasta el momento en que se realice el activo.

PUC Clase 3, Grupo 38 Cuenta 3810(19 ) Valorización débitoSuperávit por valorizacionescrédito

Concepto que por normas fiscales, permiten ajustes a la contabilidad del ente económico, inclusión de activos que no han sido declarados o retiro de pasivos inexistentes o reclasificación de provisiones subestimadas.

Para Incluir un Activo

Para retirar in pasivo inexistente.

Activo débitoSuperávit Saneamiento fiscalcrédito

Cuentas por pagar (Pasivo) débitoSuperávit Saneamiento Fiscalcrédito

Esta cuenta refleja el valor del ajuste por inflación de las partidas patrimoniales.Su saldo solo se podrá repartir como utilidad cuando el ente económico se liquide o se capitalice su valor de conformidad con las normas legales.La capitalización puede hacerse al valor nominal de las acciones o por un valor superior.

La revalorización no podrá ser utilizada para enjugar pérdidas. Art 90 del decreto 2649/1993.

PUC clase 3, grupo 34 cuenta 3405 API

Se ajustan cada una de las cuentas del patrimonio.

No hay API cuando el patrimonio es negativo.

Corrección monetaria débitoRevalorización de patrimoniocrédito

No se ajusta por inflación las valorizaciones, el Good Will, y demás partidas estimadas que no hayan sido producto de una adquisición efectiva, es decir, que no hayan tenido costo.Así mimos el superávit por donaciones.

Contabilización

Corrección monetaria débitoRevalorización de patrimoniocrédito

1. Concepto de la Supersociedades que afirma que la capitalización de la revalorización del patrimonio debe hacerse a valores nominales.

2. Concepto del CTCP dice que la capitalización de la cuenta revalorización de patrimonio podrá hacerse al valor nominal o por un valor superior.

En esta cuenta se registra el valor correspondiente a la variación patrimonial resultante de la aplicación del método de participación, a las inversiones que posee el ente económico en sus subordinadas, diferente a la utilidad o perdida neta del ejercicio.

Este caso se verá mas adelante.