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    [Todo elpunto 1

    corresponde al Programa de Examen 1.1]

    1. DERECHO PROCESAL CIVIL: CONCEPTO

    Según L. Palacio el derecho procesal: “estudia el conjunto de actividades ue tienen lugar cuando sesomete a la decisi!n de un !rgano jurisdiccional o ar"itral la soluci!n de cierta categor#a de con$ictos jur#dicos% suscitados entre dos o m&s personas 'partes( )P*+,ES+ ,+-TE-,+S+/ o cuando se reuierela intervenci!n de un !rgano judicial para ue constitu0a% integre o acuerde ecacia a determinada

    relaci!n o situaci!n jur#dica )P*+,ES+ 2+34-T5*+/6

     idea de proceso en sentido estricto,omo contenido% acentúa 7 elementos:

    1( 8urisdicci!n 0 ,ompetencia de los !rganos 0 r9gimen jur#dico de sus integrantes% adem&s de lacapacidad% designaci!n 0 recusaci!n de &r"itros 0 amiga"les componedores.

    ( *9gimen jur#dico de las partes% peticionarios 0 representantes 0 asistentes; pretensi!n procesal 0petici!n procesal extracontenciosa )proceso voluntario 0 contencioso/

    7( *euisitos% contenido 0 eaci!n de la justicia% careciendo de un n en s# misma. El procesosirve para actuar el derecho de

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    5A8ET2+: conjunto de procedimientos legislativos% judiciales 0 administrativos ue de"en jur#dicamente cumplirse para ue una le0% sentencia o resoluci!n administrativa ue se reera a lali"ertad individual sea ones 0 esperar una sentencia gado sin juicio previo gado por comisiones especiales6% o de ue “la correspondencia epistolar 0 lospapeles privados son inviola"les... sin orden de autoridad competente6% etc.

    • Para *omero% el 5rt. 1J ,- arma ue la norma ocia de “garant#a6 contra el poder 0 “regla6 su

    ejercicio. El “A.P. 3egal6 supone el total cumplimiento de las etapas procesales% ue otorguen alciudadano oportunidades de dea a pensar ue lospreceptos ue lo regulan tengan una esencia distinta de los ue se aplican en el rito local? no de"e

    tener una total autonom#a% en todo caso la autonom#a estar#a dada porue opera ar de vigencia espacial )0 o"viamente tam"i9n a(temporal/% es decir% erigirse en operativas en cualuier lugar o territorio donde se encontrara el"eneciario. Se dispuso la “dimensi!n supranacional del derecho del proceso 0 de la justicia6 con laevidente intenci!n de ue el respeto de las li"ertades humanas logre un nivel metanacional% a trav9sde organismos% preceptos 0 procesos con vigencia supranacional )lex universalis/. Estas aspiraciones seconcretaron% en la Aeclaraci!n 4niversal de los Aerechos del Com"re% 0 en los pactos 0 conveniossucesivos? 0 con la aparici!n de la ,omunidad Econ!mica Europea% primero% trans

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    instaurado por el ,onvenio de *oma del aKo 1@MN 0 sus Protocolos 5dicionales.

    3a ,onvenci!n 5mericana pone en vigencia dos organismos para la salvaguarda de los derechos delhom"re: la ,omisi!n 0 la ,orte nteramericana.

    El Aerecho Procesal Transnacional surge luego de la Segunda Iuerra Gundial 0 es el conjunto denormas ue reglamenta los tr&mites ante un !rgano jurisdiccional como la ,orte nteramericana deAerechos Cumanos% lo ue implica el ejercicio del derecho de acci!n% con similares caracter#sticas alue se lleva a ca"o ante los tri"unales dom9sticos. Ese ejercicio del derecho de acci!n puedeconsiderarse como la continuaci!n de la pretensi!n promovida en el &m"ito dom9stico 0 continuadaante la ,omisi!n% aunue en el &m"ito supranacional s!lo se anali>a si el derecho interno ha violado ono los pactos so"re derechos humanos.

    ,on la aparici!n de la dimensi!n transaccional del proceso del derecho 0 de la justicia% se han puestoen marcha una serie de rituales% organismos 0 mecanismos% jurisdiccionales 0 cuasi(jurisdiccionales%tendientes a proteger al ser humano en cualuier lugar donde se encuentre )lex universalis/.

    En e

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    capacidad personal% ser#an los primeros jueces ue compondr#an la ,orte nteramericana.

    3a CORTE INTERAERICANA DE DERECHOS HUANOS es un !rgano judicial de la +E5 ue go>ade autonom#a aci!n%elegidos a t#tulo personal entre juristas de la m&s alta autoridad moral% de reconocida competencia enmateria de derechos humanos% ue reúnan las condiciones reueridas para el ejercicio de las m&selevadas adas en el pa#s/ tiene posi"ilidad deacceder a los cuerpos internacionales% (es decir% posee legitimaci!n activa( siendo 9sta una de lascaracter#sticas de los modernos tratados tuitivos de los derechos humanos% ue lo consideran como

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    sujeto del derecho internacional )0 no como o"jeto/.

    *eclamando ante la ,omisi!n es posi"le ue cualuier individuo ue considere menospreciadas suspotestades% se presente ante ella% haciendo valer sus pretensiones. Se trata de una instituci!n ue nocumple estrictamente TULO VI: DE LOS OR6ANOS COPETENTES

    El ca3;'/lo VII: ha"la espec#camente de La Co)i0i( I('*ra)*rica(a D* D*r*cho0 H/)a(o080 la secci!n 1 se adentra en la +rgani>aci!n

    Ar';c/lo !?: 3a ,omisi!n se compondr& de siete miem"ros% ue de"er&n ser personas de altaautoridad moral 0 reconocida versaci!n en materia de derechos humanos.

    Ar';c/lo !aci!n de una lista decandidatos propuestos por los go"iernos de los Estados miem"ros.

    . ,ada uno de los go"iernos puede proponer hasta 7 candidatos% nacionales del Estado ue losproponga o de cualuier otro Estado miem"ro de la +rgani>aci!n de los Estados 5mericanos. ,uandose proponga una terna% por lo menos uno de los candidatos de"er& ser nacional de un Estado distintodel proponente.

    3a S*cci(  ha"la de las F/(cio(*0

    Ar';c/lo ?1: 3a

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    ,artagena% o en el sistema continental tuitivo de los derechos humanos%

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    internacional% 0

    d/ ue en el caso del art#culo LL la petici!n contenga el nom"re% la nacionalidad% la proados por esta,onvenci!n?

    c/ resulte de la exposici!n del propio peticionario o del Estado maniestamente in

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    Ar';c/lo ?  Sol/ci( A)i0'o0a: Si se ha llegado a una soluci!n amistosa con arreglo a lasdisposiciones del inciso 1.o dentro del cual el Estado de"etomar las medidas ue le competan para remediar la situaci!n examinada.

    7. Transcurrido el per#odo jado% la ,omisi!n decidir&% por la ma0or#a a"soluta de votos de susmiem"ros% si el Estado ha tomado o no medidas adecuadas 0 si pu"lica o no su in

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    ,orte dispondr& ue se garantice al lesionado en el goce de su derecho o li"ertad conculcados.Aispondr& asimismo% si ello aci!n ala parte lesionada.

    . En casos de extrema gravedad 0 urgencia% 0 cuando se haga necesario evitar daKos irrepara"les alas personas% la ,orte% en los asuntos ue est9 conociendo% podr& tomar las medidas provisionales ueconsidere pertinentes. Si se tratare de asuntos ue aún no est9n sometidos a su conocimiento% podr&actuar a solicitud de la ,omisi!n.

    Ar';c/lo @?: F/(ci( co(0/l'iva

     1. 3os Estados miem"ros de la +rgani>aci!n podr&n consultar a la ,orte acerca de la interpretaci!nde esta ,onvenci!n o de otros tratados concernientes a la protecci!n de los derechos humanos en losEstados americanos. 5simismo% podr&n consultarla% en lo ue les compete% los !rganos enumeradosen el cap#tulo de la ,arta de la +rgani>aci!n de los Estados 5mericanos% re

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    a"arca el conocimiento de todos los asuntos regidos por el derecho común 0 local% con las limitacionesesta"lecidas en el art. M inc. 1 ,- ),!digos de Bondo/

    O/  2er arts. 11 ',ompetencia Bederal/ 0 11 )Tipos de competencia/ ,-,/

    &a FUNCION JURISDICCIONAL, se re'ere a a(uella con)erida por el Estado a sus órganos, pararesolver mediante sentencia, las cuestiones litigiosas o de relevancia jurídica (ue les sean sometidas * +acer cumplir sus propias resoluciones%3a ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA% supone% desde el punto de vista cl&sico% una incorporaci!n de la justicia al derecho. Sin em"argo% en la ma0or#a de los casos se entiende ue no corresponde al Poder

     8udicial crear la justicia del caso% sino únicamente de"e aplicar las le0es. Por eso es ue el Poder 8udicials!lo administra justicia% en la medida en ue su actividad se halla sometida al principio de legalidad.

    a/+rgani>aci!n de la

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    magistrados )como selecci!n% duraci!n% privilegios e inmunidades% etc/.

    TRI-UNALES INFERIORES

    1=

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    ,on competencia en la ,apital Bederal

    E,34S25GE-TE BEAE*53:

    ,G. -5,. AE 5P. E- 3+ ,2. D ,+G. BEAE*53 ),B/

    ,G. -5,. AE 5P. E- 3+ ,+-TE-,+S+ 5AG-. BEA.

    ,G. -5,. AE 5P. E- 3+ ,*G-53 D ,+**E,,+-53 BEA.),B/

     84ST,5 -5,. AE 1Q -ST5-,5 )E- 3+ BEAE*53/:

     T*O4-53ES +*53ES E- 3+ ,*G-53 BEA. )nstancia Vnica/

    Son seis% integrados por 7 miem"ros c=u

    ,on ,ompetencia +rdinaria 3os !rganos judiciales ue corresponden al

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    ,on ,ompetencia Bederal 0 +rdinaria

    ,G. -5,. AE 5P. E- 3+ PE-53 E,+-UG,+

    ,reada por le0 1LMMJ jo el número de M jueces% reci"iendo su actualdenominaci!n por le0 1LJ71% luego el número gamiento 0 ue est9n reprimidos con pena privativa de li"ertad ma0or de 7aKos ),PP/.

     %UZ6ADOS SECCIONALES 21J INSTANCIA$

    LEK Ar'. 1!. 3a 8usticia -acional se ejercer& igualmente por medio de 8u>gados in

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    Co)3o0ici(: Se compone de nueve miem"ros 0 un procurador general% 0 ejerce jurisdicci!n en todoel territorio de la provincia )le0 MJ% art. re

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    • Lo0 'ri/(al*0 *( lo cri)i(al entienden% en única instancia 0 "ajo el r9gimen de oralidad% respectode la etapa de juicio% en los delitos cu0o conocimiento no est9 atri"uida a otro !rgano judicial )le0 MJ%art. M ter% texto según le0 1.NN 0 ,!d. Proc. Penal% art. /. Buncionan% en número de uno comom#nimo% en todos los departamentos judiciales.

    •  Lo0 'ri/(al*0 &* Ga)ilia% creados por la le0 11.LM7% est&n constituidos por tres jueces 0 actúan eninstancia única congados de pa>% 0 en algunos% una o m&s alcald#as% estando% unos 0 otras% a cargo de

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    ue au9llas reúnan los reuisitos necesarios para ser consideradas como tales en el lugar en ueha0an sido dictadas.

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    O/ ndependencia del Poder 8udicial[todo el punto O corresponde con el Programa de examen .]

    El !rgano judicial necesita garant#as para hacer justicia a trav9s de los valores ue re pertenece )!rdenes superiores% in$uenciapol#tica/.

    3a independencia se caracteri>a por tener garant#as o"jetivas o a"solutas% ue concurren a mostrarloscomo transparentes% continuos 0 e

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    deseo de perasde poder )art. M7 0 M@ ,-/. El procedimiento de destituci!n congura as# una revisi!n de car&cterpol#tico de las condiciones de idoneidad personal 0 t9cnica% reueridas para el ejercicio del cargo.

    En el art. @@ inc. L p&rra ue cumplan la edad de setenta 0 cinco aKos. Todos los nom"ramientos demagistrados cu0a edad sea la indicada o ma0or se har&n por cinco aKos% 0 podr&n ser repetidosindenidamente% por el mismo tr&mite )con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miem"rospresentes% en sesi!n pú"lica% convocada al e

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    tener sueldos dignos% pero de"en a su ve> co"rar impuestos% tasas% aportar para sus ju"ilaciones 0 laseguridad social% 0 hacer todas las contri"uciones ue les corresponden a todos los ciudadanos poraplicaci!n del principio de igualdad ante la le0 )art. 1 ,-/. El art. dice ue la compensaci!n uereci"en no podr& ser disminuida en manera alguna% mientras permane>can en sus

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    CONCEPTO K ENUERACI"N:

    El ,!d. comentado de G+*E33+ 5ugusto% P5YY 35-Y5 Giguel 5.% S+S5 Iual"erto% OE*Y+-,E *o"erto.P.S.-M los dene como: “directivas u orientaciones disponer 0 practicar de ocio% o por suiniciativa otras medidas distintas de las propuestas por au9llas o decidir el paso de una etapa a otradel proceso para llevarlo hacia la sentencia.

    3o expuesto es la regla% pero tiene su excepci!n cuando el o"jeto propuesto en el proceso a

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    RT>CULO : Po&*r*0 &*l Tri/(al. El Tri"unal no podr&

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    3a investidura 0 gravitaci!n del inter9s social 'pú"lico( signicaron un !n de ser las medidas para mejor proveer.

    3a puesta en marcha ociosa de estos poderes(de"eres instructorios del jue> aparecen su"ordinados%actúan su"sidiaria% complementaria e integradoramente. El jue> se vale de ello cuando porinsuciencia% error o inidoneidad pro"atoria en el cumplimiento de las partes% de la carga de pro"ar loshechos no est9 cumplidamente reali>ada 0 por ello su convicci!n respecto de las armacionescontrovertidas 0 conducentes no es clara.

    Si una prue"a es esencial o decisiva para la denitiva compro"aci!n de los hechos aportados por laspartes% no ca"e duda ue el jue> de"e ordenarla% con la condici!n de ue en su pr&ctica se guarde elcontralor 0 las civil no tiene las amplias aestar en claro no de"en titu"ear en ordenar todas 0 cuantas medidas ue estimen ue de"enincorporarse al proceso para no uedarse a mitad de camino en la

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    Co(0a+raci(: ha0 diversas disposiciones particulares

    En la etapa pro"atoria se le aumentan las potestades:

     Tam"i9n son una concreci!n de las ma0ores lo #arán, sin sustanciación cuando a-u5l fuere manifiesto. $%10in fine '(''

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    RT>CULO 1!: R*cha5o “i( li)i(*. Se desestimar& sin m&s tr&mite el pedido de nulidad si no se hu"RT>CULO 1: R*cha5o “i( li)i(*. Si el incidente promovido o inmediato de medidas pro"atorias ue ona"le 0 sucienteoportunidad de ser o#da 0 de producir las pro"an>as ue convengan a su situaci!n dentro del proceso.

    Se reuiere oportunidad 0 no necesariamente eo valer por omisi!n o negligencia losmedios de de

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    • 3a parte demandada ha de tener un pla>o ra>ona"le para comparecer 0 e

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    ha"larse en t9rminos a"solutos% suelen aparecer com"inados% por ejemplo en un esuema oral% losactos de iniciaci!n% demanda 0 contestaci!n% sentencia% recursos de"en mania 0 a% 8uju0% 3a*ioja 0 Os. 5s no ha tenido recepci!n ni si uiera parcial la idea de la oralidad en el proceso civil. Sea

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    letrados 0 con el material pro"atorio ue se aporte% la justicia del pueda perci"ir en llega a la resoluci!n sin otros contactos con las partes 0 elasunto ue los ue le suministraron los escritos% actas de diligencia de prue"a 0 el resumen de lasmismas hecho en los alegatos.

    +tras desventajas 'de la escritura( se encuentran en ue en el proceso ordinario existe muchaseparaci!n temporal entre el momento incoado 0 el de resoluci!n% por lo ue el jue> no puedeconservar ningún rasgo vivo de la discusi!n% de las prue"as% datos 0 circunstancias ue ser#an de granvalor para a decisi!n% 0 la posi"ilidad de ue en el procedimiento escrito la persona gadorcam"ie varias veces 0 ca"e tenerse en cuenta ue el sistema de do"le instancia es en lasaudiencias de prue"a% al previo pedimento ue de"en hacer las partes

    3a disposici!n (7L( de"e interpretarse en el sentido ue consagra como regla 0 no como excepci!n el

    de"er de los jueces de asistir a las audiencias de prue"a% 0 ue condiciona la nulidad del acto% en casode incumplimiento de dicho de"er% al reuisito de ue cualuiera de las partes lo ha0a solicitado dentrodel t9rmino esta"lecido. 4na apreciaci!n distinta podr#a llevar a entender ue cuando las partes no hane no puede estar presente en las audiencias o ue las partes pudieranoponerse lo ue no se compadece con el sistema general del c!digo.

    El principio se integra con las disposiciones ue esta"lecen la o"ligaci!n de comparecer ante el jue>de la causa para las partes 0 testigos en atenci!n a la distancia de empla>amiento de sus respectivosdomicilios

    ARTÍCULO 34°: ;eberes. Son deberes de los ueces:

    %°) sistir a las audiencias de prueba, bao pena de nulidad, cuando cual-uiera de las

     partes lo pidiere con anticipación no menor de dos das a su celebración, y reali/ar 

     personalmente las demás dili!encias -ue este 'ódi!o u otras leyes ponen a su car!o, con

    excepción de a-uellas en las -ue la dele!ación estuviera autori/ada.

    ?n los uicios de divorcio y de nulidad de matrimonio, en la providencia -ue

    ordena el traslado de la demanda se fiará una audiencia a la -ue deberán comparecer 

     personalmente las partes y el representante del Ainisterio ("blico, en su caso. ?n ella el

     ue/ tratará de avenirlas sobre las cuestiones relacionadas con la tenencia de #ios,

    r5 imen de visitas atribución del #o ar con u al. %&4.% '(''

    ARTÍCULO 3: In$%#%5a(i#i$a$. La competencia tampoco podrá ser dele!ada, pero está permitido encomendar a los ueces de otras localidades la reali/ación de dili!enciasdeterminadas. $& '(''*

     AR TÍCULO 41°: Liti5ant% $o-i!i#ia$o ,"%ra $% #a s%$% $%# "5a$o)  La parte -uetuviere domicilio a menos de trescientos Bilómetros del asiento del u/!ado, deberá

    concurrir a absolver osiciones ante el Jue/ de la causa, en la audiencia ue se se9ale.

    ART>CULO ??: For)a &*l *a)*(. 3os testigos ser&n li"remente

    interrogados% por el jue> o por uien lo reemplace legalmente% acerca de loue supieren so"re los hechos controvertidos% respetando la sustancia de losinterrogatorios propuestos.

    3a parte contraria a la ue o

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    *ea el principio determinando ue es la posi"ilidad de ue los actosprocesales sean presenciados o conocidos incluso por uienes no participan en el proceso como partes%ar los actos procesales. En el proceso de unidad devista o indivisi"ilidad% propio de la oralidad% las sesiones ue constitu0en la vista de causa seconsideran como una unidad% hasta el nal del último de"ate pueden alegar las partes toda clase dehechos 0 proponer 0 practicar prue"as. 3a legislaci!n comparada esta"lece paliativos 0 limitacionespara evitar ue las partes a"usen. En un procedimiento escrito la le0 prescri"e un orden taxativoseKalando distintas ca sustituido por las consecuencias decar&cter o"jetivo  de esta idea de preclusi!n nace el concepto de cargas procesales.

    Aerivado de las enseKan>as de ,hiovenda la preclusi!n se conci"e como “la p9rdida% extinci!n oconsumaci!n de una

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    ( Por ha"er cumplido la parte una actividad incompati"le con la actuaci!n de otra o parainterponer excepciones previas se contesta la demanda so"re el v&lidamente la gada gado 0secretar#a ha uedado radicado. En el supuesto de ue el reuerimiento consistiese enla designaci!n de audiencias o cualuier otra diligencia respecto de la cual se posi"ilita

     

    ARTÍCULO 4++:  Ca$"!i$a$. Si vencido el pla/o fiado para contestar el informe, laoficina p"blica o entidad privada no lo #ubiere remitido, se tendrá por desistida de esa

     prueba a la parte -ue la pidió, sin sustanciación al!una, si dentro de -uinto da no

    solicitare al ue/ la reiteración del oficio. 4@0 '(''

    ARTÍCULO 4+/:  R%s%ra $%# '#i%5o % in!o-'ar%!%n!ia $%# 'on%nt%. La parte -ue pusiese las posiciones podrá reservarlas #asta la audiencia en -ue deba tener lu!ar la

    declaración, limitándose a pedir la citación del absolvente.

    ?l plie!o deberá ser entre!ado en secretara #asta media #ora antes de la fiada para la

    audiencia, en sobre cerrado al -ue se le pondrá car!o.

    Si la parte -ue pidió las posiciones no compareciere sin usta causa a la audiencia ni

    #ubiese deado plie!o, y compareciese el citado, perderá el derec#o de exi!irlas. $4%@

    '(''*

    ARTÍCULO 43+: Ca$"!i$a$ $% #a 'r"%(a. pedido de parte y sin sustanciación al!unase tendrá por desistida del testi!o a la parte -ue lo propuso si:

    %°) o #ubiere activado la citación del testi!o y 5ste no #ubiese comparecido por esara/ón.

    0°) o #abiendo comparecido a-uel a la primera audiencia, sin invocar causa

     ustificada, no re-uiriere oportunamente las medidas de compulsión necesarias.

    &°) +racasada la se!unda audiencia por motivos no imputables a la parte, esta no

    solicitare nueva audiencia dentro de -uinto da. $4&0 '(''*

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    +$ ADUISICI"N: [Programa de examen]

    .P.S.-M:  alude a ue los resultados de la actividad procesal ue reali>an las partes dentro delproceso% se logran para 9ste al margen de uien ha0a producido los actos respectivos 0 de ladistri"uci!n de las cargas de armaci!n 0 de la prue"a  las prue"as constitu0en elementos deconvicci!n comunes a todas las partes intervinientes en el proceso% los actos son para el proceso 0"enecian o perjudican indistintamente a las partes% inclusive a auella ue los solicit! u o

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    G&s aún con el art LMN% complementado por el LLN ue acuerda ma0ores potestades a los jueces encuanto a la prue"a testimonial.

    En denitiva% una ve> ue las partes en sus escritos postulatorios han o podr& disponer de ocio su declaraci!n el principio de aduisici!n procesal comien>a a jugardesde ese momento% desde ue la parte oa a las personas mencionadas enla demanda o contestaci!n% lo ue excluir#a según los autores la posi"ilidad de desistir en delante deese testimonio% se llega a id9ntica conclusi!n con el resto de los medios de prue"a.

    h 7 4$ ECONO>A PROCESAL: [programa de examen .]

      L.PM  comprende todas las previsiones ue tienden a la a"reviaci!n 0 simplicaci!n del procesoevitando ue su irra>ona"le prolongaci!n haga inoperante la tutela de los derechos e intereses. Entrelas variantes nom"re% a la concentraci!n% eventualidad% celeridad% 0 saneamiento  de 9ste últimodetermina ue es auel en virtud del cual se acuerdan al jue> aci!n o a"reviaci!n del proceso% se ejemplica en:

    .P.S.-M: el principio tiene dos aspectos separa"les: Econom#a de gastos 0 esos

    Ec!n!m$a de (at! [exige ue las causas no sean materia de gravosas imposiciones pecuniarias% niue por ra>!n de su duraci!n 0 gastos se hagan solamente accesi"les a cierta clase de litigantes].

    Es una cuesti!n ue se enmarca dentro del acceso a la justicia 0 las

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    Aispone el: LJL aplica"le al proceso sumar#simo L@

    En cuanto a los incidentes de los art 1J 0 1JN se desprende ue de"e oo de prue"a 0% en lo posi"le%simult&neamente en am"os cuadernos.

    PROCESO SUARIO( ART>CULO ?=?:  D*)a(&a8 co('*0'aci( 7 oGr*ci)i*('o&* 3r/*a. Presentada la demanda con sujeci!n a lo dispuesto por el art#culo 77NW%se dar& traslado por 1N d#as. Para la contestaci!n regir& lo esta"lecido en el art#culo7MLW.

    ,on la demanda% reconvenci!n 0 contestaci!n de am"as% de"er& acompaKarse larue"a instrumental en los t9rminos del art#culo 77W oCULO ?@: Tr,)i'*. En los casos del art#culo 71W%presentada la demanda% el jue> teniendo en cuenta la naturale>a de la cuesti!n 0 laprue"a o

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    # 3a concreci!n del principio se plasma en di

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    contra la sentencia 0 la providencia ue denegare la apertura del proceso ejecutivo MN 0 MMM ,P,,O5=MN@ 0 MM ,P,,-.

    En segunda instancia ART>CULO gado.

    ( 1N: presentaciones de copias.

    ( 1ML: ha"ilitaci!n t&cita.

    ( 7LL 7Qp O5 0 7L -: la oposici!n de excepciones no suspende el pla>o de contestaci!n de lademanda.

    ( 771: ampliaci!n de la cuant#a de los reclamado

    ( LJL O5 0 LJ -% L@ Oa 0 L@J -: suprime la recusaci!n sin causa en proceso sumario 0 sumar#simorespectivamente.

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    ( 11 0 11: Suprime orden escrita para inones diversas 0 han sido parciales. Si "ien los motivos de la le0 L7L son-aciones% se hacen extensivos al sistema provincial% 0a ue en am"os se procur! enar el principiode celeridad% en dicha exposici!n se determina ue la inde"ida dilaci!n de los procesos tiene dos

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    7@

    aplicaci!n en el &m"ito del proceso del principio general de conservaci!n% 9ste indica la convenienciade preservar la ecacia 0 la valide> de los actos e incluso de las propias instituciones orenunciarse por las partes% por instituirse en

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    5dem&s se autori>a al jue> a jar el pla>o de prue"a en el proceso ordinario (7M O5 0 7 -(% siempredentro del tope legal dentro de LN d#as% en el proceso sumario o sumar#simo 0 en los incidentespromovidos en los mismos tipos de juicios.

    Pero por oposici!n los ordenamientos condicionan las potestades judiciales (177 0 17M( en lo re